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MACROPROCESO PROCESO SUBPROCESO GESTIÓN DE DESARROLLO TERRITORIAL GESTIÓN DE AVALÚOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y GESTIÓN DE SUELO

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1. IDENTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

MACROPROCESO PROCESO SUBPROCESO

GESTIÓN DE DESARROLLO TERRITORIAL

GESTIÓN DE AVALÚOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y GESTIÓN DE SUELO

GESTIÓN DEL SUELO

PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DE COMODATO, PERMUTA Y DONACIÓN

ÁREA RESPONSABLE DIRECCIÓN DE AVALÚOS, ORDENAMIENTO

TERRITORIAL Y GESTIÓN DE SUELO

VERSIÓN DEL DOCUMENTO 1.0

CÓDIGO PRO-DAOTGS-012

2. OBJETIVO

Estandarizar los procedimientos de Comodato, Permuta y Donación del GAD del Cantón de Portoviejo con el fin de normar los procesos de trasferencia de dominio especiales.

3. ALCANCE

Este procedimiento aplica para todos los contratos de Comodato, Permuta y Donaciones hasta la entrega de la escritura cerrada al beneficiario final.

4. BASE LEGAL

 Constitución de la República del Ecuador

 Código Civil

Art. 2077.- Comodato o préstamo de uso es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. Este contrato no se perfecciona sino por la tradición de la cosa.

 Código Orgánico De Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) Art. 436.- Autorización de transferencia. (Sustituido por el Art. 34 de la Ley s/n, R.O. 166- S, 21-I-2014).- Los consejos, concejos o juntas, podrán acordar y autorizar la venta, donación, hipoteca y permuta de los bienes inmuebles públicos de uso privado o la venta, donación, trueque y prenda de los bienes muebles, con el voto de los dos tercios de los integrantes. Para la autorización no se podrá contemplar un valor inferior al de la propiedad, de acuerdo con el registro o catastro municipal actualizado. La donación únicamente procederá entre instituciones del sector público.

Art. 441.- Comodato.- Para el comodato de bienes de los gobiernos autónomos descentralizados se observarán, en lo que fuere aplicable, las reglas relativas al comodato establecido en el Libro IV del Código Civil, con excepción de aquellas que prevén indemnizaciones a favor del comodatario por la mala condición o calidad del bien prestado

Art. 460.- Forma de los contratos. (Reformado por el Art. 37 de la Ley s/n, R.O. 166-S, 21- I-2014).- Todo contrato que tenga por objeto la venta, donación, permuta, comodato, hipoteca o arrendamiento de bienes raíces de los gobiernos autónomos descentralizados se realizará a través de escritura pública; y, los de venta, trueque o prenda de bienes muebles, podrán hacerse por contrato privado al igual que las prórrogas de los plazos en

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Pág. 4 de 10 Procedimiento para la Aprobación de Comodato, Permuta y

Donación PRO-DAOTGS-012

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los arrendamientos. Respecto de los contratos de prenda, se cumplirán las exigencias de la Ley de la materia.

Los contratos de arrendamiento de locales en los que la cuantía anual de la pensión sea menor de la base para el procedimiento de cotización, no estarán obligados a la celebración de escritura pública. Los contratos de arrendamiento en los que el gobierno autónomo descentralizado respectivo sea arrendador, se considerarán contratos administrativos, excepto los destinados para vivienda con carácter social.

En los contratos de comodato, el comodatario no podrá emplear el bien sino en el uso convenido, que no podrá ser otro que cumplir con una función social y ambiental.

Concluido el comodato, el comodatario tendrá la obligación de restituir el bien entregado en comodato, en las mismas condiciones en que lo recibió; sin embargo, las mejoras introducidas en el bien prestado y que no pudieren ser separadas sin detrimento de éste, quedarán en beneficio del comodante sin que éste se encuentre obligado a compensarlas.

La comisión de fiscalización del respectivo gobierno autónomo descentralizado controlará el uso autorizado de los bienes dados en comodato. Si en el plazo de tres años no se hubiese dado el uso correspondiente se procederá a su inmediata reversión.

 Reglamento general para la administración, utilización, manejo y control de los bienes y existencias del sector público de la contraloría general del estado (acuerdo no.017-cg- 2016)

Art. 89.- Contrato con entidades privadas.- También se podrá celebrar contrato de comodato entre entidades y organismos del sector público y personas jurídicas del sector privado que, por delegación realizada de acuerdo con la ley, presten servicios públicos, siempre que dicho contrato se relacione con una mejor prestación de un servicio público, se favorezca el interés social, se establezcan las correspondientes garantías y esté debidamente autorizado por la máxima autoridad de la entidad u organismo, de acuerdo con la ley y este reglamento.

 Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo (LOOTUGS)

 Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales

 Ordenanza de reglamentación del área urbana y rural del cantón Portoviejo

 Leyes conexas

5. REGLAS INTERNAS

5.1. Las normas generales y procedimientos establecidos en este documento son de aplicación obligatoria para todos los servidores involucrados del GAD Portoviejo y Empresas Públicas Municipales.

5.2. El no cumplimiento por parte de los funcionarios responsables del control y la ejecución, será causal para la determinación de sanciones y responsabilidades en conformidad con las leyes y normas vigentes.

5.3. Este procedimiento se encuentra sujeto a actualización permanente, con el propósito de incluir los cambios que se produzcan, como efecto de la actualización de las leyes, normas y políticas que se emitan o las necesidades administrativas que surjan en el GAD Portoviejo.

5.4. En todo lo que no estuviere establecido en este procedimiento, se estará sujeto a lo dispuesto en el COOTAD.

(5)

6. POLÍTICAS

6.1 En el Informe Técnico de Donación, Permuta o Comodato se debe establecer las condiciones de compatibilidad de uso de suelo entre el proyecto a realizar con el sector (entorno). En el caso de ser Informe Técnico de Comodato, se deja constancia de las condiciones actuales del bien que se entrega.

7. DEFINICIONES

COMODATO: Es un contrato donde el Municipio entrega gratuitamente una especie, mueble o raíz, en tenencia y administración, a otra parte, para que haga uso de ella, bajo condiciones específicas y con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. Se podrá celebrar contrato de comodato entre entidades y organismos del sector público y personas jurídicas del sector privado que, por delegación realizada de acuerdo con la ley, presten servicios públicos.

DONACIÓN: Escritura de propiedad donde el Municipio entrega al beneficiario final un inmueble para la elaboración de un proyecto específico en un tiempo determinado; de no realizárselo, se revierte el inmueble al Municipio.

PERMUTA: Es un contrato (escritura de propiedad) por el cual cada una de las partes se obliga a dar el derecho de propiedad (dominio) de una cosa (bien inmueble) para recibir el derecho de dominio sobre otra.

COMISIÓN FISCALIZADORA: Es la comisión que se encarga de verificar que los bienes inmuebles dados en comodato o donación, cumplan en conformidad con el COOTAD el propósito para el que fueron aprobados, y está conformada por el Director de Control de Gestión, Director Administrativo y el Director de Avalúos, Ordenamiento Territorial y Gestión del Suelo; o sus delegados.

8. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

a) Responsables de la ejecución: Director de Avalúos, Ordenamiento Territorial y Gestión de Suelo, Director Financiero, Procurador Síndico, Secretario General, Coordinador de Gestión del Suelo, Coordinador de Rentas, servidor(es) responsable(s) de ventanilla de información de la Dirección de Avalúos, Ordenamiento Territorial y Gestión de Suelo, Técnico de la Coordinación de Gestión del Suelo, Técnico de Avalúos,

b) Responsables del control: Director Cantonal de Desarrollo Territorial

c) Distribución: La Dirección General de Planificación distribuirá el presente procedimiento a toda la Institución mediante correo electrónico. El Jefe Técnico de Procesos realizará la publicación en la Intranet del GAD Portoviejo.

9. PROCEDIMIENTO:

No. Actividad Documento Responsable Tiempo

proceso

1

Presenta en la Dirección de Avalúos, Ordenamiento Territorial y Gestión del suelo los siguientes requisitos, dependiendo del trámite a gestionar:

a) Comodato o Donación

 Solicitud.

 Proyecto a realizar cuyo objeto no podrá ser otro que cumplir con una función social y ambiental

Solicitante

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Pág. 6 de 10 Procedimiento para la Aprobación de Comodato, Permuta y

Donación PRO-DAOTGS-012

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para el comodato, indicando el bien inmueble requerido.

b) Permuta

 Solicitud.

 Proyecto a realizar.

 Certificado de Solvencia del inmueble y/o copia de escrituras del predio de la otra parte.

 Cedula de ciudadanía o RUC

 Disponibilidad presupuestaria del GAD en el caso de requerir

2

Revisa documentación.

¿Esta correcta?

SI: Ejecuta el “Procedimiento para obtener la Pre Factibilidad Inmobiliaria” (PRO-DAOTGS-008- 001).Paso 3.

NO: Informa al solicitante, vía correo electrónico, requisitos faltantes, si en 8 días no entrega los requisitos se cierra el trámite.

Informe de Factibilidad Inmobiliaria (PRO-DAOTGS-

008-001)

Secretaria de la Dirección de

Avalúos, Ordenamiento

Territorial Y Gestión Suelo

2 horas

3

¿Informe de Factibilidad Inmobiliaria es positivo?

SI: Elabora el “Informe de Factibilidad de Gestión del Suelo” (PRO-DAOTGS-012-001) en el que se indique si el requerimiento se encuentra o no en oposición con la planificación del ordenamiento territorial establecido.

NO: FIN

Informe de Factibilidad de Gestión del Suelo

(PRO-DAOTGS- 012-001)

Técnico de la Coordinación de Gestión del Suelo

4

Revisa el “Informe de factibilidad de Gestión del Suelo”

¿Está de acuerdo?

SI: Aprueba el “Informe de Factibilidad de Gestión del Suelo” (PRO-DAOT-012-002) y envía al Coordinador de Valoración. Paso 5

NO: Niega el “Informe de Factibilidad de Gestión del Suelo” (PRO-DAOT-012-002), indicando el motivo.

FIN

Coordinador de Gestión de Suelo

5

Inicia el “Procedimiento de Valoración” (PRO- DAOTGS-027 elabora el “Informe de Valoración del Bien” para el comodato, permuta o donación.

Coordinador de Valoración

6

¿Es permuta y requiere disponibilidad presupuestaria por diferencia pagar?

SI: Solicita la disponibilidad presupuestaria NO: Paso 7

Informe de Valoración del

Bien (PRO-DAOTGS-

008-003)

Director de Avalúos, Ordenamiento

Territorial y Gestión del Suelo

1 día

7 Revisa la documentación habilitante, elabora el Informe Jurídico.

Abogado responsable

(7)

8 Aprueba Informe Jurídico y lo envía a la Comisión de Legislación.

Procurador Síndico

9

Elabora Informe de Factibilidad de Comodato, Permuta o Donación y lo envía al Alcalde para su disposición de ingreso en el orden del día de la sesión de Concejo Municipal.

Comisión de Legislación

10 Dispone al Secretario General el ingreso en el Orden

del día. Alcalde

11

Revisa el Informe de Factibilidad de la Comisión de Legislación.

¿Está de acuerdo con el comodato, permuta o donación?

SI: Aprueba. Paso 12 NO: Niega. FIN

Concejo Municipal

12

Envía comunicado con la Resolución de aprobación del Concejo Municipal y autorización para suscripción de la minuta por el Alcalde y adjunta copia del Acta de Sesión de Concejo, al área solicitante y al Procurador Síndico.

¿Existen valores a cancelar por el solicitante o por el GAD cuando es permuta?

SI:

POR EL SOLICITANTE: Envía trámite a Rentas para generar el título de crédito. Paso 12

POR EL GAD: Mantiene pendiente el pago, hasta que se inscriba la escritura en el Registro de la propiedad. Paso 13

NO: Paso 13

Secretario General

12 Genera el título de crédito, para la cancelación respectiva del solicitante.

Coordinador de Rentas

13 Elabora la minuta (debidamente firmada por las partes), y la envía a Secretaría General.

Procurador Síndico

14 Firma la minuta. Alcalde

15

Envía al Registro de la Propiedad para inscripción de la escritura e ingreso en el catastro municipal, carga en el sistema la escritura y en vía a Secretaría General para su archivo.

Procurador Síndico

(8)

Pág. 8 de 10 Procedimiento para la Aprobación de Comodato, Permuta y

Donación PRO-DAOTGS-012

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16

 Archiva los originales de la escritura.

 Si es una permuta y existen valores pendientes a pagar por el GAD, envía al Director Financiero para que inicie el procedimiento de pago, adjuntando toda la documentación de soporte.

 Envía copia de la escritura a la Dirección Administrativa, para que en el caso de que conste como un bien del GAD sea dado de baja dentro de los activos o realice el ingreso correspondiente. Paso 18

¿Es un Comodato o Donación o Permuta?

COMODATO O DONACIÓN: Envía copia de la escritura a la Comisión de fiscalización. Paso 17 PERMUTA: ¿Existen valores a cancelar por el GAD al propietario?

SI: Inicia procedimiento de pago. Paso 18.

NO: Paso 18

Secretario General

17

Controla el uso autorizado de los bienes dados en comodato y donación. Si en el plazo de tres años no se hubiese dado el uso correspondiente se procederá a su inmediata reversión, previa la elaboración de su Informe dirigido para el Alcalde y el Concejo Municipal.

Comisión de Fiscalización

18

Registra el ingreso, crea activo fijo y manda a contabilidad para que lo registren en el balance, de acuerdo al “Procedimiento para ingresar al inventario los bienes muebles que no se encuentran registrados en el sistema de activos”. O realiza informe y motiva la baja, en conformidad al “Procedimiento para el egreso y baja de bienes del inventario de activos

Dirección Administrativa

FIN PROCESO

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10. DIAGRAMA DE FLUJO:

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Pág. 10 de 10 Procedimiento para la Aprobación de Comodato, Permuta y

Donación PRO-DAOTGS-012

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11. FORMATOS DE REGISTRO:

FORMATO 1: PRO-DAOTGS-008-001 Informe de Factibilidad Inmobiliaria

(11)

FORMATO 2: PRO-DAOTGS-012-001 Informe de Factibilidad de Gestión del Suelo

FECHA:

DATOS DEL SOLICITANTE SOLICITANTE:

1. DATOS DEL INMUEBLE 1 Clave Catastral:

Propietario:

Ubicación:

Parroquia:

Medidas y Linderos:

LADO

Frente (sur)

Posterior (norte) Derecho (oeste) Izquierdo (este) ÁREA TOTAL DEL PREDIO:

NUMERO DE BLOQUES

BLOQUE 1 : TIPOLOGIA:

AREA: P.B 100 M2 P.A. - COLOCAR MAS VENTANILLAS DE NUMERO DE PISOS

ESTADO DE LA EDIFICACION BLOQUE 2 :

TIPOLOGIA:

AREA: P.B 100 M2 P.A. 250 M2 COLOCAR MAS VENTANILLAS DE NUMERO DE PISOS ESTADO DE LA EDIFICACION

CERRAMIENTO SI X NO MATERIALES ALAMBRE DE PUAS

SERVICIOS BASICOS E INFRAESTRUCTURA:

USO DE SUELO ( COMPATIBILIDAD):

COMODATO / PERMUTA / DONACION A FAVOR DE:

DATOS DEL INMUEBLE 2 Clave Catastral:

Propietario:

Ubicación:

Parroquia:

Medidas y Linderos:

LADO

Frente (sur)

Posterior (norte) Derecho (oeste) Izquierdo (este) ÁREA TOTAL DEL PREDIO:

NUMERO DE BLOQUES

CERRAMIENTO SI X NO MATERIALES ALAMBRE DE PUAS

SERVICIOS BASICOS E INFRAESTRUCTURA:

USO DE SUELO ( COMPATIBILIDAD):

COMODATO / PERMUTA / DONACION A FAVOR DE:

CONCLUSIONES:

OBSERVACIONES:

5. REQUISITOS PRESENTADOS

Proyecto Adjunto

TECNICO RESPONSABLE DIRECTOR DE AVALUOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Y GESTION DE SUELOS X Otro - describir: s e a djunta expedi ente en 10 foja s forma to A4 y una foja forma to A3

Elaborado por: Arq. Flor Maria Briones Alava

412075002 Gráfico del predio

06 de marzo del 2017

VELEZ SAETEROS PATRICIO

X Copia de la Escritura

Parroquia Picoazá, calle camino al cerro y Via a la cantera.

Picoazá

MEDIDAS Y LINDEROS 30020.00 m2

412075001

Parroquia Picoazá, calle camino al cerro y Via a la cantera.

Picoazá

MEDIDAS Y LINDEROS SUAREZ VERA HORLLY WLADIMIR

30020.00 m2

NO EXISTEN EDIFICACIONES

Gráfico del predio

2 2. CARACTERISTICAS DE BLOQUES

EDUCATIVO ( AULAS)

EDUCATIVO (COMEDOR Y OFICINAS) DETERIORO

BUENO

INFORME DE FACTIBILIDAD DE GESTION DE SUELO - COMODATOS/PERMUTA/

DONACION

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