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TÉRMINOS Y CONDICIONES. Diez millones de pesos (COP$ ) Veinte Mil Millones de pesos (COP$ )

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La Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A. (“Protección”), pone a disposición de los afiliados al Fondo de Pensiones Protección (el “Fondo”), la alternativa cerrada denominada Corto Plazo mayo 2020 (en adelante la “Alternativa Cerrada”), la cual le permitirá conservar el beneficio tributario propio de fondos de pensiones voluntarias, ofreciendo preservación y apreciación de su capital, rigiéndose por los siguientes:

TÉRMINOS Y CONDICIONES RESUMEN

Inversión de la Alternativa Cerrada

Esta Alternativa Cerrada le ofrece la oportunidad de diversificar su portafolio en el corto plazo (un año aproximadamente) exponiendo su inversión al retorno generado por la renta fija de emisores colombianos y al mismo tiempo conservando el 100% del “Aporte inicial” siempre y cuando no se configuren los riesgos que se identifican más adelante en este documento de adhesión.

Aporte Inicial

Corresponde al monto de dinero en pesos colombianos que cada afiliado decida invertir en la Alternativa Cerrada y que sea acreditado en el portafolio Protección Recaudador o en el portafolio que Protección S.A. defina como más adecuado, o al saldo real invertido por cada Afiliado en la Alternativa en caso de presentarse un Evento de Prorrateo.

Valor a Invertir

Es el valor que efectivamente es invertido en las Inversiones Admisibles. Corresponde al Aporte Inicial más los rendimientos generados en Protección Recaudador o en el portafolio donde se encuentren los recursos al momento de la estructuración de la Alternativa Cerrada.

Monto Mínimo de

Inversión por Afiliado Diez millones de pesos (COP$ 10.000.000) Monto Máximo de la

Alternativa Cerrada Veinte Mil Millones de pesos (COP$ 20.000.000.000)

Comisión

A partir de la Fecha de Estructuración de la Alternativa, se cobrará una Comisión de Manejo sobre aporte inicial entre el 0.7% y 1% sobre el aporte que el partícipe realice a la Alternativa.

El valor definitivo de la comisión a ser cobrada será informado al Afiliado.

Fechas de Ingreso a la

Alternativa Cerrada A partir del 5 de mayo de 2020.

Plazo de Inversión Aproximadamente Un (1) año contado a partir de la Fecha de Estructuración de la Alternativa Cerrada. Protección se reserva el derecho de cambiar el Plazo de la Inversión buscando siempre la no afectación de los afiliados.

Retorno

Esta Alternativa busca el crecimiento del capital en pesos mediante la obtención de una rentabilidad mínima objetivo neta después de comisiones cercano del 4 % E.A. sobre el Valor a Invertir durante el Plazo de Inversión. Esta rentabilidad estará asociada a las condiciones del mercado en el momento de la estructuración y a los riesgos identificados en el presente Documento de Adhesión, por esta razón no es una rentabilidad garantizada.

Perfil de Riesgo

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La Alternativa Cerrada tiene un objetivo de inversión de corto plazo, busca la preservación de capital, y está especialmente diseñada para clientes de perfil Conservador

Nivel de protección del Aporte Inicial

El afiliado recibirá en la Fecha de Vencimiento de la Alternativa Cerrada, al menos el 100% del valor del Aporte Inicial. Lo anterior, en todo caso, está supeditado a la no ocurrencia de los correspondientes riesgos que se identifican más adelante en el presente Documento de Adhesión. En todo caso, de presentarse un Evento de No Estructuración de la Alternativa, el afiliado acepta que debido a los riesgos de mercado que se asumen, no aplica la protección del 100% del Aporte Inicial.

Pignoración del saldo de la alternativa

Para esta Alternativa Cerrada se podrá aplicar la pignoración de saldo disponible.

Para más información consulte a su Consultor de Wealth Management o en nuestra Línea de Servicio.

PRIMERA. Portafolio de inversión de la alternativa. Esta alternativa invierte en títulos de renta fija de emisores colombianos mercado colombiano, Instrumentos de cobertura de riesgos cambiarios o de tasas de interés y en títulos para el manejo de la liquidez (Inversiones Admisibles).

SEGUNDA. Partícipes. Afiliados a la Alternativa Cerrada que aceptan y comparten las siguientes características:

a) El horizonte de inversión es de corto plazo y de perfil muy conservador. Prefiere un retorno conocido al momento de la estructuración de la Alternativa y desea aumentar la diversificación de su portafolio.

b) Es un inversionista que entiende que sus recursos deberán permanecer hasta el vencimiento de la Alternativa para obtener la rentabilidad de la inversión. Lo anterior salvo lo previsto específicamente en las cláusulas de Terminación Anticipada, Eventos de No Estructuración o Eventos de Prorrateo de este Documento de Adhesión.

c) Es un cliente que quiere exponer parte de su portafolio al retorno generado por la renta fija de corto plazo y al mismo tiempo desea conservar el 100% de su “Aporte inicial” (al vencimiento de la inversión).

d) Aceptan y asumen todos los riesgos asociados a las "Inversiones admisibles" en la Alternativa. Entre éstos, los riesgos de mercado, crédito y contraparte.

e) Entienden que Protección S.A. actúa como estructurador y administrador de la Alternativa y no como garante de las inversiones.

f) Comprenden que existen riesgos crediticios y de contraparte asociados con las inversiones de renta fija con las que se pretende proteger el capital.

TERCERA. Plazo de Inversión de la Alternativa Cerrada. Aproximadamente Un (1) año contado a partir de la Fecha de Estructuración de la Alternativa Cerrada (“Plazo de Inversión”). Protección S.A. se reserva el derecho de cambiar el plazo de inversión buscando siempre la no afectación para los afiliados.

CUARTA. Protección de capital y garantía. El cliente recibe en la “Fecha de Vencimiento” de la Alternativa, al menos el 100% del valor del “Aporte inicial” en pesos. Lo anterior, en todo caso, está supeditado a la no ocurrencia de los correspondientes riesgos que se identifican más adelante en el presente Documento de Adhesión. Ante un evento de No Estructuración no aplicará la protección del 100% del Aporte Inicial

QUINTA. Monto Mínimo de Inversión por Afiliado. Diez millones de pesos ($10.000.000)

SÉXTA. Recaudo Máximo de la Alternativa Cerrada. Veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000) SEPTIMA. Fecha de ingreso. A partir del 5 de mayo de 2020 (“Fecha de Ingreso”).

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OCTAVA. Fechas límite de ingreso. La fecha límite para realizar traslados desde portafolios abiertos de inversión con restricción de traslado a otros portafolios de 3 días hábiles o desde los portafolios Protección Recaudador, Protección Vista o Balanceado Conservador es el 11 de mayo de 2020.

Estos aportes atenderán a las siguientes condiciones:

a. Los clientes podrán realizar aportes directos a través del servicio de pagos de la sucursal virtual de Bancolombia S.A. inscribiendo una nueva factura y seleccionando en la Categoría Entidades Financieras el Convenio Alt.

Cerrada 9 Proteccion – 46185. Recuerde, además, indicar su documento de identidad en el campo Nit o Cédula.

Para realizar aportes directos en cheque o efectivo en las oficinas de Bancolombia deberá indicar que los mismos sean consignados al convenio 46185 (Convenio: son los convenios celebrados con Bancolombia S.A. para el recaudo a través Bancolombia). En caso de utilizar un Convenio diferente al asignado a esta Alternativa, Protección no se hará responsable por los daños o perjuicios que pueda sufrir el afiliado.

b. Los clientes podrán trasladar los recursos desde Multinversión Individual utilizando los formatos físicos que su Consultor/Gestor Wealth Management le provea o a través del servicio para afiliados con clave y afiliación denominado “Traslado entre productos” y disponible en la página web www.protección.com. Esto siempre y cuando se trate de aportes que hubieren cumplido los treinta (30) días de permanencia requeridos para tales portafolios.

Parágrafo Primero. Los interesados en ingresar a la Alternativa Cerrada deberán surtir el proceso de afiliación al Fondo de Pensiones Voluntarias Protección previamente a la realización de aportes. El proceso se podrá realizar a través de nuestras oficinas de servicio, el consultor/gestor de soluciones de inversión asignado o directamente ingresado a www.proteccion.com.co. Ante cualquier inquietud se podrá comunicar con nuestras líneas de servicio.

Parágrafo Segundo. Las solicitudes de recomposición/traslado serán procesadas con el valor de la unidad del día en que efectivamente se realice la transacción. Si el valor de la unidad del portafolio de salida disminuye, la operación se realizará por el saldo disponible a la fecha de la transacción, así sea un valor inferior al registrado en la solicitud. No se podrán hacer retiros ni recomposiciones sobre los aportes comprometidos en la transacción realizada hacia esta Alternativa Cerrada.

Parágrafo Tercero. Con anterioridad a la Fecha de Estructuración, los dineros permanecerán en el portafolio Protección Recaudador o en el portafolio que Protección considere más adecuado y estarán sujetos a todas las condiciones de este portafolio, incluyendo comisión, rentabilidades y otros, hasta el momento que se dé la estructuración de la Alternativa Cerrada.

NOVENA. Fechas de Estructuración, Vencimiento y Disponibilidad de los Recursos.

a) Fecha de Estructuración Cualquier día a partir del 20 de mayo de 2020

b) Fecha de Vencimiento Un (1) año aproximadamente posterior a la Fecha de Estructuración. Esta fecha será establecida por Protección en la Fecha de Estructuración (“Fecha de Vencimiento”)

c) Fecha de Disponibilidad Los recursos de la Alternativa Cerrada estarán disponibles aproximadamente a los 5 días hábiles siguientes a la Fecha de Vencimiento (“Fecha de Disponibilidad”)

DÉCIMA. Retorno de la inversión. Esta Alternativa busca el crecimiento del capital en pesos mediante la obtención de una rentabilidad objetivo neta después de comisiones cercano del 4% E.A., medida en el periodo que inicia en la fecha de estructuración y termina en la fecha de vencimiento, sobre el aporte inicial ajustado por los rendimientos y comisiones causados durante el periodo de recaudo en el portafolio Protección Recaudador o en el portafolio escogido por

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Protección S.A. Esta rentabilidad estará asociada a las condiciones del mercado en el momento de la estructuración y a los riesgos identificados en el presente Documento de Adhesión, por esta razón no es una rentabilidad garantizada.

DÉCIMA PRIMERA. Comisión. Protección cobrará por la administración de la Alternativa Cerrada así:

Durante el periodo de recaudo de los recursos y hasta la Fecha de Estructuración el dinero ingresará al portafolio Protección Recaudador o al portafolio que Protección defina como más adecuado, y se cobrará la comisión respectiva de dicho portafolio.

Durante el tiempo que permanezca en éste, obtendrá la rentabilidad del mismo.

A partir de la Fecha de Estructuración de la Alternativa, se cobrará una Comisión de Manejo sobre aporte inicial entre el 0.7% y el 1% sobre el aporte que el partícipe realice a la Alternativa. El valor definitivo de la comisión a ser cobrada será informada al Afiliado.

Parágrafo. Es importante tener en cuenta que al trasladar recursos desde los portafolios Abiertos ofrecidos en el Fondo de Pensiones Protección a la Alternativa Cerrada se podría generar una mayor comisión en dichos portafolios, debido a que en estos el cobro de la comisión está en función del saldo en la cuenta.

DÉCIMA SEGUNDA. Unidades y valoración de la Alternativa Cerrada. El Aporte Inicial ajustado por los rendimientos y comisiones causados durante el periodo de recaudo en el portafolio Protección Recaudador o en el portafolio que Protección hubiese definido como más adecuado, se convertirá en la Fecha de Estructuración a un número fijo de unidades y cada afiliado será titular de una cantidad específica de estas. Diariamente se calculará el valor de la unidad de acuerdo a la normatividad vigente.

DECIMA TERCERA. Terminación Anticipada. La Alternativa Cerrada podrá terminarse anticipadamente, a discreción de Protección, cuando por cualquier motivo la inversión se torne inadmisible para el régimen de inversión del Fondo o se presentasen eventos que, a juicio de Protección y siempre bajo el criterio de buscar la no afectación de los afiliados, ameriten la liquidación de la Alternativa Cerrada.

DÉCIMA CUARTA. Evento de Prorrateo. Teniendo en cuenta que existe un Monto Máximo de la Alternativa, se recogerán todos los dineros hasta lo que ocurra primero: (i) alcanzar el Monto Máximo de la Alternativa o (ii) el cumplimiento de la última de las Fechas Límite de Ingreso. No se aceptará ningún aporte ni traslado realizado con posterioridad a la fecha mencionada. En caso de superar el Monto Máximo de la Alternativa, se podrá realizar una devolución a todos los afiliados que hayan realizado aportes en ésta de manera proporcional al porcentaje excedido y se aplicará a cada afiliado, independiente del monto aportado, aún para aquellos aportes que corresponden al Monto Mínimo de Inversión por Afiliado para ingresar a la Alternativa Cerrada (“Evento de Prorrateo”).

Parágrafo. Sin perjuicio de lo anterior, Protección podrá, a discreción, aumentar el Monto Máximo de la Alternativa Cerrada en la cantidad que considere conveniente, y lo que exceda el nuevo monto máximo de recaudo se regirá por las disposiciones mencionadas en esta cláusula.

DÉCIMA QUINTA. Eventos de No Estructuración. Protección, siempre bajo el criterio de buscar la no afectación de los afiliados, se reserva el derecho a no estructurar la Alternativa Cerrada, cuando a su juicio no se presenten las condiciones mínimas requeridas para hacerlo, tales como: condiciones de mercado, bajo recaudo o la ocurrencia de un evento que ponga en riesgo la estructuración, entre otras (“Eventos de No Estructuración”).

En ninguno de los eventos de devolución de dinero, Protección S.A. se hace responsable por daños o perjuicios que pudiera sufrir el inversionista.

Ante un evento de no estructuración el cliente recibirá el saldo disponible en el portafolio Protección Recaudador luego del cobro de comisiones y percibirá la rentabilidad generada por dicho portafolio durante el periodo de recaudo. En esta eventualidad no aplicará la protección del 100% sobre el aporte inicial.

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DÉCIMA SEXTA. Posibilidad de retiro y redención de la inversión:

a) Posibilidad de retiro: a partir de la vinculación a la Alternativa Cerrada, el afiliado se obliga a permanecer en la misma hasta la Fecha de Disponibilidad. En consecuencia, no se establece posibilidad para los afiliados a esta Alternativa Cerrada de cesiones, recomposiciones, retiros, traslados parciales o totales por cualquier causa o por solicitud del afiliado durante el Plazo de la Inversión. Adicionalmente, en el evento en que fallezca el afiliado a la Alternativa Cerrada, quienes acrediten la calidad de herederos ante el Fondo ocuparán su posición contractual bajo los mismos términos y condiciones establecidos en el presente documento.

b) Redención de la inversión al Vencimiento de la Alternativa Cerrada: Los derechos de los afiliados a esta Alternativa Cerrada sólo se redimirán a partir de la Fecha de Disponibilidad indicada en acápite correspondiente de este documento de adhesión. Los recursos quedarán disponibles en la Fecha de Disponibilidad de los Dineros al Vencimiento de la Alternativa Cerrada.

DÉCIMA SEPTIMA. Portafolio destino para entrega o devolución de los dineros parciales o totales.

La devolución o entrega de los recursos producto de un Evento de No Estructuración, Evento de Prorrateo, Evento de Terminación Anticipada o cualquier otro evento que implique la entrega total o parcial de dineros o su devolución a los afiliados de la Alternativa será efectuada acreditándolos al Portafolio Protección Recaudador o al portafolio que Protección defina más adecuado. Los recursos gozarán de la rentabilidad y condiciones, así como la permanencia y comisión, del Portafolio al que sean transferidos. En ninguno de los eventos de devolución de dinero, Protección se hace responsable por daños o perjuicios que pudiera sufrir el afiliado.

En todo caso durante la permanencia de los recursos en alguno de los portafolios escogidos por Protección para la devolución de los dineros, total o parcial, el afiliado acepta que debido a los riesgos de mercado que se asumen, no aplica la protección del 100% del Aporte Inicial.

DÉCIMA OCTAVA. Riesgos. Al vincularse a esta Alternativa Cerrada, los afiliados entienden y aceptan los siguientes riesgos, características y expectativas:

Riesgo Descripción del riesgo

Riesgo de liquidez Se presenta durante el “Plazo de la inversión” y adicionalmente durante la permanencia que exige el Portafolio destino de los recursos al vencimiento, y corresponde a la no disponibilidad de los recursos invertidos antes de la "Fecha de Disponibilidad” de los dineros al vencimiento.

Riesgo Crediticio Consiste en la posibilidad de no pago de las obligaciones adquiridas por los emisores de las "Inversiones admisibles" en la Alternativa. En ningún evento Protección S.A. ni el Fondo de Pensiones Voluntarias de Protección S.A. son garantes de estas inversiones. La protección de capital de esta Alternativa está sujeta a que no presenten eventos crediticios en los emisores de las “Inversiones admisibles", así como la no configuración de alguno de los eventos descritos en este Documento de Adhesión.

Riesgo de Contraparte Consiste en la posibilidad de no pago de las obligaciones de las contrapartes de las “Inversiones admisibles”. En ningún evento Protección S.A .ni el Fondo de Pensiones Voluntarias de Protección S.A.

son garantes de estas inversiones admisibles.

Riesgo de Mercado Las “Inversiones admisibles” serán valoradas diariamente según la reglamentación aplicable a los Fondos de Pensiones Voluntarias en Colombia. Por lo tanto, esta valoración puede generar fluctuaciones diarias en el valor de su inversión. Esto sin perjuicio de los valores a

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devolver por la Alternativa, según se explicó anteriormente en este documento de adhesión.

Riesgo Legal Corresponde a la expedición de nuevas normas en Colombia o en el exterior que exijan la modificación de alguna de las condiciones pactadas en este Documento de Adhesión.

Cuando por estos efectos sean inadmisibles las inversiones de la Alternativa cerrada, definidas en el apartado correspondiente, y se obligue al desmonte de las mismas, Protección S.A. ni el Fondo de Pensiones Voluntarias de Protección S.A. son garantes de estas inversiones ni de la protección del capital del inversionista. Protección S.A. anunciará si debe aplicarse alguno de estos cambios.

Riesgo de terminación anticipada, riesgo de prorrateo y riesgo de No estructuración

De conformidad con lo previsto en el aparte correspondiente de este mismo Documento de Adhesión.

DÉCIMA NOVENA. Declaraciones del afiliado: Con la suscripción del presente documento, el afiliado declara y garantiza que:

a) Ha leído detenidamente el presente documento en el cual se detallan las condiciones fundamentales de la Alternativa Cerrada;

b) Conoce los términos y condiciones que rigen la Alternativa Cerrada, y con base en estos ha tomado una decisión de inversión con los elementos de juicio necesarios y conociendo los riesgos asociados a la misma;

c) Con la firma del presente documento, el Partícipe manifiesta su voluntad irrevocable de afiliarse a ésta Alternativa Cerrada, y declara haber leído, entendido y diligenciado personalmente los espacios en blanco del presente documento y en tal sentido, estar de acuerdo con todo lo que aquí se establece.

VIGÉSIMA. Advertencias:

Las obligaciones de Protección, son de medio y no de resultado. Los dineros entregados por los afiliados no son depósitos, ni generan para Protección las obligaciones propias de una institución de depósito. Tampoco se encuentran amparados por el seguro de depósito del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFIN, ni por ningún otro esquema de dicha naturaleza. La inversión está sujeta a los riesgos de inversión expresados en el apartado correspondiente.

Todos los eventos definidos en el presente documento que requieran ser informados a los afiliados de la Alternativa Cerrada lo serán a través de correo electrónico registrado en la base de datos de Protección siempre que cuente con autorización de envío por éste medio, a través de su consultor/gestor de soluciones de inversión y además se informará siempre a través de www.proteccion.com.co por lo que requerimos que esté atento por estos medios a cualquier información.

VIGÉSIMA PRIMERA: Modificaciones. Protección, durante el Plazo de la Inversión, tendrá la discrecionalidad de ejecutar cualquier acción que modifique la estructura de la Alternativa Cerrada o los montos, los plazos y fechas cuando existan condiciones que así lo ameriten, buscando siempre con ello la menor afectación de los afiliados. La decisión adoptada será publicada y comunicada utilizando los canales y medios de contacto designados por Protección.

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