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Boletín Oficial de Canarias núm. 180, martes 13 de septiembre de

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Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

3340 Dirección General de Transportes.- Anuncio de 5 de septiembre de 2005, por el que se so-mete a información pública el Anteproyecto de Ley de Transporte Marítimo de Canarias. Habiéndose iniciado expediente relativo al An-teproyecto de Ley de Transporte Marítimo de Ca-narias y de conformidad con lo establecido en el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre (B.O.E. nº285, de 28.11.97), se ha procedido a abrir un período de información pública hasta el 30 de septiembre de 2005 para que cualquier persona fí-sica o jurídica pueda hacer valer intereses que pu-dieran verse afectados por la aprobación de dicho proyecto normativo.

A tal fin el proyecto de referencia se pondrá de manifiesto en las dependencias de la Dirección Ge-neral de Transportes, sitas en Las Palmas de Gran Canaria, Avenida Alcalde Ramírez Bethencourt, 7, y en Santa Cruz de Tenerife, calle La Marina, 53, portal 3.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de septiembre de 2005.- La Directora General de Transportes, Rosa Dá-vila Mamely.

Consejería de Presidencia y Justicia

3341 Secretaría General Técnica.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 2 de sep-tiembre de 2005, que dispone la publicación de la remisión a la Sala de lo Contencioso-Ad-ministrativo (Sección Primera) del Tribunal Su-perior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente relativo al re-curso nº259/2005, interpuesto por D. José En-rique Hernández Curbelo contra el Decreto 94/2004, de 20 de julio, por el que se modifi-ca la relación de puestos de trabajo de esta Con-sejería (B.O.C. nº171, de 3.9.04).

En cumplimiento de lo dispuesto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrati-vo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, en el recurso nº 259/2005, interpuesto por D. José Enrique Hernández Curbe-lo, contra el Decreto 94/2004, de 20 de julio, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Presidencia y Justicia, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 171, de 3 de

sep-tiembre, y dado que el acto objeto de impugnación podría afectar a una pluralidad de administrados por determinar, supuesto subsumible en lo dispuesto en el artículo 59.5.a) de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa,

R E S U E L V O:

Primero.- Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente adminis-trativo correspondiente al recurso nº259/2005, in-terpuesto por D. José Enrique Hernández Curbelo, contra el Decreto 94/2004, de 20 de julio, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Presidencia y Justicia, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº171, de 3 de sep-tiembre de 2004.

Segundo.- Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, emplazando a cuantos aparezcan como interesados en el mismo pa-ra que puedan comparecer en la Sala de lo Conten-cioso-Administrativo del Tribunal Superior de Jus-ticia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, y personarse en los autos en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de septiembre de 2005.- La Secretaria General Técnica, Ángeles Bo-gas Gálvez.

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

3342 Dirección General de Estructuras Agrarias.-Anuncio de 6 de septiembre de 2005, relativo a notificación de la resolución de concesión de ayudas agroambientales de acuerdo con la Orden de 9 de diciembre de 2004, por la que se convocan anticipadamente para el ejer-cicio de 2005, las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, que estable-ce un régimen de ayudas a la utilización de mé-todos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, modificado por Real creto 708/2002, de 19 de julio, y por Real De-creto 172/2004, de 30 de enero, por los que se establecen medidas complementarias al Pro-grama de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común (B.O.C. nº243, de 16.12.04).

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En cumplimiento de lo establecido en la base 6, de la Orden de 9 de diciembre de 2004, por la que se convocan anticipadamente para el ejercicio de 2005, las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, que establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria com-patibles con el medio ambiente, modificado por Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, y por Real Decre-to 172/2004, de 30 de enero, por los que se estable-cen medidas complementarias al Programa de Desa-rrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común (B.O.C. nº 243, de 16.12.04) se procede a publicar la resolución de con-cesión de las mencionadas ayudas que se transcribe a continuación:

Examinadas las solicitudes y documentación pre-sentadas por los peticionarios que se relacionan en los anexos 1, 2, 3 y 4, para acogerse a las ayudas pre-vistas para compensar a los agricultores y ganaderos de la pérdida de renta por la práctica de métodos agra-rios compatibles con el medio ambiente.

Visto el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utili-zación de métodos de producción agraria compati-bles con el medio ambiente, modificado por Real De-creto 708/2002, de 19 de julio, que establece medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural pa-ra las Medidas de Acompañamiento de la Política Agpa-ra- Agra-ria Común.

Vista la Orden de 9 de diciembre de 2004, por la que se convocan para el ejercicio de 2005, las ayu-das previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de ene-ro, que establece un régimen de ayudas a la utiliza-ción de métodos de producutiliza-ción agraria compatibles con el medio ambiente, modificado por Real Decre-to 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarro-llo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común.

Visto que el Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento ha sido modifica-do por Decisión de la Comisión Europea de 5 de agos-to de 2003, en el sentido de modificar el porcentaje de cofinanciación del FEOGA-Garantía para las me-didas agroambientales en Canarias, pasando del 75% al 85%.

Visto el informe-propuesta emitido por el Servi-cio de Estructuras Agrarias y Desarrollo Rural, en el que se informa que se han revisado las solicitudes y documentación aportadas por los peticionarios que figuran en los anexos 1, 2, 3 y 4, y se propone que

se conceda la correspondiente ayuda a los solicitan-tes que figuran en los anexos 1 y 2, y que se archi-ven las solicitudes que figuran en el anexo 3 y se de-sestimen las que figuran en el anexo 4.

Vista la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De acuerdo con las facultades que legalmente me han sido conferidas

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder a las 220 entidades jurídicas solicitantes que se relacionan en el anexo 1 ayudas en concepto de pérdida de renta por la práctica de mé-todos agrarios compatibles con la protección del me-dio ambiente, de acuerdo con el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, modifi-cado por Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, que establece medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompaña-miento de la Política Agraria Común y a la Orden de esta Consejería de 9 de diciembre de 2004, por la que se convoca para el ejercicio de 2005, las ayudas pre-vistas en los citados Reales Decretos.

El importe total de la ayuda asciende a 463.793,39 euros, de los que 34.784,54 euros corresponden a la parte cofinanciada por la Comunidad Autónoma de Canarias (C.A.C.), 34.784,54 euros corresponden a la parte cofinanciada por el Ministerio de Agricultu-ra, Pesca y Alimentación (MAPA) y 394.224,31 eu-ros corresponden a la parte cofinanciada por el FEOGA-Garantía.

A cada uno de los solicitantes le corresponde la cantidad que figura en dicho anexo en las columnas encabezadas con el título “CONCESIÓN”.

Segundo.- Conceder a las 1.181 personas físicas solicitantes que se relacionan en el anexo 2, ayudas en concepto de pérdida de renta por la práctica de mé-todos agrarios compatibles con la protección del me-dio ambiente, de acuerdo con el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, modifi-cado por Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, que establece medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompaña-miento de la Política Agraria Común y a la Orden de esta Consejería de 9 de diciembre de 2004, por la que se convoca para el ejercicio de 2005, las ayudas pre-vistas en los citados Reales Decretos.

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El importe total de la ayuda asciende a 910.995,17 euros, de los que 68.324,98 euros corresponden a la parte cofinanciada por la Comunidad Autónoma de Canarias (C.A.C.), 68.324,98 euros corresponden a la parte cofinanciada por el Ministerio de Agricultu-ra, Pesca y Alimentación (MAPA) y 774.345,21 eu-ros corresponden a la parte cofinanciada por el FEOGA-Garantía.

A cada uno de los solicitantes le corresponde la cantidad que figura en dicho anexo en las columnas encabezadas con el título “CONCESIÓN”.

Tercero.- Archivar las solicitudes de ayuda que fi-guran en el anexo 3, formuladas al amparo de lo pre-visto en la citada Orden, por los motivos que se es-pecifican en el citado anexo. Desestimar las solicitudes de ayuda que figuran en el anexo 4 por no cumplir las condiciones recogidas en las bases de la convo-catoria.

Cuarto.- Abonar a cada entidad jurídica solici-tante, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.531 A. L.A. 13400202 “Desarrollo Agricultura Compa-tible Medio Ambiente” las cantidades que en el ane-xo 1 figuran en la columna “CAC”.

Abonar a cada entidad jurídica solicitante, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.531 A. L.A. 13401501 “Desarrollo Agricultura Compatible Medio Ambiente-MAPA” las cantidades que en el ane-xo 1 figuran en la columna “MAPA”.

Quinto.- Abonar a cada persona física solicitan-te, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.531 A. L.A. 13400202 “Desarrollo Agricultura Compa-tible Medio Ambiente” las cantidades que en el ane-xo 2 figuran en la columna “CAC”.

Abonar a cada persona física solicitante, con car-go a la aplicación presupuestaria 13.04.531 A. L.A. 13401501 “Desarrollo Agricultura Compatible Me-dio Ambiente-MAPA” las cantidades que en el ane-xo 2 figuran en la columna “MAPA”.

Sexto.- Poner a disposición del Ordenador Gene-ral de Pagos (Tesorero GeneGene-ral) el importe de la ayu-da a cofinanciar por el MAPA y el Gobierno de Ca-narias para que proceda a transferir a cada uno de los beneficiarios los importes correspondientes.

Séptimo.- El abono del resto de la ayuda, corres-pondiente a la parte cofinanciada por el FEOGA-Ga-rantía, se tramitará ante el correspondiente organis-mo pagador.

Octavo.- El incumplimiento por parte del benefi-ciario de los compromisos adquiridos al formalizar

la solicitud podrá dar lugar a la obligación de rein-tegrar las ayudas ya percibidas.

Noveno.- La efectividad de la resolución de con-cesión de la ayuda está supeditada a su aceptación expresa por el beneficiario, que deberá otorgarla den-tro del plazo de los 30 días siguientes a su notifica-ción. En caso de que no se otorgue dentro del refe-rido plazo quedará sin efecto la ayuda concedida.

Décimo.- Previo al abono de las ayudas será obli-gatorio realizar los controles en campo establecidos por el FEOGA-Garantía de acuerdo con la normati-va correspondiente al sistema integrado sobre pagos por superficies.

Undécimo.- A todos los efectos se estará a lo dis-puesto en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Autonómica de Canarias y en el Decreto 28/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la organiza-ción y funcionamiento de la Intervenorganiza-ción General y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Duodécimo.- Toda alteración de las circunstancias y de los requisitos tenidos en cuenta para la obten-ción por parte del beneficiario de ayudas o subven-ciones concedidas por otras Administrasubven-ciones o En-tes públicos para la misma finalidad, dará lugar a la modificación de la presente Resolución, sin que en ningún caso pueda implicar modificación de la fina-lidad de la ayuda.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados, con la advertencia de que contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe el recurso con-tencioso-administrativo ante la Sala correspondien-te del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, sin perjuicio de que pueda interponer recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Ali-mentación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Reso-lución, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de septiembre de 2005.- El Director General de Estructuras Agrarias, Carlos González Mata.

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

3343 Agencia de Protección del Medio Urbano y Na-tural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 31 de agosto de 2005, del Di-rector Ejecutivo, sobre notificación a D. Ma-nuel Betancort Zerpa, de la Resolución recaí-da en el expediente I.U. 329/05.

No habiéndose podido practicar la notificación a D. Manuel Betancort Zerpa, de la Resolución del Il-mo Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protec-ción del Medio Urbano y Natural, nº2820, de fecha 11 de agosto de 2005, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Manuel Betancort Zerpa, la Reso-lución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la

Agen-cia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº2820, de fecha 11 de agosto de 2005, recaída en el expe-diente instruido en esta Agencia de Protección del Me-dio Urbano y Natural, por infracción de la legalidad urbanística, con referencia I.U. 329/05, y cuya par-te dispositiva dice par-textualmenpar-te:

R E S U E L V O:

Primero.- Imponer a D. Manuel Betancort Zerpa la multa de cuarenta y ocho mil (48.000) euros, co-mo responsable de una infracción administrativa con-sistente en la construcción de amurallamiento de te-rreno, nave y depósito, sita en el lugar denominado Maneje-Argana Alta, del término municipal de Arre-cife de Lanzarote, ubicadas en suelo clasificado co-mo rústico, sin los títulos habilitantes necesarios pa-ra su ejecución (calificación territorial y licencia urbanística), sancionada en el artículo 203.1.b) del mencionado Texto Refundido de las Leyes de Orde-nación del Territorio de Canarias y de Espacios Na-turales de Canarias.

Segundo.- Imponer a D. Manuel Betancort Zerpa una multa coercitiva por importe de seiscientos un

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