PROTOCOLO ESPECIFICO DE
PREVENCIÓN COVID 19
PALACIO MUNICIPAL DE LOS DEPORTES
SEPTIEMBRE 2020
(Versión adaptada según la Orden de 11 de septiembre 2020 que modifica la Orden del 19 de Junio de 2020)
25 sep 2020
Desde el Servicio de Deportes, se procede a la implantación del Protocolo de Limpieza y Desinfección del Palacio de los Deportes conforme a lo establecido en las siguientes normativas:
Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma.
Orden de 14 de julio de 2020, sobre el uso de la mascarilla y otras medidas de prevención en materia de salud pública para hacer frente al coronavirus (COVID-19) y por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020. Orden de 16 de agosto de 2020, por la que se modifica la Orden de 19 de
junio de 2020, para implementar en la Comunidad Autónoma de Andalucía actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.
Orden de 11 de septiembre, por la que se modifican la Orden de 17 de junio de 2020, por la que se aprueban medidas para el restablecimiento de la actividad docente en el sistema sanitario público de Andalucía, como consecuencia de la situación y evolución de la pandemia por coronavirus (COVID-19), y la Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, en lo relativo al ámbito del deporte.
Ordenanza de instalaciones deportivas de la ciudad de Jerez”.
Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
25 sep 2020
Las actividades deportivas que se realizan en las instalaciones son las siguientes: Deportes Federados: .- Baloncesto. .- Espeleología. Actividades dirigidas: .- Karate. .- Gimnasia Rítmica. .- Pilates. .- Gimnasia Mantenimiento. .- Psicomotricidad. Actividades libres: .- Musculación. .- Cardio. .- Squash
Para las actividades deportivas dirigidas, el Servicio de Promoción e Instalaciones Deportivas ha tenido en cuenta en la reserva de plazas el aforo por cada sala deportiva y actividad de manera que se puedan cumplir con las normas de distanciamiento social.
En las actividades dirigidas como el karate no estará permitido el contacto físico entre alumnos o entre alumno y monitor.
En la actividad dirigida de gimnasia rítmica no se usará el tapiz debido a la inviabilidad técnica de proceder a una limpieza y desinfección del mismo tras cada uso.
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En todo momento se atenderá a lo expuesto por el Departamento de Salud Laboral y PRL del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera sobre las indicaciones preventivas descritas en los informes elaborados por el citado departamento y recibidos en el Servicio de Deportes.
Tanto el gimnasio de musculación como la sala de cardio permanecerán cerradas provisionalmente por éste Servicio de Deportes hasta no se garanticen con total seguridad las condiciones higiénico sanitarias.
Para el resto de espacios deportivos, el Servicio de Deportes deberá adoptar las siguientes medidas de seguridad:
1.- Se adoptarán medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad del uso de la instalación deportiva.
2. En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, pavimentos deportivos, pavimentos de accesos a zonas comunes, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características, teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. En el uso de ese producto se respetarán las indicaciones de la etiqueta.
b) Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.
c) Las medidas de limpieza se extenderán también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos y áreas de descanso.
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Asimismo, cuando se comparta el área de trabajo por más de un trabajador, se realizará la limpieza y desinfección del puesto tras la finalización de cada turno, con especial atención al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulación.
3. Se ventilarán bien las instalaciones mínimo una vez al día durante al menos una hora y antes de la apertura al público, procediendo a la creación de corrientes naturales de aire gracias a la apertura de las puertas de acceso principal y de emergencias.
4. El uso del ascensor quedará restringido sólo para casos imprescindibles debiendo utilizar preferiblemente las escaleras. En caso necesario de utilización, éste sólo dará servicio a una persona por uso.
5. Sólo se permite el uso de los servicios públicos ubicados entre el gimnasio de
cardio y el gimnasio de musculación así como dos vestuarios de la planta -1 (señoras y caballeros) que se usarán a modo de aseos públicos para los usuarios
de las actividades dirigidas. En la planta -2 se habilitarán dos vestuarios a modo de aseos públicos para el su uso por parte de los deportistas autorizados de los equipos federados. También se habilitará un vestuarios a modo de servicio público en la misma planta para usuarios de actividades dirigidas (karate, rítmica…). En la planta 2 se habilitarán los servicios que están junto a la sala de Karate. El uso de estos aseos sólo estará permitido para una persona al momento debiéndose respetar en todo momento las medidas de distanciamiento social en caso de que así lo permita el aforo de los mismos. El Servicio de Deportes reforzará la limpieza y desinfección de los mismos.
6. El aforo señalado para los distintos espacios deportivos, se ha establecido conforme al uso ordinario de los mismos, si bien podrá variar en función de lo indicado en los distintos protocolos específicos de carácter federativo, o los protocolos de los organizadores de actividades o eventos, siempre que estén aprobados por las autoridades competentes.
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Asimismo, también podrá fluctuar dicho aforo cuando dichos espacios sean destinados a otras actividades deportivas distintas a las de uso ordinario o sean utilizados como espacios lectivos, de enseñanza o educativos o para fines terapéuticos, dentro de los programas deportivos municipales, previa solicitud por la entidad organizadora y siempre que puedan garantizarse las obligaciones de cumplimiento de distancia de seguridad mínima de seguridad que sea exigible para cada uso o actividad.
El aforo de los aseos públicos será el siguiente:
SERVICIOS PLANTA 0:
.- Servicios gimnasio: 1 personas de cada sexo en cada servicio.
SERVICIOS PLANTA -1:
.- Servicios vestuario femenino: 2 personas del mismo sexo. .- Servicios vestuario masculino: 2 personas del mismo sexo.
SERVICIOS PLANTA -2:
.- Servicios vestuarios 3, 4, 5, 6,7, u 8: 1 persona.
SERVICIOS PLANTA 1:
.- Servicios sala Vip: 1 persona de cada sexo en cada servicio.
SERVICIOS PLANTA 2:
.- Servicios sala karate: 1 persona de cada sexo en cada servicio.
El aforo en los distintos espacios deportivos y salas será el siguiente:
.- Pista central 1: 15 usuarios*. .- Pista central 2: 15 usuarios*. .- Pista central 3: 15 usuarios*. .- Pista anexa 1: 15 usuarios*. .- Pista anexa 2: 15 usuarios*.
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.- Pista anexa 3: 15 usuarios*. .- Sala Karate: 32 usuarios. .- Sala musculación:
12 usuarios en sala grande. 6 en primera sala pequeña 6 en segunda sala pequeña.
Total gimnasio musculación: 24 usuarios.
.- Sala cardio: 12 usuarios. .- Sala Aerobic: 23 usuarios. .- Sala squash: 2 usuarios. .- Sala Vip: 11 usuarios.
El aforo total de las instalaciones será entonces de 194 usuarios.
*Cuando el Servicio de Deportes organice actividades dirigidas en las canchas ya sea central o anexa, el aforo será de 79 personas por pista parcial y de un máximo de 349 personas a cancha completa.
7. El Servicio de Deportes ha procedido a la instalación en cada espacio deportivo de papeleras de pedal y dosificadores de hidrogel, así como la colocación de cartelería informativa sobre medidas preventivas y obligatoriedades. También se han instalado en la entrada a las instalaciones la señalización de las distintas vías de acceso y evacuación a las mismas. Éstas medidas se han adoptado en los siguientes espacios:
Entrada a las instalaciones.
Gimnasio de cardio y musculación (que permanecerán cerrados). Sala de Karate. Pista Central. Pista anexa. Sala de aerobic. 25 sep 2020 part 4
Servicios públicos habilitados.
8. El uso de la instalación se realizará en las horas y espacios establecidos tanto para los deportistas federados (convocatoria de usos) como para los usuarios de actividades dirigidas y no dirigidas. El horario de apertura de las instalaciones será de 08:00 a 14:00 horas y de 16:30 a 23:30 de lunes a viernes. Los horarios de apertura para fines de semana vendrán establecidos según la necesidad de celebración de partidos oficiales de liga. En fines de semana sólo se procederá a la apertura de los espacios deportivos pista principal y pista anexa.
9. Se permitirá la entrada sólo de los deportistas federados con su correspondiente entrenador siempre y cuando así sea acreditado y además cumplan con las medidas de seguridad establecidas de 2 metros de distancia, lavado de manos a la entrada y salida de las instalaciones, uso de mascarilla hasta el área deportiva a usar; evitando en todo momento el contacto físico. En todo momento cada entrenador o monitor será responsable del cumplimiento de las medidas de distanciamiento social del grupo al que imparta la sesión.
La entrada de público cumplirá en todo momento con lo expuesto en la Orden del 11 de septiembre, por la que se modifican la Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, en lo relativo al ámbito del deporte.
10. No se permitirá el uso de los vestuarios hasta nueva orden. Cuando se restablezca el permiso de uso de vestuarios se atenderá al cumplimiento de manera estricta de lo expuesto en el protocolo específico del uso de vestuarios elaborado por el Servicio de Deportes (anexo I).
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11. En la finalización de cada turno de entrenamiento se procederá a la limpieza de todos los accesos usados así como de las zonas comunes, maquinaria, equipamientos usados y pavimento con la metodología apropiada para cada área de trabajo deportivo.
12. Los balones así como el material deportivo se deberá de limpiar y desinfectar tras cada uso y previo a su almacenaje por parte de cada persona responsable (monitor o entrenador) del grupo usuario que haga uso de las instalaciones.
13. Se evitarán las aglomeraciones tanto en accesos, pistas de uso y salas.
14. Las instalaciones se desinfectarán dos veces al día por parte del Servicio de Deportes.
15. Queda prohibido el uso de taquillas.
16. Las distancias a mantener en ejercicios de calentamiento y vuelta a la calma en pistas serán las siguientes:
Caminando: 5 metros. Corriendo: 10 metros.
17. Para la entrada y salida a las instalaciones se hará obligatorio el uso de mascarillas. Éstas deberán usarse hasta la entrada en la zona del uso deportivo en cuestión; debiéndose pues hacer uso de las mismas en todas las zonas comunes y accesos de las instalaciones.
18. El acceso de los usuarios se realizará de la siguiente manera:
CLUBES:
o Pista Central: A través de las escaleras habilitadas en las gradas.
o Pista anexa: Por la rampa de acceso a las pistas anexas.
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o Oficinas: Por la puerta principal de acceso a las instalaciones y posteriormente a través de las escaleras.
La salida de los usuarios de los clubes se realizará por la puerta habilitada en la entrada principal.
ACTIVIDADES DIRIGIDAS:
Turno de mañana:
La entrada de usuarios se realizará por la puerta principal de acceso a las instalaciones.
La salida se realizará por la zona habilitada de salida en la puerta principal de las instalaciones.
Turno de tarde:
La entrada de usuarios de actividades dirigidas propias del Servicio de Deportes se realizará por una de las puertas de accesos masivos ubicada en la visera.
La salida de usuarios de actividades dirigidas propias del Servicio de Deportes se realizará por la puerta de salida de emergencias ubicada detrás del gimnasio en la planta 0 que dan salida al aparcamiento trasero.
El acceso a las instalaciones por parte de los usuarios de clubes se realizará de manera organizada, puntual y ordenada de manera que todos los deportistas entren a la vez con su correspondiente entrenador desde el exterior de las instalaciones usando en todo momento las mascarillas y respetando las normas de distanciamiento social. No se permitirá el acceso a las instalaciones de los integrantes del mismo equipo de manera escalonada.
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19. Los equipos no podrán entrar a pista hasta que el equipo anterior no haya abandonado las mismas. El equipo entrante accederá a la pista por el extremo opuesto al del equipo saliente.
20. Los usuarios de clubes usarán sólo y exclusivamente los accesos a su correspondiente pista de entreno, el acceso a los servicios públicos y el acceso a sus almacenes deportivos para dotar de material al equipo quedando prohibido el acceso de los clubes a otras plantas del edificio que no competan su uso.
21. Los deportistas federados con movilidad reducida podrán hacer uso de los correspondientes ascensores.
22. Los clubes usuarios de las instalaciones así como el personal monitor del Servicio de Deportes, llevarán un registro diario de asistencia de los distintos deportistas. Éstos documentos deberán estar en todo momento a disposición del órgano competente que lo exija.
23. Cada club deportivo usuario de las instalaciones estará obligado a hacer llegar a todo su personal técnico así como a sus deportistas o tutores el presente protocolo y harán cumplir exhaustivamente todas las exigencias expuestas en el presente.
24. El personal asignado por el Servicio de Deportes realizará una visita informativa a las partes participantes en el uso de las instalaciones levantando acta informativa en cada visita. Posteriormente y una vez puesta en marcha la apertura el propio Servicio realizará inspecciones basadas en el cumplimiento exhaustivo de lo expuesto en el presente Protocolo de apertura de las instalaciones del Palacio Municipal de los Deportes ante la nueva normalidad. En dichas inspecciones se levantará la correspondiente acta.
25. El Servicio de Deportes podrá proceder a la aplicación del Régimen sancionador publicado en la “ORDENANZA DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA CIUDAD DE JEREZ”.
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26. En el caso en el que las instalaciones sean utilizadas para un uso distinto al que fuera concebida su licencia de apertura; como por ejemplo conciertos, reuniones masivas…etc, se tendrá que cumplir con el aforo específico teniendo en cuenta que el uso no será el deportivo. Se requerirá pues la presentación por parte del organizador de dicha actividad no deportiva, del correspondiente protocolo específico covid-19 debidamente autorizado por la Consejería de Salud y Familias así como los distintos permisos y planes de autoprotección para esa determinada actividad.
27. El Servicio de Deportes realizará un registro diario de las actuaciones de limpieza y desinfección de todas y cada una de las partes y componentes de las instalaciones deportivas municipales.
28. En caso de aparición de una persona sintomática se seguirán los procedimientos descritos en el anexo II.
29. El Servicio de Deportes atenderá a las recomendaciones descritas por el Departamento de Salud Laboral de la Delegación de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera incluidas en el anexo IV.
30. Para el uso de las oficinas que los clubes y otras entidades deportivas disponen en las instalaciones se seguirán de manera estricta las normas reflejadas en el anexo III.
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Cláusula final:
El Protocolo de la Instalación Deportiva Palacio Municipal de los Deportes se ha realizado en cumplimiento de lo establecido en la “Orden de 11 de septiembre de 2020, por la que se modifican la Orden de 17 de junio de 2020, por la que se aprueban medidas para el restablecimiento de la actividad docente en el sistema sanitario público de Andalucía, como consecuencia de la situación y evolución de la pandemia por coronavirus (COVID-19), y la Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, en lo relativo al ámbito del deporte”, siendo su contenido, de conformidad con la disposición trigésimo segunda apartado 2.4.3 de la citada Orden, de aplicación subsidiaria a los protocolos aplicables en el caso de que en la instalación deportiva se desarrollen las actividades descritas en los apartados 2.4.1 (protocolos federativos de entrenamientos de clubes, deportistas y secciones deportivas federadas, así como la reanudación de actividades y competiciones deportivas oficiales federadas de ámbito andaluz) y 2.4.2 (protocolos de organizadores de actividades y eventos deportivos de ocio y de competición que no sean oficiales federados).
Los protocolos federativos generales de prevención del COVID-19 mencionados en el párrafo anterior, serán de aplicación siempre que cuenten con la autorización de la Consejería de Educación y Deporte tras el visado correspondiente de la Consejería de Salud y Familias. Asimismo los protocolos de los organizadores de actividades y eventos deportivos de ocio y de competición que no sean oficiales federados, deberán contar con la autorización de la autoridad competente.
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Sin perjuicio de lo expuesto, de acuerdo a lo previsto en el apartado 2.4.3 de la citada Orden de 11 de septiembre de 2020, por la que se modifican la Orden de 17 de junio de 2020, desde el Servicio de Deportes se podrá solicitar a los usuarios una declaración responsable asumiendo la voluntariedad de la práctica deportiva, que será firmada, en el caso de menores de edad, por los tutores legales.
El presente Protocolo es un documento realizado conforme a la normativa vigente, pero sujeto a las variaciones y modificaciones que deban efectuarse en función de la evolución de la pandemia motivada por el virus COVID-19, y de las modificaciones o nuevos aspectos que sean regulados o introducidos en las normas deportivas, de salud pública o demás normativa de aplicación.
** Para la desinfección del pavimento de las pistas deportivas, se utilizará la máquina de limpieza automática que dispone de un depósito de 90 litros. Para ello se añadirán 1,9 litros de lejía de uso común apta para la desinfección del agua de bebida (LEJÍA EC - 100) por cada 90 litros de agua.
** Para la desinfección de estructuras como barandillas, ascensores, mobiliario, canastas baloncesto, tatami, los servicios públicos y vestuarios ubicados debajo de la grada: pomos de puertas, llaves de luz, sanitarios y pavimentos de la misma zona se utilizará fregona y paño impregnado en disolución de 10 litros de agua con 200 ml de lejía de uso común apta para la desinfección del agua de bebida (LEJIA EC-100).
** Para una desinfección eficaz se debe de dejar actuar el desinfectante durante 30 minutos.
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** A fin de garantizar que el poder de desinfección de la solución preparada sea lo más efectiva posible, para cada acción de desinfección se procederá a la elaboración de la correspondiente solución con objeto de que sea gastada en cada aplicación no debiendo pues usar soluciones sobrantes de otras aplicaciones anteriores.
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ANEXO I
PROTOCOLO USO DE VESTUARIOS
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ANEXO I: PROTOCOLO ESPECÍFICO DEL USO DE VESTUARIOS
1. Introducción
Se emiten instrucciones de uso y organización de los distintos vestuarios que gestiona el Servicio de Deportes en el Palacio Municipal de los Deportes. Las instalaciones presentan un total de 9 vestuarios para equipos (uno en desuso por falta de agua caliente sanitaria) además de tres vestuarios para árbitros (uno de ellos destinados al uso del personal de las instalaciones). Dada la actual situación de rebrotes de COVID19 en nuestro país, se hace necesaria la protocolización del acceso a espacios auxiliares, y la regulación de los deportistas y los casos en los que se va a permitir el acceso, teniendo en cuenta la estricta normativa de limpieza y desinfección.
2. Descripción de vestuarios del Palacio Municipal de los Deportes 1. Planta -1:
.- Vestuario Femenino (vestuario 1): 9 duchas comunes con suelo antideslizante grado 3, 1 mampara acristalada de grandes dimensiones, 1 mezclador independiente de agua caliente sanitaria, 4 servicios, 4 lavabos. El aforo del vestuario permitido será de 5 personas debiéndose respetar en todo momento la distancia de seguridad.
.- Vestuario Masculino (vestuario 2): 9 duchas comunes con suelo antideslizante grado 3, 1 mampara acristalada de grandes dimensiones, 2 mezcladores independientes de agua caliente sanitaria, 4 servicios, 4 lavabos. El aforo del vestuario permitido será de 5 personas debiéndose respetar en todo momento la distancia de seguridad.
.- Vestuario árbitro 1: 3 duchas comunes con suelo desmontable de goma, 1 mampara acristalada de grandes dimensiones, 1 mezclador independiente de agua caliente sanitaria, 1 servicio, 1 lavabo. El aforo del vestuario permitido será de 1 persona.
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.- Vestuario árbitro 2: 3 duchas comunes con suelo desmontable de goma, 1 mampara acristalada de grandes dimensiones, 1 mezclador independiente de agua caliente sanitaria, 1 servicio, 1 lavabo. El aforo del vestuario permitido será de 1 persona.
.- Vestuario árbitro 3: 4 duchas independientes con cabinas de panel fenólico y suelo desmontable de goma, 4 servicios, 4 lavabos. Actualmente éste vestuario no dispone de agua caliente sanitaria. El aforo del vestuario permitido será de 2 personas debiéndose respetar en todo momento la distancia de seguridad.
2. Planta -2:
.- Vestuario 3: 6 duchas comunes con suelo antideslizante grado 3, 1 mampara acristalada de grandes dimensiones, 1 mezclador independiente de agua caliente sanitaria, 3 servicios, 3 lavabos. El aforo del vestuario permitido será de 3 personas debiéndose respetar en todo momento la distancia de seguridad.
.- Vestuario 4: 6 duchas comunes con suelo antideslizante grado 3, 1 mampara acristalada de grandes dimensiones, 1 mezclador independiente de agua caliente sanitaria, 3 servicios, 3 lavabos. El aforo del vestuario permitido será de 3 personas debiéndose respetar en todo momento la distancia de seguridad.
.- Vestuario 5: 6 duchas comunes con suelo antideslizante grado 3, 1 mampara acristalada de grandes dimensiones, 1 mezclador independiente de agua caliente sanitaria, 3 servicios, 3 lavabos. El aforo del vestuario permitido será de 3 personas debiéndose respetar en todo momento la distancia de seguridad.
.- Vestuario 6: 6 duchas comunes con suelo antideslizante grado 3, 1 mampara acristalada de grandes dimensiones, 1 mezclador independiente de agua caliente sanitaria, 3 servicios, 3 lavabos. El aforo del vestuario permitido será de 3 personas debiéndose respetar en todo momento la distancia de seguridad.
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.- Vestuario 7: 6 duchas comunes con suelo antideslizante grado 3, 1 mampara acristalada de grandes dimensiones, 1 mezclador independiente de agua caliente sanitaria, 3 servicios, 3 lavabos. El aforo del vestuario permitido será de 3 personas debiéndose respetar en todo momento la distancia de seguridad.
.- Vestuario 8: 6 duchas comunes con suelo antideslizante grado 3, 1 mampara acristalada de grandes dimensiones, 1 mezclador independiente de agua caliente sanitaria, 3 servicios, 3 lavabos. El aforo del vestuario permitido será de 3 personas debiéndose respetar en todo momento la distancia de seguridad.
El uso de los vestuarios del Palacio Municipal de los Deportes está integrados en la convocatoria de uso de las de instalaciones de gestión directa.
La utilización de estos espacios, queda restringida a la autorización expresa por parte del Servicio de Deportes, bajo el cumplimiento de las distintas normas de higiene y desinfección y con las respectivas distancias de seguridad y el uso de mascarillas. Éstos sólo podrán ser utilizados 1 vez al día de manera grupal.
3. Desarrollo.
Desde un punto de vista de la precaución y la prevención, se emiten los siguientes artículos para el cumplimiento por parte de usuarios de las distintas instalaciones, en espacios sensibles a la proliferación del virus, y que por lo tanto, tiene un alto carácter restrictivo, y se adecúa a los medios de los que dispone este Servicio de Deportes.
Los vestuarios grupales se procederán a la apertura en los siguientes casos:
1. En competición oficial de categoría nacional, con limpieza y desinfección tras cada uso.
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2. En competición territorial de categoría senior, siempre y cuando se garantice la limpieza y desinfección antes de la entrada de otros usuarios. 3. En categorías de deporte base siempre y cuando se pueda garantizar el
uso y la desinfección posterior.
4. Independientemente de la categoría, cuando el equipo que compita como visitante, provenga de distancia de más de 100 km.
En las instalaciones permanecerán abiertos dos aseos públicos en la planta -1 y otros dos aseos en la planta -2. También en la planta 0 permanecerán abiertos los aseos del gimnasio. El aforo y uso de cada uno de ellos está especificado en el protocolo de apertura de las instalaciones.
Las tareas de limpieza y desinfección de cada vestuario será llevada a cabo por parte de la concesionaria contratada por el Ayuntamiento a tal efecto.
El Servicio de Deportes se reserva la decisión de autorizar el uso de vestuarios en situaciones determinadas no contempladas en este protocolo.
El Servicio de Deportes, tras estudio, aplicará la detracción correspondiente a los servicios ofertados en los que el uso de vestuarios sea necesario.
Los deportistas dejarán sus pertenencias en bolsas personales individuales, bien a pie de pista o en grada; para realizar los distintos entrenamientos.
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ANEXO II
PROTOCOLO ACTUACIÓN ANTE
POSITIVO COVID-19.
GUIA ACTUACIÓN FRENTE A COVID
(SALUD LABORAL)
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ANEXO II: PROTOCOLO ACTUACIÓN POSITIVO POR COVID-19
En el caso de notificación del contagio por Covid-19 de cualquier persona usuaria al Servicio de Deportes; éste estará obligado a tomar las siguientes medidas:
Si la persona afectada es deportista federado; se deberá de realizar un requerimiento a la Federación Deportiva competente para que ésta informe al Servicio de Deportes sobre la baja deportiva del deportista federado afectado hasta que reciba el alta médica. De igual manera se deberá contactar de inmediato con el teléfono habilitado para ello en la Comunidad Autonómica de Andalucía (900 400 061) o centro de salud correspondiente.
Informar al SAS de manera urgente.
Si la persona afectada es usuario de actividad dirigida o libre; el Servicio de Deportes tramitará su baja en la actividad en cuestión.
A partir de ese momento ese usuario no podrá acceder a las instalaciones hasta que así lo autorice el alta médica. El Servicio de Deportes requerirá el documento de alta médica del usuario afectado.
Lo anteriormente indicado es aplicable incluso si el usuario es asintomático. La entidad responsable del uso del usuario ( club, federación deportiva o
Ayuntamiento) deberá asegurarse que el usuario afectado informa a las autoridades sanitarias de su enfermedad (en el caso que se hubiera diagnosticado de modo privado, fuera del servicio público de salud)
El Servicio de Deportes reforzará inmediatamente las medidas de prevención generales establecidas en el protocolo de apertura de las instalaciones. Especialmente importante será la limpieza de todas las superficies y elementos que hubiera en las instalaciones, y especialmente aquellas con las que la persona afectada hubiera estado en proximidad.
Se informará de la incidencia al servicio sanitario del Departamento de Salud Laboral y PRL (956.149.100-105), que será el encargado de establecer los mecanismos para la investigación y seguimiento de los contactos estrechos y del personal sintomático en el ámbito de sus competencias, de forma coordinada con las autoridades de Salud Pública.
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Reforzar inmediatamente las medidas de prevención de los propios trabajadores.
Incrementar las medidas de formación e información a trabajadores y personal técnico de los clubes y federaciones usuarias de las instalaciones para evitar el contagio y la propagación del virus.
La entidad deportiva a la que pertenezca la persona afectada tendrá que hacer un trabajo interno de identificación e informar a las autoridades sanitarias competentes, así como al Servicio de Deportes de todos los datos que le sean requeridos.
Se realizará una identificación preliminar de los posibles contactos de la persona afectada con otros usuarios, a través de los listados de registros de asistencia.
En el caso de que una de las personas usuarias de las instalaciones independientemente del grupo al que pertenezca presente síntomas compatibles con el COVID-19, se tomarán las siguientes medidas de contingencia:
o Se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello en la Comunidad Autonómica de Andalucía (900 400 061) o centro de salud correspondiente.
o A la persona afectada se le aislará en una zona ventilada para que realice sus maniobras de cambio de ropa y se le colocará una mascarilla, debiendo abandonar, en todo caso, las instalaciones hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
o Se comunicará al servicio sanitario del Departamento de Salud Laboral y PRL (956.149.100-105), que será el encargado de establecer los mecanismos para la investigación y seguimiento de los contactos estrechos y del personal sintomático en el ámbito de sus competencias, de forma coordinada con las autoridades de Salud Pública.
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o Se procederá al cierre preventivo de las instalaciones suspendiendo así las actividades. Se tendrá que realizar un protocolo de actuación para una posible reapertura de las instalaciones.
o Se realizará una encuesta o formulario de localización personal (FLP) a la persona afectada cuyo formato se anexa a continuación.
25 sep 2020
FICHA FORMULARIO DE LOCALIZACIÓN PERSONAL (FPL) PARA PERSONA AFECTADA POR COVID-19
Nombre y Apellidos Dni Dirección Teléfono Email Paises visitados
En los últimos 14 días
Preguntas SI NO
1 ¿Tuvo contacto cercano con alguien diagnosticado con la enfermedad COVID-19 ? 2 ¿Proporcionó atención directa a pacientes de COVID-19 ?
3 ¿Visitó o permaneció en un ambiente cerrado con algún paciente con la enfermedad COVID-19 ?
4 ¿Trabajó/estudió de forma cercana o compartiendo el mismo ambiente laboral o de clase con pacientes de COVID-19 ?
5 ¿Ha viajado con un paciente COVID-19 en cualquier medio de transporte ? 6 ¿Ha vivido en la misma casa que un paciente COVID-19 ?
OBSERVACIONES:
FDO. El DEPORTISTA O TUTOR
En ... a ... de ... de 20...
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ANEXO III
PROTOCOLO DE USO DE OFICINAS QUE
DISPONEN LOS CLUBES EN EL INTERIOR DE
LAS INSTALACIONES.
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ANEXO III: PROTOCOLO DE USO DE OFICINAS QUE DISPONEN LOS CLUBES EN EL INTERIOR DE LAS INSTALACIONES.
.- DISPONER DE MAMPARA PROTECTORA: La persona que tenga las labores de administración y atención a usuarios de clubes federados, tendrá que atender al usuario de manera frontal, debiendo disponer la oficina de mampara protectora. La persona encargada de estas funciones empleará mascarilla en todo momento.
.- DISPONER DE GEL HIDROÁLCOHOLICO: Se debe de disponer de gel hidroalcoholico para la desinfección de manos de todo usuario que deba realizar gestiones administrativas con el personal del club.
.- DISPONER DE PAPEL DESECHABLE: Se deberá disponer de bobina de papel desechable.
.- PAPELERA DE PEDAL: Se instalará una papelera de pedal en la entrada de las oficinas que será vaciada y desinfectada tras cada día.
.- VENTILACIÓN DE OFICINA: Se deberá ventilar la oficina al menos durante una hora previa entrada de los trabajadores.
.- EXTRACCIÓN Y RENOVACIÓN DEL AIRE: Si la oficina no dispusiera de ventilación natural, se deberán adoptar las medidas oportunas para de poner en marcha un sistema de aire acondicionado que sea capaz de mover el aire del interior de la oficina de administración manteniendo abierta siempre la puerta de entrada y tratando de provocar corrientes de aire para así poder renovar el aire del habitáculo.
.- MASCARILLA OBLIGATORIA: La persona de atención al usuario, deberá disponer de mascarilla de protección.
.- LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DEL MOBILIARIO: Se dispondrá de bote de spray desinfectante autorizado por la Consejería de Sanidad. Con éste spray se procederá a la limpieza y desinfección de elementos como sillón de oficina,
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mesa, teclado, pantalla ordenador, bolígrafos, teléfono, llaves de luz, pomos de puertas…etc. Se deberá de proceder a la limpieza y desinfección diaria del pavimento. Se deberá de realizar un registro diario de las maniobras de
limpieza y desinfección de las oficinas incluyendo los pavimentos. Los registros sanitarios quedarán a disposición de la autoridad competente.
.- REGISTRO DE USUARIOS: Se llevará un registro diario de usuarios que visiten las oficinas. En el registro se indicará el nombre y apellidos de la persona, el teléfono y la hora de la visita para una posible consulta de rastreo de la autoridad sanitaria.
.- ATENCIÓN DE USUARIOS: Sólo se permitirá la atención de una persona a la vez, debiendo de permanecer el resto de personas que necesiten realizar gestiones administrativas en la entidad en la zona exterior de las instalaciones (al aire libre) manteniendo las personas la distancia de seguridad.
.- AFORO DE LAS OFICINAS: El aforo de las oficinas para trabajadores será de 1 persona por oficina.
25 sep 2020
ANEXO IV
RECOMENDACIONES DE SALUD LABORAL:
NOTA PREVENTIVA
FICHA EVALUACIÓN
25 sep 2020
RECURSOS HUMANOS Dpto. Salud Laboral y PRL GBA/
1 NOTA PREVENTIVA PRL COMPLEJO CHAPÍN Y PALACIO DEPORTES
En relación a la visita realizada el día 9 de Junio, Estadio Chapin, para valorar las medidas de seguridad adoptadas frente a Covid -19 le informo:
1. La entrada al Estadio se realizará por puerta principal, siguiendo el camino acotado desde las escaleras y se accederá al recibidor, donde se instalará un dispensador de pared para la higienización de las manos de los usuarios así como la cartelería con información sobre medidas preventivas frente a Covid19, que se facilitará desde el departamento de Salud Laboral y PRL. Estas mismas puertas son por las que se realizará la salida, por ello se delimitará la zona de entrada y salida por la que deben transitar los usuarios.
2. Las puertas automáticas permanecerán abiertas.
3. El aforo se ajustará al indicado por el Ministerio, según la fase de desescalada correspondiente,
4. Se marcará en el suelo el punto donde el usuario debe esperar hasta ser atendido por el empleado/a del Estadio, quién le dará las instrucciones y la información necesarias para el correcto uso de las instalaciones. En el mostrador de atención a los usuarios se encuentra, dentro, de una mampara protectoras.
5. Se proveerá botes de gel hidroalcohólico para uso del personal a los empleados/as y se facilitara el acceso a los lavabos que serán de uso exclusivo del personal.
6. Se deberá organizar el uso de las instalaciones, garantizando en todo momento la distancia social de los empleados/as y los usuarios y entre los distintos grupos de usuarios.
7. Se deberán colocar señalizaciones y delimitar los espacios al que pueden acceder los usuarios.
8. Lo visitantes y usuarios deberán hacer uso de mascarillas según las indicaciones que vaya publicando el Ministerio de Sanidad.
9. Se instalarán papeleras o contenedores para depositar cualquier desecho de higiene personal, (pañuelos, epis) protegido con tapa accionada con pedal.
10. Igualmente se mantendrán abiertas todas las puertas, si éstas no son automáticas, que hayan de atravesarse durante el recorrido de los usuarios.
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2 11. El uso de los aseos por parte de los visitantes debe de quedar restringido a casos de extrema necesidad o de movilidad reducida, y realizarse limpieza de los mismos tras su uso.
12. Una vez terminada la jornada, se extremarán las medidas de limpieza de las superficies del estadio (mesas, pasamanos de escalera, sillas, bancos pomos…).
13. Existe protocolo de limpieza de las pistas que es llevado a cabo por una empresa externa.
14. En la zona de oficinas, en el caso de compartir teléfonos, ordenadores u otro material, éste deberá ser limpiado antes y tras el uso de los mismos. Igualmente los puestos de trabajo de los empleados/as deberán de estar distanciados dos metros, y en todo momento procurarán guardar dicha distancia entre ellos, así como una correcta higiene de manos mediante el uso agua y jabón o el empleo de solución hidroalcohólica.
15. Se deberá realizar limpieza y mantenimiento de los sistemas de ventilación así como realizar aireación diaria de las diferentes zonas. 16. Si existen turnos o rotación de trabajo se deberá planificar, siempre
que sea posible, para que se concentren los mismos empleados/as en el mismo grupo de turno.
17. Se adjunta Guía de Actuación frente a la COVID 19 para difusión entre los empleados/as. La entrega al empleado/a se registrará con el recibí del mismo.
18. Se designará a un/a empleado/a para la entrega de los equipos de protección necesarios, debiéndose registrar la entrega con el recibí del empleado/a.
19. El personal incluido en grupos vulnerables , deberá ser evaluado por el Departamento de Salud Laboral previamente a su incorporación al servicio presencial (se adjunta ficha de evaluación)
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3 En la misma visita se acude al Edificio Jerez 2002:
1. La puerta de entrada al edificio debe de permanecer abierta indicándose el sentido del acceso y de la salida. Así como de la circulación dentro del edificio para evitar zonas de crucen.
2. Se colocara un dispensador de pared para la higienización de las manos de los usuarios así como la cartelería con información sobre medidas preventivas frente Covid, que se facilitará desde el departamento de Salud Laboral y PRL.
3. Los visitantes y los empleados/as deberán hacer uso de mascarillas según las indicaciones que vaya publicando el Ministerio de Sanidad. 4. Las mesas de trabajo de los empleados/as ubicadas en la zona de
oficina deberán de mantener la distancia de seguridad de dos metros entre ellas. Igualmente los empleados deberán de mantener la distancia social entre ellos así como una correcta higiene de manos mediante el uso agua y jabón o el empleo de solución hidroalcohólica. 5. Las reuniones o consultas informativas deben de intentar realizarse
vía telefónica o telemática, en el caso de ser presenciales, en todo momento se deberá mantener la distancia social entre el empleado/da y la persona ajena al Ayuntamiento.
6. Una vez terminada la jornada, se extremarán las medidas de limpieza de las superficies (mesas, mamparas, sillas, pomos…). En el caso de compartir teléfonos, ordenadores, fotocopiadora u otro material, éste deberá ser limpiado antes y tras el uso de los mismos.
7. Se deberá realizar limpieza y mantenimiento de los sistemas de ventilación así como realizar ventilación y aireación diaria de las diferentes zonas.
8. El uso del ascensor y los aseos por parte de los visitantes debe de quedar restringido a casos de extrema necesidad o de movilidad reducida, y realizarse limpieza de los mismos tras su uso.
9. Se adjunta Guía de Actuación frente a la COVID 19 para difusión entre los empleados/as. La entrega al empleado/a se registrará con el recibí del mismo.
10. Se designará a un/a empleado/a para la entrega de los equipos de protección necesarios, debiéndose registrar la entrega con el recibí del empleado/a.
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4 11. El personal incluido en grupos vulnerables , deberá ser evaluado por el Departamento de Salud Laboral previamente a su incorporación al servicio presencial (se adjunta ficha de evaluación)
Respecto al complejo Deportivo Chapín:
1. La entrada al complejo se realizara por las puertas principales,de las cuales se dispondrá una para la entrada y otra para la salida, permaneciendo abiertas en todo momento e indicándose el sentido de la circulación de los usuarios/as .Controlándose el acceso de los usuarios/as por un empleado/a ubicado en mostrador con mampara. 2. Se deberá de colocar cartelería con información sobre medidas
preventivas frente Covid, que se facilitará desde el departamento de Salud Laboral y PRL en puntos visibles para usuarios/as y empleados/as. Así como dispensador de pared con solución hidroalcoholica para la correcta higienización de manos al acceder al edificio.
3. Los usuarios y los empleados/as deberán hacer uso de mascarillas según las indicaciones que vaya publicando el Ministerio de Sanidad 4. El aforo de las salas se ajustará al indicado por el ministerio, según la
fase de desescalada correspondiente.
5. Se instalara una mesa en el hall de entrada, para atender a los usuarios y se colocarán señalizaciones en el suelo para indicar la distancia de seguridad que deben mantener los usuarios/as respecto a los puestos de los empleados/as. En esta mesa de atención a los usuarios/as se colocarán mamparas protectoras y botes de gel hidroalcohólico para uso del personal.
6. El empleado/a atenderá únicamente a un usuario, salvo que venga acompañado por menores o personas discapacitadas que necesiten ayuda de terceros.
7. La entrega de documentación por el ciudadano/a al empleado/da, se realizará manteniendo siempre la distancia social, para ello se hará uso de bandejas o mesas auxiliares donde depositar dicha documentación. 8. Las mesas de trabajo de los empleados /as ubicadas en la zona de
oficina deberán de mantener la distancia de seguridad de dos metros entre ellas. Igualmente los empleados/das deberán de mantener la
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5 distancia social entre ellos así como una correcta higiene de manos mediante el uso agua y jabón o el empleo de solución hidroalcohólica. 9. El uso de los aseos por parte de los ciudadanos/as debe quedar
restringido a casos de extrema necesidad, y realizarse limpieza de los mismos tras su uso. Se dispondrá de los aseos/vestuario de uso exclusivo del personal.
10. Se colocarán papeleras o contenedores para depositar cualquier desecho de higiene personal (pañuelos, Epis), protegido con tapa accionada con pedal.
11. Se deberá realizar limpieza y mantenimiento de los sistemas de ventilación así como realizar ventilación y aireación diaria de las diferentes zonas.
12. .Una vez terminada la jornada, se extremarán las medidas de limpieza de las superficies (mesas, mamparas, sillas, pomos, maquinas deportivas…). En el caso de compartir teléfonos, ordenadores, fotocopiadora u otro material, éste deberá ser limpiado antes y tras el uso de los mismos.
13. El aforo de las pistas al aire libre será el indicado por las autoridades sanitarias en cada fase y estará indicado en el suelo el sentido de la marcha de los deportistas. El correcto uso de las pistas estará supervisado por empleados/as quienes mantendrán en todo momento la distancia social con los deportistas.
14. Se adjunta Guía de Actuación frente a la COVID 19 para difusión entre los empleados/as. La entrega al empleado/a se registrará con el recibí del mismo.
15. Se designará a un/a empleado/a para la entrega de los equipos de protección necesarios, debiéndose registrar la entrega con el recibí del empleado/a.
16. El personal incluido en grupos vulnerables , deberá ser evaluado por el Departamento de Salud Laboral previamente a su incorporación. servicio presencial (se adjunta ficha de evaluación)
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José Moreno Garrido 09/06/2020
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25 sep 2020
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FICHA PREVIA EVALUACIÓN LUGAR TRABAJO (COVID 19)
SERVICIO: DEPORTES
DEPARTAMENTO: INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PROMOCIÓN DEPORTIVA DEPENDENCIA/CENTRO: POLIDEPORTIVO RUIZ MATEOS
Medidas organizativas:
SI/NO/Nº
Nº de puestos de trabajo que realizan su labor de manera presencial. 4 Número total de trabajadores que permanecen simultáneamente en el centro de trabajo. 2-3 Flexibilidad horaria para evitar en lo posible la concurrencia de
trabajadores. NO
Personal especialmente sensible a la exposición al COVID-19. NO
Existencia de zonas de descanso. SI
Nº de puestos de trabajo que incluyan atención directa de público. 1
Nº de trabajadores que están en teletrabajo. 0
Existencia de reuniones organizativas o de otra índole. NO
Distancia de 2 metros entre puestos de trabajos y/o de atención público. SI
Existencia de mamparas protectoras de atención público. SI
Número de ascensores en el centro de trabajo. 1, ELEVADOR MINUSVALIDOS
Existencia circuito de atención al público. NO
Retirada de sillas de confidentes. SI
Citación previa. NO
Existencia de salas de espera NO
1
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Existencia de protocolo de recogida y/o entrega de documentos SI
Puertas de acceso al público abiertas. SI
Existencia de protocolo de uso de vehículos. NO NECESARIO
Medidas higiénicas:
SI/NO/Nº Disposición de dispensadores de soluciones desinfectantes. SI
Contenedores para el material desechado. SI
Existencia de aseos, para una correcta higiene. SI
Existencia de comedores. NO
Existencia de vestuarios. SI
Ventilación de las instalaciones SI
Protocolo de limpieza de las instalaciones especialmente de utensilios y equipos compartidos por varios trabajadores. (Veces al día, productos utilizados,
limpieza especial de
tableros técnicos, teclados, manillas, pasamanos, etc).
Perfectamente elaborado por empresa de limpieza.
2
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25 sep 2020
RECURSOS HUMANOS Dpto. Salud Laboral y PRL Equipos de protección:
SI/NO/Nº Disposición de equipos de protección y su registro y control
(recibís).
SI
Formación e información:
SI/NO/Nº
Formación e información facilitada a los trabajadores. SI
Existencia de cartelería indicando recomendaciones. SI
Protocolo de actuación en caso de contagio o manifestación de síntomas.
SI
Observaciones/Sugerencias:
El protocolo de actuación en caso de contagio o síntomas viene detallado en la cartelería específica obligatoria de colocar y enviado a los servicios por el distrito Sanitario.
La información es facilitada a los trabajadores en caso de abrir al público y se coloca en sitio preferente de la instalación.
Fdo: Director/a del Servicio Jefe/a del Departamento
3
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25 sep 2020
RECURSOS HUMANOS Dpto. Salud Laboral y PRL
1 Con fecha 8 de abril de 2020, el Ministerio de Sanidad ha modificado el Procedimiento de Actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-COV-2 (COVID-19). Se hace, por tanto, necesario actualizar las medidas implementadas desde la Declaración de Alarma Sanitaria decretada por el Gobierno con fecha 15 de marzo de 2020.
Con esta finalidad, el Departamento de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Jerez, ha elaborado una Guía-Resumen de Actuación Preventiva para el personal incluido en el ámbito de sus competencias.
GUÍA DE ACTUACIÓN PREVENTIVA FRENTE A LA COVID-19
Esta Guía de Actuación Preventiva ante la COVID-19, tiene como finalidad establecer un resumen de los aspectos generales básicos sobre la posible actuación ante situaciones creadas por una posible infección debida al coronavirus SARS-CoV-19 en los diferentes centros y servicios municipales. Así mismo, se establecen algunos criterios de actuación general para prevenir la posible infección por este agente en el ámbito laboral o a resultas del desarrollo de la actividad laboral de nuestro Ayuntamiento.
Además, indica recomendaciones de tipo general e información de cómo y dónde acceder a más información, más específica y de mayor relevancia en relación con esta situación epidemiológica actual.
Indice
Indice
Indice
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1. Ámbito de Aplicación
2. Medidas preventivas básicas
3. Medidas de protección individual en personas con síntomas 4. Medidas transitorias de organización
ANEXO I: Infografía sobre cómo lavarse las manos
ANEXO II: Infografía sobre cómo protegerse del COVID-19 ANEXO III: Definiciones y escenarios de exposición al COVID-19
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RECURSOS HUMANOS Dpto. Salud Laboral y PRL
2 1. Ámbito de Aplicación
• Esta Guía es de aplicación en todos los centros de trabajo del Ayuntamiento de Jerez.
• También es de aplicación a todas las personas que actúen en los diferentes puestos de trabajo o en nuestras instalaciones: empleados, visitas, contratas y cualquier otro tercero que acuda o se encuentre en nuestras instalaciones.
2. Medidas Preventivas Básicas
• Afectan a todo el personal y puestos referidos en el ámbito de aplicación y son:
Buena higiene de manos: La higiene de manos es la medida principal de prevención y control de la infección.
Después de haber tosido o estornudado y antes de tocarse la boca, la nariz o los ojos, lávese las manos de forma cuidadosa con agua y jabón durante al menos 20 segundos. Si no dispone de agua y jabón, utilice soluciones desinfectantes con alcohol para limpiárselas.
Buena higiene respiratoria:
Se recomienda contemplar las siguientes medidas:
Cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, y desecharlo a un cubo de basura con tapa y pedal. Si no se dispone de pañuelos emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos.
Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca o practicar buenos hábitos de higiene respiratoria.
Buena Higiene Ambiental:
Incrementar la limpieza de los lugares y superficies de trabajo.
Tratar de que se realice limpieza diaria de todas las superficies, haciendo hincapié en aquellas de contacto frecuente como pomos de puertas, barandillas, botones etc. Los detergentes habituales son suficientes.
Ventilar frecuentemente los distintos espacios del centro de trabajo, en especial zonas comunes
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RECURSOS HUMANOS Dpto. Salud Laboral y PRL
3 • Además, se han de contemplar las siguientes acciones organizativas:
Implementar las medidas necesarias para minimizar el contacto entre las personas trabajadoras y entre estas últimas y los potenciales usuarios que puedan concurrir en su lugar de trabajo. En este sentido, la disposición de los puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios (mobiliario, estanterías, pasillos, etc.) en el centro de trabajo debe modificarse, en la medida de lo posible, con el objetivo de garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad de 2 metros. En lo posible, evitar compartir material de oficina, equipos y herramientas
Contemplar posibilidades de redistribución de tareas y/o teletrabajo si fuera necesario.
En aquellos centros abiertos al público se atenderá a las siguientes consideraciones:
El aforo máximo deberá permitir cumplir con las medidas extraordinarias dictadas por las autoridades sanitarias, concretamente con el requisito de distancias de seguridad. Cuando sea posible, se fomentará la habilitación de
mecanismos de control de acceso en las entradas de los locales. Este control de acceso debe garantizar el cumplimiento estricto del aforo máximo calculado para esta situación extraordinaria. Definir una zona de espera para personal externo al Ayuntamiento.
Cuando sea de aplicación, se establecerán medidas para organizar a los usuarios que permanezcan en el exterior del establecimiento en espera de acceder a él cuando lo permita el aforo. Todo el público, incluido el que espera en el exterior del centro, debe guardar rigurosamente la distancia de seguridad.
Se informará claramente a los usuarios sobre las medidas organizativas y sobre su obligación de cooperar en su cumplimiento.
Proporcionar gel/loción hidro-alcohólica para puestos de trabajo que no tengan acceso a lavabo.
Dotar de mascarillas quirúrgicas a los centros, que por sus características y/o funciones puedan preverse aglomeraciones.
25 sep 2020
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4 Definir una zona de espera para visitas.
Distribución de cartelería informativa por las diferentes áreas de trabajo para potenciar las medidas preventivas. (Anexos I y II). Acceso, a través de la Intranet Municipal, a videos informativos
• Medidas al toser y estornudar:
Cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo desechable. Tirar inmediatamente el pañuelo.
Si no tiene un pañuelo desechable, cúbrase la boca y la nariz con el codo flexionado.
Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón líquido o solución alcohólica desinfectante (Ver ANEXO - I)
3. Medidas de protección individual en personas con síntomas
• Aparición de síntomas: No deben de acudir al centro de trabajo, debiendo solicitar atención médica a su Centro de Salud o a través del 900.400.061 o del 955.545.060.
• Si los síntomas aparecen durante la jornada laboral:
Se le facilitará una mascarilla, apartándole del puesto y remitiéndole a su domicilio para que active la comunicación con su Centro de Salud de forma telefónica. En caso de dudas, llamar 900.400.061 o al 955.545.060 o al teléfono de Salud Laboral 956.149.100 (29100).
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RECURSOS HUMANOS Dpto. Salud Laboral y PRL
5 4. Medidas transitorias de organización
A. Reuniones internas y externas:
• Se evitarán, en la medida de lo posible, las reuniones presenciales, celebrándose solo aquellas que sean consideradas estrictamente necesarias por la máxima autoridad municipal. Se facilitará e incrementará el uso de la tecnología para realizar
reuniones, entre las que son de especial interés las teleconferencias (audio conferencias y videoconferencias)
Cuando se celebren reuniones, se deberá de recoger a través del acta de ésta o por parte del organizador de la misma, las personas que han participado en ella y un medio de contacto (teléfono o email) por si requiriera la intervención del Dpto. de Salud Laboral y PRL.
B. Organización de la actividad laboral
• Siempre que ello sea posible y en función del tipo de actividad y características del puesto de trabajo, se facilitará el teletrabajo, sobre todo en áreas o departamentos de “alta concurrencia” de personas.
La presente Guía se modificará en la medida que el
Ministerio de Sanidad introduzca variaciones en el
contenido de sus Procedimientos
Más:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccay
es/alertasActual/nCov-China/ciudadania.htm
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RECURSOS HUMANOS Dpto. Salud Laboral y PRL
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RECURSOS HUMANOS Dpto. Salud Laboral y PRL
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ANEXO – I: INFOGRAFÍA SOBRE LAVADO DE MANOS
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8
ANEXO – II: INFOGRAFÍA SOBRE CÓMO PROTEGERSE
CONTRA EL COVID-19
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RECURSOS HUMANOS Dpto. Salud Laboral y PRL
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ANEXO III: DEFINICIONES Y ESCENARIOS DE
EXPOSICIÓN AL COVID-19
Tabla 1. Escenarios de riesgo de exposición al coronavirus SARS-CoV-2 en el entorno laboral EXPOSICIÓN DE RIESGO EXPOSICIÓN DE BAJO RIESGO BAJA PROBABILIDAD DE
EXPOSICIÓN Personal sanitario asistencial y
no asistencial que atiende a una persona sintomática. Técnicos de transporte sanitario, si hay contacto directo con la persona sintomática trasladada. Situaciones en las que no se puede evitar un contacto estrecho en el trabajo con una persona sintomática.
Personal sanitario cuya actividad laboral no incluye contacto estrecho con una persona sintomática, por ejemplo: ― Acompañantes para traslado. ― Celadores, camilleros, trabajadores de limpieza. Personal de laboratorio responsable de las pruebas de diagnóstico virológico. Personal no sanitario que tenga contacto con material sanitario, fómites o desechos posiblemente contaminados. Ayuda a domicilio de contactos asintomáticos.
Trabajadores sin atención directa al público, o a más de 2 metro de distancia, o con medidas de protección colectiva que evitan el contacto, por ejemplo: ― Personal administrativo. ― Técnicos de transporte sanitario con barrera colectiva, sin contacto directo con el paciente.
― Conductores de transportes públicos con barrera colectiva. ― Personal de seguridad.
REQUERIMIENTOS
En función de la evaluación específica del riesgo de exposición de cada caso: componentes de EPI de protección biológica y, en ciertas circunstancias, de protección frente a aerosoles y frente a salpicaduras.
En función de la evaluación específica del riesgo de cada caso: componentes de EPI de protección biológica.
No necesario uso de EPI. En ciertas situaciones (falta de cooperación de una persona sintomática):
― protección respiratoria, ― guantes de protección.
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RECURSOS HUMANOS Dpto. Salud Laboral y PRL
10 Entendemos por:
Exposición de riesgo: aquellas situaciones laborales en las que se puede producir un contacto estrecho con un caso posible, probable o confirmado de infección por el SARS-CoV-2, sintomático.
Exposición de bajo riesgo: aquellas situaciones laborales en las que la relación que se pueda tener con un caso posible, probable o confirmado, no incluye contacto estrecho.
Baja probabilidad de exposición: trabajadores que no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto (mampara de cristal, separación de cabina de ambulancia, etc.). Por "CONTACTO ESTRECHO" se entiende:
• Cualquier trabajador que proporciona cuidados a un caso probable o confirmado sintomático: trabajadores sanitarios y otros trabajadores que vayan a tener otro tipo de contacto físico similar.
• Cualquier trabajador que esté en el mismo lugar que un caso probable o confirmado sintomático, a una distancia menor de 2 metros (ej. Visitas, reuniones/viajes de trabajo)
• Se considera contacto estrecho en un avión o medio de
transporte, a los miembros de las tripulaciones que atienden a pasajeros sintomáticos que vuelven de una zona de riesgo Por "CASO" se entiende:
• Caso posible: caso con infección respiratoria aguda leve sin criterio para realizar test diagnóstico.
• Caso probable: caso cuyos resultados de laboratorio para SARS-CoV-2 no son concluyentes.
• Caso confirmado: caso que cumple criterio de laboratorio (PCR de screening positiva y PCR de confirmación en un gen alternativo al de screening también positiva).
• Caso descartado: caso cuyos resultados de laboratorio para SARS-CoV-2 son negativos.
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ANEXO V
FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD
PRODUCTOS QUIMICOS EMPLEADOS.
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