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Coordinación

en materia de seguridad y salud

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guía documental

Coordinación

en materia de seguridad y salud en la ejecución de obra

Autores

Federico Ausina Tapia Almudena Jardón Giner

Colaboradores

Rafael Anduiza Arriola Antonio Ros Serrano

Diseño y maquetación

Nina Campillos Schuchmann

Edita

CAAT Valencia

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índice

Presentación 3 Introducción 5 Guía documental 9 PREVIO al inicio de la obra 10 AL INICIO de la obra 12 DURANTE la ejecución 14 FINALIZACIÓN de la coordinación 18 CD documentos y ejemplos 21 Documentos coordinación (formatos pdf y excel)

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Siendo prioritario para el CAAT Valencia todos los temas relacionados con la Seguridad y Salud en la Edificación, hemos considerado muy conveniente y necesario elaborar esta “Guía Documental” que analiza las acciones a realizar previas al inicio, durante y a la finalización de la Coordinación en Materia de Seguridad y Salud en la Ejecución de las Obras. Mi felicitación a nuestros compañeros y autores, Almudena Jardón y Federico Ausina, así como a los colaboradores Rafael Anduiza y Antonio Ros.

José-Ramón Roca Rivera

Presidente de CAAT Valencia

presentación

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“La presente guía pretende ser

una herramienta práctica para

el coordinador en materia de

seguridad y salud, que le sirva de

ayuda para la organización de su

trabajo y le proporcione modelos

de documentos que puedan

facilitar su defensa.”

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Puede afirmarse que una sociedad es preventivamente culta cuando el hecho preventivo, es decir la eliminación del riesgo, está presente en la mente, en la voluntad y en la acción de todos los sujetos que la integran. Son muchas y diversas las razones que impulsan a quienes gobiernan los Estados para promover la mejora de la cultura preventiva, promulgando normas cuyo desarrollo y puesta en práctica precisan de instrumentos más concretos que permitan alcanzar los objetivos que se pretenden.

El plan de prevención de riesgos laborales (PPRL) de una empresa constituye uno de esos instrumentos capaces de integrar la prevención de los riesgos laborales en la gestión general de las empresas, de tal suerte que las unidades especializadas generan procedimientos e instrucciones complementarias que aplicadas y puestas en práctica por las unidades productivas, puede conseguirse que los riesgos presentes en los procesos se eliminen o queden reducidos a valores socialmente admisibles. Toda empresa está obligada a disponer, aplicar, controlar y corregir, si se produjeran desviaciones inconvenientes, un plan de prevención de riesgos laborales cuyo contenido contemple y desarrolle la estructura organizativa, los procesos, las obligaciones y

funciones de los distintos sujetos, las prácticas, los procedimientos e instrucciones y los recursos que son necesarios para su aplicación. Estos PPRL son de naturaleza y características similares a los planes calidad o de protección al medio ambiente, y muchos casos se integran en un plan único que contempla las tres vertientes, si bien esto ocurre en empresas que han alcanzado un cierto nivel de tecnificación. Debe tenerse presente que desde el punto de vista legal los PPRL son obligatorios, y los planes de protección al medio ambiente y los de gestión de la calidad lo son parcialmente. El PPRL se crea, se desarrolla, se controla y en su caso se modifica, para ser aplicado en el seno de la actividad productiva de la empresa atendiendo también a las relaciones con otros agentes participantes en los procesos como son otras empresas y los trabajadores autónomos y a las actividades indirectamente relacionadas con ella.

Para dar suficiente eficacia a la aplicación del PPRL en construcción, deben conocerse las estructuras productiva y preventiva, los recursos humanos y materiales, la naturaleza de los procesos, las personas, las características de los equipos y los medios auxiliares, las sustancias o materiales que se emplean, las

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energías que se administran y el entorno en el que se actúa, la tipología de las obras que ejecuta, la clase de promotores con los que se contrata y los rasgos identificadores de las empresas subcontratistas y las de los trabajadores autónomos que intervienen. Conviene señalar que el PPRL redactado, aplicado y corregido, en su caso, de cada empresa contratista convenientemente adaptado a las condiciones objetivas de una obra concreta y teniendo en cuenta el contenido del estudio de seguridad y salud para ella redactado, si es obligada su existencia, se transformará el plan de seguridad y salud en el trabajo de esa obra y por tanto en el instrumento directo de integración de la prevención en la producción, que debidamente aplicado, controlado y corregido dará como resultado la tan perseguida mejora de las condiciones de trabajo y su corolario la disminución del número de accidentes. La legislación procedente de Europa, dictada para todos los ciudadanos que componen la Unión, presenta características de generalización y ello por ir destinada a la aplicación en todos los Estados miembros. Sin embargo cada uno de ellos presenta características propias en sus regulaciones internas y en sus estructuras productivas, sociales y económicas, y por tanto no es posible resolver los problemas existentes con reglas generales, sin adecuarlas convenientemente a las circunstancias de cada lugar.

Cuando la transposición de las Directivas Europeas al Ordenamiento Jurídico de los Estados miembros es una trascripción literal de la norma origen, ocurre que la definición de las obligaciones de determinados sujetos quedan insuficientemente explicitadas.

Ciñéndonos a la Octava Directiva Específica 92/57/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1992, relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben aplicarse en las obras de construcción temporales o móviles, y más concretamente a la figura del coordinador en materia de seguridad y salud que en ella se contempla, resulta que la críptica redacción del artículo en el que se concretan sus obligaciones puede producir efectos muy nocivos.

Por otra parte, la manifiesta y acelerada expansión de la aplicación del Derecho Penal a distintos ámbitos de la vida de los ciudadanos plantea nuevos problemas1. Son territorios en los que el Derecho Penal avanza de manera más notoria: la violencia denominada de género, la circulación vial, la ingeniería financiera, la actividad urbanística, el medio ambiente y también la prevención de los riesgos laborales.

En el último campo señalado, en el que actúan técnicos especialistas en la materia y también técnicos de la Arquitectura, es en el que centraremos nuestra atención analizando la nueva situación.

Esta situación aconseja conocer la evolución de la moderna legislación y de la normativa que regula la prevención de los riesgos laborales, considerando su contenido y los efectos de su aplicación, relacionados con la indeterminación de las obligaciones, contenidas en la normativa vigente, de algunos agentes intervinientes en el proceso constructivo. Todavía hoy, en determinados ámbitos donde actúan los operadores jurídicos, se identifica al coordinador en materia de seguridad y salud laboral en fase de ejecución como “vigilante de la seguridad de la obra”, por lo que es necesario actuar en consecuencia. Conviene, también, valorar la utilidad y la eficacia de algunos documentos preventivos, de carácter

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técnico, que han de ser obligatoriamente redactados y puestos en práctica en las obras de construcción.

Así mismo, cada vez se hace más patente que el perfeccionamiento de las características de la producción, (la organización y los métodos de trabajo, los procedimientos, la funciones y las prácticas) toma un papel preponderante para la conseguir una mejora en las condiciones de trabajo, quedando en segundo plano las actuaciones vinculadas a las protecciones colectivas y a los equipos de protección individual, que siendo necesarios son claramente insuficientes.

Han transcurrido más de diez años desde que en la regulación de la prevención de los riesgos laborales hizo su aparición el coordinador en materia de seguridad y salud en el ámbito de las obras de construcción, sin que se haya aclarado suficientemente que este agente coordina las actividades preventivas de las empresas que concurren en las obras. La experiencia de coordinar actividades preventivas, planificadas y puestas en práctica por las empresas, que han adquirido distintos profesionales ha aconsejado efectuar un análisis de las actuaciones que la acción de coordinar conlleva, desde el inicio y conocimiento de encargo, hasta el desarrollo de pautas y modelos que hacen más fácil la actividad de coordinar.

En muchas ocasiones la coordinación de las actividades preventivas que las empresas concurrentes están obligadas a poner en práctica, se plantea según el modelo clásico de actuación con el que se comportan las Direcciones Facultativas, con el que tiene algún elemento común y notables diferencias conceptuales y operativas.

Debe tenerse presente que las condiciones en las que se ejecuta cada obra, su ubicación geográfica y las características de los agentes que intervienen, son siempre distintas y únicas, por lo que el contenido de este trabajo ha de considerarse como una orientación que el profesional habrá de aplicar en cada caso, atendiendo a las circunstancias específicas que estén presentes, añadiendo su experiencia y conocimiento de las técnicas constructivas y de prevención, de los materiales de los equipos y los medios auxiliares, los sistemas de contratación y los modos usos y costumbres que son propios de sector de la construcción en el operamos.

En este trabajo se presenta un modelo de actuación profesional, en forma de guía orientativa, para facilitar y ordenar las acciones y los trabajos que generalmente puede realizar el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

Este modelo es de carácter genérico y abierto, y en él pueden incorporase conceptos no contemplados o eliminar otros en función de las circunstancias y características concurrentes. Otro tanto puede decirse de los documentos que se proponen, que tendrán, en su caso, el carácter de evidencia de haberse llevado a cabo la acción de coordinar las actividades preventivas de las empresas que han concurrido en la obra.

Deseamos vivamente que la Guía que sigue facilite, al menos en parte, la compleja tarea que tiene asignada el coordinador en materia de seguridad y salud.

Rafael Anduiza Arriola

Arquitecto Técnico Profesor de Seguridad y Prevención de la UPM

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“Puede afirmarse

que una sociedad es

preventivamente culta

cuando el hecho preventivo,

es decir la eliminación del

riesgo, está presente en

la mente, en la voluntad

y en la acción de todos los

sujetos que la integran.”

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La presente guía pretende ser una herramienta práctica para el coordinador en materia de seguridad y salud, que le sirva de ayuda para la organización de su trabajo y le proporcione modelos de documentos que puedan facilitar su defensa.

Para su elaboración se ha partido de un procedimiento basado en:

El conocimiento del proyecto y el estudio de ·

seguridad y salud de la obra.

La visita de inspección del solar o edificio en ·

el que se va a intervenir.

La planificación de la coordinación, teniendo ·

en cuenta la forma en que van a contratarse las obras, los plazos de ejecución y el tipo y número de empresas que van a participar. El estudio del contenido del plan de seguridad ·

y su idoneidad.

La celebración de reuniones de coordinación. ·

La entrega de instrucciones a contratista. ·

El control sobre el flujo de información a ·

todas las empresas participantes.

La verificación de las acciones de control del ·

contratista sobre las condiciones de seguri-dad de la obra.

El control de acceso a obra. ·

Abarca el proceso completo, desde la oferta de los servicios profesionales hasta la finalización de la prestación de dichos servicios y se ha elaborado teniendo en cuenta la realidad de la obra tanto en obras medianas y grandes, como en obras pequeñas. Para estas últimas se ha intentado simplificar, agrupando la constancia documental, que en el sistema general se propone mediante documentos específicos, en el acta de reunión de coordinación.

La guía se complementa con un CD que contiene los modelos de documentos y los ejemplos que se proponen, así como el sistema abreviado para obras de poca entidad y la documentación correspondiente.

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Los documentos previos al inicio de la obra, tienen dos finalidades: una primera consistente en recopilar datos para poder ajustar la oferta que presentarle al promotor (PETICIÓN DE OFERTA), y una segunda en la que, una vez firmado el contrato, se obtenga la información necesaria previa al inicio de la coordinación (ADJUDICACIÓN OFERTA).

PETICIÓN DE OFERTA

Para poder valorar tanto si interesa realizar el trabajo como su coste, es necesario conocer cómo se va a ejecutar la obra (DOC. 01). Para ello, el Promotor deberá informarnos de cuál será la duración prevista de los trabajos; la forma de contratación (no es lo mismo que haya un solo contratista a que sean más o que el promotor contrate directamente a trabajadores autónomos); la forma de pago; si va a querer servicios extras o no.

Además, debe hacerse constar ante el promotor la diferencia existente entre las funciones de coordinación de seguridad y las de dirección de obra, así como la necesidad de firmar un contrato específico.

ADJUDICACIÓN OFERTA

Formalizado el contrato de coordinación y pre-vio al inicio de los trabajos, deben solicitarse al promotor los documentos necesarios para po-der empezar a desarrollar eficazmente, la labor de coordinación (proyecto de ejecución comple-to, Estudio o Estudio Básico, etc. - DOC. 01).

Al mismo tiempo, conviene obtener los datos de contacto de las partes actuantes en el proyecto y en la obra, con el fin de poder realizar cualquier comunicación o consulta en el momento que se precise (DOC. 02). Este documento es un documento vivo, que irá completándose a medida que se vayan conociendo nuevas empresas intervinientes.

Otro paso previo al inicio de los trabajos es conocer el estado real del solar o de la obra para tener en cuenta circunstancias que conlleven riesgos y que pueden no estar previstas en el proyecto ni en el estudio de seguridad (DOC. 03). Estos datos nos valdrán para poder revisar correctamente el Plan de Seguridad y Salud. En cuanto se tenga conocimiento de qué contratistas van a intervenir en la obra, será conveniente solicitarles por escrito el Plan de Seguridad (DOC. 04), para que quede constancia de la fecha de solicitud y el plazo para su entrega al coordinador. Así, en caso de que se pretenda comenzar los trabajos que competan al contratista afectado, si no ha hecho entrega aún del citado Plan, se puede justificar ante el Promotor la prohibición de entrada a la obra del citado contratista. Los retrasos ocasionados por ello no serán imputables al Coordinador, sino exclusivamente al Contratista.

El plan de seguridad y salud, elaborado por el contratista, coherente con el proyecto de obra y el Estudio de Seguridad y Salud, es el instrumento básico de evaluación de los riesgos

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PETICIÓN DE OFERTA ADJUDICACIÓN OFERTA SOLICITUD INFORMACIÓN AL PROMOTOR INFORMACIÓN SOBRE LA PROMOCIÓN VISITA AL SOLAR PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD INFORMACIÓN NECESARIA PARA LA OFERTA DE SERVICIOS SOLICITUD PSS REVISIÓN PSS APROBACIÓN PSS

DOC/

01

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02

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03

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05

DOC/

06

previo al inicio de la obra

y planificación de la actividad preventiva en la obra. Por tanto es necesario que se base en el Plan de Prevención del contratista y de sus subcontratistas, en sus procedimientos de ejecución y en las condiciones específicas de la obra. Cabe recordar que la aprobación del plan o planes de seguridad es mucho más que un mero trámite, ya que el Plan es el documento clave para la ejecución de la obra en las debidas condiciones preventivas y para el coordinador es la herramienta en la que se apoya la coordinación y el efectivo control de la seguridad de la obra, cuya obligación es del contratista autor del plan. El documento que se propone (DOC. 05) pretende servir de ayuda a la hora de realizar la revisión de un plan de seguridad.

Una vez revisado el Plan de Seguridad, deberá formalizarse (en su caso), la aprobación. Existe

un documento actualizado (DOC. 06) en la página web del colegio (formularios visados). En el caso de administraciones públicas, se redactará un informe, indicando si es favorable o no. Si tras realizar la revisión se detectan irregularidades de forma que no sea posible su aprobación, es importante notificar por escrito al contratista afectado los motivos de la no aprobación, así como que no podrá empezar su intervención en la obra hasta que no queden subsanados las deficiencias y se haya realizado la aprobación. Para realizar la citada aprobación se dará un nuevo plazo de tiempo tras la recepción efectiva del nuevo plan. Es conveniente comunicar al promotor que no se puede iniciar la obra hasta que el plan no reúna las condiciones suficientes.

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AL INICIO

DE LA OBRA

Al Inicio de la obra, debe realizarse una

reunión con todos los agentes intervinientes

en la misma. Conviene citar a los siguientes: Promotor, Contratistas, Subcontratistas cono-cidos, Servicios de Prevención de las empresas, Recursos Preventivos, Jefe de Obra, Dirección Facultativa.

La pretensión de la reunión, es dar a conocer la forma en que se va a llevar la Coordinación en Materia de Seguridad y Salud.

En concreto, se informará sobre el procedi-miento establecido para la coordinación de actividades preventivas en la obra (hay un ejemplo en el CD), de manera que las empresas intervinientes conozcan desde el inicio cuales son los sistemas de información, comunicación y participación y qué personas ostentan en la obra funciones específicas de vigilancia, con-trol o coordinación en materia de seguridad y salud laboral. Además se les recuerda su deber de cooperar en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales (RD 171/2004). También deberá exponerse en la reunión, dón-de y quién tendrá el libro de incidencias en la obra, con el fin de que todos aquellos agentes que puedan escribir en el mismo (dirección fa-cultativa, contratistas, subcontratistas, traba-jadores autónomos, las personas y organismos con responsabilidades en materia preventiva

de las empresas intervinientes, los represen-tantes de los trabajadores y los técnicos de los órganos especializados en seguridad y salud de la Administraciones públicas), lo tengan accesible. Para ello, se realizará la entrega en custodia del libro (DOC. 07), a la persona que se decida (normalmente Jefe o Encargado de Obra, dado que ellos están en la obra la mayor parte del tiempo) delegación que habrá de do-cumentarse y ser conocida por todas las perso-nas con acceso al citado Libro.

Finalmente, deberá definirse cómo se realizará el control de accesos a obra. Este es uno de los puntos flacos de la coordinación y a la vez uno de los que más responsabilidad puede acarrear al coordinador. En el ejemplo propuesto se define cómo realizar, de forma organizada, una comprobación de que sólo acceden a la obra las personas autorizadas por los contratistas intervinientes (personas que tendrán acreditados los requisitos mínimos de formación, información y vigilancia de la salud), teniendo en cuenta lo reglado en la Ley 32/06 y su desarrollo en el RD 1109/07, que regulan la subcontratación en el sector de la construcción. Por otra parte se indica qué acciones se llevarán a cabo para impedir que personas ajenas a la obra entren dentro de la misma.

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REUNIÓN CON AGENTES IMPLICADOS INFORMACIÓN SOBRE LA GESTIÓN DE LA COORDINACIÓN PROCEDIMIENTO GENERAL DE COORDINACIÓN SISTEMA DE COMUNICACIÓN CUSTOSIA LIBRO DE INCIDENCIAS CONTROL DE ACCESOS DE OBRA

DOC/

07

ejemplo

ejemplo

ejemplo

al inicio de la obra

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Una vez iniciada la obra, comenzará la labor de coordinación en materia de seguridad durante la ejecución de la misma. En todo momento deberán tenerse en cuenta las “reglas del juego”. Estas, que no son más que las ya expuestas en la reunión realizada al inicio de la obra, habrá que darlas a conocer a cada una de las empresas, a medida que se incorporen a la obra.

Antes de que comiencen los trabajos, deberá realizarse la comparencia de los recursos preventivos (Doc. 08). Dicha comparecencia se documenta en un acta, en la cual el contratista ratifica por escrito la designación y el recurso preventivo se da por enterado de sus funciones en la obra.

Es importantísimo documentar las visitas a obra, dejando constancia escrita de lo observado, de las incidencias y de las instrucciones impartidas, al respecto de: situación de la obra; entrada de nuevas empresas; trabajos en ejecución; cumplimiento de las previsiones del plan en cuanto a: actividades en obra, medios auxiliares y equipos y medidas de protección; comprobación del

control de accesos a obra, accesibilidad del libro de incidencia, documentos de obra -plan de seguridad, planes elementos auxiliares, etc.-, funcionamiento correcto del sistema de comunicación, etc.

La mejor manera de dejar constancia escrita es a través del Libro de Incidencias. Hay que tener muy presente, que el Coordinador en materia de seguridad, o en su defecto la Dirección Facultativa, está obligado a remitir una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de veinticuatro horas, en el caso de que la anotación se refiera a cualquier incumplimiento de las advertencias u observaciones previamente anotadas en dicho libro por las personas facultadas para ello, así como cuando se disponga la paralización de tajos o de la totalidad de la obra, por haberse de detectado un riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores. Complementarios a las anotaciones en el Libro de Incidencias, los informes de visita permiten recoger con mayor detalle las circunstancias observadas y la incorporación de fotografías.

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REGLAS DEL JUEGO

CERTIFICADO FINAL DE COORDINACIÓN

ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN

PROCEDIMIENTO GENERAL DE COORDINACIÓN

COMPARECENCIA RECURSOS PREVENTIVOS SISTEMA DE COMUNICACIÓN VISITAS A OBRA LIBRO DE INCIDENCIAS LIBRO DE INCIDENCIAS INFORME DE VISITA INSTRUCCIONES PREPARADAS

CONTROL ACCESOS A OBRA

INSTRUCCIONES REUNIONES DE COORDINACIÓN INFORMES AL PROMOTOR

ejemplo

ejemplo

ejemplo

ejemplo

ejemplo

ejemplo

DOC/

08

DOC/

10

DOC/

09

durante la ejecución

finalización de la coordinación

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Respecto a la entrega de instrucciones

el sistema que se propone consiste en que el coordinador proporciona al contratista las instrucciones, tanto las destinadas a él mismo como las correspondientes a sus subcontratistas (empresas y trabajadores autónomos), quedando éste encargado de su entrega al subcontratista destinatario de dichas instrucciones (ver organigrama de entrega de instrucciones en el Sistema de Comunicación de las “Reglas del Juego”). La mejor manera de documentar la entrega de Instrucciones es mediante anotaciones en el Libro de Incidencias.

Sin embargo, puede ser interesante llevar una serie de Instrucciones Preparadas de casa (Doc. 09) puesto que, al preparar la visita a obra, se tiene conocimiento de ciertas circunstancias que van a requerir de ellas. No obstante, siempre es conveniente dejar constancia escrita en el libro de incidencias tanto de que se ha hecho entrega de la instrucción como de qué trata. En ambos casos es imprescindible que el contratista suscriba su recepción y, en su caso, el compromiso de entrega al subcontratista o subcontratistas a los que afecte.

Cabe hacer mención especial a la entrega inicial de instrucciones. Es muy importante tener dispuesta la documentación que forma parte de las citadas instrucciones iniciales que ha de recibir toda empresa antes de iniciar su actividad en la obra. El sistema propuesto

consiste en la entrega de dos tipos de información:

En primer lugar, tenemos la información ·

tiva a cómo se va a llevar a cabo la coordina-ción de seguridad de la obra (las “reglas del juego”). Los documentos que la conforman deben ser parte de las instrucciones iniciales puesto que tan importante es saber que no se puede entrar sin casco a la obra como en qué consisten las reuniones de coordinación de actividades y cuándo se pretende tenerlas, o quienes son los recursos preventivos y que funciones tienen encomendadas.

Por otra parte tenemos la información sobre ·

los riesgos y las medidas preventivas previstas, es decir, el Plan de Seguridad y Salud de la obra. En el caso de instrucciones iniciales al contratista, es la propia aprobación del Plan la primera entrega de instrucciones. Si se trata de instrucciones iniciales para los subcontratistas, estarán contenidas en la parte del plan de seguridad y salud que el contratista está obligado a entregarle, y sólo en el caso de que haya habido algún cambio en cuanto a prevención sobre lo previsto en el plan de seguridad, deberemos redactar unas instrucciones al respecto (por ejemplo podría ser que se hubiese adelantado el peldañeado de la escalera y en el plan de seguridad no se haya previsto una solución para el solape de dicho trabajo con el acceso seguro al puesto de trabajo del resto de operarios).

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REGLAS DEL JUEGO

CERTIFICADO FINAL DE COORDINACIÓN

ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN

PROCEDIMIENTO GENERAL DE COORDINACIÓN

COMPARECENCIA RECURSOS PREVENTIVOS SISTEMA DE COMUNICACIÓN VISITAS A OBRA LIBRO DE INCIDENCIAS LIBRO DE INCIDENCIAS INFORME DE VISITA INSTRUCCIONES PREPARADAS

CONTROL ACCESOS A OBRA

INSTRUCCIONES REUNIONES DE COORDINACIÓN INFORMES AL PROMOTOR

ejemplo

ejemplo

ejemplo

ejemplo

ejemplo

ejemplo

DOC/

08

DOC/

10

DOC/

09

durante la ejecución

finalización de la coordinación

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Otro punto importante de la Coordinación en materia de seguridad son las reuniones de coordinación (Doc. 09).

Aunque la celebración de reuniones de coordinación, y en todo caso su convocatoria por el coordinador, no es en absoluto obligatoria, las reuniones son un instrumento eficaz para la coordinación ya que permiten el intercambio de información en un mismo acto.

Se propone un ejemplo de acta de citación a la reunión de coordinación, que en las obras de mayor envergadura puede ser enviado por fax, e.mail o entregado personalmente a las empresas concurrentes.

El acta de reunión de coordinación de actividades preventivas, es un documento de apoyo totalmente modificable a conveniencia del coordinador, en el que se da un posible esquema a seguir en las reuniones.

Con cierta frecuencia, es conveniente ir realizando informes al promotor en los que se haga un resumen de las visitas a obra realizadas. Puede realizarse el informe cada mes, cada cambio de fase de obra o cuando se pacte o estipule en contrato.

Una vez finalizada la actuación del coordinador, es muy conveniente la emisión del certificado final de coordinación (Doc. 10), de forma que quede constancia de la fecha de finalización de la actuación profesional. De este modo se pueden evitar la posible reclamación de responsabilidad por actividades desarrolladas con posterioridad a dicha fecha.

El certificado podrá emitirse cuando se cumplan alguna de estas circunstancias:

Se ha firmado el acta de recepción de las ·

obras sin reservas

Si la recepción de obras es tácita, cuando la ·

dirección facultativa haya emitido y visado el certificado final de obra y ya no hay trabajadores de las empresas contratistas o trabajadores autónomos contratados por el promotor.

En el caso de que se prolongue la duración de la obra, se deberán de tener en cuenta las condiciones del contrato de coordinación, para renegociar con el promotor, si procede, los términos de su actuación.

En la página web del Colegio existe un modelo de certificado final de coordinación (formularios visados)

FINALIZACIÓN

DE LA COORDINACIÓN

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REGLAS DEL JUEGO

CERTIFICADO FINAL DE COORDINACIÓN ACTIVIDADES DE

COORDINACIÓN

PROCEDIMIENTO GENERAL DE COORDINACIÓN

COMPARECENCIA RECURSOS PREVENTIVOS SISTEMA DE COMUNICACIÓN VISITAS A OBRA LIBRO DE INCIDENCIAS LIBRO DE INCIDENCIAS INFORME DE VISITA INSTRUCCIONES PREPARADAS CONTROL ACCESOS A OBRA

INSTRUCCIONES REUNIONES DE COORDINACIÓN INFORMES AL PROMOTOR

ejemplo

ejemplo

ejemplo

ejemplo

ejemplo

ejemplo

DOC/

08

DOC/

10

DOC/

09

durante la ejecución

finalización de la coordinación

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Contenido CD documentos y ejemplos

Documentos coordinación

(formatos pdf y excel))

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Las actualizaciones sobre este contenido estarán disponibles en www.caatvalencia.es

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C/ Colón 42, 1º -2ª 46004 Valencia Tel. 96 353 60 03 Fax 96 351 34 78 www.caatvalencia.es eprofesional@caatvalencia.es

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