Jardín Infantil Disney’s
REGLAMENTO INTERNO DE LOS PADRES Y APODERADOS JARDIN INFANTIL DISNEY’S 2017
A) GENERALIDADES
B) DERECHOS
C) DEBERES
“ESTE DOCUMENTO ES DE LECTURA OBLIGATORIA PARA TODOS LOS PADRES Y APODERADOS”
GENERALIDADES
1. El presente Reglamento Interno regulará las condiciones, derechos y deberes, beneficios, obligaciones, prohibiciones y, en general las formas y condiciones en que nuestra institución se relacionará con todos los padres y apoderados del jardín Infantil Disney’s.
El presente Reglamento entrará a regir una vez puesto en conocimiento al Centro de Padres, Padres y apoderados y toda la comunidad educativa del Establecimiento.
Este reglamento se entregará a cada padre o apoderado al momento de hacer efectiva su matrícula con nuestro establecimiento, y estará dispuesto en la oficina de la dirección para quien lo requiera.
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Las nuevas disposiciones que se estime introducir a futuro en este reglamento se entenderán incorporadas a su texto, previa publicación, por tres días consecutivos, en carteles que los contengan, en el panel informativo que se encuentra a la entrada del establecimiento.
DERECHOS
1. Ser informado del Reglamento Interno del Establecimiento, manuales y protocolos.
2. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de toda la comunidad educativa.
3. Contar con resguardo, protección y confidencialidad frente a cualquier caso de maltrato
ejercido por cualquier miembro de la comunidad escolar.
4. Recibir el resultado de evaluaciones y ser orientado en su interpretación y medidas de reforzamiento.
5. Recibir oportunamente en agenda de las informaciones y/o actividades que realizará el
jardín.
6. Ser informado de aspectos relevantes de su hijo/a, relacionados con su comportamiento,
rendimiento, interacción con pares y adultos a cargo.
7. Ser informado por teléfono si siente algún malestar que le impida seguir en clases para
retirarlo(a).
8. Ser recibido por la Dirección y Educadora frente a alguna inquietud, dentro del horario
estipulado para ello.
9. Postular y formar parte del Centro de Padres y Apoderados.
10. Participar en las actividades del jardín infantil y del Centro de Padres y Apoderados que
se programen.
11. Recibir un trato digno y respetuoso acorde a las normas de convivencia del jardín infantil, por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.
12. Sugerir actividades y/o campañas que vayan en beneficio de la comunidad educativa.
13. Completar formulario de recogida de información frente a algún evento que le aqueje o a
su hijo(a) y recibir confidencialidad y respuesta en el plazo de 5 días hábiles.
14. Dialogar y establecer de común acuerdo con educadora y/o encargada de convivencia, sobre las medidas compensatorias que deberá realizar su hijo/a, frente a alguna falta que este cometa.
15. Dialogar y establecer de común acuerdo con encargada de convivencia, las medidas compensatorias frente a algún incumplimiento o falta cometida por él/ella o su pupilo.
16. Apelar frente a una medida que le aqueje, por alguna falta cometida contemplada en el Manual de Convivencia, utilizando formulario.
DEBERES
1.- Es deber del apoderado, cancelar el valor de la matrícula al momento de ingresar su hijo(a) al establecimiento y cuyo monto para el año 2017 será de $ 58.000.- El establecimiento no hace devolución de dinero por concepto de matrícula y mensualidades. El valor de la matrícula tendrá una variación anual.
2.- Es deber del apoderado cancelar puntualmente las mensualidades pactadas según el horario de permanencia de su hijo o hija en el jardín. Las mensualidades se cancelan en su totalidad dentro de los 5 (cinco) primeros días de cada mes (mes adelantado). El pago se hará en efectivo, cheque, depósito o transferencia. La mensualidad debe ser cancelada en su totalidad todos los meses, aún si su hijo(a) faltase por enfermedad u otro motivo y por los períodos de otoño-invierno en donde se producen deserciones por enfermedad u otros; caso contrario la dirección hará uso de la vacante.
3.- Es deber del apoderado informar con al menos un mes de anticipación el retiro del niño(a) del jardín Infantil Disney’s, sea por los motivos que estime convenientes.
4. Todos los apoderados tienen el deber de respetar los horarios de ingreso al establecimiento, lo que permitirá realizar con puntualidad las actividades programadas:
Ingreso Jornada Mañana de 09.00 a 09:30 hrs.
Ingreso Jornada tarde de 14:00 a 14:30 hrs5.- Todos los apoderados tienen el deber de respetar los horarios de salida del establecimiento.
Salida Jornada Mañana a las 13:00hrs.
Salida Jornada Tarde a las 18:00 hrs.6.- Los apoderados deben informar con anterioridad a las tías de nivel, educadora pedagógica o directora, si su hijo o hija debe llegar después del horario de ingreso, por control sano, consulta médica, dentista u otras situaciones.
7.- Si algún párvulo es retirado antes del término de la jornada, se debe avisar con anterioridad a las tías de sala y a la educadora del nivel, firmando en la hoja de horario diferido con firma de quien retira.
8.- Los párvulos que por tratamiento médico deban ingerir algún medicamento (no antibiótico) durante la jornada del jardín, los apoderados deben presentar la receta o
documento con firma del médico que indica la dosis y horarios de suministro del medicamento. De lo contrario no se administrará el remedio al párvulo. En caso de enfermedades infecto-contagiosas que ameriten reposo en casa y tratamiento con antibióticos, se les solicitará el alta médica para el ingreso a clases.
9.- Los párvulos que permanecen en el establecimiento con
extensión horaria, deben ser retirados hasta las 19:00hrs. El apoderado tiene el deber de cumplir con este horario, si llega 3 veces después de la hora señalada, se aplicará una multa de $ 1.500.- por cada 15 minutos. Entiéndase por atraso 15 minutos pasado el horario de salida.
10.- Niñas y niños no deben traer juguetes al jardín, pues es un elemento distractor que provoca peleas innecesarias entre los párvulos. Se deja en antecedente al apoderado que si el juguete queda en el Establecimiento, las tías no se hacen responsables por pérdida o daño de éste.
11.- Responder cuando es consultado sobre aspectos relevantes de la formación y seguridad de su hijo(a) firmando su consentimiento.
12.- Es deber de los apoderados informar sobre los cambios de domicilio o números telefónicos, pues ante cualquier eventualidad se recurrirá a la información entregada en la ficha de cada niña y niño.
13.- En caso que algún niño o niña se accidente en el establecimiento, la Directora será la encargada de llevar al menor a un centro de urgencia para que sea atendido. Previamente, se ubicará al apoderado para informarle sobre el accidente, y sobre el centro de atención que será llevado el menor; además de coordinar el encuentro del apoderado con su hijo o hija.
14.- Es deber del apoderado enviar todas las pertenencias de su hija o hijo, marcadas con su nombre en su bolso. La muda de ropa debe ser una muda completa, y los apoderados diariamente deben revisar la ropa sucia enviada el día anterior en la mochila.
15.- El apoderado debe revisar todos los días al retirar a su hija o hijo las pertenencias que trajo al jardín infantil, e informar de inmediato a las tías de sala la ausencia de alguna prenda de vestir en el bolso del menor, de igual forma si al revisar la mochila de su hijo o hija se encuentra con alguna prenda de vestir u objeto que no le pertenece, deberlo al día siguiente.
16.- Todos los apoderados deben dirigirse con respeto a las funcionarias del establecimiento, ya que es fundamental mantener buenas relaciones entre el personal y apoderados.
17.- Un párvulo que se ausente por tres días consecutivos sin aviso al establecimiento, es deber de la educadora de nivel, llamar al apoderado para enterarse de su situación.
18.- Todo apoderado tiene el deber de solicitar información acerca del comportamiento y/o avances pedagógicos de su hija o hijo.
19.- Los apoderados deben participar activamente en el jardín infantil, integrándose a diversas actividades pedagógicas, artísticas, culturales, cívicas entre otras.
20.- Los apoderados tienen el deber de conformar el Centro de Padres del jardín infantil, y formar parte si lo desea en la directiva de éste, apoyando activamente a nuestro establecimiento.
21.- Es deber del apoderado preocuparse de la higiene y presentación personal del niño o niña, traer ropa de muda limpia y ordenada, pañales, bolsa plástica para la ropa sucia, u otro solicitado por las tías de nivel.
22.- Es deber del apoderado hacer tratamiento contra de la pediculosis en el caso que su hijo o hija lo presente.
23.- Los párvulos no deben portar joyas o artículos de valor que no corresponda a los elementos exclusivos de su vestuario, pues el establecimiento no responde por pérdidas. 24.- Es deber de los apoderados llevar a sus hijos o hijas a los controles médicos o control sano, mantener al día las vacunas y los tratamientos que se le indiquen.
25.- Es deber del apoderado, llevar al párvulo a consulta médica de urgencia o particular si en el establecimiento ha sido informado por las tías de nivel o directora, que su hijo o hija se encuentra enfermo. Los apoderados deberán presentar el certificado de atención médica, donde se registre por escrito que el menor puede asistir al jardín infantil.
26.- Cuando el apoderado o las personas autorizadas, no pudieran retirar al niño o niña, deberán informar oportunamente a las tías de sala, a la educadora de nivel o a la directora de quien retirará al menor, informando nombre, Rut, teléfono y parentesco con el párvulo. De no dar aviso, no se le entregará el niño o niña a la persona que no esté registrada.
27.- Es deber del apoderado cancelar puntualmente la cuota del centro de padres, cuyo valor es acordado en la primera reunión de apoderados de cada año.
28.- Todos los apoderados tienen la obligación de asistir a las reuniones de apoderados, entrevistas u otras instancias a la que se les cite, de igual forma tiene el derecho de solicitar entrevista con educadora de nivel o directora si lo requiere.