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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS

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Academic year: 2022

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS

En la ciudad de Loja a los……….días del mes de…………de 2022, suscriben libre y voluntariamente el presente Contrato de Servicios Educativos, por una parte, El señor/a:

………con cédula de ciudadanía y/o pasaporte N°………, con domicilio en la ciudad de Loja, en su calidad de padre, madre o representante legal del estudiante ………...

de………..EGB/BGU; a quien en adelante y para efectos del presente contrato, será denominado como El REPRESENTANTE; y, por otra parte, la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada, representada por Sor María Sonia Cuasapaz Lucero, en su calidad de Rectora.

1. ANTECEDENTES. –

1.1. La Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada de la ciudad de Loja es una entidad que ofrece educación integral en los niveles Inicial, Básica y Bachillerato. Su actividad se rige por los principios constitucionales, Ley Orgánica de Educación Intercultural, su Reglamento General y demás normativas vigentes.

1.2. Conforme lo previsto en las mencionadas normativas, la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada se encuentra debidamente autorizada y avalada por la Autoridad Nacional.

2. DEFINICIÓN DEL CONTRATO. –

El presente es un contrato de cooperación educativa, que obedece a las disposiciones constitucionales y legales; por lo que se hace indispensable una responsabilidad compartida, en la cual concurran obligaciones de los educadores y padres de familia o representantes legales de los/las estudiantes. El presente contrato formaliza la vinculación del estudiante al servicio educativo que ofrece la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada.

3. OBJETO DEL CONTRATO. –

El fin del presente contrato es establecer los compromisos y obligaciones que asumen las partes para procurar la formación integral de el/la estudiante. La prestación del servicio educativo se da en el marco de la ley, su reglamento y demás regulaciones emitidas por la autoridad competente, y en concordancia con la filosofía institucional descrita en la misión, visión y valores de la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada.

El representante contrata los servicios que oferta la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada y matricula a su representado/a para el año lectivo 2022-2023, sujetándose a las estipulaciones que contiene el presente contrato.

4. SERVICIOS EDUCATIVOS. –

Con estos antecedentes, las partes acuerdan que el/la estudiante identificado en la cláusula de comparecientes, reciba los servicios educativos en la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada todo el año lectivo 2022-2023.

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Los servicios educativos básicos que prestará la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada son aquellos con los que cumple el programa curricular establecido por el Ministerio de Educación, a través de 200 días de actividad educativa de conformidad al calendario escolar, regulado por la Autoridad Educativa Nacional; y los servicios complementarios que tienen el carácter de voluntarios y comprenden actividades solidarias a través de los grupos vicentinos, culturales, sociales, deportivas, entre otros.

La modalidad de las clases será la que disponga la autoridad Educativa Nacional de acuerdo con las circunstancias, actualmente Modalidad Presencial, pero si amerita el caso se adoptará la modalidad virtual. Las clases que se imparten cuentan con horarios estructurados que contemplan actividades con interacción entre el docente y sus estudiantes, y otras de trabajo autónomo con los materiales y tareas entregados por la institución educativa.

5. OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. –

La Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada se compromete con el/la REPRESENTANTE, a:

5.1 Proveer los servicios educativos conforme al Proyecto Educativo Institucional para la Convivencia Armónica, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) y demás normativas vigentes.

5.2 Poner a disposición del estudiante, los equipos, instalaciones y espacios físicos necesarios destinados para la enseñanza y el material pedagógico, para el adecuado desarrollo de las actividades escolares.

5.3 Ofrecer los servicios de orientación y bienestar estudiantil por medio del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE); atención médica primaria y de emergencia.

6. OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE. -

En conformidad con el Art. N°13, del capítulo Quinto de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, que trata acerca de los DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS MADRES, PADRES Y/O REPRESENTANTES LEGALES, ellos serán corresponsables en el proceso educativo de sus hijas, hijos o representados para lo cual, además de cumplir con su obligación de garantizar que su representado/a asista regularmente a los servicios educativos, apoyarán su aprendizaje, y revisarán su progreso, desempeño y conducta.

Además, el/la representante del estudiante se obliga a:

6.1 Cumplir y promover el cumplimiento del Código de Convivencia y demás regulaciones que se refieran al correcto desarrollo de la propuesta formativa de la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada.

6.2 Asistir a las reuniones convocadas formalmente por la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada de la ciudad de Loja.

6.3 Utilizar los medios de comunicación apropiados y de manera respetuosa para dirigirse a quien corresponda.

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6.4 Pagar puntualmente el valor correspondiente de la matrícula y cancelar la pensión mensual, tal como lo establece el Art. N°57, capítulo séptimo de la LOEI que trata de los Derechos de las Instituciones Educativas Particulares y Fiscomisionales. Deberá cancelar estos valores dentro de los CINCO (05) primeros días de cada mes; ya que la no cancelación de la totalidad de las obligaciones contraídas con la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada, dará derecho a tomar las medidas que establece el Memorando Nro. MINEDUC-VGE-2022-00081-M con fecha 27 de julio de 2022; que menciona que los estudiantes que se encuentran matriculados en las instituciones educativas fiscomisionales y particulares, cuyos padres, madres de familia o representantes legales no hayan cancelado los valores de pensión por más de 3 meses acumulados entraran en el proceso de pase o transferencia a una institución educativa pública del Sistema Nacional de Educación.

6.5 Reparar y recuperar los daños ocasionados por su representado, a los bienes de la institución o de sus miembros, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que correspondan.

6.6 Promover el cuidado de los objetos personales indispensables (útiles escolares, uniformes, loncheras, pupitres asignados, etc.) que porte su representado, ya que la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada no se responsabiliza por daño o pérdida de estos.

7. PLAZO Y RENOVACIÓN. –

El plazo de duración del presente contrato es de un año lectivo. Este contrato no se renovará automática o tácitamente.

El vencimiento del plazo de la relación contractual se generará al concluir el periodo escolar por el año suscrito.

8. DECLARACIONES Y ACEPTACIONES. –

• Declaro haber leído y conocer las prescripciones del acuerdo ministerial MINEDUC- 2018-00021-A, y, en consecuencia, me comprometo a ingresar a la Institución Educativa, sin portar cigarrillos, bebidas alcohólicas o alguna sustancia sujeta a fiscalización, tal como lo indica el Art. N°3 del mencionado acuerdo.

• Las puertas de la Institución se abren a las 06h20 y se inician las labores a las 07h00 por lo que, con cinco minutos de espera, a partir del mismo se registrará el atraso. No se permitirá el ingreso a la primera hora de clase a los/as estudiantes atrasados/as, salvo excepciones previamente justificadas. Si reincide en tres atrasos, se firmará un acta en el Departamento de Inspección en base al Art. N°172 de la LOEI que trata acerca de la Reprobación de asignaturas por inasistencia. Si continua con atrasos se reportará al Distrito para su reubicación.

• Los padres de familia y/o representante colaborarán con el personal del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE) en lo que respecta a brindar información que contribuya a la detección, intervención y seguimiento de su representado/a, cumpliendo las directrices que este organismo determine en el marco del bienestar integral.

• Los padres de familia y/o representante se comprometen a apoyar y hacer seguimiento tanto al aprendizaje como al desempeño conductual de su representado/a y atender los

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• Los padres de familia y/o representante comunicarán la inasistencia a clases del/la estudiante por teléfono a la primera hora al Departamento de Inspección y cuando regrese a clase justificará con el documento correspondiente hasta cuarenta y ocho horas después de integrarse a la jornada laboral, para que los trabajos y evaluaciones no presentadas en la ausencia sean aceptados por los docentes.

• Acceder a todos los medios que la institución ponga a su disposición (redes sociales institucionales, página web oficial, ventanillas de atención, estafeta física) para informarse sobre las diferentes resoluciones y comunicados que se emitan durante todo el año lectivo.

• Informar en el menor tiempo posible a la Unidad Educativa Fiscomisional La Inmaculada, por medio del departamento de secretaría, cualquier cambio en la información consignada en el día de matrícula (dirección domiciliaria, número de teléfono convencional, número celular, correo electrónico, apellidos, etc.).

• Los padres de familia y/o representante deben asistir puntualmente a las reuniones de escuela para padres que imparte la institución; así como también a las diferentes actividades culturales, religiosas y de formación espiritual que brinda la institución.

• Controlar que todas las tareas de su representado/a sean entregadas a tiempo.

• Los padres de familia y/o representantes legales participarán voluntariamente en los proyectos de responsabilidad social (comedor de San Vicente de Paúl y obras sociales) en beneficio de las personas más necesitadas.

• Los representantes declaran que envían a su representado en óptimas condiciones de salud, y que en su círculo familiar han guardado las condiciones de seguridad para evitar un posible contagio referente al virus COVID19; por lo que, al conocer que el virus es de fácil propagación, deslindan a la Institución Educativa de cualquier responsabilidad en caso que su representado o algún estudiante resulte positivo al referido virus; autorizan al colegio a efectuar los protocolos definidos como aislamiento y pruebas COVID hacia su representado.

• Los padres de familia y/o representante, dan su consentimiento para que las autoridades y el personal docente de la Institución, por la seguridad de sus hijos e hijas, realicen lo siguiente:

➢ Revisar las mochilas de los/as estudiantes cuando crean conveniente.

➢ El uso de aparatos electrónicos como tablet, celular, audífonos y otros que interrumpan la labor educativa, están estrictamente prohibidos, por lo que en caso de contravención se procederá a retirar dichos aparatos a través del Departamento de Inspección, y se los devolverá al representante cuando finalice el año lectivo.

➢ Si el/la estudiante no viene debidamente uniformado/a, de acuerdo con el horario de clase, se llamará a su representante para que le traiga el uniforme correcto; por este desacato el/la estudiante realizará servicio comunitario después de recreo y en caso de reincidencia (más de dos veces) afectará su calificación de comportamiento.

➢ Llevar con altura y dignidad su uniforme tanto dentro como fuera del plantel. El largo de la falda es al término de la rodilla.

➢ Los estudiantes deben permanecer dentro del aula en horario de clases y en el momento de recreo en los patios.

➢ Después de la hora de entrada no se recibirá ningún trabajo, lunch, tarea u otros objetos olvidados en casa.

➢ No está permitido a las estudiantes acudir a clases maquilladas, con pestañas postizas, uñas pintadas y/o acrílicas, cabello suelto o tinturado.

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➢ Los estudiantes no pueden portar cortes de cabello ni adornos extravagantes como piercings, ni usar bufandas/chompas u otras prendas ajenas al uniforme de la institución.

➢ Los estudiantes deben entregar las comunicaciones escritas enviadas al Padre de Familia y/o Representante, caso contrario se comunicará vía telefónica o correo electrónico para que el representante tenga conocimiento.

➢ Si los estudiantes después de ser convocados a clases de recuperación pedagógica no asisten, la Institución no será responsable de las dificultades académicas posteriores.

➢ Los estudiantes colaborarán en el mantenimiento del orden y la limpieza del aula y de la Institución (mantener limpio el pupitre asignado, conservar las paredes sin rayones o manchones, colocar la basura en su lugar durante toda la jornada especialmente durante el receso o actividades culturales, deportivas y religiosas).

➢ Previa autorización del padre, madre y/o representante legal, para integrar cualquiera de los clubes o eventos que posee la Institución, el/la estudiante debe asumir su participación en todos los compromisos que el establecimiento educativo tenga dentro o fuera de ella; y los gastos que ocasionan estas presentaciones en cuanto a vestimenta, instrumentos, transporte, etc., serán solventados por los padres de familia y/o representantes.

➢ En caso de comercializar y/o consumir tabaco, alcohol o cualquier sustancia estupefaciente o psicotrópica ilegal dentro de la institución educativa, se actuará de acuerdo con las rutas y protocolos frente a estas situaciones; así como también se actuará en base al Art. N° 330 y 331, del Capítulo IV de la LOEI, que estipula LAS FALTAS DE LOS ESTUDIANTES Y LAS ACCIONES EDUCATIVAS DISCIPLINARIAS.

Además, para precautelar el bienestar de sus hijos e hijas, y evitar cualquier intento de consumo de alcohol, se prohíbe el ingreso de termos, “tomatodos” o cualquier otro envase en el cual se pueda almacenar una bebida alcohólica.

Así mismo, queda prohibido el ingreso de cigarrillos electrónicos o “vapers” a la institución educativa.

➢ En caso de cualquier conducta o comportamiento inadecuado dentro o fuera de la Institución, que dañe la imagen del mismo, se actuará de acuerdo al Art. N°330 y 331, del Capítulo IV de la LOEI, que estipula LAS FALTAS DE LOS ESTUDIANTES Y LAS ACCIONES EDUCATIVAS DISCIPLINARIAS.

➢ No se permite la venta de artículos (golosinas, adornos, comida) dentro o fuera del salón de clases.

➢ Cualquier comportamiento que entorpezca el proceso de aprendizaje como:

interrumpir repetida e intencionalmente las clases y los eventos que la Institución Educativa organice, enviar cartas o pasar papeles durante clase, comer o dormir en el aula, son faltas que se consideran desde leves a muy graves, según lo estipula el Art.

N°330, del capítulo DE LAS FALTAS DE LAS ESTUDIANTES, y se tomarán las acciones educativas disciplinarias estipuladas en el Art. N°331 de la LOEI.

➢ El/la estudiante que presente una dolencia en su salud, durante el horario de clases, deberá informarlo inmediatamente para ser atendido/a en el centro médico más cercano; así mismo se informará en el acto al representante la situación de salud de su hijo o hija.

➢ El/la estudiante cuyos padres les soliciten esperar en la institución educativa luego de la hora de salida, deberán hacerlo dentro de las instalaciones. Además, los estudiantes no podrán quedarse en los parques o calles aledañas a la institución una vez autorizada

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➢ El/la estudiante no podrá abandonar el salón de clase ni la Institución sin permiso de las autoridades.

➢ Utilizar un vocabulario y expresión corporal acorde a las normas éticas, morales y de urbanidad.

➢ Evitar en su totalidad conductas de bullying hacia la comunidad educativa.

➢ Denunciar ante las autoridades cualquier acto de violencia que conozca.

➢ Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica y promover la resolución pacífica de los conflictos.

9. RATIFICACIÓN. –

Las partes se afirman y ratifican en el total contenido del presente contrato, en forma libre y voluntaria y por así convenir a sus intereses, para constancia de lo cual lo suscriben en la ciudad de Loja, a los …… días del mes de agosto del año 2022.

Sor María Sonia Cuasapaz L. Sr./Sra……….

RECTORA REPRESENTANTE

Referencias

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