mínimos equivalentes como medida de referencia para construir la clasificación de la población ocupada por rangos de salarios y comparar a lo largo del tiempo los datos de ingresos por trabajo que recopila la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), proponiendo dos ejercicios, uno con base al salario mínimo general de enero de 2005 y el segundo en enero de 2022, actualizando su valor en forma mensual con el Índice Nacional Precios al Consumidor.
Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE)
Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información
de los ingresos por trabajo
INEGI. Dirección General de Estadísticas Sociodemográficas
Agosto de 2022
Contenido
Presentación ...2
1. Definiciones básicas ...3
2. Estimación del salario mínimo equivalente ...3
3. Evolución del salario mínimo: nominal y equivalente ...6
4. Tasa de Condiciones Críticas de Ocupación (TCCO): nominal y equivalente. ...8
5. Población ocupada en rangos de salarios mínimos: nominal y equivalente. ...9
6. Presentación de la metodología al CTEETPS. ...12
7. Conclusiones. ...13
Anexo 1: Tablas de índices de precios y salarios ...14
Anexo 2: Imputación de ingresos ...34
Bibliografía ...38
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) es un programa de Información de Interés Nacional continuo que entró en operación en enero de 2005 y se levanta todos los días del año, con el objetivo de generar información laboral pertinente, veraz y oportuna para el diseño y seguimiento de las políticas públicas.
La ENOE también capta información de los ingresos, sueldos y salarios que percibe la población por su trabajo. La forma en que tradicionalmente se presenta y difunde la información es clasificando a la población ocupada de acuerdo con su nivel de ingreso en rangos de salarios mínimos nominales, según el monto del salario mínimo establecido por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI).
Desde que entró en operación la ENOE, en enero de 2005, los aumentos del salario mínimo se daban en proporción al crecimiento de la inflación. Esto permitió que los indicadores de la encuesta que hacen uso del concepto de salario mínimo mantuvieran una comparabilidad que prácticamente no era afectada por los cambios tanto en los salarios mínimos como en los precios.
A partir de 2017, con la finalidad de recuperar el poder adquisitivo del salario mínimo, los incrementos determinados por la CONASAMI empezaron a fijarse por arriba de la inflación, lo cual afectó la comparabilidad de la información mensual y trimestral expresada en rangos de salarios mínimos nominales. Esta situación fue más evidente, cuando en 2019 y los años subsiguientes, los aumentos en los salarios mínimos fueron significativamente por encima de la inflación, por lo que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), emitió una nota en el mes de mayo de 2019 que advertía a los usuarios sobre la comparabilidad temporal de la información de la población ocupada clasificada en salarios mínimos nominales y de toda la información en la que se involucra al salario mínimo nominal. Sin embargo, a la fecha, varios usuarios continúan comparando la información de la población expresada en salarios mínimos nominales y emitiendo conclusiones erróneas.
Con el objetivo de ofrecer a los usuarios información relacionada con los ingresos por trabajo comparable a lo largo del tiempo, se describe la metodología para la estimación de salarios mínimos equivalentes como unidad de medida para el cálculo de indicadores en los que se involucra la clasificación de la información de los ingresos de la población ocupada por rangos salariales.
de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de 2022.
1.1 El salario mínimo nominal
El salario mínimo diario nominal es el valor en pesos que como mínimo se le paga a un trabajador por un día de trabajo en una jornada normal de 8 horas diarias. Este salario lo fija la CONASAMI.
Para expresar el salario mínimo en términos mensuales, el salario mínimo diario se multiplica por 30 días.
En la tabla 1 del anexo 1, se presenta el salario mínimo general promedio nominal diario de enero de 2005 hasta junio de 2022 y, a partir de enero de 2019, también se presenta el salario mínimo diario nominal de la zona libre de la frontera norte.
1.2 Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)
El INPC expresa la evolución de los precios de un conjunto de bienes y servicios tomando como referencia un periodo base.
En la tabla 2 del anexo 1, se presenta el INPC base segunda quincena de julio de 2018 y el INPC base enero de 2005 y 2022, para el periodo de enero de 2005 hasta junio de 2022.
1.3 El salario mínimo equivalente
El salario mínimo diario equivalente, expresa el valor en pesos para adquirir la misma cantidad de bienes y servicios que se compraban con el salario mínimo diario del periodo base.
2. Estimación del salario mínimo equivalente
Para efectos de comparabilidad de la información estadística expresada en salarios mínimos, como son los múltiplos, rangos o intervalos, se ha estimado el salario mínimo equivalente, el cual se define como el valor en pesos necesario para adquirir en diferentes periodos a los precios vigentes la misma cantidad de bienes y servicios que se compraban con el salario mínimo del periodo base.
El salario mínimo equivalente se obtiene de la siguiente manera:
𝑆𝑆𝑆𝑆𝐸𝐸𝐸𝐸 = 𝑆𝑆𝑆𝑆𝐴𝐴ñ𝑜𝑜 𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏
𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐴𝐴ñ𝑜𝑜 𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐴𝐴ñ𝑜𝑜 𝐸𝐸
𝑆𝑆𝑆𝑆𝐸𝐸𝐸𝐸 = Salario mínimo equivalente en año t
𝑆𝑆𝑆𝑆𝐴𝐴ñ𝑜𝑜 𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏 = Salario mínimo en el año base
𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐴𝐴ñ𝑜𝑜 𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏𝑏 = Índice Nacional de Precios al Consumidor en año base 𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐴𝐴ñ𝑜𝑜 𝐸𝐸 = Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo t
de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de 2022.
bases, enero de 2005 y enero de 2022, con la finalidad de ofrecer indicadores que permitan conocer la evolución de los fenómenos asociados a los salarios a lo largo del tiempo, y subsanar de esta manera los problemas de comparabilidad que presenta tomar como referencia el salario mínimo nominal.
Con la finalidad de precisar la forma en que se estima el salario mínimo equivalente, a continuación, se presenta un ejercicio con datos de la tabla 1 del salario mínimo general nominal y la tabla 2 del INPC y se calcula el salario mínimo general equivalente para varios años y meses, considerando como base tanto enero de 2005 como enero de 2022.
Ejemplo de cálculo para enero de 2005:
Base enero de 2005 Base enero de 2022
Tenemos los siguientes datos:
• Salario mínimo en enero de 2005=
$45.24.
• Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo base (enero de 2005)= 100.
• Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo t (enero de 2005)=100.
Sustituyendo valores en la fórmula del salario mínimo equivalente:
45.24 =45.24 100 100
Tenemos que el salario mínimo equivalente es de 45.24, cifra igual al salario mínimo nominal, dado que es el periodo base y el INPC es igual a 100, tanto en el periodo base como en el periodo t, dado que es el periodo inicial de la serie.
Tenemos los siguientes datos:
• Salario mínimo en enero de 2022=
$172.87.
• Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo base (enero de 2022)= 100.
• Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo t (enero de 2005)=49.41.
Sustituyendo valores en la fórmula del salario mínimo equivalente:
85.42 =172.87 100 49.41
Tenemos que el salario mínimo equivalente en enero de 2005 es de
$85.42, dado que se tiene un INPC en enero de 2005 igual a 49.41, por lo que el valor del salario mínimo de enero de 2005 a los precios de enero de 2022 debió ser de $85.42 para que permitiera adquirir la misma cantidad de bienes y servicios que se compraban en enero de 2022 pero a los precios de enero de 2005.
Ejemplo de cálculo para enero de 2010:
Base enero de 2005 Base enero de 2022
En enero de 2010, tenemos los siguientes
datos: En enero de 2010, tenemos los siguientes
datos:
de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de 2022.
(periodo base)= $45.24.
Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo base (enero de 2005)= 100.
Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo t (enero de 2010)=124.43.
Sustituyendo valores en la fórmula del salario mínimo equivalente:
56.29 = 45.24
100 124.43
Tenemos que el salario mínimo equivalente en enero de 2010 es de
$56.29, dado que se tiene un INPC en enero de 2010 igual a 124.43, lo que significó un aumento de los precios en 24.43% entre enero de 2005 y enero de 2010, por lo que el valor del salario mínimo de enero de 2005 a los precios de enero de 2010 debe aumentarse en un 24.43% para que permita adquirir la misma cantidad de bienes y servicios que se compraban en enero de 2005 pero a los precios de enero de 2010.
(periodo base)= $172.87.
Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo base (enero de 2022)= 100.
Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo t (enero de 2010)=61.48
Sustituyendo valores en la fórmula del salario mínimo equivalente:
106.29 =172.87 100 61.48
Tenemos que el salario mínimo equivalente en enero de 2010 es de
$106.29, dado que se tiene un INPC en enero de 2010 igual a 61.48, por lo que el valor del salario mínimo de enero de 2010 a los precios de enero de 2022 debió ser de $106.29 para que permitiera adquirir la misma cantidad de bienes y servicios que se compraban en enero de 2022 pero a los precios de enero de 2010.
Ejemplo de cálculo para enero de 2015:
Base enero de 2005 Base enero de 2022
En enero de 2015, tenemos los siguientes datos:
Salario mínimo en enero de 2005 (periodo base)= $45.24.
Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo base (enero de 2005)= 100.
Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo t (enero de 2010)=149.39.
Sustituyendo valores en la fórmula del salario mínimo equivalente:
En enero de 2015, tenemos los siguientes datos:
Salario mínimo en enero de 2022 (periodo base)= $172.87.
Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo base (enero de 2022)= 100.
Índice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo t (enero de 2015)=73.82.
Sustituyendo valores en la fórmula del salario mínimo equivalente:
de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de 2022.
67.58 = 100 149.39
Tenemos que el salario mínimo equivalente en enero de 2015 es de
$67.58, dado que se tiene un INPC en enero de 2015 igual a 149.39, lo que significó un aumento de los precios en 49.39% entre enero de 2005 y enero de 2015, por lo que el valor del salario mínimo de enero de 2005 a los precios de enero de 2015 debe aumentarse en un 49.39% para que permita adquirir la misma cantidad de bienes y servicios que se compraban en enero de 2005 pero a los precios de enero de 2015.
127.61 = 100 73.82
Tenemos que el salario mínimo equivalente en enero de 2005 es de
$127.61, dado que se tiene un INPC en enero de 2015 igual a 73.82, por lo que el valor del salario mínimo de enero de 2015 a los precios de enero de 2022 debió ser de $27.61 para que permitiera adquirir la misma cantidad de bienes y servicios que se compraban en enero de 2022 pero a los precios de enero de 2015.
En la tabla 3 del anexo 1, se presenta el salario mínimo equivalente diario considerando como base enero de 2005 y enero de 2022, para el periodo de enero de 2005 a junio de 2022.
El salario mínimo equivalente busca corregir el sesgo en la comparabilidad de la información estadística clasificada en términos de salarios mínimos nominales, tomando como referencia el salario mínimo de un periodo base, actualizado con el nivel general de precios.
3. Evolución del salario mínimo: nominal y equivalente
La CONASAMI en el periodo de 2005 a la fecha, ha realizado varias modificaciones a las áreas geográficas de los salarios mínimos. La última modificación realizada fue el 1° de enero de 2019, en la que la CONASAMI acordó establecer dos Áreas Geográficas Salariales: el Área Geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte y el Área de Salarios Mínimos Generales o resto del país. Cabe mencionar que la CONASAMI hasta 2016 estableció un salario mínimo general diario promedio para los Estados Unidos Mexicanos, situación que cambio en octubre de 2015 cuando estableció una única área geográfica salarial para todo el país y que fue modificada en enero de 2019 para establecer las áreas geográficas salariales vigentes.
Con el propósito de estimar indicadores comparables sobre un mismo salario mínimo, dados los cambios en las áreas geográficas salariales, se han estimado dos propuestas de salario mínimo general equivalente diario: la primera tomando el salario mínimo nominal diario promedio y como base el INPC de enero de 2005; la segunda es tomando el salario mínimo diario tanto de la zona libre de la frontera norte y el salario mínimo del resto del país y el INPC de enero de 2022.
de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de 2022.
Salarios diarios: nominal y equivalente
Enero de 2005 a junio de 2022
Nota. El salario diario equivalente en enero de 2022 corresponde al área geográfica general.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
En la gráfica, se aprecia la evolución del salario mínimo nominal y de los salarios mínimos equivalentes, estos últimos con base en enero de 2005 y enero de 2022.
La gráfica muestra que hasta 2017, el salario mínimo nominal y el salario mínimo equivalente base enero de 2005, registraron un comportamiento muy similar, lo que significó que al anclarse o indexarse los aumentos del salario mínimo a la inflación, se mantienen en el mismo nivel durante ese periodo, de tal manera que su tendencia fue prácticamente igual, en consecuencia, la política salarial garantizó mantener sin cambios el poder adquisitivo del salario mínimo.
En enero de 2018, el aumento que se dio del salario mínimo nominal por arriba de la inflación permitió que al final de dicho año cerrara por arriba del salario mínimo equivalente de 2005, lo que se traduce en una ligera recuperación del salario nominal.
En los años subsiguientes, acorde con una política salarial orientada hacia una recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo, los aumentos determinados cada año por la CONASAMI se ubicaron por arriba de la inflación, con lo cual se continuó con una recuperación gradual.
El salario mínimo equivalente, como se ha señalado, representa el nivel del salario mínimo que a los precios actuales es equivalente al salario mínimo del periodo base. Por ejemplo, si se toma el salario mínimo general equivalente con base en enero de 2005, para adquirir la misma cantidad de bienes y servicios que podía comprarse con ese salario mínimo nominal de enero de 2005, cuyo nivel fue de $45.24 pesos diarios, para junio de 2022 el valor del salario mínimo equivalente al de enero de 2005 es de $94.69 pesos diarios y como el salario mínimo general nominal vigente para el mes el junio de 2022 fue de $172.87 pesos diarios, se aprecia una recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo ante la posibilidad de disponer de una cantidad mayor de bienes y servicios comparado con el nivel del salario mínimo general de enero de 2005.
Si tomamos como referencia los salarios mínimos equivalentes con base en enero de
2005, la tendencia es igual al de los salarios mínimos equivalente con base en enero de Nacional
de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
2022, debido a que ambos salarios se hacen variar con el INPC. La diferencia, es solo de nivel, siendo la brecha entre la serie enero 2022 y la de enero 2005, del 47 por ciento;
es decir, los salarios mínimos equivalentes de enero de 2022 son superiores en 47% a los de enero de 2005, en cada año.
4. Tasa de Condiciones Críticas de Ocupación (TCCO): nominal y equivalente
La Tasa de Condiciones Críticas de Ocupación (TCCO), definida como el “porcentaje de la población ocupada que se encuentra trabajando menos de 35 horas a la semana por razones de mercado, más la que trabaja más de 35 horas semanales con ingresos mensuales inferiores al salario mínimo y la que labora más de 48 horas semanales ganando hasta dos salarios mínimos”, forma parte de los indicadores estratégicos de ocupación y empleo, con periodicidad mensual y trimestral que publica el Instituto y debido a los cambios en los salarios nominales en los últimos años, vio afectada su comparabilidad.
Considerando que la TCCO en su construcción involucra rangos de salarios y las horas trabajadas, ante una recuperación del poder adquisitivo de los salarios, lo que se esperaría es una posible disminución de la TCCO; es decir, una disminución del segmento de trabajadores que labora bajo condiciones críticas de ocupación, y, al contrario, ante una disminución del poder adquisitivo del salario, la TCCO aumentaría.
Tasa de Condiciones Críticas de Ocupación (TCCO)
Enero de 2018 a junio de 2022
Fuente: INEGI. ENOE, 2018 a marzo de 2020. ETOE, abril a junio de 2020 y ENOEN a partir de julio de 2020.
En la gráfica anterior, se muestra la TCCO en la que se utilizan rangos de salarios mínimos nominales (línea azul), como actualmente se construye dicho indicador, y en la que, se utilizan rangos de salarios mínimos equivalentes (línea naranja), con base en enero de 2005 y enero de 2022 (línea gris), para el periodo de enero de 2018 a junio de 2022.1 Si observamos el comportamiento de la TCCO en salarios mínimos nominales en el periodo de 2018 a junio de 2022, se aprecia que a partir de 2018 la TCCO cada principio de año crece significativamente, debido a que el aumento del salario mínimo nominal
1 En la tabla 4 del anexo 1 se presentan los datos.
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
fue por encima de la inflación, y en consecuencia, un número mayor de trabajadores quedó clasificado en los rangos de hasta un salario mínimo y más de 1 a 2 salarios;
mostrando un comportamiento contrario a lo esperado, pues al registrarse una recuperación salarial y mejorar las condiciones salariales de los trabajadores, lo que se espera es que menos trabajadores laboren bajo condiciones críticas y no que aumenten.
La explicación ya se ha adelantado, al registrarse un aumentó en los salarios nominales por arriba de la inflación y tomar el valor del salario mínimo nominal para la clasificación de los trabajadores según su nivel de ingreso, introduce sesgos al no ser comparables los salarios nominales entre un periodo y otro.
Los salarios mínimos equivalentes subsanan los problemas de comparabilidad de los salarios mínimos nominales, por lo que, si la TCCO se calcula con rangos de salarios equivalentes, se observa que, a partir de 2018, empezó a registrar cambios menos bruscos con cada aumento del salario mínimo nominal, comportamiento acorde con lo esperado, como resultado de la política de recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo. El periodo que más ilustra este comportamiento es el de diciembre de 2021 a febrero de 2022, en donde la TCCO con el aumento del salario mínimo nominal crece significativamente, mientras que la TCCO en salarios equivalentes registra un ligero descenso, el efecto de este último, es acorde con la recuperación del poder adquisitivo, encontrándose un porcentaje menor de ocupados laborando en condiciones críticas.
Si observamos la TCCO con base en enero de 2022, la recuperación del salario mínimo es visible en el mediano plazo en las condiciones laborales, si comparamos 2018 y 2022, con una tendencia a la baja de la TCCO.
5. Población ocupada en rangos de salarios mínimos: nominal y equivalente
En la clasificación de la población ocupada en rangos de salarios mínimos, considerando como base el mes de enero de 2005 y enero de 2022, es posible tener una mirada de la evolución de la distribución salarial de la población ocupada.
En el periodo 2018 a 2022, el porcentaje de ocupados que perciben hasta un salario mínimo nominal muestra una tendencia ascendente como consecuencia del aumento del salario mínimo nominal. En salarios equivalentes de enero de 2005, el porcentaje se mantiene estable y en salarios equivalentes de 2022, pero con cambios en algunos meses, por ejemplo, enero de 2019, fecha en la que se modificaron las zonas salariales.2
2 En las tablas 5 y 6 se presentan los porcentajes de ocupados por rangos salarial con base en enero de 2022 y enero de 2005.
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
Porcentaje de ocupados con hasta un salario mínimo Enero de 2018 a junio de 2022
Fuente: INEGI. ENOE, 2018 a marzo de 2020. ETOE, abril a junio de 2020 y ENOEN a partir de julio de 2020.
En el rango de más de 1 a 2 salarios mínimos, el porcentaje de ocupados en salarios nominales, comparado con los salarios equivalentes base en enero de 2005, se ubicó por arriba, siendo mayor la diferencia desde 2020 a la fecha. En salarios equivalentes de enero de 2022, el comportamiento es muy similar a la serie de salarios nominales.
Porcentaje de ocupados con más de 1 a 2 salarios mínimos Enero de 2018 a junio de 2022
Fuente: INEGI. ENOE, 2018 a marzo de 2020. ETOE, abril a junio de 2020 y ENOEN a partir de julio de 2020.
Los porcentajes de ocupados con más de 2 a 3 salarios mínimos, con más de 3 a 5 salarios mínimos y con más de 5 salarios mínimos, en términos nominales muestran una tendencia descendente (línea azul), mientras que en salarios equivalentes muestran un comportamiento estable, con saltos en algunos meses, entre enero de 2018 y mayo de 2022.
Cabe hacer notar que los porcentajes en salarios equivalentes con base en enero de 2005 son superiores en los tres rangos salariales a los porcentajes en salarios nominales, efecto derivado principalmente de la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo en los últimos años.
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
Considerando salarios equivalentes con base en enero de 2022, al ser mayor el nivel del salario equivalente, los porcentajes se ubican por debajo de los salarios nominales y su tendencia es estable a lo largo del periodo.
Porcentaje de ocupados con más de 2 a 3 salarios mínimos Enero de 2018 a junio de 2022
Fuente: INEGI. ENOE, 2018 a marzo de 2020. ETOE, abril a junio de 2020 y ENOEN a partir de julio de 2020.
Porcentaje de ocupados con más de 3 a 5 salarios mínimos Enero de 2018 a junio de 2022
Fuente: INEGI. ENOE, 2018 a marzo de 2020. ETOE, abril a junio de 2020 y ENOEN a partir de julio de 2020.
Porcentaje de ocupados con más de 5 salarios mínimos Enero de 2018 a mayo de 2022
Fuente: INEGI. ENOE, 2018 a marzo de 2020. ETOE, abril a junio de 2020 y ENOEN a partir de julio de 2020.
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
En general, de acuerdo con los salarios mínimos equivalentes de enero de 2005, se observa que la distribución de los ingresos de los ocupados muestra una recuperación del poder adquisitivo de los salarios en los últimos años, al reportarse un porcentaje mayor de ocupados en niveles salariales más altos, comparado con lo que muestran los salarios mínimos nominales.
Considerando como base enero de 2022, al ser mayor el nivel del salario equivalente, la distribución de la población ocupada por rangos de salarios tiende a concentrarse en el rango de hasta un salario mínimo y más de 1 a 2 salarios mínimos.
6. Presentación de la metodología al CTEETPS
La metodología fue presentada a los miembros del Comité Técnico Especializado de Estadísticas del Trabajo y Previsión Social (CTEETPS), con la finalidad de contar con la opinión de los especialistas integrantes de dicho órgano colegiado encabezado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como responsable del sector laboral y responsable de la política laboral del país.
La reunión de trabajo se llevó a cabo el viernes 03 de junio de 2022, a las 10:30 horas a través de la plataforma Teams y participaron 23 invitados de las siguientes instituciones:
STPS, CONASAMI, SHCP, IMSS, ISSSTE, CONSAR, Secretaría de Economía, Banco de México e INEGI.
La propuesta fue bien recibida por parte de los invitados, quienes consideraron de utilidad la metodología, la cual permitirá la comparabilidad de los indicadores y la clasificación de los ocupados por rangos salariales provenientes de la ENOE, asimismo realizaron diversos comentarios.
De manera particular, se mencionó el tratamiento de la información que tendrían las personas ocupadas a las que se les captaron sus ingresos por rangos de salarios mínimos nominales mensuales (aspecto que se aborda en el anexo 2) y en trabajar en la definición de nuevos indicadores para ampliar el análisis da las condiciones laborales de los trabajadores y de la situación de sus hogares.
En la segunda sesión del CTEETPS, realizada el 5 de agosto de 2022, la metodología actualizada junto con la propuesta de salidas de información fue presentada por el INEGI al pleno de los miembros de Comité, los cuales tomaron conocimiento de esta, al respecto la Presidencia del Comité y la Vicepresidencia del Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social se pronunciaron con la metodología con base en enero de 2022.
Asimismo, el INEGI reiteró su disponibilidad para continuar trabajando en conjunto con las instituciones en la definición de nuevos indicadores para contribuir a un mejor conocimiento de la realidad laboral del país.
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
7. Conclusiones
El INEGI, acorde con su política de difusión de la Información de Interés Nacional, como lo es la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) y atendiendo a las observaciones y demandas de información, por parte de los usuarios, sobre la necesidad de disponer de estadísticas sobre ingresos y salarios de la población ocupada comparables a lo largo del tiempo y como resultados del análisis expuesto, presenta las siguientes conclusiones:
• Los indicadores construidos con base en los salarios mínimos nominales, como la población ocupada por rangos salariales y la TCCO continuarán generándose, para ofrecer información actualizada de la distribución de los trabajadores acorde con el valor de los salarios mínimos nominales vigentes en el periodo y se realizarán las advertencias pertinentes a los usuarios para que hagan un uso adecuado de la información.
• Ofrecerá una nueva salida de información de la clasificación de la población ocupada por rangos de salario y de la TCCO, tomando como referencia los salarios mínimos equivalentes con base en enero 2022, para atender la demanda de información de los usuarios para disponer de estadísticas salariales comparables en el tiempo.
La conclusión anterior fue discutida en un Grupo de Trabajo en el seno del Comité Técnico Especializado de Estadísticas del Trabajo y Previsión Social, donde estuvo invitado la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI), quien respaldó la propuesta del INEGI y además se pronunció mediante el oficio P/02-08-2022/063 con fecha 2 de agosto de 2022, sobre el uso de los indicadores propuestos con base en enero de 2022.
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
Anexo 1: Tablas de índices de precios y salarios
Tabla 1. Salario mínimo nominal diario general y de la zona libre de la frontera norte.
Año Mes Salario Mínimo Diario General Promedio1
Salario Mínimo Diario de la Zona Libre de la Frontera Norte2
2005 Enero 45.24
Febrero 45.24
Marzo 45.24
Abril 45.24
Mayo 45.24
Junio 45.24
Julio 45.24
Agosto 45.24
Septiembre 45.24
Octubre 45.24
Noviembre 45.24
Diciembre 45.24
2006 Enero 47.05
Febrero 47.05
Marzo 47.05
Abril 47.05
Mayo 47.05
Junio 47.05
Julio 47.05
Agosto 47.05
Septiembre 47.05
Octubre 47.05
Noviembre 47.05
Diciembre 47.05
2007 Enero 48.88
Febrero 48.88
Marzo 48.88
Abril 48.88
Mayo 48.88
Junio 48.88
Julio 48.88
Agosto 48.88
Septiembre 48.88
Octubre 48.88
Noviembre 48.88
Diciembre 48.88
2008 Enero 50.84
Febrero 50.84
Marzo 50.84
Abril 50.84
Mayo 50.84
Junio 50.84
Julio 50.84
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Agosto 50.84
Septiembre 50.84
Octubre 50.84
Noviembre 50.84
Diciembre 50.84
2009 Enero 53.19
Febrero 53.19
Marzo 53.19
Abril 53.19
Mayo 53.19
Junio 53.19
Julio 53.19
Agosto 53.19
Septiembre 53.19
Octubre 53.19
Noviembre 53.19
Diciembre 53.19
2010 Enero 55.77
Febrero 55.77
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Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
Noviembre 60.50
Diciembre 60.75
2013 Enero 63.12
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2015 Enero 68.34
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2016 Enero 73.04
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2017 Enero 80.04
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
Febrero 80.04
Marzo 80.04
Abril 80.04
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Agosto 80.04
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Diciembre 88.36
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Febrero 88.36
Marzo 88.36
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Diciembre 88.36
2019 Enero 102.68 176.72
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2020 Enero 123.22 185.56
Febrero 123.22 185.56
Marzo 123.22 185.56
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Mayo 123.22 185.56
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Octubre 123.22 185.56
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2021 Enero 141.70 213.39
Febrero 141.70 213.39
Marzo 141.70 213.39
Abril 141.70 213.39
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
Mayo 141.70 213.39
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Julio 141.70 213.39
Agosto 141.70 213.39
Septiembre 141.70 213.39
Octubre 141.70 213.39
Noviembre 141.70 213.39
Diciembre 141.70 213.39
2022 Enero 172.87 260.34
Febrero 172.87 260.34
Marzo 172.87 260.34
Abril 172.87 260.34
Mayo 172.87 260.34
Junio 172.87 260.34
1 Para el periodo de 2005 a 2016 se refiere al “salario mínimo general promedio de los Estados Unidos Mexicanos” que puede consultarse en: https://www.gob.mx/conasami/documentos/salario-minimo- general-promedio-de-los-estados-unidos-mexicanos-1964-2016, Para 2017 y 2018 corresponde al salario mínimo del área geográfica única y a partir de 2019 se consideró el salario mínimo del área geográfica general o del resto del país, publicados por la CONASAMI.
2 Salario Mínimo Nominal ZLFN. Inició en enero de 2019.
Fuente: Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI).
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
Tabla 2. Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
Año Mes INPC 2A QNA JULIO
2018=100
INPC ENERO 2005=100 INPC ENERO 2022=100
2005 Enero 58.31 100.00 49.41
Febrero 58.50 100.33 49.58
Marzo 58.77 100.79 49.80
Abril 58.98 101.14 49.98
Mayo 58.83 100.89 49.85
Junio 58.77 100.79 49.81
Julio 59.00 101.19 50.00
Agosto 59.07 101.31 50.06
Septiembre 59.31 101.71 50.26
Octubre 59.45 101.96 50.38
Noviembre 59.88 102.70 50.75
Diciembre 60.25 103.33 51.06
2006 Enero 60.60 103.94 51.36
Febrero 60.70 104.09 51.44
Marzo 60.77 104.22 51.50
Abril 60.86 104.38 51.58
Mayo 60.59 103.91 51.35
Junio 60.64 104.00 51.39
Julio 60.81 104.29 51.53
Agosto 61.12 104.82 51.80
Septiembre 61.74 105.88 52.32
Octubre 62.01 106.34 52.55
Noviembre 62.33 106.90 52.82
Diciembre 62.69 107.52 53.13
2007 Enero 63.02 108.07 53.40
Febrero 63.19 108.37 53.55
Marzo 63.33 108.61 53.67
Abril 63.29 108.54 53.64
Mayo 62.98 108.01 53.37
Junio 63.06 108.14 53.44
Julio 63.33 108.60 53.67
Agosto 63.58 109.05 53.88
Septiembre 64.08 109.89 54.30
Octubre 64.33 110.32 54.51
Noviembre 64.78 111.10 54.90
Diciembre 65.05 111.56 55.13
2008 Enero 65.35 112.08 55.38
Febrero 65.54 112.41 55.55
Marzo 66.02 113.22 55.95
Abril 66.17 113.48 56.08
Mayo 66.10 113.36 56.01
Junio 66.37 113.83 56.25
Julio 66.74 114.46 56.56
Agosto 67.13 115.12 56.89
Septiembre 67.58 115.91 57.27
Octubre 68.05 116.70 57.66
Noviembre 68.82 118.02 58.32
Diciembre 69.30 118.84 58.72
2009 Enero 69.46 119.12 58.86
Febrero 69.61 119.38 58.99
Marzo 70.01 120.07 59.33
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
Abril 70.25 120.49 59.54
Mayo 70.05 120.14 59.36
Junio 70.18 120.36 59.47
Julio 70.37 120.69 59.64
Agosto 70.54 120.97 59.78
Septiembre 70.89 121.58 60.08
Octubre 71.11 121.95 60.26
Noviembre 71.48 122.58 60.57
Diciembre 71.77 123.09 60.82
2010 Enero 72.55 124.43 61.48
Febrero 72.97 125.15 61.84
Marzo 73.49 126.03 62.28
Abril 73.26 125.63 62.08
Mayo 72.79 124.84 61.69
Junio 72.77 124.80 61.67
Julio 72.93 125.07 61.80
Agosto 73.13 125.42 61.98
Septiembre 73.52 126.08 62.30
Octubre 73.97 126.86 62.68
Noviembre 74.56 127.87 63.19
Diciembre 74.93 128.51 63.50
2011 Enero 75.30 129.13 63.81
Febrero 75.58 129.62 64.05
Marzo 75.72 129.87 64.17
Abril 75.72 129.86 64.17
Mayo 75.16 128.90 63.69
Junio 75.16 128.89 63.69
Julio 75.52 129.51 64.00
Agosto 75.64 129.71 64.10
Septiembre 75.82 130.03 64.25
Octubre 76.33 130.91 64.69
Noviembre 77.16 132.33 65.39
Diciembre 77.79 133.41 65.92
2012 Enero 78.34 134.36 66.39
Febrero 78.50 134.63 66.53
Marzo 78.55 134.71 66.56
Abril 78.30 134.29 66.36
Mayo 78.05 133.86 66.15
Junio 78.41 134.48 66.45
Julio 78.85 135.23 66.82
Agosto 79.09 135.64 67.02
Septiembre 79.44 136.24 67.32
Octubre 79.84 136.93 67.66
Noviembre 80.38 137.86 68.12
Diciembre 80.57 138.17 68.28
2013 Enero 80.89 138.73 68.55
Febrero 81.29 139.41 68.89
Marzo 81.89 140.44 69.39
Abril 81.94 140.53 69.44
Mayo 81.67 140.06 69.21
Junio 81.62 139.98 69.17
Julio 81.59 139.93 69.14
Agosto 81.82 140.33 69.34
Septiembre 82.13 140.86 69.60
Octubre 82.52 141.53 69.93
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
Noviembre 83.29 142.85 70.59
Diciembre 83.77 143.67 70.99
2014 Enero 84.52 144.95 71.63
Febrero 84.73 145.32 71.81
Marzo 84.97 145.72 72.00
Abril 84.81 145.44 71.87
Mayo 84.54 144.98 71.64
Junio 84.68 145.23 71.76
Julio 84.91 145.63 71.96
Agosto 85.22 146.15 72.22
Septiembre 85.60 146.80 72.54
Octubre 86.07 147.61 72.94
Noviembre 86.76 148.80 73.53
Diciembre 87.19 149.53 73.89
2015 Enero 87.11 149.39 73.82
Febrero 87.28 149.68 73.96
Marzo 87.63 150.29 74.26
Abril 87.40 149.90 74.07
Mayo 86.97 149.15 73.70
Junio 87.11 149.40 73.82
Julio 87.24 149.62 73.93
Agosto 87.42 149.93 74.09
Septiembre 87.75 150.50 74.37
Octubre 88.20 151.27 74.75
Noviembre 88.69 152.10 75.16
Diciembre 89.05 152.71 75.46
2016 Enero 89.39 153.30 75.75
Febrero 89.78 153.97 76.08
Marzo 89.91 154.20 76.19
Abril 89.63 153.71 75.95
Mayo 89.23 153.02 75.61
Junio 89.32 153.19 75.70
Julio 89.56 153.59 75.89
Agosto 89.81 154.02 76.11
Septiembre 90.36 154.96 76.57
Octubre 90.91 155.90 77.04
Noviembre 91.62 157.12 77.64
Diciembre 92.04 157.85 78.00
2017 Enero 93.60 160.53 79.32
Febrero 94.14 161.46 79.78
Marzo 94.72 162.45 80.27
Abril 94.84 162.65 80.37
Mayo 94.73 162.45 80.27
Junio 94.96 162.86 80.48
Julio 95.32 163.48 80.78
Agosto 95.79 164.29 81.18
Septiembre 96.09 164.80 81.43
Octubre 96.70 165.84 81.95
Noviembre 97.70 167.55 82.79
Diciembre 98.27 168.54 83.28
2018 Enero 98.79 169.43 83.72
Febrero 99.17 170.08 84.04
Marzo 99.49 170.63 84.31
Abril 99.15 170.05 84.03
Mayo 98.99 169.77 83.89
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de
Junio 99.38 170.43 84.22
Julio 99.91 171.34 84.67
Agosto 100.49 172.34 85.16
Septiembre 100.92 173.07 85.52
Octubre 101.44 173.97 85.96
Noviembre 102.30 175.45 86.70
Diciembre 103.02 176.68 87.30
2019 Enero 103.11 176.83 87.38
Febrero 103.08 176.78 87.35
Marzo 103.48 177.46 87.69
Abril 103.53 177.56 87.74
Mayo 103.23 177.04 87.48
Junio 103.30 177.16 87.54
Julio 103.69 177.82 87.87
Agosto 103.67 177.79 87.85
Septiembre 103.94 178.26 88.08
Octubre 104.50 179.22 88.56
Noviembre 105.35 180.67 89.27
Diciembre 105.93 181.68 89.77
2020 Enero 106.45 182.56 90.21
Febrero 106.89 183.31 90.58
Marzo 106.84 183.23 90.54
Abril 105.76 181.37 89.62
Mayo 106.16 182.07 89.97
Junio 106.74 183.06 90.46
Julio 107.44 184.27 91.05
Agosto 107.87 184.99 91.41
Septiembre 108.11 185.42 91.62
Octubre 108.77 186.55 92.18
Noviembre 108.86 186.69 92.25
Diciembre 109.27 187.40 92.60
2021 Enero 110.21 189.01 93.40
Febrero 110.91 190.21 93.99
Marzo 111.82 191.78 94.76
Abril 112.19 192.41 95.07
Mayo 112.42 192.80 95.27
Junio 113.02 193.83 95.78
Julio 113.68 194.96 96.34
Agosto 113.90 195.34 96.52
Septiembre 114.60 196.54 97.12
Octubre 115.56 198.19 97.93
Noviembre 116.88 200.46 99.05
Diciembre 117.31 201.18 99.41
2022 Enero 118.00 202.37 100.00
Febrero 118.98 204.05 100.83
Marzo 120.16 206.07 101.83
Abril 120.81 207.19 102.38
Mayo 121.02 207.55 102.56
Junio 122.04 209.31 103.43
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Nota técnica sobre salarios mínimos equivalentes para la comparabilidad de la información de los ingresos por trabajo. Agosto de