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Acuerdo 010 Por medio del cual se crea el Fondo Municipal de Gestión del Riesgo y de Desastres del Municipio de Chigorodó Antioquia

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(1)'. Mül'liflnq Qi chi00R0D0'ANT. trLlcAllE coLoMElA 3 HORA. TAMENTO f'E ANT¡OQUIA DE CHIGORODO. 0 .iuN 20r0. coNcEJO MUN¡CIPA!. I. CUERDO lrlo 010 t{o 2o DE 2016}. (Jt. .POR MED¡O DEL CUAL SE CREA EL FOi¡DO iIUNICIPAL DE GESTION DEL RIESGO Y DE DESASTRES DEL }TUMCIPIO DE CHTGORDO ANNOQUIA". EL CONCEJO MUNtCtpAL DE CHTGORODÓ - ANflOSUIA en uso de sus facultades 3 y 4 del constilucionales, ngarcs y en especiat' las que le conñeren los numeralos t' la Ley 1551 de ad¡culo 313 y el 33é de h Const¡tuc¡on Politica, el articuto 32 numeral 6 de de las senlenc¡as ib'iz, Ir LLí e¿ o" tgts, Lev 64 de 1995, Lev 1150 de 2007, v Honorables Corte Constitucional y del Conso¡o de Estado.. ACI'EROA: CAPITULO I. cREAüÓn,. OA¡EIIVO DEL FOiIDO ffiJN,CtP¡L OE GESTIÓN DEL RIESGO DE OESASIRES DE CHIGORODO. NATT RALEZA Y. CREACIÓi¡ OEL FOi¡DO MUIüCIPAL DE GESIIói¡ DEL RIEGO DE ogs¡srnes. crease et Fondo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres, conforme lo el artículo 54 de la Ley lb2l de 2012 y en coflcordancia con elartículo 47 de á¡+u"rto. AÍIíCUIO la. 1.. "n nisna Ley.. Articulo 2. NAruRALEZA DEL FoNDO. El Fondo Municipal de Geslón del R¡esgo de y Desastres es una iuenla especiat del presupuesto del msnic¡pio con autonomíe técnica y sin esladístrca f¡nanc¡era. con ¡ndependencia patrimonial, adninistrativa, contable y ejécutar propósito dest¡oar inved¡r. pérsonal, de planta él con pelsoneria ¡uridica ni de del riesgo, iecursos eñ med¡das de conocimiento del riesgo de desastres, re(tucción preparación, respuesta, rehabihtac¡ón y reconstrucción Podrá establecer mecanismos de poblacón hna-nc¡acron dir¡iioos á las enti<lades inYolucradas en los procosos y a la afectada 0or la ocunencia de desastres o calamidad. El Fondo podrá crear subcuentas Dar¿ los diferentes procesos de fa gest¡ón del nesgo.. Parágrúo. Le cuenta espec¡al a la que sé refete el presenla-artícu¡o es el con¡unto de (kst¡nacion' recuÉos del presupuesto general del munic¡p¡o de Ch¡gorodó que por su conlorme a ts tey i el Estatuto General del Presupue$o, req¡ieren de un maneF contable y presupuestal iniápenoente y exclusivo. La cuenta espec¡al Fondo Munhipal (|e Gestión árí n¡"is; de oesastres (te Chigorodé sé material¡za a través de su inclusión en la Carrera. l!úmero IOO - oa le¡elar 8?5 36 30- Elten¡|on 136 E{nalL coñcéJo6atllgo¡odo_¿nlloqu¡¡.gov,co. 1O¡1A.

(2) DEPARTAhIENTO DE ;}-f ISQU¡A MUN¡€IPTO OE C}IIEORODC CONCEJO NTU¡¡¡€¡PA!. estructuia lrrÉsüpuestal de ingresos, en el agregado Fondos Especia¡es del Fresuiluesto Géneral d€l mu ¡cip¡o rle Ch¡gorodé y el] la estaüctufa presupuestál de gast+s' eil el gti 3gregada 4e inversión y sera dátaflado en el ?nexo del presu¡] est+ gsileral 'lue ileYará i'!i¡t !tlle. -. Articulo 3. OBJETIVO OEL FOUDO. El objetivo dei Fondo Mun¡cipai de úestiétl del Riesgo de Desashes de Chigorodé es la negociac¡ón obienc¡ón. reraudo. adlili ¡=t{acién invers¡én, ishlbuc;ón, iont?tlilÉac¡ón y contfol de los ¡ecuis+s ñn;ncieros nscesaÍios para t¡ il]iplementac¡ón y continu¡dad de la políitca de gesttdn íel riesgo dé des:strÉs É¡1 el i¡un¡¿¡pio, que ircluya los procesos de cb¡roc¡m¡enltdei i1esgo de desaslr¿s, de .educción delíeigo y de manó¡o tte desa:tres Estos oiljei¡los se consideran de interes públicc. Parágrafo. üe acuerda coil el desempeño técn¡co. sperativo. flnanc¡elú y, adnlristratf{a qiJ¿ e.n virtud de la LÉy 15¿? de 2012 detren ejÉrcea las dtferentes entidades e ¡nstltt¡{¡Ú¡les. n¡unicip¡e en la gestión del riesgo de desastfes. tamtlién es objet¡vo del Fo {lo Municipal áe GBstión éel R¡ésgo de Desasffes de Cfr¡gofo.ió ei apalancamiento tnalic¡erg de la; acclones de gestiÓn del riesgo de desasires t)aio pi-incipios de cofnanc¡ación' ronc rrencia't subsidiaiisd3d.. iei. Articulo 4. cARAcIERísTlcAs ESPECIALES IIEL FoNDO. Be acuerdo con el paragrafo. dei artículo 54 de la Lev 1523 de 2012los recursós dest¡na¿los al Fondo MuniciFalserán de caráctér ácümulatÍvo y no podrán en n¡¡gún caso ser retirádos dei r-l¡rmo. pcr motltos crferentes a la gest¡ón del riesqo.. En ningún ca50, los recursos d¿l Fonda Mu0iciF¿l pod!'án lrac+l unid?d de c¡ia c4n lai de¡nás rentas ilel Mun¡cip¡o. conseFr'and0 así su ¡n3llejo cofltable ¡¡ tr)resil['t¡est¡i indelrend¡enle y FXcl s,vo delpresupuesto m n¡c¡pal.. Paritgráfa. En u¡dud de ser cuéntas dorde se máneian recursos de dest¡riac,ó scci¡l cJ¡in-iuiici'al los recursos del Fonda Muilicipai son ú¿Ílbargables en los térm¡nos Á:tabtecido: en el Estatuto clrgáitico dei Presupuesto, ell la Ley 715 de 2001 y la5 denra5 ciispósic¡ones que aegulan ia matena.. CAPITULO iI RECURSOS OEL FONOO MUNIC¡PAL. Articulo 5. RECURSQS OEL FONOO MUNICIpAL. nestinése eon c¡rgo al ples¡rt'testr. de la vige¡-!€¡a 2016 pará epertula de la cuenta BanceÍa ia sulns de 55 000 000 ic¡nc¡ r¡ri;!cnes de peso) d¿ ios ¡rrgresos cúrrientes neto de¡ münicitlio.. A f¡úmero 1gg 9a Tele¡¿¡ a?5 36 3rr_ Exten6léo 1¡6 €-mat¡' conEeJoÉsirlgorodo-Br¡tloqul¡,gov ei. cáfrera ta¡!.

(3) REPUE¡.JCA ÚE C. D?PAETAN¡ E!{TO DE ANTICIQUTÁ. *xái&"Jf'5x1ffiH"". parágrafo lo, En el pféstlpuesto que se destille para la v¡gencie fiscal se le asignara iÉcuts0 al fond0 con !a solic¡tud pafa tal fii realice el CMGRÚ (Üonselc Mun¡{ipai de Gestidr de Riesqos). Parágrafo 2", igualmenté. seráfi recursos del For¡do Mun¡cipal: 1.- Los recursos del sistema General de Padic¡paciones tley 715 de Z00Zi que de¡ rubro de ProDijs¡to Genersl se dest¡len al ítem de Prevencién y Atención de desastres.. ?. Los recursos qüe le transfera la Nación. lcs Fondos Nacionaies De¡.)ártan¡eniales o Municipales para la Gestión d€t Riesgo de Desaslres, ¡as entidades del orden nácional. depadamentafo municipal ? cualquier t¡tulo. 3. - Los tecursos dei Fresupuesto generai dei Mun¡cipio que se le asignen. 4 - Los aFoÉÉ-c y reeursos tlúblicas o privados que lecihá a cualquier titulo 5. -. Los rec{rsos prayenientes de ertidades Bút)t¡cas o privadas. nácionales. ú. irter¡iaciorrales.. 5.- Los rendim¡€ntos fioarc¡eros ollten¡dos por estos recursos.. 7.- ;-ús ir¡]|ruestos tasas, sotlretasas. coniribuc¡ones o cualqu¡er otro tributo aprohado pof rl Cóñceio Municipal para este f¡n.. :i.- Los recursos uro.Jenientes de crédito ifitelno o externo. 9.- Lrs. recursos provenlentes. de la. Coopelación lnternacional. c. lnstitucio¡ies. Intemacicnales. 10.- Los derrrás rec{lrsos que ot)tenga o se le ¡slÉlnelr a .ualquier título.. parágrafo 3', En todo caso, el monto de tas recúrsos deberá guardar coherellc¡a con las niveles de iesgc dé desasi.é que en{renta el Munic¡pio. E¡ Munic¡pio a lravés de ia Secretafia ife Hac¡enda. galantizará que en todo momento el Fóndo Nunic¡pal cuenle cofi rec[Écs sr-rlic¡4ntes que pemlitan asegurar el apoyo y los esfue|zos de lo5 p!'ocesos conocimiento y r€d ccién del riesgo. prevencién, m¡tigación. respuesta y recuDeraclón y con resersas su¡c¡entes de d¡sponibii¡dad ¡nmed¡ata para hacer frefl¡e a s¡luac¡ones de desaStre.. Parágrafo 4". La entidad Municipal. entidades adscritas, vincüladas o d$cenhailzadas. 00drán transfer¡r r€cursos destin?dos a l? gestién del riesgo ¡l Fondo tulun¡c4lal. dando cumÉhniento a tos ottjetivos para los cu?ies fueron apropiados.. caprTUL0. l. Cir¡era loit A l\¡Úrl¡¿ao 100 - üE Telef¿r E?5 36 30- EfiearEldn E-m¡llr @ÍcetoÉrchlgorsdo_3ntroqul¿,gos m. ti6.

(4) DE ARTAME¡TTO D¿ ANTIOQUIA MUNICTT¡O DE CHIGORODÓ CONCEIO MUMCIPAL. Artículo 6. st BcuEl¡TAS DEL FOft¡DO Mt ttllclpAl. créanse las s¡gu¡entés subcuenlas iniciales y permanentes del Fondo Mun¡clpel:. 1.- subcuont¡ de Conocimiento del R¡s$go. Los recursos de esta suhd¡enta serán destirados a apoyar el fnanciam¡ento de proyectos de conocimbnto del ñesgo de desastres en áreas o sectores estftltágicos y priorfrarhs para él Munici)¡o, dentlo de los oue se encuentran acciones de caractefización de escenafios de r¡esgo, análisis de riesgos, monitoreo del r¡esgo y comunicaciÓn del ñesgp.. 2.- Subcuenta de Reducción dcl R¡esgo. Los recursos de esta subcuenla. serán destinados á apoyar el fnanciam¡ento de proyectos de preYenc¡ón de nuevas condiciones de riesgo (¡ntervenc¡ón prosp€ct¡Ya) y mi¡¡gacién de las condiciones de riesgo presentes en la actuáüdad (inte.rvención conecliya) en el Mun¡c¡pio. Tambián ¡ncluye las acc¡ones de orotecc¡ón Rnanciera.. 3.- Subcuer¡ta de Maneio de Desastres.- Los recursos de esta subcuente. serán para h respuesta a emergenc¡es y déstinados ¿ apoyar el financiam¡eflto de la preparac¡{tn de la prepamc¡ón para ta recuperac¡ón a nivel Mun¡c¡pal. así como para brindar apoyo. aconóm¡co. 6n ta eiecución de ta respuesta a dssestrss, calamidades públ¡cas y. emergencias cubÍendo bs sigu¡entes fases:. ¡t.- Subcuerúa de Rehabilitaci&t.- Los rscursos de esta subcuenta serán a apoyar labores de reconstruccién luego d€ presentarse un desastre:. a. El oeríodo de inminencia de desastre, calamidad pública o emergéncia. b. El periodo de ta emergenc¡a que incluye ta atención de tos afectados y la eiecuc¡ón de tos dferentes seryicios bás¡cos de respu€sta,. ArtiC|fO 6. CREACIÓi¡ DE NIJEVAS. OEL FOT¡DO MUi¡ICIPAL. EI podrá crear nuevas subcuentas Alcalde Nun¡ciDal con la orientac¡in de t¡ Junta 0irectiva en el Fondo Municipal con el propósito de planmcar y obtener meior segu¡m¡éfito de la gestiÓn del r¡eslp en el ejecuc¡ón de estos recursos qlle apalancan las acciones ST.IBCTJETiITAS. &. municiD¡o-. se podrán crear las subcuentas que se consideren necesarbs (pemanentes o temporabs) en tínea con los subprocesos de la gestión delr¡eslp o para apropier recursos d€stinados a apalancar la gestión de escenarios de riesgo especíÍcos.. P,r:ágrúo. Los recursos dél Fon{to Mun¡cipat se orient¿rán, as¡$arán y aiscütarán con base en las d¡rectnces que estab¡ezca el Flan Mun¡cipal de Gestión del Riesgp (|e carfefe 10a a tlúmefq loo - o8 Téletar a25 36 30- E¡t.n.lón E{nat I conc¡loocñl gof odo-¿ntloql¡l¡.gol.É. 136.

(5) RE9UArlCAI'gCOLOMüIA DE ARTAMENTO DE ANTIOQUTA MUN¡CIPIO DE CHTGORODO CONCEIO. MUNlC¡IAI. Desastres, y con las prev¡s¡ones es?eciales para la respuesta y las que contemplén los planes de acción espec¡Ícos para la rehebi¡lación, reconstrucciü y recuperaciin. CAPITULO IV AOÍIIIÍI¡ISIRACIÓN DEL FOÍIfi)O MUT{ICIPAL OE GESNÓN DEL RTESGO DE DESAS1RES. aftículo 7. Jt ¡ilTA IIRECnVA DEL FOM)O MUNICIPAL. La Junta D¡recliva del Fondo Münicrpal rle Gest¡ón det R¡esgo de Desestres de Chigorodó estará integrada Bor: '1. El. Alcalde dél Munic¡fio o su delegado.. 2. El Secretario de Gob¡emo-. 3. El Secrelajio de Haciénda.. 4. El secrelario ds P,anéac¡ót). 5. El oircctor o Jefe de le oflcina asesora de Gestion del Riesgo o quien haga sus veces siendo empleado de la planta de la adm¡nistraciofl munk¡pal.. Ptrágrafo 1". Actuará como Pres¡dente de la Junta Direct¡va et A¡calde o su delegado.. Parágrdo 2". Actuará como Secretario de h Junta el Director o Jefe de la ofcina asesora de Gestión del Riesgo o quien haga sus Yeces siendo empleado de la planta de la administrac¡ón munic¡oal.. Parágrdo 3", A las sesiones de la Junta Oirectiva podrán ser invilados representantss de otras entidades públ¡cas o prlvadas qJe, a iuicio de su Presidente, puedan aportar elementos sobre las mateÍias o asüntos que deban ser decidi(bs por la Jünta.. Y. S,. ORDEN¡ICIÓN DEL GASTO. LA REPRESENTAC|ÓN LEGAL representac¡ón legal y la ofttenación {tel qesto det Fondo Mun¡cipal estarán e cargo del. AÍt¡CUIO. Alcalde del Mun¡c¡Dal.. CAPITULO V. RÉG| ENDE. co. rRAlAclÓr¡. Artícuto s. RÉGlirEN DE cot¡rRATAclÓN. Los contratos que se celebren con los. recursos del Fondo Munic¡pat para la administración y eiecüc¡ón de los b¡enes, d'erechos e ¡ntereses se someterán al rég¡men de contralaciÓn estatal Y¡gente.. - 06 felÉf¡¡ 425 36 30- Ert¿nótón E{n¡lh conceloo€h lgofodo-¿n¡loqul ¡.goc co. cearer¿ 1041 Nf¡mlao loo. 136.

(6) I.E?uEuca. DE. DE A¡TTAI{EVÍCI. CoLc'MEtA ANNOQU¡A. OD. *lÉ:,tf"T;ffiffH*. Articuto 10. MEDIDAS EsPEcIALEs DE CoNIRATACIÓN. D€ conform¡dad con lo dispueslo en la Léy 1523 de 2012, en caso de declaratoria de desaslre o calam¡dad. qre se celebren con recursos dsl Fondo Munic¡pal para ¡a s¡ecuc¡Ón de los bienes, defechos e ¡ntereses o los contratos que cehbre el Munc¡pio o sus. Dúbl¡ca. los contratos. ent¡dades o los celebrados por las entidades e¡ecuttras que reciban fecursos proven¡entes de este Fondo fr¡lun¡cioal o del Fondo Nacional de Gestón del Rhsgo, y que estén relac¡onados directamente con las actiYidades de respuesta, de rehabilitación y reconstrucc¡ón de las zonas declaradas on situación de desastre o calamidad pública, se someterán a los reqü¡sitos y fomal¡dades gue ex¡ge la tey para la contratación entre part¡culares, con süieción al régimen espechl d¡spuesto sn elartículo 13 de la Ley ll50 de 2007. y podrán contemplar cláusulas excepcionales d€ conformidad con lo dispuesto e0 los artículos 14 a 18 de la Ley S0 de 1993.. parágrafo. Los contratos cd€brados en Yirtud det art[culo ¡nter¡or so someterán al control ÍscaadisDuesto oara los celebrados en el marco de la dsclaratorÍa de urgenc¡a nlanifesta contempfada en los articulos 12 y 13 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que la modiñquen. CAPITT'LO VI. orRAs DlsPoslclolrlEs Artícuto 11. CONIROL FISCAL. Sin periuicio de lo dispuesto en los articulos 66 y 95 de la Ley 1523 de Z0l?. tos contratos y demás aclos celebrados con los tecursos apropiados y. destinados at Fondo Münicipal estarán sujetos a la v¡gilencia de los órganos de controi que elérzan procesos de moniloreo, evaluac¡ón y control fscel, y la soc¡edad a través de los mecan¡smos de part¡cipación ciudadana.. Artículo lz.REGLAi¡lEilfAqO . Altoricese al alcalde municipal para que un término no. superior a tre¡nta (30, dÍas contados a paftir de ¡a vigenc¡a delpresente acuerdo, procsda a expedir et decreto mediante él cüal 3e réglamente la opératividad y func¡onambnto del Fondo Mun¡cipal de Gestión del Riesgo de desaslres del mun¡c¡pio de Chigorodó.. Artículo 13. vtGENclA Y DEROGATORTAS. Fl présénte Acuerdo r¡ge a partir de la fecha de su publrcación y deroga las demás nomas que le sean contÍarias-. en el lfr/tDrdbb Corceio MunE pal de Chitorúó, düratde bs Sésbrres El¡aüd¡nards conrdf'adas W el Ahette Munbiryl nÑhfte De+reÍo 097 &l 06 ctg Nnb. Dado. de, año 2A16. c¿rrer¡ 10¿ A túmefo 100 - oa T€lela¡ a?5 35 30- E¡tenalón Efi ¿ll I conclloocñl9orodo-ar¡tloqüle'gov.oo. 136.

(7) T.EUII¡CAE CCTOIIIIA. Dta¡laxg*To r aNflogula r¡u¡¡c¡llo Dl cl¡G(xooo cd'¡ctto Írr¡üclta¡.. q-//. ../'. ,. htase'fo / d,Yga -rtao'lrl'/ grnnrno. áfttr';liñ^'diígi'. PrsC.hnteco¡coh uni4t¡l. S.croa.tb Concgo $unlchel. l.,lnso. rÉ¡rev. SECnEIAnU¡L: E prssgrle Ad¡erdo fro te¡do' aCude& y dob¡ü& por (|€ frchas Úfs€nt€s106 Honor¡ülss Conc*les, st dos sesitnes. colsTlllcl^. dv,lz^ ',t. t--t.,< \,¿¿tÉRÜ$ YAIGIH TAB]IEZ B Strrderi. Wo. rün,'ciEl. cr¡¡... lo4 A ¡i¡rr|ro ¡oo Rar¡Ilt dlcto¡E. oÜ. fdrtü. la8 3a I- llüra.|l OlFra{Ol.o. rl!¡dodH. >!. 116.

(8) l. RT AM ENTO D E A NT IOQ U I A M IJ N ICI PIO D E CH IGO RO D O. D EP A. Secrctaúa Genercl Y de Gobieno. SANCIóN NÚMORO Recibi para Sanción, hoY. I. d(r. rdo Nro. Julio,. OIO. 010 del28dejunio de20l6. M".lhl.q Nte ÑVc ia Ceneral ) de Co CI díA 28 dE JUNiO dE 20I6' EI AI,CALDÍA MUNICIPAL D/ CHICORODó ANTIOQUIA' M;nicipar aprobó d l"l:'d.'.-Í^9.10'^tYorll,l"^':' "'""i0::"" :l'"?'Á'":i.l 'PoR MEDro DEL cuAL sE cREA I'rr' FoNDo ¿L ;; DE üJiiü'to'- ór c¡srto¡¡ DEL RlESco Y DE DESASIRES DEL MUNIcIPIO. fr;;;b;'¡Jü ;:ffi;;,illi';t. l,li". I. lro. de Remitasc tres 03 copias a la División Juridio¿ de la cohernación Antiorruia. para su revisión legal. óñrionóói nNrroQUIA". DANItrL Alcalde. unicipalde. LA SECRf,TARIA Cf,NERAL Y DE (;OBIf,RNO bEL MUNICIPIO. DE CHI(;ORODO. ctrRl l¡'lcA: pubticó en la cadelera Municipal y se incluyó en la lista para proxrma Que el presente Acuerdo se edición de la Caceta MuniciPal Fiiado en cartelera MuDicipal. hov. Ó4:aa. ri,maderunc,onj,no:. €s-RerrA. ecretaria Ceneral Y de. +\C. :lVh. iriAolcADor #t8!.ijt - I \ t Dos sI ES /os I B L L PoR t \ t H | (to Rouo E D ( dlb:é'+ Exl 140-142 8253630Te! N'1OO'OB 104" Cár/era Email: qobierno(óchiqorodo-antroqlra.Lav.ls.

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