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CONTROL DE REVISIONES Revisión Descripción Fecha

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Revisión 2

Paginas 13

Fecha Inicio ENERO 2015

Proceso VENTAS E INENTARIOS

CONTROL DE REGISTROS

No. de Control Nombre Tiempo Lugar

ECO-PO-OP-004-F01

REVISION PREVENTIVA EN

DISPENSARIOS 12 MESES ESTACION

Puesto: GERENTE DE OPERACIONES/

SUPERVISOR DE ESTACIONES Puesto: DIRECTOR DE OPERACIÓNES Elaboró: ALEJANDRO GONZALEZ

IVAN CAMOU ALMEIDA Autorizo: LUIS CARLOS HERNANDEZ

Firma:

AUTORIZACION ELECTRONICA

Firma:

AUTORIZACION ELECTRONICA CONTROL DE REVISIONES

Revisión Descripción Fecha

1

Se modificó procedimiento ECO-PO-OP-004, en el cual se integró un nuevo procedimiento (Recepción de Profeco) en el mismo documento, se agregó políticas internas así como la descripción a detalle del procedimiento en mención, se modificó nombre de procedimiento ECO-PO-OP-004

PROCEDIMIENTO MEDICION DE DISPENSARIOS POR ¨PROCEDIMIENTO MEDICION DE DISPENSARIOS Y RECEPCION DE PROFECO¨, por lo cual, se eliminó instrucción de trabajo RECEPCION DE PROFECO FEDERAL SEGÚN NOM-005 ECO-IT-OP-007 y se modifica el nombre de quien elabora el procedimiento, así como de quien lo autoriza.

Mayo 2013

2

Actualización de recuadro de control de revisiones, autorización electrónica (Portada), cambia nombre de formato a Revisión Preventiva en Dispensarios (ECO-PO-OP-004-F01), cambia concepto de encargado a líder de turno, 3.1cambia frecuencia a dos meses, 3.13 y 3.16 se agrega NOM 185, se elimina d) y 3.17, 3.18 se elimina NOM 005-2012,3.19 se elimina donde se requería el registrar el valor de dolar, 3.20 a partir de enero 2015 se elimina pedimento, 3.22 se incluye visita de Profeco, 3.25 se pondrá paro de emergencia cuando no este autorizada la visita de Profeco, 3.26 se agrega aprobación prototipo, 4.1.4 se agregan los biombos, 4.2.2 se agrega (d) NOM-185 (e) NOM-185-SCFI-2012, 4.2.4 (h)cambia a 60 ml, (i) cambia a 60 y 40ml respectivamente en

repetitividad,

Enero 2015

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1. OBJETIVO

Verificar que el dispensario funcione correctamente, de acuerdo a la calibración requerida por Profeco y PEMEX, a fin de brindar un mejor servicio al cliente.

2. ALCANCE

Líder de Turno Mantenimiento Sistemas

Supervisor Administrativo y Operativo Auditoria

Gerente operativo

3. POLITICAS

POLITICAS DE RECEPCION DE PROFECO

3.1 La medición de dispensarios se llevara a cabo cada 2 meses.

3.2 El supervisor operativo, deberá de firmar la revisión, para verificar que se llevo a cabo

3.3 La pistola debe de contar con 3 velocidades. (3 gastos)

3.4 La jarra patrón debe de estar protegida en su estuche (las que tengan) y resguardada en oficina

3.5 Se debe de cumplir con el mantenimiento preventivo (Procedimiento ECO- PO-OP-004 e Instrucción de trabajo ECO-IT-006)

3.6 Se deberán eliminar los hologramas viejos y solo dejar los vigentes

3.7 Los dispensarios deberán estar identificados los Lados de su posición de carga ya se A, B, C, D y/o E y F. (Tomar como referencia placa de identificación de dispensario y/o ultima acta de Profeco).

3.8 La calibración anual de Dispensarios se deberá de solicitar a más tardar el 30 de Abril de cada año.

3.9 Los dispensarios deberán tener su calibración anual, realizada antes del 31 de Mayo de cada año.

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3.10 En las calibraciones extraordinarias por parte de la UVA se deberá contar con su certificados de Acreditación y Aprobación, ya sea físico o vía página de Internet y las podrá verificar en:

a) Acreditación:

www.ema.org.mx en el link:

http://200.57.73.228:75/pruebadiplomasuv2/Principal.aspx, dando clic en nombre de la unidad de verificación.

b) Aprobación:

www.economia.gob.mx o en el link:

http://www.economia.gob.mx/swb/work/models/economia/Resource/1770/1/i mages/05scfi_apb04.pdf

3.11 Dispensarios Escalonados

3.12 Los dispensarios ya escalonados deberá contar con:

a) La resolución favorable por parte de la secretaría de economía de los Modelo de dispensarios instalados en la estación (copia simple del documento).

b) Debemos contar con la Aprobación de Modelo Prototipo de la Norma 005 anterior la cual el número de certificación deberá coincidir con la resolución favorable (punto anterior) (copia simple)

c) El certificado Producto Sujeto a Norma Oficial Mexicana de la Norma 005 anterior debe de coincidir con el que hace referencia en la resolución favorable de escalonamiento. (Copia simple)

d) Factura del Proveedor por la compra del Escalonamiento.

e) La estación deberá contar con documento que ampare el cumplimiento de la NOM-185.

3.13 El gerente y/o supervisor deberán contar con la documentación en copia simple de la aprobación modelo prototipo, Certificado Sujeto a Norma y Resolución favorable de la secretaría de economía de los dispensarios con escalonamiento.

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3.14 Las calibraciones efectuadas a los dispensarios deberán ser mecánicas y electrónicas, para que estas sean registradas en bitácora electrónica del dispensario y a su vez también tendrán que registrarse, por parte del líder, brigada de mantenimiento y/o supervisor en la bitácora física de las estaciones.

3.15 Registrar en bitácora física de la estación cuando existan cambios de horarios de invierno y verano

3.16 DISPENSARIOS POR ESCALONAR, A NOM-185:

a) Factura Original del Escalamiento del proveedor b) Orden de pago y/o anticipo al proveedor

c) Carta del proveedor dirigida a la estación de servicio en la cual diga el tiempo en el cual se cumplirá la instalación del escalonamiento

3.17 Todas las estaciones deberán contar con una bitácora (libreta universitaria) identificada con el numero de estación de servicio y razón social en la cual se deberá anotar el motivo por el cual se dio la apertura de la puerta superior del dispensario (electrónico) anotando fecha, hora, posición de carga abierta, nombre completo y firma de quien lo hizo y persona certificada por fabricante de dispensario en caso de haber cambiado una tarjeta, parte electrónica y/o configuración o programación de sistema se deberá contar con factura del proveedor y certificación del fabricante de la persona que hizo el trabajo

3.18 Calibraciones efectuadas, respaldarla con las actas de calibración, validando que coincida con el dispensario y posición de carga, además de validar que los números de holograma y precinto coincida con las actas de verificación. También deberá coincidir la fecha en que se hizo la calibración con la fecha que dice el acta de verificación.

3.19 La estación deberá contar con 1 juegos de copias de la Resolución, aprobación de modelo prototipo, certificación producto sujeto a norma para dispensarios escalonados con el fin de cubrir el requerimiento de Profeco.

3.20 Se recibirá la visita de PROFECO solo por el Líder de la estación, siempre y cuando sea autorizado por el supervisor, gerente y/o director operativo.

En caso de no encontrarse alguno de los antes mencionados se hará negativa la visita.

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3.21 Después de ser autorizada la recepción de la visita se podrá recibir físicamente el oficio.

3.22 Los 2 testigos solicitados por Profeco deberán ser trabajadores de confianza y que de preferencia tengan más de 1 año laborando en la empresa y además que cuenten con identificación oficial.

3.23 En el caso de que un verificador de Profeco obtenga una muestra en su jarra, sin autorización previa del líder de turno, se procederá a interrumpir el proceso, activando el paro de emergencia y negar la recepción de la visita.

3.24 El líder de turno deberá contar en todo momento con los siguientes documentos Tomando en cuenta las Políticas No.3.12 y 3.16

a) Última visita de Profeco federal

b) Ultima calibración de dispensarios, ya sea de la UVA o Profeco local c) Control y/o Monitoreo a Distancia

d) Aprobación o modelo prototipo

3.25 Las calibraciones anuales se deberán solicitar a más tardar el 30 de Abril y se deberán realizar antes del 31 de Mayo de cada año.

3.26 Si las calibraciones de dispensarios son efectuadas por una Unidad de Verificación Autorizada se deberá contar con su Certificación y Acreditación.

3.27 La pistola deberá interrumpir el despacho de combustible en un lapso no mayor de 80 segundos después de terminar el despacho de la muestra:

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4. PROCEDIMIENTO DE MEDICION DE DISPENSARIOS

4.1 Solicitar al líder de turno la jarra patrón de 20 litros para comenzar la medición de dispensarios.

4.2 Verifique que el certificado de calibración de la jarra este actualizado.

4.3 Solicitar el formato de cedula de revisión al líder de turno para su llenado.

4.4 Cierre el dispensario con las velas y/o biombos para evitar que durante la revisión se estacionen autos.

4.5 Inicie la revisión en el dispensario no 1 del lado “A”

4.6 Retire la pistola y realice una purga vaciando el líquido que pueda quedar en la manguera.

4.7 El líder y/o supervisor toma lectura del totalizador con la que cuenta el dispensario antes de iniciar y al final de su medición.

4.8 Proceda a llenar la jarra, verificando que marque ceros en el display, y cuidando que llegue a 20 litros.

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4.9 Durante el llenado de la jarra deberá de realizarlo en la velocidad máxima de la pistola.

Una vez alcanzado los 20 litros, verifique que en jarra marque “0” o lo más cercano.

4.10 Si en el display marca 20.056 litros y en la jarra marca + 50 se le debe descontar el .056 litros para que el resultado real de la jarra sea de 20.000 litros.

4.11 En caso de sobrepasar los rangos (+ 80 / -80) se procede a sacar dos jarras más de muestra, si estas se encuentran fuera de rango (+ 80 / - 80) se procede a solicitar una calibración externa por UVA o PROFECO local.

4.11.1 Termine de llenar la Cedula de revisión, en todos los dispensarios de la estación, siguiendo el mismo procedimiento.

4.11.2 En caso de detectar alguna anomalía el líder y/o supervisor deberán levantar la orden de help desk correspondiente y enviarla al área correspondiente para realizar la reparación.

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4.12 PROCEDIMIENTO DE RECEPCION DE PROFECO

4.12.1 Una vez autorizada la verificación por parte del supervisor, gerente o director operativo, el líder deberá fijarse que el personal de Profeco cumpla en los siguientes puntos:

a) Deberán mostrar acuse de oficio de la estación que visita, esta deberá de coincidir con los datos de la estación, además deberá estar impresa en el oficio la foto de los verificadores y sus nombres.(1) b) Deberán mostrar gafetes de identificación

“vigentes” y que coincidan con la foto impresa en el oficio de verificación (2)

c) Deberán presentar las jarras patrón que utilizaran para su inspección, mostrando la vigencia de su aprobación y calibración.

d) Deberán mostrar la calibración y certificación de los termómetros en jarras.

e) Y de contar con cronómetros también deberán tener su calibración y certificado 4.12.2 Una vez que el verificador de Profeco haya cumplido con los incisos

antes mencionados, se procederá a recibir la visita, por lo que el líder de turno deberá contar con lo siguiente:

a) Última verificación de Profeco federal (imagen 1).

b) Ultima calibración de dispensarios de la estación, que sea vigente (imagen 2).

c) Considerar política No. 3.12 y 3.16 d) Control de monitoreo a distancia e) Cumplimiento de la NOM-185 f) (imagen 3).

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Imagen 1 Imagen 2 Imagen 3

4 .

4.12.3 El líder de turno procederá a llamar a sus 2 testigos los cuales deberán estar acompañando y ratificando lo que el verificador revise en todo momento, que puede ser:

a) Holograma en dispensarios vigentes y en buen estado.

b) Precintos en interior de dispensarios se encuentren en buen estado y no presenten alteraciones ni violaciones.

c) Verificación y búsqueda de fugas en tuberías, mangueras y pistolas de abastecimiento.

d) Verificación del sistema, versión del software y hardware en dispensarios.

e) Verificación de modelo y serie en placa de dispensario los cuales deben de ser legibles.

f) Deberemos contar con una placa de identificación de la certificación de la dirección general de norma.

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4.12.4 Después de revisado lo anterior, se procederá al jarreo, donde los testigos deberán estar pendientes de lo siguiente:

a) El verificador deberá de ambientar las jarras llenándolas de producto sin contarlas como verificación, en cada una de las mangueras.

b) El verificador deberá comenzar en ceros en display del dispensario y no presionara el gatillo antes de ceros en todos y cada uno de los jarreos, por velocidad: alta media y baja (3 de cada una como marca la NOM-005 el orden no afecta).

c) El testigo dará fe de que cada jarreo sea vaciado hasta que la boca de la jarra patrón escurra en su totalidad antes de comenzar otro jarreo El escurrido será de acuerdo al informe de calibración de cada jarra patrón utilizada.

d) Una vez terminado el Jarreo de la primera manguera, el personal de profeco deberá esperar 60 segundos para poder jarrear la siguiente manguera, así sucesivamente para las siguientes muestras.

e) El testigo deberá estar pendiente al momento del llenado de cada jarreo, de que el display del dispensario coincida con la capacidad nominal volumétrica del instrumento o jarra patrón.

f) El testigo dará fe de que las lecturas escritas en cada jarreo coincidan en volumen.

g) Es permitido, en caso de que el combustible forme mucha espuma y corte en automático la pistola, hacer una pausa para posteriormente terminar de llenar la capacidad del instrumento de medición o jarra patrón.

h) Se deberá cuidar el error máximo de tolerancia en cualquiera de las jarras, eso significa que no debe pasar, en jarras de 20 lts, más de 100 ml y en jarras de 10 lts la cantidad de 60 ml. a favor o en contra del consumidor.

i) Se deberá cuidar el error de repetitividad en cada velocidad, eso significa que entre el mismo gasto no debe de haber una variación en jarras de 20 lts por más de 60 ml y en jarras de 10 lts una diferencia de 40 ml por velocidad, para evitar la inmovilización de instrumentos.

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4.12.5 Una vez cerrando el acta, será revisada por el líder de turno, donde deberá ver que los siguientes puntos deben de ser correctos en el acta.

a) Fecha

b) Nombre y número de la estación

c) Nombre de encargado, testigos y número de IFE de cada uno de ellos

4.12.6 Muy importante, al leer la tercera hoja en la parte inferior media, deberá aparecer la marca que diga (si cumple) la estación con lo establecido por la ley federal de protección al consumidor y (no) se aplica medida

precautoria e inmovilización de instrumentos; esto sería en el mejor de los casos.

4.12.7 En el caso de que el verificador de Profeco mencione que va a cerrar una o varias posiciones de despacho por cualquier motivo valido o invalido para ellos, se les mencionara al final del acta que ellos no cumplieron con alguno de los incisos b),c) y d) del punto #4.2.1 del párrafo de procedimiento y de no haber cumplido con los incisos a),b) y c) del punto #4.2.4 será transcrito en el acta en la parte media de la hoja # 4 donde se da un espacio con 6 renglones para observaciones y dicha acta se manda a la ciudad de México donde será revisada por sus superiores y de haber cualquier manifestación negativa en el acta por alguna estación los verificadores que realizaron la inspección de la estación pueden ser sancionados e incluso despedidos por la violación de la NOM- 005.

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4.12.8 Al momento del cierre del acta y que se identifique que se va a cerrar una posición de carga por motivo de REPETIBILIDAD el Director Operativo y/o Gerente indicaran si se asientan en el acta las observaciones del líder de turno.

5. DEFINICIONES

PROFECO: Procuraduría Federal del Consumidor.

Holograma: es una imagen tridimensional registrada por medio de rayos láser.

Calcomanía: consistente en una imagen que, mediante la aplicación de agua, transfiere del soporte original a otra superficie donde queda adherida.

Display: es un dispositivo electrónico que permite mostrar información al usuario.

Jarra patrón: Recipiente con capacidad para 20 litros, calibrada por PROFECO.

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6. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN

Para controlar y dar un buen seguimiento se manejara una carpeta en el cual deben estar físicamente las revisiones mensuales llevadas a cabo por el encargado en turno ECO-PO-OP-004-F01. Bimestralmente el supervisor revisara el registro (Revisión Preventiva en dispensarios) donde se encuentran las revisiones que hizo el líder de turno.

7. REFERENCIAS

ISO 9001:2008

Sistemas de gestión de la calidad – Requisitos (NMX-CC-9001-IMNC-2008) ISO 9000:2005

Sistemas de gestión de la calidad – Fundamentos y vocabulario (NMX-CC-9000- IMNC-2005)

ISO 9004:2000

Sistemas de gestión de la calidad – Recomendaciones para la mejora del desempeño (NMX-CC-9004-IMNC-2000)

Procedamos a Destruir los documentos o datos obsoletos al recibir los nuevos, asegurando que estos últimos los coloquemos en el lugar en donde se realizan las actividades relacionadas con ellos.

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