Riesgos Individuales de los Seguros de Personas
Módulo 2: Cédula Definitiva Tipo A1
Exclusiones
“Reclamaciones”
Reclamaciones
Existen algunos planes donde la Aseguradora administra la suma asegurada para los beneficiarios del seguro. Esto genera gastos de administración que se incluyen en la prima, es decir, el beneficiario no paga los gastos de administración.
Los fondos de administración pueden tener tres formas:
● Interés exclusivamente. La suma asegurada del beneficiario es
administrada por la Aseguradora y éste únicamente recibe los intereses que produce ese capital durante un tiempo que se ha fijado previamente con la Compañía. Al finalizar el tiempo pactado, el beneficiario recupera su capital.
● Cantidad fija. El Asegurador distribuye los beneficios del seguro en
sumas mensuales predeterminadas hasta la entrega total del capital y los intereses que ha generado durante el tiempo de administración de la Compañía. Esta opción permite al beneficiario realizar retiros parciales de la cuenta principal, pero esto reducirá el tiempo durante el cual recibirá las sumas mensuales.
● Período fijo. En esta opción, el Asegurador paga al beneficiario toda la
indemnización y los intereses que genera la misma durante un período establecido. Sin embargo, el beneficiario no puede retirar cantidades parciales. Si el beneficiario muere antes de terminar el período fijado, los pagos pendientes deben entregar a un segundo beneficiario.
El Fideicomiso es un negocio jurídico que se constituye mediante la declaración unilateral de una persona llamada fideicomitente, quien destina ciertos bienes a
Administración del Seguro
Fondos de Administración
institución llamada fiduciaria, la cual no puede ser fideicomisario en la misma operación.
Las reformas a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (1993), permiten actuar a las aseguradoras como fiduciarias en el caso de fideicomisos de administración en que se afecten recursos relacionados con:
• El pago de primas por los contratos de seguros que se celebre.
• Recursos relacionados con primas de antigüedad.
• Fondos individuales de pensiones; rentas vitalicias.
• Dividendos.
• Sumas aseguradas.
• Reservas de fondos de pensiones o jubilaciones del personal complementarias a las que se establecen en las leyes sobre seguridad social y de primas de antigüedad.
• Cantidades adicionales de efectivo, valores, bienes muebles e inmuebles y activos que deriven de las operaciones señaladas.
Las aseguradoras administran los fideicomisos emitiendo pólizas independientes para cada uno de ellos, es decir, cuentas individuales.
Las figuras que intervienen en el fideicomiso son:
• El fideicomitente. Es aquella persona física o moral que destina ciertos bienes de los que puede disponer a la realización de un fin lícito determinado, y expresa su voluntad de que se encargue de llevar a cabo esa encomienda una entidad llamada fiduciaria.
• El bien o conjunto de bienes. Lo que se destina a un fin lícito determinado.
• El fin lícito o determinado. De carácter abstracto o impersonal, o bien, puede concretarse en beneficio de una persona o grupo de personas.
• El fiduciario. Entidades (institución bancaria, aseguradoras,
afianzadoras y casas de bolsa) a las que se encomienda la tarea de ejecutar la afectación patrimonial.
• El fideicomisario. Es la persona que recibe el beneficio del
fideicomiso o la que recibe los remanentes una vez cumplida la finalidad del mismo.
Existen diferentes formas para liquidar una reclamación. La más común es en una sola exhibición. Dentro de ella, podemos encontrar varias modalidades:
● Opción de Interés
El capital (la indemnización) es retenido por la Compañía e invertido en sus instrumentos por un tiempo determinado o por toda la vida del Beneficiario. La tasa de interés es garantizada y se fija en un porcentaje que ofrece la Compañía. Si el capital da más interés que el garantizado, se paga y se le conoce como interés excedente o dividendo de interés. La periodicidad de pago se fija con el beneficiario y generalmente es mensual (aunque puede ser anual). Al finalizar el tiempo estipulado o a la muerte del beneficiario, se entrega el capital retenido a quien se haya designado. Sin embargo, se puede estipular que a la muerte del beneficiario, el capital siga invertido y los intereses se paguen a sus descendientes o beneficiarios.
● Pago por Cuotas
Se establece que el producto de la póliza (la indemnización) sea entregado en pagos iguales durante un período de años seleccionado. Estos pagos están integrados por parte del capital y los intereses que genera. Como el capital va decreciendo conforme pasan los años, el monto real de los pagos será desigual puesto que el interés que se genera disminuye conforme el capital lo hace.
● Cuotas Seleccionadas
Los pagos son en forma de renta anual con una cantidad uniforme seleccionada, conformada por el capital y los intereses de tasa garantizada más excedentes. Como se desconoce la tasa de interés a futuro, no se puede determinar el tiempo que durará la renta. Por lo tanto, se establece que se pagará la renta anual mientras dure el capital y existan intereses sobre él.
● Renta Vitalicia
El producto de la póliza se destina a comprar una renta de por vida o por
de la edad del beneficiario en el momento de hacer la liquidación, por lo que la cantidad sólo se conocerá hasta que se haga pagadera la póliza.