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TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO

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Academic year: 2022

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FORMULARIO DE SOLICITUD PARA LA VERIFICACIÓN DE

TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO

La presente versión contiene modificaciones con respecto a la última versión aprobada. Dichas modificaciones han sido introducidas fruto del proceso de

seguimiento del Máster y aún no han sido comunicadas al Consejo de Universidades.

Denominación del Título:

Máster Universitario en Ingeniería Acústica por la Universidad de Málaga

Especialidades del título

(en su caso)

:

(Dado que la denominación del Título es única, en el caso de que el Título incluya especialidades, éstas no han de incluirse en dicha denominación aunque sí deben tener su reflejo en la expedición del Título Oficial. Así mismo, estas especialidades deberán contar con contenidos suficientes y coherentes que justifiquen su pertinencia. Esta información se incluirá en el Apartado 2: Justificación del Título y su concreción se establecerá en el Apartado 5: Planificación de las Enseñanzas. No obstante, se ha de señalar en el apartado correspondiente de este criterio el número mínimo de créditos (ECTS) asociados a cada mención o especialidad)

Rama de Conocimiento:

(La Universidad propondrá la adscripción de dicho Título a una de las siguientes ramas de conocimiento: Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas o Ingeniería y Arquitectura. En el caso de Títulos que estén relacionados con más de una disciplina -aspecto frecuente en los Títulos de Máster Universitario-, se debe señalar la rama principal a la que se adscribe el Título.)

Ingeniería y Arquitectura

Centro responsable: Escuela Técnica Superior de Ingeniería de

Telecomunicación

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Ámbito de estudios ISCED 1 (*): 52 Ingeniería y profesiones afines

Ámbito de estudios ISCED 2 (*):

(*) ISCED (Clasificación Internacional Normalizada de Educación) –Seleccionar de la siguiente lista- La utilización de este código es una recomendación internacional para identificar los ámbitos temáticos en los que se incardina un determinado Título. Para más información sobre dichos códigos, su función y niveles se pueden consultar http://www.uis.unesco.org/TEMPLATE/pdf/isced/ISCED_A.pdf

Administración y gestión de empresas Hosteleria

Alfabetización simple y funcional; aritmética elemental Industria de la alimentación

Arquitectura y urbanismo Industria textil, confección, del calzado y piel

Artesanía Industrias de otros materiales ( madera, papel, plástico, vidrio)

Bellas artes Informática en el nivel de usuario

Biblioteconomía, documentación y archivos Lenguas extranjeras

Biología y Bioquímica Lenguas y dialectos españoles

Ciencias de la computación Marketing y publicidad

Ciencias de la educación Matemáticas

Ciencias del medio ambiente Mecánica y metalurgia

Ciencias políticas Medicina

Construcción e ingeniería civil Minería y extracción

Contabilidad y gestión de impuestos Música y artes del espectáculo

Control y tecnología medioambiental Otros estudios referidos al puesto de trabajo Cuidado de niños y servicios para jovenes Peluquería y servicios de belleza

Deportes Periodismo

Derecho Pesca

Desarrollo personal Procesos químicos

Diseño Producción agrícola y explotación ganadera

Economía Programas de formación básica

Electricidad y energía Protección de la propiedad y las personas

Electrónica y automática Psicología

Enfermería y atención a enfermos Química

Enseñanza militar Religión

Entornos naturales y vida salvaje Salud y seguridad en el trabajo

Estadística Secretariado y trabajo administrativo

Estudios dentales Sectores desconocidos o no especificados

Farmacia Servicios de saneamiento a la comunidad

Filosofia y ética Servicios de transporte

Finanzas, banca y seguros Servicios domésticos

Física servicios médicos

Formación de docentes Silvicultura

Formación de docentes de enseñanza de temas especiales

Sociología, antropología y geografía social y cultural Formación de docentes de enseñanza infantil Técnicas audiovisuales y medios de comunicación Formación de docentes de enseñanza primaria Tecnología de diagnóstico y tratamiento médico Formación de docentes de formación profesional Terapia y rehabilitación

Geología y metereología Trabajo social y orientación

Historia y arqueología Vehículos de motor, barcos y aeronaves Historia, filosofía y temas relacionados Ventas al por mayor y al por menor

Horticultura Veterinaria

Viajes, turismo y ocio

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1.- DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO

1.0.- RESPONSABLE DEL TÍTULO Apellidos y nombre: (*)

NIF: (*) Email: (*) Dirección : (*)

Código postal : (*) Teléfono: (*) Fax: (*) Cargo: (*)

1.0.1.- REPRESENTANTE LEGAL DEL TÍTULO

Apellidos y nombre: Vallecillo Moreno, Antonio (*) NIF: (*) Email: (*) Dirección : (*)

Código postal : (*) Teléfono: (*) Fax: (*) Cargo: (*)

1.0.2.- SOLICITANTE (Decano del Centro responsable) Apellidos y nombre: Arrebola Pérez, Fabián

NIF: Email:

Dirección :

Código postal : Teléfono: Fax:

Cargo:

1.0.3- COORDINADOR/A ACADÉMICO RESPOSABLE DEL TÍTULO

Apellidos y Nombre: Luna Ramírez, Salvador NIF: 53685227F Apellidos y Nombre: Ruiz Vega, Fernando Jesús NIF:

1.1.- DENOMINACIÓN Y CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL TÍTULO

Denominación del título:

Máster Universitario en Ingeniería Acústica por la Universidad de Málaga

1.2.- CENTRO RESPONSABLE DE ORGANIZAR LAS ENSEÑANZAS Centro responsable del título: Escuela Técnica Superior de Ingeniería de

Telecomunicación

Centro/s donde se impartirá el título: Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicación

Universidades participantes (únicamente si se trata de

un título conjunto, adjuntando el correspondiente convenio):

1.3.- TIPO DE ENSEÑANZA Tipo de enseñanza

(presencial, semipresencial o a distancia): Semipresencial

1.4.- NÚMERO DE PLAZAS DE NUEVO INGRESO OFERTADAS (en caso de impartirse en título en varios Centros, debe indicarse el número de plazas de nuevo ingreso correspondiente a cada Centro/Universidad)

Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas en el 1º año de implantación: 25 Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas en el 2º año de implantación: 25

1.5.- NÚMERO DE CRÉDITOS DEL TÍTULO Y REQUISITOS DE MATRÍCULACIÓN

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Número de créditos ECTS necesarios para obtener del título: 60 Número mínimo de créditos ECTS de matrícula por el estudiante y período lectivo

(en caso de impartirse en título en varios Centros/Universidad, deben indicarse los requisitos de matriculación correspondiente a cada Centro/Universidad)

(*) 60 TC 30 TP (*) Datos/Información Centros UMA.

A este respecto las “Normas reguladoras de la matriculación de estudiantes en actividades formativas correspondientes a planes de estudios conducentes a títulos universitarios de carácter oficial” vigentes en la Universidad de Malaga –acuerdo Consejo e Gobierno de 23/06/2011-, en su Articulo 13’ establecen:

“1. Los estudiantes de nuevo ingreso en estudios conducentes a títulos de Graduado deberán formalizar matrícula en un número de asignaturas cuyos respectivos créditos sumen un mínimo de sesenta créditos, excepto quienes tengan la condición de estudiantes a tiempo parcial en cuyo caso el número mínimo de créditos a matricular será de treinta.

2. Los estudiantes de nuevo ingreso en estudios conducentes a títulos de Máster Universitario deberán formalizar matrícula en un número de asignaturas cuyos respectivos créditos sumen un mínimo de sesenta créditos.

3. Los estudiantes que formalicen su matrícula por segunda o posterior vez en estudios conducentes a títulos de Graduado o Máster Universitario deberán hacerlo en un número de asignaturas cuyos respectivos créditos sumen un mínimo de cuarenta y ocho créditos, excepto que tengan la condición de estudiantes a tiempo parcial en cuyo

caso el número mínimo de créditos a matricular será de treinta, o del número de créditos que les resten para finalizar sus estudios si dicho número es inferior a cuarenta y ocho”

Por otra parte las “Normas reguladoras de la condición de estudiante a tiempo parcial de la Universidad de Malaga” -acuerdo Consejo de Gobierno de 21/07/2011- en su Articulo 4 disponen:

“1. El reconocimiento de la condición de estudiante a tiempo parcial, de aquellos alumnos que se encuentren matriculados en la Universidad de Málaga en los estudios oficiales de Grado o Máster, producirá, al menos, los siguientes efectos:

a. El derecho preferente a elegir turno cuando existan dos o más grupos de una determinada asignatura o materia y los citados grupos tengan horarios diferentes.

b. El derecho al reconocimiento de un régimen de asistencia a clase de carácter flexible, que no afecte negativamente al proceso de evaluación del estudiante. A tal efecto, las Comisiones de Ordenación Académica de los diferentes Centros de la Universidad de Málaga concretarán el alcance de dicha flexibilidad en sus respectivas titulaciones.

c. El derecho a matricularse de un número de créditos inferior al mínimo que corresponda a los alumnos con dedicación a tiempo completo, y que no podrá ser inferior a 30 créditos, salvo que le resten un número inferior para finalizar los estudios.

d. El derecho a obtener un tratamiento diferente al de los estudiantes con dedicación a tiempo completo, en las normas que regulen el progreso y la permanencia de los estudiantes en la Universidad de Málaga, de acuerdo con lo que dispongan las citadas normas”.

1.5.1.- NORMAS DE PERMANECIA

(en caso de impartirse en título en varios Centros/Universidades, debe indicarse la dirección WEB correspondiente a cada Centro/Universidad)

http://www.pop.uma.es/images/pop2011/normas_progresopermanenciauma.pdf

1.6.- RESTO DE INFORMACIÓN NECESARIA PARA LA EXPEDICIÓN DEL SET Orientación (Profesional o investigadora): Profesional

Profesión regulada para la que capacita el título:

Lenguas utilizadas a lo largo del proceso formativo:

(Únicamente podrán proponerse otras lenguas distintas al CASTELLANO cuando en el plan de estudios propuesto, al menos, una asignatura obligatoria se imparta en la correspondiente lengua extranjera).

Castellano

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2.- JUSTIFICACIÓN

2.1.- JUSTIFICACIÓN DEL TÍTULO PROPUESTO, ARGUMENTANDO EL INTERÉS ACADÉMICO, CIENTÍFICO O PROFESIONAL DEL MISMO

La Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicación (ETSIT) de la Universidad de Málaga, ya dispone de la correspondiente verificación para el presente Máster Universitario en Ingeniería Acústica (MIA), obtenida en 2011. De modo que esta solicitud debe entenderse realmente como una propuesta de modificación del título vigente ya verificado. El MIA se ha impartido durante los cursos 2011/12 y 2012/13, pero se ha interrumpido su impartición el presente curso 2013/14 porque el curso anterior el número de alumnos matriculados fue menor de lo esperado. Esta circunstancia cabe atribuirla al contexto de crisis económica en que nos encontramos y ha motivado replantear algunos aspectos del título que lo hagan más atractivo para los potenciales estudiantes. Se pretende mantener esencialmente los contenidos del máster, pero se ha decidido cambiar el tipo de enseñanza de presencial a semipresencial, lo que conlleva un rediseño de las metodologías docentes y de las actividades formativas. De ese modo, se facilita que los estudiantes compatibilicen los estudios con otras actividades profesionales o con una eventual residencia alejada del centro, circunstancias que ya ocurría en los cursos en que el MIA se impartió y en las evaluaciones se comentó como muy deseable.

Se ha de destacar que en las evaluaciones que la UMA realiza para sus distintas titulaciones, el MIA ha obtenido una alta calificación (mayor de 4 puntos en una escala de 1 a 5), por encima de la media de las titulaciones de posgrado en la propia UMA. Esto ha resultado indicativo de la satisfacción del alumnado con los contenidos, metodología y, en general, resultados que obtienen los alumnos tras cursar el MIA. Por ello, las principales modificaciones que en esta memoria se presentan van orientadas a la metodología (semipresencial en vez de presencial), pero manteniendo la estructura, contenidos y profesorado del máster.

Además, se ha implicado a profesorado de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura (ETSA) de la Universidad de Málaga, con el ánimo de reforzar la docencia en algunas asignaturas más especializadas en ese ámbito, darle al máster una visión más interdisciplinar y que sea más interesante para estudiantes de la rama de la arquitectura. Esta deseable característica de interdisciplinariedad quedó resaltada en los comentarios recibidos por alumnos de años anteriores cuyas titulaciones de origen pertenecían a esta rama.

Por otra parte, la ETSIT de la Universidad de Málaga oferta entre sus titulaciones el Grado en Ingeniería de Sonido e Imagen, donde los estudiantes reciben una formación general, amplia y sólida en este campo, que abarca fundamentos de matemáticas y física para la ingeniería, técnicas de programación, electrónica, propagación de ondas, redes de ordenadores, procesamiento de señales, acústica, audio y vídeo, tratamiento digital de imágenes, etc., entre otras disciplinas. Hasta ahora, en el ordenamiento vigente, no existe otra titulación oficial de segundo ciclo específica, que permita una mayor especialización o ampliación de conocimientos en el campo de la Ingeniería Acústica.

En el entorno legislativo, la Ley del Ruido (2003), el Código Técnico de la Edificación (2006) y el Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, han dado un fuerte impulso a aquellas actividades relacionadas con la Ingeniería Acústica. Algunas de estas leyes fueron aprobadas incluso después del comienzo de impartición de este máster. El título propuesto tiene como objetivo proporcionar una formación especializada en este campo, cuyo marco legislativo y normativo es cambiante en el tiempo, con una clara orientación profesional tal y como demandan las empresas del sector. Así mismo, en virtud del Decreto 6/2012 de 17 de Enero, el Máster habilita como técnico competente para la realización de estudios y ensayos acústicos, así como para expedir certificaciones de cumplimiento de las normas de calidad y prevención acústicas.

El contar con este título de Máster que aporta el nivel de formación específico necesario es de gran utilidad para el estudiante recién egresado de un título de Grado o equivalente, dentro de un espectro bastante amplio, que podría abarcar gran parte de las Ingenierías e Ingenierías

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Técnicas. Además, las empresas del sector ven en él una oportunidad para contar con profesionales de elevada cualificación específica y con la máxima actualización posible. Al mismo tiempo, sirve para reciclar a empleados de las empresas en temas punteros y novedosos de la Ingeniería Acústica. Ambas posibilidades, recién titulados que demandan especialización y profesionales con experiencia que demandan reciclaje formativo, han quedado manifiestas por los alumnos que en cursos anteriores han cursado el Máster.

En conclusión, el disponer de un Máster en Ingeniería Acústica es de utilidad para:

• Posgraduados empleados (y desempleados) con necesidad de formación en el ámbito de la acústica, pues muchos profesionales de los que trabajan en el ámbito de la acústica no tienen conocimientos especializados suficientes.

• Recién graduados en el contexto de las Telecomunicaciones, destacando estudiantes especializados en Sonido e Imagen, que quieran profundizar en el ámbito de la acústica, a los que la oferta de títulos de la ETSIT no ofrece otra formación especializada a nivel de Máster con competencias propias de acústica.

• Recién graduados de ámbitos ajenos a las Telecomunicaciones con interés en formarse en este campo, aplicable en numerosos entornos: arquitectura, ingeniería industrial, ciencias ambientales, ingeniería de la salud, etc.

2.2.- DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTA INTERNOS Y EXTERNOS UTILIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS

2.2.1.- Procedimientos de consulta INTERNOS

La propuesta de este Máster surge en el marco de la ETSIT de la Universidad de Málaga, apoyándose en gran medida en la experiencia acumulada a lo largo de más de quince años por un nutrido grupo de profesores de las titulaciones impartida por esta Escuela de Ingeniería Técnica de Telecomunicación, especialidad en Sonido e Imagen, y de Grado en Ingeniería de Sonido e Imagen.

Se considera relevante señalar que este mismo grupo de profesores, además de impartir en la actualidad las asignaturas más específicas de las titulaciones antes referidas, muchas de ellas directamente relacionadas con la Ingeniería Acústica, asumió en su día la responsabilidad de diseñarlas y ponerlas en funcionamiento, incluyendo el diseño y especificación de los correspondientes laboratorios.

Por este motivo, el primer nivel de consulta interna sobre la conveniencia de este máster y su orientación más adecuada tiene como interlocutores a este grupo de profesores.

Adicionalmente, otros profesores de la Escuela que desarrollan actividades con proximidad metodológica a la Ingeniería Acústica, o bien que han demostrado interés profesional por este área, se han unido a este grupo inicial, y han contribuido a perfilar y enriquecer el plan de estudios propuesto.

Además, tanto la Dirección de la ETSIT de la Universidad de Málaga como la Dirección del Departamento de Ingeniería de Comunicaciones han impulsado decididamente la presente propuesta, participado activamente en su elaboración.

Como se ha mencionado, tras consultar con la dirección de la ETSA de la Universidad de Málaga, esta Escuela asume la docencia y ofrece el profesorado adscrito a la misma para impartir contenidos afines a su experiencia relacionados con la acústica de recintos, características de materiales constructivos y normativa de edificación, especialmente. Su participación se concreta en 6 créditos, 3 de ellos en materias obligatorias y otros 3 en materia optativas.

Además, y previo al comienzo del máster en 2011, se realizaron diversos cursos breves en el ámbito de la Ingeniería Acústica dirigidos a los alumnos de la ETSIT. El éxito de asistencia, junto con las numerosas opiniones recogidas a favor de alguna titulación de mayor entidad y especialización en ese ámbito también enfatizaron en los promotores del máster la necesidad del mismo.

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respecto a la memoria original de verificación del máster surgen precisa y esencialmente por procedimientos de consulta con los estudiantes de cursos anteriores y profesorado, que, a lo largo de los dos cursos en que ha impartido, han manifestado los distintos aspectos que consideraban mejorables para futuras ediciones.

Esta propuesta fue aprobada en la Junta de Centro de la ETSI Telecomunicación que se celebró el día 21 de enero de 2014.

2.2.2.- Procedimientos de consulta EXTERNOS

En cuanto a las consultas a empresas y profesionales del sector, éstas han proporcionado dos tipos de información de gran valor.

Por una parte, el Departamento de Ingeniería de Comunicaciones de la Universidad de Málaga impartió durante varios años con una gran aceptación un curso sobre Ingeniería Acústica para la Asociación de Ingenieros de Telecomunicación de Andalucía (AITA). Dicho curso estaba destinado a Ingenieros de Telecomunicación y tenía como objetivo el ejercicio profesional libre en Ingeniería Acústica. En cierta medida, este fuerte interés en la materia por parte del entorno profesional de la Universidad de Málaga motivó la solicitud inicial del máster con un perfil técnico-profesional como el que aquí se desarrolla. De hecho, la orientación y materias de dicho curso fue propuesta por la propia AITA en función de las propias necesidades de sus profesionales asociados, entre los que una parte de ellos suelen ejercer libremente o poseen empresas que realizan proyectos de ingeniería acústica. La propuesta de la AITA abarcaba los temas siguientes: ondas acústicas, medida y caracterización del ruido, legislación sobre control de ruido, sistemas de megafonía, acondicionamiento acústico, aislamiento acústico y acústica medioambiental.

Tanto la orientación como los contenidos del módulo obligatorio están inspirados en estos temas. El máster aquí propuesto complementa, en el módulo optativo, estos temas de interés profesional con otros temas de interés académico-profesional que son habituales en los Másteres similares propuestos nacional e internacionalmente (Universidad Tecnológica de Dinamarca, PennState, Southampton,… Universidad de Granada, Cádiz, Politécnica de Valencia, Valladolid y Politécnica de Madrid fundamentalmente; destacando el de la Universidad Politécnica de Valencia).

Por otra parte, tanto en el diseño original como en los años de docencia del máster, han sido varias las empresas que han acompañado al equipo docente y coordinación del máster. La estrecha colaboración (conferencias, prácticas, diseño de asignaturas y prácticas) ha permitido una muy positiva información sobre los intereses de empresas que demandan profesionales con este perfil. Como dato, actualmente el máster posee 20 convenios establecidos con diversos entidades externas a la UMA.

También destacar el grado de implicación de instituciones públicas, cuyo papel en el área de la Ingeniería Acústica es de significativa importancia debido a la intensa normativa y legislación que la regula. Tanto a nivel local como regional (administración de alta responsabilidad normativa en la Ingeniería Acústica) el máster posee convenios de colaboración y de realización de prácticas para los alumnos del máster. Dicha implicación también ha quedado plasmada con la organización en cursos anteriores de conferencias en el máster, participación del profesorado en jornadas organizadas por estas entidades públicas, o colaboración y consultas varias entre ambas entidades para cuestiones técnicas relacionadas con la Ingeniería Acústica.

En general, y a modo de resumen, la colaboración y flujo de información con empresas e instituciones está siendo intenso y muy valorable. En consultas dirigidas a las entidades colaboradoras con respecto a esta memoria para la modificación, la respuesta ha sido abiertamente positiva y casi todos los comentarios o sugerencias efectuadas se centran en favorecer la asistencia de profesionales en activo, lo cual también ha fortalecido la decisión del cambio de metodología de presencial a semipresencial.

Finalmente, en cuanto a las competencias en esta versión, se han tenido en cuenta las propuestas en másteres internacionales y sobre todo en los Másteres Oficiales nacionales ya mencionados.

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2.3.- DIFERENCIACIÓN DE TÍTULOS DENTRO DE LA MISMA UNIVERSIDAD

La Universidad de Málaga no imparte ninguna otra titulación de Máster Universitario que abarque las competencias y contenidos del presente Máster.

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3.- COMPETENCIAS

3.1.- COMPETENCIAS BÁSICAS Y GENERALES QUE DEBEN ADQUIRIR TODOS LOS ESTUDIANTES DURANTE SUS ESTUDIOS Y QUE SON EXIGIBLES PARA OTORGAR EL TÍTULO

C. Básica 1 (CB-1)

Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación

C. Básica 2 (CB-2)

Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio

C. Básica 3 (CB-3)

Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios

C. Básica 4 (CB-4)

Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades

C. Básica 5 (CB-5)

Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo

C. General 1 (CG-1)

Adquirir de forma autónoma nuevos conocimientos tecnológicos sobre ingeniería acústica usando la base ya aprendida en las materias del máster

C. General 2 (CG-2)

Saber aplicar los conocimientos adquiridos a la resolución de problemas en contextos nuevos o multidisplinares que involucren aspectos de ingeniería acústica

C. General 3 (CG-3)

Ser capaz de abordar y documentar correctamente y de forma profesional un proyecto típico de cualquiera de las ramas de la ingeniería acústica

3.2.- COMPETENCIAS TRANSVERSALES (en su caso) C. Transversal 1:

3.3.- COMPETENCIAS ESPECÍFICAS QUE TODOS LOS ESTUDIANTES DEBEN ADQUIRIR DURANTE SUS ESTUDIOS Y QUE SON EXIGIBLES PARA OTORGAR EL TÍTULO

C. Específica 1 (CE-1)

Ser capaz de analizar y diseñar acústicamente los recintos arquitectónicos mediante métodos y herramientas avanzadas

C. Específica 2 (CE-2)

Utilizar diferentes métodos de evaluación del aislamiento acústico a transmisiones directas e indirectas en edificios

C. Específica 3 (CE-3)

Ser capaz de aplicar el Código Técnico de la Edificación en proyectos sobre aislamiento acústico

C. Específica 4 (CE-4)

Manejar con destreza la instrumentación avanzada usada en ingeniería acústica

C. Específica 5 (CE-5)

Manejar la estructura normativa y legislativa actual sobre acústica, y en especial en lo que se refiere a los procedimientos de medida

C. Específica 6 (CE-6)

Capacidad para modelar, diseñar y analizar, usando técnicas avanzadas, fuentes acústicas para el refuerzo sonoro y otras aplicaciones en ingeniería acústica

C. Específica 7 (CE-7)

Diseñar una red de sonorización o de megafonía y evaluar sus prestaciones

C. Específica 8 (CE-8)

Capacidad para aplicar los conocimientos técnicos adquiridos dentro de un contexto empresarial real

C. Específica 9 (CE-9)

Ser capaz de desarrollar en detalle un proyecto de ingeniería acústica concreto, especializado en algunas de las materias avanzadas tratadas en el máster

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4.- ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES

4.1.- SISTEMAS DE INFORMACIÓN PREVIA A LA MATRICULACIÓN Y PROCEDIMIENTOS ACCESIBLES DE ACOGIDA Y ORIENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO PARA FACILITAR SU INCORPORACIÓN A LA UNIVERSIDAD Y LA TITULACIÓN 4.1.1. Vías y requisitos de acceso al título.

El R.D. 1393/2007 de 29 Octubre –modificado por el RD 861/2010 de 2 de julio, en su Art. 16 establece que para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster. Toda esta información regulada se le facilita a los alumnos a través de la página Web de la universidad de Málaga, donde en la dirección http://www.uma.es el alumno puede adquirir una información general sobre requisitos y vías de acceso.

4.1.2. Canales de difusión para informar a los potenciales estudiantes (sobre la titulación y sobre el proceso de matriculación).

Se pasa a describir las distintas acciones que implementa la universidad de Málaga para informar a los estudiantes sobre la titulación y el proceso de matriculación:

1. PROGRAMA DE ORIENTACIÓN Y APOYO AL COLECTIVO DE ESTUDIANTES

Este programa incluye un conjunto de actividades dirigidas a proporcionar a los alumnos universitarios una información exhaustiva sobre las distintas titulaciones oficiales de postgrado ofrecidas por la UMA. Este programa se ejecuta una vez cada año.

Las actividades principales desarrolladas por el programa de orientación son las siguientes:

1.1. JORNADAS DE PUERTAS ABIERTAS

La Universidad de Málaga celebra cada primavera las Jornadas de puertas abiertas “Destino UMA”, de Orientación Universitaria. En dichas jornadas cada centro prepara un “stand” con un docente responsable y alumnos voluntarios que son los encargados de orientar a los futuros universitarios. Por su parte, los servicios centrales cuentan con “stand” informativos que prestan orientación al alumno sobre Acceso, Matrícula, Becas, Cultura, Deporte, Red de Bibliotecas, etc. Asimismo se programan charlas de orientación sobre pruebas de acceso a la Universidad por cada una de las titulaciones impartidas en la UMA. Estas jornadas están coordinadas por el Vicerrectorado de Estudiantes.

Aunque las puertas abiertas están enfocadas a un público preuniversitario, la asistencia de un alto número de estudiantes universitarios ha llevado a incluir como colectivo de orientación a los estudiantes universitarios. Por ello, los servicios de postgrado y de titulaciones propias de la Universidad de Málaga informan de las diferentes opciones formativas de la universidad.

Además, los diferentes centros de nuestra universidad informan y asesoran a los estudiantes universitarios sobre su oferta académica de postgrado.

1.2 PARTICIPACIÓN EN FERIAS NACIONALES E INTERNACIONALES

La Universidad de Málaga, a través de los Vicerrectorados de Ordenación Académica, Estudiantes y Relaciones Internacionales, participa en ferias de orientación en lugares de procedencia de su alumnado, especialmente en el seno de la Comunidad Autónoma Andaluza (ferias locales en Lucena y Los Barrios), y en Madrid (Aula). Asimismo, la Universidad de Malaga participa en ferias internacionales donde se promueve la oferta académica general de la Universidad [NAFSA, ACFTL en Estados Unidos, ICEF China Workshop, etc…] y también la específica de postgrado, sobre todo en Latinoamérica (Europosgrado Chile, Europosgrado Argentina,…) siendo un miembro activo de la Asociación de Universidades Iberoamericanas de Posgrado (AUIP).

2. PORTAL WEB

La Universidad de Málaga mantiene un Portal destinado a alumnos potenciales de postgrado,

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 Acceso a las titulaciones de postgrado de Universidad de Málaga

 Guía de titulaciones, planes de estudio y asignaturas

 Becas

La dirección web de dicho portal es: http://www.uma.es/cipd

3. REVISTA Y FOLLETOS DE ORIENTACIÓN DIRIGIDOS A ESTUDIANTES POTENCIALES La oficina de Posgrado de la UMA edita un folleto informativo dirigido a estudiantes potenciales de postgrado. Sus contenidos en formato electrónico, también se encuentran disponibles en la Web de la UMA (http://www.uma.es o http://www.uma.es/cipd ).

4. PUNTOS DE INFORMACIÓN UNIVERSITARIOS

La Universidad de Málaga mantiene 3 puntos de Información, uno en el Campus de Teatinos, otro en el Campus de El Ejido y un tercero en el Rectorado, en los que se ofrece información al universitario. El horario de atención presencial y telefónica es de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas.

4.1.3. Sistemas accesibles de información previa a la matriculación (procedimiento de información académica sobre la planificación del proceso de aprendizaje).

La Universidad de Málaga ha puesto a disposición de los alumnos y, en general, de todos los ciudadanos un portal que suministra información relativa a la programación docente de las distintas titulaciones ofertadas por los Centros universitarios y para distintos cursos académicos, denominado sistema PROA. De esta manera se facilita el conocimiento inmediato y actualizado de la información. Dicho portal se ubica en la dirección web http/www.uma.es/ordenac/. El sistema PROA para la programación académica proporciona los procesos necesarios para llevar a cabo las tareas de planificación docente de la UMA así como la gestión de planes de estudios. Es un sistema abierto e integrado con los sistemas de información de la Universidad. En concreto, los sistemas de información HOMINIS (gestión de recursos humanos) que proporciona información acerca de los datos administrativos de los profesores, según departamentos y especialidad de los mismos, MINERVA (gestión de expedientes de alumnos) que proporciona información relativa a titulaciones ofertadas por la Universidad, planes de estudio, asignaturas, tipos de asignaturas, número de alumnos matriculados, etc.

PROA es un sistema de información centralizado en cuanto a su información, pero distribuido respecto a su funcionalidad. La información es actualizada en Centros, Departamentos y Vicerrectorado de Ordenación Académica, según competencias.

Puesto que los contenidos publicados en PROA son de especial interés para los alumnos que van a formalizar su matrícula para el próximo curso académico, se ha priorizado el hecho de que dicha información esté disponible antes de que se inicie el período de matriculación.

Con relación a los planes de estudio y a la oferta académica para cada Centro de la Universidad, se tiene la posibilidad de consultar las titulaciones que se ofertan y su correspondiente distribución de créditos. A su vez, se detallan las asignaturas que se imparten en cada curso de la titulación.

La información de la programación docente contiene para cada asignatura de una titulación, además de los datos básicos de la misma, los grupos de actividades formativas, la planificación del proceso de aprendizaje de cada asignatura y su proceso de evaluación, los horarios de dichas actividades, los espacios asignados a las mismas y los profesores que imparten la docencia.

También se puede consultar el programa completo de cualquier asignatura (objetivos, metodología docente, sistema de evaluación, contenido detallado y bibliografía), así como el horario de tutorías de los profesores que imparten la docencia y los horarios de exámenes.

Cada una de las asignaturas puede ser localizada de manera directa a través de múltiples criterios de búsqueda que se pueden especificar. Esta información se puede obtener para una titulación completa o para un ciclo o curso de la misma.

4.1.4.- Perfil de ingreso recomendado.

El perfil académico recomendable para ingresar en este Máster (vía académica directa) es el de

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graduado en titulaciones relacionadas con Ingeniería o Arquitectura que deseen orientar su formación hacia la Ingeniería Acústica. También se recomienda este Máster a graduados de titulaciones científicas relacionas con física o matemáticas que deseen reorientar su formación hacia áreas del conocimiento más aplicadas.

El perfil profesional recomendable para ingresar en este Máster (vía profesional) es el de profesionales (con título universitario) que ejerzan funciones en el campo de la Ingeniería Acústica y que deseen una actualización en algunas materias específicas.

4.1.5.- Sistemas de acogida a los estudiantes de nuevo ingreso (específicos del Centro / Titulación).

El presente Máster utilizará los sistemas de información previa a la matriculación que proporcione la Universidad de Málaga en relación con los títulos de Máster Oficiales. Sin menoscabo de lo anterior, se desarrollará una página web propia para este Máster, con acceso desde la página web oficial de la ETSIT de la Universidad de Málaga. Además de todos estos mecanismos, la Comisión Académica del Máster encargará a un profesor con responsabilidad docente en el mismo la tarea de atender e informar de forma directa y personalizada tanto a los propios alumnos del Máster, ya matriculados, como a aquellas otras personas potencialmente interesadas en hacerlo. Este procedimiento de información personalizada se considera de gran interés, dada la diversidad posible para los perfiles de acceso y la metodología semipresencial que se propone (la cual necesita proporcionar mayor información al alumno sobre la distintas actividades formativas y de evaluación que van a ofrecérsele). También, la información suministrada de forma interactiva puede resultar muy útil a la hora de establecer el itinerario más conveniente a seguir dentro de las opciones que se ofertan.

Puesto que un perfil deseado de alumnos son aquellos que no tengan gran facilidad horaria para personarse en las instalaciones del Centro que imparte el máster, la propia obtención de información previa a la matriculación también ha de facilitarse a este mismo tipo de alumnos potenciales. Se proporcionarán, por tanto, teléfonos y direcciones de correo electrónico para las consultas necesarias.

4.2.-CRITERIOS DE ACCESO -CONDICIONES O PRUEBAS DE ACCESO ESPECIALES- Y ADMISIÓN

De acuerdo con las previsiones del art. 75 de la Ley 15/2003, Andaluza de Universidades, a los únicos efectos del ingreso en los centros universitarios, todas las Universidades públicas andaluzas se constituyen en un distrito único. En consecuencia los procesos de admisión de alumnos se realizan de acuerdo con los criterios que establezca la Comisión de Distrito Único Andaluz, considerándose en los mismos la existencia de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad.

Requisitos de acceso:

Podrán acceder quienes estén en posesión del título español de Graduado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Maestro , que acrediten una formación/vinculación en materias relacionados con los contenidos del Programa. El perfil académico recomendable para ingresar en este Máster es el de graduado en titulaciones relacionadas con Ingeniería o Arquitectura que deseen orientar su formación hacia la Ingeniería Acústica.

También se recomienda este Máster a graduados de titulaciones científicas relacionas con física o matemáticas que deseen reorientar su formación hacia áreas del conocimiento más aplicadas. Igualmente, atendiendo a la orientación profesional del Máster, el perfil recomendable es el de profesionales (con título universitario) que ejerzan funciones en el campo de la Ingeniería Acústica y que deseen una actualización en algunas materias específicas.

Los titulados conforme a sistemas educativos extranjeros -con títulos afines a los anteriores- podrán acceder a este Máster sin necesidad de la homologación de sus títulos, con la comprobación previa que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los

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correspondientes títulos españoles de Grado y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Posgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster (art. 16.2, RD 1393/2007).

Criterios de admisión:

En el caso de una demanda mayor que la oferta de plazas, y sin menoscabo de la normativa vigente, en el proceso de selección se valorará tanto la formación académica previa (50%) como, en su caso, la experiencia profesional (50%). Asimismo, se realizarán entrevistas personales (remotas si fuera necesario) con los solicitantes cuando se estime conveniente para ampliar o contrastar información. Se tendrá en cuenta la disponibilidad real de los candidatos para atender las actividades presenciales que se establezcan.

En la Universidad de Málaga la aplicación de los requisitos específicos de admisión se realizará conforme a lo dispuesto en el Título 3º del “Reglamento de estudios conducentes a los títulos oficiales de Máster Universitario de la Universidad de Málaga”, aprobado en el consejo de Gobierno, sesión de 5 de noviembre de 2013 (a consultar en la siguiente url:

http://www.uma.es/secretariageneral/normativa/propia/consejo/octubre_2013/Anexo01.pdf).

4.3.- SISTEMAS DE APOYO Y ORIENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES UNA VEZ MATRICULADOS

4.3.1. Sistema de apoyo y orientación a los estudiantes una vez matriculados específico del Centro.

La Comisión Académica del Máster encargará a uno de sus profesores la tarea de atender e informar de manera directa a los alumnos, teniendo especialmente presente los medios virtuales para la comunicación de información. Este mismo mecanismo también permitirá a los alumnos matriculados realizar todas las sugerencias u observaciones que consideren oportunas relacionadas con el desarrollo de las actividades.

Además de lo anterior, con objeto de proporcionar una orientación integral al estudiante como apoyo y orientación una vez matriculado, se nombrará un tutor personalizado para cada estudiante y vinculado al mismo durante su permanencia en los estudios.

4.3.2. Sistema de apoyo y orientación a los estudiantes para estudiantes extranjeros.

A los alumnos de intercambio recibidos en la UMA procedentes de universidades socias se les asigna un coordinador académico.

A algunos alumnos recibidos, según convenio con su universidad de origen, se les facilita y en ocasiones se les subvenciona alojamiento y manutención con cargo al presupuesto de Cooperación Internacional al Desarrollo.

4.3.3. Sistema de apoyo específico a los estudiantes con discapacidad

La Universidad de Málaga considera que la atención a las necesidades educativas de los estudiantes con discapacidad es un reconocimiento de los valores de la persona y de su derecho a la educación y formación superiores. Por esta razón y con los objetivos de: a) garantizar la igualdad de oportunidades y la plena integración de los estudiantes universitarios con discapacidad en la vida académica y b) promover la sensibilidad y la concienciación del resto de miembros de la comunidad universitaria, la Universidad de Málaga, a través de su Vicerrectorado de Bienestar Social e Igualdad, cuenta con una oficina dirigida a la atención de sus estudiantes con discapacidad: el Servicio de Apoyo al Alumnado con Discapacidad (SAAD).

Este servicio se dirige a orientar y atender a las personas con un porcentaje de minusvalía similar o superior al 33%, que deseen ingresar o estén matriculados en la Universidad de Málaga, tratando de responder a las necesidades derivadas de la situación de discapacidad del estudiante, que dificulten el desarrollo de sus estudios universitarios y le puedan situar en

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una situación de desventaja. Estas necesidades varían dependiendo de la persona, el tipo de discapacidad, los estudios realizados, y su situación socio-económica, por lo que será preciso llevar a cabo una valoración y atención individualizada de cada alumno.

A continuación se citan ejemplos de recursos. Éstos son orientativos, ya que, dependiendo del estudiante con discapacidad, pueden surgir nuevas medidas o variar la naturaleza de las actualmente existentes:

-Orientación y Asesoramiento académico y vocacional a alumnos y padres.

-Adaptaciones curriculares en coordinación y colaboración con el profesorado competente.

-Ayudas técnicas de acceso curricular: grabadoras, cuadernos autocopiativos, emisoras FM.

-Reserva de asiento en aulas y aforos de la Universidad.

-Intérprete de Lengua de Signos.

-Adaptación del material de las aulas: bancos, mesas, sillas.

-Adaptación del material de clase: apuntes, práctica.

- Ayuda económica para transporte.

- Alumno/a colaborador/a de apoyo al estudio.

4.4.- SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Se rige por lo establecido en las “Normas reguladoras de los reconocimientos de estudios o actividades, y de la experiencia laboral o profesional, a efectos de la obtención de títulos universitarios oficiales de Graduado y Máster universitario, así como de la transferencia de créditos”, aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de la UMA el 23 de junio de 2011 y por las modificaciones aprobadas por los acuerdos del Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2013 y de 25 de octubre de 2013.

Reconocimiento de Créditos por Tipo de enseñanza –debe indicarse máximo y mínimo-

ECTS Mínimo

ECTS Máximo Créditos cursados en ENSEÑANZAS SUPERIORES OFICIALES NO

UNIVERSITARIAS –P.e.: Ciclos Formativos grado Superior, Enseñanzas Artísticas Superiores,…etc.-

0 0

Créditos cursados en ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS NO OFICIALES -TÍTULOS PROPIOS-

0 6

Créditos por Acreditación de EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL

0 5

A continuación se incorpora el texto de las NORMAS REGULADORAS DE LOS RECONOCIMIENTOS DE ESTUDIOS O ACTIVIDADES, Y DE LA EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL, A EFECTOS DE LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADUADO Y MÁSTER UNIVERSITARIO, ASÍ COMO DE LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS, aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, en su sesión del pasado 23/06/2011, modificadas

en Consejo de Gobierno de 13/03/2013 y 25/10/2013 (as referidas normas

derogan a las anteriores, aprobadas por este mismo órgano en sesión de 30/03/2009) que refieren a las titulaciones de Máster.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en la redacción dada por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, encomienda a las universidades, con objeto de hacer efectiva la movilidad de los estudiantes, tanto dentro del territorio nacional como fuera de él, la elaboración y publicación de su normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos, con sujeción a los criterios generales que sobre el particular se establecen en dicho Real Decreto..

En consecuencia, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, en su sesión celebrada el día 23 de junio de 2011, acuerda la aprobación de las siguientes normas.

CAPÍTULO I

(15)

Artículo 1. Objeto.

Las presentes normas tienen por objeto regular el sistema para el reconocimiento de créditos obtenidos correspondientes a determinadas enseñanzas, el de la participación en determinadas actividades universitarias, y el de la experiencia laboral y profesional acreditada, previstos en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en la nueva redacción dada por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Las presentes normas son de aplicación a las enseñanzas correspondientes a títulos universitarios oficiales de Graduado y Máster Universitario, impartidas por la Universidad de Málaga, regulados por el Real Decreto 1393/2007.

Artículo 3. Definiciones.

A efectos de las presentes normas, se establecen las siguientes definiciones:

Título de origen: El título universitario de carácter oficial, el título superior oficial no universitario, o el título universitario de carácter no oficial (título propio), al que pertenecen los créditos o estudios alegados para su reconocimiento.

Título de destino: El título universitario de carácter oficial de Graduado o Máster Universitario, de la Universidad de Málaga, para cuya obtención se desea computar el reconocimiento solicitado.

Reconocimiento: La aceptación por la Universidad de Málaga, a efectos de la obtención de un título oficial por dicha Universidad, de:

 Los créditos obtenidos en otras enseñanzas universitarias oficiales en la Universidad de Málaga, en régimen de enseñanza oficial o extraoficial (título de origen).

 Los créditos obtenidos en otras enseñanzas universitarias oficiales en otra Universidad, en régimen de enseñanza oficial (título de origen)Los créditos obtenidos tras cursar enseñanzas superiores oficiales no universitarias (título de origen)

 Los créditos obtenidos tras cursar enseñanzas superiores oficiales no universitarias (título de origen)

 Los créditos obtenidos tras cursar enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos (título de origen)

 La participación en actividades universitarias.

 La acreditación de experiencia laboral o profesional, a efectos de la obtención de un determinado título de destino.

Convalidación: Determinación de los módulos, materias, asignaturas o actividades formativas concretas de un plan de estudios que se consideran superados a efectos de la obtención del respectivo título de destino, así como, en su caso, de la correspondiente calificación, como resultado de un reconocimiento.

Cómputo: Determinación del número de créditos correspondientes a la carga lectiva de carácter optativo establecida en un plan de estudios, que se consideran obtenidos a efectos de la consecución del respectivo título de destino, así como, en su caso, de la correspondiente puntuación, como resultado de un reconocimiento.

Rama de Conocimiento: Las definidas en el art. 12.4 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

Materias básicas vinculadas a ramas de conocimiento: Las establecidas en el anexo II del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

Calificación: Estimación del nivel de aprendizaje alcanzado en las asignaturas o actividades formativas

concretas de un plan de estudios que son objeto de convalidación como resultado de un reconocimiento,

de acuerdo con las calificaciones obtenidas en los estudios alegados, y expresada en los términos

previstos en el art. 5.4 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, o norma que lo sustituya.

(16)

Puntuación: Valoración en términos numéricos del conjunto de créditos que son objeto de cómputo como resultado de un reconocimiento, exclusivamente a efectos del cálculo de la nota media del respectivo expediente académico, y expresada en una escala del 5 al 10.

Artículo 4. Comisiones de Reconocimientos de Estudios.

1. Para cada una de los títulos de Graduado se constituirá una “Comisión de Reconocimientos de Estudios” integrada por los siguientes miembros:

a) El Decano o Director del Centro de la Universidad de Málaga al que figure adscrito el título de destino, que actuará como Presidente, o Vicedecano o Subdirector en quien delegue.

b) El Secretario del Centro de la Universidad de Málaga al que figure adscrito el título de destino, que actuará como Secretario.

c) El Jefe de la Secretaría del Centro de la Universidad de Málaga organizador de las respectivas enseñanzas, que actuará como Secretario de Actas.

d) Un profesor doctor con vinculación permanente adscrito a cada una de las áreas de conocimiento que impartan docencia en la correspondiente titulación, designados por los respectivos Consejos de Departamentos. En el caso de áreas de conocimiento que conformen más de un Departamento, se designará un representante por cada uno de dichos Departamentos que impartan docencia en la citada titulación.

e) Un estudiante de la correspondiente titulación, designado por la respectiva Junta de Centro a propuesta de los representantes del sector de estudiantes en dicho órgano colegiado.

En el supuesto de títulos adscritos a referencias orgánicas distintas de los Centros, las funciones correspondientes a los apartados a), b) y c) anteriores serán ejercidas por los órganos o unidades administrativas que ejerzan las competencias equivalentes a las ejercidas en los Centros por el Decano/Director, el Secretario y el Jefe de Secretaría.

2. Corresponderá a la “Comisión de Reconocimientos de Estudios” de cada título el análisis de las solicitudes de reconocimientos de estudios presentadas al objeto de emitir un informe sobre la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos de acuerdo con el plan de estudios, o equivalente, del título de origen, o la experiencia laboral o profesional acreditada, y los previstos en el plan de estudios del título de destino, e indicar, en su caso, los módulos, materias, asignaturas o actividades formativas concretas del título de destino que deben ser objeto de convalidación, y/o el número de créditos que deber objeto de cómputo a efectos de la obtención de dicho título de destino.

Asimismo, corresponderá a dicha Comisión el análisis de las solicitudes de reconocimiento de experiencia laboral o profesional acreditada presentadas, al objeto de emitir un informe sobre la relación con las competencias inherentes al título de destino, e indicar el número de créditos que deben ser objeto de cómputo a efectos de la obtención de dicho título de destino.

CAPÍTULO IIDisposiciones aplicables a los títulos de Graduado […]

CAPÍTULO III

Disposiciones aplicables a los títulos de Máster Universitario Artículo 10. Inicio del procedimiento.

1. El procedimiento administrativo para el reconocimiento de estudios y actividades, objeto del presente Título, se iniciará a solicitud de quien posea la condición de estudiante con expediente académico abierto en un Centro de la Universidad de Málaga en los estudios conducentes al título de destino.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la solicitud de inicio

del procedimiento se presentará en:

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destino: Para cualquiera de las solicitudes de reconocimiento a que se refiere el artículo 7 (excepto las que aleguen estudios universitarios extranjeros)

b) El Registro General de la Universidad de Málaga (Campus El Ejido): Para las solicitudes de reconocimiento que aleguen estudios universitarios extranjeros.

3. La citada presentación deberá efectuarse durante el mes de marzo, en el caso de estudiantes ya matriculados anteriormente en el respectivo Centro y titulación, y durante el respectivo plazo de matrícula, en el caso de estudiantes de nuevo ingreso en dicho Centro y titulación mediante el procedimiento de preinscripción.

No obstante, cuando se trate de solicitudes de reconocimiento de las que pudieran derivarse la obtención del título de destino, podrán presentarse en cualquier día hábil.

4. Las solicitudes presentadas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación en función de los estudios o actividades alegados para su reconocimiento:

a) Cuando lo alegado sean asignaturas superadas y/o créditos obtenidos, correspondientes a títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional:

Deberá aportarse certificación académica expedida por la Secretaría del respectivo centro universitario en la que se haga constar las denominaciones de las correspondientes asignaturas, su valor en créditos, la calificación obtenida y la titulación a cuyo plan de estudios pertenece (si se trata de planes de estudios no estructurados en créditos, deberá indicarse el número de horas semanales de docencia, así como la temporalidad de las asignaturas – cuatrimestrales o anuales- ). En el supuesto de asignaturas superadas, o de créditos obtenidos, por convalidación o adaptación de estudios universitarios o por la realización de actividades consideradas equivalentes, se hará constar tal circunstancia y, en su caso, la calificación otorgada como resultado del proceso de reconocimiento, así como las asignaturas o actividades que han originado dicho reconocimiento.

Deberán aportarse igualmente los programas académicos de los estudios alegados, en los que figuren los correspondientes contenidos. Dichos programas deberán estar diligenciados, publicados o editados oficialmente.

En el caso de documentos expedidos por centros educativos extranjeros, deberán estar debidamente legalizados por vía diplomática y, en su caso, con traducción oficial al castellano.

No será necesario aportar la citada certificación académica ni los programas académicos cuando se trate de estudios cursados y superados en el mismo Centro al que se encuentra adscrito el título de destino, en cuyo caso se procederá de oficio a obtener la correspondiente información.

b) Cuando lo alegado sean asignaturas cursadas, correspondientes a otros títulos universitarios (distintos de los de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional):

Deberá aportarse certificación académica expedida por el órgano universitario encargado de la organización de las respectivas enseñanzas y/o la custodia de los correspondientes expedientes académicos, en la que se haga constar las denominaciones de las asignaturas, su valoración en créditos (con indicación de su equivalencia en número de horas), las calificaciones obtenidas, y la denominación de la respectiva titulación.

c) Cuando lo alegado sean asignaturas cursadas, correspondientes a enseñanzas artísticas superiores:

Deberá aportarse certificación académica expedida por el órgano competente de alguno de los

siguientes centros, en la que se haga constar las denominaciones de las asignaturas, su

valoración en créditos (o en su defecto, en número de horas semanales de docencia, así como

la temporalidad de las asignaturas –cuatrimestrales o anuales-), las calificaciones obtenidas y la

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denominación del respectivo Título Superior:

Conservatorios Superiores de Música o Escuelas Superiores de Música.

Conservatorios Superiores de Danza o Escuelas Superiores de Danza.

Escuelas Superiores de Arte Dramático.

Escuelas Superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

Escuelas Superiores de Diseño.

Escuelas Superiores de Artes Plásticas (de la especialidad correspondiente).

d) Cuando lo alegado sean asignaturas cursadas correspondientes a enseñanzas de formación profesional de grado superior:

Deberá aportarse certificación académica expedida por el órgano competente del Centro de Formación Profesional en el que se hayan cursado las asignaturas alegadas, en la que se haga constar las denominaciones de dichas asignaturas, su valoración en créditos (o en su defecto, en número de horas semanales de docencia, así como la temporalidad de las asignaturas – cuatrimestrales o anuales-), las calificaciones obtenidas y la denominación del respectivo título de Técnico Superior.

Deberán aportarse igualmente los programas académicos de los estudios alegados, en los que figuren los correspondientes contenidos. Dichos programas deberán estar diligenciados, publicados o editados oficialmente.

e) Cuando lo alegado sean asignaturas cursadas correspondientes a enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior:

Deberá aportarse certificación académica expedida por el órgano competente del centro en el que se hayan cursados las asignaturas alegadas, en la que se haga constar las denominaciones de dichas asignaturas, su valoración en número de horas de docencia, las calificaciones obtenidas y la denominación de la especialidad del respectivo título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño.

Deberán aportarse igualmente los programas académicos de los estudios alegados, en los que figuren los correspondientes contenidos. Dichos programas deberán estar diligenciados, publicados o editados oficialmente.

f) Cuando lo alegado sean asignaturas cursadas correspondientes a enseñanzas deportivas de grado superior:

Deberá aportarse certificación académica expedida por el órgano competente del centro en el que se hayan cursados las asignaturas alegadas, en la que se haga constar las denominaciones de dichas asignaturas, su valoración en número de horas de docencia, las calificaciones obtenidas y la denominación de la modalidad o especialidad del respectivo título de Técnico Deportivo Superior.

Deberán aportarse igualmente los programas académicos de los estudios alegados, en los que figuren los correspondientes contenidos. Dichos programas deberán estar diligenciados, publicados o editados oficialmente.

g) Cuando lo alegado sea experiencia laboral resultante de la participación en Programas de Cooperación Educativa (Prácticas en Empresas):

Deberá aportarse la certificación con mención expresa del nivel alcanzado en su evaluación

total dentro de la empresa, con indicación de la especialidad a que ha estado orientada su

formación, a que se refiere el art. 8 del Real Decreto 1497/1981, de 19 de junio, y con

indicación del número total de horas realizadas, así como certificación expedida por el órgano

de la Universidad de Málaga con competencia en la materia, en la que se haga constar que las

prácticas realizadas se corresponden con un programa aprobado por dicha Universidad.

(19)

h) Cuando lo alegado sea experiencia laboral o profesional no vinculada a Programas de Cooperación Educativa:

Deberá aportarse:

Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina, o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, o equivalente en el caso de organismos extranjeros, donde conste la denominación de la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.

Los respectivos contratos de trabajo y prórroga de los mismos, si procede, que acrediten la experiencia laboral del candidato o, en su caso, nombramiento de la Administración correspondiente.

Los trabajadores autónomos o por cuenta propia deberán aportar Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

Acreditación de la empresa donde conste el código de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), establecido por el Ministerio de Economía y Hacienda.

Artículo 11. Instrucción del procedimiento.

Los procedimientos correspondientes a las solicitudes recibidas a las que se refiere el punto 1 del artículo 12 constarán de los siguientes trámites y serán instruidos por los órganos o unidades administrativas que se indican:

a) Comprobación de la validez formal de la documentación aportada: Dicha actuación será realizada por la Secretaría del Centro de la Universidad de Málaga organizador de las correspondientes enseñanzas, excepto en el supuesto de documentos académicos extranjeros cuya comprobación será efectuada por la Secretaría General de dicha Universidad –Oficialía Mayor- al objeto de garantizar la aplicación de criterios homogéneos para todas las titulaciones.

b) Emisión de informe sobre la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos de acuerdo con el plan de estudios del título de origen, o la experiencia laboral o profesional acreditada, y los previstos en el plan de estudios del título de destino, e indicarán, en su caso, los módulos, materias, asignaturas o actividades formativas concretas del título de destino que son objeto de convalidación, y/o el número de créditos que son objeto de cómputo a efectos de la obtención de dicho título de destino: Dicho informe será emitido por el órgano que determine la Comisión de Posgrado de la Universidad de Málaga, excepto para las solicitudes de reconocimiento por adaptación de títulos oficiales de la Universidad de Málaga que se encuentren en proceso de extinción a las que será de aplicación la correspondiente “tabla de adaptación” incorporada a la Memoria de Verificación del título de destino.

Artículo 12. Resolución del procedimiento.

1. Las solicitudes de reconocimiento en las que se aleguen algunos de los siguientes estudios o circunstancias serán resueltas por el Decano o Director del Centro de la Universidad de Málaga al que se encuentre adscrito el título de destino, u órgano correspondiente de acuerdo con lo indicado en el art.

4.1 de las presentes normas:

a) Créditos obtenidos en títulos universitarios oficiales de Graduado, Máster Universitario o Doctor (Períodos de Formación específicos, de Programas de Doctorado –Real Decreto 1393/2007- ).

b) Créditos obtenidos en títulos universitarios oficiales de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Doctor (Períodos de Docencia o Períodos de Investigación, de Programas de Doctorado –Real Decreto 185/1985 y 778/1998- ).

c) Créditos obtenidos en otros títulos universitarios distintos de los de carácter oficial (títulos

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