• No se han encontrado resultados

Historia de la Ley Nº Reajusta Monto del Ingreso Mínimo Mensual, Reajusta la Asignación Familiar y Maternal y el Subsidio Familiar

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Historia de la Ley Nº Reajusta Monto del Ingreso Mínimo Mensual, Reajusta la Asignación Familiar y Maternal y el Subsidio Familiar"

Copied!
116
0
0

Texto completo

(1)

Historia de la Ley

Nº 20.359

Reajusta Monto del Ingreso Mínimo Mensual,

Reajusta la Asignación Familiar y

Maternal y el Subsidio Familiar

(2)

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información proporcionada por el Sistema de Tramitación de Proyectos del Congreso Nacional (SIL).

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley, en ambas Cámaras.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley, como por ejemplo la cuenta en Sala o la presentación de urgencias.

Para efectos de facilitar la impresión de la documentación de este archivo, al lado izquierdo de su pantalla se incorpora junto al índice, las páginas correspondientes a cada documento, según la numeración del archivo PDF. La Biblioteca del Congreso Nacional no se hace responsable de las alteraciones, transformaciones y/o del uso que se haga de esta información, las que son de exclusiva responsabilidad de quienes la consultan y utilizan.

(3)

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 4

1.1. Mensaje del Ejecutivo 4

1.2. Informe Comisión de Hacienda 9

1.3. Discusión en Sala 18

1.4. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora 58

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado 60

2.1. Informe Comisión de Hacienda 60

2.2. Discusión en Sala 76

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen 111

3. Trámite de Finalización: Cámara de Diputados 112 3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo 112

4. Publicación de Ley en Diario Oficial 114

(4)

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de

Diputados

1.1. Mensaje del Ejecutivo

Mensaje de S. E. La Presidenta de la República. Fecha 16 de junio de 2009. Cuenta en Sesión 41, Legislatura 357.

MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE SE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE REAJUSTA MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, REAJUSTA LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL Y EL SUBSIDIO FAMILIAR.

SANTIAGO, 16 de junio 2009.

M E N S A J E Nº 597-357/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto reajustar el monto del ingreso mínimo mensual, de la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar a contar del 1 de julio de 2009.

CONSIDERACIONES PARA LA FIJACIÓN DEL INGRESO MÍNIMO EN EL AÑO 2009.

Contexto económico mundial.

Nuestro país, al igual que el resto de las naciones, se ha visto enfrentado a la peor crisis económica mundial de las últimas décadas. Por primera vez, en más de 50 años, el Producto Interno Bruto del mundo caerá, es decir, durante el año 2009 se producirá menos que lo que produjo el año anterior.

Esta caída en la actividad económica también se ha extendido a Chile, es así como mientras el año 2008 el país creció a un 3,2%, la última proyección del

(5)

Banco Central estima un crecimiento entre 0,75% y -0,25% para el presente año.

Adicionalmente, se ha observado una caída muy acelerada de la inflación en las principales economías del mundo. Dicha caída también se ha registrado en nuestro país. En efecto, mientras el año 2008 la inflación fue de 7,1%, la última proyección del Banco Central para este año es de sólo 0,6%.

Si tomamos la inflación acumulada en los últimos 11 meses, esta alcanza un 1,5%, en tanto, la proyección para la inflación de junio es de 0,1%. En suma, la inflación acumulada desde el último reajuste del salario mínimo es de 1,6%. Dicho 1,6% de inflación es también coincidente con la inflación futura, de manera tal que independiente de la inflación que consideremos para efectos de la determinación del incremento del ingreso mínimo, estamos anclados al 1,6%.

Tomando en consideración los datos del contexto económico no queda más que actuar con prudencia y cautela a la hora de fijar el incremento del ingreso mínimo mensual, velando porque los trabajadores perceptores del ingreso mínimo no vean mermado su poder adquisitivo pero resguardando que dicha alza no genere una presión en el mercado del trabajo que desemboque en un mayor desempleo.

Es importante aprender de las experiencias pasadas, es por eso que ante una situación de crisis internacional, el incremento del ingreso mínimo mensual debe ser moderado a fin de evitar efectos no deseados en materia de empleo. Recomendaciones de la OIT.

La propuesta de reajuste del ingreso mínimo mensual realizada por el Ejecutivo se enmarca dentro de las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo.

Dicha entidad ha formulado una serie de recomendaciones a los países América Latina y el Caribe para enfrentar la crisis financiera internacional, entre ellas merece especial mención lo señalado en materia de reglas que han de seguir los países de la región en materia de fijación del ingreso mínimo.

En efecto, plantean que es necesario “Moderar los incrementos salariales, procurando mantener el poder adquisitivo. En los últimos años la mayor parte de los países ha revalorizado el salario mínimo. En este período de crisis sería recomendable moderar esos incrementos, protegiendo el poder adquisitivo de los salarios y consolidando la recuperación alcanzada. Al mismo tiempo, se recomienda aumentar la fiscalización del cumplimiento con el salario mínimo.

(6)

En este período de incertidumbre sería recomendable moderar la tendencia de sostenida revalorización y procurar mantener su poder adquisitivo. De esta forma, se estaría consolidando la recuperación del salario mínimo alcanzada en estos años, al tiempo que se limitarían las presiones sobre la capacidad de pago de las empresas. En varios países se espera una caída en la tasa de inflación como resultado de la caída en el precio en los commodities y por la reducción en la demanda. De concretarse esta tendencia, esto beneficiaría a los salarios reales. Durante este período, además, habrá que monitorear con particular atención los indicadores de cumplimiento del salario mínimo, dado que éste puede cumplir un papel fundamental durante la crisis, preservando el poder adquisitivo de los salarios más bajos.”.

Un ingreso mínimo razonable que proteja el empleo.

En un escenario económico caracterizado por una baja inflación (1,6%); una tasa de desempleo que se eleva al 9,8%, y con proyecciones de caída de la actividad económica; el ingreso mínimo mensual no puede crecer según las aspiraciones de la CUT, que solicitó un incremento nominal del 13,2%.

Sin duda transitar hacia dicha aspiración podría provocar efectos no deseados en materia de empleo, particularmente en las Pymes.

Este complejo escenario fue planteado a la CUT en las reuniones que sostuvimos sobre la materia, constatando que en la difícil y excepcional realidad económica, no obstante la disposición de ambas partes era muy difícil la construcción de un acuerdo.

Sin embargo, tampoco creemos que el ingreso mínimo mensual deba congelarse como plantearon algunos sectores, ya que éste cumple un importante rol al asegurar un piso salarial, especialmente a los trabajadores con un bajo nivel de escolaridad y capacitación.

Es por ello que en el ánimo de conciliar las exigencias de la nueva realidad económica, originada por la crisis, con la necesidad de resguardar el poder adquisitivo de los trabajadores y el empleo proponemos elevar el ingreso mínimo mensual de $159.000 a $163.000, definición consistente con el sello de protección social de mi Gobierno y que garantiza un incremento real de 0,9%, tomando como base una inflación del 1,6%.

FIJACIÓN ASIGNACIÓN FAMILIAR, MATERNAL Y SUBSIDIO FAMILIAR.

En el acuerdo alcanzado el año 2008 con la CUT se convino que a partir de la fijación del ingreso mínimo del año 2009 las materias vinculadas a la asignación familiar y maternal serían materias de esta ley, sacándose de la ley de reajuste de los funcionarios públicos donde se incluyó a partir del año 1999.

(7)

En este contexto, el proyecto reajusta, a contar del 1 de julio del año 2009, las asignaciones familiares y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares y el subsidio familiar para personas de escasos recursos establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020.

La necesaria focalización con que las asignaciones familiares deben ser entregadas a sus beneficiarios, justifica mantener la actual diferenciación por tramos. Cabe recordar que dicha definición data del año 1990 con la ley N° 18.987, materializando así el acuerdo alcanzado, en ese entonces, entre el Gobierno y la CUT, orientado a favorecer más a los trabajadores de menos ingresos.

Cabe destacar que la presente iniciativa, recoge un especial esfuerzo de mi Gobierno en orden a alinear el punto de corte del primer tramo de asignación familiar con el monto fijado en el artículo 1° para el ingreso mínimo mensual que regirá a partir del 1 de julio de 2009, permitiendo de esta manera que un mayor universo de beneficiarios perciban el monto máximo de la asignación familiar.

De este modo, se fija en $5.909.- mensuales por carga a los beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $163.000.-, en $4.627.- por carga para los beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $163.000.- y no exceda los $290.002.-; y en $1.507.- por carga para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $290.002.- y no exceda de $452.306.-

Por su parte, el subsidio familiar, se fija en $5.909 a partir del 1 de julio de 2009. En mérito de lo expuesto, someto a vuestra consideración, el siguiente:

P R O Y E C T O D E L E Y:

“Artículo 1°.- Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de $159.000.- a $163.000.- el monto de ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.

Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de $118.690 a $121.657.- el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.

Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de $102.558 a $105.122.-.

Artículo 2°.- Reemplázase, a contar del 1 de julio del año 2009, el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, por el siguiente:

(8)

"Artículo 1º.- A contar del 1 de julio del año 2009, las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:

De $5.909.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $163.000.-;

De $4.627.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $163.000.- y no exceda los $290.002.-;

De $1.507.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $290.002.- y no exceda los $452.306.-, y

Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $452.306.- no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.

Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores.

Dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.".

Artículo 3°.- Fíjase en $5.909.- a contar del 1 de julio del año 2009, el valor del subsidio familiar establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020.

Artículo 4°.- El mayor gasto que represente durante el año 2009 la aplicación de los artículos 2° y 3° de la presente ley, incrementará en el monto que resulte, la suma del valor neto correspondiente a que se refiere el artículo 4° de la ley N° 20.314, y se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público.”.

Dios guarde a V.E.,

MICHELLE BACHELET JERIA Presidenta de la República

ANDRÉS VELASCO BRAÑES CLAUDIA SERRANO MADRID

Ministro de Hacienda Ministra del Trabajo Y Previsión Social

(9)

1.2. Informe Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 16 de junio de 2009. Cuenta en Sesión 43, Legislatura 357.

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE REAJUSTA MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, REAJUSTA LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL Y EL SUBSIDIO FAMILIAR.

BOLETÍN Nº 6.568-05

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Hacienda informa, en primer trámite constitucional y en primero reglamentario, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, el proyecto mencionado en el epígrafe, iniciado en mensaje de S.E. la Presidenta de la República.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS

Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente:

1°) Que la idea matriz o fundamental del proyecto en informe es reajustar el monto del ingreso mínimo mensual, de la asignación familiar y maternal, y del subsidio familiar, a contar del 1 de julio de 2009.

2°) Que el articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones de quórum especial para su aprobación.

3°) Que el proyecto fue aprobado, en general, por 11 votos a favor y una abstención. Votaron a favor los Diputados señores Aedo, don René; Aguiló, don Sergio; Alvarado, don Claudio; Dittborn, don Julio; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto; Tuma, don Eugenio, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Se abstuvo el Diputado señor Delmastro, don Roberto.

4°) Que Diputado Informante se designó al señor AEDO, don RENÉ. * * *

(10)

Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto el señor Andrés Velasco, Ministro de Hacienda; la señora Claudia Serrano, Ministra del Trabajo y Previsión Social; los señores Alberto Arenas, Director; Enrique París, Subdirector de Racionalización y Función Pública; Julio Valladares, Asesor, y la señora Macarena Lobos, Abogada, todos de la Dirección de Presupuestos; los señores Alejandro Micco, Rodrigo González, Felipe Sáez, Cristóbal Huneeus, y la señora Jacqueline Saintard, todos asesores del Ministerio de Hacienda; la señora Paula Pacheco y el señor Francisco del Río, Jefa de Gabinete y Asesor, ambos del Ministerio del Trabajo, y el señor Carlos Mladinic, Jefe de Gabinete del Ministro del Interior.

Concurrieron también los señores Arturo Martínez, Presidente Nacional; Roberto Aravena, Presidente Provincial Valparaíso; y José Hermosilla, Tesorero, todos de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).

II. ANTECEDENTES GENERALES

A. Antecedentes de hecho y de mérito que justifican la iniciativa

Por primera vez, en más de 50 años, el producto interno bruto del mundo caerá en el año 2009, fenómeno que se ha extendido a Chile. Es así como mientras el año 2008 el país creció a un 3,2%, la última proyección del Banco Central estima un crecimiento entre 0,75% y -0,25% para el presente año.

Adicionalmente, se ha observado una caída muy acelerada de la inflación en las principales economías del mundo. Dicha caída también se ha registrado en nuestro país. En efecto, mientras el año 2008 la inflación fue de 7,1%, la última proyección del Banco Central para este año es de sólo 0,6%.

La inflación acumulada en los últimos 11 meses alcanza un 1,5%, en tanto, la proyección para la inflación de junio es de 0,1%. En suma, la inflación acumulada desde el último reajuste del salario mínimo es de 1,6%.

Como se menciona en el mensaje, la propuesta de reajuste del ingreso mínimo mensual realizada por el Ejecutivo se enmarca dentro de las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo para enfrentar la crisis financiera internacional.

En efecto, plantean que es necesario “Moderar los incrementos salariales, procurando mantener el poder adquisitivo.

En el ánimo de conciliar las exigencias de la nueva realidad económica, originada por la crisis, con la necesidad de resguardar el poder adquisitivo de los trabajadores y el empleo, el Gobierno propone elevar el ingreso mínimo

(11)

mensual de $159.000 a $163.000, lo que garantiza un incremento real de 0,9%, tomando como base una inflación del 1,6%.

Por otra parte, en el acuerdo alcanzado el año 2008 con la CUT se convino que a partir de la fijación del ingreso mínimo del año 2009 las materias vinculadas a la asignación familiar y maternal serían materias de este proyecto de ley, excluyéndose de la ley de reajuste de los funcionarios públicos. En este contexto, el proyecto reajusta, a contar del 1 de julio del año 2009, las asignaciones familiares y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares y el subsidio familiar para personas de escasos recursos establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020.

Según el Ejecutivo la necesaria focalización con que las asignaciones familiares deben ser entregadas a sus beneficiarios, justifica mantener la actual diferenciación por tramos. Cabe recordar que dicha definición data del año 1990 con la ley N° 18.987, materializando así el acuerdo alcanzado, en ese entonces, entre el Gobierno y la CUT, orientado a favorecer más a los trabajadores de menos ingresos.

Por su parte, el subsidio familiar, se fija en $5.909 a partir del 1 de julio de 2009.

B. Disposiciones legales que se modifican por el proyecto.

1.- El artículo 1° de la ley N° 18.987, que establece los valores asignados para las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

2.- El artículo 1° de la ley N° 18.020, que establece el valor del subsidio familiar destinado a personas de escasos recursos.

C. Antecedentes presupuestarios y financieros.

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 15 de junio de 2009, señala que a contar del 1 de julio de 2009, se fija el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años de edad, en $ 165.000.

Como consecuencia de lo anterior:

Se modifican los niveles de ingresos inferiores y superiores correspondiente al grupo C, a que se refiere el artículo 160 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 2.763, de 1979 y de las

(12)

leyes 18.933 y 18.469, de $ 159.000 a $ 165.000 y de $ 232.140 a $ 240.900 respectivamente.

Estas modificaciones generan una disminución en la recaudación de copagos en la modalidad institucional en los establecimientos del Sistema Nacional del Servicio de Salud. Los menores ingresos fiscales para el año 2009 son de aproximadamente $ 162 millones.

A contar del 1 de julio de 2009 se fija el monto de ingreso mínimo mensual que se utiliza para fines no remuneracionales en $ 106.455.

La aplicación de este incremento origina un mayor costo fiscal en el año 2009 de aproximadamente $ 294 millones por el aumento en el valor de la asignación por muerte de activos y pensionados del antiguo sistema.

A contar del 1 de julio se modifican los tramos para la asignación familiar y maternal y los montos correspondientes a cada tramo, con un costo de aproximadamente $ 6.608 millones para el año 2009.

Se fija el valor del Subsidio Familiar establecido en el artículo 1° de la ley N° 18.020, con un costo de aproximadamente $ 6.915 millones para el año 2009.

El costo total del proyecto de ley durante el presente año asciende a $ 13.979 millones.

III. DISCUSIÓN DEL PROYECTO A. Discusión general

En el debate de la Comisión el señor Andrés Velasco reiteró los efectos de la crisis mundial en la economía que se refleja en una contracción de - 2,5% el año 2009, para estimar una recuperación del 1 % el año 2010. Sostuvo que en Chile se ha logrado amortiguar tales efectos, no obstante proyectar una contracción leve del crecimiento para este año.

Hizo presente sin embargo, que la inflación tanto a nivel mundial como en Chile ha tenido un cambio dramático. En 12 meses se ha pasado de 9,5% a cifras negativas estos últimos meses.

Por otra parte, las cifras de desempleo han aumentado del 7,5% al inicio de la crisis a 9,8% en el trimestre febrero-abril de 2009.

Puso énfasis en las medidas del Gobierno en materia de transferencias monetarias a familias de menores recursos durante el año 2009 que

(13)

representan un aumento de los ingresos mensuales del 65% para el quintil I y de 26% para el quintil II.

Finalmente, se refirió a la recomendación de la OIT para enfrentar la crisis financiera en el sentido de moderar los incrementos del salario mínimo.

El señor Arturo Martínez señaló que dicha recomendación la efectuó la OIT para los países que negocian colectivamente. Puntualizó que en nuestro país la mayoría de los trabajadores afectos al salario mínimo no compran productos incorporados en la canasta que mide el IPC, ya que consumen productos básicos y no tienen capacidad de ahorro. Consideró que el reajuste sería beneficioso para reactivar el mercado. Centró los efectos en el desempleo como resultado de políticas de inversión más que en el costo del trabajo. Manifestó, por último, que la crisis no la pueden pagar los trabajadores y propuso que el corte por tramo de la asignación familiar se sitúe en los $ 600.000.

Los señores Diputados en general admitieron la consistencia de las cifras presentadas por el Ministerio de Hacienda, pero consideraron que los antecedentes no eran completos al desestimar las realidades expuestas por el Presidente de la CUT.

B. Discusión particular

Los Diputados señores Aguiló, don Sergio; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto, y Tuma, don Eugenio presentaron la siguiente indicación: para sustituir en los artículos 1° y 2° el guarismo “$ 163.000” por “$ 166.950”.

El Diputado señor Dittborn (Presidente) declaró inadmisible la indicación por tratarse de una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, en conformidad al N° 4 del artículo 65 de la Constitución.

Los Diputados señores Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo; Dittborn, don Julio; Salaberry, don Felipe, y Von Mühlenbrock, don Gastón presentaron la siguiente indicación: para modificar el artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de la siguiente forma:

1.- Para sustituir en el inciso primero la oración que sucede al punto seguido (.), por la siguiente: “El monto que corresponda guardará relación con el tipo de jornada en la cual se encuentre contratado el trabajador, en conformidad al inciso siguiente.”

(14)

“El trabajador contratado por una jornada superior a una jornada parcial que establece el artículo 40 bis del Código del Trabajo, percibirá la asignación completa; en tanto que el trabajador contratado por dicha jornada parcial o menos, tendrá derecho a los dos tercios de la asignación.”.

El Diputado señor Dittborn (Presidente) declaró inadmisible la indicación por tratarse de una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, en conformidad al N° 6 del artículo 65 de la Constitución.

El Diputado señor Robles, don Alberto presentó la siguiente indicación: para agregar al final del inciso segundo del artículo 1° la frase “, que cumplan con las disposiciones del Código del Trabajo.”

Puesta en votación la indicación del Diputado señor Robles, fue rechazada por un voto a favor, 7 votos en contra y 4 abstenciones. Votó a favor el Diputado señor Robles, don Alberto. Votaron en contra los Diputados señores Aedo, don René; Alvarado, don Claudio; Dittborn, don Julio; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Tuma, don Eugenio, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Se abstuvieron los Diputados señores Aguiló, don Sergio; Delmastro, don Roberto; Jaramillo, don Enrique, y Lorenzini, don Pablo.

El Ejecutivo presentó las siguientes indicaciones al proyecto: 1. Para sustituir el artículo 1° por el siguiente:

“Articulo 1º.- Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de $159.000.- a $165.000.- el monto de ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.

Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de $118.690.- a $123.176.- el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.

Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de $102.558.- a $106.435.-.

2. Para sustituir el artículo 2° por el siguiente:

“Artículo 2°.- Reemplázase, a contar del 1 de julio del año 2009, el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, por el siguiente:

"Artículo 1º.- A contar del 1 de julio del año 2009, las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y

(15)

Previsión Social, tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:

- De $6.500.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $170.000.-;

- De $4.830.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $170.000.- y no exceda los $293.624.-;

- De $1.526.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $293.624.- y no exceda los $457.954.-, y

Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $457.954.- no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.

Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores.

Dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.".

3. Para sustituir en el artículo 3° el guarismo “5.909” por “6.500”.

Sometidos a votación los artículos 1° al 4°, con las indicaciones del Ejecutivo, se aprobaron por 11 votos a favor y una abstención. Votaron a favor los Diputados señores Aedo, don René; Aguiló, don Sergio; Alvarado, don Claudio; Dittborn, don Julio; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto; Tuma, don Eugenio, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Se abstuvo el Diputado señor Delmastro, don Roberto.

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN La indicación del Diputado señor Robles al artículo 1°.

V. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES

- De los Diputados señores Aguiló, don Sergio; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto, y Tuma, don Eugenio a los artículos 1° y 2°.

- De los Diputados señores Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo; Dittborn, don Julio; Salaberry, don Felipe, y Von Mühlenbrock, don Gastón para modificar el artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 150, de 1982.

(16)

VI. ARTÍCULOS QUE NO FUERON APROBADOS POR UNANIMIDAD La totalidad del articulado.

VII. TEXTO APROBADO O RECHAZADO POR LA COMISIÓN

En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1º.- Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de $159.000.- a $165.000.- el monto de ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.

Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de $118.690.- a $123.176.- el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.

Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de $102.558.- a $106.435.-.

Artículo 2°.- Reemplázase, a contar del 1 de julio del año 2009, el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, por el siguiente:

"Artículo 1º.- A contar del 1 de julio del año 2009, las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:

- De $6.500.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $170.000.-;

- De $4.830.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $170.000.- y no exceda los $293.624.-;

- De $1.526.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $293.624.- y no exceda los $457.954.-, y

Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $457.954.- no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.

(17)

Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores.

Dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.".

Artículo 3°.- Fíjase en $ 6.500.- a contar del 1 de julio del año 2009, el valor del subsidio familiar establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020.

Artículo 4°.- El mayor gasto que represente durante el año 2009 la aplicación de los artículos 2° y 3° de la presente ley, incrementará en el monto que resulte, la suma del valor neto correspondiente a que se refiere el artículo 4° de la ley N° 20.314, y se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público.”.

Tratado y acordado en sesión de fecha 16 de junio de 2009, con la asistencia de los Diputados señores Dittborn, don Julio (Presidente); Aedo, don René; Aguiló, don Sergio; Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo; Delmastro, don Roberto; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto; Tuma, don Eugenio, y Von Mühlenbrock, don Gastón.

Concurrió además el señor Diputado Díaz, don Marcelo, según consta en el acta respectiva.

SALA DE LA COMISIÓN, a 16 de junio de 2009.

JAVIER ROSSELOT JARAMILLO Abogado Secretario de la Comisión

(18)

1.3. Discusión en Sala

Cámara de Diputados. Legislatura 357, Sesión 43. Fecha 17 de junio de 2009. Discusión general. Se aprueba en general y particular.

REAJUSTE DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL. Primer trámite constitucional.

El señor VARGAS (Vicepresidente).- Entrando en el Orden del Día, corresponde conocer el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que reajusta monto del ingreso mínimo mensual, reajusta la asignación familiar y maternal y el subsidio familiar.

Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor René Aedo.

Antecedentes:

El señor VARGAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Aedo.

El señor AEDO (de pie).- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar el proyecto de ley, iniciado en mensaje de su excelencia la Presidenta de la República, que reajusta monto del ingreso mínimo mensual, reajusta la asignación familiar y maternal y el subsidio familiar.

Respecto de las constancias reglamentarias, puedo señalar que el proyecto tiene una urgencia calificada de discusión inmediata y fue analizado ayer en la Comisión de Hacienda.

Asistieron a la Comisión durante su estudio, entre otras personas, el ministro de Hacienda, señor Andrés Velasco; la ministra del Trabajo y Previsión Social, señora Claudia Serrano; el director de Presupuestos, señor Alberto Arenas, y sus asesores y el presidente de la CUT, señor Arturo Martínez.

Con respecto a los antecedentes generales, es preciso señalar que el ministro de Hacienda justificó la iniciativa por la situación económica mundial. Indicó que, por primera vez, en más de 50 años, el producto interno bruto del mundo caerá el 2009, fenómeno que se ha extendido a Chile. Manifestó que la caída en el mundo era de un 1,3 por ciento y que Asia había tenido un crecimiento de cero por ciento, excluyendo a China, que tuvo un crecimiento de 6,5 por ciento. Asimismo, que el crecimiento de los países desarrollados durante el 2009 tendría una caída de 3,8 por ciento. También que se produjo una contracción de la actividad económica, tanto internacional como nacional, y una caída de la inflación, la cual en los últimos 11 meses alcanza un 1,5 por

(19)

ciento. La proyección para la inflación de junio es de 0,1 por ciento. En suma, la inflación acumulada desde el último reajuste del salario mínimo a la fecha es de 1,6 por ciento.

Por último, que la expectativa de crecimiento de este año es de 0,6 por ciento. El proyecto, inicialmente, proponía un aumento del ingreso mínimo de 159 mil a 163 mil pesos, lo que significaba un aumento de 2,5 por ciento y un incremento real de 0,9 por ciento, tomando como base una inflación del 1,6 por ciento.

Por su parte, el presidente de la CUT consideró insuficiente el incremento y, además, indicó que la recomendación de la OIT para enfrentar esta crisis, mencionada por el ministro de Hacienda, de que se debían moderar los incrementos salariales, procurando mantener el poder adquisitivo -algunos países, como Colombia y México, sólo reajustaron el salario de acuerdo con el costo de la vida-, era sólo para los países que negociaban colectivamente y que ése no era el caso de Chile.

Puntualizó que la mayoría de las personas que ganan el ingreso mínimo no compran productos incorporados a la canasta que mide el IPC, sino que sólo consumen productos básicos y que no tienen capacidad de ahorro. Consideró que el reajuste es necesario mejorar el poder adquisitivo de estas personas y reactivar el mercado.

Los señores diputados admitieron la consistencia de las cifras presentadas por el ministro de Hacienda, pero consideraron que los antecedentes no eran completos al desestimar las realidades expuestas por el presidente de la CUT, por lo que se pidió al ministro modificar el monto del ingreso mínimo.

En la discusión en particular, se analizaron dos indicaciones de los diputados, las cuales fueron declaradas inadmisibles.

Los diputados señores Aguiló, don Sergio; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto, y Tuma, don Eugenio, presentaron una indicación para sustituir en los artículos 1º y 2º el guarismo “163.000” por “166.950”.

La indicación fue declarada inadmisible por tratarse de una materia de iniciativa exclusiva de la Presidenta de la República.

Los diputados señores Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo; Dittborn, don Julio; Salaberry, don Felipe, y Von Mühlenbrock, don Gastón presentaron otra indicación para modificar el artículo 12 del decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Una de las cosas que pretendía la modificación era reemplazar el inciso segundo por el

(20)

siguiente: “El trabajador contratado por una jornada superior a una jornada parcial que establece el artículo 40 bis del Código del Trabajo, percibirá la asignación completa; en tanto que el trabajador contratado por dicha jornada parcial o menos, tendrá derecho a los dos tercios de la asignación.”

La indicación fue declarada inadmisible también por tratarse de una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República

Posteriormente, el ministro de Hacienda, en representación del Ejecutivo, presentó algunas indicaciones al proyecto.

La primera para sustituir el artículo 1º por el siguiente: “Articulo 1º.- Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de 159.000 pesos a 165.000 pesos el monto de ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.

Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, de 118.690 pesos a 123.176 pesos el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.

Elévase, a contar del 1 de julio de 2009, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de 102.558 pesos a 106.435 pesos.”

La segunda para sustituir el artículo 2º por el siguiente:

“Artículo 2º.- Reemplázase, a contar del 1 de julio del año 2009, el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, por el siguiente:

“Artículo 1º.- A contar del 1 de julio del año 2009, las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:

De 6.500 pesos, por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de 170.000 pesos.

De 4.830 pesos por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los 170.000 pesos y no exceda los 293.624 pesos.

De 1.526 pesos por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los 293.624 pesos y no exceda los 457.954 pesos.

(21)

Las personas que tengan acreditado o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a los 457.954 pesos, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.”

Sometida a votación esta indicación, fue aprobada por 11 votos a favor. Hubo una abstención.

También se fijó en 6.500 pesos, a partir del 1º de julio de 2009, el valor del subsidio familiar, establecido en el artículo 1º de la ley 18.020.

De la misma forma, se preceptúa que el mayor gasto que represente el proyecto será de cargo de los fondos del Tesoro Público.

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos considera que el costo total del proyecto de ley asciende a 13.979 millones de pesos.

Es todo cuanto tengo que informar. He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, la fijación del salario mínimo es un tema de gran importancia y se relaciona con el nivel de empleo del país. De hecho, hay economistas que recomiendan no fijarlo, por cuanto provocaría trastornos a la economía de un país ordenado. Pero hay que ser realistas. La desaceleración mundial y nacional, nos lleva a pensar en no fijar este índice, que establece el porcentaje de ingreso de los que menos tienen.

Chile no es de los países que estima que el ingreso debe congelarse. El sello de protección social del Gobierno de la Concertación no es conciliable con esta idea de algunos economistas.

Sin hacer eco de estas posiciones extremas, no podemos olvidar los nocivos efectos que puede causar fijarlos en márgenes también muy altos y fuera del contexto económico presente.

La triste experiencia de la crisis asiática, en que primó el criterio meramente político por sobre el técnico, debe servirnos de recordatorio. Hemos vivido momentos difíciles en cuanto a desempleo por casi tres años seguidos.

Nuestro país se ha visto afectado, al igual que el resto de las naciones, por una crisis económica internacional de magnitud inusitada, siendo la peor que hemos enfrentado en más de cincuenta años, pues como resultado de la caída del producto mundial, cayó el producto interno bruto, que pasó de un

(22)

incremento de 3,2 por ciento, el año pasado, a un rango estimado en 0,75 ó 0,25 por ciento.

Tal es la gravedad, que el Banco Central estima que la inflación, para este año, alcanzará un cifra de 0,6 por ciento, considerando la acumulada en los últimos once meses, que alcanzaría a 1,5 por ciento. En consecuencia, la inflación acumulada desde el último reajuste del salario mínimo es de 1,6 por ciento, que concuerda perfectamente con la estimación de inflación futura.

Piedra angular de la discusión es la prudencia, la que debe guiar a la compatibilización de dos objetivos igualmente válidos y necesarios: que los trabajadores perceptores del ingreso mínimo, aproximadamente 400 mil y fracción, no vean mermado su poder adquisitivo, y que el alza del monto del sueldo mínimo no genere una presión en el mercado del trabajo, que desemboque en un mayor desempleo.

De allí que la prudencia de nuestro gobierno y de quien dirige la economía de este país, el ministro Andrés Velasco, ha sido de una importancia relevante. Tuvimos diferencias por la lógica discusión de quienes queremos más, pero el rector de la economía dijo que si apuntábamos a más se podía provocar un problema de desempleo que después tendríamos que lamentar.

Por eso, el equipo económico de este gobierno tendrá que ser una vez más considerado en la historia del avance hacia el crecimiento, en los peores momentos de la economía mundial.

Esta forma de enfrentar el problema ha sido recepcionada por la Organización Internacional del Trabajo, la cual ha formulado una serie de recomendaciones para enfrentar la crisis financiera internacional, entre las que destaca lo señalado en materia de fijación del ingreso mínimo.

El organismo internacional ha planteado que es necesario moderar los incrementos salariales, procurando mantener el poder adquisitivo.

En este período de crisis sería recomendable moderar los incrementos, protegiendo el poder adquisitivo de los salarios y afianzando la recuperación alcanzada. De esa forma, se estaría consolidando la recuperación del salario mínimo logrado en estos años, al tiempo que se limitarían las presiones sobre la capacidad de pago de las empresas.

Hubo discusiones interesantes en la Comisión para llegar a consensos. Por ejemplo, se dijo que Chile no podía recibir, como fundamento de la discusión, las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, debido a que Chile no es un país totalmente sindicalizado. Chile comienza a

(23)

sindicalizarse, y un mínimo de los trabajadores está en dicha situación, que no alcanza al 10 por ciento.

En el escenario actual, con una inflación de 1,6 por ciento y una tasa de desempleo que casi bordea los dos dígitos, la CUT solicitó un incremento nominal de 13,2 por ciento, tal vez basada en el crecimiento del país y en las reservas del erario nacional.

Acceder a aspiraciones legítimas, pero desconectadas con la realidad nacional, podría provocar efectos desastrosos, según lo analizado con los representantes de las Pymes. Conversé con el diputado Rodrigo González sobre lo que podría provocar la cesantía en las Pymes.

Recordemos que, en plena crisis asiática, los incrementos reales del salario mínimo -de 5,9 por ciento en 1998; de 8,9 por ciento en 1999 y de 7,7 por ciento en 2000- fueron de la mano con una tremenda alza en el desempleo, de triste recuerdo, que se elevó a 6,4 por ciento en el primer año; a 10,1 por ciento en el segundo y a 9,7 por ciento en el tercero. No digo que hubo un mal manejo de la economía, sino que, a veces, la mano blanda produce esos efectos.

Por ello, en el ánimo de conciliar las exigencias de la nueva realidad económica, originada por la crisis, con la necesidad de resguardar el poder adquisitivo de los trabajadores y el empleo, se acordó en el seno de la Comisión de Hacienda, por unanimidad, un alza de casi 4 por ciento -situación que se veía muy difícil o imposible de lograr al inicio de la discusión-, que dio como resultado la cifra de 165 mil pesos mensuales. Así se mantiene -creemos- el poder adquisitivo de sectores postergados de la sociedad, al tiempo que no representa presiones al mercado laboral, que podrían aumentar el desempleo.

Aprovecho esta oportunidad para abogar por la extensión de la negociación colectiva, tema que, en algún momento, deberá analizarse, como una forma de garantizar que los acuerdos entre trabajadores y empleadores nazcan de un entendimiento sincero, reglado y exento de presiones políticas que buscan dividendos inmediatos. Felizmente, aquí esto no ha pasado.

Por lo que conocemos de la economía de Europa y de países desarrollados, contrariamente a lo que ocurre en nuestro país, el derecho laboral nacido por esta vía representa un porcentaje mayor respecto al legislado.

Estoy satisfecho por este logro, que los trabajadores han decidido aceptar, porque creen en su país y en la conducción seria y responsable del Gobierno. Sin duda, el proyecto será aprobado.

(24)

He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.

El señor GARCÍA (don René Manuel).- Señor Presidente, todos sabemos que se está desarrollando una gran crisis a nivel mundial.

Si analizamos los discursos que se pronuncian todos los años, comprobaremos que siempre encontramos que los reajustes son insuficientes. Lamento profundamente que se aumente el salario mínimo en sólo 4 mil pesos. Quizás puede ser contraproducente.

La pregunta que permanentemente me formulo cuando discutimos el reajuste del ingreso mínimo es por qué siempre pagan la crisis quienes más necesitan. Entendemos que existe una crisis y nos afecta si una empresa quiebra porque el salario mínimo aumenta en 4 mil pesos. Todas las bancadas políticas han manifestado que hay que conservar los empleos y que debemos hacer esfuerzos gigantescos para que los trabajadores no queden cesantes. Indudablemente, todos estamos de acuerdo con ese objetivo, pero no se ha considerado que el problema no radica en producir -todo el mundo puede hacerlo-, sino en vender lo que producen las empresas.

Entonces, estamos enfrentados a una gran disyuntiva: ¿qué hacemos ante esta realidad? ¿El aumento debe ser pequeño? ¿Son correctas las explicaciones? Pero lo concreto es que no tenemos mayores alternativas, porque sólo podemos aprobar o rechazar el reajuste o, simplemente, disminuirlo. Obviamente, nadie en esta Sala está pensando en reducirlo.

Considero justo hacer un llamado: cuando el país mejore y se supere la crisis, las empresas -que también han realizado esfuerzos- debieran compensar a los trabajadores. Se habla mucho de la relación que debe existir entre el empleador y el trabajador. Sin duda, es un elemento importante, porque ninguna empresa puede surgir si sus trabajadores no están contentos -ésta es una regla de oro en las empresas-, con sus imposiciones al día, sus asignaciones pagadas, sus remuneraciones sin retrasos, etcétera.

Insisto en que los diputados no podemos hacer mucho, porque no nos queda más que aprobar este proyecto de reajuste del ingreso mínimo que estamos discutiendo.

Por ejemplo, la comuna de Loncoche sufrió una fuerte crisis cuando se cerraron las empresas que había allí, pero ahora vemos, con alegría, que hoy se está inaugurando la planta de Surlat en esa comuna con la presencia de la Presidenta de la República. ¡Cuánto me habría gustado estar presente en ese evento, para entregar mi apoyo a esos trabajadores que tendrán una nueva

(25)

oferta de trabajo y para ver cómo Loncoche se empieza a recuperar de esa gran crisis que la afectó! Pero debo estar presente aquí, en la Cámara de Diputados, cumplimiento mi deber, tratando de hacerlo lo mejor posible y apoyando este reajuste que, por lo menos, dará un pequeño alivio.

El proyecto eleva el monto del ingreso mínimo mensual de 159 mil a 165 mil pesos. Es decir, aumenta en 6 mil pesos. Y si hacemos el ejercicio de ilustrar el incremento con bienes que se pueden comprar con ese monto, podríamos considerarlo un chiste de mal gusto, porque una familia podrá comprar seis kilos más de pan. ¡6 kilos! ¡Eso significa el reajuste que se propone!

Me da pena negra que tengamos que aprobar el porcentaje de aumento que se acordó en la negociación, pero desgraciadamente no podemos hacer nada más, porque estamos en un período de crisis mundial. En la Región de La Araucanía tenemos 13,3 por ciento de cesantía, la más alta del país. Esa región es fundamentalmente agrícola, pero tiene la tasa más alta de cesantía del país. ¿Qué nos está diciendo ese dato? Que cada región -lo he repetido hasta el cansancio en todos mis discursos y en todas las conversaciones sostenidas- tiene que ser analizada en su mérito. Mientras no se active el aspecto agrícola de esta región, no podemos hacer nada para generar empleos y para sacar de la crisis a la región más rica del país, que -¡miren qué contradicción!- también es la más pobre. Posee los mejores campos, es la mejor zona ganadera, tiene lecherías, bosques, es zona turística, etcétera, pero no se entregan incentivos para que se active la actividad económica.

Cuando se habla del salario mínimo, es necesario precisar algunas cosas. Como su nombre lo dice, ningún trabajador mayor de 18 años y hasta 65 años podrá ganar menos de 165 mil pesos. Vale decir, éste es un piso y no un techo. Los trabajadores y los empleadores podrán negociar alguna regalía o beneficio adicional que podría aumentar la remuneración. Por lo tanto, en momentos de crisis, como la que estamos sufriendo, no nos queda otra alternativa que aprobar este reajuste.

Para los trabajadores mayores de 65 años y menores de 18 años, el monto del ingreso mínimo mensual se eleva en menos de 5 mil pesos, de 118.690 a 123.176 pesos.

Lo siento por nuestros trabajadores, que han sido comprensivos y han llegado a un acuerdo de reajuste, que es el que la Cámara de Diputados se ve en la obligación de aprobar. Es un pequeño alivio. Pero como el aumento no ha sido lo que todo el mundo esperaba, hago un llamado a todos los empresarios de Chile para que traten de conservar a sus trabajadores. Una empresa se desangra y retrocede cuando se van sus trabajadores, después de haber recibido capacitación durante años.

(26)

Por ello, se debe hacer un último esfuerzo, sobre todo, porque el ministro de Hacienda y los economistas nos han señalado que la economía empezará a repuntar el próximo año. Faltan sólo seis meses. Es el último sacrificio que le pedimos a la gente que tiene trabajadores para que los mantenga y no haga economía a cuenta de ellos.

Vamos a apoyar este proyecto -no tenemos otra alternativa-, pero con esa misma fuerza, cuando se activen las economías mundiales y la chilena, esperamos que todos hagamos un esfuerzo para lograr un sueldo un poco más decente para todos nuestros trabajadores.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado don Pablo Lorenzini.

El señor LORENZINI.- Señor Presidente, difiero de lo que aquí se ha dicho, porque el Congreso Nacional tiene alternativa y si realmente -como lo hicimos ayer- tuviera disposición para ejercer sus poderes y facultades, sería mucho más activo no sólo respecto de las cosas negativas, sino que también de las positivas.

Ayer se dio un hecho que nunca se había dado en esta Cámara de Diputados. La CUT, en representación de los trabajadores, no llegó a acuerdo con el Gobierno, lo que ocasionó que los propios trabajadores -que son quienes nos eligen- nos encargaran a los diputados la obtención de un reajuste adecuado. Asimismo, debemos agradecer y reconocer la actitud de los ministros de Hacienda y del Trabajo y del Director de Presupuestos y sus asesores, en términos de sentarse a conversar.

En el futuro, debemos corregir e incorporar a la Oposición en este tipo de actividades. El diputado Delmastro manifestó su molestia por ello y concuerdo con él. Esta vez se hizo con los parlamentarios de la Concertación, pero nuestro deber era incorporar a los parlamentarios de Oposición porque en estos temas estamos por encima de la coyuntura política.

Ayer en la tarde se realizó un gran esfuerzo y se debatió en profundidad a efectos de buscar un equilibrio entre lo que el Gobierno, a través del ministro de Hacienda, estimaba razonable desde el punto de vista de la coyuntura económica, con lo que los parlamentarios, mandatados por los trabajadores, creemos que es lo que debe ser.

En este sentido, debemos desmitificar una serie de cosas que se dicen, pero que no son verdad. Los doctores a la medicina, los abogados a los tribunales y los economistas a los números. Hay materias que deben ser analizadas por especialistas. Aquí no hay un impacto en la pequeña y mediana empresa. La

(27)

gran mayoría de los que reciben el salario mínimo son temporeros, sobre todo trabajadoras contratadas a tiempo parcial; también están las personas que trabajan en los supermercados. El propio Arturo Martínez entregó unas cifras que, más allá de la certeza, lo que indican en principio lo compartimos muchos diputados.

El susto del desempleo por el alza del salario mínimo en 2.000 pesos al mes me parece ridículo. Si un empresario va a despedir a una persona que lleva años trabajando porque le tiene que subir 2.000 ó 3.000 pesos más el sueldo al mes, quiere decir que ahí no hay política ni economía, sino que hay inmoralidad y falta a la ética. Y no creo que ocurra eso en este país.

Por lo tanto, hay que ver qué estamos buscando. Ayer -lo señaló en parte también el diputado García- se señaló que desde un punto de vista legal nosotros no podemos contribuir. Eso es cierto, pero con nuestro voto y con la dureza que requiere el diálogo podemos hacerlo. Ayer lo hicimos. Hubo una contribución importante, ya que la oferta del Gobierno era de 163 mil pesos. Presenté una indicación -que fue apoyada por los parlamentarios de la Concertación- para aumentar en un 5 por ciento este reajuste, lo que daba una cantidad de 167 mil pesos. Sobre ese piso empezamos a trabajar.

Tal vez, con otro ministro de Hacienda, con otro equipo y a lo mejor en otro Gobierno, nos hubieran dicho lo que señaló el diputado García, que en esto no debemos opinar porque es inadmisible y que se debe votar lo que presentaron ellos. Pero ahí lo habríamos votado en contra, aun a riesgo de no tener reajuste. Entonces, el ministro, entendiendo que estamos en otra etapa de colaboración entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional, nos hizo saber las razones económicas que se tuvieron en cuenta. Nadie va a dudar de la exposición económica que hizo el ministro, porque fue perfecta, pero aquí no se trata sólo de mirar los números, sino de que tenemos un Gobierno humanista que piensa en la gente y no sólo en los empresarios, a quienes ya les hemos dado bastante, puesto que en Chile no ha quebrado ninguna empresa, ni un banco, ni una compañía de seguros, ni un supermercado. También le hemos aportado a las pymes. Están los 40.000 pesos que se van a entregar en agosto, que corresponden a 160 mil millones; además, hay una serie de beneficios tributarios. Para los que usan diésel, se les devuelve un 80 por ciento del impuesto específico; paramos la subida del impuesto específico para las gasolinas. Entonces, nadie puede decir que no se ha entregado nada al resto de los sectores. Sin embargo, el sector que recibe un salario mínimo -y en eso concuerdo con el diputado García-es el que menos gana y no podíamos sacrificarlo, y el ministro así lo entendió.

En este sentido, el Congreso Nacional si puede hacer algo y lo hizo ayer en forma casi unánime, salvo la protesta -que comparto- del diputado Delmastro, pero más bien por la forma en que se dio. Aquí se logró una conjunción que incluso a la distancia el presidente de la CUT aceptó, porque si bien tuvimos

(28)

que bajar nuestra aspiración del 5 por ciento al medio de la diferencia entre 163 mil pesos y 167 mil pesos, logramos algo adicional que quizás es mucho más potente. Se reajusta una parte de las asignaciones familiares en más de un 11 por ciento y se extiende el número de personas que lo reciben, el tramo medio en un 7 por ciento y el resto en lo que está. Ahí ha habido un enfoque potente dirigido hacia las madres y los niños.

Compensando una cosa por otra, debemos reconocer que ésta fue una negociación impecable en la que participaron las bancadas de la Concertación y de la Alianza -que finalmente se sumó a esto- y que se llevó a cabo con la dureza que el caso reviste cuando se trata de una disposición ministerial que viene con la instrucción de la Presidenta de la República de dialogar con el Congreso Nacional, que en este caso se hace presente; con los trabajadores, que le dicen a sus parlamentarios que confían en ellos, y con el Gobierno, que acepta que el Congreso Nacional pueda inferir más allá de los tecnicismos legales que declaran admisible o inadmisible la forma en que procede.

Una vez terminadas las reuniones, en quince minutos y con la firma de la Presidenta de la República, el Gobierno aceptó nuestras propuestas y se llegó a este resultado final. Pero esto no puede dejar de hacernos pensar en que hay que cambiar el sistema. No puede ser que cada año estemos en esta misma tontera. Lo que hay que hacer es crear un consejo consultivo en el cual estén los empresarios grandes y pequeños, representantes de la Presidencia de la República, ojala académicos, y representantes de la CUT para que en forma permanente estén evaluando lo que pasa, porque aquí aunamos criterios, pero no tenemos estudios que nos digan cuál es el impacto del aumento del salario mínimo en el empleo o en el poder de compra. ¿Acaso es el IPC sacado del Banco Central, institución a la cual no le creo nada, porque proyectaron 2 por ciento y fue 8 por ciento ó 9 por ciento y después cero hacia arriba o hacia abajo? Esa cifra no me da seguridad. Más aún, en el caso de estos trabajadores la canasta no tiene que ver con el IPC promedio, puesto que ellos no ocupan gasolina, ni televisor, lo que hace que su canasta sea distinta. Hay que hacer una canasta especial para los trabajadores que reciben el salario mínimo, ya que sólo pagan gastos básicos y esa inflación es mucho más alta que la promedio.

El consejo consultivo permanente que propongo crear debe evaluar los impactos en la canasta familiar por regiones en el empleo de hombres y mujeres y una vez al año entregar al Congreso Nacional una apreciación técnica, pero con cifras que tienen que ver con este sistema. Espero que en el próximo Gobierno exista un sistema distinto, ya que llevamos muchos años analizando una negociación en 24 ó 48 horas que no tiene ninguna lógica. Debemos contar con los antecedentes necesarios para que el Congreso Nacional pueda hacer una evaluación y se pueda involucrar en forma positiva. Debemos conformar ese consejo de manera que estén todos integrados para no discutir a ciegas y no sólo tener los datos del Ejecutivo, sino que, en forma

(29)

responsable, tener los datos que provengan de este Consejo Asesor Nacional, que ojalá también se integre con representantes de regiones.

Sólo por concepto de subsidios tanto maternal como familiar y asignaciones familiares, estamos entregando casi 14 mil millones de pesos, que seguramente se destinarán al consumo y activará a los pequeños pueblos; es demanda, es decir, tiene efecto colateral, por lo tanto, me parece bien.

Sé que fue difícil para el ministro de Hacienda y para el director de Presupuestos aceptar las propuestas de los parlamentarios, pero ese ánimo de debate, de discusión y de escucharnos unos a otros nos potencia y permite que el Ejecutivo y el Congreso Nacional, en el futuro, respecto de otros proyectos, tengan una mejor disposición. No se trata de presidencialismo exacerbado ni de parlamentarismo, pero el Parlamento es electo por la gente y los trabajadores nos dijeron: vayan y defiéndannos.

Ayer se hizo, agradecemos la disposición del Gobierno y me parece que dentro de lo esperable el proyecto es un gran logro.

Por lo tanto, la Democracia Cristiana lo votará favorablemente. He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Julio Dittborn. El señor DITTBORN.- Señor Presidente, no voy a repetir los aumentos en los montos del salario mínimo, ni de las asignaciones familiares ni del subsidio único familiar, a los cuales ya se refirió el diputado informante, sino que quiero hacer algunas consideraciones al proyecto.

La primera de ellas es tratar de explicar a la ciudadanía por qué, siempre que discutimos el salario mínimo, surge en nosotros un conflicto respecto de cuál es el monto en que debemos aumentarlo. Casi medio millón de chilenos percibe hoy el salario mínimo.

Obviamente, a todos nos gustaría aumentarlo lo suficiente como para dar mayor bienestar a los chilenos menos capacitados, que ganan el salario mínimo. Lamentablemente, debemos concluir algo muy obvio, que todos los chilenos con sentido común sabemos: la pobreza no se puede terminar por ley. Si fuera posible terminar o aliviar la pobreza con una ley, si eso fuera factible, no le quepa duda a nadie de que ya lo habríamos hecho hace mucho tiempo, pero ello no es posible. Entonces, cada vez que discutimos el salario mínimo, tenemos un conflicto en el que debemos considerar al menos dos aspectos: por un lado, uno sabe que la gente que gana el salario mínimo no tiene posibilidades reales de negociar con su empleador. El salario mínimo lo reciben las personas con menor nivel educacional, menor capacitación, que no tienen ningún poder negociador. Por lo tanto, el salario mínimo constituye un piso que

(30)

ayuda a quienes no tienen poder de negociación real con su empleador. En ese sentido, valoramos el guarismo de 165 mil pesos que hoy aprobaremos.

Por otro lado, está el hecho de que, como legisladores, como chilenos, que tenemos la responsabilidad de decidir al respecto, debemos preocuparnos también de los chilenos que no tienen empleo, porque así como medio millón de chilenos gana el salario mínimo, hay también en Chile aproximadamente un veinte por ciento de desempleo juvenil, de gente que no encuentra trabajo ni siquiera por el salario mínimo. Reitero, hay un veinte por ciento de jóvenes para los cuales el salario mínimo constituye un muro que no les es posible franquear, que tienen una productividad muy baja y para los cuales el salario mínimo constituye un impedimento para encontrar un empleo estable.

Ésos son los dos elementos que siempre están en conflicto: por un lado, repito, darle poder de negociación, o un piso, a quienes no tienen poder de negociación, y por el otro, no exacerbar el problema del desempleo de aquellos chilenos con muy baja productividad, a los cuales debemos reconocer que les estamos limitando sus posibilidades de encontrar empleo cuando aumentamos el salario mínimo.

Por eso, cuando aquí se dice que el salario mínimo constituye una política social -lo dijo el diputado Jaramillo-, me asaltan dudas. Por un lado es social, porque constituye un piso para quienes no pueden negociar colectivamente, pero, por el otro, puede causar un daño a quienes tienen una muy baja productividad y no encuentran trabajo por el salario mínimo.

Ése es el conflicto que tenemos, y que no es fácil de solucionar. Por eso, la Unión Demócrata Independiente le dijo al Gobierno en la Comisión de Hacienda que estábamos dispuestos a aprobar el monto que el Gobierno estimara prudente. Sabemos que este año tendremos una inflación muy baja, del orden del 1,2 por ciento estimado para el año; sabemos que hay un desempleo creciente.

Economistas de prestigio, como don Vittorio Corbo, han dicho que el desempleo seguirá aumentando hasta el invierno de 2010, es decir, no estamos ante el peor año de desempleo, el 2010 a ser peor que el 2009. No sé si eso es cierto, pero la persona que lo afirma me da garantías de seriedad. Estamos en un año en que el PIB será negativo por primera vez en muchos años. Entonces, estamos en un año en que debemos mantener un piso para quienes no pueden negociar, pero también debemos cuidar que los chilenos de baja productividad no queden marginados de la posibilidad de encontrar empleo.

Por eso, creemos que el monto del salario mínimo es prudente, es consistente con la realidad que estamos viviendo y lo vamos a aprobar.

(31)

La solución de fondo a la pobreza no va por más aumento del salario mínimo, sino por mejorar la calidad de la educación, especialmente de la educación pública. Por eso, lamentamos cuando presenciamos esas tomas culturales que significan el destrozo de los liceos más emblemáticos del país. Eso sí que duele, porque la mala educación es la fuente principal de la pobreza y de la desigualdad. El día en que en Chile tengamos una educación pública de excelencia, vamos a dar un paso gigantesco para combatir la pobreza y a favor de la igualdad.

Finalmente, quiero decir que hemos presentado una indicación al proyecto, la que retiramos para no demorar su tramitación, pero le pedimos al Gobierno que la estudie. Se trata de que hoy hay una asignación familiar que se paga íntegra sólo a las personas que trabajan más de 25 días en el mes, es decir, un temporero o una persona que trabaja, por ejemplo, cinco, ocho o quince días en el mes, no recibe el ciento por ciento de la asignación familiar que le corresponde según sus ingresos.

Eso no nos parece razonable, porque la asignación familiar es un subsidio que se otorga al niño chileno a través de su padre o de su madre. Por lo tanto, le estamos proponiendo al Gobierno que, independiente del número de días trabajados, se pague la misma asignación familiar para todos los trabajadores o, en subsidio, en función de la jornada. En fin, es debatible cómo se soluciona, pero no parece justo que castiguemos a los niños cuyos padres trabajan pocos días en el mes, específicamente, menos de 25.

Repito, sólo reciben asignación familiar íntegra aquellos hijos de padres que trabajan más de 25 días al mes. Eso no parece razonable y es lo que hemos pedido al Gobierno que corrija y solucione. No en este proyecto, porque retardaría su tramitación, pero sí en uno próximo.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Carlos Montes. El señor MONTES.- Señor Presidente, en primer lugar, la bancada del Partido Socialista votará a favor del proyecto, porque así lo ha solicitado la Presidenta Michelle Bachelet y porque ayer hubo un acuerdo en torno a las cifras.

Queremos decir que el salario mínimo es necesario. Eso no siempre es de consenso. Más de alguna vez se ha escuchado a personas decir que no debería existir. Sin embargo, es necesario porque es una protección básica de la sociedad.

El reajuste no es una discusión fácil, porque tiene doble perspectiva. Por un lado, defender el nivel de ingresos de los sectores de más bajos ingresos y, por

Referencias

Documento similar

Where possible, the EU IG and more specifically the data fields and associated business rules present in Chapter 2 –Data elements for the electronic submission of information

The 'On-boarding of users to Substance, Product, Organisation and Referentials (SPOR) data services' document must be considered the reference guidance, as this document includes the

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

This section provides guidance with examples on encoding medicinal product packaging information, together with the relationship between Pack Size, Package Item (container)

Cedulario se inicia a mediados del siglo XVIL, por sus propias cédulas puede advertirse que no estaba totalmente conquistada la Nueva Gali- cia, ya que a fines del siglo xvn y en

que hasta que llegue el tiempo en que su regia planta ; | pise el hispano suelo... que hasta que el

No había pasado un día desde mi solemne entrada cuando, para que el recuerdo me sirviera de advertencia, alguien se encargó de decirme que sobre aquellas losas habían rodado

De acuerdo con Harold Bloom en The Anxiety of Influence (1973), el Libro de buen amor reescribe (y modifica) el Pamphihis, pero el Pamphilus era también una reescritura y