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ÍNDICE PRESENTACIÓN 17 ALICIA GIL GIL LISTA ABREVIATURAS 21 SECCIÓN PRIMERA. MARCO DE ANÁLISIS

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ÍNDICE

PRESENTACIÓN 17

ALICIA GIL GIL

LISTA ABREVIATURAS 21

SECCIÓN PRIMERA. MARCO DE ANÁLISIS

LA GUERRA CONTRARREVOLUCIONARIA: UN FACTOR DE PREDIS­

POSICIÓN AL HECHO 25

SONIA ALDA MEJÍAS

I. Introducción . 25

II. La doctrina de Seguridad Nacional: la lucha internacional contra el

comunismo 28

III. Caracterización de la guerra revolucionaria para llevar a cabo la con­

traofensiva 32

IV. La guerra interna en América Latina como un "hecho indiscutible", en tanto caldo de cultivo para la guerra revolucionaria 34 V. La guerra contrarrevolucionaria y la conquista de conciencias: La

ruptura con la guerra convencional 38

VI. Quitarle el agua al pez 42

VII. Inteligencia y tortura: técnicas de guerra de la guerra contrarrevolu­

cionaria 45

VIII. Motivaciones para alimentar la predisposición del actor inmediato 48

IX. Conclusiones 50

X. Bibliografía 52

CONTRARIEDADES ACTUALES DEL DERECHO PENAL INTERNACIO­

NAL 55

(2)

8 índice LA FERTILIZACIÓN CRUZADA JURISPRUDENCIAL Y LOS MODELOS DE RESPONSABILIDAD. ACORDES Y DESACUERDOS EN LA JURIS­

PRUDENCIA LATINOAMERICANA 69

ELENA MACULAN

I. Introducción: objeto y alcance de la investigación 70 II. El diálogo entre jueces y la fertilización cruzada 72

1. Dinámicas de circulación 74

A. Breves consideraciones acerca de la interacción ascendente 76

III. "Acordes y desacuerdos" 79

1. Acordes en la jurisprudencia latinoamericana 80

A. Selección de los modelos.de responsabilidad 80 B. Expansión de la categoría de la autoría y función simbólica 83

G. Figuras alternativas 85

a. Responsabilidad del superior 86

b. Delitos de asociación ilícita 89

c. Concierto para delinquir 92

3. Desacuerdos en la jurisprudencia latinoamericana 93

A. Desacuerdos debidos al sustrato normativo 94

a. Cuestiones sobre el alcance personal 96

b. Desacuerdos debidos a reformas legislativas 99 c. Figuras peculiares en la legislación nacional 100

i. La legislación uruguaya 101

ii. La coautoría impropia en la jurisprudencia colom­

biana 104

B. Desacuerdos a nivel interpretativo 107

a. Selección del modelo de responsabilidad aplicable 107 b. Definición, alcance y presupuestos de cada modelo de res­

ponsabilidad 115

i. Los requisitos para integrar la autoría mediata por

aparatos 115

iii. La forma de imputación aplicable a los mandos inter­

medios 119

iv. Aplicabilidad de la autoría mediata por dominio de

la voluntad a aparatos no estatales 120

G. Breves apuntes sobre la correspondencia entre el modelo de intervención elegido y la fenomenología del caso concreto 122

IV. Modalidad de la interacción jurisprudencial 123

1. Función de las referencias a la jurisprudencia ajena 124 2. Los riesgos de una circulación no formalizada y dirigida a la

legi-t i i nación ex poslegi-t 125

A. Uso selectivo de las referencias 125

B. Referencias demasiado genéricas o confusas y remisiones

"perezosas" 127

(3)

Indice 9

V. Consideraciones finales 130

VI. Tabla comparativa 133

VII. Bibliografía 140

SECCIÓN SEGUNDA. LA RESPONSABILIDAD DEL SUPERIOR JERÁRQUICO

LA RESPONSABILIDAD POR OMISIÓN DEL SUPERIOR. REFLEXIONES AL HILO DE LA DECISIÓN DE CONFIRMACIÓN DE CARGOS CONTRA

JEAN P IERRE BEMBA GOMBO 147

ANA M. GARROCHO SALCEDO

I. Antecedentes del caso 147

II. Cuestiones generales sobre la responsabilidad del superior por omi­

sión (Art. 28 ECPI) 150

III. Concreción de los elementos constitutivos de la responsabilidad del

superior 152

IV. El primer elemento de la responsabilidad del superior: la determina­

ción del sujeto activo 154

1. Los jefes militares de iurey los jefes militares de facto 155

2. Los superiores civiles 159

V. El segundo elemento de la responsabilidad del superior: el ejercicio del mando o la autoridad y control efectivo sobre los subordinados 160 VI. El tercer y el cuarto elemento de la responsabilidad del superior: a)

los críménes deben haberse cometido como consecuencia de la falta de control adecuado de los superiores; B) el superior no adoptó las medidas necesarias y razonables para prevenir, reprimir o denunciar la comisión de los crímenes ante las autoridades competentes 169 VII. El quinto y último elemento de la responsabilidad del superior: el

elemento subjetivo 175

1. Conocimiento de la situación típica de lesión o peligro 175 2. Hubiere debido saber la situación típica de lesión o peligro para

el bien jurídico 177

3. Deliberadamente hubiere hecho caso omiso de información que indicase claramente que concurría una situación típica de lesión

o peligro del bien jurídico 179

VIIL Conclusiones 180

IX. Bibliografía 182

LA RESPONSABILIDAD DEL SUPERIOR JERÁRQUICO EN EL DERE­

CHO PENAL ESPAÑOL 185

VICTORIA GARCÍA DEL BLANCO

(4)

10 Indice I. La responsabilidad penal omisiva por la comisión de crímenes inter­

nacionales en el Código penal español 189

1. Delimitación con relación a la determinación de la responsabilidad por aportaciones activas en aparatos organizados de poder 189

2. El artículo 615 bis del Código penal 191

A. Introducción 191

B. Soluciones previas 192

C. La responsabilidad de la autoridad o jefe militar o cualquier otro asimilado por no evitar la comisión de delitos por sus

subordinados (art. 615 bis. 1 y 2 CP) 194

a. Omisión típica: la no adopción de medidas para evitar o perseguir delitos de genocidio, lesa humanidad y contra las personas y bienes protegidos en casode conflicto armado... 194

i. Delitos que se omite impedir o castigar: resultado

típico 194

ii. Naturaleza jurídica del tipo del artículo 615 bis CP: delito de omisión pura o comisión por omisión: el

contenido del deber de actuar 199

iii. Análisis de los elementos propios del delito de comi­

sión por omisión 207

iv. Posición de garante derivada de la relación de subor­

dinación 208

v. Imputación objetiva: equivalencia estructural 212

vi. Elemento subjetivo 212

b. Responsabilidad del superior civil, no comprendido en los apartados anteriores, por no evitar dolosamente la comisión por sus subordinados de los mencionados delitos (art. 615.

bis.4) 217

3. El no promover la persecución de la comisión por un subordinado de uno de los delitos citados (art. 615 bis. 3, 5 y 6 CP) 219

III. Bibliografía 222

LA RESPONSABILIDAD DEL SUPERIOR MILITAR. ESPECIAL REFE­ RENCIA AL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL 227 ABRAHAM MARTÍNEZ ALCAÑIZ

I. Introducción 227

II. Antecedentes normativos 229

1. Ordenamientos domésticos 229

2. Derecho Internacional 232

III. Concepto, naturaleza y requisitos 235

1. Concepto 235

2. Naturaleza 236

3. Requisitos 238

(5)

índice 11

1. El Código Penal Militar 239

A. El art. 137 del CPM 239

a. Naturaleza 240

b. Sujeto activo 242

c. Elementos objetivos y subjetivos del tipo penal 246

d. El art. 78 del CPM 247

4. El Código Penal 248

A. Sujeto activo 249

B. Concurso de Leyes 250

C. El apartado 1" y 2" del art. 615bis 252

D. El apartado 3o del art. 615bis 253

V. Conclusiones 253

VI. Bibliografía 254

SECCIÓN TERCERA. AUTORÍA MEDIATA Y COAUTORÍA LA AUTORÍA MEDIATA POR DOMINIO DE UN APARATO DE PODER COMO INSTRUMENTO PARA LA ELABORACIÓN JURÍDICA DEL

PASADO 259

FRANCISCO MUÑOZ CONDE

I. Introducción 259

II. La tesis de Roxin 267

III. La aplicación de la tesis de Roxin en lajurisprudencia de los tribunales

nacionales 272

1. Excurso: Especial consideración de lajurisprudencia peruana en

esta materia... 278

IV. La aplicación de la tesis de Roxin en los Tribunales internacionales 283 V. Resumen y conclusiones: la teoría de la autoría mediata por dominio

de un aparato de poder como medio para la elaboración jurídica del

pasado 286

VI. Bibliografía 291

LA APLICACIÓN DEL CONCEPTO DE AUTORÍA MEDIATA A TRAVÉS DE APARATOS ORGANIZADOS DE PODER POR LOS TRIBUNALES PENALES INTERNACIONALES: ESPECIAL REFERENCIA A LOS CASOS "AL BASHIR", "AL-GADDAFI" Y "AL-SENUSSI" ANTE LA CORTE PENAL

INTERNACIONAL 297

HÉCTOR OLÁSOLO ALONSO

I. Introducción 298

II. La aplicación del concepto de autoría mediata a través de estructuras

organizadas de poder en el TPIY y el TPIR 304

1. El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia 304

(6)

12 índice B. Los casos "Brdanin", "Krajinik" y "Limaj et al." 306 2. El Tribunal Penal Internacional para Ruanda: el caso contra Protais

Zigiranyirazo 308

III. La Corte Penal Internacional: los casos "Bemba", "Katanga y Ngud-jolo", "Al Bashir" y "Al-Gaddafi y Al-Senussi" 309

1. El caso "Bemba" 310

2. El caso "Katanga y Ngudjolo" 312

3. El caso "Al Bashir" 314

4. El caso contra Muammar Al-Gaddafi, Saif Al-Islam Gaddafi y Abdullah

Al-Senussi 316

A. Introducción al caso 316

B. Dificultades en la aplicación de la autoría mediata a través de estructuras organizadas de poder a Muammar Gaddafi por no reunir el suficiente grado de control sobre el aparato de poder

del Estado de Libia 317

C. La responsabilidad del jefe de la inteligencia militar libia, Abdullah Al-Senussi, como autor mediato a pesar de estar directamente subordinado a Muammar Al-Gaddafi 320

IV. Conclusión 322

V. Bibliografía 326

LA PRIMERA SENTENCIA DE LA CPI: REFLEXIONES SOBRE EL CASO

"LUBANGA" 329

CUSTODIA JIMÉNEZ MARTÍNEZ

I. Introducción 329

II. Modo de participación (coautoría) incluyendo el elemento subjetivo

(arts. 25 y 30 ER) 330

1. Requisitos objetivos de la coautoría, dominio del hecho y sistema

del artículo 25.3 ER 334

2. El requisito subjetivo 343

III. ¿Podría haber sido el caso "Lubanga" un supuesto de autoría mediata

por aparatos organizados de poder? 352

IV. Conclusión 355

V. Bibliografía 358

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LAS FORMAS DE AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN EN LOS DELITOS SEXUALES COMO CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD. LA IMPORTANCIA DE LOS PRESUPUESTOS SUB­ JETIVOS COMO CRITERIO DELIMITADO!* DE LA RESPONSABILIDAD

PENAL 363

SILVIA MENDOZA CALDERÓN

I. Introducción 363

(7)

Indice 13

tación por la Corte Penal Internacional 366

1. El concepto de violación desde el Derecho Penal Internacional 367 2. Los delitos sexuales y su comisión bajo el obligado elemento

con-textual de los crímenes de lesa humanidad 370

III. Las formas de autoría y participación en estos delitos conforme al

derecho penal internacional 376

1. La responsabilidad individual en Derecho penal internacional. Algunas observaciones sobre los denominados "delitos de propia

mano" 376

IV. La responsabilidad criminal ante la Corte Penal Internacional por la comisión de delitos sexuales como crímenes contra la humanidad 382 1. La realización de un crimen de lesa humanidad en forma conjun­

ta 385

2. La realización de un crimen de lesa humanidad a través de aparatos

organizados de poder 386

3. La responsabilidad del superior conforme al art. 28 del Estatuto

de Roma 390

V. La trascendencia del elemento subjetivo en la delimitación de los delitos sexuales como crímenes de lesa humanidad 396

VI. Conclusiones 402

VII. Bibliografía 406

SECCIÓN CUARTA. JOINT CRIMINAL ENTERPRISE Y

CONTRIBUCIÓN AL CRIMEN COMETIDO POR UN GRUPO

JOINT CRIMINAL ENTERPRISE ¿UNA ESPECIE JURÍDICA EN VÍAS DE

EXTINCIÓN EN EL DERECHO PENAL INTERNACIONAL? 413 MARÍA GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ

I. Introducción 414

I. Origen jurisprudencial de la doctrina de la Joint Criminal Enterprise

en elTPIY 416

III. Elementos configuradores de las diversas formas de Joint Criminal

Enterprise 419

1. Elementos objetivos 419

2. Elementos subjetivos 419

3. Breve recapitulación 420

IV. Desarrollo posterior de la figura en otros pronunciamientos del

TPIY 421

1. El plan, propósito o designio común 422

A. ¿Hace falta un acuerdo entre los líderes y los ejecutores? 422 B. ¿Es posible el acuerdo si el objetivo principal no es en sí cri­

minal? 425

(8)

14 Indice A. ¿Dominio funcional del hecho a través de una contribución

significativa? 425

B. Co-ejecución material de los elementos del crimen 429 C. Criterio de imputación subjetiva respecto aJCE III:

¿previsibi-lidad, probabilidad o posibilidad? 429

3. Breve recapitulación 430

V. naturaleza jurídica de la figura en la jurisprudencia del TPIY 432

1. ¿Forma de autoría o forma de participación? 432

2. Supuesto problemático: la aplicación de laJCE III a los delitos con

un especial elemento subjetivo 433

3. Distinción de las formas de participación ("aiding and abetting")....434 VI. Aplicación de la figura por otros tribunales internacionales 436

1. Tribunal Penal Internacional para Ruanda 436

2. Tribunal Especial para Sierra Leona 437

3. Salas Especiales en los Tribunales de Camboya 439

4. Alto Tribunal de Irak 441

VIL Valoración de la contribución a una JCE como forma de responsabi­ lidad principal en el Derecho penal internacional 443

1. Críticas y elogios a la figura de laJCE 443

2. Propuestas de restricción de laJCE 445

3. Valoración personal de laJCE 447

VIII. El Estatuto de Roma y la Corte Penal Internacional ante la Joint Cri­ minal Enterprise. una especie jurídica en vías de extinción 449

1. Estatuto de Roma (art. 25) 449

A. Coautoría 450

B. Contribución a un crimen cometido por un grupo 452 2. La interpretación del artículo 25 del Estatuto por parte de la Corte

Penal Internacional 454

A. La apuesta por un sistema diferenciado!" que define la autoría sobre la base del criterio del dominio del hecho (control over

the crime) 454

B. La coautoría mediata (indirect co-perpetration) a través de

un aparato organizado de poder 456

C. La contribución a un crimen cometido por un grupo como forma de participación accesoria y residual 461 D. Conclusión: laJCE se encuentra actualmente en vías de extin­

ción 462

IX. Observaciones finales: búsqueda de soluciones en materia de atribu­ ción de responsabilidad penal en Derecho penal internacional 464

(9)

índice 15 LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL EN CUANTO A LA CONTRIBUCIÓN EN EL CRIMEN COMETIDO POR UN

GRUPO 473

ALEJANDRO KISS

I. Introducción 474

II. Diferenciación con respecto a la coautoría 477

1. Plan común o acuerdo de voluntades vs. grupo de personas que

tienen una finalidad común 477

a. Acuerdo de voluntades o plan común - coautoría 478 2. Grupo de personas que tienen una finalidad común 480 3. Contribución en el crimen vs. contribución en el plan 486

III. Grado y naturaleza de la contribución 488

1. Contribuciones neutrales 492

2. Reseña de casos 496

IV. ¿Aplicación a quienes pertenecen al grupo? 501

1. Accesoriedad 503

2. Aspecto subjetivo 504

V. Conclusiones 505

VI. Bibliografía 506

SECCIÓN QUINTA. AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN EN DERECHO PENAL INTERNACIONAL: ¿HACIA UNA

DOGMÁTICA UNIVERSAL?

IMPUTACIÓN DE CRÍMENES INTERNACIONALES, ¿EXPANSIÓN O UNIVERSALIZACIÓN? PROBLEMAS Y VÍAS DE SOLUCIÓN 511 ALICIA GIL GIL

I. Introducción 512

II. Criterios de imputación de crímenes internacionales 513 1. Antecedentes: Lajurisprudencia del Tribunal Penal Internacional

para la Antigua Yugoslavia (TPIY) 513

2. El concepto de autor del Estatuto de Roma según la Corte Penal

Internacional 518

3. La coautoría directa por dominio funcional en lajurisprudencia

delaCPI 520

4. La coautoría mediata a través de aparatos de poder jerarquizado

en la doctrina de la CPI 523

A. Fundamentación de la elección de esta figura 523

B. Descripción y requisitos 530

III. Problemas que plantean las soluciones adoptadas 533 1. Problemas relativos al principio de legalidad 533

(10)

16 Indice B. La utilización de criterios poco definidos y por tanto manipu­

labas 539

C. La cuestionable selección de las fuentes 542

2. La imputación de los excesos del codelincuente o del ejecutor 545 A. La definición amplia del acuerdo o plan común 546 B. Una incorrecta caracterización del dolo y con ello del dolo

conjunto expresado en el acuerdo de voluntades 549 a. La incorrecta exclusión del dolo eventual 550 b. La sustitución del elemento voluntad de actuar por la

pre-visibilidad 555

c. Explicación dogmática de la imposibilidad de imputar los

excesos del coautor y del ejecutor 557

i. Estado de la cuestión 557

ii. La exclusión de la imputación del exceso desde la

teoría de la imputación objetiva 559

iii. El plan común como construcción conjunta de la

voluntad de actuar que integra el dolo 562 iv. La voluntad incondicionada de actuar como elemen­

to de toda clase de dolo 563

v. La regulación del dolo en el Estatuto de Roma 568 vi. La dación de órdenes como imposición al ejecutor

de la voluntad de actuar del hombre de atrás 573 IV. ¿Es imprescindible una imputación como autor? La vista puesta en

las consecuencias de la calificación 576

V. Conclusiones y propuestas 580

VI. Bibliografía citada 581

DÉFICITS DOGMÁTICOS DE LA APLICACIÓN PRÁCTICA Y PROBLE­ MAS PRÁCTICOS DE LA CREACIÓN DOGMÁTICA 589 ELENA MACULAN Y CUSTODIA JIMÉNEZ MARTÍNEZ

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