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PLAN INTEGRADO DE ACTUACION PARA EL AÑO 2009

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PLAN INTEGRADO DE ACTUACION PARA EL AÑO 2009

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) tiene encomendada la

realización de funciones esenciales para la aplicación de la legislación laboral y de la

protección social. Estas funciones debe desarrollarlas en escenarios económicos que

varían en función de la coyuntura económica, lo que hace necesario adaptar la

actuación, en especial su planificación y programación con objeto de dar respuesta con

la mayor eficacia a las nuevas demandas sociales, al tiempo que resulta imprescindible

disponer de adecuados indicadores de los resultados de la actividad desarrollada.

Con esta finalidad, en colaboración con los órganos correspondientes del Estado

y de las Comunidades Autónomas, se ha elaborado el Plan Integrado de Actuación para

el año 2009, en el que se recogen tanto planes y objetivos de alcance general, como

aquellos que tienen un alcance territorial restringido, sin que esto implique una menor

valoración o trascendencia.

El Plan se estructura en la forma siguiente:

I.- GRANDES OBJETIVOS ESTRATEGICOS:

Se han establecido dos grandes objetivos estratégicos:

‰

El primer gran objetivo del Plan Integrado es consolidar un doble equilibrio. En

primer lugar, en relación con el carácter de la actividad de la Inspección de

Trabajo y Seguridad Social, de forma que más de la mitad de esta actividad sea

planificada o proactiva, y la otra parte sea rogada o reactiva, con una tendencia a

reducir al máximo la actividad por propia iniciativa de los actuantes. En segundo

lugar, de forma que se tienda a alcanzar un equilibrio entre las materias de

competencia estatal y las de competencia autonómica, teniendo en cuenta la

distribución de los efectivos humanos existentes. Este equilibrio resulta de más

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difícil consecución, al no contar con un Cuerpo de Subinspectores especializado

en Seguridad y Salud laborales.

Hay que señalar que la actuación planificada representa por primera vez, y en

términos globales, más del 60% del total de la actuación inspectora prevista para

llevar a cabo por la ITSS durante el año 2009. La unidad de medida y valoración

está representada en Órdenes de Servicio.

‰

El segundo gran objetivo es primar las actuaciones de impacto social y de

calidad:

o Dentro de las prioridades marcadas por los responsables políticos y

sugieran los agentes sociales, prestando especial atención a las novedades

de carácter legislativo o los acuerdos alcanzados en el diálogo social.

o Utilizar procedimientos formalizados: protocolos – guías de actuación,

que doten de consistencia al Sistema.

II.- PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN:

En la elaboración de este Plan han participado todos los estamentos del Sistema:

o Se ha partido de la propuesta realizada por los Jefes de Inspección,

teniendo en cuenta la situación provincial, las sugerencias formuladas por

los responsables de las Unidades especializadas, los propios inspectores y

los resultados alcanzados en ejercicios anteriores.

o Los Directores Territoriales, de acuerdo con unas pautas y orientaciones

facilitadas por la Dirección General, han procedido a la normalización y

adecuación de las propuestas iniciales. También se incorporan las

actuaciones previstas en Ceuta y Melilla.

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o Se han perfeccionado los Convenios con la Tesorería General de la

Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social,

el Instituto

Social de la Marina y el Servicio Público de Empleo Estatal y se han

trasladado al Plan Integrado los programas de actuación establecidos en

estos Convenios. En particular se han integrado algunos programas

derivados del Observatorio del Fraude Social.

o Las respectivas Comisiones Territoriales han aprobado los programas de

actuación en cada Comunidad Autónoma.

o La Autoridad Central ha sometido a la consideración de los agentes

sociales de ámbito estatal, en el seno de la Comisión Consultiva

Tripartita, el borrador del Plan Integrado de Actuación.

o Se somete a la Conferencia Sectorial de Trabajo y Asuntos Sociales, para

su aprobación, la propuesta del Plan Integrado de Actuación de la

Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

III.- PLAN INTEGRADO.

El Plan Integrado de Actuación para el año 2009 incorpora planes y objetivos que

corresponden a competencias propias de la Administración General del Estado, otros,

que corresponden a competencias de Administraciones de las Comunidades Autónomas,

y, finalmente, otros, en los que las actuaciones producen resultados que afectan a una u

otra Administración, sin que pueda de antemano prefijarse ese resultado.

Para una mejor programación y evaluación, se han agrupado las actuaciones en

cuatro Áreas: Prevención de riesgos laborales, Empleo y relaciones laborales, Seguridad

Social, y Economía irregular y trabajo de extranjeros.

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En el área de actuación inspectora de la Prevención de riesgos laborales se ha

prestado una atención preferente a los objetivos, prioridades y líneas de actuación

marcados en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, prestando una

especial atención a las condiciones de seguridad, en distintos sectores, en especial el

sector de la construcción, dado el constante peso del mismo en la siniestralidad, y sobre

todo en la que tiene un carácter más grave, y su persistencia a pesar de la disminución

del volumen de actividad.

Se mantiene igualmente este año la programación de actuaciones inspectoras

sobre las entidades encargadas del apoyo y asesoramiento a las empresas en materia de

prevención de riesgos laborales, como son los servicios de prevención (ajenos, propios y

mancomunados), y empresas auditoras, para garantizar el cumplimiento por estas de

manera adecuada sus funciones y obligaciones frente a las empresas, ya que la mejora en

su servicio redundará en la mejora de las empresas concertadas. Se va a verificar que se

mantiene la prestación de servicios aún en casos de morosidad en el pago de la prima del

concierto.

Se presta una especial atención también a las campañas relacionadas con las

empresas de más siniestralidad, tanto las de ámbito autonómico, como las de ámbito

supraautonómico, en aplicación de lo previsto en la Estrategia Española de Seguridad y

salud en el trabajo. En el caso de las campañas de ámbito supraautonómico, cuyas

características se fijaron en el seno de la Comisión Nacional de la Seguridad y Salud en

el Trabajo, se mantiene durante el año 2009 la campaña iniciada en el año 2008, que

tenía previsto dos años de duración, en la que se incluyeron a las empresas, en torno a

1.000, que en años anteriores tuvieron un accidente de trabajo mortal o muy grave en los

que hubiera habido algún requerimiento o acta de infracción de la Inspección de Trabajo,

o que hubieran tenido dos o más accidentes de trabajo calificados como graves.

Asimismo, tendrá continuación durante el año 2009 la Campaña Europea

acordada por el Comité de Altos Responsables de Inspecciones de Trabajo de la Unión

Europea, referida al control de la aplicación de la normativa reguladora de la protección

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de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la utilización de productos y

sustancias químicas.

En aplicación de las medidas previstas en la Estrategia Española de Seguridad y

salud en el trabajo, en el seno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el

Trabajo se han aprobado los criterios para desarrollar un plan experimental de reducción

voluntaria de accidentes de trabajo en las empresas (PLAN PREVEA), que va a

comenzar a desarrollarse durante este año, con una participación de la Inspección de

Trabajo compartida con las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas y

Mutuas de Accidentes de Trabajo. El número de empresas que se podrán acoger a este

plan experimental, serán entre 5 y 10 por cada Comunidad Autónoma, hasta un total

previsto de 200 empresas, y el mismo consiste en la asunción por las empresas que se

incorporen de un compromiso de llevar a cabo unos programas de actuación dirigidos a

reducir la siniestralidad de la misma durante un período de dos años, y vinculado a

determinados objetivos y a la no existencia de accidentes de trabajo ni denuncias, la

Inspección de Trabajo no incluirá en su planificación ordinaria de actuaciones a estas

empresas, aunque se hará un control del cumplimiento por las misma de las obligaciones

contraídas.

Por último, se mantienen dentro de la actividad programada, las actuaciones en

relación con el control del cumplimiento de la normativa sobre la coordinación de

actividades empresariales y la integración de la actividad preventiva, así como la

investigación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En relación con

estos está previsto formalizar un acuerdo con la Fiscalía especializada en Seguridad Vial

y la Dirección General de Tráfico para la rápida y completa investigación de los

accidentes en la carretera, cuyas víctimas son trabajadores en su puesto de trabajo o en

misión, es decir, no “in itinere”.

Por lo que se refiere al área de Empleo y relaciones laborales, área de

competencia también de las Comunidades Autónomas, se priorizan las actuaciones

planificadas dirigidas al control del fraude en la contratación, potenciando la

transformación en indefinidos de contratos temporales sin causa. En tanto se mantenga

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la tendencia presente desde el último trimestre de 2008, se dedicará atención preferente a

informar y, en su caso, mediar en los procedimientos sujetos a plazo, en especial, los

expedientes de regulación de empleo.

Se mantiene la atención en el área de relaciones laborales a la investigación de

las denuncias en materia de tiempo de trabajo, salarios, derechos sindicales, cesión de

mano de obra y subcontratación; también tendrán prioridad las campañas dirigidas a

facilitar la integración laboral de los trabajadores discapacitados. De la misma forma, se

pretende disminuir el uso indebido de bonificaciones y subvenciones al empleo, materia

en la que existen competencias de la Administración General del Estado y de las

Administraciones Autonómicas.

Por lo que hace referencia a la vigilancia de las normas de la Seguridad Social,

parte de la actividad planificada se realiza en base a los acuerdos suscritos con TGSS,

INSS, ISM, SPEE, a lo que se añade la realizada por la ITSS no basada en ellos. Se

agrupa en los apartados siguientes:

- Inscripción, afiliación, alta y encuadramiento de empresas y trabajadores. Las

actuaciones están dirigidas a vigilar el fraude en los encuadramientos en regímenes

indebidos, siendo su mayor incidencia en la elusión de la aplicación del Régimen

General de la Seguridad Social por encuadramiento indebido en el de Autónomos o

Agrario. Dentro de este apartado cabe destacar las actuaciones dirigidas al control de las

bajas indebidas en vacaciones, Navidad, ferias y fiestas y fines de semana, falsos

autónomos dependientes y contratos a tiempo parcial.

- Cotización. Uno de los programas de actuación de mayor entidad es el realizado

a partir de los datos de retenciones del IRPF que remite la AEAT, seguido de una

actuación integral sobre cotización, con el fin de detectar fraudes por diferencias de

cotización. También hay previstas actuaciones específicas por falta de cotización por

atrasos de convenio y por retribuciones salariales con periodicidad superior al mes no

prorrateadas, así como sobre empresas deudoras insolventes con actividad. El control de

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cotización de grandes empresas, y adoptar las medidas procedentes para evitar la

acumulación de grandes bolsas de deuda. Las actuaciones sobre las empresas que no

ingresan las cuotas ni presentan en la TGSS los boletines de cotización constituyen un

número muy importante, y su finalidad es proponer la emisión de reclamaciones de

deuda sobre los salarios reales, o la baja de las empresas si han cesado en la actividad.

Asimismo cabe destacar el control de las bonificaciones de Seguridad Social por

bonificación de contratos indebida, a partir de los listados que remita la TGSS.

Finalmente, se vigilará también el cumplimiento de las bonificaciones de SS por

formación continua, así como las ayudas por contratos programas.

- Recaudación. Las actuaciones tienen como fin detectar, respecto a empresas

con deudas a la SS, posibles sucesiones en la titularidad, grupos de empresas, contratas o

subcontratas, o administradores que han incumplido sus obligaciones, con el fin de

derivar la deuda a otros sujetos responsable.

- Prestaciones de Seguridad Social. Las prestaciones y subsidios de desempleo

son un apartado importante de la actuación inspectora. Respecto a las demás

prestaciones de Seguridad Social, la actuación se desglosa en dos grandes bloques:

control de la compatibilización de las prestaciones con el trabajo por cuenta propia o

ajena, y control de las altas indebidas o incremento de bases de cotización para percibir

prestaciones a las que no se tiene derecho. En este año se prestará especial atención al

control de las jubilaciones parciales.

- Otras actuaciones en Seguridad Social. Entre otras, destacan las realizadas para

lograr que las empresas transmitan por medios telemáticos los datos relacionados con

afiliación, alta, cotización y prestaciones de Seguridad Social. Para este año se han

planificado actuaciones para el control de la actividad desarrollada por las mutuas de

accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y empresas autorizadas para

colaborar en la gestión de la Seguridad Social, que se llevarán a cabo por la Dirección

Especial y las Inspecciones Provinciales.

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Las actuaciones sobre economía irregular y el trabajo de los extranjeros,

dentro de estrategias más globales dirigidas a combatir el trabajo no declarado,

constituyen una prioridad, y suponen una parte fundamental de la actividad inspectora.

La economía irregular supone una grave distorsión económica y social con efectos

sobre:

- la seguridad social y sobre las finanzas públicas, al disminuir sus ingresos y

desplazar su carga sobre el resto de la sociedad,

- la competencia de las empresas, con riesgo de expulsión del mercando laboral a

las que declaran correctamente todo el trabajo, y

- los trabajadores, por cuanto no solamente carecen de protección social, sino

porque además sus condiciones de trabajo son mucho peores. La explotación es

mayor cuando son inmigrantes, cuya situación irregular hace que sean un

colectivo especialmente vulnerable. En determinados sectores afecta

especialmente a las mujeres.

En una situación de crisis existe el riesgo de que se acentúe la economía

irregular, con el fin de disminuir los costes de producción, lo que hacer necesario

intensificar las actuaciones previstas, en línea con lo señalado en el Informe del

Parlamento Europeo de 23 de septiembre de 2008 sobre la intensificación de la lucha

contra el trabajo no declarado, que señala a la vigilancia y control de éste como una de

las medidas que han de adoptarse, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha

elaborado un PLAN basado en los puntos siguientes:

1.- Incremento en un 30% de la actividad inspectora planificada en materia de

economía irregular. Además del incremento de la actividad planificada, se

impartirán instrucciones para que sistemáticamente en las visitas de inspección,

cualquiera que sean la materia a vigilar, se controle el trabajo no declarado.

2.- Mejora en la detección del fraude. Se creará un Observatorio del Fraude

Social, cuyo objetivo será la obtención por la ITSS de información objetiva,

fiable y actualizada sobre el fraude social, que sirva de base para planificar su

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- evaluar la extensión del trabajo no declarado y su distribución por sectores

de actividad y ámbitos geográficos, y supuestos, circunstancias o

situaciones donde se produce en mayor medida, y

- elaborar una metodología para detectar las situaciones en las que se produce

el fraude e identificar a los sujetos que lo cometen

Se concertarán efectivos tanto de personal inspector, estadístico e informático,

para llevar a cabo la detección del fraude social mediante el empleo de

herramientas de análisis estadístico y de bases de datos. Adicionalmente se

realizarán estudios específicos en la materia. El objetivo final será el diseño de

un sistema de detección del fraude social en el que basar la planificación

inspectora.

3.- Incremento de la eficacia. Se logrará por los medios siguientes:

- Planificación de actuaciones sobre sujetos seleccionados en los procesos

de detección del fraude

- Seguimiento exhaustivo mediante el cuadro de mando del empleo

aflorado directamente por la actividad inspectora

- Motivación de los funcionarios actuantes

4.- Trabajo en equipo.- Constitución de equipos dirigidos por inspectores con

dedicación exclusiva al control de la economía irregular, inicialmente en las

Inspecciones de mayor plantilla.

5.- Colaboración y coordinación con otros Organismos. Nuevo acuerdo con el

Ministerio de Interior para potenciar las actuaciones conjuntas o coordinadas de

la ITSS con las Fuerzas Seguridad. Nuevo acuerdo con la AEAT para la

detección del fraude, elementos comunes de planificación e intercambio de

información.

La planificación se realiza partiendo de la realidad de cada provincia, y se

distribuye entre los sectores siguientes: agricultura, industria, construcción, comercio,

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hostelería, transportes, hogar, servicios y otros. Una parte importante de las actuaciones

se realizan en colaboración con las Fuerzas de Seguridad, sobre todo en las campañas

agrícolas. En este año continuarán las actuaciones de control de la economía irregular en

el sector del transporte por carretera y sobre el trabajo de los becarios.

IV.- PLANES DE ALCANCE GENERAL

Con carácter de actuación integral, al abarcar distintas materias, existen una serie

de programas caracterizados como objetivos de alcance general, derivados de acuerdos

del Gobierno o de la puesta en marcha de normativa de reciente aprobación.

En concreto y para el año 2009, está prevista la realización de planes de actuación

inspectora de alcance general en las siguientes materias:

• Verificación del cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Ley 32/2006,

reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, y del RD

1109/2007, de 24 de agosto, que desarrolla la anterior. En este caso comprende

actuaciones tanto en el área de empleo (control del cumplimiento del porcentaje

mínimo de trabajadores indefinidos en las empresas) como en el de prevención

de riesgos laborales (control de la inscripción en el registro de las empresas

contratistas y subcontratistas del sector, de los niveles máximos de

subcontratación, de la obligación de contar con una organización preventiva

suficiente y con recursos humanos en su nivel directivo y de producción con

formación suficiente en prevención de riesgos laborales.

• Comprobación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley para

la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres y en otras disposiciones legales

(Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, Estatuto

de los Trabajadores) referidas a la igualdad y no discriminación en el ámbito de

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siguientes materias: control de la no discriminación en las ofertas de empleo, de

la no discriminación dentro de las relaciones laborales (en el ingreso a las

empresas, salarial, de promoción profesional), vigilancia del cumplimiento de

las obligaciones relativas evitar el acoso sexual o por razón de sexo en los

centros de trabajo, al control de la elaboración de los planes de igualdad y otras

medidas contempladas en la Ley de Igualdad, a la protección de los derechos

sobre conciliación de la vida familiar y laboral, así como a vigilar la presencia

de cláusulas discriminatorias en los convenios colectivos.

Con ese fin, se ha programado al menos la realización de un total de 3.000

actuaciones a empresas en toda España durante el año 2009, dando continuidad al

programa aprobado por el Gobierno en el año 2007, que se inició en el año 2008.

• Durante el año 2009 se mantiene también el Plan de actuaciones en el sector

pesquero, como consecuencia del Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de

abril de 2005, que se desarrolla de manera conjunta por el Ministerio de

Fomento, a través de la Inspección de buques, el Ministerio de Trabajo, con la

intervención de médicos del Instituto Social de la Marina e inspectores de trabajo

y Seguridad Social, y contando con la colaboración del Ministerio del Interior,

que a través de embarcaciones de la Guardia Civil permite la realización de las

inspecciones a buques en el mar.

Durante el año 2009 se van a realizar 300 inspecciones a buques de pesca en toda

España, de entre 15 y 24 metros de eslora.

• Actuaciones relativas al Plan del Sector del Transporte por Carretera (Acuerdo

del Consejo de Ministros de 24 de junio de 2005) (Interior, Fomento y Trabajo y

Asuntos Sociales)

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V.- ACTUACIÓN PREVISTA PARA 2009:

La actuación prevista para 2009 se refleja en las tablas que siguen, en las

que se contienen los datos de la actuación inspectora para 2009 por CCAA, tanto

programada como no programada, agrupada por áreas de actuación y expresada en

Órdenes de Servicio reales, es decir, reflejadas en los correspondientes expedientes

administrativos.

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1.1.3 CAMPAÑAS EUROPEAS 339 32 12 7 10 30 8 38 28 39 70 0 20 0 20 20 5 0 0 0

1.2.1. SERVICIOS P. AJENOS, SPP, ENTIDADES AUDITORAS 1.827 170 40 25 80 300 6 20 225 150 132 100 35 20 400 20 12 85 5 2

1.2.2. EMPRESAS DE MAYOR SINIESTRALIDAD 2.144 50 382 60 102 144 207 102 136 148 21 80 56 100 300 50 130 55 20 1

1.2.3. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES 3.230 126 0 50 0 414 0 251 87 51 137 8 48 115 1.720 200 15 5 3 1.2.4. INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN 1.293 202 0 40 20 166 120 60 139 71 124 0 23 120 0 200 8 0 0 1.2.5. PLAN PREVEA 65 0 0 0 18 10 0 10 10 0 0 10 3 0 0 4 0 0 0 1.3.1 GRAVES Y MORTALES 8.529 1.186 189 160 200 280 0 320 601 1.990 968 180 735 50 1.200 50 160 255 5 0 1.3.2 LEVES 3.981 250 147 130 200 280 120 120 393 1.351 155 80 135 30 200 50 100 140 40 60 1.3.3. CUMPLIMENTACIÓN DE PARTES 1.882 0 84 0 358 50 100 558 120 58 250 25 60 0 14 170 30 5

1.4. ENFERMEDADES PROFESIONALES 1.4.1. INVESTIGACION DE ENFERMEDADES PROFESIONALES 1.152 111 42 120 100 40 20 35 90 130 100 0 80 0 150 80 12 37 5 0

39.856 6.868 1.754 883 1.820 1.682 846 1.901 3.898 7.577 2.659 987 2.316 716 1.348 1.855 281 2.264 25 176 131.062 22.772 4.291 2.925 4.931 6.014 2.083 9.525 12.147 18.675 10.236 2.880 7.223 1.883 10.136 3.199 1.924 9.206 475 537

2.1.1. CONTRATOS TEMPORALES 12.306 3.090 252 400 255 650 150 450 924 2.040 900 200 895 150 800 250 140 720 15 25

2.1.2. SUBCONTRATACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN (% MÍNIMO

TRABAJADORES FIJOS) Y CESIÓN ILEGAL 4.518 355 63 200 0 230 100 420 641 299 340 70 280 60 750 600 75 25 10

2.1.3. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN ILEGAL EN OTROS

SECTORES 603 0 0 30 10 20 0 20 45 123 111 0 30 80 50 70 5 9 0 0

2.1.4. INTEGRACIÓN LABORAL DE DISCAPACITADOS 2.747 196 63 80 50 320 0 35 190 634 235 60 125 78 400 55 68 150 5 3

2.1.5. OTRAS CAMPAÑAS 1.697 0 0 111 4 30 10 378 250 20 0 270 0 450 90 4 80 0 0

2.2.1. TIEMPO DE TRABAJO 2.546 263 31 200 50 180 0 45 450 300 125 40 390 0 350 50 15 42 10 5

2.2.2 EXPEDIENTES DE PLAZO 5.888 0 357 0 0 220 0 200 226 1.020 940 0 730 30 1.900 40 220 5 0

2.2.3. DISCRIMINACIÓN POR RAZONES DISTINTAS DE GÉNERO 357 0 0 0 0 36 0 14 31 113 40 15 53 0 40 10 5 0 0

2.2.4. OTRAS CAMPAÑAS 931 0 0 0 0 30 0 16 104 0 58 0 100 0 599 10 13 0 1

2.3.1. DISCRIMINACIÓN EN EL ACCESO AL EMPLEO 732 99 90 12 0 100 5 30 36 158 34 4 36 2 46 40 4 32 4 0

2.3.2. DISCRIMINACIÓN EN LA RELACIÓN LABORAL (INGRESOS

SALARIALES, PROMOCIÓN) 937 224 8 12 18 100 20 20 30 29 140 18 27 8 135 80 14 33 15 6

2.3.3. ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO 432 45 7 10 0 100 2 18 14 111 30 4 9 2 27 15 2 32 4 0

2.3.4. PLANES DE IGUALDAD Y OTRAS OBLIGACIONES LEY DE

IGUALDAD 814 95 21 20 60 100 2 29 44 116 80 4 41 15 46 50 36 40 10 5

2.3.5. DERECHOS SOBRE CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR Y

LABORAL 379 10 51 12 0 56 4 20 22 42 54 17 41 2 0 10 28 10 0

2.3.6. DISCRIMINACIÓN EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 604 56 9 0 36 100 4 25 72 0 27 4 20 1 200 10 4 20 12 4

2.4.1 SUBVENCIONES 2.073 620 450 30 40 0 140 21 315 26 130 0 150 50 50 50 0 0 1

2.4.2 CONTRATOS PROGRAMA FORMATIVOS Y OTRAS AYUDAS 247 0 0 0 8 0 0 13 92 4 51 0 50 0 10 19 0 0

24.035 2.001 1.137 722 1.820 2.331 783 96 1.192 3.566 3.293 714 2.622 398 1.554 733 158 844 8 63 61.846 7.054 2.539 1.728 2.458 4.577 1.240 1.482 4.806 8.831 6.608 1.150 5.869 876 7.397 2.173 450 2.362 123 123

3.1.1. ENCUADRAMIENTO EMPRESAS Y TRABAJADORES 5.996 730 272 425 135 250 300 551 570 740 465 150 303 35 500 20 200 341 6 3

3.1.2. INSCRIPCIÓN, AFILIACIÓN Y ALTA 2.507 399 79 48 66 116 28 100 171 347 231 54 189 50 364 67 32 136 20 10

3.2.1. DIFERENCIAS COTIZACION (DIFER Y GREM) 17.675 1.279 251 146 208 365 82 311 548 1.092 4.247 171 792 230 7.123 219 97 434 40 40

3.2.2. GRANDES CUENTAS TGSS 824 173 5 2 10 180 9 27 32 65 70 10 41 4 60 120 12 4 0

3.2.3 NPB 16.963 682 424 725 40 123 251 49 1.605 4.123 3.710 0 110 0 4.000 239 817 5 60

3.2.4. BONIFICACIONES CONTRATOS 16.813 2.750 550 350 470 820 210 700 1.170 2.460 1.670 370 1.553 160 1.820 450 240 960 60 50

3.2.5. BONIFICACIONES FORMACION CONTINUA 581 214 33 5 6 10 12 27 28 54 55 6 42 4 30 10 40 3 2

3.3 RECAUDACIÓN 3.3.1. DERIVACION RESPONSABILIDAD 14.829 1.479 361 126 204 406 75 374 696 1.372 1.813 200 706 85 6.032 374 159 343 20 4

3.4.1 PRESTACION Y SUBSIDIO DESEMPLEO 4.991 959 112 65 65 390 120 280 227 432 345 246 965 13 230 150 90 290 5 7

3.4.2 PRESTACIONES SS. COMPATIBILIZACION CON TRABAJO 8.719 1.050 485 303 154 152 205 340 565 1.204 455 245 1.062 186 1.400 188 200 500 5 20

3.4.3. PRESTACIONES SS. ALTAS FICTICIAS E INCREMENTO

BASES 2.234 336 37 30 18 133 53 74 95 496 306 26 134 7 210 65 10 198 5 1

3.4.4. PRESTACIONES SS. ACTUACIONES DOCUMENTALES Y

OTRAS 3.294 647 81 152 51 247 122 131 164 388 287 221 266 8 200 82 15 205 12 15 3.5.1. OTRAS ACTUACIONES SS 11.356 1.722 247 131 176 851 148 713 916 982 837 286 675 100 2.060 305 627 458 61 61 3.5.2. MUTUAS ACCIDENTES 295 49 10 5 7 14 3 12 21 40 26 6 22 10 40 9 3 16 0 2 40.118 6.423 0 698 431 1.661 964 1.896 2.286 13.381 4.421 1.894 1.962 318 749 615 990 1.404 25 0 147.195 18.892 2.947 3.211 2.041 5.718 2.582 5.585 9.094 27.176 18.938 3.885 8.822 1.210 24.818 2674 2.902 6.154 271 275 4.1.1 AGRICULTURA 6.230 1.462 346 22 0 169 0 836 526 430 680 294 417 238 22 636 106 34 12 0 4.1.2 INDUSTRIA 15.328 3.396 489 0 0 232 120 610 732 2.755 2.475 395 974 182 752 682 78 1.387 69 0 4.1.3 CONSTRUCCIÓN 35.221 6.064 1.584 449 713 1.525 295 1.495 2.817 2.924 3.854 953 1.777 419 4.150 2620 542 2.242 237 561 4.1.4 COMERCIO 31.674 5.941 1.101 672 680 1.697 242 1.068 2.078 5.752 1.823 541 2.266 252 4.289 666 313 1.916 300 77 4.1.5 HOSTELERÍA 39.159 8.175 1.133 1.271 2.095 1.587 564 1.093 2.372 3.861 3.446 763 4.002 364 4.195 1417 428 2.009 150 234 4.1.6 TRANSPORTE 3.832 278 140 75 34 633 81 99 127 657 437 42 154 28 631 32 102 239 29 14 4.1.7 HOGAR 428 0 36 18 0 15 6 50 44 0 109 13 18 28 28 4 0 46 6 7 4.1.8 SERVICIOS 17.827 2.580 543 150 1.077 653 39 864 781 2.660 482 358 1.876 14 4.195 625 56 714 87 73 4.1.9 OTROS 12.150 1.921 406 26 319 861 14 482 1.686 1.620 1.402 217 606 76 1.399 65 82 873 92 3 64.052 16.126 3.166 803 430 2.108 530 2.425 5.208 8.842 8.723 1.825 6.105 340 1.063 310 868 4.794 75 311 225.901 45.943 8.944 3.486 5.348 9.480 1.891 9.022 16.371 29.501 23.431 5.401 18.195 1.941 20.724 7.057 2.575 14.254 1.057 1280 TOTAL GENERAL 566.004 94.661 18.721 11.350 14.778 25.789 7.796 25.614 42.418 84.183 59.213 13.316 40.109 5.910 63.075 15.103 7.851 31.976 1.926 2.215 1. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

TOTAL ÓRDENES DE SERVICIO PREVISTAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

1.5. OTRAS NO PROGRAMADAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

1.2. GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

4. ECONOMÍA IRREGULAR Y TRABAJO DE EXTRANJEROS

TOTAL ÓRDENES DE SERVICIO PREVISTAS DE ECONOMÍA IRREGULAR Y TRABAJO DE EXTRANJEROS 2.4. AYUDAS DE FOMENTO DEL

EMPLEO AJENAS A LA SEGURIDAD SOCIAL Y ACCIONES FORMATIVAS

3.1. ENCUADRAMIENTO, INSCRIPCION, AFILIACION Y ALTA

3.4 PRESTACIONES

3.5.OTRAS ACTUACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

4.2. OTRAS NO PROGRAMADAS DE ECONOMÍA IRREGULAR Y TRABAJO DE EXTRANJEROS

4.1. EMPLEO SUMERGIDO Y TRABAJO DE EXTRANJEROS 3. SEGURIDAD SOCIAL 2. EMPLEO Y RELACIONES LABORALES 2.3 IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES 3.2. COTIZACIÓN

TOTAL ÓRDENES DE SERVICIO PREVISTAS DE SEGURIDAD SOCIAL 1.3. INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES

LABORALES

2.1. CONTRATACIÓN

2.2. CONDICIONES DE TRABAJO

2.5. OTRAS NO PROGRAMADAS DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

3.6. OTRAS NO PROGRAMADAS DE SEGURIDAD SOCIAL

(16)

1.1.1 CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN 52.944

1.1.2 CAMPAÑAS EN OTROS SECTORES O SUBSECTORES 13.820

1.1.3 CAMPAÑAS EUROPEAS 339

1.2.1. SERVICIOS P. AJENOS, SPP, ENTIDADES AUDITORAS 1.827

1.2.2. EMPRESAS DE MAYOR SINIESTRALIDAD 2.144

1.2.3. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES 3.230 1.2.4. INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN 1.293 1.2.5. PLAN PREVEA 65 1.3.1 GRAVES Y MORTALES 8.529 1.3.2 LEVES 3.981 1.3.3. CUMPLIMENTACIÓN DE PARTES 1.882 1.4. ENFERMEDADES

PROFESIONALES 1.4. INVESTIGACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES 1.152 1.152 1.152

39.856 39.856 91.206 39.856 131.062

2.1.1. CONTRATOS TEMPORALES 12.306

2.1.2. SUBCONTRATACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN (% MÍNIMO

TRABAJADORES FIJOS) Y CESIÓN ILEGAL 4.518 2.1.3. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN ILEGAL EN OTROS

SECTORES 603

2.1.4. INTEGRACIÓN LABORAL DE DISCAPACITADOS 2.747

2.1.5. OTRAS CAMPAÑAS 1.697

2.2.1. TIEMPO DE TRABAJO 2.546

2.2.2 EXPEDIENTES DE PLAZO 5.888

2.2.3. DISCRIMINACIÓN POR RAZONES DISTINTAS DE GÉNERO 357

2.2.4. OTRAS CAMPAÑAS 931

2.3.1. DISCRIMINACIÓN EN EL ACCESO AL EMPLEO 732

2.3.2. DISCRIMINACIÓN EN LA RELACIÓN LABORAL (INGRESOS

SALARIALES, PROMOCIÓN) 937 2.3.3. ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO 432

2.3.4. PLANES DE IGUALDAD Y OTRAS OBLIGACIONES LEY DE

IGUALDAD 814

2.3.5. DERECHOS SOBRE CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR Y

LABORAL 379

2.3.6. DISCRIMINACIÓN EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 604

2.4.1 SUBVENCIONES 2.073

2.4.2 CONTRATOS PROGRAMA FORMATIVOS Y OTRAS AYUDAS 247

24.035 24.035 37.811 24.035 61.846

3.1.1. ENCUADRAMIENTO EMPRESAS Y TRABAJADORES 5.996

3.1.2. INSCRIPCIÓN, AFILIACIÓN Y ALTA 2.507

3.2.1. DIFERENCIAS COTIZACION (DIFER Y GREM) 17.675

3.2.2. GRANDES CUENTAS TGSS 824

3.2.3 NPB 16.963

3.2.4. BONIFICACIONES CONTRATOS 16.813

3.2.5. BONIFICACIONES FORMACION CONTINUA 581

3.3 RECAUDACIÓN 14.829 14.829

3.4.1 PRESTACION Y SUBSIDIO DESEMPLEO 4.991

3.4.2 PRESTACIONES SS. COMPATIBILIZACION CON TRABAJO 8.719

3.4.3. PRESTACIONES SS. ALTAS FICTICIAS E INCREMENTO

BASES 2.234

3.4.4. PRESTACIONES SS. ACTUACIONES DOCUMENTALES Y

OTRAS 3.294 3.5.1. OTRAS ACTUACIONES SS 11.356 3.5.2. MUTUAS ACCIDENTES 295 40.118 40.118 107.077 40.118 147.195 4.1.1 AGRICULTURA 6.230 4.1.2 INDUSTRIA 15.328 4.1.3 CONSTRUCCIÓN 35.221 4.1.4 COMERCIO 31.674 4.1.5 HOSTELERÍA 39.159 4.1.6 TRANSPORTE 3.832 4.1.7 HOGAR 428 4.1.8 SERVICIOS 17.827 4.1.9 OTROS 12.150 64.052 64.052 161.849 64.052 225.901 8.503 3.2. COTIZACIÓN

3.6. OTRAS NO PROGRAMADAS DE SEGURIDAD SOCIAL

4.2. OTRAS NO PROGRAMADAS DE ECONOMÍA IRREGULAR Y TRABAJO DE EXTRANJEROS

161.849 11.651 21.871 52.856 9.722 3.5.OTRAS ACTUACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 4. ECONOMÍA IRREGULAR Y TRABAJO DE EXTRANJEROS 3.4 PRESTACIONES 3.3.1. DERIVACION RESPONSABILIDAD 3. SEGURIDAD SOCIAL 2. EMPLEO Y RELACIONES LABORALES 2.1. CONTRATACIÓN 4.1. EMPLEO SUMERGIDO Y TRABAJO DE EXTRANJEROS

TOTAL ÓRDENES DE SERVICIO PREVISTAS DE SEGURIDAD SOCIAL

TOTAL ÓRDENES DE SERVICIO PREVISTAS DE ECONOMÍA IRREGULAR Y TRABAJO DE EXTRANJEROS 2.2. CONDICIONES DE TRABAJO 1. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1.1. CONDICIONES DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO 1.2. GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN 1.3. INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES LABORALES

TOTAL ÓRDENES DE SERVICIO PREVISTAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1.5. OTRAS NO PROGRAMADAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

2.5. OTRAS NO PROGRAMADAS DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES 3.1. ENCUADRAMIENTO,

INSCRIPCION, AFILIACION Y ALTA

2.3 IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES

TOTAL ÓRDENES DE SERVICIO PREVISTAS DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES 2.4. AYUDAS DE FOMENTO

DEL EMPLEO AJENAS A LA SS Y ACCIONES FORMATIVAS 19.238 11.651 67.103 8.559 14.392 3.898 8.503 52.856 2.320 19.238 161.849 67.103 8.559 14.392 21.871 9.722 3.898 2.320

(17)
(18)

de las diferentes Comisiones Territoriales de Inspección de Trabajo y Seguridad

Social que se han celebrado que tratan de la programación para 2009, o los anexos

con los Objetivos aprobados, así como la información relativa al País Vasco, Ceuta y

Melilla. En concreto, la información adjunta corresponde a las siguientes

Comunidades Autónomas:

‰

Andalucía

‰ ‰

Aragón

‰ ‰

Asturias

‰ ‰

Baleares

‰ ‰

Canarias

‰ ‰

Cantabria

‰ ‰

Castilla La Mancha

‰ ‰

Castilla y León

‰ ‰

Cataluña

‰ ‰

Extremadura

‰ ‰

Galicia

‰ ‰

Madrid

‰ ‰

Murcia

‰ ‰

Navarra

‰ ‰

País Vasco

‰ ‰

La Rioja

‰ ‰

Comunidad Valenciana

‰ ‰

Ceuta

‰ ‰

Melilla

(19)
(20)

P

P

R

R

O

O

G

G

R

R

A

A

M

M

A

A

C

C

I

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V

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A

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E

E

L

L

A

A

Ñ

Ñ

O

O

2

2

0

0

0

0

9

9

INTRODUCCIÓN: CONFIGURACIÓN DEL PROGRAMA

1.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

1.1.- CONDICIONES DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

1.1.1. CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN 1.1.1.1. Condiciones materiales de seguridad

1.1.1.2. Obligaciones Ley 32/2006

1.1.2. CAMPAÑAS EN OTROS SECTORES O SUBSECTORES 1.1.2.1. Campaña de buques “SEGUMAR”

1.1.2.2. Amianto 1.1.2.3. Transporte 1.1.2.4. Piedra artificial

1.1.2.5. Escuelas-Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo 1.1.2.6. Riesgos psicosociales

1.1.2.7. Embarazo, maternidad y lactancia 1.1.2.8. Otros sectores

1.1.3. CAMPAÑAS EUROPEAS 1.1.3.1. Otros sectores

1.2. - GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

1.2.1. SPA, SPP Y ENTIDADES AUDITORAS 1.2.2. EMPRESAS DE MAYOR SINIESTRALIDAD 1.2.3. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES

1.2.4. INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN

1.3.- INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES LABORALES

1.3.1. GRAVES Y MORTALES.

1.3.2. LEVES.

1.4.- INVESTIGACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES.

2.- ÁREA DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

2.1.- CONTRATACIÓN

2.1.1. CONTRATOS TEMPORALES

2.1.2. SUBCONTRATACIÓN EN CONSTRUCCIÓN (% MINIMO DE TRABAJADORES FIJOS) Y CESIÓN ILEGAL

(21)

2.2.- CONDICIONES DE TRABAJO

2.2.1. TIEMPO DE TRABAJO.

2.3. IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES.

2.3.1. DISCRIMINACIÓN EN EL ACCESO AL EMPLEO. 2.3.2. DISCRIMINACIÓN EN LA RELACIÓN LABORAL. 2.3.3. ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO.

2.3.4. PLANES DE IGUALDAD Y OTRAS OBLIGACIONES DE LA LEY DE IGUALDAD.

2.3.5. DERECHOS SOBRE CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR 2.3.6. CONTROL DE CLÁUSULAS DISCRIMINATORIAS EN LOS CONVENIOS

COLECTIVOS.

2.4. AYUDAS DE FOMENTO AL EMPLEO AJENAS A LA SEGURIDAD SOCIAL Y ACCIONES FORMATIVAS.

2.4.1. SUBVENCIONES

3.- ÁREA DE SEGURIDAD SOCIAL

3.1 ENCUADRAMIENTOS

3.1.1. ENCUADRAMIENTOS EMPRESAS Y TRABAJADORES 3.1.2. INSCRIPCIÓN, AFILIACIÓN Y ALTA

3.1.2.1. Inscripción, afiliación y alta TGSS

3.1.2.2. Becarios 3.2 COTIZACIÓN 3.2.1. DIFERENCIAS DE COTIZACIÓN 3.2.1.1. Diferencias de cotización TGSS 3.2.1.2. Diferencias 190 3.2.2. GRANDES CUENTAS TGSS

3.2.3. NO PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS DE COTIZACIÓN 3.2.4. BONIFICACIÓN EN CONTRATOS

3.2.5. BONIFICACIÓN EN FORMACIÓN CONTÍNUA

3.3 RECAUDACIÓN 3.3.1. DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD 3.3.1.1. General TGSS 3.3.1.2. Administradores TGSS 3.3.1.3. Derivaciones ITSS 3.4 PRESTACIONES

(22)

3.4.2. PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. COMPATIBILIZACIÓN CON EL TRABAJO

3.4.2.1. INSS 3.4.2.2. ISM

3.4.3. PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. ALTAS FICTICIAS E INCREMENTO DE BASES INJUSTIFICADO

3.4.3.1. INSS 3.4.3.2. ISM

3.4.4. PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. ACTUACIONES DOCUMENTALES Y OTRAS

3.4.4.1. INSS 3.4.4.2. ISM

3.5 OTRAS ACTUACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

3.5.1. OTRAS ACTUACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 3.5.1.1. Señalamiento de bienes

3.5.1.2. Transmisión RED

3.5.1.3. Otras TGSS

3.5.1.4. Otras ISM

3.5.2. MUTUAS DE AT Y EP DE LA SEGURIDAD SOCIAL

3.6. OTRAS ACTUACIONES EN SEGURIDAD SOCIAL.

3.6.1. OTRAS ACTUACIONES (SEÑALAMIENTO DE BIENES Y TRANSMISIÓN RED –TGSS-).

3.6.3. MUTUAS DE ACCIDENTES Y EP

4.- ÁREA DE ECONOMÍA IRREGULAR

4.1 EMPLEO SUMERGIDO E INMIGRACIÓN IRREGULAR.

4.1.1. AGRICULTURA. 4.1.2. INDUSTRIA. 4.1.3. CONSTRUCCIÓN. 4.1.4. COMERCIO. 4.1.5. HOSTELERÍA. 4.1.6. TRANSPORTE. 4.1.6.1. Acuerdo ministerial 4.1.6.2. Otros 4.1.7. HOGAR. 4.1.8. SERVICIOS. 4.1.9. OTROS

4.1.9.1. Certificación negativa SAE

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INTRODUCCIÓN: CONFIGURACIÓN DEL PROGRAMA

Como es propio de un Sistema Integrado de Inspección de Trabajo, cuyas competencias se extienden a las distintas materias que contempla el ordenamiento jurídico en el ámbito laboral y de Seguridad Social, este programa territorial de objetivos se configura con las aportaciones de las Administraciones Públicas competentes, aplicando así lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley 42/1997 Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), que establece que la Administración General del Estado y la de la Comunidad Autónoma organizarán el ejercicio de las actuaciones inspectoras con sujeción al principio de concepción integral del sistema de ITSS. Bajo este principio, se especifica a nivel reglamentario por el artículo 30 del RD 138/2000 que el programa territorial de objetivos que establezca la Comisión Territorial corresponderá tanto a competencia estatal como autonómica.

Bajo los principios de actuación omnicomprensiva e integral, por una parte, y especializada por otra, el programa contempla la actuación inspectora planificada, distribuyéndola, para una mejor gestión en cuatro grandes materias: prevención de riesgos laborales, empleo y relaciones laborales, Seguridad Social, economía irregular y trabajo de extranjeros. La asignación de las órdenes de servicio, que se expresan cuantitativamente, se fundamenta en la calificación del asunto principal, sin perjuicio de la variedad de actuaciones que pueda comportar la labor inspectora en cada expediente.

Cada una de las cuatro grandes materias, se integra por áreas y estas, a su vez, se desglosan en programas, de los que se cuelgan las distintas acciones o campañas que, en algunos casos, recibirán la misma denominación que el programa al que pertenecen. De esta manera se puede realizar una explotación estadística coherente que permita un seguimiento del grado de cumplimiento de los objetivos y de la evolución temporal de los mismos.

Las formas de actuación inspectora, determinadas en el artículo 13.1 de la Ley 42/1997 y 22 del RD 138/2000, son varias y la planificación adquiere un papel protagonista en aras de la eficiencia y eficacia de la ITSS, recogiéndose expresamente en la Ley Ordenadora de la ITSS, al abordar la estructura funcional y territorial del Sistema, la “aplicación del trabajo programado” (artículo 19.1)

La cuantificación indicada respecto de cada acción programada responde al concepto de “servicio”, término utilizado reiteradamente por el RD 138/2000 a la hora de regular su encomienda y cumplimentación, huyendo así de la posible confusión que pudiera derivarse de la utilización de las expresiones y los términos previstos para calificar las distintas modalidades de actuación inspectora en el artículo 14 de la Ley 42/1997 y en el artículo 15 del RD 138/2000.

El Real Decreto 928/1998 establece como forma de iniciación de la actividad previa de comprobación la “orden de servicio” que se expedirá “en aplicación de los planes, programas y directrices sobre actuación de la Inspección” (artículo 9.1.b). Dicha orden de servicio es regulada expresamente en el artículo 23 del Real Decreto 138/2000.

En atención a lo expuesto y con pleno respeto a los principios relativos a la unidad de acto, especialización e integración, diversidad en las formas de actuación inspectora y en las formas de iniciación de la actividad previa de investigación, en el presente programa se

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cuantifica para cada acción el número de órdenes de servicio que han de expedirse en aplicación de la actividad planificada, que han de constituir, al menos, el 50% de la actividad total. Ello, sin perjuicio de que se exprese, a título orientativo, la actividad total en órdenes de servicio que se prevé realizar como carga global de trabajo del Sistema.

La indicación numérica de la actividad total y programada se formula en atención a la previsión de plantilla de inspectores y subinspectores, que puede verse alterada en el transcurso del año 2009 y que afectaría cuantitativamente a los objetivos. Baste reseñar que las órdenes de servicio que se contemplan son expedientes concretos, físicos e identificables, con independencia de la dificultad y el tiempo de trabajo que conlleve su cumplimentación, evitando así la referencia a fórmulas teóricas de producción que puedan inducir a confusión.

Finalmente, en relación con el año 2008 la actividad planificada prevista para 2009 ha sufrido la siguiente evolución:

MATERIA 2008 2009 %

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 14.919 15.904 +6,60

EMPLEO Y RELACIONES LABORALES 4.498 5.053 +12,34

SEGURIDAD SOCIAL 14.323 12.469 -12,94

ECONOMÍA IRREGULAR Y EXTRANJEROS 22.530 21.323 -5,36

TOTAL 56.270 54.749 -2,70

Esta evolución es el resultado de varios factores, de un lado se han considerado los objetivos conseguidos en 2008 para enfocar de forma realista los objetivos del 2009, de otra parte se intenta equilibrar paulatinamente la carga de trabajo entre áreas, finalmente se consideran la opiniones de los agentes económicos y sociales sobre la necesidad del impulso en el cumplimiento de las nuevas leyes, como por ejemplo la LO 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que afecta a la materia de empleo y relaciones laborales o la Ley 32/2006 de subcontratación en el sector de la construcción, que atañe a las materias de prevención de riesgos laborales, así como a la de empleo y relaciones laborales.

En cuanto al procedimiento de elaboración del programa territorial de objetivos se han integrado en el mismo de forma armonizada las propuestas de ambas Administraciones. Por parte de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se tomaron en consideración las conclusiones de la Comisión Consultiva específica, así como los acuerdos suscritos con la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal-INEM y el Instituto Social de la Marina, así como los acuerdos con otros Ministerios y los adoptados en el seno del Comité de Altos Responsables de la Inspección de Trabajo

Por parte de la Consejería de Empleo, la propuesta contiene, de acuerdo con su estructura orgánica aprobada por Decreto 118/2008, y bajo la superior dirección de su titular, la conjunción de los objetivos previstos por el Servicio Andaluz de Empleo, la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, y la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral, todo ello considerando la coordinación que tiene atribuida la Viceconsejería para la coordinación con la Administración General del Estado respecto de la ejecución de los Planes de actuación de la Inspección de Trabajo. Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el

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ha sido objeto de consulta a la Unión General de Trabajadores de Andalucía, las Comisiones Obreras de Andalucía y la Confederación de Empresarios de Andalucía, como organizaciones sindicales y empresariales más representativas, en el seno del Grupo de Trabajo sobre condiciones de trabajo (Inspección) adscrito al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales. Finalmente, la materia de prevención de riesgos laborales ha sido consultada en la Comisión Permanente del Consejo Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales integrado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Andalucía.

1.- MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La actividad planificada en esta materia supera ampliamente la actividad rogada, creciendo cuantitativamente pese al ajuste de la carga de trabajo en órdenes de servicios reales. Las circunstancias económicas que caracterizan el mercado de trabajo hacen aconsejable que se incremente la actividad, en relación con años anteriores, destinada a sectores distintos del sector de construcción. No obstante, considerando la labor desarrollada por los técnicos habilitados, los índices de siniestralidad del sector, la dificultad en la determinación del sujeto responsable y la necesaria aplicación generalizada de la Ley reguladora de la subcontratación en el sector de construcción, justifican la especial atención a este último. Como va siendo habitual en los últimos años, crece la importancia de la utilización de protocolos y guías, elaborados por la Autoridad Central con la participación de las Comunidades Autónomas, cuya consulta está abierta a los interesados en el contexto de “buenas prácticas”, concepto de común utilización en el ámbito de la Unión Europea. Dichas guías y protocolos abarcan tanto la gestión de la prevención como la investigación sobre las condiciones materiales en las que se desarrolla el proceso productivo. La utilización de dichas guías y protocolos será relevante en la actividad programada, e imprescindible en el área de gestión de la prevención.

Es de destacar, que la actuación sobre las entidades especializadas, la puesta en práctica del Plan PREVEA, o las campañas acordadas por el Comité de Altos Responsables de la Inspección de Trabajo, entran de lleno en los mandatos de las Estrategias española y de la UE para la seguridad y salud en el trabajo durante el período 2007-2012.

Finalmente, la referencia a la investigación de accidentes de trabajo mortales y graves, así como de las enfermedades profesionales ha de entenderse como una estimación, que podrá variar en función de la evolución de la siniestralidad, siendo tal investigación e informe reglamentariamente exigibles con independencia del número en que se produzcan tales siniestros laborales.

1. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Provincia Objetivos (Nº OS.)

ALMERÍA 1.400 CÁDIZ 2.351 CÓRDOBA 1.440 GRANADA 1.855 HUELVA 1.533 JAÉN 1.413 MÁLAGA 2.756 SEVILLA 3.156 ANDALUCÍA 15.904

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1.1 CONDICIONES DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

La comprobación de las condiciones en las que se desarrolla la prestación de servicios por los trabajadores por cuenta ajena constituye el grueso de la actividad inspectora, mediante las visitas a los centros de trabajo. Sin perjuicio de las actas de infracción con propuesta de sanción, el fin de estas actuaciones, desde el prisma cualitativo, consiste en que se adopten por parte de los sujetos responsables las medidas de prevención y protección oportunas, de ahí la importancia que tendrá para la valoración de tales expedientes, el seguimiento del cumplimiento de los requerimientos a través de la segunda visita al lugar de trabajo.

1.1. Condiciones de seguridad en el trabajo Provincia Objetivos (Nº OS.)

ALMERÍA 1.212 CÁDIZ 2.058 CÓRDOBA 1.221 GRANADA 1.650 HUELVA 1.280 JAÉN 1.202 MÁLAGA 2.510 SEVILLA 2.676 ANDALUCÍA 13.809

1.1.1. CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN

Como novedad más importante destaca la Orden de 23 de mayo de 2008 de la Consejería de Empleo, por la que se crea el Registro de Empresas Acreditadas como contratistas y subcontratistas del sector de la construcción en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicho registro sirve de cauce para dar cumplimiento a una de las obligaciones más importantes de la Ley 32/2006 desarrollada por el RD 1109/2007. Existiendo ya el registro desde hace varios meses y encontrándose en funcionamiento se comprobará en cualquier visita de inspección en que se vea afectada un contratista o subcontratista su correspondiente inscripción en el mencionado Registro.

Las fuentes de la planificación serán, como en ejercicios anteriores, las comunicaciones de apertura, de avisos previos, de licencias municipales, visados de colegios profesionales, etc. y cualesquiera otras que puedan derivar de la Administración laboral.

A este programa se adscribirán dos acciones, una de ellas dedicada específicamente a las condiciones materiales de seguridad y la otra a la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones reguladas en la Ley 32/2006, sin perjuicio del principio general de verificar la inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas de cualquier contratista o subcontratista objeto de visita. La distribución cuantitativa tiene una proporción de 1 a 4, considerando como regla la de un contratista por cuatro subcontratistas, centrando en los contratistas la segunda de las acciones.

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