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(1)

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R.S.G. N' 76-201 3-CENFOTUR/SG Borronco, 28 de ogosto de 201 3

VISTO:

El Memorondo

N'

203-2013-CENFOTUR/OCI

que

contiene

el

INFORME DE EXAMEN ESPECIAL

N'

0l-201302-00ó0

(Acción

de

Control

N'

2-00ó0-2013001) ..EXAMEN ESPECIAL

A

LA

CONTRATACION DE DOCENTES

Y

SU CUMPLIMIENTO ONTRACTUAL EN EL CENTRO DE FORMACION EN TURISMO- CENFOTUR', PeTíodO O1 dE nero ol

3l

de diciembre de 2012.

CONSIDERANDO:

Que, medionte

el

memorondo

de

visto,

el

Órgono

de

Control lnstitucionol

-e»(O¡O^

elevo o lo Dirección Nocionol el "Exomen Espec¡ol o lo controtoción de docentes y su

u7 \

-

,l¡

\ \ '

cumplimiento contrqctuol en el Centro

de

Formoción en Turismo

-

CENFOTUR" que

' +So

t

comprende

en

los

recomendociones,

disponer

el

inicio

de

los

occiones

'q. /

-Ssqdm¡nistrotivos

poro

el

deslinde

de

responsobilidod

del

personol

de

lo

Entidod

"'o¡1ru*§

comprendidos

en

los hechos observodos números uno, dos

y

tres, teniendo en

t

consideroción que su inconduclo funcionol no se encuentro sujeto

o

lo

polestod soncionqdorq de lo Controlorío Generol de lo Repúblico;

Que, se desprende de lo Observoción No Uno, que en los ciclos ocodémicos

2012-l y 20.)2

ll

lq entidod controió personol docenle poro los correros profesionoles y

lécnico, poro lo sede centrol y en los ceniros filioles de Cuzco y Chicloyo, los cuoles no hon ingresodo o lo Institución o kqvés de un proceso de evoluoción regulodo por

su propio morco normolivo, denotóndose que se

le

ho

privodo

ol

CENFOTUR de contor con profesionoles que lengon lo respeclivo idoneidod;

Que, en ese orden, HENRY DENISON COOPER TENAUD, idenlificqdo con DNI N" 07771226, Funcionorio bojo

el

régimen

del

Decreto Legislolivo N" 728. Director de

Formoción Acodémico (e), periodo del 04 de Enero 2012

ol l5

de Julio del 2012. no

hobrío

conducido

odecuodomente los procesos

de

evqluociÓn

de

ingreso de

personol docente poro el ciclo ocodémico 2012-lr, en lo Sede Centrol y en los cenlros

q.e'9§Br-16o

(2)

,.

¡o+

filioles

de

Cuzco

y

Chicloyo, los cuoles

de

monero independiente, odoptoron occiones

poro

que no

se

deje

de

dictor los osignoturos correspondientes

o

los

correros profesionoles;

todo

vez que,

el

citodo

director obvió

en

su colidqd de responsoble de octividodes que son necesorios poro lo formoción profesionol de los

correros

en

CENFOTUR,

odopior

los medidos respeclivos

poro

lo

difusión

de

Io

convocotorio o trovés de un medio de publicidod, lo conformoción de uno Comisión Evoluodoro, en lo que porticipe un docenle de lo correro y lo Unidod

de

Recursos

mqnos. Asimismo, exigir lo presentoción de los requisitos mínimos poro el ingreso de

I

docente, qsí

como

lo de

evoluor informoción

de

ocuerdo

o

puntojes estoblecidos formqlmenie, poro volorizor el curriculum viioe documentodo, entrevislo personol

y

lo

close modelo, por los cuoles no obro

lo

respeclivo documentoción

sustentotorio que evidencie que el proceso

de

evoluoción

de

ingreso

de

personol

docente

q lq

lnstitución, se hizo

de

ocuerdo

ol

morco normotivo interno,

con

lo

finolidod de tener lo certezo de que los docentes controtodos son personos idóneqs

poro

el

diclodo

de

osignoluros requeridos;

hechos

que

devienen

en

el

incumplimienlo

de

funciones esloblecidos

en

el

lilerol

f),

h)

y

l)

del

ortículo 3?", funciones del Reglomento de Orgonizoción

y

Funciones del Cenlro de Formqción en

Turismo

-

CENFOTUR,

oprobodo

por

Decrelo Supremo

N"

0'l 6'201l'MINCETUR,

publicodo en

el

Diorio Oficiol El Peruono el 24

de

ogoslo

de

201 1, que estoblece

porticipor en el proceso de selección de lo plono docenle y conducir lo evoluoción

permonente

de lo

colidqd

de lo

mismo", "cumplir

y

hocer cumplir los normos generoles e inslitucionoles en moterio odministroiivo, ocodémico y de disciplino que le competen" y "coordinor con los Centros Filioles del CENFOTUR los funciones que les

conesponde o los correros profesionoles", respectivomente;

Que. o su vez. MARIA DE TOURDES AURORA ELIAS PLAZA, idenlificodo con DNI

N'

07732536, Funcionoriq

bojo

Controlo Adminislrolivo

de

Servicios, Directoro de

Formoción Acodémico (e) periodo

del

16

de

iulio 2012

ol

07

de

obril de 2013 no

hobrío conducido odecuodomente los procesos

de

evoluoción

de

ingreso de

personol docente por el ciclo ocodémico 2012-ll, en lo Sede Cenlrol y en los centros

filioles

de

Cuzco

y

Chicloyo

los

cuoles

de

monero independiente, odoptoron

occiones poro que no se deje de diclor los osignoturos correspondiente o lqs coneros

profesionoles;

todo

vez que,

lo

citodo

ex

directoro

obvió

en

su colidod

de

responsoble de los octividodes que son necesorios poro lo formoción profesionol de

6r

,"Ñ

(3)

(t'rr,

Que, en virtud ol primer considerondo de lo presente, conesponde inicior los

occiones odministrotivos

poro

el

deslinde

de

responsobilidod

del

personol del

CENFOTUR, comprendidos en lqs observociones ontes descritos;

Que, en ormonío con ello, de qcuerdo o Io dispuesto por el literol f) del Ariículo 15

de lo

Ley No 27785, Ley orgÓnico

del

sislemo Nocionol

de

control

y

de

lo Conlrolorío Generol de lo Repúblico, es otribución del Sistemo Nocionol de Control, el emitir, como resultodo de los occiones de conlrol efectuodos, los informes respectivos

con el debido suslento técnico y legol, constituyendo pruebo pre- constituido poro el inicio de los occiones odministrotivos y/o legoles que seon recomendodos en dichos informes;

Que,

en

ese

sentido,

medionte

ResoluciÓn

Directorol

No

213-2012-CENFOTUR/DN de fecho l

I

de noviembre del 2012, se opruebo el Reglomento lnterno

del

Régimen Disciplinorio

de

CENFOTUR, normo que es

de

oplicoción

o

todos los

frobojodores

de

eslo

lnslitución independientemente

de

su

modolidod

de controtoción osí como o oquellos personos que no lengon vinculo loborol por hober cesodo;

Que, el ortículo l0o del citodo dispositivo estoblece

que

lo Secretorio Generol

es

competente

poro

conocer

los

observociones

moterio

de

los

informes odminisirolivos de uno Acción de Control lnstilucionol, por denuncio o o iniciotivo de lo Entidod en el cuol se identifique o personos que hon incurrido presumiblemente en

responsobilidod odministrotivo

por

infrocciones

leves

por

tronsgresiones ol ordenomiento jurídico pertinente;

Que,

en

concordoncio

con

el

pÓnofo precedente,

lo

fose instructivo se

encuentro

o

corgo

del

Secrelorio Generol

y

comprende

lo

evoluoción

de

los imputociones de responsobilidod odministrotivo funcionol derivodo de los informes del

Órgono de Control lnslitucionol que son colificodos como leves, conforme regulo el ortÍculo 4o de lo normo en mención;

Que, de ocuerdo ol informe del órgono de control lnstitucionol que constituye

pruebo

pre

constituido

y

los orgumentos ohí expuestos, resulto necesorio inicior proceso odminislrotivo o los funcionorios ontes citodos;

rot

§

Ju+ ae)

(4)

"formulor, dirigir

y

supervisor el cumplimienlo

de

los objetivos curriculores, lo corgo

hororio, los principios élicos moroles. los normos lnstitucionoles osí como lo legisloción

oplicoble"

y

"cumplir

y

hocer cumplir los normos generoles

e

lnslitucionoles en

moterios

odministrotivq,

ocodémico

y de

disciplino

que le

competen", respeclivomenle;

zdoD\

Que, en cuonto, o MARIA DE TOURDES AURORA ELIAS PLAZA, idenlificodq con

l',"

r

\F.bf.¡l

N' 07732536. Funcionorio bojo Controto Adminislrqtivo de §ervicios, Direcloro de

fA OF

--,formoción Acqdémico (e) periodo

del

de julio 2012

ol

07

de

obril

de

2013, no

§*^

-'-t-"-

o"fl\obrio

supervisodo odecuodomente

lo

eloboroción

de lo

distribución

de

lo corgo

hororio de lo Correro Técnico de Cocino Peruono, formulodo por el coordinodor de lo

ofo+

citodo

correro quien loboro

od

honorem,

io

cuol fue

olconzodq

o

lo

Directoro

Nocionol poro

lo

respectivo oproboción, situoción que devino que se controle ol Señor Alvoro Fernondo Bonero Crovero, docenle, poro el ciclo qcodémico 2012)l quien dictó entre oiros cursos, lo osignoluro "Prócticos de Equipomienlo de Cocino"

r

progromodo

con

,l20 horos, lo mismo que no se encuentro contemplodo dentro del

Plon

de

Estudios oprobodo, el mismo que tiene el moyor número

de

horos que los

outorizodos

con

resolución directorol, cuyo curso no esió dentro

de

los fichos de

motrículo de los olumnos, lo cuol ol no estqr registrodo tompoco existe lo respectivo

qcto de del promedio finol producto de los evqluociones del docente; iguolmente, se

ho odverlido que, como resultodo

de

lo

muestro selectivo

de

olumnos, no todos señoloron hober osistido o los treinto (30) sesiones progromodos, como lo ho señolodo el coordinodor, sino inter diorio y en lo moñonq cuyo cursos no ho tenido el cqrócter de obligotorio poro los olumnos y lo certezo de su finolidqd. Hechos que devienen en

el incumplimienlo de sus funciones esloblecidos en el lilerql e)

y

h) del orlículo 39o,

funciones del Reglomento de Orgonizoción

y

Funciones del Centro de Formoción en Turismo

-

CENFOTUR, oprobodo por el Decrelo Supremo N' 0ló-201 1-MINCETUR, que

esfoblece: "formulor, dirigir y supervisor el cumplimiento de los objetivos curriculores, lo

corgo

hororio, los principios éticos moroles, los normos lnstilucionoles osí como lo legisloción oplicoble" y "cumplir y hocer cumplir los normos generoles e lnsiitucionoles

en

moterios odministrotivo,

ocodémico

y de

disciplino

que

le

competen",

respectivo mente;

o

)

',h

,".t§

§rQ

(5)

Io%

Cenlro de Formoción en Turismo

-

CENFOTUR, oprobodo por el Decreto Supremo No

Ol6-20II-MINCETUR,

que

esloblece:

"supervisor

el

control

de

osistencio y

permonencio del personol"

Que, lo Observoción No Tres, prescribe que en los ciclos ocodémicos 2Ol2-l y 2012-ll se progromó Io osignoturo "Procticos de equipomienlo de cocino", lo cuol no

se encuentro denlro

del

Plqn

de

Estudios oprobodo

poro lo

Correro Técnico de

Cocino Peruono; denotóndose que no existe registro de olumnos motriculqdos, octos

del promedio finol

y

olumnos que confirmen hober llevodo

el

curso en los treinlo sesiones, situociones que reston seriedod ol cumplimiento del citodo plon, cuyo curso

no ho

tenido

el

corÓcter

de

obligotorio poro los estudiontes

y

lo

certezo

de

su finolidod;

Que, conforme

o

lo

norrodo, HENRY DENISON COOPER TENAUD, idenlificodo

con DNI N" 07771226, tuncionorio bojo

el

régimen

del

Decrelo Legislolivo

N'

728, Direclor de Formoción Acodémico (e), periodo del 04 de Enerc 2012 ol l5 de Julio del 2012, no hobrío supervisodo odecuodomente lo elqboroción de lo distribución de lo

corgo

hororio

de

lo

Correro Técnicq

de

Cocino

Peruono, formulodo

por

el

coordinodor de lo citodo correro quien loboro od honorem, lo cuol fue olconzodo o

lo Directoro Nocionol poro lo respectivo oproboción, situoción que devino que se

controte ol Señor Miguel Ángel Pezzini Chovonio, docenle, poro el ciclo ocodémico

20'l 2-1, quien dictó entre otros cursos, lo osignoturo "PrÓcticqs

de

Equipomiento de

Cocino" progromodo

con

,|20 horos,

lo

mismo que no se encuentro contemplodo

dentro del Plon de Estudios oprobodo, curso que tiene el moyor nÚmero de horos que los outorizodos con resolución directorol, osignoturo que no estó denfro de los fichos

de

motículo

de

los olumnos,

lo

cuol

ol

no

eslor registrodo

tompoco

exisle lo

respeclivo

octo de

del promedio finol producto

de

los evoluociones del docenle;

iguolmente, se ho odverlido que, como resultodo de lo muestro selectivo de olumnos, no todos señoloron hober osistido o los treinto {30) sesiones progromodos, como lo ho señolodo el coordinodor, lo mismo que no ho tenido el corócter de obligotorio poro los olumnos y lo certezo de su finolidod. Hechos que devienen en el incumplimienlo

de

sus f unciones esloblecidqs

en

el

lilerol

e)

y

h)

del

qrtículo 39o, funciones del

Reglomenlo

de

Orgonizoción

y

Funciones

del

Cenlro

de

Formoción en Turismo

-CENFOTUR, oprobodo por el Decrelo Supremo N" 016-201 l'MINCETUR, que estoblece:

]o¡

,"§

(6)

.g99§9t-1to DE¿ p§?¿

Plon de Estudios de los coneos profesionoles y técnico. Asimismo, por que no hobrío dispuesto los occiones respectivos pqro superor lqs debilidodes identificodos por lo

supervisoro pedogógico, señolodos

en

los

referidqs fichos

de

observoción del

docente

en

oulo; iguolmente

por no

hober odoptodo occiones

con

reloción ol ingreso

de

los nofos

de

los exómenes

y

conlroles

de

ocuerdo

ol

cronogromo de oclividodes,

en

formo

oportuno

o

trovés

del

lntronet

(Módulo

de

Registros

codémicos); todo vez que, no se oprecio lo horo y dío en que fueron ingresodos ol eferido módulo; por consigu¡ente se desconoce si los docenles controlodos ocoloron

sus obligociones estipulodos en sus controtos, en los fechos estoblecidos en oros de que se cumplon con los objetivos previstos en los plones de estudios de los coneros profesionoles y técnico. Hechos que devienen en el incumplimienlo de sus funciones

eslqblecidos en los lilerqles e)

y

h) del ortículo 39o, funciones

del

Reglomenlo de Ol¿rorgonizoción.y Funciones

*l-::tr:t.t::T:ló,

en Turismo

-

cENFOIUR, oprobodo gor

el

Decrelo Supremo N" 016-20'l l-MINCEIUR. que estoblece: "formulor, dirigir y supervisor el cumplimiento

de

objetivos cuniculores,

lo corgo

hororio, Ios principios

^.éti.or moroles, los normos lnstitucionoles osí como lo legisloción oplicoble" y "cumplir

¡§y

hocer cumplir los normos generoles

e

lnstiiucionoles,

en

moterio odministrotivq,

ocodémico y de disciplino que le compeien";

Que,

del

mismo

modo,

VIIMA

MARTINA VICENIE CTEMENT DE IAPIA,

idenlificodo con DNI N'25506654, Funcionqrio bojo el régimen del Decrelo legislolivo

N" 728,Jefo de lo Unidod de Recursos Humonos del ló de enero

de

1997 o lo fecho, porque no hobrío reolizodo

lo

verificoción

ol

registro

de

conkol

de

osistencio del

personol

docenie

o

corgo

de lo

Dirección

de

Formqción Acodémicq,

correspondiente ol ciclo ocodémico 2012) y 2012-ll,lo cuol ho conllevodo o que los

docentes no hoyon ingresodo o lo Entidod en el hororio progromodo poro el dictodo de los osignoiuros

y

por el cuol fueron controtodos

y

por consiguienle se obvie los

descuentos respectivos por concepto de tordonzos u otros incurridos; iguolmente, por hoberse dispuesto que se desembolse o olgunos docenles por horos ocodémicos no

loborodos

y

por horos que supero los diecisieie (17) semonos, lo mismo que no se

encuentro dentro del morco normotivo interno de lo Entidqd y de sus conirotos, ol no hoberse verificodo odecuodomente los consolidodos de horos de los docenies onles

de su pogo. Hechos que devienen en incumplimienlo de su función esloblecidq en el literol e) del orlículo 34", funciones del Reglomenlo de Orgonizoción

y

Funciones del ,

9.,{h

(7)

ocWL+

,fr[",

"\,"J,"§

en

el

dictodo

de

los sesiones, osí

como

por no

hober

odoptodo

los occiones correspondientes o fin que se dote

o

lo Dirección de FormociÓn Acodémico de un

personol o corgo de lo supervisión pedogÓgico con el propósiio de que se verifique el

cumplimiento del syllobus por porie

de

los docentes

y

recomiende mejoros en el proceso enseñonzo oprendizoje; iguolmente, por no hober odoptodo qcciones con reloción ol cumplimiento del conirol de osisienciq de los olumnos por porte

de

los

docentes, osí

como

de

los notos

de

los exómenes

y

controles

de

ocuerdo ol

cronogromo

de

octividodes, en formo oportuno

o

trovés

del

lntronet (Módulo de Regiskos Acodémicos);

lodo

vez que, no se oprecio

lo

horo

y

dío en que fueron

ingresodos

ol

referido módulo;

por

consiguiente

se

desconoce

si

los docentes

contrqtodos ocotoron sus obligociones estipulodos en sus controtos, en los fechos esloblecidos en oros de que se cumplon con los objetivos previsios en los plones de esludios

de

los

coneros profesionoles

y

técnico.

Hechos

que

devienen

en

el

incumplimienlo de sus funciones esloblecidqs en los lileroles e)

y

h) del qrtículo 39", funciones del Reglomenlo de Orgonizoción

y

Funciones del Cenlro de Formoción en Turismo

-

CENFOTUR, oprobodo por el Decrelo Supremo N' 0l 6'201 1'MINCETUR, que

esloblece: "formulor, dirigir y supervisor el cumplimienlo de objetivos cuniculores, lo

corgo hororio, tos principios élicos moroles, los normos lnstilucionoles osí como lo

legisloción

oplicoble"

y

"cumplir

y

hocer

cumplir

lqs

normos generoles e

lnslitucionoles,

en

moferio

odministrotivo,

ocodémico

y de

disciplino

que

le

competen";

Que, por su porte, MARIA DE TOURDES AURORA ELIAS PLAZA, idenlificodo con

DNI N" 07732536, Funcionorio bojo Conlrolo Adminislrolivo de Servicios, Directoro de

Formoción Acodémico (e) periodo

del

de julio 2012

ol

07

de

obril

de

2013 no hobrÍo dispuesto poro el ciclo ocodémico 2012-ll los medidos respectivos o fin de que

los docentes cumplon

con

el

hororio progromodo

de

closes

y

no

devengo en iqrdonzos, con lo finolidod de que no se le prive ol olumno de recibir menos tiempo

en el

dictodo

de

los sesiones, osí como por

no

hober odvertido uno supervisión

odecuodo, ol señolqrse que esto se reolizó en formo muestrol, ounodo o ello el plon de lrobojo o de supervisión. no se encuentro suscrito, ni tompoco consigno hober sido visodo por lo Dirección de Formoción Acqdémico poro su ejecución con lo finolidod

de solvoguordor el cumplimiento de los objeiivos previstos en lo supervisión, osí como

(8)

oE¿ p§?¿

q.99ÜBr-1q^

los correros en CENFOTUR, odoptor los medidos respeclivos poro

lo

difusión

de

lo

convocotorio o trovés de un medio de publicidod, lo conformoción de uno Comisión Evoluodoro, en lo que porficipe un docenie de Io correro y lo Unidod

de

Recursos

Humonos, exigir lo presentoción de los requisilos mínimos poro el ingreso de personol

docente, osí como

lo de

evoluor informoción de ocuerdo

o

puntojes estoblecidos

formolmenie, poro volorizor el cuniculum vítote documentodo, entrevisto personol y lo close modelo. Por los cuoles no obro lo respectivo documeniqción susteniolorio que

gvidencie

que

el

proceso

de

evoluoción

de

ingreso

de

personol docente

o

lq nstitución, se hizo de ocuerdo ol morco normotivo inierno, con lo finolidod de tener lo ertezo de que los docentes controiodos son personos idóneos poro el dictodo de los osignoturos requeridos. Hechos

que

devienen

en

el

incumplimienlo

de

funciones

esloblecidos

en el

lilerol

f),

h)

y l)

del

ortículo 39", funciones

del

Reglomento de

Orgonizoción y Funciones del Cenlro de Formoción en Turismo

-

CENFOTUR, oprobodo

por Decreto Supremo N'016-20'l I -MINCEIUR, publicodo en el Diorio Oficiol El Peruono el 24 de ogoslo de 201 1, que estoblece porticipor en el proceso de selección de lo

plono docenle

y

conducir

lo

evqluoción permonenle

de

lo colidqd de lo mismo",

"cumplir

y

hocer

cumplir

Ios

normos generoles

e

inslilucionoles

en

moterio odministrotivq, ocqdémicq

y

de

disciplino que le competen"

y

"coordinor con los

Cenlros Filioles

del

CENFOTUR los funciones

que

les corresponde

o

los correros profesionoles", respectivomenie;

Que,

se

desprende

de Io

Observoción No Dos,

que

duronte los ciclos

ocodémicos 20121 y 2012-ll,lo Unidod de Recursos Humonos obvió reolizor el control

de osistencio del personol docente, osí como lo Dirección de Formoción Acodémico no ho efectuodo uno supervisión odecuodo

o

los octividodes ocodémicos

de

los

docentes, o fin de que se coutele el cumplimiento de los obligociones controctuoles suscritos y el plon de estudios de los correros;

Que, de ocuerdo

q

ello, HENRY DENISON COOPER TENAUD, ideniificodo con

DNI N" 07771226, Funcionorio bojo el régimen del Decrelo Legislolivo N" 728. Director

de Formoción Acodémico (e), periodo del 04 de Enero2012 ol l5 de Julio del 2012, no hobrío dispuesfo poro el ciclo ocodémico 2012-1, los medidos respectivos o fin de que

los docenles cumplon

con

el

hororio progromodo

de

closes

y

no

devengo en tordonzos, con lo finolidod de que no se le prive ol olumno de recibir menos liempo ,o

\o1

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br

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.".t"

(9)

q9?§B'¡to oE¿ "§?¿

oe

fl%

Con el visto de lo Oficino de Asesorío Jurídico y de lo Secretoío Generol; De conformidod con lo dispuesto en el Decreto Ley N' 22155, Ley OrgÓnico del

CENFOTUR; el Decreto Supremo N" Oló-201 l-MINCETUR, Reglomento de Orgonizoción

y

Funciones

del

cENFoTUR; Resolución Directorol

No

.l00-20,I2-cENFoTUR/DN, Reglomento lnterno

de

Trobojo del CENFOTUR

y

Resolución Directorol N'213-2012-CENFOTUR/DN, Reglomento lnterno del Régimen Disciplinorio de CENFOTUR.

SE RESUEI-VE:

RT

cu

LO PRIMERO.- INICIAR PROCESO ADMINISTRAIIVO DISCIPLINARIO dE

ocuerdo

o

los considerondos ontes expuestos contro los señores HENRY DENISON

COOPER TENAUD. identificodo con DNI N' 07771226, Funcionorio bojo el régimen del

Decrelo Legislotivo N' 728, ex Director de Formoción Acodémico (e), periodo del 04

I de Enero 2012 ol 15 de Julio del 20l 2, (Observoción N" 0l , 02 y 03); MAR¡A DE TOURDES

AURORA EIIAS PLAZA, identificodo con DNI N' 0773253ó, Funcionorio bojo Controto Administrotivo de Servicios, Directoro de Formoción Acodémico (e) periodo del ió de julio 2012 ol 07

de

obril

de

2013,

(Observoción N'01,02

y

03);

y

VILMA MARTINA

vlcENTE CLEMENT DE TAPIA, identificodo con DNI

N'

2550ó654, Funcionorio bojo el régimen del Decreto Legislotivo N' 728, Jefo de lo Unidod de Recursos Humonos del

l6 de enero de 1997 o lo fecho, (ObservociÓn N'02)

ARTíCULO SEGUNDO.- NOIIFICAR o los procesodos conforme

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inciso 2'l

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del

ortículo 2l de lo Ley 27444 Ley del Procedimienio Administrotivo Generol.

ARTíCUto TERCERo.- oroRGAR o los procesodos (05) díos de plozo contodos o portir del dío siguiente de su notificqción poro que presenten su descorgos.

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