PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD DEL
PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA
AUTOVÍA A-23, TRAMO
CALDEARENAS-LANAVE
MÁSTER DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES
AUTOR:
JAVIER GARGALLO PARRA
DIRECTOR:
JOAQUÍN CATALÁ ALÍS
ÍNDICE GENERAL
DOCUMENTO Nº1. MEMORIA ... 5
1.1. OBJETO DE ESTUDIO ... 7
1.2. CARACTERíSTICAS DE LA OBRA PROYECTADA ... 8
1.2.1. Obras más importantes ... 10
1.3. PLAN DE OBRA. PRESUPUESTO. NÚMERO TRABAJADORES ... 11
1.3.1. Plan de obra y duración estimada ... 11
1.3.2. Presupuesto ... 12
1.3.3. Cálculo teórico número de trabajadores ... 13
1.4. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN ... 14
1.4.1. Leyes ... 14
1.4.2. Reales Decretos ... 15
1.4.3. Otras ... 17
1.5. PLAN DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS ... 18
1.6. INTERFERENCIAS Y SERVICIOS AFECTADOS ... 21
1.7. RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DE DAÑOS A TERCEROS 33 1.8. METODOLOGÍA PARA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS ... 37
1.9. EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS EN LAS DIFERENTES ACTIVIDADES CONSTRUCTIVAS ... 40
1.9.1. Replanteo de Obra ... 41
1.9.2. Instalaciones generales de obra ... 43
1.9.3. Movimientos de tierras ... 45
1.9.4. Obras de drenaje ... 53
1.9.5. Estructuras y obras de fábrica ... 55
1.9.6. Túneles ... 60
1.9.7. Ejecución de firmes ... 69
1.9.8. Señalización, balizamiento, defensas y desvíos ... 71
1.9.9. Integración ambiental, estética y paisajística ... 76
1.10. EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS EN LA MAQUINARIA DE OBRA ... 77
1.10.1. Medidas generales para maquinaria pesada ... 77
1.10.3. Maquinaria de elevación ... 86
1.10.4. Maquinaria de transporte ... 95
1.10.5. Maquinaria de compactación, extendido y pavimentación .. 102
1.10.6. Maquinaria de hormigonado ... 114
1.10.7. Pequeña maquinaria ... 121
1.11. EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS EN LOS MEDIOS AUXILIARES ... 126
1.11.1. Medidas generales andamios ... 126
1.11.2. Andamios metálicos tubulares ... 132
1.11.3. Andamios cimbra ... 136
1.11.4. Castillete de hormigonado ... 137
1.11.5. Torretas de encofrado ... 139
1.11.6. Escaleras de mano ... 140
1.11.7. Codales ... 143
1.11.8. Encofrado de madera para pilares ... 145
1.11.9. Encofrado metálico ... 146
1.11.10. Banco de trabajo con mordazas o aprietos ... 148
1.10.11. Cimbras ... 150
1.10.12. Eslingas de acero ... 152
1.10.13. Carretón o carretilla de mano ... 156
1.10.14. Acopios y almacenamientos ... 157
1.10.15. Herramientas manuales ... 159
1.12. PREVISIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS EN LAS FUTURAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO... 164
1.12.1. Taludes ... 165
1.12.2. Estructuras y obras de fábrica ... 165
1.12.3. Canalizaciones y elementos de drenaje ... 166
1.12.4. Elementos de señalización, balizamiento y defensa ... 166
1.12.5. Conducciones y servicios ... 167
1.13. INFORMACIÓN Y FORMACIÓN SOBRE SEGURIDAD Y SALUD A LOS TRABAJADORES... 167
1.14. INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR ... 168
1.14.1. Servicios e higiene ... 169
1.14.3. Botiquines de urgencia ... 171
1.14.4. Locales de primeros auxilios ... 171
1.14.5. Conservación y limpieza ... 172
ANEJOS MEMORIA ... 173
1. PLAN DE OBRA ... 174
2. INCLINACIÓN TALUDES Y TIPOS DE ENTIBACIÓN ... 175
3. PROCESO ENTIBACIONES ZANJAS ... 177
4. CARACTERÍSTICAS DE LAS PLATAFORMAS DE TRABAJO ENCOFRADOS ... 179
5. ESPECIFICACIONES TABLEROS ... 182
6. ENCOFRADO PARA IMPOSTA ... 184
DOCUMENTO Nº2. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES ... 185
2.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN ... 187
2.2. OBJETO DEL PLIEGO ... 187
2.3. OBLIGACIONES DE LAS DIVERSAS PARTES INTERVINIENTES EN LA OBRA ... 188
2.4. SERVICIOS DE PREVENCIÓN ... 190
2.5. INSTALACIONES Y SERVICIOS DE HIGIENE Y BIENESTAR ... 195
2.6. PRINCIPIOS MÍNIMOS DE SEGURIDAD Y SALUD ... 197
2.6.1. Disposiciones mínimas relativas a los lugares de trabajo ... 197
2.6.2. Disposiciones mínimas específicas relativas a los puestos de trabajo. Exterior de los locales ... 205
2.7. CONTROL DE ACCESO A LA OBRA ... 212
2.8. ÍNDICES DE CONTROL DE ACCIDENTES ... 213
2.9. CONDICIONES A CUMPLIR POR LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL ... 214
2.9.1. Condiciones técnicas de los EPI´s ... 214
2.9.2. Protección de la cabeza ... 216
2.9.3. Protección de los ojos ... 220
2.9.4. Protección de los oídos ... 226
2.9.6. Protección de los brazos ... 235
2.9.7. Protección de las piernas ... 238
2.9.8. Protección del tronco ... 241
2.9.9. Protección anti-caídas ... 243
2.10. CONDICIONES DE LAS PROTECCIONES COLECTIVAS ... 247
2.11. CONDICIONES DE LOS MEDIOS AUXILIARES ... 252
2.12. CONDICIONES DE LA MAQUIARIA ... 255
2.13. CONDICIONES DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES ... 268
2.13.1. Requisitos instalaciones eléctricas ... 268
2.13.2. Requisitos de los servicios de seguridad, higiene y bienestar ... 270
2.14. CONDICIONES DE LOS PRODUCTOS Y MATERIALES UTILIZADOS EN OBRA DE REGLAMENTACIÓN ESPECÍFICA... 271
2.15. SEÑALIZACIÓN EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN... 272
DOCUMENTO Nº3. PRESUPUESTO ... 277
3.1. MEDICIONES ... 279
3.2. CUADROS DE PRECIOS ... 282
3.2.1. Protecciones individuales ... 282
3.2.2. Protecciones colectivas ... 283
3.2.3. Instalaciones de higiene y bienestar ... 284
3.2.4. Formación sobre seguridad y salud ... 284
3.3. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL (PEM) ... 285
DOCUMENTO Nº4. PREVISIÓN DE LA GESTIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD ... 287
4.1. ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD ... 289
4.2. PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN ... 290
4.2.1. Planificación y control de la ejecución ... 291
4.2.2. Control de la documentación ... 293
4.2.3. Acta de entrega de los Equipos de Protección Individual ... 293
4.2.4. Vigilancia de la Salud de los trabajadores ... 294
4.2.6. Libro de incidencias ... 298
4.2.7. Teléfonos y direcciones ... 299
4.2.8. Plan de emergencia ... 300
4.2.9. Actas de autorización del uso para operadores de equipos y trabajos especiales ... 302 4.2.10. Control de subcontratas ... 303 4.2.10. Control de personal ... 304 4.2.11. Control de maquinaria ... 305 DOCUMENTO Nº5. PLANOS ... 311 DOCUMENTO Nº1. MEMORIA
1.1. OBJETO DE ESTUDIO
El presente Plan de Seguridad y Salud se realiza en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1627/1.997, de 24 de octubre, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, que establece en su artículo 7 la obligatoriedad de que el contratista elabore un plan de seguridad y salud en el trabajo, en aplicación del estudio de seguridad y salud, donde se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en dicho estudio, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. En dicho plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga, incluyendo la valoración económica de las mismas, con la correspondiente justificación técnica que no podrán implicar disminución de los niveles de protección ni del importe total previstos en el estudio.
El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por la Administración pública adjudicataria de la obra, con el correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante su ejecución. Dicho plan constituye el instrumento básico de ordenación de las actividades de identificación y, en su caso, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva a las que se refiere el capítulo II del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
El plan de seguridad y salud podrá ser modificado por el contratista en función del proceso de ejecución de la obra, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias o modificaciones que puedan surgir a lo largo de la obra, pero siempre con la aprobación expresa de los responsables en materia de seguridad y salud. Quienes intervengan en la ejecución de la obra, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la misma y los representantes de los trabajadores, podrán presentar, por escrito y de forma razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas. A tal efecto, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de los mismos.
Asimismo, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de la dirección facultativa.
1.2. CARACTERíSTICAS DE LA OBRA PROYECTADA
El tramo Caldearenas-Lanave de la Autovía A-23 discurre de Sur a Norte por un corredor de la carretera N-330 de Alicante a Francia por Zaragoza, que atraviesa el valle del río Guarga, al Norte del Alto de Monrepós en la provincia de Huesca.
Las obras proyectadas discurren por una zona de alta montaña, con fuertes desniveles, lo que hace necesario la proyección de túneles y viaductos para salvar los numerosos obstáculos, con el aumento de riesgos que ello conlleva. Además, al tratarse de la cordillera pirenaica, nos encontraremos con un invierno duro, con bajas temperaturas y posiblemente frecuentes nevadas. El tramo proyectado, que aprovecha la actual calzada como calzada de subida de la autovía, se divide en tres tramos: Calzada única de bajada sentido Jaca, Calzada única de subida sentido Huesca y Calzada doble dirección Jaca.
- Calzada única de bajada sentido Jaca
Este tramo, que va desde el inicio del Proyecto hasta el inicio de la calzada doble, tiene una longitud de 1.875 m. Cuenta con dos pasos superiores (enlace Caldearenas y calzada Caldearenas-Jaca) y un túnel de 496 m de longitud, de los cuales, 320 m son de túnel excavado y 176 m son de túnel artificial.
El final de dicho tramo discurre sobre la calzada actual, aprovechando su situación en planta, pero con una rasante más elevada, de tal modo que se utiliza ésta como explanada sobre la que descansará el nuevo paquete de firme de la calzada proyectada.
Este tramo tiene una longitud de 8.140 m, que va desde la bifurcación de la calzada doble hasta el túnel de Monrepós II, aprovechando la carretera actual de subida al Alto de Monrepós.
Para adecuar el trazado a la velocidad de proyecto, la traza se separa de la calzada actual, con la necesidad de construir un viaducto, de 465 m de longitud, para salvar el barranco de Fontanal. Después vuelve a ajustarse al trazado antiguo.
Una vez superado el Alto de Monrepós, se proyecta un túnel artificial de 202,60 m de longitud, que entronca con el actual túnel de Monrepós II, dando como resultado un túnel con una longitud total de 820,24 m. El túnel está dotado de dos galerías, una peatonal y otra para vehículos de emergencia, y de todas las instalaciones de seguridad necesarias.
Dicho tramo cuenta con tres pasos inferiores para camino, para dar permeabilidad a la zona, y un paso superior (calzada Huesca), para salvar un camino empedrado protegido.
- Calzada doble dirección Jaca
Este tramo, que va desde la bifurcación de las calzadas hasta el final del proyecto, tiene una longitud de 4.442 m.
En los primeros kilómetros la traza constituye un desdoblamiento de la calzada actual, donde se proyectan 3 pasos de fauna y un paso superior (enlace Alavés). Al final de este tramo de desdoblamiento la autovía se separa de la calzada actual para atravesar el río Guarga, mediante la construcción de un viaducto de 350 m de longitud, y tras poco más de 400 metros, se dispone de otro viaducto, de 220 m de longitud, para cruzar el barrranco de Atos.
La traza finaliza con un trazado paralelo a la carretera N-330, por su margen derecha, donde se realizará, en el área existente entre ambas trazas, una adecuación paisajística para evitar el impacto visual y auditivo que pueda generar la Autovía proyectada, sobre los usuarios de la N-330, con especial
atención sobre lo usuarios de la ruta ciclista. También se incorpora un nuevo paso de fauna en este tramo final.
1.2.1. Obras más importantes
Las obras más importantes del trazado de estudio son los pasos inferiores y superiores, los viaductos y los túneles que se enumeran a continuación.
PASOS INFERIORES:
PK Estructura Características Longitud (m) Ancho (m)
2+020 Paso de fauna 2.2 Marco 8x4,5 48,25 8,00
2+630 PF 2.6 Marco 8x4,5 41,50 8,00
3+209 PF 3.2 Marco 8x4,5 34,50 8,00
5+540 PF 5.6 Marco 8x4,5 43,00 8,00
2+129 Paso inferior 2.1 Marco 8x6 25,00 8,00
2+834 PI 2.8 Pórtico 13,60 12,70
6+351 PI 6.3 Marco 8x5,5 16,75 8,00
PASOS SUPERIORES:
PK Estructura Características Longitud (m) Ancho (m)
0+110 Paso superior Enlace Caldearenas 1 vano 42m
2x estribos 6,5m 58,00 11,20
1+300 PS Calzada Caldearenas Jaca 1 vano 16m 48,00 16,00
3+665 PS Enlace Alavés 1 vano 46m
2x estribos 6,5m 59,00 10,20
5+870 PS Calzada Huesca 1 vano 9m 9,00 8,00
VIADUCTOS: PK inicial
PK final Estructura Características Longitud (m) Ancho (m) 4+253
4+603 Viaducto río Guarga
4 vanos
75+2x100+75 350 24,20 5+019
5+239 Viaducto barranco Atos
3 vanos
60+100+60 220 24,20 2+307
2+781 Viaducto barranco Fontanal
7 vanos
50+5x73+50 465 12,70
PK inicial
PK final Estructura Características Longitud (m) Ancho (m) 0+650
1+146 Túnel sentido Jaca
Artificial 176 m
Excavado 320 m 496 10,50 7+320
8+140 Túnel sentido Huesca
Artificial 203 m
Existente 617 m 820 10,50
1.3. PLAN DE OBRA. PRESUPUESTO. NÚMERO TRABAJADORES
A continuación se realiza un pequeño resumen del planning de obra donde se recogerán actividades del proceso constructivo, duración de las obras, número de trabajadores implicados y presupuesto.
1.3.1. Plan de obra y duración estimada
Tal y como podemos observar en el diagrama de Gannt (diagrama actividades-tiempo), ANEJO 1 de la memoria, tenemos una duración estimada para la ejecución de la obra de 36 meses, de los cuáles, el 13, 14 y 15 son los meses de una mayor actividad en la obra.
También, en dicho diagrama, obtenemos un resumen del proceso constructivo que podemos englobar dentro de las siguientes actividades:
- Replanteo de la obra.
- Instalaciones generales de obra.
- Movimientos de tierras, que incluyen: Despeje y desbroce, excavación de desmontes, terraplenado y explanación, desvíos provisionales y reposición de servicios afectados.
- Obras de drenaje: Drenaje transversal y drenaje longitudinal.
- Viaductos, que a su vez podemos dividir en: Cimentaciones, pilas y estribos, fabricación, transporte y montaje de cajón metálico, y tablero.
- Pasos inferiores y pasos de fauna, todos con tipología estructural tipo Marco, a excepción de un paso inferior que se ejecuta con estructura tipo Pórtico.
- Pasos superiores, donde podemos distinguir entre: Cimentación, Estribos y Tablero.
- Túneles: Túnel excavado, túneles artificiales, galerías de evacuación e instalaciones de seguridad.
- Ejecución de firmes.
- Reposición de caminos y cerramientos.
- Señalización, balizamiento y defensas.
- Integración ambiental, estética y paisajística.
- Obras complementarias, entre las que destacan: Conexiones provisionales, desmontaje de instalaciones y retirada de materiales, acabados y limpieza, y reposición de servicios afectados.
- Control de calidad y Seguridad y Salud.
En el desarrollo de dicho plan se incluirá un desarrollo más detallado de la planificación, haciendo especial hincapié en los trabajos o tajos que requieran una mayor acción preventiva, como por ejemplo en la ejecución de viaductos, túneles, voladuras, etc.
1.3.2. Presupuesto
PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL (PEM) del proyecto:
Sesenta y tres millones ochocientos noventa y nueve mil cuatrocientos sesenta y ocho euros con dieciséis céntimos de euro (63.899.468,16 €).
Total PEM 63.899.468,16 13% gastos generales 8.306.930,86 6% beneficio industrial 3.833.968,09 ___________________
Total PBL sin IVA 76.040.367,11
21% IVA 15.968.477,09
___________________
Total PBL con IVA 92.008.844,20
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (PBL) con IVA del proyecto:
Noventa y dos millones ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro euros con veinte céntimos de euro (92.008.844,20 €).
PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL (PEM) del plan de seguridad y salud:
Tres cientos treinta y cuatro mil ciento cuarenta y seis euros con sesenta y dos céntimos de euro (334.146,62 €).
1.3.3. Cálculo teórico número de trabajadores
Se realiza una estimación teórica del número de trabajadores, en base al presupuesto de ejecución material del proyecto.
CÁLCULO MEDIO NÚMERO DE TRABAJADORES
(A) PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL 63.899.468,16 € (B) COSTE PORCENTUAL MANO DE OBRA (20% de A) (A x 0.2) 12.779.893,63 €
(C) DURACIÓN ESTIMADA 36 meses
(D) HORAS TRABAJADAS x OBRERO / AñO (160 x 11) 1.760 h/año (E) HORAS TRABAJADAS TOTALES x OBRERO (C x D / 12) 5.280 h
(F) COSTE MEDIO x OBRERO / HORA 20 €/h
(G) COSTE GLOBAL MANO DE OBRA / OBRERO (E x F) 105.600 €/obrero (H) NÚMERO MEDIO TRABAJADORES (B / G) 121.02 obreros
Según los cálculos realizados el número medio de trabajadores estimados es de 121, que aunque es una estimación teórica, es muy aproximada, y nos
permite fijar el número máximo de trabajadores en 120, dejándonos cubiertos en los meses de máxima actividad (13, 14 y 15 en nuestro caso).
Este es el número de trabajadores que se considerará para el cálculo de los equipos de protección individual necesarios (se tendrá en cuenta la reposición de equipos debido a la larga duración prevista de las obras), así como para el cálculo de las instalaciones provisionales (vestuarios, aseos, comedor, etc.) de los trabajadores. En este número quedan englobadas todas las personas que intervienen en el proceso constructivo, independientemente de su afiliación empresarial o sistema de contratación.
1.4. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN
La base legal de este plan, así como del citado Real Decreto 1627/97, dictado en su desarrollo, es la Ley 31/1.995, de 10 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, cuyo desarrollo reglamentario, de aplicación directa al Plan de Seguridad y Salud, en tanto que establece normas que deben ser observadas parcial o totalmente en su redacción y posterior cumplimiento que, sin perjuicio de las recogidas en el pliego de condiciones de este plan, se concretan en las siguientes:
1.4.1. Leyes
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.E. del 10-11-95). Modificaciones: Ley 31/2006, de 18 de octubre; Ley 25/2009, de 22 de diciembre; Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo; Ley 54/2003, de 12 de diciembre; Ley 39/1999, de 5 de noviembre; Ley 14/2013, de 27 de septiembre; Ley 32/2010, de 5 de agosto; Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto; Ley 50/1998, de 30 de diciembre; Ley 30/2005, de 29 de diciembre.
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (B.O.E. del 29-07-11). Modificaciones: Ley 11/2012 (19 de diciembre), Ley 5/2013 (11 de junio) y RD-ley 17/2012 (4 de mayo).
- Ley 24/1999, de 6 de julio, por la que se modifica el artículo 92.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo, referido a la extensión de los Convenios Colectivos (B.O.E. del 7-07-99).
1.4.2. Reales Decretos
- RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Modificaciones: RD 1109/2007, RD 337/2010, RD 604/2006 y RD 2177/2004.
- RD 1/1995, de 24 de marzo, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Modificaciones: Ley 40/2007, Ley 35/2002 y RD Legislativo 5/2000.
- RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Modificaciones: RD 780/1998, RD 604/2006 y RD 337/2010. - RD 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.
- RD 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. - RD 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. Modificaciones: RD 330/2009.
- RD 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Modificaciones: RD 349/2003 y RD 1124/2000.
- RD 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
Modificaciones: RD 560/2010, RD 1388/2011 y Corrección de errores del RD 2060/2008 publicado en BOE nº260 de 28 de octubre de 2009.
- RD 2291/1985, de 8 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos. Modificaciones: RD 1314/1997, RD 560/2010 y RD 88/2013.
- RD 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Modificaciones: RD 494/20012.
- RD 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Modificaciones: RD 2177/2004.
- RD 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios. Modificaciones: RD 560/2010, Orden de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del RD 1942/1993 y Corrección de errores del RD 1942/1993 publicado en BOE nº109 de 7 de mayo de 1994.
- RD 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
- RD 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
- RD 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- RD 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Modificaciones: RD 2177/2004.
- RD 487/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.
- RD 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. - RD 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
- RD 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
- RD 400/1996, de 1 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del consejo 94/9/CE, relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas.
- RD 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo.
- RD 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos en el trabajo.
- RD 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
- RD 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado.
- RD 345/2011, de 11 de marzo, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado.
1.4.3. Otras
- Nota de Servicio Nº 1/2006 sobre instrucciones complementarias para la utilización de elementos auxiliares de obra en la construcción de puentes.
- Nota de Servicio Nº 2/2006 sobre instrucciones complementarias para la utilización de elementos auxiliares de obra en la construcción de túneles. - Nota de Servicio Nº 3/2006 relativa a la adaptación al RD 635/2006, sobre requisitos mínimos de seguridad en túneles de carreteras del Estado.
- Nota de Servicio Nº 7/2001 sobre diligencia del libro de incidencias para control y seguimiento del plan de Seguridad y Salud en las obras de la Dirección General de Carreteras.
- Norma 8.3-IC. Señalización de obra. Orden de 31 de agosto de 1987 sobre señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas en vías fuera de poblado.
Adicionalmente, en la redacción del presente plan, tal y como se especifica en el pliego de condiciones del mismo, se observan las normas, guías y documentos de carácter normativo que han sido adoptadas por otros departamentos ministeriales o por diferentes organismos y entidades relacionadas con la prevención y con la construcción, en particular las que han sido emitidas por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene del Trabajo. 1.5. PLAN DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS
Las consideraciones expuestas a continuación serán de aplicación en toda la zona de obras, en instalaciones auxiliares y en su entorno natural (terrenos forestales, sean o no poblados de especies arboladas y en la franja de 500 m que los rodea).
Quedará terminantemente prohibido: - Tirar objetos encendidos.
- Verter basuras y restos vegetales e industriales de cualquier clase que puedan ser causa del inicio de un fuego.
- Encender fuego para cualquier tipo de actividad sea cual sea su finalidad. Especialmente no se podrá quemar rastrojos, márgenes y restos de aprovechamientos forestales, agrícolas o de jardinería, así
como hacer fuegos de recreo independientemente de la situación o fecha de las actuaciones.
- La utilización de sopletes o similares en obras realizadas en vías de comunicación que crucen terrenos forestales.
- Fumar, salvo que se delimite y acondicione una zona para fumadores, próxima a las casetas destinadas a comedor, siendo éste el único recinto donde se permita fumar.
- Introducir o emplear útiles de trabajo no autorizados por la empresa y que puedan ocasionar chispas por contacto o proximidad a sustancias inflamables.
La principal medida preventiva consistirá en la revisión periódica de las condiciones generales de la obra, cumpliendo muy especialmente las siguientes indicaciones:
- Se mantendrá un adecuado orden y limpieza en la obra, especialmente en las zonas de almacenamiento, paso, y en aquellas zonas con riesgo de incendio o explosión.
- Se realizarán revisiones periódicas de la instalación eléctrica, comprobando que existan interruptores magneto-térmicos, que su intensidad de corte sea inferior a la máxima soportada por los circuitos y que se encuentran en buen estado. De igual modo, se comprobará que no existen defectos en el aislamiento de la instalación que puedan llegar a originar chispas.
- Revisión periódica del almacenamiento de materiales combustibles e inflamables, que deberán estar correctamente señalizados y separados de las zonas de trabajo.
- Se procurará disponer y almacenar la menor cantidad de líquido inflamable (gasolina, gasóleo u otros).
- Los vehículos y maquinaria de obra dispondrán de un extintor adecuado. Se tendrán en cuenta el riesgo potencial de incendios en el entorno natural, extremando las precauciones en las zonas que pueden considerarse especialmente sensibles:
- Cercanía de líneas eléctricas
- Zonas próximas a instalaciones auxiliares - Zonas de pastos y vegetación herbácea seca - Zonas de matorral y vegetación arbórea
Dadas las características especiales de la obra (disposición longitudinal y de gran extensión) deberán existir extintores (colocándolos en la proximidad de los puestos de trabajo con mayor riesgo de incendio, en sitio visible y de fácil acceso), así como en las zonas destinadas a instalaciones auxiliares. En el caso de los extintores, estos serán portátiles o móviles sobre ruedas, de espuma física o química, mezcla de ambas o polvos secos, anhídrido carbónico o agua, según convenga a la posible causa determinante del fuego a extinguir. Cuando se empleen distintos tipos de extintores serán rotulados con carteles indicadores del lugar y clase de incendio en que deben emplearse. Los extintores serán revisados periódicamente y cargados, según los fabricantes, inmediatamente después de usarlos. Esta tarea será realizada por empresas autorizadas.
Teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la obra, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, el contratista deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.
Para la aplicación de estas medidas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.
Estas recomendaciones básicas en ningún caso sustituyen a la obligación de que el contratista desarrolle el plan de emergencia, y en su caso de autoprotección a implantar en obra, donde se recojan todas las actuaciones y medios tanto humanos como materiales necesarios en caso de emergencia. 1.6. INTERFERENCIAS Y SERVICIOS AFECTADOS
En las obras de carreteras, tanto de nueva construcción como en acondicionamientos de trazado o trabajos de conservación y rehabilitación, la propia obra puede interferir con múltiples servicios, que pueden ser conocidos a priori, como ocurre con las líneas aéreas de energía eléctrica o las acequias de riego, pero también pueden permanecer ocultos, incluso a pesar de tener noticias sobre su existencia.
Es por ello que antes del comienzo de la obra se recopilará la documentación necesaria relativa a la existencia, en la zona de trabajos, de redes telefónicas, eléctricas, de abastecimiento de agua potable, de alcantarillado, de riego, de aguas pluviales, de gas, etc., tanto aéreas como enterradas, para evitar posibles interferencias con las mismas.
Se informará a todos los operarios de las empresas contratistas, subcontratistas o autónomos que participen en la obra de las redes existentes en la zona de trabajo.
Cuando se tenga conocimiento de la existencia de cualquiera de las redes mencionadas se comunicará a la Dirección de Obra, para que ésta solicite el desvío de las mismas. Si esto no fuera posible se procederá a señalizar la zona donde está ubicada y se mantendrán las distancias de seguridad correspondientes.
Queda prohibido tomar energía eléctrica, agua, gas o teléfono sin poner en práctica las correspondientes medidas de seguridad y, en cualquier caso, se deberá pedir permiso al propietario de la red.
Medidas preventivas frente a líneas aéreas de transporte de energía eléctrica
Las normas que a continuación se contemplan, son válidas para todos los trabajos ejecutados por medio de maquinaria de elevación y máquinas de obra en la proximidad de conductores desnudos bajo tensión y que son de aplicación en nuestro caso. De una forma especial deben observarse durante la puesta en obra de:
-Grúas de torre giratoria estacionaria o móviles sobre raíles -Grúas Derricks
-Grúas móviles
-Plataformas de trabajo y de elevación móviles
-Máquinas para explanación, tales como palas mecánicas, cargadoras, dúmpers, camiones, etc.
-Martinetes de pilotes -Aparatos de perforación
-Cintas transportadoras móviles
-Parques y colocación en obra de ferralla
Los riesgos de las líneas eléctricas aéreas son diferentes según estas líneas atraviesen la zona de la obra o estén más o menos próximas a la misma. En el primer caso, no debe comenzarse a trabajar hasta que la Compañía de electricidad haya modificado dicha línea de energía, al objeto de que se cumplan las distancias mínimas de seguridad que se fijan a continuación, de acuerdo con lo fijado en el Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico y según el contenido de la Norma Técnica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene del Trabajo en esta materia. Las distancias límite de las zonas de trabajo a adoptar serán las reflejadas en la siguiente tabla (las distancias para valores de tensión intermedios se calcularán por interpolación lineal):
DPEL-1 (cm) 50 62 62 65 66 72 82 98 120 160 180 260 390 DPEL-2 (cm) 50 52 53 55 57 60 66 73 85 100 110 160 250 DPROX-1 (cm) 70 112 12 115 116 122 132 148 170 210 330 410 540 DPROX-2 (cm) 300 300 300 300 300 300 300 300 300 500 500 500 700
Donde:
Un Tensión nominal de la instalación (kV).
DPEL-1 Distancia hasta el límite exterior de la zona de peligro cuando exista riesgo de sobretensión por rayo (cm).
DPEL-2 Distancia hasta el límite exterior de la zona de peligro cuando no exista el riesgo de sobretensión por rayo (cm).
DPROX-1 Distancia hasta el límite exterior de la zona de proximidad cuando resulte posible delimitar con precisión la zona de trabajo y controlar que esta no se sobrepasa durante la realización del mismo (cm).
DPROX-2 Distancia hasta el límite exterior de la zona de proximidad cuando no resulte posible delimitar con precisión la zona de trabajo y controlar que esta no se sobrepasa durante la realización del mismo (cm).
Ante el riesgo de contacto directo entre el trabajador y los útiles, herramientas, materiales de construcción y máquinas con los elementos conductores habitualmente en tensión, las medidas de seguridad que deben adoptarse son las siguientes:
En el caso de las líneas de baja tensión, se podrán utilizar recubrimientos aislantes de protección. Estos recubrimientos estarán constituidos por fundas especiales de caucho o materiales plásticos y serán utilizados contra contactos eléctricos involuntarios, no pudiéndose instalar cuando la línea esté en tensión.
Vainas aislantes colocadas sobre los conductores
Caperuzas aislantes sobre los aisladores
Se solicitará siempre a la Compañía eléctrica, por escrito, que proceda al descargo de la línea o, en caso necesario, a su elevación. En caso de que no se pueda realizar lo anterior, se considerarán unas distancias mínimas, medidas entre el punto más próximo con tensión y la parte más cercana del cuerpo o herramienta del obrero o de la máquina considerando siempre la situación más desfavorable, teniendo en cuenta, entre otras cosas, el alargamiento de los cables por incremento de temperatura.
Por su parte, la Norma NTP-72 del I.N.S.H.T. establece tres niveles de tensión para la fijación de la zona de prohibición de la línea (ZL):
3 m 3 m 2 m ilimitada ilimitada 5 m 5 m 3 m 5 m 5 m 4 m U < 1.000 v. 1.000 v. ≤ U < 66 Kv. 66 Kv. ≤ U ≤ 400 Kv. ilimitada
En cualquier caso, la distancia de seguridad mínima es función de la tensión de la línea y del alejamiento de los soportes de ésta. Cuando aumenta la temperatura, los conductores se alargan y, por este hecho, disminuye la distancia con respecto al suelo, que puede reducirse en varios metros en caso de fuerte aumento de la temperatura.
El viento, con frecuencia, provoca un balanceo de los conductores cuya amplitud también puede alcanzar varios metros. Debe considerarse siempre la posibilidad más desfavorable.
La Norma NTP-72 establece las siguientes Zonas de alcance (ZE) para cada tipo de elemento de altura:
Pala e xcavadora o retroe xcavadora
El cálculo de la proximidad máxima del elemento de altura a la línea, en función del trabajo a realizar y tipo de actuación, se realizará en cada uno de los siguientes supuestos:
Proximidad inmediata (I), siempre que el elemento o la carga transportada hayan de invadir la zona de prohibición de la línea.
Proximidad media (M), cuando la invasión de la zona de prohibición no es precisa por el tipo de trabajo a realizar, pero sí probable, a causa de maniobras esperables de la máquina o del equipo.
Proximidad remota (R), cuando el elemento de altura y la carga transportada están lejos de la línea, no pudiéndose producir una invasión de la zona de prohibición durante el trabajo, pero pudiendo ello ocurrir en condiciones de desplazamiento de la máquina sobre el terreno, ya que no existen obstáculos físicos que limiten su movimiento.
La Norma del Instituto de Seguridad e Higiene del Trabajo permite la fijación de la duración de los trabajos a realizar, según uno de los siguientes tipos:
Trabajo ocasional (O), operación aislada o pequeño conjunto de operaciones aisladas y realizadas en un emplazamiento determinado y con supervisión permanente por parte del responsable del trabajo, tales como las siguientes: -Colocación de una sola viga con grúa automotora.
-Carga de un camión con máquina con brazo hidráulico articulado. -Descarga de un volquete de árido o piedra.
-Pequeñas reparaciones de edificios mediante andamios móviles.
Trabajo temporal (T) o conjunto de operaciones realizadas en un emplazamiento determinado durante un tiempo limitado, pero largo, como:
-Movimientos de tierra con pala cargadora y camión volquete. -Obra de construcción con grúa torre instalada.
-Apertura de zanjas mediante retroexcavadora.
-Montaje de báculos de alumbrado con pluma motorizada.
Trabajo permanente (P) o conjunto de operaciones que se realizan durante un periodo de tiempo largo e indefinido, como son los siguientes ejemplos:
-Almacenamientos de material cerca de líneas electrificadas. -Demoliciones.
Tras el proceso de definición de los trabajos, y en función de la zona de protección de la línea y de los tipos de máquinas y equipos que habrán de utilizarse en la obra, con sus respectivas zonas de alcance, el plan de seguridad y salud determinará la clase de riesgo existente y definirá las medidas preventivas a disponer en la obra. De acuerdo con la NTP-72, el proceso de selección de la medida preventiva adecuada exige la previa determinación de la clase de trabajo con riesgo existente en cada supuesto, mediante el siguiente esquema:
Z
L2.- Zona de Alcance del
Elemento (ZE) ¿Existe superposición entre ZL y ZE ?
NO
No existe riesgo aparenteAA
SÍ
Existe riesgo1.- Zona de Prohibición de la Línea (ZL)
Z
E CLASIFICACIÓN O T P I OI TI PI M OM TM PM R OR TR PRUna vez obtenida la clasificación del trabajo en relación con el riesgo existente en el mismo, se entra en el cuadro de selección de medidas preventivas, que se reproduce a continuación:
Clasificación de los trabajos con riesgo
AA OI OM OR TI TM TR PI PM PR Opciones 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 Descargo de la línea ϑ ϑ Traslado de la línea ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ Aislar conductores de línea ϑ ϑ ϑ ϑ Dispositivos de seguridad ϑ ϑ ϑ Resguardos entorno a línea ϑ ϑ ϑ ϑ Obstáculos en área de trabajo ϑ ϑ ϑ ϑ
Hacer estudio específico ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ
Requerir a propiedad
línea ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ
Supervisión por jefe de
trabajo ϑ ϑ
Señalización y
balizamiento ℜ ℜ ℜ ℜ ℜ ℵ ℑ ℜ ℜ ℜ ℜ ℜ ℜ ℜ ℜ ℜ ℜ ℜ ℜ
Informar a los
trabajadores ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ ϑ
Las numeraciones de señalización y balizamiento corresponden, respectivamente, a la zona de prohibición de la línea, a la zona de seguridad
del elemento y a los resguardos, obstáculos y líneas aisladas, en este último caso, siempre como medida complementaria.
En el tipo de trabajos que contempla el proyecto, corresponden a la compañía propietaria de la línea eléctrica las realizaciones de las medidas preventivas consistentes en el descargo de la línea (dejarla fuera de servicio con todos sus conductores puestos a tierra) y en la retirada de la línea o su conversión en subterránea, por lo que no es necesaria su descripción en estas páginas.
Las restantes medidas preventivas se tratan a continuación. Aislamiento de los conductores de la línea
Consistente en la colocación de vainas y caperuzas aislantes o sustituyéndolos por conductores aislados de 1.000 voltios de tensión nominal, siempre que se trate de una línea de baja tensión (anteriormente considerada). Si la línea es de alta tensión, deberán sustituirse los elementos desnudos de la misma por otros aislados en el tramo afectado.
En todo caso, esta medida queda condicionada siempre a la autorización de la compañía propietaria de la línea que, en general, será también la encargada de realizarla. Debe tenerse en cuenta, sin embargo, la escasa garantía de los aislamientos ante el choque de un elemento mecánico de altura, por lo que sólo resulta válida en supuestos de elementos de altura movidos a mano o de estar asegurada la imposibilidad o la inocuidad del contacto.
Instalar dispositivos de seguridad
Se trata de medidas especialmente apropiadas para reducir la zona de alcance del elemento de altura, mediante la instalación de topes mecánicos, eléctricos o hidráulicos, capaces de limitar el recorrido de las partes móviles, resultando aplicable sólo cuando se trate de elementos que operen inmovilizados sobre el terreno, tal y como se simboliza en el croquis siguiente.
Topes que limitan la rotación de la grúatorre
Instalación de resguardos en torno a la línea
Se tratará de impedir la invasión de la zona de prohibición por parte del elemento de altura o de las cargas por él transportadas, mediante la disposición de resguardos resistentes que separen el recorrido del elemento de la línea y sus proximidades, como se indica en la figura adjunta:
Siempre será necesaria la aprobación de la compañía eléctrica y su supervisión especializada durante estos trabajos.
Los resguardos serán calculados a impactos dinámicos y bajo la hipótesis de acción del viento, debiendo arriostrarse para impedir caídas sobre la línea. Debe tenerse presente la necesidad de adoptar las correspondientes medidas de seguridad durante la construcción de los resguardos, así como la puesta a tierra de todas sus partes metálicas.
Colocación de obstáculos en el área de trabajo
Se tratará, en este caso, de reducir la zona de alcance del elemento de altura, mediante la limitación de la movilidad de éste, colocando vallas, terraplenes u
otros impedimentos a su paso, siempre que éstos no puedan ser rebasados por el conductor de la máquina inadvertidamente:
Z
EZ
LMedidas de señalización y balizamiento
Estas medidas serán adoptadas con sujeción a lo establecido por el Real Decreto 485/1.997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo, utilizándose para delimitar la separación entre la zona de prohibición de la línea y la zona de seguridad del elemento de altura.
En el supuesto de paso bajo las líneas aéreas de transporte eléctrico, éste se limitará mediante un gálibo artificial a ambos lados de la línea, construido con postes verticales unidos por un travesaño horizontal a altura inferior a la zona de peligro, complementado por un cable de retención para la sujeción de cada conductor por una red inferior a los mismos, con banderines y carteles señalizadores.
Parque de ferralla
Cuando sea necesario disponer en obra de parque de ferralla, aunque se trate tan sólo de un almacenaje transitorio de hierros en barras o montados en elementos de cierta longitud, se tendrá especial prevención al riesgo de contacto eléctrico que presenta el desplazamiento del hierro elaborado por los trabajadores de forma manual. Este trabajo se realizará siempre de forma que los redondos se mantengan en posición horizontal y nunca de forma vertical, cuando exista una línea aérea en la proximidad de la obra.
Bloqueos y barreras
Las máquinas de elevación llevarán incorporados unos enclavamientos o bloqueos de tipo eléctrico o mecánico que impidan sobrepasar esas distancias mínimas de seguridad.
Para las máquinas como grúas, palas, excavadoras, etc., se señalizarán las zonas que no deben traspasar y, para ello se interpondrán barreras que impidan todo contacto con las partes en tensión. Estas barreras se fijarán de forma segura y resistirán los esfuerzos mecánicos usuales.
Actuaciones a observar en caso de accidente
Normas generales:
-No tocar nunca la máquina o la línea caída a la tierra -Permanecer inmóvil o salir de la zona a pequeños pasos
-Advertir a las personas que se encuentran fuera de la zona peligrosa de no acercarse a la máquina.
-Hasta advertir que no se realice la separación entre la línea eléctrica y la máquina y se abandone la zona peligrosa, no se efectuarán los primeros auxilios a la víctima.
Caída de línea:
-Se prohibirá el acceso del personal a la zona de peligro, hasta que un especialista compruebe que está sin tensión.
-No se permitirá que nadie toque a las personas en contacto con la línea eléctrica. En el caso de estar seguro de que se trata de una línea de baja tensión, se intentará separar a la víctima mediante elementos no conductores, sin tocarla directamente.
Contacto de una línea aérea con maquinaria:
-El conductor o maquinaria estará adiestrado para conservar la calma e incluso si los neumáticos comienzan a arder.
-Permanecerá en su puesto de mando o en la cabina, debido a que allí está libre del riesgo de electrocución.
-Se intentará retirar la máquina de la línea y situarla fuera de la zona peligrosa. -En caso de contacto, el conductor no abandonará la cabina, sino que intentará bajar el basculante y alejarse de las zonas de riesgo.
-Advertirá a las personas que allí se encuentren de que no deben tocar la máquina.
-No descenderá de la máquina hasta que ésta no se encuentre a una distancia segura. Si se desciende antes, el conductor estará en el circuito línea aérea – máquina - suelo y seriamente expuesto a electrocutarse.
-Si es posible separar la máquina y en caso de absoluta necesidad, el conductor o maquinista no descenderá utilizando los medios habituales, sino que saltará lo más lejos posible de la máquina evitando tocar ésta.
1.7. RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DE DAÑOS A TERCEROS
El riesgo más relevante a terceros en este tipo de obras se corresponde con el riesgo de atropello y colisiones con vehículos debido a las afecciones al tráfico. Para ello será muy importante una señalización adecuada y una delimitación de las zonas de trabajo con más riesgo de interferencias con terceros. Además tenemos también los riesgos de caídas al mismo y distinto nivel y golpes con objetos o herramientas.
Medidas generales:
-Se señalizará la zona de obra, conforme a lo previsto en el ANEXO IV del R.D.1627/1997, de 24 de octubre.
-En obras localizadas en áreas urbanas (o en áreas rurales pero cercanas a viviendas habitadas) se clausurará el perímetro de la obra con vallas o barreras. Las áreas de acopio se cerrarán siempre con vallas de 1,9 ó 2 m de altura.
-Se dispondrán tapas destinadas para tapar huecos pequeños y arquetas siempre y cuando no se disponga de las tapaderas adecuadas. Aparte de tapar estos huecos se bordearán con barreras autónomas de color amarillo y se señalizarán, aunque estén dentro del perímetro del área de obra. Las zanjas abiertas estarán debidamente señalizadas y delimitadas.
-Se necesitarán tacos y calzos para usarlos en los acopios de tubos (poner además riñones de tierra en los costados de los tubos). En lugar de calzos también se pueden poner estacas, pero estas deberán estar clavadas en tierra una longitud mínima igual a la mitad del diámetro del tubo y asomar con una longitud mínima igual a 2/3 de la longitud del diámetro del tubo; estas estacas deberán ser de un material suficientemente resistente (el director de obra deberá autorizar dicho material). Además de acuñar los tubos, estos se mantendrán en un recinto cerrado con malla metálica electrosoldada de 1,9 m de altura, apoyada sobres pies firmes de hormigón. Los tubos sólo estarán fuera de este recinto justo antes de su colocación en la obra. Siempre que permanezcan fuera de este recinto cerrado de acopio estarán bajo permanente vigilancia.
-Se avisará a la Dirección de obra y al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra sobre el día de colocación de estas señales, barreras y cerramientos, para que las personas interesadas puedan cumplir lo estipulado en el art. 9.f del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad y de Salud en las obras de Construcción.
-Es recomendable presentar un escrito ante la Policía Local, firmado por el responsable de la obra, en el que se solicite la aprobación o el visto bueno a la señalización puesta en la calzada o carretera.
-Si al final de una jornada de trabajo quedasen obstáculos en la calzada (o en la proximidad de la calzada) durante la noche, se dispondrán las señalizaciones luminosas convenientes para evitar accidentes con vehículos y peatones que pasen por la obra y se informará sobre esta señalización al Coordinador de Seguridad para que dé el visto bueno a esta señalización.
-Se colocarán señales de PRECAUCIÓN OBRAS, con cartel de “entrada y salida de máquinas y camiones”, en el acceso a la carretera más cercano a la zona de obra.
-Todas las tardes, antes de abandonar la obra, se revisarán y repondrán todas las vallas, tapas, barreras y señalizaciones que no se encuentren bien situadas. -En las zonas de acceso a la obra se colocará señales de tráfico y de seguridad para la advertencia a vehículos y peatones, así como letreros de «PROHIBIDO EL PASO A TODA PERSONA AJENA A ESTA OBRA».
-Las cargas manejadas con grúa, se moverán dentro de los límites de la obra, y, en los casos en que deban salir de la misma, se acotará la zona.
Afecciones al tráfico y señalización durante las obras:
En aquellas ocasiones que las construcciones o reformas de las que hablamos en este plan, provoquen un incidente a terceros con respecto de los vehículos que transitan a través de la calzada, deberán reflejarse las limitaciones al tráfico adecuadas, dependiendo de los carriles y arcenes que ocupen los vehículos de maquinaria auxiliar a emplear.
Así como refleja el Pliego Técnico de las obras, la señalización se llevará a cabo de acuerdo a la Norma de Carreteras 8.3-IC y a los protocolos de instalación y retirada de señales en la A-23 aprobados.
Por otro lado, en el Art. 6.2.4.- “Borde longitudinal de la zona de obras”, de la Norma 8.3-IC se refleja lo siguiente:
El balizamiento que marque el borde de la zona vedada a la circulación con motivo de las obras, dependerá de la probabilidad de que pueda producir un accidente y de la probabilidad de que, caso de producirse, sea grave. En general, se tendrán en cuenta las situaciones siguientes:
Cuando se trate únicamente de impedir el paso de vehículos, a fin de no dañar una unidad de obra recién terminada o en curso de curado, imprimación,
endurecimiento, etc., pero sin que dicho paso tenga una probabilidad elevada de consecuencias graves para los ocupantes del vehículo, se dispondrán paneles TB-5 perpendicularmente a la dirección de la circulación, nunca paralelamente a ella, a distancia suficiente para disuadir de la entrada en la zona vedada.
Cuando la entrada de un vehículo en la zona vedada tenga una probabilidad elevada de causar un accidente grave como por ejemplo, atropello de obreros, choque con obstáculos regidos, vuelco por desniveles importantes asociado generalmente a una elevada velocidad real de circulación junto a la zona de obras, etc., se dispondrá un balizamiento con piquetes TB-7 o hitos de borde TB-11, cuando se puedan clavar sin deterioro de la superficie, o con balizas TB-8 o TB-9 en caso contrario. La distancia entre elementos contiguos deberá estar comprendida entre 5 y 20 metros. Cuando la situación de peligro grave persista durante las horas nocturnas o en ocasiones de reducida visibilidad, deberán complementarse con elementos luminosos TL-10 cada tres a cinco elementos de balizamiento.
Se prestará especial cuidado a la incorporación de camiones a la vía pública y desde la misma al interior de las obras. Las maniobras de estas máquinas pueden alterar el tráfico de la zona provocando situaciones de peligro. Para esto se señalizará la salida de los camiones a los viales con la señal de STOP y la señal TP-50 de peligro indefinido.
Durante el proceso de construcción de los tableros la altura de gálibo deberá señalizarse con suficiente antelación. Puede ser necesario tener que disminuir la velocidad de aproximación de los vehículos, para lo que se utilizarán estrechamientos de carriles, chicanes, bandas sonoras, etc. Estos procedimientos para conseguir disminuir la velocidad de aproximación serán coherentes con toda la señalización, tanto con la existente antes de la obra como con la de la provisional de obra.
1.8. METODOLOGÍA PARA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS
Como punto de partida para la evaluación de los riesgos nos basaremos en el procedimiento de actuación del esquema siguiente:
En primer lugar se procederá a la identificación de los peligros, y como consecuencia de ello, los riesgos. Para ello se recogerá la información relevante en cuanto a las actividades constructivas, los puestos y condiciones de trabajo, la maquinaria y los equipos de trabajo, productos peligrosos, etc. Una vez identificados los riesgos, se procede a establecer su magnitud. Para cada riesgo detectado debe estimarse la potencial severidad del daño (consecuencias) y la probabilidad de que ocurra el hecho. Para ello, utilizaremos el método de evaluación del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo:
Para determinar la potencial severidad del daño (consecuencias) debemos considerar las partes del cuerpo que se verán afectadas y la naturaleza del daño, graduándolo desde ligeramente dañino a extremadamente dañino. Como ejemplos podemos observar los siguientes:
LIGERAMENTE DAÑINO (LD)
Daños superficiales: cortes y magulladuras pequeñas, irritación en los ojos por polvo, etc.
Molestias: dolor de cabeza, disconfort, etc.
DAÑINO (D)
Laceraciones, quemaduras, conmociones, torceduras importantes, fracturas menores, etc.
Sordera, dermatitis, asma, trastornos músculo-esqueléticos, enfermedades menores, etc.
EXTREMADAMENTE DAÑINO (ED)
Amputaciones, fracturas mayores, intoxicaciones, lesiones múltiples, lesiones fatales, etc.
Cáncer y otras enfermedades que acorten severamente la vida.
Para determinar la probabilidad, de que ocurra el daño, la graduaremos desde alta hasta baja, con el siguiente criterio:
FRECUENCIA: EL DAÑO OCURRIRÁ…
P
RO
BABL
IDAD
ALTA (A) SIEMPRE O CASI SIEMPRE
MEDIA (M) EN ALGUNAS OCASIONES
BAJA (B) RARAS VECES
Una vez estimada la probabilidad y la gravedad de las consecuencias, ya tenemos la magnitud del riesgo, y en base a la cual, se dará un valor a la urgencia con la que debemos afrontar la eliminación o control de dichos riesgos:
URGENCIA DE LAS ACCIONES PREVENTIVAS M AG NI T UD DE L RI E S G O
Trivial (T) No se requiere acción específica.
Tolerable (TO)
No se necesita mejorar la acción preventiva, sin embargo se deben considerar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica importante.
Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control.
Moderado (MO)
Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, determinando las inversiones precisas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un período determinado.
Cuando el riesgo moderado está asociado con consecuencias extremadamente dañinas, se precisará una acción posterior para establecer, con más precisión, la probabilidad de daño como base para determinar la necesidad de mejora de las medidas de control.
Importante (I)
No debe comenzarse el trabajo hasta que no se haya reducido el riesgo. Puede que se precisen recursos considerables para controlar el riesgo. Cuando el riesgo corresponde a un trabajo que se está realizando, debe remediarse el problema en un tiempo inferior al de los riesgos moderados.
Intolerable (IN)
No debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos limitados, debe prohibirse el trabajo.
1.9. EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS EN LAS DIFERENTES ACTIVIDADES CONSTRUCTIVAS
A continuación, y siguiendo la metodología expuesta en el apartado anterior, procederemos a la evaluación de los riesgos presentes en las diferentes actividades constructivas, que completaremos con la propuesta de las medidas preventivas o correctoras necesarias, para cada uno de ellos.
1.9.1. Replanteo de Obra
Los trabajos de replanteo engloban aquéllos que se realizan desde el inicio de las obras hasta su finalización, por los equipos de topografía, definiendo por medio de los replanteos todos los datos geométricos y medidas referenciadas en el terreno para poder realizar las actividades de los elementos constructivos que componen la obra.
En dicho apartado se recogen y analizan tanto los riesgos en el replanteo de grandes movimientos de tierras, en el replanteo de obras de fábrica o trabajos localizados y en el replanteo de túneles.
RIESGOS IDENTIFICADOS:
REPLANTEO
PROBABILIDAD CONSECUENCIAS MAGNITUD
B M A LD D ED T TO MO I IN
1. Ataques de seres vivos 2. Proyección de partículas 3. Ambiente pulvígeno
4. Cortes o golpes colocación estacas 5. Exposición al ruido
6. Sobreesfuerzos 7. Torceduras
8. Caídas al mismo nivel 9. Caídas a distinto nivel
10. Caída de herramientas u objetos 11. Golpes con cargas suspendidas 12. Sepultamiento o aplastamiento por material desprendido o corrimientos 13. Riesgos por causas naturales: vientos, tormentas…
14. Inhalación de gases 15. Accidentes de tráfico
16. Atropellos con vehículos de obra o tráfico
MEDIDAS PREVENTIVAS: REPLANTEO
1
Conocer la presencia en la zona de animales peligrosos y de los riesgos de su ataque. Evitar en lo posible el ataque y llevar guantes, ropa, calzado o máscaras que impidan posibles picaduras o mordeduras.
Llevar cremas protectoras y antídotos más usuales o específicos (si los conocemos), sobre todo si se es alérgico a alguno de ellos.
2
Deberá evitarse el uso de los punteros que presenten deformaciones en la zona de golpeo, por presentar el riesgo de proyección de partículas de acero en cara y ojos.
Se usarán gafas anti-proyecciones durante estas operaciones, y casco de seguridad, en especial, en la proximidad de trabajos con maquinarias y durante el clavado en el frente de la boquilla.
3
Evitar el trabajo en ambientes pulvígenos y llevar mascarillas de filtro cuando no sea evitable.
Realizar riegos del terreno para evitar la proliferación de polvo.
4 Utilizar herramienta con protección de manos en las tareas de clavado.
Utilizar guantes de protección.
5 Evitar en la medida de lo posible los trabajos junto a la maquinaria.
Llevar tapones u otra protección equivalente para utilizarla en dichas ocasiones.
6
Cuando se tengan que levantar cargas o equipos de trabajo realizarlo con la espalda erguida y hacer la fuerza con las piernas y no la espalda.
Cuando se tengan que levantar cargas o equipos de trabajo pesados, pedir ayuda a otro/s operario/s y realizarlo en equipo.
7
Mantener en la medida de lo posible el orden y la limpieza en la obra, en particular en las zonas más habituales de tránsito y de trabajo. Conocimiento y reconocimiento previo del terreno.
8
Buscar accesos y recorridos más adecuados y libres de obstáculos. Deben evitarse subidas o posiciones por zonas muy pendientes, si no se está debidamente amarrado a una cuerda, con arnés de sujeción anclado a un punto fijo en la parte superior de la zona de trabajo.
9
.No se procederá a realizar las labores de replanteo sin haber instalado las protecciones colectivas correspondientes para salvar huecos y desniveles.
Todos los trabajos que se realicen en alturas, de especial riesgo, han de llevarse a cabo con arnés de sujeción anclado a puntos fijos de las estructuras, y accediendo siempre por escaleras reglamentarias o accesos adecuados, como estructuras tubulares.
10
Debe evitarse la estancia durante los replanteos en zonas donde puedan caer objetos o herramientas, por lo que se avisarán a los equipos de trabajo para que eviten dicho riesgo mientras se esté trabajando en esa zona.
Será obligatorio el uso del casco de seguridad.
11 Se tendrán especialmente en cuenta los trabajos simultáneos en fase de desmontes,
ejecución de estructuras, etc., para evitar posibles golpes con cargas suspendidas.
12 No transitar zonas con peligro de desprendimientos y señalizar su existencia.
Proteger los posibles corrimientos en zonas blandas con entibados o redes de contención.
13
El atuendo de los operarios será el adecuado a la climatología del lugar, teniendo en cuenta la obligada exposición a los elementos atmosféricos.
En casos de elementos atmosféricos extremos se aplazarán los trabajos.
14
Llevar detector de gases o medidor de oxigeno en trabajos donde se sospeche la presencia de contaminantes o la ausencia de oxigeno. En caso de comprobar la presencia de contaminantes, identificarlos mediante tubos colorimétricos y utilizar mascarillas con filtro especifico o utilizar equipo autónomo de respiración. En caso de falta de oxigeno, introducirlo de forma forzada.
15
El equipo se desplazará a los tajos en un vehículo todo terreno. Este vehículo será revisado con periodicidad y conducido normalmente por un mismo operario, que vendrá obligado a circular de forma ordenada por los viales de obra.
En los recorridos in itinere se respetarán las normas de tráfico y seguridad vial.
16
En tajos donde la maquinaria esté en movimiento se evitará la estancia de los equipos de replanteo, respetando una distancia de seguridad que se fijará en función de los riesgos previsibles. En casos de necesidad, la posición de los topógrafos y ayudantes se señalará adecuadamente, de manera que sean visibles a los operadores de máquinas y camiones. Los replanteos en zonas de tráfico, sea éste de obra o público, se realizarán con chalecos reflectantes, y con el apoyo de señalistas y la señalización de obras correspondiente.
PROTECCIONES INDIVIDUALES PROTECCIONES COLECTIVAS
- Cascos de seguridad - Guantes de protección - Chalecos reflectantes
- Ropas de trabajo adecuadas en cada caso (impermeables, de abrigo, etc.)
- Arnés de seguridad
- Botas de seguridad (antideslizantes y de agua en caso necesario)
- Mascarilla con filtros (anti-polvo o específicos)
- Gafas anti-proyecciones
- Tapones o protecciones auditivas
- Señales de obra correspondientes - Redes de contención
- Redes anti-caídas
- Vallado y protecciones equivalentes ante desniveles
1.9.2. Instalaciones generales de obra
Dentro de las instalaciones generales de obra englobamos todos los trabajos relacionados con el vallado y señalización provisional de obra, acopios de materiales, instalaciones de higiene y bienestar, depósitos de carburante, instalaciones eléctricas, agua, etc.
RIESGOS IDENTIFICADOS:
INSTALACIONES GENERALES
PROBABILIDAD CONSECUENCIAS MAGNITUD
B M A LD D ED T TO MO I IN
1. Ataques de seres vivos 2. Proyección de partículas 3. Ambiente pulvígeno
4. Golpes y cortes por objetos o herramientas
5. Pisadas sobre objetos
6. Exposición a sustancias nocivas o tóxicas
7. Caídas al mismo nivel
8. Sobreesfuerzos, posturas forzadas o movimientos repetitivos
9. Exposición al ruido 10. Incendio
11. Explosión
12. Atrapamiento o aplastamiento por o entre objetos
13. Golpes con cargas suspendidas 14. Contactos eléctricos directos 15. Contactos eléctricos indirectos 16. Atropellos con vehículos de obra o tráfico