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BOLETIN OFICIAL Nº 9 3 0
1ra. Quincena de mayo de
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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
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DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION
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1ra. Quincena de mayo de 2015A
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DDRR.. AANNGGEELLGGUUSSTTAAVVOOPPOOSSSSEESecretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo J. M. RIVAS Subsecretario General de Gobierno Dr. Martín Vazquez POL Secretario de Hacienda Cdor. Juan José MILETTA Subsecretario General de Inspecciones y Registros
Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. PEREZ Secretario a Cargo de la Unidad de Gestión Municipal
de Boulogne, Villa Adelina, La Horqueta y Santa Rita Ing. Bernardo LANDIVAR Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia Dr. Gustavo César HIRSCH Secretario de Salud Pública Dr. Eduardo C. A. PRADO Secretario de Obras Públicas Ing. Federico José GARCIA Secretario de Producción, Turismo y Medio Ambiente Dr. Carlos PRASSEL Secretario Privado Sr. Juan Carlos CANAL Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac FLIER
CONTENIDO DE ESTE NUMERO
ORDENANZAS: 8821 página 4 DECRETOS: 1260 al 1430 página 5 a 288 RESOLUCIONES SG-S.I.R.U. y T. (Inspección General): 332 al 350 página 289 a 291 RESOLUCIONES S.G.G. y A. (Tránsito): 133 al 156 página 292 a 295 RESOLUCIONES G.S.I.R.U. y T. (Obras Particulares): 42 al 47 página 296
RESOLUCIONES S.G.G. y A. (Rentas): 17 página 297
RESOLUCIONES S.I.C.: --- --- RESOLUCIONES DE PERSONAL: 335 al 366 página 298 a 300 RESOLUCIONES DE SALUD PUBLICA: 509 al 583 página 301 a 307
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ORDENANZA Nº 8821:
LEGITIMO ABONO -Valeria B. Cardozo Página 4DECRETO Nº 1276/15:
-PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 935-(del 13 de mayo de 2015)
---
DECRETO Nº 1289/15:
-PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 936-(del 18 de mayo de 2015)
---
DECRETO Nº 1287/15:
-PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 937-(del 19 de mayo de 2015)
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DECRETO Nº 1305/15:
-PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 937-(del 19 de mayo de 2015)
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Ref.: Expte. Nº 1224-D-2015.-
SAN ISIDRO, 07 de mayo de 2015.-
Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su TERCERA REUNION – TERCERA SESION ORDINARIA de fecha 06 de mayo de 2015, ha sancio-nado la ORDENANZA Nº 8821 cuyo texto transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8821 LEGITIMO ABONO
Valeria B. Cardozo
ARTICULO 1 º.- Reconócese de legítimo abono a la agente Valeria B. CARDOZO (Legajo N° 63.079), la suma de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 8.784,00), en concepto de haberes adeudados, Salario Familiar correspondiente al año 2014, de acuerdo al informe de fojas 7/8 del Departamento de Liquidaciones de la Dirección Gene-ral de Personal.-
ARTICULO 2 º.- La erogación que de demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre-sente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gas-tos.-
ARTICULO 3 º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-
Sirva la presente de atenta nota de envío.- p.b.
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
GABRIEL F. ESTORONI
Secretario
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
ANDRES G. ROLON
Vicepresidente 1º Honorable Concejo Deliberante
San Isidro
PROMULGADA POR DTO Nº 1353
Del 12 de mayo de 2015.
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Ref. Expte. Nº 5364 - P - 2015.-
San Isidro, 4 de Mayo de 2015
DECRETO NUMERO: 1260
VISTO que, el desempeño del agente Pedro
GODOY (Legajo N° 14.190), lo hace merecedor de una promoción; y Considerando:
QUE, existen cargos vacantes en el presupuesto
vigente;
QUE, en virtud de ello se deberá proyectar el
acto administrativo, que así lo disponga,
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO N° 1211/2015
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Promuévase a partir del 1° de abril de 2015, al agente Pedro GODOY ************** (Legajo N° 14.190), de su actual Categoría 12 (35) - (J:1.1.1.01.07.-C:01.01.-O:1.1.1.05.), a la Categoría 14, con funciones de Sub-Director, en Viviendas, de-pendiente de la Secretaría de Obras Públicas.-
ARTICULO 2º.- Inclúyase a partir del 1º de abril de 2015, al agente Pedro GODOY *************** (Legajo Nº 14.190), en los alcances del artículo 15º (Bonificación por Disposición Permanente) y 17º (Bonificación por Función Personal Superior y Jerárquico), ambos de la Ordenanza Nº 8804.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y Publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Cac
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
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Ref. Expte. Nº 5365 - P - 2015.-
San Isidro, 4 de Mayo de 2015
DECRETO NUMERO: 1261
VISTO lo informado a foja 1; y
Considerando:
QUE, en virtud de ello, se deberá trasladar al agente Pedro GODOY (Legajo Nº 14.190), al Honorable Concejo Deliberante, a partir del 1º de abril de 2015;
QUE, procede en consecuencia a proyectar el
acto administrativo, que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO N° 1211/2015
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Trasládase en comisión al Honorable Concejo Deliberante al agente Pedro ************** GODOY (Legajo Nº 14.190), manteniendo su situación de revista y fun-ciones, a partir del 1º de abril de 2015.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y Publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Cac
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
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Ref.: Expte. Nº
81-D-2015.-SAN ISIDRO, 4 de mayo de 2015
DECRETO NUMERO
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1262
VISTO, los presentes actuados; y Considerando:
QUE, el Doctor Gustavo César HISRSCH, con funciones de Secretario en la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, usufructuará licencia por el período comprendido entre el 14 y el 27 de mayo de 2015; y
QUE, se hace necesario cubrir sus funciones; QUE, atento a las actuales restricciones presu-puestarias, la asignación de funciones no generará el pago de diferencia remunerativa;
QUE, en virtud de ello, se deberá asignar funcio-nes interinas “a cargo” de dicha Secretaría, al Profesor Mario Francisco SCUDERI (Legajo Nº 80.892);
POR ello, en ejercicio de la atribuciones que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO Nº 1211/2015
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Asígnase funciones interinas a “cargo” de la Secretaría de Niñez, *************** Adolescencia y Familia, al Profesor Mario Francisco SCUDERI (Legajo Nº 80.892), manteniendo su actual situación en carácter de Ad - Honorem, por el período comprendido entre 14 y el 27 de mayo de 2015, en reemplazo del Doctor Gustavo César HIRSCH, en uso de licencia.-
ARTICULO 2º.- La asignación de funciones otorgada en el artículo anterior no ************* generará diferencia remunerativa.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
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Ref.: Expte. Nº 17605-G-2014
SAN ISIDRO, 4 de mayo de 2015
DECRETO NUMERO: 1263
VISTO la presentación efectuada por el Sr. Este-ban Gorondi, en su carácter de propietario, y el Arquitecto Edgardo Minong, en su carácter de profesional actuante, respecto de la factibilidad de realizar la demolición de la edificación existente y la construcción de una nueva Vivienda Unifamiliar, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección A, Manzana 50, Parcela 20c, ubicado en la calle Lola Membrives Nº 588, de la localidad de Acassuso, en jurisdicción de este Partido; y Considerando:
QUE el predio se ubica en Zona Rb2 conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano de San Isidro, admitiéndose el destino soli-citado como Uso Conforme, con tratamiento particular por las Oficinas Técnicas, por tratar-se de un predio ubicado en Barranca y/o que potratar-see diferencias de niveles dentro del terreno, y/o de veredas y/o linderos, según lo previsto en el Punto 2.13b de la Hoja de Zona;
QUE la parcela está configurada por un sector plano y un sector de barranca cuya pendiente se desarrolla al noreste, generando una fuerte diferencia de nivel, en un entorno exclusivamente residencial;
QUE se propone la construcción de una vivienda unifamiliar con desarrollo en Planta Baja y Planta Alta, implantada en el sector plano del predio, con sendos retiros laterales y preservándose la totalidad de la forestación existente dentro del predio, en el marco del Artículo 1.2.1.17 Apartado B, del Código de Ordenamien-to Urbano de San Isidro;
QUE por lo expuesto, los Organismos Técnicos que elaboraron los informes de fojas 33/35, opinan que, con el cumplimiento de los requisi-tos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, cri-terio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;
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Ref.: Expte. Nº 17605-G-2014
POR ello, en ejercicio de la atribuciones que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO Nº 1211/2015
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Hácese saber al Sr. Esteban Gorondi, en su carácter de propietario que se ************** autoriza la demolición de la edificación existente y la construcción de una nueva Vivienda Unifamiliar, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección A, Manzana 50, Parcela 20c, ubicado en la calle Lola Membrives Nº 588, de la localidad de Acassuso, según documentación de fojas 6 y 24/31, convenientemente corregi-das.
ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento de las ************ condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administrati-vas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:
A. Condiciones Urbanísticas:
A1. Los valores de FOS y FOT quedarán establecidos conforme lo determinado por la zona, en 0,45 y 0,90 respectivamente.
A2. El Terreno Absorbente verificará el 27,5% como mínimo de la superficie de la parcela. A3. Fondo Libre: en aplicación de los artículos 1.2.1.2 apartado A inciso 12 del Código de Ordenamiento Urbano, se autorizará la implantación planteada, conforme a la propuesta pre-sentada, teniendo en cuenta las características topográficas del predio y su entorno.
A4. A fin de respetar las condiciones urbano-ambientales del lugar y conforme a lo estable-cido en el punto 2.13.b de la Hoja de Zona, se fijará un Área Edificable conforme a la pro-puesta presentada, debiendo verificarse:
Retiro de Frente: 10,00 metros. Retiros Laterales:
- Hacia el lado Noroeste (lindero a Parcela 13a): 1,50 metros para la Planta Baja y 5,00 me-tros para la Planta Alta. Únicamente se admitirá su ocupación de hasta 1,20 meme-tros en Plan-ta Baja, con una reducida superficie correspondiente al área de servicios. Las cocheras de-berán verificar un retiro lateral mínimo de 3,00 metros.
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Ref.: Expte. Nº 17605-G-2014
- Hacia el lado Sudeste (lindero a la Parcela 20d): 3,00 metros para ambos niveles. Única-mente se admitirá su ocupación con un sector de reducida superficie que plantea un retiro mínimo de 1,73 metros para la Planta Baja y de 0,75 metros para la Planta Alta, en el marco del artículo 1.2.1.17 Apartado B, del Código de Ordenamiento Urbano de San Isidro. No se autorizará su ocupación con la parrilla.
Los retiros, cuya función es la de permitir el libre escurrimiento de las aguas de lluvia, no podrán ser ocupados por edificaciones o construcciones complementarias ni realizarse ejecu-ción de socavados, debiéndose mantener el actual nivel del predio, debiéndose verificar y garantizar el libre escurrimiento de las aguas de lluvia.
A5. Altura Máxima 8,50 metros, conforme lo establecido para la zona y según el art. 1.2.1.10.3 del Código de Ordenamiento Urbano.
El Plano Límite será de 10,00 metros cumbreras y de 12,00 metros para tanques de agua y chimeneas.
Los tanques de agua e instalaciones complementarias deberán retirarse de los ejes divisorios y planos de fachada y deberán recibir tratamiento arquitectónico a fin de integrarse armóni-camente con el edificio, conforme al artículo 1.1.2.3 del Código de Ordenamiento Urbano. A6. El Estacionamiento vehicular verificará como mínimo, un (1) módulo reglamentario, a razón de un (1) módulo por unidad de vivienda, de acuerdo al artículo 1.2.2.1 inciso 9 del Código de Ordenamiento Urbano de San Isidro, más un (1) lugar reservado para estaciona-miento.
B. Condiciones Ambientales:
B1. Se deberá verificar que, al ejecutar modificaciones en el nivel natural del terreno, no se generen inconvenientes a terceros, en las condiciones naturales de escurrimiento de las aguas, las cuales deber ser absorbidas en el mismo predio o dirigidas hacia la vía pública previa autorización.
B2. Aceras públicas: se ejecutarán conforme lo reglamentado por el Código de Edificación sobre ambas calles.
Las veredas no perderán su continuidad en correspondencia de los accesos vehiculares, de-biendo salvar los desniveles con rampas reglamentarias, señalizadas.
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Ref.: Expte. Nº 17605-G-2014
B3. Forestación: se deberá respetar la forestación existente dentro del predio y en la vía pública.
En caso de ser necesario extraer alguna especie por razones que así lo justifiquen la solicitud deberá ser analizada particularmente en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 501/10, el artículo 1.2.1.17 del Código de Ordenamiento Urbano y la Ordenanza Nº 6610.
B4. Los cercos de frente y/o muros de contención recibirán tratamiento particular conforme al artículo 1.2.1.6 del Código de Ordenamiento Urbano, debiendo incluirse en los planos a presentar.
Asimismo, se deberá prever tratamiento particular para los nuevos cercos divisorios y muros medianeros y/o muros de contención, cuando existieran diferencias de nivel a fin de asegurar y conservar el talud de tierra y evitar posibles desmoronamientos.
B5. Se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 1.2.2.25.2 del Código de Or-denamiento Urbano, relativo a sistemas retardadores, reguladores y/o reservorios de aguas pluviales, para compensar la impermeabilización del terreno propio, debiendo presentar pro-puesta para su evaluación por parte de la Dirección General de Ordenamiento Urbano. B6. Consideraciones generales para la etapa de Obra: se deberá dar cumplimiento a lo esta-blecido por el artículo 5.1.2.2 del Código de Edificación, reglamentado por los Decretos Nº 1617/14 y Nº 1618/14, relativos a las consideraciones generales para la etapa de obra.
Se encuentra totalmente prohibido el arrojo de cualquier residuo proveniente de la obra, o de camiones transportadores, a la vía pública, redes pluviales, alcantarillas y redes cloacales entre otros, debiendo instrumentar los medios para su deshecho dentro del predio y su poste-rior retiro.
Los volquetes se deberán ajustar a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 7707.
C. Condiciones Administrativas:
C1. Cumplimentará las disposiciones del Código de Ordenamiento Urbano, del Código de Edificación y de toda otra normativa que en el orden Nacional, Provincial y/o Municipal re-sulten de aplicación.
C2. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y en el Plano Conforme a Obra todas las Condicionantes Urbanísticas, Ambientales y Administrativas.
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Ref.: Expte. Nº 17605-G-2014
ARTÍCULO 3º.- Previo al pago de los Derechos de Construcción para el otorgamiento del ************* Permiso de Construcción, la Dirección General de Ordenamiento Urbano visará el ajuste del proyecto definitivo a los condicionantes que surgen del Artículo 2º del presente Decreto.-
ARTÍCULO 4º.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General de ************* Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los Dere-chos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el Artículo 24, Apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.
ARTÍCULO 5º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que dentro de los ************* ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-
ARTICULO 6°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
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Ref.: Expte. Nº 14908-M-2014
SAN ISIDRO, 4 de mayo de 2015
DECRETO NUMERO: 1264
VISTO la presentación efectuada por el Sr. Luis Jorge Maniscalco, en su carácter de propietario, y el Arquitecto Mauricio Saul, en su carác-ter de profesional actuante, respecto de la factibilidad de realizar la regularización de la construcción existente con destino Garage – Cochera de Uso Particular, en el inmueble de-signado catastralmente como Circunscripción V, Sección A, Manzana 56, Parcela 17, ubica-do en la calle Pichincha Nº 82 esquina Salguero Nº 693, de la ciudad de Boulogne, jurisdic-ción de este Partido; y
Considerando:
QUE el predio se ubica en Zona Cm1 conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano de San Isidro, admitiéndose el destino soli-citado como Uso Conforme, con tratamiento particular como Uso Puntual por las oficinas técnicas, a los efectos de evaluar la incidencia del edificio y su futuro funcionamiento sobre el entorno;
QUE la parcela se encuentra a una cuadra de la Colectora Panamericana y de la Avenida Avelino Rolón, ambas arterias importantes de co-nexión con el resto del Partido y aledaños, en un sector de importante movimiento vehicular y de transporte público, en el cual existen usos comerciales y residenciales;
QUE se propone la regularización de una edifi-cación sobre la Línea Municipal, con una superficie aproximada de 241,83 m2, desarrollada en Planta Baja, destinada a la guarda de vehículos particulares;
QUE por lo expuesto, los Organismos Técnicos que elaboraron los informes de fojas 27/28, opinan que, con el cumplimiento de los requisi-tos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, cri-terio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;
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Ref.: Expte. Nº 14908-M--2014
POR ello, en ejercicio de la atribuciones que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO Nº 1211/2015
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Hácese saber al Sr. Luis Jorge Maniscalco, en su carácter de propietario, ************** que se autoriza la regularización de la construcción existente con destino Garage – Cochera de Uso Particular, en el inmueble designado catastralmente como Cir-cunscripción V, Sección A, Manzana 56, Parcela 17, ubicado en la calle Pichincha Nº 82 esquina Salguero Nº 693, de la ciudad de Boulogne, según documentación de fojas 23, con-venientemente corregida.
ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento de las ************* condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administrati-vas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:
Condiciones Urbanísticas:
A1. Los valores de FOS y FOT máximos quedarán limitados a 0.6 y 1.2 respectivamente y conforme lo establecido en hoja de zona.
A2. Retiro de frente: no existe obligación de dejar Retiros por estar en zona Cm1. A3. Altura Máxima:Altura máxima fachada 8,50 metros.
Se efectuará tratamiento arquitectónico de todas las instalaciones complementarias a ubicar en la azotea del edificio, debidamente insonorizados, según lo dispuesto en los Artículo 1.1.2.3. / 1.2.2.17. y Tabla de Molestias según Anexo IV del Código de Ordenamiento Urba-no.
Las instalaciones complementarias no superarán los 10 metros de altura y el plano límite para tanques de agua no superaran los 12 metros, según lo establecido en el Código de Or-denamiento Urbano.
A4. Terreno absorbente: verificará el 20% como mínimo de la superficie de la parcela.
A5. Fondo libre: mínimo 3 metros x 4,53 metros, debiéndose mantener el fondo parquizado y forestado, sin ocupación ni circulación de vehículos.
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Ref.: Expte. Nº 14908-M-2014
La forestación deberá estar retirada mínimo 3 metros del eje divisorio.
A6. Estacionamiento: verificará una capacidad máxima en el interior de siete (7) módulos vehiculares
- Deberán colocarse protectores sobre los muros medianeros.
- Deberán demarcarse en plano los módulos de estacionamiento reglamentarios según artícu-lo 1.2.2.1. del Código de Ordenamiento Urbano.
- Todos los vehículos deberán maniobrar en el interior del predio debiendo ingresar y/o egre-sar marcha adelante únicamente.
Se numerarán y demarcarán los lugares de estacionamiento.
Se indicarán los accesos y salidas vehiculares con señal luminosa y sonora para advertencia de los peatones. Deberá colocarse sobre Línea Municipal alejados de los muros divisorios de predios.
A7. El destino de la cochera será única y exclusivamente para vehículos de uso particular, no pudiéndose destinar al guardado de vehículos utilizados comercialmente.
A8. Cumplimentar con las condiciones establecidas en el artículo 1.2.2.9. inciso B) del Código de Ordenamiento Urbano para Cocheras o Garages Particulares.
A9. Los cercos divisorios cumplimentarán con lo establecido en el Código de Edificación de San Isidro y Artículo 1.2.1.6. del Código de Ordenamiento Urbano, con una altura a partir del nivel natural del terreno de 1,60 metros a 2,00 metros.
A10. Deberá cumplimentar las condiciones de ventilación según Código de Edificación de San Isidro para Garaje cerrados, como así también la aplicación de la Norma NAG 419 (G.E. N1-119) del Energas - Parte II, indicándose en plano sistema adoptado.
Condiciones Ambientales:
B1. Tratamiento Urbano Externo:
Los cercos de frente y divisorios, tendrán altura y materiales reglamentarios debidamente revocados y pintados; será predominantemente transparente en un 70% de su superficie con-tando con vegetación en sus bordes. Su diseño será incluido en los planos a presentar.
Deberá darse tratamiento arquitectónico a los frentes a fin de integrarse a su entorno, mante-niendo las condiciones de higiene y terminaciones.
B2. Aceras públicas: se ejecutarán conforme lo reglamentado por el Código de Edificación, y no perderá su continuidad en correspondencia con el acceso vehicular. Su diseño se ade-cuará a la situación existente y a la forestación de vía pública.
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Ref.: Expte. Nº 14908-M--2014
B3. Forestación: como principio general, se deberá conservar la forestación externa existen-te.
B4. Consideraciones generales para la etapa de Obra: deberán contemplarse las condiciones establecidas en los Decretos Reglamentarios Nº 1617/14 y 1618/14.
Condiciones de funcionamiento:
C1. Se indicará el acceso y salida vehicular con señal luminosa y sonora para advertencia de los peatones. Deberá colocarse sobre Línea Municipal alejados de los muros divisorios de predios.
El acceso debería realizarse por calle Pichincha y la salida por la calle Salguero, en ningún caso se utilizará un único acceso para el ingreso y egreso.
Queda prohibido lavar los vehículos y/o realizar cualquier tipo de mantenimiento mecánico o reparaciones.
C2. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de funciona-miento y seguridad en oportunidad de gestionar la habilitación y/o el cumplifunciona-miento de las demás normativas en vigencia.
Condiciones Administrativas:
D1. Deberá presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el artículo 5.8.1.1. y subsiguientes del Código de Edi-ficación, firmado por un profesional responsable y matriculado, para el otorgamiento del Permiso de Construcción. La Dirección de Obras Particulares verificará la propuesta de ins-talaciones contra incendio.
D2.Deberá verificarse en el proyecto el cumplimiento de todas la normas de aplicación, en el orden Nacional, Provincial, y las establecidas por los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación, entre otros: Medios de Salida / Características constructivas de Garajes, alturas, etc. / Instalaciones Eléctricas, según normativas vigentes, con aplicación supletoria de la normativa complementaria del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.
D3. Cumplimentará las demás disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edi-ficación y toda otra normativa que, en el orden Nacional, Provincial y/o Municipal resulten de aplicación.
17
Ref.: Expte. Nº 14908-M--2014
D4. Se transcribirán en el Permiso de Construcción todos los condicionantes, constructivos, ambientales de funcionamiento y administrativos.
ARTÍCULO 3º.- Previo al pago de los Derechos de Construcción para el otorgamiento del ************* Permiso de Construcción, la Dirección General de Ordenamiento Urbano visará el ajuste del proyecto definitivo a los condicionantes que surgen del Artículo 2º del presente Decreto.-
ARTÍCULO 4º.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General de ************* Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los Dere-chos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el Artículo 24, Apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.
ARTÍCULO 5º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que dentro de los ************* ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-
ARTICULO 6°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
18
Ref. Expte: Nº 5384-P-2015.-
SAN ISIDRO, 4 de mayo de 2015
DECRETO NÚMERO: 1265
VISTO la existencia de un cargo vacante cate-goría 06 (35), en el Presupuesto General de Gastos vigente; y
Considerando:
QUE, la agente Flora Isabel BARBIERI (Legajo Nº 55.745), por su antigüedad y comportamiento laboral, es merecedora a ser incorporada a Planta Estable,
QUE, en virtud de ello, se debe limitar su desig-nación en carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”, a efectos de designar-la provisionalmente, conforme lo establece el artículo 7º de designar-la Ley Nº 11.757;
POR ello, en ejercicio de la atribuciones que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO Nº 1211/2015
d e c r e t a :
ARTICULO 1º. Limítase a partir del 1º de abril de 2015, la designación en carácter de ************ “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”, de la agente Flora Isabel BARBIERI (Legajo Nº 55.745,) atento a su designación provisional.-
ARTICULO 2º.- Desígnase provisionalmente a partir del 1º de abril de 2015, conforme lo ************* establece el artículo 7º de la Ley 11757, a la agente Flora Isabel BARBIE-RI (Legajo N° 55.745), en la Categoría 06 (35) - (J:1.1.1.01.06.000 – C:32 – O:1.1.1.05), con funciones Administrativas, en la Delegación Acción Social de Villa Adelina.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
RT
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
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Ref.: Expte. Nº
4880-P-2015.-SAN ISIDRO, 4 de mayo de 2015
DECRETO NUMERO
:
1266
VISTO la renuncia presentada por la agente Nora Beatriz JEREMIAS (Legajo Nº 40.590), a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio, con-forme lo dispuesto por la Ley 9.650, a partir del 1º de abril de 2015, obrante a fojas 1; y Considerando:
QUE, atento a lo normado por el Artículo 11º inciso b) de la Ley Nº 11.757, se debe aceptar la misma;
QUE, de acuerdo con lo establecido por el artícu-lo 19º inciso f) del Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Bue-nos Aires, Ley 11.757, producido el cese del agente a los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho de seguir percibiendo en este caso el importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de sus haberes, por un período de hasta doce (12) meses, como anticipo de su jubila-ción;
QUE, ello requiere la conformidad de la benefi-ciaria;
QUE, la agente JEREMIAS, se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de la atribuciones que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO Nº 1211/2015
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Acéptase la renuncia presentada por la agente Nora Beatriz JEREMIAS
************* (Legajo Nº 40.590), M.I. Nº 13.995.790, Clase 1957, al cargo de Directora 1ra. (J:1.1.1.06.000-C: 21 -O:1.1.1.08), y funciones en E.R.I.P.L.A., dependiente de la Dirección General de Educación, a partir del 1º de marzo de 2015, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-
ARTÍCULO 2º.- Agradécese los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa ************* trayectoria laboral.-
20
Ref.: Expte. Nº
4880-P-2015.-ARTICULO 3º.- Apruébase el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ************ agente Nora Beatriz JEREMIAS (Legajo Nº 40.590), que pasa a formar par-te del presenpar-te Decreto, medianpar-te el cual el Municipio abonará el imporpar-te correspondienpar-te al sesenta por ciento (60%) de los haberes computables a los fines previsionales por un período de hasta doce (12) meses, a partir del 1º de abril de 2015, como anticipo de su jubilación y con cargo de reintegro. El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de PE-SOS NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 9674,00).-
ARTICULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo ************ estipulado fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley ************ Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la consti-tucionalidad de dicho cuerpo legal.-
ARTICULO 6º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese y comuníquese al Instituto de ************ Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un ejem-plar del convenio.-
ARTICULO 7°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
21 DECRETO NUMERO : 1267
22
Ref. Expte. Nro. 4321-C-2015.-
SAN ISIDRO, 5 de Mayo de 2015
DECRETO NUMERO: 1268
VISTO el informe de la Contaduría General obrante en autos, y
Considerando:
QUE, de la recaudación al 15 de Abril de 2015 surge, que existen diversas cuentas con afectación que deben ser transferidos;
QUE, de los saldos de ejercicios anteriores sur-gen cuentas con afectación que deben ser transferidas;
QUE el art. 119 de la Ley Orgánica de las Muni-cipalidades autoriza al Departamento Ejecutivo a practicar directamente las ampliaciones y/o creaciones que correspondan según el monto de los recursos efectivamente realizados;
QUE, por lo tanto, se deberían efectuar las co-rrespondientes modificaciones dentro del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigen-te;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO N° 1211/2015
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1°.- Modificase dentro del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos ************** Vigente, las siguientes Partidas:
23
Ref. Expte. Nro. 4321-C-2015.-
//…
CALCULO DE RECURSOS Ampliación de Partidas
Jurisdicción 1.1.1.01.01.000
Código Denominación Total
3.5.1.02.05 Los Jóvenes tienen la palabra $ 108,510.83
3.5.1.04.02 Programa Sueldos Médicos $ 4,920.00
3.5.1.03.01 Fondo Fortalecimiento Programas Sociales $ 3,537,960.36
3.5.1.04.06 Programa Envión $ 477,160.00
3.5.1.03.03 Convenio Deportes $ 1,500.00
3.5.1.04.03 Plan Joven Más y Mejor Trabajo $ 43,300.00
3.5.1.03.06 Canon Bebidas Alcohólicas $ 322,641.00
3.5.1.02.04 Convenio Tevatutear-Hosp. Central $ 12,156.87
3.5.1.03.08 Campaña Antirrábica $ 22,500.00
3.5.1.02.03 Proyecto Lecodemet $ 42,013.48
3.5.1.04.07 Convenio Instituto Arenaza $ 196,573.13
3.5.1.04.04 Programa Fed. De Construcción de Viviendas $ 2,883,398.22
.1.04.01 Convenio Plan Nacer $ 1,569,587.22
Total General $ 9,222,221.11
24
Ref. Expte. Nro. 4321-C-2015.-
///…
PRESUPUESTO DE GASTOS Ampliación de Partidas
Jur. 1.1.1.06.000 Cat. 02 Fte. 2.1.1
5.1.4.32 Los Jóvenes tienen la Palabra
$ 108,510.83
Jur. 1.1.1.09.000 Cat. 01.01 Fte. 1.3.3
5.1.4.17 Sueldos Médicos $ 4,920.00 Jur. 1.1.1.06.000 Cat. 33 Fte. 1.3.2
5.1.4.01 Fondo de Fort. Programas Sociales $ 3,537,960.36 Jur. 1.1.1.06.000 Cat. 32 Fte. 1.3.2
5.1.4.22 Programa Envión
$ 477,160.00
Jur. 1.1.1.06.000 Cat. 23 Fte. 1.3.2
5.1.4.30 Convenio Deportes $ 1,500.00 Jur. 1.1.1.06.000 Cat. 32 Fte. 1.3.3
5.1.4.23 Plan Joven Mas y Mejor Trabajo
$ 43,300.00
Jur. 1.1.1.06.000 Cat. 32 Fte. 1.3.2
5.1.4.16 Canon Bebidas Alcohólicas
$ 322,641.00
Jur. 1.1.1.09.000 Cat. 01.01 Fte. 2.1.1
5.1.4.14 Convenio Tevatutear
$ 12,156.87
Jur. 1.1.1.09.000 Cat. 52 Fte. 1.3.2
5.1.4.26 Campaña Antirrábica
$ 22,500.00
Jur. 1.1.1.01.06.000 Cat. 02 Fte. 2.1.1
5.1.4.27 Proyecto Lecodemet
$ 42,013.48 Jur 1.1.1.01.07.000 Cat. 01.01 Fte. 1.3.3
5.2.4.02 Convenio Instituto Arenaza
$ 196,573.13
Jur. 1.1.1.07.000 Cat. 55 Fte. 1.3.3
5.2.1.01 Programa Fed. De Construcción de Viviendas $ 2,883,398.22 Jur. 1.1.1.09.000 Cat. 45 Fte. 1.3.3
5.1.4.11 Convenio Plan Nacer $ 1,569,587.22
Total General
$ 9,222,221.11
25
Ref. Expte. Nro. 4321-C-2015
////…
ARTICULO 2°.- Regístrese, Comuníquese y Publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AF
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
26
Ref. : Expte. Nro. 4978-P-2015.-
SAN ISIDRO, 6 de Mayo de 2015.-
DECRETO NUMERO: 1269
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instru-mental; y
Considerando:
QUE la naturaleza de los hechos de que se da cuenta precedentemente hace necesario ordenar la instrucción de sumario administrativo;
QUE adoptada que fuera la decisión en tal senti-do, corresponde designar al instructor sumariante;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL
POR EL DECRETO Nº 1211/2015 d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario ************** administrativo, en orden a los hechos de que se da cuenta en este expe-diente Nro. 4978-P-2015, asimismo dese intervención al Ministerio de Seguridad de la Pro-vincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º.- Desígnase instructor sumariante al Doctor Luis Alberto PASTOR.-
ARTICULO 3º.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los ************* sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo instrumen-tal por la Asesoría Legal Municipal.-
ARTICULO 4º.- Suspéndese a Iván Francisco Orellana hasta la finalización de la pertinente ************ investigación judicial.-
ARTICULO 5º.- Previo a la remisión de las actuaciones a la Asesoría Legal, dese vista a la ************* Dirección General de Personal.-
27
Ref. : Expte. Nro. 4978-P-2015.-
ARTICULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
MGV
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
28
Ref.Expte: Nº 1871-F-2015
SAN ISIDRO, 6 de Mayo de 2015
DECRETO NÚMERO: 1270
VISTO la presentación efectuada por el Sr. Adolfo Alfredo Haas, en su carácter de representante de Guilligan S.A., en calidad de pro-pietario, y la Arquitecta Silvana Marcela Matrero, en su carácter de profesional actuante, respecto de la factibilidad de realizar la construcción de dos Canchas de Fútbol descubiertas, la regularización de la construcción existente y su ampliación para uso complementario de la actividad propuesta, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección B, Manzana 68, Parcela 2, ubicado con frente a las calles García Merou Nº 2299 esquina Corrientes, de la Ciudad de Martínez, en jurisdicción de este Partido; y
Considerando:
QUE el predio se ubica en Zona ID conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, admitiéndose el destino solicitado como Uso Conforme, con tratamiento particular como Uso Puntual por las oficinas técnicas, a los efec-tos de establecer las condiciones de funcionamiento;
QUE la parcela se sitúa en un área de usos mix-tos, donde predominan depósimix-tos, usos comerciales y se implantan algunas viviendas, próxima a la Colectora Panamericana, lo que permite una conexión directa con el resto del Partido y las ciudades aledañas;
QUE en el marco de la Participación Ciudadana, el proyecto presentado de factibilidad de construcción y uso con destino “Canchas de Fútbol”, fue notificado a los vecinos circundantes, habiendo manifestado uno de ellos in-quietud por los horarios de funcionamiento y estacionamiento reglamentario, lo que fue con-templado en el tratamiento del tema, no habiéndose efectuado oposición al uso propuesto;
QUE por lo expuesto, los Organismos Técnicos que elaboraron los informes de fojas 67/69, opinan que, con el cumplimiento de los requisi-tos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, cri-terio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;
29
Ref. Expte: Nº 1871-F-2015
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL
POR EL DECRETO Nº 1211/2015 d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Hácese saber a Guilligan S.A., en su carácter de propietario, que ************* se autoriza la construcción de dos (2) Canchas de Fútbol descubiertas, la regularización de la construcción existente y su ampliación para uso complementario de la actividad propuesta, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección B, Manzana 68, Parcela 2, ubicado con frente a las calles García Merou Nº 2299 esquina Corrientes, de la Ciudad de Martínez, según documentación de fojas 4, convenien-temente corregida.
ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento de las condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativas, para la apro-bación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:
A-Condiciones Urbanísticas:
A1. Los indicadores de ocupación de FOS y FOT quedarán limitados de acuerdo a lo esta-blecido según hoja de zona para los usos complementarios 0.6 y 1.2 respectivamente.
A2. Retiros: Retiros de frente:
Sobre Corrientes: Mínimo 3,00 metros. Sobre García Merou: Mínimo 3,00 metros
Deberán constituirse como terreno absorbente parquizado y forestado los sectores libre de accesos, verificando los porcentajes mínimos establecidos en el artículo 1.2.2.1. inciso 5) del Código de Ordenamiento Urbano y su reglamentación.
Retiros laterales:
Retiro Lateral 1 (sobre parcela 1d): 3,00 metros a red perimetral de cancha de fútbol. Retiro Lateral 2 (sobre parcelas 3 y 4): 2,00 metros a red perimetral de cancha de fútbol.
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Ref.Expte: Nº 1871-F-2015
Retiro de fondo:
Retiro de fondo: 12,20 metros x 12,24 metros admitiéndose la ocupación de 76 m2 con una de las canchas de fútbol (sin superficies cubiertas), retirada a su vez de los ejes divisorios 3 metros de la parcela 1d y 2 metros de las parcelas 3 y 4. Estos retiros estarán libres de cons-trucciones y deberán permanecer parquizados y forestados.
A3. Terreno absorbente: Mínimo 20% de la superficie de la parcela. Indicar en plano cálculo y croquis con superficies.
A4. Altura máxima: 8,50 metros y 10 metros a cumbrera.
Se efectuará tratamiento arquitectónico de todas las instalaciones complementarias a ubicar en la azotea del edificio: tanques de agua y servicios centrales, debidamente insonorizados, según lo dispuesto en los artículos 1.1.2.3. / 1.2.2.24 y tabla de molestias según Anexo IV del Código de Ordenamiento Urbano.
Las instalaciones complementarias no superarán los 10 metros de altura y el plano límite para tanques de agua no superara los 12 metros, según lo establecido en Código de Ordena-miento Urbano.
A5. Estacionamiento: 6 módulos reglamentarios
Accesos y calles de circulación vehicular verificarán todo lo establecido en el artículo 1.2.2.1. inciso 4) del Código de Ordenamiento Urbano.
Todos los vehículos deberán maniobrar en el interior del predio debiendo ingresar y/o egre-sar marcha adelante. Siempre permanecer dentro del predio, no pudiendo ocupar la vía pública.
Los accesos deberán verificar lo establecido en el artículo 1.2.2.1. incisos 3 y 4 del Código de Ordenamiento Urbano.
La circulación vehicular será pavimentada o bien se realizará un efectivo tratamiento que asegure la transitabilidad e impida la formación de barro.
Se numerarán y demarcarán los lugares de estacionamiento.
Se indicará el acceso y salida vehicular con señal luminosa y sonora para advertencia de los peatones. Deberá colocarse sobre Línea Municipal alejados de los muros divisorios de pre-dios.
A6. Los cercos de frente estarán constituidos por elementos que permitan transparencia (re-jas o similar), de acuerdo a los establecido en el artículo 1.2.1.6. del Código de
31
Ref.Expte: Nº 1871-F-2015
Ordenamiento Urbano y Código de Edificación de San Isidro. Su diseño será incluido en los planos a presentar.
A7. Verificar condiciones para “Áreas destinadas a actividades deportivas”, según Código de Ordenamiento Urbano artículo 1.2.2.21. Apartado B), verificando entre otras cosas la colo-cación de alambrado perimetral en las canchas a fin de no afectar con la actividad a predios linderos, quedando prohibida el techado de las canchas de futbol.
A8. Servicio sanitario acorde a las exigencias del Código de Edificación - dimensiones, can-tidad de artefactos, para ambos sexos, y verificar condiciones constructivas para locales co-merciales según Código de Edificación de San Isidro.
B-Condiciones Ambientales:
B1. Tratamiento Urbano Externo:
El diseño de las fachadas de frente y contrafrente será acorde a la zona.
La implementación de vidrios en la fachada deberá cumplimentar con lo establecido en el Código de Edificación de San Isidro.
B2. Aceras públicas: verificarán conforme lo reglamentado por el Código de Edificación y no perderán su continuidad en correspondencia del acceso vehicular, debiendo salvar los desniveles con rampas reglamentarias y señalizadas.
B3. Ajuste a las normativas ambientales y de control de ruidos, artículos 1.2.2.24. y 1.2.4.6. del Código de Ordenamiento Urbano entre otros, e iluminación interna debiendo incluirse proyecto en planos conforme lo establecido en el artículo 1.2.2.21. del Código antes men-cionado. De ser necesario, en caso de producirse inconvenientes a terceros, la Municipalidad podrá requerir el cierre de las canchas con material apto para control acústico.
B4. Forestación:
Externa: se efectuará la plantación de nuevos ejemplares en las veredas en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1.2.1.17. Apartado A) del Código de Ordenamiento Urbano. ejemplar cada 8 metros.
Interna: se forestará a modo de cortina sobre los retiros de frente a fin de amortiguar posibles molestias por ruidos generados por la actividad.
B5. Residuos: deberá contar con un lugar apto para contener los desechos del local comer-cial, a fin de evitar que permanezcan en la vía pública hasta el horario de recolección
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Ref.Expte: Nº 1871-F-2015
municipal. Su ubicación deberá verificar que el camión recolector no interfiera en la circula-ción vehicular del área.
Dicho recinto no podrá ser ubicado en los retiros de frente ni laterales.
B6. Consideraciones generales para la etapa de Obra: deberán contemplarse las condiciones establecidas en los Decretos Reglamentarios Nº 1617/14 y Nº1618/14.
C-Condiciones de Funcionamiento:
C1. Horario de funcionamiento: la actividad en las canchas de fútbol se extenderá como máximo hasta las 22 horas.
C2. De detectarse inconvenientes en el estacionamiento por afluencia de mayor numero de vehículos a los reglamentariamente establecidos, podrá solicitarse el incremento del estacio-namiento dentro del predio, atento que cuenta con capacidad, a fin de asegurar el correcto desarrollo de la actividad y no provocar conflictos en el tránsito vehicular de la zona.
C3. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de funciona-miento y seguridad en oportunidad de gestionar la habilitación y/o el cumplifunciona-miento de las demás normativas en vigencia.
C4. De colocarse publicidad, la misma será la mínima necesaria para el anuncio de las acti-vidades, colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y contará con aprobación previa a su colocación.
D-Condiciones Administrativas:
D1. Cumplimentará las disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano, Código de Edificación y toda otra normativa que, en el orden Nacional, Provincial y/o Municipal resul-ten de aplicación.
D2. El propietario deberá hacerse cargo de la parte proporcional de las obras de infraestruc-tura necesarias (pavimentación de media calle frente al predio, desagües pluviales, ilumina-ción, entre otras), correspondientes la calle Corrientes, en el marco de la Ordenanza General Nº 165 y sus modificatorias, debiendo dar intervención a la Secretaría de Obras Públicas a fin de establecer los requerimientos a cumplir.
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Ref.Expte: Nº 1871-F-2015
D3. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y Plano Conforme a Obra, todos los condicionantes, Constructivos, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativos; confor-me al Decreto de Factibilidad.
ARTÍCULO 3º.- Previo al pago de los Derechos de Construcción para el otorgamiento del ************* Permiso de Construcción, la Dirección General de Ordenamiento Urbano visará el ajuste del proyecto definitivo a los condicionantes que surgen del Artículo 2º del presente Decreto.
ARTÍCULO 4º.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General ************* de Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los De-rechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el Artículo 24, Apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.
ARTICULO 5º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que ************** dentro de los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya pre-sentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
MGV
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
34
Ref.: Expte. Nro.
5752-D-2015.-SAN ISIDRO, 06 de Mayo de 2015.-
DECRETO NUMERO
:
1 2 7 1
VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600/242/ 2015; y
Considerando:
QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNI-CIPAL POR EL DECRETO NRO. 1211/2015
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 250/2015, para la *************** “REPARACION DE CAÑERIAS DE PROVISION DE AGUA DE RED
EN EL BARRIO DENOMINADO SAUCE – SAN CAYETANO, PARTIDO DE SAN ISI-DRO”.-
ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 12 de Mayo de 2015, a las **************12:15 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.-
ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.01, Objeto del Gasto 3.3.9., del Presupuesto General de Gastos vigente.-
35
Ref.: Expte. Nro.
5752-D-2015.-ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AP
Sr. Concejal a cargo del Departamento Ejecutivo Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
36 DECRETO NUMERO
:
1 2 7 2
37
Ref.: Expte. Nº 125-D-2015.-
SAN ISIDRO, 8 de mayo de 2015 DECRETO NUMERO: 1 2 7 3
VISTO los presentes actuados; y Considerando:
QUE, por Decreto Nº 16/2015, se prorrogó por el período 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, la labor realizada por distintos agentes muni-cipales en el ámbito del Plan Federal de Viviendas, con una retribución mensual de Pesos Un Mil Trescientos ($ 1.300);
QUE a fojas 11 obra nota de la Secretaría Gene-ral de Gobierno y Administración, solicitando la incorporación del agente Martín Bagnato (Legajo Nº 53.131) a la nómina establecida en el decreto antes mencionado;
QUE el Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Incorpórase al Decreto 16/2015, al Sr. Martín Bagnato (Legajo Nº 53.131), ************* realizando distintas labores en el marco del Subprograma de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios, del Plan Federal de Viviendas, con una asignación mensual de Pesos Un Mil Trescientos ($ 1.300.-), a partir del 1 de enero y hasta el 31 de di-ciembre de 2015 inclusive.-
ARTICULO 2º.- Déjase establecido que las tareas mencionadas precedentemente, encuadran ************** en el Artículo 12º “Tareas Especiales” de la Ordenanza 8804.-
ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************** decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTICULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
38
Ref. Expte. Nº 3919-D-2015
SAN ISIDRO, 8 de mayo de 2015
DECRETO NUMERO: 1 2 7 4
VISTO las tareas de compaginación del Boletín Oficial y de encuadernación de los Decretos que periódicamente realiza la Dirección General de Despacho y Legislación; y
Considerando:
Que, se ha detectado la duplicidad del Decreto Nros. 1132, obrante en los folios 2050/2051/2052, de fecha 20 de abril de 2015;
Que, dicha circunstancia se debió únicamente a un error involuntario, subsanable mediante su anulación;
Que corresponde, en consecuencia, el dictado del acto administrativo que así lo disponga;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Anúlase de la registración del Libro de Decretos correspondiente al año ************** 2015, el Decretos Nro. 1132, obrantes en folios 2050/2051/2052, de fecha 20 de abril del corriente año, por duplicidad del mismo.-
ARTICULO 2º.- Por conducto de la Dirección General de Despacho y Legislación ************** procédase a insertar copia del presente Decreto en el lugar correspondiente a los números cuya anulación se dispone.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
39
Ref. Expte. Nº 4320-C-2015.-
SAN ISIDRO, 8 de mayo de 2015
DECRETO NÚMERO: 1 2 7 5
Visto la evolución del Presupuesto General de Gastos aprobado por el Honorable Concejo Deliberante para el Ejercicio 2015 y la nota pre-sentada por la Contaduría General donde se solicita una modificación presupuestaria; y Considerando:
Que en el presente Ejercicio 2015, se han adop-tado las pautas y lineamientos para la formulación del Presupuesto General de Gastos esta-blecidos por el Decreto Provincial 2980/00 denominado RAFAM;
Que se han producido incrementos y modifica-ciones en los precios de la mayoría de los bienes y servicios que adquiere la Municipalidad de San Isidro para su funcionamiento;
Que sin perjuicio de lo mencionado en los párra-fos anteriores, resulta imprescindible mantener una sana ejecución presupuestaria, conser-vando criterios de correcta asignación de partidas que permitan a las distintas Áreas desarro-llar el correcto funcionamiento operativo sin perder de vista el control de recursos que tienen autorizados;
Que la Ordenanza Nº 8804 “Presupuesto General para el Ejercicio 2015”; en su artículo 41 faculta al Departamento Ejecutivo a disponer de transferencias de créditos entre los distintos conceptos del Presupuesto de Gastos;
Que resulta de vital importancia observar y con-trolar el desarrollo de la evolución Presupuestaria del Ejercicio 2015;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
40
Ref. Expte. Nº 4320-C-2015.-
//…
ARTICULO 1°.- Disminúyese del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2015 los ************** objetos del gasto de las distintas Jurisdicciones de acuerdo al Anexo I.- por un total de $ 50.100.000,00.-
ARTICULO 2°.- Amplíase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2015 los ************** objetos del gasto de las distintas Jurisdicciones de acuerdo al Anexo I.- por un total de $ 50.100.000,00.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Notifíquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
41
Ref. Expediente Nro.4320-2014
ANEXO
Amplíase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Privada y Enlace, las siguientes partidas:
1 1.1.0 01.01 2.1.5 - MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS $ 10,000.00 1 1.1.0 01.01 3.4.5 - DE CAPACITACION $ 35,000.00 1 1.1.0 01.01 3.4.6 - DE INFORMATICA Y SIST. COMPUTARIZADOS $ 50,000.00
1 1.1.0 01.01 3.5.1 - TRANSPORTE $ 1,350,000.00
1 1.1.0 01.02 3.2.2 - ALQUILER DE MAQ., EQUIPO Y MEDIOS DE TRANSP. $ 750,000.00 1 1.1.0 01.02 4.3.7 - EQUIPO DE OFICINA Y MUEBLES $ 75,000.00 1 1.1.0 01.03 3.8.8 - DEVOLUCION DE TRIBUTOS $ 50,000.00 1 1.1.0 01.03 4.3.1 - MAQUINARIA Y EQUIPO DE PORDUCCION $ 50,000.00 1 1.1.0 01.04 2.5.6 - COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES $ 885,000.00 1 1.1.0 01.04 2.6.4 - PRODUCTOS DE CEMENTO, ASBESTO Y YESO $ 50,000.00 1 1.1.0 01.04 3.3.1 - MANTENIM. Y REP. DE EDIFICIOS Y LOCALES $ 700,000.00 1 1.1.0 01.04 3.6.1 - PUBLICIDAD $ 35,000.00 1 1.1.0 01.04 4.3.1 - MAQUINARIA Y EQUIPO DE PORDUCCION $ 5,000.00 1 1.1.0 01.05 2.3.3 - PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS $ 15,000.00 1 1.1.0 01.06 3.9.9 - OTROS SERVICIOS $ 2,075,000.00 1 1.1.0 01.08 2.1.5 - MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS $ 25,000.00 1 1.1.0 01.08 2.3.4 - PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON $ 5,000.00 1 1.1.0 01.08 3.3.7 - LIMPIEZA,ASEO Y FUMIGACION $ 30,000.00 1 1.1.0 01.08 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 45,000.00 1 1.1.0 01.09 2.3.4 - PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON $ 15,000.00 1 1.1.0 01.09 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 10,000.00 1 1.1.0 01.85 4.2.2.03 - INFRAESTRUCTURA URBANA $ 2,650,000.00 1 1.1.0 16 3.3.9 - OTROS MANTENIM., REP. Y LIMPIEZA $ 20,000.00 1 1.1.0 49 2.6.4 - PRODUCTOS DE CEMENTO, ASBESTO Y YESO $ 35,000.00 1 1.1.0 49 3.2.2 - ALQUILER DE MAQ., EQUIPO Y MEDIOS DE TRANSP. $ 550,000.00 1 1.1.0 49 4.3.7 - EQUIPO DE OFICINA Y MUEBLES $ 25,000.00
TOTAL AMPLIACIONES $ 9,545,000.00
Amplíase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Subsecretaría Gral. De Inspección, Planeamiento Urbanos y Tránsito, las siguientes partidas:
2 1.1.0 18.01 2.2.2 - PRENDAS DE VESTIR $ 15,000.00 2 1.1.0 18.01 2.9.2 - UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSEÑANZA $ 90,000.00 2 1.1.0 18.01 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 35,000.00 2 1.1.0 19.02 3.3.1 - MANTENIM. Y REP. DE EDIFICIOS Y LOCALES $ 590,000.00 2 1.1.0 31 2.5.7 - ESPECIFICOS VETERINARIOS $ 25,000.00 2 1.1.0 31 3.3.3 - MANTENIM.,Y REP. DE MAQUINARIA Y EQUIPO $ 15,000.00 2 1.1.0 36 3.2.4 - ALQUILER DE FOTOCOPIADORAS $ 25,000.00 2 1.1.0 36 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 15,000.00 2 1.1.0 36 3.9.9 - OTROS SERVICIOS $ 50,000.00 2 1.1.0 37.01 2.5.8 - PRODUCTOS DE MATERIAL PLASTICO $ 50,000.00 2 1.1.0 37.01 2.7.9 - OTROS PRODUCTOS METALICOS $ 225,000.00
42
Amplíase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Niñez, Ado-lescencia y Familia, las siguientes partidas:
3 1.1.0 01.01 2.2.2 - PRENDAS DE VESTIR $ 5,000.00
3 1.1.0 01.01 2.6.2 - PRODUCTOS DE VIDRIO $ 5,000.00 3 1.1.0 01.01 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 30,000.00 3 1.1.0 01.01 4.3.4 - EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y SEÑALAMIENTO $ 50,000.00 3 1.1.0 01.01 4.3.7 - EQUIPO DE OFICINA Y MUEBLES $ 35,000.00 3 1.1.0 02 2.2.3 - CONFECCIONES TEXTILES $ 5,000.00
3 1.1.0 02 3.7.2 - VIATICOS $ 75,000.00
3 1.1.0 03 2.3.1 - PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON $ 10,000.00 3 1.1.0 03 2.5.2 - PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES $ 1,000.00 3 1.1.0 03 2.5.8 - PRODUCTOS DE MATERIAL PLASTICO $ 4,000.00 3 1.1.0 03 2.9.2 - UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSEÑANZA $ 15,000.00 3 1.3.2 03 5.1.7.02 - SUBSIDIO A ENT. SECTOR PUB. Y PRIV. S/FINES DE LUCRO $ 10,610,000.00 3 1.1.0 21 2.3.9 - OTROS PRODUCTOS DE PAPEL,CARTON E IMPRESOS $ 10,000.00
3 1.1.0 21 2.9.1 - ELEMENTOS DE LIMPIEZA $ 85,000.00
3 1.1.0 21 2.9.2 - UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSEÑANZA $ 215,000.00 3 1.1.0 21 3.2.2 - ALQ. DE MAQUINARIA, EQUIPO Y MEDIOS DE TRANSP $ 25,000.00 3 1.1.0 21 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 5,000.00 3 1.1.0 21 4.3.6 - EQUIPO PARA COMPUTACION $ 125,000.00
3 1.1.0 23 2.9.1 - ELEMENTOS DE LIMPIEZA $ 110,000.00
3 1.1.0 23 2.9.6 - REPUESTOS Y ACCESORIOS $ 100,000.00
3 1.1.0 23 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 365,000.00 3 1.1.0 23 4.3.6 - EQUIPO PARA COMPUTACION $ 35,000.00 3 1.1.0 32 2.9.2 - UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSEÑANZA $ 50,000.00
3 1.1.0 32 5.1.4.08 - AYUDA A INDIGENTES $ 300,000.00
3 1.1.0 37 5.1.4.08 - AYUDA A INDIGENTES $ 7,000,000.00
3 1.1.0 39 4.3.9 - EQUIPOS VARIOS $ 30,000.00
3 1.1.0 54 2.2.3 - CONFECCIONES TEXTILES $ 5,000.00 3 1.1.0 54 2.3.1 - PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON $ 15,000.00
3 1.1.0 54 2.9.1 - ELEMENTOS DE LIMPIEZA $ 25,000.00
3 1.1.0 54 2.9.6 - REPUESTOS Y ACCESORIOS $ 30,000.00 3 1.1.0 54 3.3.3 - MANTENIM. Y REP. DE MAQUINARIA Y EQUIPO $ 40,000.00 3 1.1.0 56 2.9.6 - REPUESTOS Y ACCESORIOS $ 5,000.00 3 1.1.0 56 4.3.6 - EQUIPO PARA COMPUTACION $ 20,000.00 3 1.1.0 57 3.3.3 - MANTENIM. Y REP. DE MAQUINARIA Y EQUIPO $ 50,000.00 3 1.1.0 57 4.3.7 - EQUIPO DE OFICINA Y MUEBLES $ 50,000.00
43
Amplíase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Obras Públi-cas las siguientes partidas:
4 1.1.0 01.01 2.1.1 - ALIMENTOS PARA PERSONAS $ 25,000.00 4 1.1.0 01.01 2.7.1 - PRODUCTOS FERROSOS $ 700,000.00 4 1.1.0 01.01 4.3.1 - MAQUINARIA Y EQUIPO DE PRODUCCION $ 175,000.00
TOTAL AMPLIACIONES $ 900,000.00
Amplíase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Subsecretaria General de Espacio Público las siguientes partidas:
5 1.1.0 01.01 2.1.5 - MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS $ 85,000.00 5 1.1.0 01.01 2.3.4 - PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON $ 10,000.00 5 1.1.0 01.01 2.5.5 - TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES $ 20,000.00 5 1.1.0 01.01 2.9.1 - ELEMENTOS DE LIMPIEZA $ 55,000.00 5 1.1.0 01.01 3.3.2 - MANTENIM. Y REP. DE VEHICULOS $ 600,000.00 5 1.1.0 01.01 3.3.6 - MANTENIM. Y LIMPIEZA DE DESAGUES $ 550,000.00 5 1.1.0 01.01 4.3.4 - EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y SEÑALAMIENTO $ 25,000.00 5 1.1.0 26 3.2.2 - ALQUILER DE MAQ., EQUIPO Y MEDIOS DE TRANSP. $ 11,000,000.00 5 1.1.0 50.01 2.9.6 - REPUESTOS Y ACCESORIOS $ 30,000.00 5 1.1.0 50.01 3.3.3 - MANTENIM. Y REP. DE MAQUINARIA Y EQUIPO $ 50,000.00
TOTAL AMPLIACIONES $ 12,425,000.00
Amplíase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Salud Pública las siguientes partidas:
6 1.1.0 01.01 2.1.1 - ALIMENTOS PARA PERSONAS $ 75,000.00 6 1.1.0 01.01 2.3.1 - PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON $ 25,000.00 6 1.1.0 01.01 2.5.8 - PRODUCTOS DE MATERIAL PLASTICO $ 15,000.00 6 1.1.0 01.01 2.7.1 - PRODUCTOS FERROSOS $ 100,000.00 6 1.1.0 01.01 3.9.9 - OTROS SERVICIOS $ 100,000.00 6 1.1.0 01.01 4.3.3 - EQUIPO SANITARIO Y DE LABORATORIO $ 375,000.00 6 1.1.0 01.01 5.1.4.08 - AYUDA A INDIGENTES $ 275,000.00 6 1.1.0 27 2.5.4 - INSECTICIDA, FUMIGANTES Y OTROS $ 25,000.00 6 1.1.0 27 2.9.3 - UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS $ 725,000.00 6 1.1.0 27 4.3.3 - EQUIPO SANITARIO Y DE LABORATORIO $ 4,300,000.00 6 1.1.0 27 5.1.4.08 - AYUDA A INDIGENTES $ 95,000.00 6 1.1.0 28 2.5.4 - INSECTICIDA, FUMIGANTES Y OTROS $ 20,000.00 6 1.1.0 29 2.5.4 - INSECTICIDA, FUMIGANTES Y OTROS $ 15,000.00 6 1.1.0 29 3.5.4 - PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS $ 10,000.00 6 1.1.0 45 4.3.3 - EQUIPO SANITARIO Y DE LABORATORIO $ 400,000.00