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AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN

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“NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE GARANTICEN LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL PROCESO DE ASCENSOS POR CONCURSO DE OFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ DEL AÑO 2015 – PROMOCIÓN

2016”

DIRECTIVA Nº 01-02-2015/DIRGEN/DIREJEPER-PNP-A

RD. N° 177-2015-DIRGEN/EMG-PNP Lima, 6 de marzo de 2015

I. OBJETO

Establecer normas y procedimientos administrativos que garanticen la correcta ejecución del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016.

II. FINALIDAD

A. Proporcionar un instrumento técnico - normativo que oriente la organización, ejecución, control y evaluación del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016, determinando las responsabilidades de las dependencias y personal de la Policía Nacional del Perú comprometidos en su ejecución. B. Difundir oportunamente las normas y procedimientos establecidos en la

directiva, al personal de la Policía Nacional del Perú comprometido en su ejecución y a los postulantes.

C. Garantizar la transparencia, eficiencia y eficacia del referido proceso. III. ALCANCE

Las prescripciones de la presente directiva rigen para todos los órganos y personal de la Policía Nacional del Perú, comprometidos en el Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016.

IV. BASE LEGAL

A. Constitución Política del Perú.

B. Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. C. Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú.

D. Decreto Legislativo Nº 1149 – Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú.

E. Decreto Legislativo Nº 1150 – Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú.

F. Decreto Supremo N° 016-2013-IN del 18 de noviembre de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1149, modificado por Decretos Supremos N° 018-2013-IN del 28 de diciembre de 2013, N° 001-2014-IN del 4 de enero de 2014 y N° 004-2015-IN del 13 de febrero de 2015.

G. Decreto Supremo N° 011-2013-IN del 17 de julio de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1150.

V. DISPOSICIONES GENERALES

(2)

del Perú, del año 2015 – Promoción 2016, está a cargo de la comisión y juntas institucionales, nombradas por resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. No constituye concurso público.

B. FASES

De conformidad al cronograma que establece las fechas y plazos para el desarrollo de las fases del proceso (anexo 1).

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS A. ASCENSOS POR CONCURSO

El Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 – Promoción 2016, se ejecuta hasta el ascenso a los grados de Coroneles de Armas, de Servicios y Maestros Armeros. B. REQUISITOS

Son declarados aptos para postular al grado inmediato superior, los Oficiales de Armas y de Servicios, que reúnan los requisitos siguientes: 1. Tener el tiempo mínimo de servicios reales y efectivos en sus

respectivos grados, considerados al 31 de diciembre de 2015, conforme a las escalas siguientes:

a. Oficial de Armas - Alférez : 4 años - Teniente : 4 años - Capitán : 4 años - Mayor : 5 años - Comandante : 5 años

Para postular al grado de Coronel se requiere tener como mínimo veinticuatro (24) años de servicios reales, efectivos e ininterrumpidos como Oficial, contabilizados hasta el 31 de diciembre de 2015.

Los Comandantes de Armas que cumplan con los años de permanencia en el grado pero no acumulen el tiempo de servicios reales, efectivos e ininterrumpidos que establece la ley, podrán rendir los exámenes propios del proceso de ascenso y, de aprobarlos, obtener el puntaje correspondiente al factor antigüedad en la oportunidad en que se encuentren aptos para postular y obtener el ascenso.

b. Oficial de Servicios

- Teniente : 4 años - Capitán : 6 años - Mayor : 6 años - Comandante : 6 años

Obtenida la efectividad en el grado, el período de asimilación de dos (2) años, se acumula como tiempo de servicios para postular al grado inmediato superior.

2. Tener un promedio no menor de sesenta y cinco (65) puntos en el factor rendimiento profesional, correspondiente al grado que ostenta. 3. Haber concluido el examen médico anual (FEMA) en la Dirección

Ejecutiva de Sanidad hasta el 31 de mayo de 2015 y encontrarse físicamente apto.

(3)

4. Encontrarse en situación de actividad en cuadros desde el 1 de enero de 2014 y durante el año del proceso, incluyendo al postulante que retorna de la situación de disponibilidad.

5. Los postulantes que hayan retornado a la situación de actividad por mandato judicial – medida cautelar, deberán contar con sentencia judicial consentida o ejecutoriada.

6. No registrar en el año 2015 sentencia judicial consentida o ejecutoriada, con condena de pena privativa de la libertad, efectiva o inhabilitación para el cargo.

7. No estar sometido a juicio con detención en el año 2015; en caso de levantarse la medida judicial antes de la ejecución del examen de un mil (1000) metros planos, el postulante recobrará su aptitud y podrá continuar en el proceso.

El postulante que después de haber sido declarado apto, estuviera comprendido en las prescripciones de los numerales 6 y 7, será declarado inapto, siendo excluido del proceso de ascensos, aun cuando esté considerado en el cuadro de méritos respectivo.

C. FACTORES DE EVALUACIÓN

Los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, serán evaluados por las Juntas Selectoras, con base a la información que obra en la base de datos de la Dirección Ejecutiva de Personal, contrastando con la información que obra en el legajo personal, considerando los méritos acumulados hasta el 31 de julio de 2015.

Las condecoraciones de la Orden al Mérito de la Policía Nacional del Perú, para los Oficiales de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, son reconocidas en el año 2015, hasta diez (10) días antes de la aprobación de los cuadros de méritos por resolución de la Dirección General y su publicación en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal, de conformidad al cronograma respectivo.

Los cursos de perfeccionamiento para los Oficiales de Armas son reconocidos en el año 2015, hasta diez (10) días antes de la aprobación de los cuadros de méritos por resolución de la Dirección General y su publicación en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal, de conformidad al cronograma respectivo.

Los deméritos impuestos son descontados hasta el 31 de diciembre de 2015; a excepción de los contemplados en la tabla de infracciones y sanciones leves del Decreto Legislativo N° 1150 - Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, que serán descontados hasta diez (10) días antes de la aprobación de los cuadros de méritos por resolución de la Dirección General y su publicación en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal, de conformidad al cronograma respectivo.

1. Factor rendimiento profesional: Coeficiente dos (2)

Alcanza cien (100) puntos. Se obtiene del promedio aritmético centesimal de las notas anuales de rendimiento profesional, correspondiente a los años anteriores al año 2015, conforme a los diferentes grados:

a. Comandante y Mayor de Armas: años 2014, 2013, 2012 y 2011.

(4)

b. Comandante, Mayor y Capitán de Servicios: años 2014, 2013, 2012, 2011 y 2010.

c. Capitán, Teniente y Alférez de Armas y Teniente de Servicios: años 2014, 2013 y 2012.

A falta de una (1) o más notas anuales de rendimiento profesional, la Dirección Ejecutiva de Personal, en coordinación con la Junta de Aptitud, resolverá administrativamente mediante resolución directoral en el primer semestre del año 2015, asignando a los postulantes las notas correspondientes.

2. Factor formación académica: Coeficiente dos (2)

Alcanza cien (100) puntos, de acuerdo a la tabla siguiente: a. Para Oficiales de Armas

(1) Cursos de perfeccionamiento y primer quinto de egreso.

Puntuación para ascender a: Coronel Comandante Mayor Capitán

Curso de Oficial de Estado Mayor

(COEM) 28 33 X X

Curso Avanzado para Capitanes (CAC) X X 33 X

Curso Básico de Tenientes (CBT) X X X 33

Primeros quintos acumulados de los egresos de la Escuela de Oficiales, Cursos Básico de Tenientes, Avanzado para Capitanes y Oficial de Estado Mayor

5 X X X

Primer quinto en el cuadro de méritos de egreso del último curso de perfeccionamiento

5 5 5 5

Primer quinto en el cuadro de méritos

de egreso de la Escuela de Oficiales 5 5 5 5

SUBTOTAL 43 43 43 43

La administración y otorgamiento de puntaje por el concepto “primer quinto”, la efectuará la Dirección Ejecutiva de Personal en base a los respectivos cuadros de méritos formulados por la Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina.

Se considera como primer quinto en el cuadro de méritos de egreso del último curso de perfeccionamiento:

* COEM, para Comandantes que postulan a Coronel y para Mayores que postulan a Comandante.

* CAC, para Capitanes que postulan a Mayor. * CBT, para Tenientes que postulan a Capitán. Se otorgará puntaje por los cursos culminados satisfactoriamente hasta el 31 de diciembre de 2013, convalidados con resolución de la Dirección General, aun cuando no medie autorización previa del curso o este haya sido realizado en una institución educativa distinta a las previstas en el Decreto Legislativo N° 1149, a efectos que estos sean considerados en el presente proceso de ascensos.

(5)

(2) Grados académicos y títulos universitarios e institucionales, reconocidos por la Asamblea Nacional de Rectores, obtenidos después de ser dados de alta como Oficial, son excluyentes entre sí.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Bachillerato no obtenido en la Escuela

de Oficiales (máximo 1) 5 5 5 5

Título no obtenido en la Escuela de

Oficiales (máximo 1) 10 10 10 10

Maestría (máximo 1) 12 12 12 12

Maestría institucional (máximo 1) 17 17 X X

Doctorado (máximo 1) 19 19 19 19

SUBTOTAL 19 19 19 19

(3) Cursos de capacitación y especialización.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Cinco (5) puntos por curso de capacitación institucional en el grado (máximo 3)

15 15 15 15

Siete y medio (7.5) puntos por curso de especialización institucional en el grado (máximo 2)

15 15 15 15

Cuatro (4) puntos por curso afín a la especialidad en universidades o instituciones superiores con un mínimo de ochenta (80) horas lectivas en el grado (máximo 2).

8 8 8 8

SUBTOTAL 38 38 38 38

TOTAL 100 100 100 100

Por cada año, solo se cuantifica un (1) curso institucional de perfeccionamiento o un (1) curso institucional de capacitación o un (1) curso institucional de especialización. Esta excepción no abarca a los cursos afines.

b. Para Oficiales de Servicios

(1) Grados académicos y títulos universitarios, segunda especialidad profesional y maestría institucional, reconocidos por la Asamblea Nacional de Rectores, así como el Curso de Oficial de Estado Mayor (COEM); obtenidos después de haber logrado la efectividad en el grado como Oficial de Servicios.

Son excluyentes entre sí, los puntajes que se otorgan por el grado académico universitario de doctorado, la segunda especialidad profesional y el Curso de Oficial de Estado Mayor.

Asimismo, son excluyentes entre sí, los puntajes que se otorgan por la maestría institucional y la maestría relacionada con la profesión que originó su alta.

Puntuación para ascender a: Coronel Comandante Mayor Capitán

Bachillerato diferente al que originó su alta

(6)

Título diferente al que originó su alta en la

institución (máximo 1) 9 9 9 9

Maestría relacionada con la profesión que

originó su alta (máximo 1) 20 20 20 20

Maestría institucional 20 20 X X

Doctorado relacionado con la profesión que

originó su alta (máximo 1) 28 28 28 28

Por segunda especialidad profesional 28 28 28 28

Curso de Oficial de Estado Mayor 28 28 X X

SUBTOTAL 62 62 62 62

Por los cursos de capacitación y especialización, se otorgan los mismos puntajes considerados para los Oficiales de Armas.

Por cada año, solo se cuantifica un (1) curso institucional de perfeccionamiento o un (1) curso institucional de capacitación o un (1) curso institucional de especialización. Esta excepción no abarca a los cursos afines.

3. Factor experiencia para el servicio policial: Coeficiente dos (2) Alcanza cien (100) puntos, de acuerdo a la tabla siguiente:

a. Para Oficiales de Armas y de Servicios

(1) Condecoración de la Orden al Mérito de la Policía Nacional del Perú.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Por la causal servicios meritorios en los grados de Caballero, Oficial, Comendador y Gran Oficial

Nueve (9) puntos para cada una (máximo 4)

36 27 18 9

Por la causal acción distinguida

obtenida en el grado (máximo 1) 9 9 9 9

Por la causal esfuerzo intelectual

obtenida en el grado (máximo 1) 9 9 9 9

SUBTOTAL 54 45 36 27

(2) Felicitaciones en el grado por hechos calificados que exceden el normal cumplimiento del deber, basado en un expediente administrativo.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Resolución Suprema (máximo 1) 5 5 5 5

Resolución del Ministerio del

Interior(máximo 1) 4 4 4 4

Resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. Dos (2) puntos por cada una (máximo 2)

4 4 4 4

SUBTOTAL 13 13 13 13

(3) Servicios prestados en el grado en unidades administrativas, operativas y zonas de emergencia.

(7)

Para obtener puntaje en unidad administrativa u operativa se requiere un mínimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos.

Para obtener puntaje en zona de emergencia, se requiere un mínimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos, con cargo asignado mediante la respectiva resolución de cambio de colocación.

Excepcionalmente, se otorgará puntaje al personal de la Dirección Ejecutiva de Fuerzas Especiales y Dirección de Inteligencia que por la naturaleza de su función se encuentra destacado o en comisión del servicio en zonas de emergencia y que haya acumulado en el grado dieciocho (18) meses de servicios.

Se considera zona de emergencia, cuando es declarada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del Interior.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Comisario o Jefe de Unidad 6 6 6 6

Unidades administrativas 5 5 5 5

Unidades operativas 6 7 9 11

Zona de emergencia 7 13 14 21

SUBTOTAL 24 31 34 43

Se otorga puntaje:

- Al Comisario: de las comisarías dependientes de las Regiones y Frentes Policiales, que tengan un mínimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos en el cargo. (artículo 33° del Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú).

- Al Jefe de Unidad: en Lima a los Jefes de las Divisiones de Investigación Criminal de la Dirección de Investigación Criminal; y, a nivel nacional a los Jefes de los Departamentos de Investigación Criminal de las Regiones y Frentes Policiales, que tengan un mínimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos en el cargo.

- A las unidades administrativas: * Dirección General.

* Secretaría General, Comisiones Consultivas, Consejos Consultivos y Órgano de Control Institucional dependientes de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú

* Estado Mayor General. * Inspectoría General.

* Dirección Nacional de Gestión Institucional. * Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina. * Dirección Ejecutiva de Apoyo al Policía.

* Dirección de Comunicación Estratégica e Imagen Institucional.

(8)

* Entidades extra institucionales, a excepción de la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior.

- A las unidades operativas:

* Todas las dependencias de la Dirección Nacional de Operaciones Policiales.

* Dirección de Asuntos Internacionales. * Dirección de Inteligencia.

* Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior.

(4) Desempeño de labor docente en las Escuelas de Formación, Escuela Continua o Escuela Posgrado del Régimen Educativo Policial.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Doce (12) meses acumulables

como mínimo en el grado 6 4 3 3

Doce (12) meses acumulables

como mínimo en otros grados 3 2 2 2

SUBTOTAL 9 6 5 5

(5) Servicios prestados en las Escuelas de Formación del Régimen Educativo Policial y en hospitales.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Oficiales de Armas como jefes de batallón, compañía y sección

Nueve (9) meses ininterrum-pidos como mínimo en el grado

X 5 12 12

Oficiales de Servicios profesio-nales de la salud en hospitales Nueve (9) meses ininterrum-pidos como mínimo en el grado

9 5 12 12

SUBTOTAL 9 5 12 12

TOTAL 100 100 100 100

Son considerados profesionales de la salud, los Oficiales de Servicios de la Policía Nacional del Perú, en las profesiones de: asistenta social, biólogo, enfermero, laboratorista clínico, médico, nutricionista, obstetricia, odontólogo, psicólogo, químico farmacéutico, radiólogo, tecnólogo médico en rehabilitación y terapia.

4. Factor moral y disciplina: Coeficiente tres (3).

Se inicia con cien (100) puntos, y se efectúa el descuento del puntaje para Oficiales de Armas y de Servicios, conforme a la tabla siguiente:

Puntuación de descuento para

ascender a: Coronel Comandante Mayor Capitán

Por cada día de sanción simple. 0.25 0.25 0.10 0.10

(9)

Haber sido separado de cursos de escuelas o centros de estudio de la Policía Nacional del Perú, Fuerzas Armadas y otros de nivel análogo en el país o en el extranjero, autorizados por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, por deficiente rendimiento académico o medida disciplinaria.

10 10 10 10

Por sentencia judicial

condenato-ria condicional o suspendida. 10 10 10 10

Por sentencia judicial

condenato-ria efectiva. 30 30 30 30

Pase a la situación de disponibilidad, por medida disci-plinaria o sentencia judicial condenatoria.

30 30 30 30

El postulante que obtenga menos de sesenta y cinco (65) puntos, será eliminado del proceso de ascensos.

El postulante que durante el proceso de ascensos se encuentre involucrado en una falta muy grave prevista en el Decreto Legislativo N° 1150 - Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, será suspendido en su ascenso hasta que el órgano disciplinario correspondiente adopte una decisión en instancia final. El descuento de puntaje debe realizarse conforme al detalle siguiente:

- Comandante y Mayor de Armas: por los deméritos de los años 2015, 2014, 2013, 2012 y 2011.

- Comandante, Mayor y Capitán de Servicios: por los deméritos de los años 2015, 2014, 2013, 2012, 2011 y 2010.

- Capitán y Teniente de Armas y Teniente de Servicios: por los deméritos de los años 2015, 2014, 2013 y 2012.

5. Factor antigüedad: Coeficiente uno (1).

El puntaje será otorgado en función al número de veces que los Oficiales de Armas y de Servicios han sido inscritos en los respectivos cuadros de méritos, sin haber ascendido por falta de vacantes y tendrá la calificación siguiente:

- Primera vez : 00.00 puntos. - Segunda vez : 30.00 puntos. - Tercera vez : 60.00 puntos. - Cuarta vez : 80.00 puntos. - Quinta vez o más : 100.00 puntos. D. NOTA FINAL DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN

Se obtiene de la suma de los puntajes de cada factor de evaluación multiplicados por su coeficiente correspondiente y dividido entre diez (10). E. EXÁMENES OBLIGATORIOS

1. Examen de esfuerzo físico: Para los Oficiales de Armas, de Servicios y Maestros Armeros declarados aptos, desde el grado de Alférez hasta el grado de Comandante; es eliminatorio y tiene calificativo de aprobado o desaprobado; en el caso de ser desaprobado, el postulante es eliminado del proceso de ascensos.

(10)

El personal con impedimento físico para rendir este examen, previa acta de la junta médica presidida por el jefe del servicio y/o especialidad médica, nombrada por el Director del Hospital "Luís N. Sáenz" de la Dirección Ejecutiva de Sanidad, cuyo resultado tiene carácter determinante e inimpugnable, así como el personal femenino en estado de gestación, previo informe médico en Lima del Hospital "Luís N. Sáenz" y en provincias de la dependencia de la Dirección Ejecutiva de Sanidad; es exonerado luego de la evaluación efectuada por la Junta de Aptitud y con la correspondiente resolución de la Dirección Ejecutiva de Personal, otorgándosele la calificación de aprobado.

Consiste en:

a. Carrera de un mil (1,000) metros planos, según la tabla de tiempos establecida en el anexo 5. Los tiempos máximos se incrementarán en tres (3) segundos, cada cien (100) metros de altitud, cuando los exámenes se realicen en lugares sobre los un mil (1,000) metros sobre el nivel del mar.

b. Natación de veinticinco (25) metros, en un tiempo máximo de cinco (5) minutos en cualquier estilo.

Los resultados son inimpugnables.

2. Examen de tiro policial: Para los Oficiales de Armas y Maestros Armeros declarados aptos, desde el grado de Alférez hasta el grado de Comandante, es eliminatorio y tiene calificativo de aprobado o desaprobado; en el caso de ser desaprobado, el postulante es eliminado del proceso de ascensos.

El personal con impedimento físico para rendir este examen, previa acta de la junta médica presidida por el jefe del servicio y/o especialidad médica, nombrada por el Director del Hospital "Luís N. Sáenz" de la Dirección Ejecutiva de Sanidad, cuyo resultado tiene carácter determinante e inimpugnable, así como el personal femenino en estado de gestación, previo informe médico en Lima del Hospital "Luís N. Sáenz" y en provincias de la dependencia de la Dirección Ejecutiva de Sanidad, es exonerado luego de la evaluación efectuada por la Junta de Aptitud y con la correspondiente resolución de la Dirección Ejecutiva de Personal; otorgándosele la calificación de aprobado.

Consiste en:

a. Efectuar seis (6) disparos con revólver calibre 38” o pistola calibre 9 mm., sobre una silueta fija, a una distancia de quince (15) metros, en posición de pie, en tiempo máximo de treinta (30) segundos. Queda prohibido el uso de accesorios de precisión en el arma.

b. Serán declarados aprobados los postulantes que hayan alcanzado un mínimo de tres (3) impactos acertados dentro de la silueta.

Los resultados son inimpugnables.

3. Examen de conocimientos: Para los Oficiales de Armas, de Servicios y Maestros Armeros declarados aptos, es obligatorio desde el grado de Teniente hasta el grado de Comandante.

(11)

a. Es de tipo objetiva con respuestas de selección múltiple.

b. Se formula en base a las materias determinadas por una comisión ad - hoc y aprobadas por resolución de la Dirección General.

c. La nota aprobatoria es de sesenta y cinco (65) sobre cien (100) puntos.

d. El tiempo de duración es de ciento ochenta (180) minutos. e. Los resultados son inimpugnables.

F. PROGRESIÓN PARA RENDIR LOS EXÁMENES OBLIGATORIOS

1. Es la siguiente: carrera, natación, tiro policial y conocimientos; son de carácter eliminatorio del proceso de ascensos para los postulantes desaprobados, de acuerdo al orden descrito.

2. Serán ejecutados en forma descentralizada en las fechas indicadas a nivel nacional y en el extranjero, dándose inicio en horario simultáneo.

3. Por ningún motivo habrá exámenes de rezagados.

4. Las sedes y los procedimientos para solicitar cambio de sede, se determinan en el anexo 3.

G. NOTA FINAL DEL PROCESO DE ASCENSOS POR CONCURSO

La puntuación obtenida del promedio de los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, tiene coeficiente ocho (8), resultado que se suma a la nota del examen de conocimientos que tiene coeficiente dos (2).

La nota final es obtenida de la sumatoria de los coeficientes señalados dividido entre diez (10).

H. ASCENSO AL GRADO DE TENIENTE DE ARMAS

Se evalúan los factores rendimiento profesional y moral y disciplina. Es eliminado del presente proceso de ascensos, el Alférez de Armas que registra sanción de rigor o sanciones simples que acumuladas excedan ciento veinte (120) días, durante los años 2012, 2013, 2014 hasta el 31 de diciembre de 2015.

Al postulante que fue eliminado por esta causal, en el Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2014 – Promoción 2015, solo se le debe considerar en la evaluación para el presente proceso de ascensos por concurso, las sanciones correspondientes al año 2015.

I. DE LOS MAESTROS ARMEROS

Mantendrá su equivalencia con los grados de los Oficiales de Armas hasta el término de su carrera. Para el caso del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016, se rigen de acuerdo a los requisitos establecidos para los Oficiales de Armas, de conformidad a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú.

J. COMISIÓN Y JUNTAS INSTITUCIONALES Son las siguientes:

1. Comisión Ad - Hoc. 2. Junta de Aptitud.

(12)

4. Juntas Examinadoras de los Exámenes de Esfuerzo Físico, Tiro Policial y Conocimientos.

5. Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimientos.

6. Juntas Selectoras. 7. Junta Revisora.

Sus integrantes son propuestos por el Director Ejecutivo de Personal y nombrados mediante resolución de la Dirección General.

Su organización y funciones se determinan en el anexo 4. K. DE LAS VACANTES

1. Se declaran y publican el año 2015, de acuerdo al cronograma respectivo, mediante resolución de la Dirección General.

2. Sólo tienen validez para el Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016.

3. Una vez declaradas y publicadas no podrán ser reducidas.

4. Para el ascenso al grado de Teniente de Armas la declaratoria de vacantes se hará en un número igual al de Alféreces de Armas que postulen, hayan sido declarados aptos y que hayan aprobado los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial.

L. CUADROS DE MÉRITOS

1. Son los documentos en los cuales se inscribe a los postulantes, por categorías y grados, en orden decreciente desde el máximo al mínimo puntaje alcanzado en las notas finales del proceso de ascensos.

2. Son inscritos en los respectivos cuadros de méritos, todos los postulantes que no han sido eliminados del proceso por concurso para el ascenso.

3. Se publican en la página web “Águila 6”, de la Dirección Ejecutiva de Personal, en la fecha establecida en el cronograma respectivo. 4. Tendrán vigencia únicamente para el Proceso de Ascensos por

concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 – Promoción 2016.

VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

A. Los Oficiales de Armas, de Servicios y Maestros Armeros postulantes en el presente proceso de ascensos, observarán estrictas medidas de seguridad, garantizando el normal desarrollo de las actividades programadas en la directiva.

B. Los órganos de la Policía Nacional del Perú comprometidos en la ejecución de la directiva, deberán mantener una línea de coordinación permanente en cumplimiento a los plazos y términos establecidos.

C. La presente directiva entrará en vigencia a partir de su aprobación.

VIII. DISPOSICIONES FINALES

A. ESTADO MAYOR GENERAL

Supervisará la realización de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en la sede Lima.

B. INSPECTORÍA GENERAL

(13)

responsabilidades establecidas en la directiva, así como la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, dictando las disposiciones que sean pertinentes. En las sedes de provincias, en donde se ejecuten dichos exámenes, ejercerá sus funciones a través del órgano de control respectivo.

2. Controlará el cumplimiento del cronograma para el examen médico, estableciendo la responsabilidad disciplinaria correspondiente, en aquellos postulantes que no cumplan con pasar el examen médico anual, hasta el 31 de mayo de 2015, efectuando las coordinaciones del caso con las Direcciones Ejecutivas de Personal y de Sanidad. 3. Recabará de las sedes a nivel nacional, las cintas de video sobre las

filmaciones de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas después de su culminación, dando cuenta de las novedades a la Dirección General.

4. Nombrará como representantes a dos (2) Coroneles de Armas para que fiscalicen el proceso de calificación del examen de conocimientos.

5. Remitirá a la Dirección General el informe correspondiente en el plazo de cinco (5) días luego de concluidos los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

C. DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PERSONAL

1. Es el órgano responsable del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 – Promoción 2016, a través de la comisión y juntas institucionales nombradas por la Dirección General para cada una de las fases establecidas en el cronograma respectivo.

2. Formulará y publicará la directiva del referido proceso, en la página web “Águila 6”, para conocimiento de los interesados a nivel nacional y en el extranjero.

3. Coordinará con la Dirección Ejecutiva de Tecnología de la Comunicación y Estadística y con las Direcciones de Economía y Finanzas y de Logística, la asignación de apoyo técnico profesional, munición, bastidores, siluetas fijas, toldos, carpetas, útiles de escritorio, material fílmico, de impresión, de procesamiento automático de datos (PAD), equipos de cómputo, reproducción (fotocopiadoras), compaginado, grupos electrógenos, teléfonos y cualquier otro tipo de requerimiento logístico y técnico, para el funcionamiento en la sede Lima, de la comisión y juntas institucionales nombradas.

4. Publicará en la página web “Águila 6”, a través de la Oficina de Tecnología de Comunicaciones y Estadística, la relación nominal de postulantes aptos e inaptos, con indicación de las causales de inaptitud, por categorías y grados, en estricto orden alfabético, con el fin de facilitar su ubicación.

5. Recibirá las solicitudes de reclamo por inaptitud y de exoneración de los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial presentadas por los postulantes, remitiéndolas a la Junta de Aptitud en los plazos establecidos en el cronograma respectivo.

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la Comisión Ad – Hoc y aprobadas por resolución de la Dirección General, que serán consideradas para la formulación del examen de conocimientos.

7. Nombrará una comisión de la División de Procesos Administrativos, Promoción, Nombramiento y Beneficios, encargada de atender y resolver las solicitudes de reclamo presentadas por los postulantes, sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación, publicados en la página web “Águila 6”.

8. Expedirá y publicará las respectivas resoluciones directorales en la página web “Águila 6”, con los resultados de dicha comisión.

9. Designará como coordinador a un Oficial Superior de Armas, a fin de que cumpla la función de enlace con la Junta Examinadora de la sede Lima, cuando ésta se instale.

10. Impartirá las recomendaciones e instrucciones de detalle a los presidentes de la comisión y juntas institucionales.

11. Formulará las relaciones nominales de los postulantes aptos e inaptos por sedes, categorías, grados y especialidades, para su distribución oportuna a las juntas correspondientes; asimismo, las relaciones nominales de los postulantes aptos por categorías, grados y edades para rendir el examen de esfuerzo físico.

12. Solicitará a la Dirección de Logística el formato de las tarjetas de calificación computarizada del examen de conocimientos y la contratación de una entidad de prestigio para el servicio de lectura por el sistema óptico; el armamento, munición, siluetas fijas y bastidores para el examen de tiro policial, así como cualquier otra necesidad logística que se presente durante el desarrollo de las fases del proceso.

13. Solicitará a las Juntas Examinadoras luego de que hayan culminado sus funciones, para que al término de la distancia, remitan los resultados de los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial; a fin de publicarlos en la página web “Águila 6”, de acuerdo al cronograma establecido.

14. Solicitará las respuestas a la Junta de Formulación del Examen de Conocimientos, luego de culminados los respectivos exámenes; a fin de publicarlas en la página web “Águila 6”, de acuerdo al cronograma establecido.

15. Solicitará a la Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimientos, para que luego de haber culminado sus funciones, remitan los resultados a fin de publicarlos en la página web “Águila 6”, de acuerdo al cronograma establecido.

16. Formulará el proyecto de resolución de la Dirección General, eliminando del presente proceso de ascensos a los postulantes que hayan sido desaprobados en los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial o conocimientos y de aquellos que no se presenten a rendirlos.

17. Formulará los proyectos de resolución de la Dirección General, disminuyendo el puntaje promedio final de los cuadros de méritos, que se produzca en los factores de rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, antigüedad, y moral y disciplina; así como la exclusión de dichos

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cuadros de los postulantes que se encuentren incursos en las diversas causales de inaptitud o por el factor moral y disciplina; de conformidad con las actas levantadas por las respectivas juntas selectoras.

18. Formulará los proyectos de resolución de la Dirección General, con los resultados que brinden las diferentes juntas institucionales nombradas.

19. Evaluará y analizará los informes formulados por los presidentes de la comisión y juntas institucionales nombradas, a efectos de tomar en cuenta las recomendaciones pertinentes para futuros procesos de ascensos.

20. Informará por escrito a la Dirección General, en el plazo de quince (15) días, sobre la ejecución y el cumplimiento estricto de lo estipulado en la directiva.

D. DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA

1. Contratará los servicios siguientes: toldos, grupos electrógenos, impresión, reproducción y compaginado, lectura y grabación de las tarjetas de calificación computarizada a cargo de una entidad de prestigio, previo establecimiento de costos, de conformidad a disposiciones de seguridad y legales vigentes.

2. Deberá adoptar las acciones pertinentes para gestionar y efectuar la dotación de munición, bastidores y siluetas fijas para el examen de tiro policial, a todas las sedes a nivel nacional.

3. Resolverá cualquier imprevisto, proporcionando cualquier tipo de apoyo logístico que soliciten los órganos comprometidos en la ejecución del mencionado proceso de ascensos.

4. Remitirá un informe a la Dirección General al término del proceso de ascensos, detallando el apoyo logístico brindado.

E. DIRECCIÓN DE ECONOMÍA Y FINANZAS 1. Atenderá los pagos relacionados a :

a. Útiles de escritorio, material fílmico, material de impresión, procesamiento automático de datos, grupos electrógenos.

b. Impresión, reproducción, compaginado, proceso de lectura y grabación de las tarjetas de calificación computarizada del examen de conocimientos a cargo de una entidad de prestigio. c. Munición, bastidores y siluetas fijas, para el examen de tiro

policial a nivel nacional.

d. Indemnización de gastos de viaje, pasajes y bagajes por comisión del servicio, para los integrantes de las juntas examinadoras representantes de la Dirección General que se trasladen a las sedes de provincias con los materiales de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; formulando las liquidaciones respectivas.

e. Gastos de instalación y alimentación de los integrantes de la comisión y juntas institucionales, en la sede Lima.

2. Resolverá todos los imprevistos económicos que resulten como consecuencia de lo dispuesto en la directiva.

3. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General en el plazo de cinco (5) días después de concluidos los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

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F. DIRECCIÓN EJECUTIVA DE TECNOLOGÍA DE LA COMUNICACIÓN Y ESTADÍSTICA

1. Brindará el apoyo profesional y técnico que requieran la comisión y juntas institucionales, para el cumplimiento de sus funciones, debiendo para el efecto designar como coordinadores a Oficiales Superiores de Armas o de Servicios, que no postulen en el presente proceso de ascensos.

2. Solicitará y recibirá de las sedes de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, los números de fax y/o telefónicos, a más tardar el 31de agosto de 2015.

3. Instalará y operará en la Escuela de Oficiales, las centrales de cómputo y telefonía para la comunicación simultánea, vía fax, con las sedes del examen de conocimientos a nivel nacional y en el extranjero, debiendo comunicar los números respectivos a la Dirección Ejecutiva de Personal, a más tardar el 1 de setiembre de 2015.

4. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General en el plazo de cinco (5) días después de concluidos los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

G. DIRECCIÓN EJECUTIVA DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA

1. Dispondrá que la Escuela de Oficiales sea la sede de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en la sede Lima, asumiendo las responsabilidades siguientes:

a. Acondicionará y facilitará a las Juntas de Formulación del Examen de Conocimientos, Juntas Examinadoras y Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimientos, los ambientes necesarios para el desempeño de sus funciones.

b. Adoptará las acciones necesarias de seguridad que permitan el normal desarrollo de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

2. Remitirá el informe respectivo a la Dirección General en el plazo de cinco (5) días después de concluidos los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

H. DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SANIDAD

1. Cumplirá estrictamente con el cronograma establecido en la presente directiva, en lo relacionado a la ejecución del examen médico anual hasta el 31 de mayo de 2015.

2. Instruirá al personal encargado, a fin de que el examen médico anual 2015, se realice conforme a lo dispuesto en la Directiva DGPNP Nº 18-34-2004-DIRSAL-PNP del 9 de setiembre de 2004.

3. Remitirá un informe a la Dirección Ejecutiva de Personal, a más tardar el 11 de junio de 2015, acompañando la relación nominal de los postulantes que han pasado el examen médico anual hasta el 31 de mayo de 2015, a nivel nacional, señalando la aptitud “A”, “B” o “C” o sometido a la Ley N° 12633 según corresponda; con indicación de las categorías, grados, nombres, apellidos y número de carné de identidad personal, adjuntando dicha información en medios magnéticos para su procesamiento por la Oficina de Tecnología de la Comunicación y Estadística de dicha Dirección.

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4. Otorgará el informe médico a los postulantes que se encuentren en estado de gestación, el acta de la junta médica a quienes han sido declarados con aptitud “B” o “C”, o sometidos a la Ley N° 12633, indicando las causas, así como la enfermedad o lesión que padece. 5. Brindará apoyo profesional en la sede Lima y a través de sus

respectivas dependencias a nivel nacional, en donde se desarrollarán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; a fin de brindar y prestar el auxilio médico urgente e inmediato, ante cualquier incidente que se presente.

6. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General en el plazo de cinco (5) días después de concluido el examen médico anual 2015.

I. REGIONES Y FRENTES POLICIALES, EXCEPTO LIMA Y CALLAO 1. Difundirán oportunamente el contenido de la directiva, para

conocimiento de los postulantes.

2. Dispondrán que los postulantes no cumplan comisiones del servicio, se otorguen vacaciones o permisos, en lugares fuera de su sede, en fechas próximas a los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, a fin de prever cualquier imprevisto que se pudiera presentar y que impida que rindan dichos exámenes.

3. Remitirán a la Dirección Ejecutiva de Personal hasta el 15 de agosto de 2015, la relación nominal de Oficiales Superiores de Armas y de Servicios, que no postulen en el presente proceso de ascensos y en número suficiente para ejercer labor de supervisión y control; quienes serán nombrados por resolución de la Dirección General como vocales y secretario de la Junta Examinadora de su sede. En caso de presentarse algún impedimento con alguno de los miembros, designarán su reemplazo y comunicarán oportunamente a la Dirección Ejecutiva de Personal para la regularización administrativa correspondiente.

4. Gestionarán con la debida anticipación ante las entidades correspondientes, el acondicionamiento de los locales donde se realizarán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; así como el mobiliario, bastidores, siluetas fijas, munición, equipos informáticos, de impresión, compaginado, grupos electrógenos, servicios de INTERNET e INTRANET y cualquier otra necesidad logística requerida para atender cualquier tipo de imprevisto que se presente.

5. Preverán la dotación suficiente de revólveres calibre 38” y pistolas 9 mm., a fin de que los postulantes que no posean armamento asignado por el Estado, rindan el examen de tiro policial.

6. Dispondrán que los Maestros Armeros y personal policial capacitado en el mantenimiento y uso de armas de fuego, participen en calidad de apoyo y asistencia durante el desarrollo del examen de tiro policial, a fin de prevenir cualquier tipo de incidente.

7. Dispondrán la participación de personal capacitado en salvamento acuático, durante el desarrollo del examen de natación, a fin de prevenir cualquier tipo de incidente.

8. Coordinarán con las dependencias de la Dirección Ejecutiva de Sanidad y de ser factible con otras dependencias públicas o privadas

(18)

dedicadas a la atención de la salud, a fin de que brinden apoyo profesional en todas las sedes a nivel nacional, donde se desarrollarán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; a fin de brindar y prestar el auxilio médico urgente e inmediato, ante cualquier imprevisto que se presente.

9. Brindarán facilidades a los postulantes para que tengan la oportunidad de prepararse adecuadamente.

10. Dispondrán la utilización del servicio telefónico y de fax, debiendo comunicar los números respectivos, a la Dirección Ejecutiva de Tecnología de la Comunicación y Estadística, a más tardar el 31 de agosto de 2015.

11. Dispondrán la adopción de medidas de seguridad para el desplazamiento de los postulantes a la sede de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, antes, durante y después de su ejecución.

12. Proporcionarán a la Dirección de Inteligencia la información que corresponda, a través de sus respectivas unidades de inteligencia. 13. Pondrán a los postulantes a disposición de las respectivas Juntas

Examinadoras, veinticuatro (24) horas antes de las fechas establecidas para la ejecución del examen de esfuerzo físico, quienes deben ser relevados y exonerados de cualquier tipo de servicio policial, hasta la culminación del examen de conocimientos. 14. Dispondrán la filmación de los exámenes de esfuerzo físico, tiro

policial y conocimientos, con personal de inteligencia, debiendo remitir a la Inspectoría General, las cintas de video inmediatamente después de concluidos.

15. Remitirán a la Dirección Ejecutiva de Personal las solicitudes que por diversos motivos presenten los postulantes, a fin de que sean derivadas a las juntas institucionales que correspondan para su evaluación y decisión, teniendo en consideración las fechas límites establecidas en el cronograma respectivo, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria.

16. Remitirán el informe correspondiente a la Dirección General en el plazo de tres (3) días después de concluidos los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

J. DIRECCIONES Y REGIONES POLICIALES DE LIMA Y CALLAO

1. Difundirán oportunamente el contenido de la directiva, para conocimiento de los postulantes.

2. Dispondrán que los postulantes no cumplan comisiones del servicio, se otorguen vacaciones o permisos, en fechas próximas a los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, en lugares fuera de su sede, a fin de prever cualquier imprevisto que se pudiera presentar y que impida que rindan dichos exámenes.

3. Remitirán a la Dirección Ejecutiva de Personal las solicitudes que por diversos motivos presenten los postulantes, a fin de que sean derivadas a las juntas institucionales que correspondan para su evaluación y decisión, teniendo en consideración las fechas límites establecidas en el cronograma respectivo, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria.

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sede en Lima, veinticuatro (24) horas antes de las fechas establecidas para la ejecución del examen de esfuerzo físico, quienes deben ser relevados y exonerados de cualquier tipo de servicio policial, hasta la culminación del examen de conocimientos. 5. Proporcionarán facilidades a los postulantes, a fin de que tengan la

oportunidad de prepararse adecuadamente. K. DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA

1. Formulará el plan de seguridad para el desplazamiento y concentración del personal comprometido durante la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en la sede Lima.

2. Ejecutará acciones de protección, a fin de garantizar la seguridad del personal e instalaciones durante la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

3. Filmará la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en la sede Lima, debiendo remitir a la Inspectoría General las cintas de video correspondientes, inmediatamente después de concluidos.

4. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General en el plazo de cinco (5) días después de concluida la calificación del examen de conocimientos.

L. OFICIALES GENERALES Y SUPERIORES DE ARMAS REPRESENTANTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL, EN LAS SEDES DE PROVINCIAS

1. Serán nombrados por resolución de la Dirección General conforme al cronograma establecido, como integrantes de las Juntas Examinadoras, desempeñándose como representantes del comando institucional, para controlar la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

2. Recibirán de la Dirección Ejecutiva de Personal el material necesario para la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos: munición, siluetas fijas, útiles de escritorio, tarjetas de calificación computarizada, relaciones nominales de postulantes aptos e inaptos, con indicación de sedes, categorías, grados y especialidades y edades a nivel nacional, así como otras necesidades logísticas que requieran.

3. Viajarán con la debida anticipación a las sedes donde hayan sido designados.

4. Adoptarán las medidas pertinentes con el material encomendado, durante su desplazamiento a las diferentes sedes y al momento de retorno a Lima, asumiendo responsabilidad sobre la intangibilidad y seguridad del mismo.

5. Remitirán el informe correspondiente a la Dirección General dentro de las veinticuatro (24) horas de su retorno a Lima.

M. POSTULANTES

1. Tomarán conocimiento de las normas y procedimientos contenidos en la directiva. El desconocimiento de la presente disposición, no exime de responsabilidad y menos aún otorga derecho o beneficio alguno.

(20)

de 2015.

3. Presentarán directamente las solicitudes de reclamo en los plazos establecidos en el cronograma correspondiente, ante las diferentes juntas institucionales, a través de la Dirección Ejecutiva de Personal. 4. Presentarán directamente ante la Dirección Ejecutiva de Personal las

solicitudes con la documentación sustentatoria para la codificación e inserción de méritos obtenidos hasta el 31 de julio de 2015, de conformidad al cronograma respectivo.

5. Rendirán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, en la sede a la cual pertenece su unidad de origen, incluso los que se encuentren de vacaciones o permiso, a fin de no ser eliminados del proceso, excepto por causas debidamente justificadas y autorizadas por la Dirección Ejecutiva de Personal. 6. Se ceñirán a lo dispuesto en el capítulo VIII – Disposiciones Finales,

acápite Ñ “Dirección de Asuntos Internacionales, quienes se encuentran en el extranjero por motivos debidamente justificados. 7. Rendirán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y

conocimientos, en forma condicional con cargo a regularización, quienes no figuren en la relación nominal de aptitud, previa consulta y aprobación de la Dirección Ejecutiva de Personal, en cuyo caso serán registrados al final de dicha relación, suscribiendo el acta correspondiente.

8. Cumplirán las disposiciones impartidas por las respectivas Juntas Examinadoras, para la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; las cuales son las siguientes:

a. Pasarán lista en el horario establecido; quienes no se presenten o se presenten con retraso, serán eliminados del proceso de ascensos, previa evaluación y formulación del acta correspondiente.

b. Presentarán en forma obligatoria el documento nacional de identificación y carné de identidad personal actualizado, su incumplimiento motivará la consecuente responsabilidad administrativa disciplinaria y podría ser causal de eliminación, previa evaluación y formulación del acta correspondiente. c. Concurrirán correctamente uniformados según las instrucciones

de detalle dispuestas, para rendir los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

d. Llevarán consigo lápiz Nº 2, borrador y tajador, para rendir el examen de conocimientos.

e. Marcarán correctamente los datos en la zona de identificación, siguiendo las instrucciones de detalle impartidas; serán eliminados quienes omitan algún dato o marquen incorrectamente que impida su identificación a través de la calificación computarizada, sin tener opción a reclamo alguno, en razón de que los resultados son inimpugnables.

f. Marcarán correctamente en la zona de respuestas, que permita una adecuada calificación computarizada de las tarjetas correspondientes, siguiendo las instrucciones de detalle impartidas. Cualquier tipo de omisión a la presente disposición, no será objeto de reclamo alguno, teniendo en consideración

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que los resultados obtenidos son inimpugnables.

9. También son eliminados del proceso de ascensos, previa formulación de las actas respectivas, quienes:

a. Hayan sido desaprobados en los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial.

b. No alcancen la nota mínima de sesenta y cinco (65) puntos en el examen de conocimientos.

c. Porten durante el desarrollo del examen de conocimientos, algún tipo de bibliografía, dispositivo electrónico y/o tecnológico, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria correspondiente.

d. Incurran en la comisión de fraude durante el desarrollo de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial o conocimientos, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria correspondiente.

N. COMISIÓN Y JUNTAS INSTITUCIONALES

1. Tendrán responsabilidad específica en relación directa a sus funciones establecidas en la presente directiva y a aquellas que mediante documentos complementarios se les delegue por los diversos canales de comando.

2. Estarán obligadas a formular los documentos sustentatorios necesarios para dejar constancia de los procedimientos adoptados, cumplimiento de los plazos, novedades que se presenten, vacíos normativos, diligencias efectuadas para superar los obstáculos y presentar recomendaciones; redactando un informe final que será cursado por escrito y en duplicado a la Dirección Ejecutiva de Personal, así como en medio magnético (CD o memoria portátil); sin perjuicio de que sea tramitado a la Dirección General, si así se establece en las funciones que obran en el anexo 4 de la presente directiva.

Ñ. DIRECCIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES

Coordinará con la Cancillería y Agregadurías Policiales o Militares, para que los postulantes que por motivos debidamente justificados se encuentren en el extranjero, rindan los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, que serán remitidos a través de correo electrónico, supervisando el desarrollo de los mismos a través de una cámara digital (WEBCAM) con un representante de la Junta Examinadora en Lima; al término de la cual, los resultados serán recibidos vía INTERNET.

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ANEXOS

1. CRONOGRAMA.

2. CAUSALES DE INAPTITUD Y PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE RECLAMO POR INAPTITUD Y DE EXONERACIÓN DE LOS EXÁMENES DE ESFUERZO FÍSICO Y TIRO POLICIAL.

3. SEDES DE LOS EXÁMENES DE ESFUERZO FÍSICO, TIRO POLICIAL Y CONOCIMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR CAMBIO DE SEDE.

4. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN AD – HOC Y JUNTAS INSTITUCIONALES.

5. TABLAS DE TIEMPOS PARA EL EXAMEN DE ESFUERZO FÍSICO (CARRERA DE UN MIL METROS PLANOS).

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ANEXO 1 A LA DIRECTIVA Nº 01-02-2015/DIRGEN/DIREJEPER-PNP-A CRONOGRAMA

1. Examen médico concluido. Hasta el 31 de mayo de 2015.

2. Aprobación y publicación de la directiva; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

Marzo de 2015.

3. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Comisión Ad - Hoc que determina las materias que comprende el examen de conocimientos.

Del 9 al 12 de marzo de 2015.

4. Publicación de las materias que comprende el examen de conocimientos; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

El 16 de marzo de 2015.

5. Publicación de las relaciones nominales de postulantes declarados aptos e inaptos, con indicación de las diferentes causales de inaptitud; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

El 17 de junio de 2015.

6. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta de Aptitud. Del 18 de junio al 29 de setiembre de 2015.

7. Recepción de solicitudes de reclamo por inaptitud, en la Oficina de Trámite Documentario de la Dirección Ejecutiva de Personal.

a. Por la causal “ficha médica”, del 17 al 24 de junio de 2015, hasta las 20.00 horas.

b. Por otras causales, del 17 de junio al 28 de agosto de 2015, hasta las 20.00 horas.

8. Recepción de solicitudes de exoneración de los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial, en la Oficina de Trámite Documentario de la Dirección Ejecutiva de Personal.

Del 17 de junio al 28 de agosto de 2015, hasta las 20.00 horas.

9. Publicación de las resoluciones de la Dirección Ejecutiva de Personal con los resultados de evaluación de las solicitudes de reclamo por inaptitud y de las solicitudes de exoneración de esfuerzo físico y tiro policial; en la página web “Águila 6” de dicha Dirección.

Del 19 de junio al 8 de setiembre de 2015.

10. Recepción de solicitudes para la codificación e inserción de los méritos en la base de datos y en los legajos personales respectivamente, acumulados hasta el 31 de julio de 2015; en la Oficina de Trámite Documentario de la Dirección Ejecutiva de Personal.

Hasta el 31 de julio de 2015 a las 20.00 horas.

11. Publicación de los puntajes obtenidos en los factores de evaluación; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

El 18 de agosto de 2015.

12. Recepción de solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación; en la Oficina de Trámite Documentario de la Dirección Ejecutiva de Personal.

Del 18 al 25 de agosto de 2015, hasta las 20.00 horas.

13. Nombramiento, instalación y funcionamiento, de la comisión de la Dirección Ejecutiva de Personal, encargada de resolver los reclamos sobre los puntajes

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obtenidos en los factores de evaluación. Del 18 de agosto al 11 de setiembre de 2015.

14. Publicación de la resolución de la Dirección Ejecutiva de Personal con los resultados de la comisión designada de dicha dirección, respecto a los reclamos sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación; en la página web “Águila 6”.

El 15 de setiembre de 2015.

15. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta de Formulación del Examen de Conocimientos.

Del 10 de agosto al 21 de setiembre de 2015.

16. Nombramiento, instalación y funcionamiento de las Juntas Examinadoras de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

Del 10 al 22 de setiembre de 2015.

17. Ejecución a nivel nacional y en el extranjero de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos:

a. Capitanes de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, Tenientes de Armas y de Servicios, y Alféreces de Armas:

- Esfuerzo físico : 15 de setiembre de 2015. - Tiro policial : 16 de setiembre de 2015. - Conocimientos : 19 de setiembre de 2015. No rinden el examen de conocimientos los Alféreces de Armas. No rinden el examen de tiro policial los Oficiales de Servicios.

b. Comandantes de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, Mayores de Armas, de Servicios y Maestros Armeros:

- Esfuerzo físico : 17 de setiembre de 2015. - Tiro policial : 18 de setiembre de 2015. - Conocimientos : 20 de setiembre de 2015. No rinden el examen de tiro policial los Oficiales de Servicios.

18. Publicación de las respuestas del examen de conocimientos, en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

a. Capitanes de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, Tenientes de Armas y de Servicios:

19 de setiembre de 2015.

b. Comandantes de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, Mayores de Armas, de Servicios y Maestros Armeros:

20 de setiembre de 2015.

19. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimientos.

Del 18 al 25 de setiembre de 2015.

20. Publicación de los resultados de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal El 28 de setiembre de 2015.

21. Publicación de la resolución de la Dirección General eliminando del proceso de ascensos a los postulantes desaprobados en los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

El 30 de setiembre de 2015.

22. Nombramiento, instalación y funcionamiento de las Juntas Selectoras. Del 1 al 31 de octubre de 2015.

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los puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, evaluados por las Juntas Selectoras; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

El 4 de noviembre de 2015.

24. Recepción en la Oficina de Trámite Documentario de la Dirección Ejecutiva de Personal de las solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, evaluados por las Juntas Selectoras; a ser resueltos por la Junta Revisora.

Del 4 al 11 de noviembre de 2015.

25. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta Revisora, encargada de evaluar y resolver en instancia final y definitiva, los recursos administrativos interpuestos contra las resoluciones directorales motivadas por los resultados de evaluación de las diferentes comisiones y juntas institucionales; así como las solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, evaluados por las Juntas Selectoras.

Del 20 de junio al 18 de noviembre de 2015.

26. Publicación de las resoluciones de la Dirección General con los resultados de la Junta Revisora; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

Del 22 de junio al 24 de noviembre de 2015.

27. Publicación de la resolución de la Dirección General estableciendo los cuadros de méritos por categorías y grados; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

El 30 de noviembre de 2015.

28. Publicación de la resolución de la Dirección General declarando el número de vacantes, en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. El 2 de diciembre de 2015.

29. Publicación de las respectivas resoluciones ministeriales y directorales otorgando ascensos por categorías y grados, en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

El 22 de diciembre de 2015. 30. Cierre del proceso.

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ANEXO 2 A LA DIRECTIVA Nº 01-02-2015/DIRGEN/DIREJEPER-PNP-A CAUSALES DE INAPTITUD Y PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR SOLICITUD

DE RECLAMO POR INAPTITUD A. CAUSALES DE INAPTITUD

1. Causal 1 : Falta de tiempo mínimo de servicios reales y efectivos en el grado.

2. Causal 2 : Haber desaprobado dos (2) veces consecutivas en los procesos del año 2013 - promoción 2014 y del año 2014 - promoción 2015, los exámenes para el ascenso.

3. Causal 3 : No haber pasado el examen médico anual hasta el 31 de mayo de 2015 en la Dirección Ejecutiva de Sanidad.

4. Causal : No encontrarse físicamente apto en el examen médico anual 2015.

5. Causal 5 : No encontrarse en situación de actividad en cuadros desde el 1 de enero de 2014 y durante el año del proceso, incluyendo al postulante que retorna de la situación de disponibilidad.

6. Causal 6 : No contar con sentencia judicial consentida o ejecutoriada, los postulantes que hayan retornado a la situación de actividad por mandato judicial – medida cautelar.

7. Causal 7 : Registrar en el año 2015 sentencia judicial consentida o ejecutoriada, con condena de pena privativa de la libertad, efectiva o inhabilitación para el cargo.

8. Causal 8 : Estar sometido a juicio con detención en el año 2015; en caso de levantarse la medida judicial antes de la ejecución del examen de un mil (1000) metros planos, el postulante recobrará su aptitud y podrá continuar en el proceso.

9. Causal 9 : Tener un promedio menor de sesenta y cinco (65) puntos en el factor rendimiento profesional, correspondiente al grado que ostenta. 10. Causal 10: Tener un puntaje menor a sesenta y cinco (65) puntos en

el factor moral y disciplina. 11. Causal 11: Abandono de Cargo. 12. Causal 12: Desaparecido. 13. Causal 13: Fallecido.

14. Causal 14: Pasar a la situación de disponibilidad hasta el 31 de diciembre de 2015.

15. Causal 15: Pasar a la situación de retiro hasta el 31 de diciembre de 2015. 16. Causal 16: Registrar el Alférez de Armas sanción de rigor o sanciones

simples que acumuladas excedan ciento veinte (120) días, durante los años 2012, 2013, 2014 hasta el 31 de diciembre de 2015. El Alférez de Armas que fue eliminado por esta causal, en el proceso del año 2014 – promoción 2015, solo se le debe considerar las sanciones del año 2015. 17. Causal 17: Enfermo o lesionado por el período comprendido entre seis (6)

meses a dos (2) años.

18. Causal 18: Prisionero o rehén.

19. Causal 19: Sometido a medida preventiva de cese temporal del empleo prevista en la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú.

Referencias

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