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DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y ANÁLISIS Subdirección de Análisis de Política Interior

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(1)

Dirección General de Servicios de Documentación,

Información y Análisis

DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y ANÁLISIS

Subdirección de Análisis de Política Interior

“ANÁLISIS COMPARATIVO DE LA

LEGISLACIÓN EN MATERIA DE ARCHIVOS

EN LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA

Y EL DISTRITO FEDERAL.”

Mtra. Claudia Gamboa Montejano

Investigadora Parlamentaria

C. Miriam Gutiérrez Sánchez

Auxiliar de Investigación

Julio, 2011.

________________________________________________________________

Av. Congreso de la Unión Núm. 66; Col. El Parque; Delegación Venustiano Carranza; C.P. 15969 México, DF; Teléfono: 50360000 extensiones: 67033, 67036 y 67026

(2)

 

1

“ANÁLISIS COMPARATIVO DE LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE ARCHIVOS EN

LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA Y EL DISTRITO FEDERAL.”

ÍNDICE

Pág.

Introducción.

2

Resumen Ejecutivo.

3

Derecho Comparado Interno.

Cuadro Comparativo de la denominación de la Legislación en Materia

de Archivos a Nivel Estatal.

4

4

Cuadro Comparativo de la Estructura Normativa (Índice) de las

Disposiciones de Archivos en las Entidades Federativas.

6

Datos Relevantes.

17

Cuadro Comparativo a nivel Estatal respecto al Objeto de cada una de

las disposiciones de Ley en Materia de Archivos.

19

Datos Relevantes.

25

Cuadro Comparativo del Estado de Guerrero y el Distrito Federal

respecto de la Regulación relacionada con los Mecanismos de

Coordinación.

29

Distrito Federal.

29

Guerrero.

32

Fuentes de Información.

34

(3)

 

2 INTRODUCCIÓN

Las Leyes de Archivo a nivel estatal que se analizan de manera comparativa en

el presente trabajo, son un complemento del trabajo denominado

“Ley Federal de

Archivos Análisis Comparativo de las Minutas: La remitida a la Cámara de Senadores y

la del Senado enviada a la Cámara de Diputados como Cámara de Origen”,

1

ya que en

caso de ser aprobado el proyecto en cuestión, y empiece su vigencia, corresponderá a

los tres niveles de gobierno coordinarse para efectos de lo que señala dicho proyecto.

Es así, que el propósito del presente trabajo es el de tener un diagnóstico

general de la situación actual de la legislación en materia de archivos a nivel estatal,

-ya que como no en pocos casos, a nivel estatal -ya se cuenta previamente con

legislación en ciertas materias, como en el presente caso,- adelantando que

únicamente los estados que no cuentan con una legislación en la materia son:

Durango, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa y Tamaulipas, mientras que el resto de

los estados tiene ya un ordenamiento específico al respecto.

La presentación del comparativo de la estructura (índice) de la legislación en el

tema, permite tener una visión amplia de que estados cuentan con una legislación

mucho más extensa y detallada en lo que respecta en la regulación de los archivos, y

por otro lado apreciar en qué casos, si bien se tiene formalmente el ordenamiento, solo

se tienen lineamientos muy generales.

De igual forma a través del comparativo de los objetivos de cada ordenamiento

analizado, puede advertirse los alcances que tiene cada uno de éstos, con respecto al

establecimiento de sistemas de archivos, de coordinación entre las distintas

dependencias, entre otros muchos aspectos.

      

1

(4)

 

3 RESUMEN EJECUTIVO

El objetivo del presente trabajo es dar un diagnostico general de la situación

legislativa a nivel estatal en materia de archivos, toda vez que está pendiente de

aprobarse la minuta enviada por el Senado del proyecto de la Ley Federal de Archivos,

la cual propone mecanismos de coordinación entre los tres niveles de gobierno, entre

otros muchos aspectos.

El contenido del presente trabajo básicamente consta de los siguientes

apartados de Derecho Comparado Interno:

Cuadro Comparativo de la denominación de la Legislación en Materia de

Archivos a Nivel Estatal.

Cuadro

Comparativo

de la Estructura Normativa (Índice) de las Disposiciones de

Archivos en las Entidades Federativas.

Cuadro Comparativo a nivel Estatal respecto al Objeto de cada una de las

disposiciones de Ley en Materia de Archivos.

Cuadro Comparativo del Estado de Guerrero y el Distrito Federal respecto de la

Regulación relacionada con los Mecanismos de Coordinación.

A través de este estudio comparativo es posible ubicar la forma en que cada una

de las entidades federativas, así como del Distrito Federal, hasta el día de hoy ha

determinado regular esta materia tan trascendente, toda vez que de acuerdo a los

nuevos lineamientos internacionales y nacionales, se vuelve relevante la custodia y

guarda de todo documento y/o registro, ya sea en papel o medio electrónico, que

implique interés público en cualquiera de los tres niveles de gobierno.

(5)

 

4

DERECHO COMPARADO INTERNO.

CUADRO COMPARATIVO DE LA DENOMINACION DE LA LEGISLACION EN MATERIA DE ARCHIVOS A NIVEL ESTATAL.

ESTADO DENOMINACION DE LA LEY Y FECHA DE PUBLICACION Y/O PROMULGACION

AGUASCALIENTES Ley del Sistema Estatal de Archivos de Aguascalientes. Publicación 12 de julio de 1992

BAJA CALIFORNIA Ley General de Administración Documental para el Estado de Baja California. Publicación 11 de julio de 2003

BAJA CALIFORNIA SUR

Ley del Sistema Estatal de Archivos del Estado. Publicación 20 de junio de 1994

CAMPECHE Ley de Archivos del Estado de Campeche. Publicación 6 de mayo de 2010

COAHUILA Ley de Archivos Públicos para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Publicación 25 de mayo 2007

COLIMA Ley de Archivos del Estado de Colima. Promulgación 19 de noviembre de 2005

Ley que crea el Archivo Histórico de Colima. Publicación 16 de enero de 1993

CHIAPAS Ley del Sistema Estatal de Archivos de Chiapas. Publicación 20 de octubre de 1993

CHIHUAHUA Ley General del Sistema de Documentación e Información Pública del Estado de Chihuahua. Publicación 19 de julio de

1997

DF Ley de Archivos del Distrito Federal. Publicación 8 de octubre de 2008

DURANGO

GUANAJUATO Ley de Archivos Generales del Estado y los Municipios de Guanajuato. Publicación 15 de junio de 2007

GUERRERO Ley de Archivos Generales del Estado Libre y Soberano de Guerrero. Publicación 30 de diciembre de 2008

HIDALGO Ley De Archivos Del Estado de Hidalgo. Publicación 7 de mayo de 2007

JALISCO Ley que Regula la Administración de Documentos Públicos e Históricos del Estado de Jalisco.

Publicación 8 de enero de 1998

MEXICO Ley de Documentos Administrativos e Históricos del Estado de México. Publicación 29 de mayo de 1986

MICHOACÁN Ley de Archivos Administrativos e Históricos del Estado de Michoacán de Ocampo y sus Municipios. Publicación de 3 de marzo de 2004

MORELOS Ley Estatal de Documentación y Archivos de Morelos. Publicación de 16 de septiembre de 2006

NAYARIT Ley que crea el consejo Estatal de Archivos Históricos del Estado. Publicación de 29 de febrero de 1956 Ley de Protección y Conservación de Archivos del Estado de Nayarit. Publicación de 17 de julio de 1957

NUEVO LEON

OAXACA Ley que Establece el Archivo General de Notarias y del Registro Público de la Propiedad perteneciente al Estado. Publicación de 23 de diciembre de 1933

Ley de Archivos del estado de Oaxaca. Publicación 19 de julio de 2008

PUEBLA Ley de Archivos del Estado de Puebla. Promulgación 3 de diciembre de 2009.

(6)

 

5

QUINTANA ROO Ley de Sistema de Documentación para el Estado de Quintana Roo. Publicación 28 de diciembre de 2001.

SAN LUIS POTOSÍ SINALOA

SONORA Ley que Regula la Administración de Documentos Administrativos e Históricos. Publicación 25 de abril de 1996.

TABASCO Ley de Archivos Públicos del Estado de Tabasco. Promulgación 9 de diciembre de 2008.

TAMAULIPAS

TLAXCALA Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala. Publicación 17 de diciembre de 2003

VERACRUZ Ley de Documentos Administrativos e Históricos del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.

Publicación 27 de diciembre de 1990

YUCATAN Ley del Sistema Estatal de Archivos de Yucatán. Publicación 22 de agosto de 1986

ZACATECAS Ley del Sistema Estatal de Archivos de Zacatecas. Promulgación 27 de octubre de 1987

   

(7)

 

6

CUADRO COMPARATIVO DE LA ESTRUCTURA NORMATIVA (INDICE) DE LAS DISPOSICIONES DE ARCHIVOS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.

Aguascalientes Baja California Baja California Sur

Ley del Sistema Estatal de Archivos

de Aguascalientes2

Ley General de Administración Documental para el Estado de Baja California3

Ley del Sistema Estatal de Archivos del Estado4

Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II De su Integración y Funcionamiento Transitorios Titulo Primero Capítulo I Disposiciones Generales Titulo Segundo CapítuloI De la Administración Documental Capítulo II

Del Sistema Estatal de Documentación

Título Tercero Capítulo I

De las Autoridades

Capítulo II

Del Consejo Estatal de Archivos

Titulo Cuarto Capítulo I

De la Comisión de Valoración

Capítulo II

Del Procedimiento para la Disposición Final de la Documentación

Titulo Quinto Capítulo I

De las Bases para los Municipios

Titulo Sexto CapituloPrimero Disposiciones Generales Capitulo Segundo De sus Objetivos Capítulo Tercero De su Integración y Funcionamiento Transitorios        2

Localizada en la dirección de Internet:

http://iil.congresoags.gob.mx/legislacion/LEY%20DEL%20SISTEMA%20ESTATAL%20DE%20ARCHIVOS/TEXTO%20VIGENTE/TV_SISTEMA%20EST ATAL%20DE%20ARCHIVOS.pdf

3

Localizada en la dirección de Internet:

http://www.congresobc.gob.mx/legislacionEstatal/Parlamentarias/TomosPDF/Leyes/TOMO_I/Leygenadoc_10SEP2010.pdf

4

Localizada en la dirección de Internet:

(8)

 

7

Capítulo I

De las Infracciones y Sanciones

Capítulo II

De los Recursos

Transitorios

Campeche Coahuila Colima

Ley de Archivos del Estado de Campeche5 Ley de Archivos Públicos para el Estado de

Coahuila Zaragoza6

Ley de Archivos Del Estado de Colima7

Título Primero

Disposiciones Generales

Capítulo Único Título Segundo

De la Administración de Archivos y Documentos

Capítulo I

Disposiciones Comunes a los Archivos

Capítulo II

De los Archivos de Trámite y de Concentración

Capítulo III

De los Archivos Históricos

Título tercero

Del Archivo General del Estado de Campeche

Capítulo I

De sus Objetivos

Capítulo II

De sus Atribuciones y Funcionamiento

Título Cuarto

Del Sistema Estatal de Archivos

Capítulo Único Título Quinto

De las Responsabilidades y Sanciones

Capítulo Único Transitorios Capítulo Primero Disposiciones Generales Capítulo Segundo Catálogo de Definiciones Capítulo Tercero

De las Unidades Documentales

Capítulo Cuarto

De la Administración de Documentos Públicos

Capítulo Quinto

De los Documentos de Interés Público en posesión de particulares

Capítulo Sexto Sección Primera

Del Sistema Estatal de Documentación

Sección Segunda

Del Comité Técnico de Documentación

Capítulo Séptimo

Del Archivo General del Estado de Coahuila

Capítulo Octavo Sección Primera

De la Comisión de Depuración y Eliminación de Documentos

Sección Segunda

Del Proceso de Depuración de los Archivos Públicos

Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II De la organización y el funcionamiento Capítulo III De los Documentos Electrónicos Capítulo IV De la Conservación de los Archivos Capitulo V

Del Sistema Estatal de Archivos Capítulo VI De las Infracciones y sanciones Transitorios        5

Localizada en la dirección de Internet: http://www.congresocam.gob.mx/LX/index.php?option=com_jdownloads&Itemid=0&task=finish&cid=2611&catid=4

6

Localizada en la dirección de Internet: http://www.congresocoahuila.gob.mx/index.cfm/mod.legislacion_archivo/dir.LeyesEstatalesVigentes/index.coah

7

(9)

 

8

Capítulo Noveno

De las Infracciones y Sanciones

T r a n s i t o r i o s

Chiapas Chihuahua Distrito Federal

Ley del Sistema Estatal de Archivos8

Ley General del Sistema de Documentación e Información Pública del Estado de Chihuahua9

Ley de Archivos del Distrito Federal10

Capítulo I

DisposicionesGenerales

Capítulo II

De los Objetivos del Sistema Estatal de Archivos

Capítulo III

De los Órganos que integran el Sistema Estatal de Archivos

Capítulo IV

Del Consejo Estatal de Archivos

Capitulo V

Del Archivo General del Estado

Capítulo VI

De los Comités Técnicos

Capítulo VII Disposiciones finales Transitorios Capitulo Primero DisposicionesGenerales Capitulo Segundo Delaadministracióndedocumentos Capítulo Tercero

Del Sistema de Documentación e Información Pública del Estado de Chihuahua

Capítulo Cuarto

De la Organización del Sistema

Sección Primera

Del Comité Técnico de Documentación

Sección Segunda

De la Comisión de Validación de Documentos

Capitulo Quinto

Del Instituto Chihuahuense de la Cultura

Capitulo Sexto

De las Infracciones y Sanciones

Artículostransitorios

Titulo Primero

Disposiciones Generales

Capítulo I

DelObjetoydel Ámbito de aplicación de la presente Ley

Capítulo II

Del Patrimonio Documental del Distrito Federal

Titulo Segundo

De la Organización y Funcionamiento de los Sistemas Institucionales de Archivos del Distrito Federal

Capítulo I

De la denominación de los Archivos

Capítulo II

De la organización y composición de los Sistemas Institucionales de Archivos

Capítulo III

De las funciones y componentes del Sistema

Capítulo IV

De los Procesos documentales y Archivísticos

Capitulo V

De los instrumentos de control Archivístico

Capítulo VI

De los documentos Electrónicos

Capítulo VII

De los Programas de Desarrollo Archivístico       

8

Localizada en la dirección de Internet: http://www.congresochiapas.gob.mx/images/legislacion/leyes/45.pdf

9

Localizada en la dirección de Internet: http://www.congresochihuahua.gob.mx/gestorbiblioteca/gestorleyes/archivosLeyes/155.pdf

10

(10)

 

9

Capítulo VIII

Del Archivo Histórico del Distrito Federal

Capítulo IX

Del Manejo de Archivos de entes públicos extinguidos

Título Tercero

De los Recursos Archivísticos

Capítulo I

De los Recursos Humanos

Capítulo II

De los Edificios e Infraestructura de los Archivos

Titulo Cuarto

De los Mecanismos de Coordinación y Comunicación Archivista en el Distrito Federal

Capítulo I

Del Consejo General de Archivos del Distrito Federal

Capítulo II

De las Atribuciones del Consejo

Capítulo II

De la red de Archivos del Distrito Federal

Titulo Quinto

De las Sanciones

Capitulo único Transitorios

Guanajuato Guerrero Hidalgo

Ley de Archivos Generales del Estado y Municipios11

Ley de Archivos Generales del Estado Libre y Soberano 12

Ley de Archivos del Estado13

Capitulo Primero

De las Disposiciones Generales

Capítulo Segundo

Del Patrimonio Documental

Capítulo Tercero Capitulo Primero Disposiciones Generales Capitulo Segundo De su Administración y Funcionamiento Capítulo Tercero Capítulo I Objeto y Definiciones Capítulo II Principios Generales Capítulo III        11

Localizada en la dirección de Internet: http://www.congresogto.gob.mx/legislacion/Leyes/acrobat/archivos.pdf

12

Localizada en la dirección de Internet: http://guerrero.gob.mx/wp-content/uploads/leyesyreglamentos/781/L875AGELSG.pdf

13

(11)

 

10 Del Funcionamiento de los Archivos

Generales

Capítulo Cuarto

De las Atribuciones de los Responsables de los Archivos Generales

Capitulo Quinto

De la Conservación y Organización de los Archivos

Capitulo Sexto

De la Consulta de los Archivos

Capitulo Séptimo

De la naturaleza y objetivos del Sistema estatal de archivos generales de Guanajuato

Capitulo Octavo

De los documentos en posesión de Particulares

Capitulo Noveno

De las Infracciones y Sanciones

Transitorios

Del Sistema Estatal de Archivos

Capítulo Cuarto

Del Consejo Estatal de Archivos

Capitulo Quinto

De la Coordinación del Sistema Estatal de Archivos

Capitulo Sexto

De las Responsabilidades y Sanciones

Transitorios

De la Administración Documental

Capítulo IV

De la Organización y el Funcionamiento

Capitulo V

De la Conservación de los Archivos

Capítulo VI

Del Sistema Estatal de Archivos

Capítulo VII

Del Consejo Estatal de Archivos

Capítulo VIII

El Órgano Rector

Capitulo IX

De los Comités Técnicos de Archivo

Capitulo X

De las Infracciones y Sanciones

Transitorios

Jalisco Estado de México Michoacán

Ley que regula la Administración de Documentos Públicos e Históricos del Estado de Jalisco14

Ley de Documentos Administrativos e Históricos del Estado

de México15

Ley de Archivos administrativos e Históricos del Estado

de Michoacán de Ocampo y sus Municipios16 Titulo Primero Lineamientos Generales Capítulo I

De las Disposiciones Generales

Capítulo II

Del Patrimonio Documental Público Histórico y Reservado

Capitulo Primero

Disposiciones Generales

Capitulo Segundo

De la Administración de Documentos de los Sujetos Públicos. Título I Disposiciones Generales Capitulo Único Disposiciones Generales Título II De la Administración de        14

Localizada en la dirección de Internet: http://congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/busquedasleyes/Listado.cfm#arriba

15

Localizada en la dirección de Internet: http://www.infosap.com.mx/Actividad/legislacion/leyes/pdf/LEY-20-.pdf

16

(12)

 

11

Titulo Segundo

De la Administración de Documentos de Interés Publico Histórico y Reservado

Capítulo I

De la Administración de Documentos de Interés Publico Histórico y Reservado

Capítulo II

Del Uso y Difusión de los Documentos de Interés Publico

Título Tercero

De los Archivos Históricos, Generales y de los Documentos de valor Histórico de los Particulares

Capítulo I

De los Archivos Generales

Capítulo II

De los Documentos de Valor Histórico bajo la posesión, propiedad o custodia de los Particulares

Titulo Cuarto

Del Sistema Estatal de Documentación y Archivos Públicos

Capítulo I

De los Fines del Sistema Estatal

Capítulo II

Del Comité Técnico de Documentación

Capítulo III

De las sesiones del Comité Técnico del Sistema Estatal

Capítulo IV

De las Obligaciones de los Integrantes del Comité Técnico

Capitulo V

De la Comisión Dictaminadora de Depuración de documentos del Consejo Consultivo

Titulo Quinto

Del Patrimonio del Sistema Estatal

Capitulo Único Titulo Sexto

De las Infracciones, Sanciones y Recursos

Capitulo Único

De las Infracciones, Sanciones y Recursos

Transitorios

Capítulo Tercero

Del Sistema Estatal de Documentación

Capítulo Cuarto

De la Organización del sistema

Capitulo Quinto

De las Unidades del Sistema Estatal de Documentación Capitulo Sexto Infracciones y Sanciones Transitorios Archivos y Documentos Capítulo I Disposiciones comunes a los Archivos Capítulo II De los Archivos de Tramite y Concentración Capítulo III

De los Archivos Históricos

Capítulo V17

Del Sistema Estatal de Archivos de Michoacán Título III De las Responsabilidades y Sanciones Administrativas Capitulo Único Responsabilidades y Sanciones Administrativas Transitorios        17

(13)

 

12

Morelos Nayarit Oaxaca

Ley Estatal de Documentación y Archivos de Morelos18 Ley de Protección y

Conservación de Archivos del Estado de Nayarit19

Ley de Archivos del Estado de Oaxaca20

Título I Capítulo I

Disposiciones Generales

Capítulo II

De las Unidades Documentales

Capítulo III

De la Administración de Documentos

Capítulo IV

Del Sistema Estatal de Documentación y Archivos

Capítulo V

Del Área Coordinadora de Archivo

Capítulo VI

Del Archivo Histórico

Capítulo VII

Del proceso de Transferencia Documental en lo General

Capítulo VIII

Del Proceso de Depuración Documental

Capítulo IX

De los Instrumentos para la Gestión de Archivos

Capítulo X

De los Sistemas de Respaldo Documental

Capítulo XI

De la Conservación de los Archivos

Título II

De la Organización Archivística en los Sujetos Obligados y de Valores Documentales

Capítulo I

En los Ayuntamientos

Capítulo I

Del Objeto de esta Ley y su Aplicación

Capítulo II

De los Archivos Oficiales

Capítulo III

De las obligaciones de los encargados de archivo

Capítulo IV

De los documentos Históricos

Capitulo V De la Exportación de Documentos Capítulo VI Disposiciones Penales Capítulo VII Disposiciones Generales Transitorio Único Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II

Del Patrimonio Documental

Capítulo III

De los Archivos

Capítulo IV

Del Sistema Estatal de Archivos

Capitulo V

De las Infracciones y Sanciones

Transitorios

      

18

Localizada en la dirección de Internet: http://www.congresomorelos.gob.mx/leyes/files/51LEY%20ESTATAL%20DE%20DOCUMENTACION%20Y%20ARCHIVOS%20DE%20MORELOS.pdf

19

Localizada en la dirección de Internet http://www.congresonay.gob.mx/files/1249023363.pdf 

20

(14)

  13 Capítulo III En el Poder Ejecutivo Capítulo III En el Poder Legislativo Capítulo IV En el Poder Judicial Capitulo V

En los Órganos Autónomos

Título III

De los Documentos de Interés Público en Posesión de Particulares

Título IV

De las Infracciones y Sanciones

Título V

Medidas de Apremio, Infracciones y Sanciones

Transitorios

Puebla Querétaro Quintana Roo

Ley de Archivos del Estado de Puebla21

Ley de Archivos del Estado de Querétaro22 Ley del Sistema de Documentación

para el Estado de Quintana Roo23

Capítulo I

De las Disposiciones Generales

Capítulo II

De la Administración de archivos

Sección I

De la Organización de los Archivos

Sección II

De la Protección del Documento

Sección III

De los Archivos Electrónicos

Capítulo III

Del Sistema Estatal de Archivos

Capítulo IV Titulo Primero Disposiciones Generales Capitulo Único Naturaleza y Objeto Titulo Segundo

Sistema Estatal de Archivos

Capitulo Primero

Del Sistema

Capitulo Segundo

De la Comisión Estatal de Archivos

Capítulo Tercero

De la Dirección Estatal de Archivos

Sección Primera

Capítulo I

Disposiciones Generales

Capítulo II

Del Sistema Quintanarroense de Documentación y sus Objetivos

Capítulo III

De los Órganos que integran el Sistema Quintanarroense de Documentación

Capítulo IV

Del Archivo General del Estado de Quintana Roo

Capitulo V

Del Consejo Técnico de Documentación       

21

Localizada en la dirección de Internet: http://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=25&Itemid=68

22

Localizada en la dirección de Internet: http://www.legislaturaqro.gob.mx/files/leyes/Ley%20de%20Archivos%20del%20Estado%20de%20Queretaro.pdf

23

(15)

 

14 Del Archivo General del Estado

Capítulo V

Del Registro Documental del Estado

Capítulo VI

De los Acervos Privados

Capítulo VII

De las Infracciones y Sanciones

Transitorios

Del Archivo General del Estado

Sección Segunda

Del Archivo Histórico del Estado

Sección Tercera

De la unidad de concentración de Órganos Autónomos y entidades Descentralizadas

Capítulo Cuarto

De los Comités Técnicos

Capitulo Quinto

De las Unidades de Concentración

Capitulo Sexto

De los Archivos de Trámite

Título Tercero

De la Administración de Documentos

Capitulo Primero

De la Administración de Documentos

Capitulo Segundo

Del Manejo de los acervos Documentales

Transitorios

Capítulo VI

De la Comisión Dictaminadora de Valoración Histórica y Depuración Documental

Capítulo VII

De las Unidades Documentales del Sistema Quintanarroense de Documentación

Capítulo VIII

De la Administración de Documentos

Capitulo IX

De las Infracciones y Sanciones

Transitorios

SONORA TABASCO TLAXCALA

Ley que regula la Administración de Documentos Administrativos e

Históricos24

Ley de Archivos Públicos del Estado de Tabasco25 Ley de Archivos del

Estado de Tlaxcala26

Titulo Primero

Disposiciones Preliminares

Capitulo Único

De las Disposiciones Preliminares

Titulo Segundo

De la Administración de Documentos

Capítulo I

De la Integración y Organización de los

Capitulo Primero

Disposiciones Generales

Capítulo Segundo

De la Organización de los Archivos

Sección Primera Bases Generales Sección Segunda De la Gestión Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II

De los Archivos Generales de las Entidades Públicas

Capítulo III

De la Clasificación y funcionamiento de los       

24

Localizada en la dirección de Internet: http://www.congresoson.gob.mx/Leyes_Archivos/doc_114.pdf

25

Localizada en la dirección de Internet:

http://www.congresotabasco.gob.mx/60legislatura/trabajo_legislativo/pdfs/leyes/Ley%20de%20Archivos%20Publicos%20del%20Estado%20de%20Tabasco.pdf

26

(16)

 

15 Archivos Públicos

Capítulo II

De la Consulta a los Archivos Públicos

Título Tercero

Del Sistema Estatal de Archivos Públicos

Capítulo I

De los Archivos Generales

Capítulo II

Del Sistema Estatal de Archivos Públicos

Capítulo III

De las relaciones del Sistema Estatal de Archivos Públicos con los Archivos Particulares

Titulo Cuarto

De las Infracciones, Sanciones y Recursos

Capitulo Único

De las Infracciones, Sanciones y Recursos

Transitorios

Documental

Sección Tercera

De los Archivos de Tramite

Sección Cuarta

De los Archivos en Concentración

Sección Quinta

De los Archivos Históricos

Sección Sexta

De los Archivos de las Personas de Derecho Privado

Capítulo Tercero

De los Documentos Públicos en Posesión de Particulares

Capítulo Cuarto

Del Sistema Estatal de Archivos

Sección Primera

De los integrantes del Sistema Estatal de Archivos

Sección Segunda

De los Objetivos de sus Integrantes

Sección Tercera

De la Composición y Atribuciones de los Integrantes

Capitulo Quinto

De las Infracciones y Sanciones

Transitorios

Archivos

Capítulo IV

De las Sanciones

Transitorios

Veracruz Yucatán Zacatecas

Ley de Documentos Administrativos e Históricos del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave27

Ley del Sistema Estatal de Archivos

del Estado de Yucatán28

Ley del Sistema Estatal de Archivos

de Zacatecas29

Titulo Primero

De los Documentos Administrativos e Históricos

Titulo Segundo

Del Sistema Estatal de Archivos

Capítulo I Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II De sus Objetivos Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II De la Integración y        27

Localizadas en la dirección de Internet: http://www.legisver.gob.mx/leyes/LeyesPDF/LeyDocAdmvosEHist.pdf

28

Localizada en la dirección de Internet: http://www.congresoyucatan.gob.mx/pdf/LEY_SISTEMA_ESTATAL_ARCHIVOS.pdf

29

(17)

  16 De sus Objetivos Capítulo II De su Integración Capítulo III De su Organización Título Tercero

Del Archivo General del Estado

Capítulo I

De sus Objetivos

Capítulo II

De su Organización

Titulo Cuarto

De los Archivos del Estado

Capítulo I De su Organización y Funcionamiento Capítulo II De las Prohibiciones Transitorios capítulo III De su Integración Transitorio

objetivos del Sistema Estatal de Archivos

(18)

 

17 Datos Relevantes.

De acuerdo a los lineamientos expuestos por cada una de las dependencias en materia de Archivos, es importante destacar lo siguiente:

En relación a las Disposiciones Generales la mayoría de las entidades, con

excepción de Hidalgo, Nayarit y Veracruz, contemplan un apartado respectivo.

En cuanto al apartado correspondiente de la Administración de Archivos, cada una

las entidades contemplan como regulación específica la siguiente:

• Las entidades de Campeche y Michoacán hacen referencia a la Administración de

Archivos yDocumentos.

• Las entidades de Coahuila y Morelos se refieren a la Administración de

Documentos Públicos.

• Las entidades de Chihuahua, Hidalgo, Morelos, Querétaro, Quintana Roo y

Sonora, hacen alusión a la Administración de Documentos.

• La entidad de Jalisco establece lo referente a la Administración de Documentosde

interés Público Histórico.

• El Estado de México se refiere a la Administración de Documentos de los Sujetos Públicos.

• La entidad de Puebla refiere a la Administración de Archivos.

Los lineamientos legales de las entidades de Campeche y Coahuila consideran un

Catalogo de Disposiciones Comunes.

Las disposiciones que enuncian lo concerniente al Archivo General, son las entidades

de Campeche, Coahuila, Chiapas, Jalisco, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sonora,

Tlaxcala y Veracruz.

Las disposiciones de Campeche, Colima, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Michoacán,

Oaxaca, Puebla, Querétaro, Sonora, Tabasco, Veracruz y Zacatecas establecen

lineamientos generales respecto al Sistema Estatal de Archivos.30

Las entidades de Baja California, Coahuila, Estado de México, Quintana Roo,

coinciden en establecer una regulación respecto a un Sistema de Documentación; mientras

que la entidad de Morelos regula lo correspondiente a un Sistema Estatal de

Documentación y Archivos.

Las entidades de Chihuahua y Jalisco consideran en su regulación un Sistema de

Documentación e Información Pública del Estado; en el caso de la entidad de Morelos

contempla una normatividad respecto al Sistema Estatalde Documentación y Archivos.

El Distrito Federal contempla en su estructura normativa lo concerniente a los

Mecanismos de Coordinación y Comunicación Archivística.

      

30

Se considera importante, señalar que a pesar de que las entidades de Aguascalientes y Baja California Sur no disponen en su estructura normativa ninguna circunstancia respecto del Sistema Estatal de Archivos, si lo regula en su contenido.

(19)

 

18

La entidad de Guerrero establece como regulación la Coordinación del Sistema

Estatal de Archivos.

El estado de Morelos regula un lineamiento denominado de la Organización

Archivística en los Sujetos Obligados y de Valores Documentales, de los Municipios, del Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Órganos autónomos del Estado.

Las entidades de Baja California, Coahuila, Colima, Chihuahua, Guanajuato,

Hidalgo, Estado de México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo y Tabasco,

establecen lineamientos respecto a las Infracciones y Sanciones; en el caso de Campeche

y Guerrero, contempla la regulación de las Responsabilidades y Sanciones; por otra parte el Distrito Federal y Tlaxcala contemplan disposiciones únicamente de Sanciones.

El Estado de Jalisco y Sonora regula lo concerniente a las Infracciones, Sanciones

y Recursos.

El Estado de Michoacán refiere a la regulación de Responsabilidades y Sanciones

(20)

 

19 

CUADRO COMPARATIVO A NIVEL ESTATAL RESPECTO AL OBJETO DE CADA UNA DE LAS DISPOSICIONES

DE LEY EN MATERIA DE ARCHIVOS.

Baja California Campeche Coahuila

Ley General de Administración Documental para el Estado de Baja

California.

Ley de Archivos del Estado de Campeche Ley de Archivos Públicos para el

Estado de Coahuila de Zaragoza Articulo 1.-La presente Ley es de interés

general y de orden público y tiene como objeto establecer las bases para la

coordinación, organización y

funcionamiento de los archivos de

documentos históricos y de interés público

de las siguientes instituciones públicas y privadas:

I.PoderEjecutivo del Estado; II.- Poder Legislativo del Estado; III.- Poder Judicial del Estado;.

IV.-Organismos Autónomos o Descentralizados Estatales;

V.-Empresas de Participacion Estatal; VI.-Fideicomisos Estatales; y

VII.- Personas fisicas o morales, asi como Ayuntamientos que se adhieran al Sistema Estatal de Documentación.

A los Organismos con autonomía constitucional les aplicarán las disposiciones de esta Ley en lo que no se contraponga a los ordenamientos que los rigen.

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés general, con aplicación en todo el territorio del Estado y tiene por objeto:

I. Normar la administración de los documentos generados o recibidos por los Entes Públicos en el ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias; II. Regular la organización y funcionamiento de los archivos públicos, administrativos

e históricos; y

III. Establecer los mecanismos de coordinación entre los Municipios, el Estado y la Federación para la conservación del Patrimonio Documental del Estado de Campeche.

Artículo 1. La presente ley es de

orden público e interés general y tiene por objeto regular la administración, manejo, resguardo y coordinación de los archivos y documentos de

interés público en el Estado de

Coahuila, así como establecer el

Sistema Estatal de Documentación.

Colima Chiapas Chihuahua

Ley de Archivos del Estado de Colima

Ley del Sistema Estatal de Archivos del Estado de Chiapas

Ley General del Sistema de Documentación e Información Pública

del Estado de Chihuahua Artículo 1°.- La presente ley es

de orden público e interés

Articulo 1o.- La presente ley tiene por objeto establecer las normas que regularan la organización institucional para

Artículo 1o. La presente ley es de interés general y orden público, y tiene por objeto

(21)

 

20 

social, tiene por objeto el

ordenamiento, la generación,

organización, preservación,

conservación y difusión de los documentos que constituyen el patrimonio histórico, cultural y administrativo del Estado de

Colima, que integran los

archivos de los Poderes

Legislativo, Ejecutivo y

Judicial, las administraciones

públicas municipales, los

organismos descentralizados,

de ambos órdenes de gobierno

y las instituciones sociales y privadas de la entidad, que se adhieran al Sistema Estatal de Archivos.

establecer la coordinación, cooperación y concertación

de acciones de los poderes ejecutivo, legislativo y

judicial del estado, así como los sectores social y

privado, a través de un sistema estatal, que permita la modernización y homogeneización de criterios, técnicas y mecanismos para la protección física, rescate, organización, control y difusión de los documentos históricos y de los derivados de la gestión gubernativa del estado, así como para la consulta de los mismos y la presentación del servicio público en el rubro.

Para los efectos de esta ley, se entenderá por "sistema" o "sistema estatal", el sistema estatal de archivos de Chiapas.

El gobernador del estado tendrá a su cargo la facultad reglamentaria de esta ley.

normar, regular y coordinar las bibliotecas

públicas y la administración de los

documentos de interés público del Estado de Chihuahua a través del Sistema de Documentación e Información Pública del mismo.

Distrito Federal Guanajuato Guerrero

Ley de Archivos del Distrito Federal Ley de Archivos Generales del

Estado y Municipios de Guanajuato

Ley de Archivos Generales del Estado Libre y Soberano de Guerrero Artículo 1. Las disposiciones contenidas en la

presente ley son de orden público e interés general y tienen por objeto regular el funcionamiento, la

integración y administración de documentos y los

archivos en posesión de la Administración Pública del Distrito Federal, Órgano Legislativo,

Órgano Judicial y Organismos Públicos

Autónomos del Distrito Federal, así como

establecer las bases para la coordinación,

organización y funcionamiento de los Sistemas Institucionales de archivos de los entes públicos obligados conforme a esta ley, así como del Consejo General de Archivos del Distrito Federal.

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés general y tiene por objeto establecer las bases de la

coordinación, organización y

funcionamiento de los archivos

generales de los sujetos obligados

conforme a esta ley, así como del Sistema Estatal de Archivos Generales de Guanajuato.

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés social, tiene por objeto el

ordenamiento, preservación, información,

estudio y difusión de los documentos que constituyen el patrimonio, histórico, cultural y administrativo de las dependencias, organismos, empresas y entidades de los poderes del Estado del Guerrero y sus Municipios.

(22)

 

21 

Hidalgo Jalisco Estado de México

Ley de Archivos del Estado de Hidalgo Ley que regula la Administración de Documentos Públicos e Históricos del

Estado de Jalisco

Ley de Documentos Administrativos e Históricos del Estado de México

Artículo 1. La presente Ley y sus

disposiciones reglamentarias, son de orden

público e interés social y tienen por objeto la

organización, administración,

conservación, restauración y difusión de los documentos que constituyen el patrimonio histórico, cultural y administrativo del Estado, que integran los Archivos de los

Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los Ayuntamientos, las Entidades Públicas

de ambos Órdenes de Gobierno, Órganos Autónomos y las Instituciones Sociales y

Privadas de la Entidad, que se adhieran al Sistema Estatal de Archivos.

Artículo 1º.- La presente Ley es de orden e interés público, sus disposiciones son de observancia general y tiene por objeto:

I. Regular la administración, manejo, cuidado y

consulta de los documentos públicos e

históricos que estén a cargo de los poderes

del estado, de los municipios y demás

dependencias de la administración pública; II. Se deroga;

III. Determinar la creación, reproducción, conservación, restauración, depuración y eliminación de los documentos públicos de carácter oficial e histórico, según sea el caso y que estén a cargo de los poderes del estado, de los municipios y demás dependencias de la administración pública;

IV. Disponer las obligaciones y sanciones administrativas generales para los servidores públicos que tengan a su cargo el manejo, cuidado y custodia de los documentos públicos;

V. Establecer el Registro del Patrimonio Documental del Estado; e

VI. Instituir al Sistema Estatal de Documentación y Archivos Públicos.

Artículo 1.- La presente Ley, es de Orden Público e Interés Social y tiene por objeto

normar y regular la Administración de

Documentos Administrativos e Históricos

de los Poderes del Estado, Municipios y

Organismos Auxiliares. Se entiende por

documento, cualquier objeto que pueda dar constancia de un hecho.

Michoacán Morelos Nayarit

Ley de Archivos Administrativos e Históricos del Estado de Michoacán de

Ocampo y sus Municipios

Ley Estatal de Documentación y Archivos de Morelos

Ley de Protección y Conservación de Archivos del Estado de Nayarit Artículo 1º. La presente Ley es de orden

público e interés social y tiene por objeto

normar y regular la administración de los

1.- La presente Ley es de observancia general en el Estado de Morelos; sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen

Articulo 1o.- El objeto de la presente Ley, es la protección y conservación de Archivos

(23)

 

22  archivos, así como la preservación,

conservación y difusión de los documentos y del patrimonio documental del Sector Público del Estado de Michoacán de Ocampo y sus Municipios, así como todos aquellos cuyo contenido tenga un interés histórico.

por objeto:

I.- Establecer los criterios generales en materia de coordinación, administración y

conservación archivística de toda la

documentación en poder de los sujetos obligados por la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos; e

II. Implementar los instrumentos de sistematización de los archivos de gestión e histórico en los términos que marca la Ley.

que constituyen el patrimonio histórico del Estado.

Oaxaca Puebla Querétaro

Ley de Archivos del Estado de Oaxaca Ley de Archivos del Estado de Puebla Ley de Archivos del Estado de

Querétaro Artículo 1.- La presente Ley es de orden

público e interés general y tiene por objeto

normar la administración de los

documentos, regular la organización,

funcionamiento, restauración,

conservación y difusión de los archivos de

los sujetos obligados; fomentar el

resguardo, difusión y acceso de archivos privados de especial relevancia histórica, social, técnica, científica o cultural, así como establecer las bases para la creación y operación del Sistema Estatal de Archivos.

Artículo 1. La presente Ley es de orden

público, de observancia obligatoria en el Estado de Puebla y tiene por objeto:

I. Regular la administración de los archivos en posesión de los poderes y órganos autónomos del Estado de Puebla, así como de los ayuntamientos;

II. Establecer un Sistema Estatal de Archivos dotado de los mecanismos de acción y coordinación necesarios para conducir a la

homogeneización, organización, modernización, conservación, preservación,

protección, rescate y control de los archivos en la Entidad, y

III. Promover la creación, difusión, conservación y consulta de archivos privados de relevancia para el Estado.

Artículo 1. La presente Ley es de orden

público y tiene por objeto normar, ordenar y

coordinar la administración de los procesos de archivo, respecto de la información que se genere por los Poderes del Estado, los municipios, las entidades paraestatales y paramunicipales, los órganos constitucionales autónomos, los organismos

descentralizados y los demás entes

públicos y privados que, por su función o actividad, generen o resguarden documentos que deban formar parte del archivo del Estado.

Se declara de interés público la generación, organización, administración, preservación, conservación y difusión de los documentos que constituyen la memoria de la administración pública y el patrimonio histórico y cultural de la Entidad.

(24)

 

23 

Quintana Roo Sonora Tabasco

Ley de Sistema de Documentación para el Estado de Quintana Roo

Ley que regula la Administración de Documentos

Administrativos e históricos

Ley de Archivos Públicos del Estado de Tabasco

Artículo 1°.- La presente ley es de interés general y observancia obligatoria en el Estado de Quintana Roo, tiene por objeto establecer

las normas que regulan la organización

institucional para establecer la coordinación,

cooperación y concertación de acciones de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial del Estado, así como de los municipios y de los sectores social y privado a través de

un Sistema Estatal, que permita la

modernización y homogeneización de criterios, técnicas y mecanismos para la protección física, rescate, organización, control y difusión de los documentos históricos y de los derivados de la gestión gubernativa del Estado, así como para la consulta de los mismos y la presentación del servicio público en el ramo.

Articulo 1o.- La presente Ley es de orden público e interés social, y tiene por objeto: I. Regular la administración de documentos

administrativos e históricos de los poderes del Estado, de las Entidades de la administración pública paraestatal y de los Municipios, y II. Establecer las bases del Sistema Estatal de Archivos Públicos.

Artículo 1. La presente Ley es de orden

público e interés social, de observancia obligatoria en todo el Estado en materia de archivos públicos y documentación pública; tiene por objeto:

I. Regular la administración, manejo, resguardo, conservación, preservación y

coordinación de los archivos y documentos de interés público en el estado de Tabasco;

II. Establecer los mecanismos para dar difusión oportuna, veraz y objetiva a los documentos generados por las entidades públicas a que se refiere esta Ley, con el propósito de que las personas conozcan la vida política, económica, cultural y social del Estado;

III. Regular el funcionamiento del Sistema Estatal de Archivos; y

IV. Establecer las bases y directrices a que habrán de sujetarse las entidades públicas a que se refiere esta Ley, para la protección, uso y disposición de los documentos de interés público.

(25)

 

24 

Tlaxcala Veracruz Zacatecas

Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala Ley de Documentos Administrativos e

Históricos del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave

Ley del Sistema Estatal de Archivos de Zacatecas

Articulo 1. Las disposiciones de esta ley tiene por objeto regular el sistema de archivos en el estado de Tlaxcala.

Artículo 2°.-La presente Ley tiene por objeto regular la Administración de Documentos Administrativos e Históricos de los Poderes del Estado y de los Municipios.

Artículo Primero

Las disposiciones de la presente Ley rigen la

preservación, conservación, clasificación y difusión del patrimonio documental, histórico y administrativo de la entidad y su uniforme e integral manejo.

(26)

 

25 

Datos Relevantes.

De acuerdo a los lineamientos expuestos por las Entidades Federativas respecto

al objeto que persiguen sus disposiciones en materia de Archivos, se considera

necesario establecer lo siguiente:

Como primera circunstancia es importante señalar que las entidades de

Oaxaca

,

Quintana Roo

y

Tabasco

establecen que son de observancia obligatoria sus

disposiciones; en el caso de la entidad de

Morelos

señala la disposición deberá ser de

observancia general en el Estado.

Respecto a los términos de

interés general

, interés

social

,

orden público

u

orden general

se establece:

Las entidades de

Baja California

,

Chihuahua

, enuncian que sus ordenamientos

son de

interés general y de orden público

.

Las entidades de

Campeche

,

Coahuila

,

Guerrero

y Jalisco

establecen que sus

disposiciones son de

orden público e interés general

.

Las entidades de

Colima, Hidalgo, Estado de México, Michoacán

,

Morelos

,

Sonora

y

Tabasco

indican que será de

orden

público e interés social

.

El

Distrito Federal, Guanajuato

,

Oaxaca

,

señalan que será de

orden público e

interés general

.

Las entidades de

Puebla

y

Querétaro

mencionan que sus disposiciones serán de

orden público.

La

entidad

de

Quintana Roo

menciona que su disposición es de interés general y

observancia obligatoria.

De acuerdo a los lineamientos expuestos por cada una de las disposiciones en

particular, se considera que objeto de cada una de las disposiciones tiene como

fundamento prioritario la administración, cuidado, manejo, conservación, difusión, etc.,

de cada uno de los documentos públicos que constituyen el patrimonio histórico, cultural

y administrativo de cada entidad. Sin embargo, por la importancia que representa en

particular en cada uno de ellos a continuación se establece:

Entidad Objeto Primordial

Baja California Establecer bases para la coordinación, organización y funcionamiento de los archivos de documentos históricos y de interés público de las instituciones públicas y privadas

Campeche Normar la administración de los documentos generados o recibidos por los Entes Públicos en el ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias.

(27)

 

26 

Regular la organización y funcionamiento de los archivos públicos, administrativos e históricos.

Establecer los mecanismos de coordinación entre los Municipios, el

Estado y la Federación para la conservación del Patrimonio Documental del Estado.

Coahuila Regular la administración, manejo, resguardo y coordinación de los archivos y documentos de interés público en el Estado.

Colima Organizar, preservar, conservar y difundir los documentos que constituye el patrimonio histórico, cultural y administrativo del Estado que integran los archivos de los Poderes Legislativos, Ejecutivo y Judicial, las administraciones públicas municipales, los organismos descentralizados, de ambos órdenes de gobierno y las instituciones sociales y privadas de la entidad, que se adhieran al Sistema Estatal de Archivos.

Chiapas Establecer normas para regular la organización institucional para establecer la coordinación, cooperación y concertación de acciones de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial del estado, así como los sectores social y privado, a través de un Sistema Estatal, que permita la modernización y homogeneización de criterios, técnicas y mecanismos para la protección física, rescate, organización, control y difusión de los documentos históricos y de los derivados de la gestión gubernativa del estado, así como para la consulta de los mismos y la presentación del servicio público en el rubro.

Chihuahua Normar, regular y coordinar las bibliotecas públicas y la administración de los documentos de interés público del Estado a través del Sistema de Documentación e Información Pública del mismo.

Distrito Federal Regular el funcionamiento, la integración y administración de documentos y los archivos en posesión de la Administración Pública del Distrito Federal, Órgano Legislativo, Judicial y Organismos Públicos Autónomos del Distrito Federal, así como también establecer las bases para la coordinación, organización y funcionamiento de los Sistemas Institucionales de archivos de los entes públicos obligados.

Guanajuato Establecer bases de coordinación, organización y funcionamiento de los archivos generales de los sujetos obligados conforme a la Ley, así como también del Sistema Estatal de Archivos Generales.

Guerrero Preservar, informar, estudiar y difundir los documentos que constituyen el patrimonio histórico, cultural y administrativo de las dependencias, organismos, empresas y entidades de los poderes del Estado.

Hidalgo Organizar, administrar, conservar, restaurar y difundir los documentos que constituyen el patrimonio histórico, cultural y administrativo del Estado.

Jalisco -Regular la administración, manejo, cuidado y consulta de los documentos públicos e históricos que estén a cargo de los poderes del estado, de los municipios y demás dependencias de la administración pública.

-Determinar la creación, reproducción, conservación, restauración, depuración y eliminación de los documentos públicos de carácter oficial e histórico, según sea el caso y que estén a cargo de los poderes del estado de los municipios y demás dependencias de la administración pública. -Disponer las obligaciones y sanciones administrativas generales para los servidores públicos que tengan a su cargo el manejo, cuidado y custodia de los documentos públicos.

(28)

 

27 

-Establecer el Registro del Patrimonio Documental del Estado. -Instituir al Sistema Estatal de Documentación y Archivos Públicos.

Estado de México

Normar y regular la administración de Documentos Administrativos e Históricos de los Poderes del Estado, Municipios y Organismos Auxiliares.

Michoacán -Normar y regular la administración de los archivos así como preservar, conservar y difundir los documentos del patrimonio documental del Sector Público del Estado.

Morelos Establecer los criterios generales en materia de coordinación, administración y conservación archivística de toda la documentación en poder de los sujetos obligados por la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado.

Nayarit Proteger y conservar los Archivos del Estado, así como también de aquellos documentos que constituyen el patrimonio histórico del Estado.

Oaxaca -Normar la administración de los documentos.

-Regular la organización, funcionamiento, restauración, conservación y difusión de los archivos de los sujetos obligados.

-Fomentar el resguardo, difusión y acceso de archivos privados de especial relevancia histórica, social, técnica, científica o cultural, así como establecer las bases para la creación y operación del Sistema Estatal de Archivos.

Puebla -Regular la administración de los archivos en posesión de los poderes y órganos autónomos del Estado, así como de los ayuntamientos.

-Establecer un Sistema Estatal de Archivos dotado de los mecanismos de acción y coordinación necesarios para conducir a la homogeneización, organización, modernización, conservación, preservación, protección, rescate y control de los archivos en la Entidad.

-Promover la creación, difusión, conservación y consulta de archivos privados de relevancia para el Estado.

Querétaro Normar, ordenar y coordinar la administración de los procesos de archivo, respecto de la información que se genere por los poderes del Estado, los municipios, las entidades paraestatales y paramunicipales, los órganos constitucionales autónomos, los organismos descentralizados y los demás entes públicos y privados que, por su función o actividad, generen o resguarden documentos que deban formar parte del archivo del Estado.

Quintana Roo Establecer normas que regularan la organización institucional para establecer la coordinación, cooperación y concertación de acciones de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial del Estado, así como los municipios y de los sectores social y privado a través de un Sistema Estatal que permita la modernización y homogeneización de criterios, técnicas y mecanismos para la protección física, rescate, organización control y difusión de los documentos históricos y de los derivados de la gestión gubernativa del Estado, así como para la consulta de los mismos y la presentación del servicio público en el ramo.

Sonora -Regular la administración de documentos administrativos e históricos de los poderes del Estado, de las Entidades de la administración pública paraestatal y de los Municipios.

-Establecer las bases del Sistema Estatal de Archivos Públicos.

Tabasco -Regular la administración, manejo, resguardo, conservación, preservación y coordinación de los archivos y documentos de interés público en el

(29)

 

28 

Estado.

-Establecer los mecanismos para dar difusión oportuna, veraz y objetiva a los documentos generados por las entidades públicas con el propósito de que las personas conozcan la vida política, económica, cultural y social del Estado.

-Regular el funcionamiento del Sistema Estatal de Archivos.

-Establecer las bases y directrices a que se habrán de sujetarse las entidades públicas a que se refiere a esta Ley, para la protección, uso y disposición de los documentos de interés público.

Tlaxcala Regular el sistema de archivos en el Estado.

Veracruz Regular la administración de Documentos Administrativos e Históricos de los Poderes del Estado y de los Municipios.

Zacatecas Regir la preservación, conservación, clasificación y difusión del patrimonio documental, histórico y administrativo de la entidad y su uniforme e integral manejo.

Ahora bien, a pesar de que

Campeche

considera en uno de sus objetivos

establecer los mecanismos de coordinación entre los Municipios, el Estado y la

Federación para la conservación del Patrimonio Documental del Estado, sin embargo, en

el desarrollo de la legislación no establece los lineamientos que enuncien tan

circunstancia.

Finalmente

los

estados que no cuentan con objeto como tal, son:

Aguascalientes

y Baja California Sur.

(30)

 

29 

CUADRO COMPARATIVO DEL ESTADO DE GUERRERO Y EL DISTRITO FEDERAL RESPECTO DE LA

REGULACION RELACIONADA CON LOS MECANISMOS DE COORDINACIÓN.

 

Distrito Federal

Ley de Archivos del Distrito Federal Título Cuarto

De los Mecanismos de Coordinación y Comunicación Archivística en el Distrito Federal Capítulo I

Del Consejo General de Archivos del Distrito Federal

Artículo 55. El Distrito Federal contará con un Consejo General de Archivos, el cual tiene por objeto apoyar en el diseño de metodologías para la gestión de archivos, auxiliar a los entes públicos en su instrumentación, coordinar la Red de Archivos, así como apoyar al COTECIAD de cada ente público en el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley.

Artículo 56. Los miembros del Consejo tendrán el carácter de honorarios y serán nombrados por los titulares de los órganos legislativo, ejecutivo y judicial. Este grupo colegiado fijará su propia reglamentación interna.

Artículo 57. El Consejo se integrará para su funcionamiento por tres miembros representantes de los Órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Distrito Federal; De entre sus miembros el pleno del Consejo elegirá por mayoría a su Presidente, que durará en su encargo un año.

El Consejo contará con una Secretaría Técnica designada por el Presidente en turno.

Los Secretarios técnicos de los COTECIAD adscritos a los Organismos Públicos Autónomos del Distrito Federal, tendrán derecho a participar en las sesiones del Consejo con el carácter de invitados permanentes.

Artículo 58. Para ser miembro del Consejo, se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento o naturalización en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; II. No haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso calificado como grave;

III. Contar con experiencia en la Administración Pública y no haber sido inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos en cualquier nivel de gobierno;

IV. Tener el grado mínimo de Director General, o su equivalente; y

IV. Tener el grado mínimo de licenciatura, preferentemente en Archivonomía, Administración Pública, Ciencias de la Información, Derecho, Historia o Ciencias Sociales afines y una experiencia tres años en la dirección o gestión de archivos.

Capítulo II

De las Atribuciones del Consejo

Artículo 59. El Consejo publicará las metodologías y estudios que coadyuven al análisis, identificación, ordenación, clasificación, descripción, conservación, valoración y difusión de los archivos, para el correcto ejercicio de la administración de documentos en los archivos de los entes públicos.

Artículo 60. El Consejo tendrá las siguientes atribuciones:

I. Apoyar a los COTECIAD´s de los entes públicos en el diseño de metodologías para el ejercicio de los procesos archivísticos del ciclo vital de los documentos;

II. Coordinar y supervisar el óptimo funcionamiento de la Red de Archivos del Distrito Federal;

Referencias

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