• No se han encontrado resultados

REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Coca-Cola Zero y Cinépolis

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Coca-Cola Zero y Cinépolis"

Copied!
5
0
0

Texto completo

(1)

REGLAMENTO:

REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN “Coca-Cola Zero y Cinépolis”

PATROCINADOR Y PARTICIPANTES

1- La promoción, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de ellos se deriven o se

llegaren a derivar, son propiedad exclusiva de la empresa OPERADORA COLOMBIANA DE

CINES S.A en adelante el ORGANIZADOR o simplemente CINÉPOLIS, a nombre de los

complejos de salas de cine ubicadas en el Centro Comercial CALIMA, LOS HAYUELOS

(ubicados en Bogotá), EL LIMONAR (ubicado en Calí); SAN SILVESTRE (ubicado en

Barrancabermeja), CITY PLAZA (ubicado en Envigado).

2- Participa en calidad de patrocinador de la promoción: COCA-COLA FEMSA DE COLOMBIA.

3- La promoción se lleva a cabo por tiempo limitado, inicia el viernes 23 de Diciembre 2011 y

finalizará el jueves 26 de Enero de 2012. Cumplidos los plazos en las condiciones indicadas, caducará el derecho al canje del premio, por lo que CINÉPOLIS o el patrocinador no reconocerán premio alguno, ni tendrán obligación alguna con ningún participante de la promoción.

No obstante lo anterior, CINÉPOLIS y el patrocinador se reservan el derecho de modificar en cualquier momento el plazo de vigencia de la promoción, así como el plazo para el canje de los premios, con el sólo hecho de comunicarlo mediante una publicación en un diario de circulación nacional.

4- La promoción será válida ÚNICAMENTE en los complejos de cines ubicados en los Centros

Comerciales CALIMA, LOS HAYUELOS (ubicados en Bogotá), EL LIMONAR (ubicado en Calí);

SAN SILVESTRE (ubicado en Barrancabermeja), CITY PLAZA (ubicado en Envigado).

5- La promoción está dirigida a todo público, pero es de suponer que menores también participen al

comprar los combos a los que se hace referencia más adelante, pero ello será posible solo si

sus padres o encargado legal lo autorizan, de ahí que la participación de los menores se dará bajo la presunción de que los padres han autorizado dicha participación, sin que el patrocinador tenga que verificar dicha circunstancia. Los padres o encargados legales son los responsables por los actos de los menores a su cargo. Las responsabilidades y obligaciones que se señalan en el Código de Familia, así como la responsabilidad civil establecida en el Código Civil, se entienden por incorporadas a este artículo. Por tal motivo, la participación de los menores está permitida en lo que al reclamo y canje de productos se refiere.

FORMA DE PARTICIPAR Y BENEFICIOS

6- Toda persona que desee participar en la promoción o reclamar un premio o beneficio, deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que el reclamo, la aceptación y el recibo de un premio o un beneficio, conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades que se establecen en este reglamento en cuanto a los premios. Por lo anterior y para todos los efectos legales, CINÉPOLIS y el patrocinador entenderán que la manifestación de voluntad de la

(2)

aceptación de ese conocimiento, se verificará por el hecho de reclamar el respectivo premio o beneficio, en cuyo caso, CINÉPOLIS y el patrocinador podran exigir al interesado, que mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, CINÉPOLIS y el patrocinador no asumiran ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar el premio.

7- La presente promoción es de premios instantáneos.

8- La presente es una promoción EXCLUSIVA para consumidores finales, en la cual se requiere la

compra de CUALQUIER COMBO DE ADULTO (se excluye por lo tanto el Combo Infantil) incluyendo como bebida una gaseosa del sabor Coca-Cola Zero en los centros de venta de

comidas de CINÉPOLIS, tal y como se describe en este documento.

9- Durante el período en que la promoción se encuentre vigente, las personas interesadas en

participar podrán hacerlo de la siguiente forma: Al comprar y pagar al menos UN COMBO DE

ADULTOS que incluya al menos UNA bebida Coca-Cola Zero,en el área de venta de comidas de CINÉPOLIS, los consumidores podrán, aunque no necesariamente, hacerse acreedores de un premio instantáneo a través de un código oculto con la tecnología código QR..

10- Los COMBOS DE ADULTOS son los que normalmente se ofrecen en el centro de venta de

alimentos que se pueden consumir en el cine. El precio y la demás características, son las que en el momento de compra se anuncian en el puesto de venta por medio de cartelera. Los productos y precios pueden variar de un día a otro, sin previo aviso, en estos casos, rige el precio oficial del día.

11- Al cancelar la compra, le entregarán su cupón con código oculto QR, el cuál contendrá un premio instantáneo, el cual se entregará al portador de dicho cupón. El cliente deberá instalar, si no es que ya cuenta con el software necesario, en su teléfono un programa para lectura de códigos QR, y así poder descubrir el premio con el que ha sido favorecido.

12- Los premios instantáneos consistirán en: Bebidas Coca-Cola Zero mediana gratis, PopCorn Salado Mediano Gratis, Combo Hot Dog Gratis y Pases Anuales a Cinépolis para todo el 2012.

13- Los cupones deberán mostrarse en forma intacta y limpia. CINÉPOLIS se reserva el derecho de

determinar el estado de cada cupón, a los efectos de esta promoción. En caso de duda, los cupones no serán aceptados, de acuerdo al patrocinador. Esta decisión, no es apelable.

14- Una persona recibirá UN cupón por CADA bebida Coca-Cola Zero que pida en su Combo, en

una misma transacción, por tanto, no se permite acumular facturas de compras anteriores.

BENEFICIOS Y PREMIOS

15- La promoción ofrece la cantidad de 10.602 (diez mil seiscientos dos) premios instantáneos: compuestos así:

- 70 (setenta) Pases Anuales,

- 2.106 (dos mil ciento seis) popcorn salado mediano gratis, - 1.054 (mil cincuenta y cuatro) Combo Hot Dog 2 x 1

- 7.372 ( siete mil tres cientos setenta y dos) Coca-Cola Zero Mediana gratis. Los premios de esta promoción cuentan con las condiciones y limitaciones indicadas en este reglamento, a las cuáles deberán adherirse los favorecidos.

(3)

16- Los Pases Anuales consisten en una Tarjeta Plástica, con banda magnética, AL PORTADOR, y precargada con 104 entradas a Cinépolis® Tradicional. Con la limitación de uso de DOS entradas por semana, para un total de 52 semanas de cine. Son entradas para películas en 35mm, no aplica para películas en formato digital 3D, ni para salas en Cinépolis VIP®, Macro XE®, eventos privados, funciones especiales o premieres. No es canjeable por efectivo y está prohibida su venta.

17- Se aclara que los premios que aparecen o puedan aparecer en la publicidad fueron utilizados únicamente con fines ilustrativos.

DE LOS CUPONES PROMOCIONALES, VERIFICACIÓN Y DIVULGACIÓN

18- Los cupones promocionales que participan en esta promoción, deben ser ORIGINALES y

encontrarse en buen estado de conservación; por lo tanto, no se aceptarán fotocopias, facsímiles, imitaciones o reproducciones de cupones o reproducciones por cualquier medio conocido que implique reprografía, ya sea por procesos mecánicos, fotográficos o fotoquímicos, ópticos o electroópticos, xerográficos, digitales, tratamiento informático o recuperación informática, eléctricos, electromagnéticos, o sistemas parecidos y en general cualquier sistema aquí no enumerado y/o que se lleguen a conocer en el futuro, que dé el mismo resultado.

19- Tampoco se aceptarán los que incumplan en general con este reglamento.

20- Serán desechados los cupones que no estén completos, que no sean originales y/o todos aquellos que presenten alteraciones, borrones, tachaduras o roturas, sin perjuicio de las acciones que se reserve el patrocinador.

21- Las personas favorecidas que cumplan con este reglamento y que acepten el premio con todas sus limitaciones y condiciones, serán declaradas ganadoras.

22- Los ganadores serán dados a conocer mediante publicación en algún medio de comunicación.

RECLAMO Y RETIRO DE PREMIOS

23- El plazo máximo para reclamar los premios (reclamo no significa entrega), será hasta un máximo de 5 días naturales después de finalizada la fecha de la promoción el 26 de Enero de 2012, . Pasada esa fecha, caducará el derecho de reclamar o hacer efectivos los premios y CINÉPOLIS o el patrocinador no reconoceran premio alguno, y por lo tanto no se verán en la obligación de satisfacerlos. El reclamo del premio deberá hacerse en el mismo complejo de Cines donde se adquirío el COMBO ADULTO, se deberá mostrar la factura de compra, en un horario de 14:00hrs hasta las 20:00horas, de lunes a domingo, preguntar en Módulo de Atención al Cliente por el Gerente de Turno.

24- Una vez reclamado el premio, el patrocinador definirá y comunicará a cada favorecido la fecha, lugar y hora en que su premio le será oficialmente entregado.

25- Si un premio no se hiciere efectivo o si fuese rechazado, por las razones que sean, será propiedad de CINÉPOLIS, quién dispondrá de este en la forma que más le parezca.

26- Los premios estan representados por el cupón respectivo. Por tanto, serán reclamados por el portador del mismo.

27- Sola una persona favorecida que haya sido declarada ganadora, podrá retirar el premio, salvo en el caso de los menores de edad, quienes deberán estar acompañados por su padres, madre, o representante legal.

(4)

28- Los cupones no reclamados durante la promoción quedarán en poder de CINÉPOLIS.

RESPONSABILIDAD, CONDICIONES Y RESTRICCIONES

29- La presente promoción se rige por este Reglamento, y en forma supletoria y complementaria, se tiene por incorporada la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la comisión del consumidor, en cuanto sean aplicables.

30- CINÉPOLIS y el patrocinador se reservan el derecho de determinar de acuerdo a los intereses de la promoción y de los derechos de los consumidores, aquellos casos que incumplan con los artículos anteriores, y de suceder alguna de estas circunstancias, del hecho se dejará constancia en el Acta Notarial que se levante a dichos efectos.

31- Las pruebas que sustenten actos como los descritos en los puntos anteriores, serán las que de acuerdo a los principios y leyes judiciales, sean las más comunes y/o permitidas por lo Tribunales de Justicia.

32- Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no se encuentre previsto en el presente reglamento, será resuelto por CINÉPOLIS y el patrocinador, en estricto apego a las leyes de la República.

33- Todos los datos que el consumidor brinde para poder participar, podrán ser utilizados por CINÉPOLIS y el patrocinador para el envío de ofertas y comunicaciones.

34- Bajo ninguna circunsta|ncia, CINÉPOLIS o el patrocinador reconocerá ni validará ningún reclamo de premio que no esté amparado al documento de identidad del favorecido.

35- No obstante todo lo establecido en el punto 3 de este reglamento, en cuanto al plazo promocional, la presente promoción se tendrá por finalizada anticipadamente en relación con uno, varios, o todos los participantes, en caso de que se agote anticipadamente la existencia de la cantidad máxima de cupones ofrecida en este reglamento, siempre y cuando la totalidad de los premios hayan sido canjeados.

36- CINÉPOLIS y el patrocinador se comprometen a entregar únicamente las cantidades máximas de premios que ha ofrecido con la presente promoción.

37- Las marcas participantes (Cinépolis y Coca-Cola) en esta promoción, son propiedad de sus titulares, y por lo tanto, el oganizador no reclama ningún derecho sobre ellas. La participación de estas marcas en la promoción, ha sido autorizada por el respectivo productor, distribuidor, importador o representante de la marca en Colombia.

La responsabilidad de CINÉPOLIS y el patrocinador culmina con la entrega de cada uno de los premios, no se responsabiliza por garantías de los premios o la satisfacción del cliente con el uso o funcionamiento del mismo.

38- El premio no es reembolsable en dinero.

39- El derecho a los premios y los premios en sí no son transferibles, negociables, ni pueden ser comerciados de ninguna forma. El premio será entregado únicamente a cada persona declarada como favorecida en la presente promoción, una vez verificado que cumple con los requisitos reglamentarios, salvo si corresponde a otra persona, en caso de cesión del premio.

40- Si un favorecido no acepta el premio o sus condiciones, este premio se considera renunciado y extinguido en relación al favorecido (y su acompañante cuando sea procedente) y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.

(5)

41- CINÉPOLIS y el patrocinador suspenderán o finalizarán en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar defraudaciones tales como alteraciones, imitaciones, reimpresiones, sustituciones o cualquier otra irregularidad en los cupones, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa organizadora o la patrocinadora. Lo anterior no afectará de ninguna forma los derechos ya adquiridos de los ganadores que válidamente solicitaron el canje de previo a la situación que genera la suspensión o cancelación de la promoción.

42- CINÉPOLIS se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción. Las anteriores circunstancias se comunicarán en los puntos de venta, fecha a partir de la cual la promoción cesará, o la reforma al reglamento quedará vigente.

43- No podrán concursar los empleados de CINÉPOLIS, ni los del patrocinador, tampoco el personal de su agencia de publicidad, funcionarios externos, ni proveedores involucrados en la promoción. 44- Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, la persona favorecida autoriza a que su

nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, los cuáles se tienen por cedidos temporalmente pero solo para los efectos de divulgación del resultado de esta promoción.

45- CINÉPOLIS y el patrocinador no tendrán a su cargo la reposición de los premios por problemas derivados de uso o funcionamiento, ni tendrán que reponer ni otorgar garantía alguna de los mismos.

46- No podrán concursar los empleados del organizador Operadora Colombiana de Cines S.A., ni

sus familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad; tampoco el personal de su agencia de publicidad, funcionarios externos, ni proveedores involucrados en la promoción.

47- En la publicidad de la presente promoción se hace referencia a la frase “Aplican Restricciones”,

lo cual significa que existen condiciones y limitaciones, las cuales se consignan en el presente Reglamento.

48- Para mayor información o consultas se puede llamar al teléfono 7427135/36/37, en horas y días hábiles.

Referencias

Documento similar

Los clientes nuevos y actuales, que durante la vigencia de la promoción descrita en el presente reglamento conformen su kömunidad a través del App mi kölbi o de

En cuarto lugar, se establecen unos medios para la actuación de re- fuerzo de la Cohesión (conducción y coordinación de las políticas eco- nómicas nacionales, políticas y acciones

D) El equipamiento constitucional para la recepción de las Comisiones Reguladoras: a) La estructura de la administración nacional, b) La su- prema autoridad administrativa

El útil de más empleo, tanto para podar co- mo para cortar esquejes y demás necesario pa- ra injertar, es la tijera de fiodar (fig.. Conviene tener una gran- de, de 2o a 25

La Normativa de evaluación del rendimiento académico de los estudiantes y de revisión de calificaciones de la Universidad de Santiago de Compostela, aprobada por el Pleno or-

Sanz (Universidad Carlos III-IUNE): "El papel de las fuentes de datos en los ranking nacionales de universidades".. Reuniones científicas 75 Los días 12 y 13 de noviembre

Volviendo a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, conviene recor- dar que, con el tiempo, este órgano se vio en la necesidad de determinar si los actos de los Estados

Fuente de emisión secundaria que afecta a la estación: Combustión en sector residencial y comercial Distancia a la primera vía de tráfico: 3 metros (15 m de ancho)..