REGLAMENTO DE ESPACIOS VERDES
REGLAMENTO DE ESPACIOS VERDES
COMUNES Y PARTICULARES
OBJETIVO
La idea general de este reglamento es la de regular, junto con los vecinos propietarios de Pingüinos, la forma de desarrollar el Proyecto Paisajista para TODO el Club, evitando el uso indiscriminado de especies de plantas o su ubicación inapropiada, dando al conjunto una distribución armónica y estética. La intención es conseguir un paisaje equilibrado, limpio e integrado, respetando la privacidad indispensable para cada unidad funcional.
El desarrollo de las plantas y céspedes responde a las características propias de cada especie y su utilización en los jardines no debe ser arbitraria, es por eso que el cumplimiento de las presentes normas beneficiarán el paisaje privado y del club en su conjunto, al respetar una transición armónica desde cada lote particular, con su impronta paisajista específica, hacia los espacios comunes y el gran parque general.
La forestación deberá realizarse con elementos de distintas especies, que no conformen un muro vegetal, tanto dentro de los lotes como en los espacios de retiro.
El Propietario que decida comenzar la construcción de su casa o modificar la plantación preexistente deberá presentar, junto con el Proyecto de obra, el Proyecto Paisajístico para su aprobación.
La aprobación de un proyecto no exime al mismo de ser modificado con el tiempo, en la medida que la vegetación se desarrolle y pueda molestar a lotes vecinos o espacios de uso común del club de campo.
PLANTAS A INCORPORAR
La plantación de árboles y arbustos se realizará teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
a) Herbáceas, florales o pequeños arbustos
No existen restricciones en su utilización, tanto en las especies a utilizar como en su ubicación dentro del lote.
b) Arbustos de 1ra. magnitud
Las especies arbustivas cuyo desarrollo adulto supere los 2 (dos) metros de diámetro, se plantarán considerando un retiro mínimo de dos (2) metros de la línea municipal en el frente de los lotes y de un (1) metro del eje divisorio entre vecinos.
c) Árboles
Para la plantación de árboles se deberán considerar las siguientes distancias mínimas: Tamaño a lotes contiguos a áreas comunes a árboles en espacios comunes 1ª Magnitud 5 metros 5 metros 5 metros
(20 m de altura)
2ª Magnitud 3 metros 3 metros 5 metros (Hasta 15 m de altura)
Se recomienda plantar los árboles con distancias adecuadas de modo que aseguren su desarrollo normal.
d) Cercos vivos
Se entiende por cerco vivo a la disposición alineada de diferentes arbustos de forma tal de obtener una “pared verde”, cuya dimensión será controlada por podas sucesivas de manera de limitar el desarrollo normal de la planta, en altura y espesor.
En lo que respecta al ancho del cerco y la no invasión del lote vecino, las plantas deberán ubicarse a una distancia mínima de un (1) metro del eje divisorio entre lotes, salvo acuerdo expreso por escrito con el vecino, para posibilitar la poda externa del cerco.
Los cercos vivos podrán tener una altura máxima aproximada de entre 2 (dos) y 3 (tres) metros.
VEREDAS
Las veredas, cunetas y banquinas deberán mantenerse con césped y libre de toda clase de plantas, revestimientos u objetos, salvo expresa autorización de la Administración del club, la cual tendrá en consideración el tendido de redes de teléfono, gas y electricidad para concederlo. Las plantas a colocarse dentro de las cunetas deberán tener una disposición que permita el libre escurrimiento del agua.
El mantenimiento de las veredas quedará a cargo del Propietario de cada lote.
La protección y el mantenimiento de los árboles existentes en las calles y espacios comunes del club serán realizados por la Administración, incluyendo los tratamientos fitosanitarios, podas y recambios.
TERRENOS BALDÍOS
Hasta tanto se realice la construcción en el lote y/o en caso de paralización de la obra, el Propietario deberá mantenerlo libre de basura y en perfecto estado de limpieza, no pudiendo hacer acopio de materiales en el mismo. La administración del club se ocupará de mantener cortado el césped del lote y la cuneta frente a los lotes con cargo a los respectivos Propietarios en caso de incumplimiento por parte del Propietario o ante la solicitud escrita de éste. Una vez iniciada la obra y/o producida la paralización de la misma, la limpieza será de exclusiva responsabilidad de los Propietarios.
Durante la construcción del parque o jardín, el Propietario no puede utilizar la calle como depósito para colocar la tierra o las plantas. Tampoco puede utilizar los parques vecinos, salvo que cuente con la autorización por escrito del Propietario de dicho lote.
NORMAS DE MANTENIMIENTO
Todos los elementos (ramas, troncos, raíces, pasto, hojas, etc.) provenientes de la extracción o poda de árboles o arbustos, corte de pasto o limpieza de hojas no podrán depositarse en los terrenos vecinos. A fin de ordenar el retiro de residuos verdes por parte del personal de la Intendencia, teniendo en cuenta que dichos residuos son reutilizados en la planta de compostaje que posee el club, es estrictamente necesario que se cumplan las siguientes pautas:
a. Pasto y hojas secas: El pasto u hojas secas deberán embolsarse y colocarse al frente del lote los
días lunes, martes, miércoles y jueves, o día hábil anterior, si el viernes de esa semana fuere feriado, en los horarios de 7.00 a 18.00 horas durante los meses de septiembre hasta abril y de 8.00 a 17.00 horas en los meses de mayo a agosto.
b. Poda de árboles y arbustos: La poda de árboles y arbustos podrá colocarse frente a los lotes
correspondientes desde los días lunes a miércoles, en los mismos horarios del punto anterior, y los días lunes y martes cuando el viernes de esa semana fuere feriado.
Cuando las podas a realizar fueran de gran envergadura deberán coordinarse con la Administración del club.
PLANTAS INVASORAS
El siguiente listado incluye una serie de plantas y céspedes que se han considerado peligrosos o molestos por su desarme, raíces, espinas, frutos, etc. o bien porque pueden convertirse en malezas invasoras por su hábito de crecimiento.
Asimismo, es dable destacar, que la Administración podrá incorporar a futuro otras especies, que considere perjudiciales para los objetivos de paisajismo del club.
a. Árboles
Eucalyptus
Gleditsia triacanthos (Acacia de tres espinas) Ficus elástica (Gomeros)
Populus alba (Alamo plateado)
b. Cercos
Phyllostachys (Caña) Yucas.
c. Césped
Kikuyo grass Poas
En el caso de plantarse alguna planta con este tipo de comportamiento invasor, deberá implementarse un sistema de barrera física que impida la invasión a los lotes vecinos o áreas comunes.
SANCIONES
La Administración del club podrá aplicar sanciones al incumplimiento de lo previsto en el presente reglamento, las cuales podrán ser:
• Retiro inmediato de la o las especies vegetales no autorizadas.
• Reconstrucción del Proyecto aprobado.