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BARCELONA
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16 de Mayo de 1917 ~úm. 20 H
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SESIONES
Acuerdos de la extraordinaria de 2.
8convocatoria de 9 de Mayo de 1917
Pres·idencia: Excmo. Sr. Alcalde accidental, don Luis Dnran y Ventosa.
llustres se1'1ores Co11cejales asistentes: Balai1a, Revent6s, Calderó, Llopis, Almirall, Andreu, Gardó, Grañé, Colominas Maseras, Vega, Cirera, de 1Iesa, Gili, de Fortuny, Callén, ~Iunné, Puig y Alfonso, Ulled, Rovira, de Figneroa, Bofill, Vila 1Iarieges, Vila Moliné, ,Cararach, Fusté, Rogent, Rita, Lasarte, Rocha, Polo, Ribalta, Cuadrench, García, Burrull, Dessy, l\rlauri, Mar.tí, Pagés, Jover, Soler y de Llanza.
DE SOBRe L.\ !\lESA
Se aprueban los siguientes asuntos de sobre Ja mesa.
Dictamen de la Comisión de Ensanche propo-niendo, que no habiéndose infringido la ley de Protección a la Industria Nacional, se apruebe : I.0 El pljego de condiciones,. presupuesto y planos relativos a la construcciém del emoedrado de la calle de las Cortes entre las de Aribau y Balmes,
y de la Plaza de Teluún, y con arreglo a los ci-tados documentos y hajo el tipo de 13,522'20 ¡·e-setas con cargo a la relación de Resultas por at!i-ción al vigente Presupuesto de Ensanche, se saquen a subasta las expresadas obras; 2.• Que a los efectos preve1údos en el artículo 2 .• de Ja
Instrucción de 24 de Enero de 1905, se dé publicidad en la forma, y por el plazo pre-venido eu dicho precepte le~al, al acuerdo de celebración de subasla; 3.• Ç.Jue en caso de -no fonnularse reclam;;tción alguna deutro de aqucl plazo, se entienda adiciouado el pliego de condi-ciones con la de no baberse formulada ninguna, se anuncie en la Cact:la y en el Bolelf1L Oficial dc la prO\'Ïncia la celebración dc la indicada subasta,
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fi.j ando para ell o el plazo de treinta días ; y 4. • Que 'se designè al Iltre. Sr. D. Noel Llopis para
asis-tir a la subasta en rcpresentación del Excelcutí-simo Ayuntamiento, y al litre. Sr. D. Tomús BmTUll oara substituirle en caso de ausencia o en fermed ad.
~~ GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA ~-~
obras por contrata y administración clasificadas en grupos, subaslas, concursos, e-xenciones de sn-basta y concurso, íncidente sobre prórroga, tiem-po invertido en la ejecución de cada una, precios en que han sido presupuestadas y adjudicadas y cantidades que en definitiva ha satisfecho por cada una dc elias el Ayuntamiento, precios unita-rios de cada clase de obras, y variaciones introdu-cídas en díchos precios; e) Reclamaciones con motivo dc contribuciones, su objeto, incidencias y acuerdos recaídos. li Realización del Ensanche ;
et) Exteusión superficial de· la Zona de Ensanche, scgún cada uno de los pianos que hayan sido dedarados o se declaren sucesivamente oficiales ; superficies viales y superficies edificables totales, e.xtensiones de terrenos adquirides y que vaya adquiriendo el Ayuntamiento para vía pública, con separaci6n de las que lo han sído por cesióu gratuïta y mediante pago de precios, e_-xtensiones edificables adquiridas para parques o jardines, o cclificios municipales o para cualquier otro servicio municipal, y superficies totales viales abiertas y edificables edificadas ; b) Número de casas, cu-bierlos u otra clasc de construcciones, fechas en que han sido construídas, reparaciones, adiciones o transformaciones verificadas o que se verifiquen, superficies de las construcciones existentes, tantos por cientos libres de edificación, en las manzanas, servidumbres en el suelo y subsuelo de 1a vía pú-blica; e) Obras de urbanización del-Ensanche ac-tualmente realizadas y que se vayan realizando, fecha de su cjccución, su coste y el de su conser-vadún por años y en totalidad ; obras de cuya conservaci(m sc haya hecho cargo o se vaya ha-ciendo cargo el Presupuesto de Interior; metros lineales de cloaca y bordillo, de cana1izaciones para agua y para altunbrado, y metros cuaclrados de pa-vimentado de todas clases, incluso el cle las aceras en tolalidacl y por cada clase; obras actualmente conslruídas y que faltan construir para dejar totalmcnle urbanizado el Ensanche, número de fuentes que corrcsponcle instalar en el Ensanche y número dc las ya instaladas ; datos relacionades con la forma en que actualmente se prestau los servicios de alumbrado y de agua, y especialmeute los de prccios dc coste en forma de su realiza-ción, etc., etc. ; da tos com plementarios relaciona-dos con torelaciona-dos los servicios de urbanización que se acaba dc enumerar para que la estadística resulte dara, comprensiva y perfectamente apreciables los cfectos que dc ella se apetecen ; d) Contribu-cioncs, clc:scle s u concesión para Ensanche has ta la fccha ; canticlades ingresadas por
contribucio-nes y recargos anualmcnte en el Erario Munici-pal, cl:.tse y liÚlllet·o de fincas que han venido tri-bulando e11 los respectives aüos ; movimiento ac-tual dc nllas y bajas, tanto en co1Jtribuciones como eu rccargo~, cantidacles ingresadas en el Erario Municipal hasta la fecha por dicho concepto, y canlidades que sc vayan ingresando en lo suce-sivo i número y clase de nncas que deben irsc dando de baja en el Registro Fiscal de Ensanche por finido el término de la concesión, couceptos
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tributaries de dichas bajas ; datqs de todas dases que sc relacionan con lo expresado o que les sir-van de complemento; e) Personal de plantilla; planti lla desde que la satisfacen los fondos de En-sanchc, su importe anual y sucesivo, su importe total hasta la fecha, número de empleados por categorías, sueldos, variaciones en los mismos ; brigadas, clasificación por grupos en relación ~
su destino, número por años de operaries de cada grupo, tolales anuales del número de operaries dc todas las brigadas, movimiento de altas y bajas de cada año, aumeutos y reducci<mes, precio de jornales, variaciones en los mismos, organi~acio
nes, catcgodas, cantidacl de trabajo útil por meses o por aíios rcndido por las brigadas y todos los clemas trabajos que pueda acordar la Comisión o el Ayuntamicnto en su d1a; 2." La depeudencia de cstacHstica se compondra del personal siguien-te: un Oficial 2.", clos Auxiliares y los Escribien-tes que al cfecto se destinen oportunameute del Cuerpo de Escribientes de Ensanche, sin perjuí-cio de las ampliaperjuí-ciones que en la plantilla hiciere neccsario introdncir el desarrollo del trabajo con-fiado a la dependenci a ; 3. a Todas las pla zas se proveen1n mediante concurso libre, en el que de-bera acreditarse, ademas de las condiciones gene-rales que según el Reglamento de Empleades para el i ngreso en el Cuerpo de Empleades municipales, los conocimientos especiales que requieran sus respecti vos car gos ; 4· a El Oficial segundo tendra
el caracter de J efe de la dependencia y como a tal estadi cncargado de la dirección de la misma, y no depender!t, den tro de la Sección, mas que del
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e fe de ésta, del cual recíbid directameute todas las im;trucciones y órdenes convenientes y le pro-pondr{t los procedimientos y formas de trabajo mús prftctitos y de ¡n{ts eficacia para la organiza-ción de la estadística y los modelos de registro, fincas y documentes de todas clascs que ex.ija el buen funcionamiento de la dependencia, y ademús dirigira el trabajo de ésta, se entendera con los Ncgociados dc la Sección y con las Oficinas facul-talivas para proporcionarse los datos y antecedeu-tcs que e.xija la formación de la Estadística, que le seran facilitados, sin otra formalidad qtte la del oportuno recibo escrito, y por último distri-buidi la ejecución de trabajo entre los dos Auxi-liares, procurando que cada Auxiliar quede en-cargado de cada uno de los grupos establecidos en la Base primera. Los Au.xiliares ejecutar[m los trabajos que les seiiale el Oficial-jefe de la depen-dencia, lo mismo que los Escribientes. Los datos y antecedentes que la dependencia 11ecesite, obrau-tes en las demas oficinas del Ayuntamiento, seran reclamades a los Jefes de éstas por el de la Sec-ción de Ensanche, viniendo aquéllos obligaclos afacilitarlos mcdianle el oPortuno recibo.
Otro, dc la misma Comisión, propot1Íendo, que mccliante el cumplimiento de los requisitos que luego se consignaran y dentro de las condiciones qttc en esta propuesta de acuerclo se fijan: I .0 Que
se accptc el ofrccimiento de venta hecho por don Javier de 'Fontcubcrta, como apoderaclo cle su
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~madre D." Carmen Ferrer de Dalmases, de un terrenò de su propiedacl dc extensión 7,941 metros cuadrados, 12 centímetros, equivalentes a 2I0,20I palmos, 45 centésimas, situado en la montaña dc Montjuich ; lindante al N01·te, con terreno de don Agustiu .Moliné Carranza; al Sud, con un antiguo camino; al Este, con propiedad de D. Agustín Viñamata, hoy del Municipio, y al Oeste, con te-rrenc de D.a 1Iercedcs Masana, hoy también del Excmo. Ayuntamienlo; 2.0 Que se apruebe la valoración de la finca objcto de la oferta a que se refiere el extremo pYecedente, formulada por los arquitectes D. José Font y Guma y D. Joaq,ttín Bassegoda, y que por el precio consignado en di-cha valoración y que lucgo se clira, el Excelentísi-mo Ayuntamie11to aclquiera dicha :finca dentro de las Bases siguientes : 1." Esta finca se adquierc
por el precio de total de 6r ,098'69 pesetas a que asciende la valoración formulada por los Arquitec-tes de que anArquitec-tes se ha hecho mencíón, si la exten-sión de la finca fuesc de 7,941 metros cuadrados, 12 decímetres, eql}ivalentcs a 210,201 palmos, 45 centésimas, y la parte de teneno edificable de la misma, la de 4,8o8 metros cuacirados, So decíme-tres cuadrados, equi valentes a 1~7,288 pal mos, 34 céntimos de palmo, o por la cautidad mayor o menor que resulte de la aplicación del precio uni-tario de 48 céntimos de peseta por palmo de te-rrenc edificable, si del examen de la titulación y de las comprobaciones de la superficie de la finca que en vista de ella juzgue conveniente el Ayunta-miento verificar, resultase que la finca tiene una extensión de terreno edificable mayor o menor, comprendiénclose en dicho precio cualquier cons-trucción, ~u-boles y plantaciones que en ella exis-tan, y cuantos derechos, sel·vidumbres, pextenen-cias y acciones correspondan a la finca; 2.3 Antes dc formalizarse la venta se comptobara por la Sección facultativa correspondiente del .Munici-pio, si en la finca objeto de ella e..'cisten todas las construcciones, plantaciones y obras de toda clase que se ban tenido en cuenta para fijar su valor, suspendíéndose la firma de la escritura si faltase alguno de los objetos de la valoración compren-dida; 3·" El vendedor queda ob1igado a tener el clía antes de la firma dc la escritura completamen-te vacua y expedita la finca, sin ocupante alguno y sin otros objetos que los compre:ndidos en la venta. La Autoriclad Municipal, por medio dc su personal técnico, comprobarú antes de la firma dc la escritura si la finca se halla vacua y expedita en los términos que se acaba de consignar, y en caso contrario aplazara la firma de la misma ¡ 4. a Queda ob1igado el proponente a presentar en el Negociado de Obras Públicas de la Sección de Ensanche los Htulos, pianos y demas documentos que constituye la titulación de la finca, tan prouto
lc scan reclamades para :su examen, y a concurrir a la operación del terrcno en vista de dicha titula-ción cuando lo juzguc ncccsario practicar la Auto-ridacl Municipal, antes del oportuno otorgamiento. Dicha titu1ación, en cuanto se refiere e..'\clusiva-mente a la finca objcto dc venta, pasara a ser
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piedad del Ayuntamiento al adquirir éste el te-rrenc; 5·" La venta sc hadt libre de toda carga o gravamen para el comprador, liberando el pro-ponente las que tal vez hubieran, antes de la olor-gación de la escr1tura, a no ser que circunstan-cias especia1es no permitieran la liberación inme-diata, en cuyo caso, el Ayuntamiento se retendrf1 del precio de venta la cantidad prudencial en que se calcule el valor del gravamen o gravamenes hasta que se halle efectuada la libcración ; 6. • Si por no cumplir el proponente cualquiera de las obliga-ciones que vienen a su cargo, según la cUmsula pt·ecedente o por causas imputables exclusivamcn-lc al mismo, se retrasara la formalización del con-trato de venta, debera el proponente satisfacer al Erario .Municipal la canlidad de 30 pesetas por cada día que se retrasc la formalización del con-trato, y sí el retraso excediese de tres meses, poclr{l el Ayuntamiento dejar sin efecto este acuerdo dc adquisición ; 7. • Las m ui tas exigibles en virtud de la cl{msula penal que antecede, se hanín efec-tivas deduciendo su i mporle del precio de venta si ésta se lleva a cabo, y si se dejase sin efecto este acue¡·do de adqt1isici6n, seran exigibles admi-nistrativamente y por la vía de apremio con arre-glo a lo prevenido en el parrafo penúltimo del art. 24 de la Instrucción para la contratacióu dc servicíos provinciales y municipales de 24 de Encro de 1905, cuya Instrucción regiril ademas en todos los casos no previstos en estas Bases, junto con las demas disposiciones que sean de perti11ente aplica-ción; 8.a El vendedor respondera de la evicci(m, quedando obligado al saneamiento del inmueble vendido eu los casos que corresponda y sin salvedad ni restricción alguna. El Ayuntamiento adquitir(t la finca sin la menor limitación 11Í restricción, pudiendo destinaria no sólo a Parques y Jardines, que es el objeto para que ahora se adquiere, sino a cualquier otro que estime preferible en cualquicr momento, y pudiendo revenderia en todo o en parte, sin que el vendedor pueda en dicho caso ni reclamar la devolución de la finca ni oponerse a los actos que el Ayuntamiento verifique respec-to a ella una vez dueño dc la misma, y a csle efecto, el vendedor renuncia expresamente y de una manera absoluta en la escritura a cualquier el crec ho que pudicra asisti rle a .recobrar el toclo o parte de Ja finca vendida si e1 Ayuntamicnlo cambiase el destí no con que a hora la adquierc, o la devolviera al dominio y uso particular por medio de venta, permuta, cesión o por cualquier otro de los modos jurídicos de transmisión que la ley positiva regula; 9.3
~~ GACETA ~1UNIClPAL DE BARCELONA ' ' ' ' ' ' ' • · · • · • ·
del vendcdor los gastos de otorgamiento, :r de cuen-ta del Ayuncuen-tamiento los de la primera copia de la cscritura, los del importe de derecbos reales que dcvcngue la Yenta, los de inscripción de la misma en el Registro de la Propíedad y cuantos se deriven o scan consecuencia de los que, según esta cltm-sula, vicnen a cargo dc la Corporación ~Iunicipal ; . ) .
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El prccio de venta de la finca a que se viene hacicJldo refercncia, se aplicara a la relación de H.csultas por adicióu al vi.gente Presupuesto de Ensanchc (fondos dd tercer empréstito); 4·" La Corporaciún Municipal cuidara de cumpl:ir en su oportunidad los requisitos que e:xigen las leyes aplicables al caso para dar a la referida finca el
destino corrcsponcliente; 5.0
A los efectos de lo estableciclo en Ja prevención 5·" de la Regla ro de la Real orden de 19 de Junío de rgoi, se hadt pCtblico
el
proyecto de coutrato de venta que motiva el presente dictamen por medio del opor-tuno anuncio qu~ se fijara en los sitios de :'os-tumbrc v se iusertara en e1 Boletí11 Oficial de ~aprovincià, seílalando un plazo de diez días para formular reclamaciones; y 6.0
Que se solicite del Excmo. Sr. Gobcruador Civil de la provincia la oportuna declaración de exención de concurso de dicho proycdo de contrato, fuudandose la solici-tud en hallarsc el mismo comprendido en el ~aso
dc cxcnciún pcrtinente del artículo 41 de la !
t!S-trucciút1 sobre contratación de servicios provi,l-cialcs y municipales de 24 de Enero de 1905, y
alcgando las circunstaucias y razones que demucs-trcn la Hcccsidad ·de dicha exención, y una vez obtcuicla la dcclaración de ésta,_ por el Negociaclo dc Obras Públicas de la Sècción administrativa de En::;ancltc del 1Municír>io se oroceda al examen dc la tituluciòn de la fincà de qu~ se trata de adqui
-rir y de la certificación del Registro de la Pro-piedad que con relaci6n a ella debe faciJitar c~l
intcrcsado, y si de dicho examen resulta que sc halla en situación de ser comprada en las mndi-ciones y con la forma y requisitos establecidos en esta propuesta dc acuerdo y mediante las mc-diciones y compmbacioues de lindes que se juzgue necesarias y el lcvantamiento del oportuno plano, en su caso sc remita el expediente a1 Kotario qne por turno corresponda, al objeto de que proc';!.]a a formular la oportuna minuta de escritura
¡,ú-blica.
Otro, dc la misma Comisión, proponiendo: Que meòiante los requi.sitos que luego se consignaran y òcntro dc las condiciones que en esta propue:sta de acuerdo se fijan : I.0 Sc acepte el ofrecimiento
de venta ht.:cho por D. Antonio Lloré Tomas, de un tcrrcuo dc su propiedad, cie exteusión 5,403 metros cuadraclos, equivalentes a 143,006 palmos cuaclrado.s con 6o centésirnas, situado en la mou-taiia dc Montjuidt; linclante al Norte, con la finca denominada «Fout del Gat», propiedad del Muui-cipio ; al Este, con la mencionada finca; al
Sur,
con el <:amino earrelero qtte co11duce a la uFont dc Sant i\ ntoni » y que le separa de la propiedad de D. Frant'Ísco Pcris Mençheta; 2." Que sc apru~bc la valoraci6n dc la finca objeto de la oferta a quese refierc el extremo precedente, formulada por los Arquitectes D. Félix Azúa
:r
Pastor y D. Eduar-do Ralcella Buigas, y que por el precio consig-nado en dicha valoración:r
que luego se <lira, el Excmo .• \yunlamiento adquiera dicha finca den. tro dc las Basc::; siguientes: I.~ Esta finca se ad-quicrc por el precio de 5 pesetas 945 milésimas el metro cuadrado, o sea, por la cantidad total de 32,174'86 pesetas a que asciende la va1oracióu for-mulada por los Arquitectos de que antes se ha be-cho mención, si la extensión de la finca fuese dc 5,403 metros cuad(ados, o por la càntidad mayor o menor que resulte de la aplicación del citado pre-cio unilarío de 5 pcsetas 945 milésimas el metro cuaclrado, si del examen de la titu1acióu y àe las comprobaciones y nuevas mediciones de la super-ficie dc la finca que en vista de aquéllas juzgue convcniente el Ayuutamiento verificar, resultase q1.1e la finca tieue una extensióu mayor o menor, comprendiéndosc eu dicho precio to<las las cons-truccioues, :írboles y plantaciones de todas clases que en ella existen y cuantos derechos, scn·i-dumbres, pertenencias y acciones corresponden a la finca; 2." Antes de formalizarse la venta se comprobadi por la :::lección facultativa correspon-diente del Municipio si en la finca objeto de ella existen todas las construcciones, plantaciones y obras dc todas clases que se han tenido en cuenta para fijar su valor, su~pendiéndose la firma de la escrit u ra si fultase alguno de Tos objetos en la valoraciúu comprenclidos ; 3·" El vendedor queda obligado a tener el dí:a antes de la firma de la escritura completamente vacua y expedita la finca, ::;in ocupante alguno y sin otros objetos que los com-prendidos en Ja venta. La Autoridad mnuicipal, por medio de su personal técui.co, comprobad a nt~s de la firma de la escritura, si la finca se balla vacua y expedita en los términos que se aca-ba dc consignar, y en caso negativo aplazara la firma dc la misma ; 4." Queda obligado el propo-nentc a presentar en el Negociada de Obras Pú-blicas de la Sccción de Ensanche, 1os títulos, pla-nos y dem:ís documenlos que constituyen la titu-lación dc la finca tan pronto le sea reclamada para sn examen y a concurrir a la operación del terreno que en vista de did1a titulación juzgue necesario practicar la Autoridad l\Iunicipa1, antes del opor-tuno otorgamiento. Dicha- titulación, en cuanto se re:fi.ere exclusivamente a la finca objeta de la vcnla, pasara a ser propiedad del Ayuntamiento al adquirir éstc e1 terrenc; 5·" La venta se hara libre de toda carga o gravamen para el compra
-dor, liberando el proponcnte las que tal vez exis-tieran anlcs de la otorgación de la escritura, a 110 ser que circunstancias especiales no consintieran la liberaci(m inmediata, en cuyo caso el Ayunta-micnto sc rctcnddt del precio de venta la canti -dad prudencial en que se ca1cu1e el valor del gra-vamen llasta que se haya efectuada la libcración ; 6." Si por no c·umplir el proponente cualquiera de las obligadones que vieneu a su cargo, según la clúusula prcccdcnte o por causas imputables exc:lu-sivamcntc al mismo, se reb-asase la fonnalización
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del contrato de venta, debera el proponente
satis-facer al Erario Municipal la cantidad de 3.0 pese-tas por cada día que se rett·ase la formalización del contrato, y si el retraso excediese de tres meses, podra el Ayuntamiento dejar siu efecto la adquisición; 7.3
Las multas e..~igibJes en virtud de la cUtusula penal que antecede se hanín efectivas deduciendo su importe del precio de venta si ésta se lleva a cabo, y si se dejase este acuerdo de adquisición sedu1 exigibles administrativamente, por vía dc aprcmio, cou arreglo a lo prevenido eu el panafo penúltimo del arlículo 24 de la
Instruc-cióu para la. contralacjón de serviciú·s provinci.ales
y municipales de ~4 de Enero de 1905, y cuya
Instrncción regira ademas eu todos los casos no
previstos en estas Bases, junto cou las demas dis-posiciones de cad1cter administrativa y civil que scan de pcrti nen te aplicación ; 8." El vendedor
respondcra de la evicción, quedando obligado al saneamienlo del inmucble veudido en los casos que corresponda y sin salvèdad ni restricción al-guna. El Ayuutamiento adquirira la finca sin la meuor limitación ni restricción, pudioodo destinar-Ja no sólo a Parques y Jardines1 'que es el objeto
para que abora se adquiere, sino a cualquier otro
que estime preferible en cualquièr momento, pu-diendo venderla. eu todo o en parte, sin que el vendedor pueda en dicho caso ni rec1amar la de-volución cle la finca ni oponerse a los actos que el Ayuntamiento verifique respecto a ella una vez dueño de la misma, y a este efecto, el vendedor
renuncia expresamente
:r
de una manera absoluta en la escritura a cualquier derecho que pudieraasistirle a recobrar el todo o parte de la finca
vcndida si el Ayuntamiento cambÍase el destino con que ahora la adquiere, o la de,volv:iera al do-minio y uso particular por medio de permuta,
venta, ccsión o por cualquiera de los otros modos
juríclicús· de transmisión que la Ley positiva
re-gl.lla ; 9·" El precio sert't satisfecho al vendeclor
en el acto de la firma de la escritura, en Utminas del nuevo cmpréstito de ro.ooo,ooo de pesetas de
la Deuda Municipal de Ensanche, autorizado por
Real orden de 2 de Abril de 1912, que el
vende-clor debera aceptar como efecti,·o al tipo de coti-zacióu corrien te si ésta fuese superior a la par, o a la par si el tipo de cotización fuese igual o
inferior al valor nominal ; ro. La venta del inmue-ble de que se trata se formalizara eu la oportuna escrítura pública, siendo cuenta exclusiva del ven-dedor los gastos de otorgamiento, y de cuenta del Ayuntamienlo los de la primera copia de la
escri-tura, los del importe de derechos reales que
de-vengue la venta, los de inscripción de la misma
en el Registro de la Propiedad y cuantos se deri-ven o sean consecueucia de los que, según esta
clausula, vienen a cargo de la Corporación Muni-cipal; 3·0
El precio de venta de la finca a que se
viene haciendo referenda se aplicara a la relación de Resultas por adición al vigente Presupuesto de Ensanche (fondos • del tercer empréstito) ; 4.0
La Corporación Municipal cuidara de cumplir en su oportuuidad los requisitos que exigen las
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lcyes aplicables nl caso, para dar a la ref<!rida finca el ~ic;>sti.lO cvrn~;o;voudiente; 5.0 A los efedos dc lo establecido en la prevencióu 5·a de la
re-gla ro de Ja Real orJe:n de 1.0
de Junio de I9()1.
~e hara público el proyecto de contrato de venta que motiva el presente dictamen por medio de l-J:; oportuJtos anuncios que se fijaran en los sitios de
costumbre y sc insertara en el Boletín Oficial de
la provincia, señalando un plazo de diez días para formular reclamaciones; y 6.0
Que se solicite del Excelcntísimo Señor Gobernador Civil de la
pro-vincia la oportuna declaraci6n de excepción dc concurso de diclto proyecto de contrato,
fuu-dúndose la solicitucl en ballarse el mismo com-prendido en el C'aso de excepcióu pertinente del
artículo 41 de la Instrucción sobre contratación de servicios provincialcs y municipales de 24 de Enero dc 1905, y alegando las circunstancias y razones qnc demuestren la necesidad de dicha ex-cepción y u na vez obtenida la declaracióu de és ta por el Ncgociado de Obras Públicas de la Sección Administrativa de Ensanche del Municipio, se
proceda al examen dc la titulación de la finca que
se trata de adquirir, y de Ja certificación del Re-gistro ae la Propiedad que con relación a ella debe facilitar el iutcresado, y si de dicho ~'\:amen resul-ta que sc ha lla en sítuación de ser comprada en las condiciones y con la forma y requisitos estable-cidos en esta propuesta, de acuerclo y mediante las mediciones y comprobacim1es de lindes que se
juzguen nccesarias y el lcvantamiento del opor-tuno plano, en su caso, se remita el expediente al Notario que por turno corresponda, al objeto de que proccda a formular la oportuna minuta de escritura pública. ·
Otro, de la Comisión de Hacienda (Abastos), proponiendo : r. • Que de conformidad con lo
pre-venido en la Basc octava de las que regulau las
subastas dc los diez y ocho puestos llamados
«En-cautistas» del Mercado de los Encautes1 se decla-re caducado el penniso concedido a Martín Tomas
Alayo para ocuparlos; y 2.0 Que se incluyan
dichos puestos en subasta, autorizando a la
Comi-si6n que subscribe para redactar el pliego de con-diciones que haya de regir en dicha subasta.
Otro, de la misma Comisión (Cuentas y
Deu-da), proponiendo : Que de conformidad con el dictamen de la Poneucia de instalación de faroles en la YÍa pública, y con el informe de la Jefatura
de la Inspección Industrial de 28 de Septiembre de 1916 y plano que la misma acompaña, se proceda a la instalación de un farol sobre can-delabro para el alumbrado público por gas, en
la calle de Roquetas de la barriada de Vallcarca,
situ[mdolc en el punto iudicado en el aludido
plano, y que el gasto de 53' 50 pesefas que impor-tar~t la i nstalación del farol de réferencia,
utili-zanclo material fuera de servicio, y el de 90'"77
pe-setas a que ascendera el coste del fiúido y
conser-vaci6u del mismo, seau aplicados a la
cousigna-ción del cap. 3.0
1 art. 2. 0
del Presupuesto vigente.
Otro, de la misma Comisión (Cuentas y
didamen dc la Ponencia de instalación de faroles
en la vía pública, y con el informe de la Jefatura
de Inspección Industrial de 22 de l\Iarzo último
y plano que la misma acompaña, se
proce-da a la instalación de un farol para el alumbrado
pública por ga~, en Ja calle de la Cuesta, de la barriada de San Gervasio, situ!mdolo en el punto
indicada en el aludido plano, y que el gasto dc 6z'so pesctas que importara la instalación del farol dc referencia, colodmdolo sobre repisa y uti-lizando material fuera de servicio, y ei de 90'77 pcsctas ,a que ascended1 el coste del :flúido y
con-servación del mismo, sean apljcados a la
cons1g-nación del capHulo 3.•, articulo 2.0
del Presupuesto vi gen lc.
Otro, dc la misma Comisión (Abastos), propo-nicndo : r.• Que en virtud de los examenes veri-ficades, y dc conformidad con Jo propuesto por el
Tribunal censor de los mismos1 sea nombrada
Auxiliar practico de Veterinaria D. Salvador Pujol Rocàvera, con el haber anual de 2,ooo
pe-sctas consignada en Presupuesto a los de su clase ;
2.• Que se haga constar en acta y transmitir a los
miembros del expresado Tribunal el reconoci-miento del Consistorio, por Ja rectitud con que
han cumpliclo la delicada misión que les fué con- .
fiada; y 3.• Que se haga asimismo constar en
acta el reconocimiento del O:msistorio por el celo
e inleligente labor realizada por el Auxiliar del
:'-Jegociado de Abastos D. Francisco Bru y Sanz,
que ha desempeñado el cargo de Secretat;o del
Tribunal calificador de dichas oposicioues, y que
se consigne este acuerdo en su e:xpediente personal
como nota favor..tble.
Otro, de la Comisi6n de Gobernación
(Instruc-ción), proponiendo la aprobación de la cuenta
de Francisco Casany, relativa a los coches uti-lizados por varios sefiores Concejales y el Ayun-tamicnto en Corporación para asistir a varios actes oficiales clurante el mes de Diciembre cid año próxi mo pasaclo, y que por no ten er consig-nación se tenga como créclito reconocido su im-porte de r,or2'6o pesetas para su inclusión en un Presupuesto próximo.
Otro, de la misma Comisiún de Gobernación
(Central), proponiend-o : Que se indemnice a don
José 1Iaría ~lerino, Oficial de la Guardia Urbana,
con la cantidad de 400 pesetas por la cesión que
hi7.0 del original de Ja guía uBarcino ~Iccum»,
redactada por dicho sefior.
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Acuerdos de
la
ordinaria de
z.
a
convocatoria de 10 de Mayo
de
191
7
PTesidet~cia: Excmo.
Sr.
A1cald~, Marqués deOlérdola.
llnsL?'l'S seíim'es Co·ncejales asistentes: Balru1a,
Arroyos, Revcntús, Calderó, Llepis, Almirall, Andreu, Cardó, Grañé, Colominas Maseras, Vega, Cirera, de Mesa, Cili, de Fortuny, Bus-quets, Callén, Munué, Puig y Alfonso, Ullecl, Rovira, dc Figueroa, BotiU, Vila Marieges, Vila 11oliné, Cararach, Fusté, Rogent, Rita, Duran y Ventosa, Rocha, Polo, Ribalta, Cuadrench, García, Burrull, Dessy, Mauri, MarH, Pagés, Jover, Soler, y de Llanza.
DESP
ACHO
OFICIAL
Informe de la llustre Comisión de Hacienda, señalando el capitulo rr, artículo único del \'igente Prel'upuesto para aplicar Ja cantidad de soo pe-setas votada por el Excmo. Ayuntamiento en se-sión dc 26 dc Abril próximo pasado, con destino a la adquisición de un palco para una función en el Teatro de Novedades, a beneficio del Montepío del Simlicato profesioual de ·periodistas. (Apra-bado.)
!dem 1dcm, scñalando el capitulo 11, artículo {mico del vigente Prcsupuesto, para aplicar la cantidad de 6,ooo pesetas, votada por el
Exce1en-tísimo Ayuntamiento en sesión de 26 de Abril
··· · ··· · ~~6
próximo pasado para la construcción de nuevos gigantes. (Aprobacla.)
Oficio del Excmo. Sr. Alcalde accidental, partÍ· cipanclo el nombramiento de J uau Roura Sa món, para ocupar la vaqlllte de Alcalde I.0 del barrio
de Vallcarca del Distrito VIII de èsta ciudad. (Enterado.)
!dem de Ja Muy llustre Junta de Museos,
ro-gando al Excmo. Ayuntamiento se baga entrega
al Vocal Tesorero de clicha Junta, D. José Rogent y Padrosa, de la suma de so,ooo pesetas consig-nadas en el vigente Presupuesto para obras en el Palacio de Bellas Arles. (Aprobado.)
!dem ídem, manifestando que tenninados los trabajos de instalación de los Museos de Artc
antiguo y Arte moderno, y agotada la suma que
consignó el Excma. Ayuntamiento para tales
gas-tos, dic ha Junta acordó pedir a la Córporación Municipal tome los acuerdos oportunes para que
sea entregada al Vocal Tesorero de aquella Junta,
D. José Rogent y Padrosa, la cantidad de 4o,ooo pesetas consignada en el capítulÒ 4.0
, artículo 6.",
partida 14 del Presupuesto extraordinario para 1917. (Aprobado.)
ldem del Excmo. Sr. Alcalde accidental, comu-nicando que el distinguiclo artista señor Alarma
sc ha dirigida a la Alcalclía interesando se ]e per-mila utilil(ar el cobertizo del que ha de ser Mer-cada del Campo de Galvany, para preparar el decorada dc un festival que debe celebrarse pró-ximamcnte en el Turó-Park. (Aprobaclo.)
GACETA MUNICIPAL DH BARCELONA
Idem ídem, manifestando que ha dispuesto que
se exlienda el oportuno 1ibramiento por la
can-tidad de 57'25 pesetas, importe de la liquidación
girada por la Abogacía del Estado, por la escritura
de carta de pago referente a la expropiación de una porción dc terrenc para la apertura de la
calle dc la Industria de la barriada de Sans, y a
Ja couslrucci6n del gran emisario de desagüe de lo.s cloacas. (A.rrobado.)
DESPACHO ORD
l
NARIO
COMISI6N DE GOBERNACI6N
Scis, aprobanclo para su pago las siguientes
cuentas ;. dos de Ja Cooperativa de Pequeños Pa-troncs Carreteres, una, de importe ~.998'65 pese-tas, por jornales de carros y coches empleades para el scrvicio de la Sección de Higiene Urbana en el mes dc Marzo último, y otra, por jornales dc coches para el traslado de eufermos y heridos en dicho mes de Marzo, de importe 940'85 pese-tas; otra, de D. Buenaventura Sarret, de im'porte
J IO pesetas, por un uniforme modelo, compuesto de levita, pantalón y gorra para la subasta de )os que habían de adquirirse con destino a los
profe-sores de Ja Banda Municipal ; dos de los señores
Hartmann y Compañía, una, de importe 175
pe-setas, por un aparato ortopédico para la enferma pobre María Roig, y la otra, de .rso pesetas, por otro aparato ortopédico para Josefa Saurribas; otra, de D. ~duardo Bosch, de importe 1,775 pe-set~s, por el suministro de impresos cou destino a las oficinas municipales que por acuerdo de 1.0 de
Febrcro Ctltimo se encargó a dicho señor ; otra, de D. Ricardo Urgell, de importe ~.6~4'68 pe~e tas, por el suministro de pienso con destino a los
caballos de la Guardia Municipal durante el mes de Febrero último; y otra, de la Casa Provincial de Caridad, de importe r,83o pesetas, por la im-presión de la GACETA MUNICJPAL durante el mes de Febrero último.
Otro, por el que, a contar de 20 de Febrero de
1917, se concede al Oficial 2.0 D. Jaime Comas Valls, el tercer aumento gradual de sueldo por razón de antigi.iedad, de importe 375 pesetas, octa-va parte de su haber anual de 3,000 pesetas.
Otro, para que, en virtud del concurso celebrado al efecto, se encargue a D. F. Gavila, por la can-tidad de r,8os pesetas, los impresos que en pedido número 329 solicita el Jefe del N"egociado Central. Otro, para que, en virtud del concurso celebrado al cfecto, se encargue a D. Ràmón Gilabert, por
la cantidad dc 70 pesetas, las carpetas que con pedido número 328 solicita el J efe del Negociada Central:
Otro, para que, en virtud del concurso celebrado
al efeclo, se encargue a D. Juan Capdevila, por la canLidad dc 1,725 pesetas,
soo
resmas de sooho-jas cada una, de papel de maquina de esc1;bir, qtie con pedido número 6,492 solicita el Oficial encar-gado dc la Mayordomfa.
7
Otro, para que se abone a
D.a
Antonia Sospe-dra Beltr{w, como viuda del Guardia MunicipalJosé Gil, la paga del mes de 1\larzo en que falle-ció su esposo y otra por v1a dc gracia.
Otro, para que se abone a
D
.
a
Trinidad Sancho, como viuda del Vigilante de Consumos Joaquín Ros, Ja paga del mes de :Marzo en que falleció su esposo y olra por vía de gracia.Otro, para que, accedienclo a lo solicitado por el
J e fc del Ceremonial, se instale un apa rato telefó-nico en la Oficina de Ceremonial y otro en el de-partamcnlo de los Porteros-conserjes, abon~mdose
la cantidad de I7.) pesetas, importe de la insta
la-ción y abono trimeslral.
Otro, por el que, para recompensar los trabajos ext raoni i narios presta dos en la Oficina del Cere-monial por el individuo de la Guarclia Urbana
D. Francisco Aguilar, se le otorga, en concepto de
gratificación, la cautidad de 274 pesetas.
Otro, por el que, al solo efecto de los derechos pasivos y con expresa exdusión de su c6mputo en los aumentos graduales, se reconoce a favor de D. Valeriano Gonzalez García, los diez años, nueve meses y diez y siete d1as que prestó con canícter guberuativo.
Otro, para que, en virtud del concurso celebrada al cfccto, se encargue a los señores Tort
:r
Rofas-tes, por la cantidad de r,350 pesetas, diez y ochotrajes de verano con destino a los mozos de Ma-yordomía.
Olro, para que se abone a D." Isidra Bertran Soler, como viuda del Veterinario Municipal don· Antonio Esteva 1vlorer, uu socorro por una sola
vez de 3,8r2'
so
pesetas, equivalente a unaanua-lidad del mayor sueldo percibido durante dos años por el causante, por llevar elmismo mis de quincc y menos de veinte de buenos servicios, según
re-sulta del expediente incoado al efecto.
Otro, para que se abone a D." Filomena I vars Doménech, como viuda del Escríbiente don Marcelino Marsa-1 Masalles, un socorro por una
sola vez, dc r ,o26' 55 pesetas, equivalent e a me-dia anualidad del mayor sueldo percibido durante
dos años por el causante, por llevar el mismo mas de diez y menos de quínce de buenos servicios, según resulta del expediente incoado al efecto.
Otro, para que se abone a D." Manuela Vila García, como viuda del Escribiente D. Pablo Ni-canor Hemandez, un socorro por una sola vez, de 912'50 pesetas, equivalente a media anualidad del mayor sueldo percibido durante dos años por
el causante, por llevar el mismo mas de diez y mcnos de quince años de servicios, según resulta del expediente incoado al efecto.
Olro, por el que, a contar de 1.0
de Abril de 1917, se concede al Jefe de Sección D. Miguel Vidal y Guardiola el primer aumento gradual dc sucldo por raz6n de antigüedad, de importe I, 250
pcselas, octava parte de su haber anual de ro,ooo pesetas.
sueldo por razón de antigüedad1 de importe 250
pesetas, octava parte de-- su haber anual de 2,000 peseta s.
Otro, por el que, a contar de 20 de :Marzo de 1917, se concede al ~Iédico Kumerario D. Emilio Ardévol Miralles el primer aumeuto gradual de sucldo por razón de antigüedad, de importe 250 pesetas, octava parte de su haber anual de 2,ooo peseta s.
Otro, para que en aquellos casos en que la falta de armonía entre los haberes de las diversas cate-gorías de funcionarios administrativos muuicipa-les cntorpezca la coucesión de los aumentos gra-dualcs rcglamentarios, se concedan éstos sin mas limitación que Ja de no poder e.:..;:ceder el total de aumcut.o a la mitad del haber señalado en Pre-supuesto.
Otro, por el que, a contar de 13 de Septiembre de 1916, se concede al Auxiliar practico D. Joa-quín Guitcrt Fonseré el primer aumento gradual dc sucldo por raz6n de antigüedad, de importe 156'25 peselas, octava parte de su haber anual de 1,250 pesctas.
Olro, por el que, a contar de 1.0 de Enero de 1914, se concede al Director del Laboratorio de analisis químico, D. Rafael Calvet Petreot, el se-gundo aumento gradual de sueldo por razón de antigiiedad, de importe 375 pesetas, octava part.e de su haber anual de 3,ooo peset.as, si bien, a tenor del acuerdo de 6 de Julio de 1916, no se le abona-ran atrasos anteriores a esta fecha.
Otro, para que se encomiende a J. Gavila, por la cantidad de 135 pesetas, el suministro de los impresos que se detallau en el pedido número 932 del Cucrpo Médico, y a Pedro Bofarull, por 127 pcsctas, los impresos reclamados para el propio Cuerpo1 pcdido número 8,488.
Otro, por el que se concede una nueva prórroga de un mes para tomar posesión de su cargo de Médico supernumerario del Cuerpo Municipal a D. Antonio Carreras.
Otro, por ~l que, en virtud de los informes favo-rables emitidos, se concede a los Numeraries del Cuerpo Médico Municipal D. José Coll y don Francisco
J.
Parés, las licencias de. dos meses y un mes que respectivamente interesan, mediante que sc cumplan las restricciones del informe del Jefe del Cuerpo.Otro, para que se encomiende a la casa ccHart-mann y Compa1ïía11, por la cantidad de 1~5 pese-tas, que es la mas barata de las ofrecidas, el apa-rato que necesita el enfermo asistido por la bene-ficencia municipal Ramón Busquets.
Otro, por el que, en virtud de tener concedida el Médico Auxiliar D. Francisco Can-eras un:l liccucia dc un año para estudiar en el extran~ero, sc lc otorga una pr6rroga del plazo reglamentar.io para tomar poscsi6tl del cargo de Auxiliar hasta la ter mi nació u de la licenóa que tieue concecüda, o sea, en 21 de Junio de este año.
Otro, para que se haga entrega al llustre señor D. Carlos cie Fortuny, en su calidad de Vocal de la Junta de Administración del ·Hospital de la
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Santa Cruz, de la cantidad de so,ooo pesetas que como subvención para el indicado Hospital figura expresamenle en el capítula 5.0
, artículo 6.0 1
par-tida 4.4
del Presupuesto vigente.
Otro, por el que se aprueba el acta de adjudi-cación provisional a D. Salvador Casadesús de la subasla para la confección de cuarenta y ocho uniformes con destino a los profesores de la Banda 1\Iunicipal, por la cantidacl total de 3,359'04 pe-setas, y se couvierte la adjudícación en definitiva, a los efectos necesarios.
Olro, por el qtte, en virtucl de ballar'se el maqui-nista de la Sección de Higiene José Freixas im-posibilitado en absoluto para la. prestaci6n de servicios por enfermcdad crónica, según certifi-cación facultativa, y tèner m{ts de sesenta años cle edad con mas clc veinte de servicios, se le jubila con el habcr pasivo de 2 pesetas diarias con cargo
a la consignación adecuada en Presup11:esto. (Sc aprucba con una enmienda subscrita por el Excc-leutísimo señor Puig y Alfonso, concebida en los siguientes términos : «El Concejal que subscribe, ticne el honor de presentar la siguiente enmien-da : Que siendo el haber del maquinista de la Sección de Higiene José Freixas el de 1,865'15 pesetas al año y llevar mas de 25 años de servi-cios, el haber pasivo sea, de conformidad cou las vigentes prescripciones, equivalente a las tres quintas partes de aquel haber.»
COMISióN
DE HACIENDA
Uno, por el que se concede a Pablo Piera. Olivé el traspasó a su fn.vor del puesto número 297 del Mercaclo de San José, destinada a la venta de verduras, del que era concesionaria su boy di-funta madre Teresa Olivé Oliva, previo el pago de 50 pesetas.
Otro, por el que, previo el pago de roo pesetas, se concede a Rosario CarboneU Aymerich el tras-paso a su favor del puesto número 1,304 del Mer-cado de San José, destí nado a la venta de ga-llina, del que era concesionario su hoy difunta esposo Tom:ís Vidal Martí.
Otro, por el que se concede a María Rubio Agustí el traspaso a su favor del puesto nú-mero 174 del !\Iercado de la Barceloneta, destinaclo a la venta de despojos, del que era concesionario su boy difuuto padre José Rubio Riera, previo el pago dc 100 pesetas.
Otro, por el que, previo el pago de 30 pesetas por cada pueslo, eu concepto de derechos de per-miso, se concede a Remedios Giralt Salvador el traspaso a s u favor de los puestos números' 182 y 183 del Mcrcado de la Abacería Central, desti-naclos a la venta de frutas y verduras, de los que era concesionaria su hoy difunta madre Francisca Salvador.
Otro, por el que, pxevio el pago de
so
pesetas por cada pues to, se concede a Josefa Piera Olivé el traspaso a su favor de ·los puestos números 166 y 167 del Mercado de la Concepción, destinadosa la venta dc vercluras, de los que era coucesioua-ria su hov difunta madrc Teresa Olivé.
Ülro, Jlor el que, modificando el acuerdo
adop-tado en Consistorío de I I de Octubre de 19!0,
por el que se impuso un mes de suspensión de
emplco y sueldo al Director de J\lercados D.
En-rique Verdugo Parlagas, se deja sin efecto, a
partir dc la fecha de este dictamen, la parte rela-tiva a que dicho funcionario quede privado de loclo ascenso y beneficio, por estimar C:\cesivo aquel castigo a perpetuidad, y por haber detuos-lrado, por parte de clicl10 funcionario, durante el
pcdodo dc sicle . ruïos que cuenta de existencin
dicho castigo, su deseo de rehabilitarse, ya que
ha cumplido, segúu toclas las referencias,· sus
de-bcres oficiales con celo, inteligencia y lealtad que
le haccn acreedor a que se le reintegre a los
beneficies que el Reglamento de Empleados olorga
a los demús funcionarios de sn clase.
Ülro, para que se adquieran, con destino a la
Administraci6n de Impuestos y Rentas
(Arbi-trios), 4,ooo placas de Jat6n para registro de
pcrros, numeradas del 1 al 4,ooo (arbitrio de 5
pe-selas), adjudidmdose el servicio a D. José Romeu,
por la cantidad de 1,120 pesetas. _
Otro, para que se adquieran, cou destino a la
.\dministraciún de Impuestos y Rentas
(Arbi-lrios), los impresos que se detallau, según pedido
número 7,625 de la propia Administración,
adju-didmdosc el scrvicio a D. Ramón Gelabert, por la cantidad de 63 pesetas.
Otro, para que se adquieran, con destino a la
Administraci6u de Impuestos y Rentas
(Arbi-trios), los impresos que se detallau, según pedicle
n(Jmcro 633 de la propia Administración1
adju-dic:índose el scrvicio a D. Eduardo Bosch, por la
cantidad dc 1,915 pesetas.
Dos, aproba1¡do para su pago las siguientes
cuentas : una, de importe 6o'75 pesetas,
presen-tada por D. José Benet, por varios impresos
sumi-nistrados a la Administracióu de Impuestos y
Rentas, que fuerou adquirides por acuerdo Con-sistorial de fccba 18 de Enero último, y otra, dc importe 1,998 pesetas, presentada por los se-Hores Henrich y C. •, por varios impresos sumi-nistraclos a la Administración de Impuestos y Rcntas, que fueron adquirides por acuerdo Con-sistorial dc fccha 13 de Febrero último.
Otro, por el que son apx:obados los siguientes
extrcmos: I.0 Que se anuncie en e] Boletfn
Ofi-cial de la provincia, que duraute el término dc quivcc días, contacleros clesde el siguiente al de la
inscrciém del anuncio, podran formularse Jas
opor-tunas rcclamaciones acerca de la petici6n de clou
Anlonio Anguera relativa a que se le devuelva un
depé.sito de 2,000 pcsetas que constituyó én la
Caja municipal, para garantir
d
cumplimientoclcl cnrgo de Recaudador en comisi6n de D. Lino
Vaqucro ¡ 2.0 Qne una vez transcurrido dicho
pla:co, siu que se haya presentado reclamación
alguna, se haga entrega a dícbo D. Autonio
An-gucra del U1Ct1tionado depósito, canje[mdole con
el resguardo correspondiente; y 3·u Que babiendo
queclado sín fia1,1za el Recaudador en comisión
D. Lino Vaqucro, deje de prestar servicio dc
recaudación, quedando a las resultas de su empleo
de individuo de las brigadas de riegos del Interior.
Otro, por el que, en méritos de la reclamalión
formulada por D. Francisco Vilumara Bayona,
queda sin efecto la inscripci6n de un montacargas
en el padrfm de 1903, en la Travesera del Carril,
número 155, y anulados los cargos derivados de
dicha inscripciúu, en cuanto del citado informe
facultativo resulta que ni çn el local de que sc
trata aparece ninguno de aquella clase, ni en las
relaciones fonnalizadas anualmente por la InspeL
·-ciún, ha constado nunca partida alguna relativa
a la existenda de tal aparato.
Otro, para que se proceda al canje de la cédula
de 7-~ clase, correspondiente a 191:6, expedida a
D. Antonio Macia, por una de clase 8.3
que lc corrcsponde, reintegnlndole la diferencia, que es
de 11'70 pesetas, y que se rectifique el padrón
correspoudíente.
Otro, para que sc proceda al canje de la cédula
de
s.•
clase, correspondieote a I9I6, expedida aD.• Delfina Redín, por una de clasc 6.• que lc
correspoude, reintegrandole la diferencia, que es de 35'10 pesetas, por haberla Jibrado con rccargo la Agencia Ejecutíva y que se rectifique el padrim corrcspondicnte.
Otro, por el que se desestima la instaucia
subs-crita por D.• Ana Valls solicitando el canje por una cédula de clasc s.~, la de 7·n que le fué
ex-pedida, correspondicnte a r9r6, por cuanto es
ésta la que lc correspo~de satisfacer.
Otro, por el que se desestima Ja instancia subs-ctita por D. Rícardo Costa soliótando el c:anje dc la cédula cle clasc 3.", que lc fué expedida en r916,
por olra de clase 4." y la de 4·" expedida a s u
esposa, en el mismo año, por ou·a de clase
7-\
toda vcz que las expedidas son las que les
corres-ponden.
Otro, por el que se desestima la instancia
subs-crita por D. J uan Serra soJicitrutdo le sea
cau-jeada la cédula de clase 7.11
, que le fué expedida
en I916, por otra de clase 9·"' que entiende le
co-rresponde, por cuanto, a pesar del tiempo
trans-currido y habérscle citado al efecto, no ha
jus-tificado su pretensi6n.
Otro, por el que se desestima la instancia de
D. Juau ~anlacularia solicitando la suspensión de
todo procedimienlo contra el mismo por no habers~.:
provisto dc la cédula correspondiente a 1916,
ale-ganclo ser vecino de :\lataró, toda vez que reside en esta capital, donde ejcrce una industria, y en
donde cst{t obligado a proveerse del referido
docu-mento, según las disposiciones vigentes.
Otro, para que sca reintegrada a D.~ Dolores
Oili la cantidad de 42'50 pcsetasJ que satisfizo dc
mfts por el arbitrio correspondiente a 1916, sobre
inspcccibn de electromotores, por los que posee en
la calle dc Aribau, número 3, practicandose en el
p·..tdr6n corrcspondicnte la oportuna rectificaci6n.
Otro, por el que son aprobados los siguientcs
regla-mentaciún vigente sobre la materia, se acuerçle la
adjudicaciún definitiva de las subastas de paradas fijas de automóviles, celebradas los días 13 y 14 dc Abril pr6ximo pasado, a favor de los
intere-sados, punto de parada, canon anual a satisfacer
y lipos de automòviles que se indican en la re1ación
complementaria de este dictamen ; 2.0 Que de
confonuidad con lo solicitado por los interesados,
en virtud del derecho que les reconoce la
regla-mcntadém del setvicio, se autorice para convertir
en paradas libres las adjudicadas como fijas en
el prccedeute extremo a D. Enrique Raso y don
José María Reig, en el Paseo de Gracia, cruce
con la calle dc Rose116u, derecba, con un autom6vil
a cada uno; a D. Baltasar Bali, por el automóvil
dc la parada del Paseo de Gracia, cruce con la
Diagoual, derecha; a D. José María Reig, por e1
autotuéJvil de la parada del Paseo de Gracia, cruce con la Diagonal, izquierda; a D. José Casas, por el automúvil de la parada de Ja Plazuela de San
Pablo; a D.• Josefa Moliné, por el automóvil de
Ja parada de la calle del Marqués del Duero, entre
la calle del Conde del Asalto y el Teatro Nuevo; a D. Pedro Capella, por un automóvil de la parada frcntc al Palacio de Justícia; a D. José María
Reig, por el automóvil de la parada de la Plaza de
Fernando de Lesseps, y a D. José María Reig y
D. José Folch, por un autom6vil cada uno, de la
parada de la Plaza del Angel ; mediante el pago del canon anual de 500 pesetas por cada automóvil sciíalado a las patentes de parada libre.
Otro, aprobando el cuadro de amortización
co-rrcspondicnte a la emisión de 48,ooo títulos, con
que se amplía nuevamenté la serie B de la Deuda
municipal del Interior de esta ciudad, en virtud
del acuerdo del Excmo. Ayuntamiento dé 8 dc
Marzo (tltimo, y de la Junta Municipal de Vocales
asociados del día r6 del mismo mes.
Otro, aptobando lo siguiente: I .0 que se
con-teste a la uBanca Arnús» que, en cumplimiento
dc lo dispuesto en el artículo 26 de la vigente ley
dc Administraci6n y Contabilidad de la Hacienda
pública, en consonancia con el 132 de la Organica
municipal, este Ayuntamiento, en Consistorio del
día 6 de J unio de 1916, acordó declarar prescritos,
a partir del día 4 de J ulio de dicho año, los in
te-reses o cupones de los títulos de la Deuda
muni-cipal del Interior y Ensanche de esta ciudad, de
vcncimientos anteriores a 4 de J ulio de I9II que
no sc hubiesen presentado al cobr.o antes de la
citada fccha de 4 de Julio de 1916, siempre que
en tal día no cstuvieran pendientes de reclamación
judicial ; declarando asimismo prescritos los cu
-poues dc las cxpresadas Deu das municipales de
ven-cim ien los succsivos posteriores a 4 de Julio de 1911
que sc hallascn en iguales circuustancias que los
nntcriorcs, a medida que hubiesen transcurrido los cinco aiios dcsdc la fecha de sus respectivos
ven-cimictJtos ; en virlud de cuyos preceptos no es legalmente posible a esta Administración
muni-cipal el pago que reclama la nombrada uBanca Arnús» de los cupones adheridos al título
núme-ro 191,084 dc la serie B de la Deuda municipal
I I I I I I I I I I O o o 1 1 o o I o o o o o
del Interior de esta ciudad, desde el primero in-clusive, dc vcncimiento en 31 de l\.larzo de 1907,
y sucesivos hasta el de vencimiento en 31 de .Marzo de I9II, y cuyo título le fué entregado por el crBanco Hispano Colonial», en 15 de Septiembrc de 1916, en canje de residuos de la conversión de dicha Deuda en 1906, equivocadamente, con todos sus cupones adheridos, en contra de lo establecido en el artículo 35 del Contrato de Tesor~ría y Con-versión de Deudas, con el nombrado «Banco Hispa-no Colonial» ; y 2.0 Que se manifieste al «Banco
Hispano Coloniah1 que, a tenor de lo establecido eu
el art. 35 del Contrato de Tesorería y Con~ersióu
de Deudas, la entrega de títulos de la Deuda de
esta ciudad eu canje de residuos procedentes de su conversi6n en 1916, debe efectuarse e:xclusiva-mente con los cupones adheridos desde el cupón corriente a la fccba de la entrega del título
respec-tivo, pero de ningúu modo los cupones de
venci-mientos auteriores al aludido, por no deveugar intereses, según dicho artículo, los residuos de la
indicada conversión.
Otro, para que se encargue a D. Miguel
Mo-rayta y Serrano, Agente del 1Iunicipio en la
Corte, y en caso de ausencia o imposibilidad del mismo a D. Ramón López Lucas, residente
tam-bién en 11adrid, la practica de las gestiones nc-cesarias para el cobro de intereses del depósito nú-mero 183,773 de entrada, a disposición del
Minis-terio de Hacienda, consistente en cinco carpetas provisionales del 4 por roo perpetuo interior, de
importe 67 ,8oo ptas. nominales, dejados de percibir
desde el año 1903, cuyo depósito había sido
cons-tituído en la Depositaría Municipal por D. Juan
de Pol y Fontdevila, por encargo de D. Pedro
Do-ménech, en garantía del con~rato de arriendo de
cédulas personales de la provincia que le había
sido adjudicado.
COMISióN DE FOMENTO
Nueve, concediendo, mediante las condiciones fija<las por las rcspectivas direcciones facultati-vas, los permisos siguientes : a D. Arsenio
Llo-part, para instalar un electromotor de dos caba-llos, dcstinado a taller de toruear madera, en los
bajos de la casa número 62 de la calle Riera Alta, prcvio pago de los derechos establecidos ; a don
J uan Cadira, para insta lar dos electromotores de
seis y tres caballos, destinados a taller de
carpin-tería, en Los bajos de la casa número IS de la calle
del Mar, previ o pago de los derechos establecidos ;
a la Socicdad «B. Sirveut», para instalar cinco
electromotores de la fuerza respectiva de 6, 6, 6, 3 y 3 caballos, en el taller de litografia y relicves,
establecido en la calle de las Cortes ; a la
Com-pañía crBarcelonesa de Electricidad», para insta-lar en el terrado del ptecitado talle¡· un
transfor-mador electroestatico de veinte K. V. A. ; a don
Hilario Marimón, para instalar dos electromototes
de la fuerza respectiva de 4 y r'5 caballos, con
destino a taller de carpintería, en 1os bajos del
edificio número 28 del Paseo Kacional, concedién-dose cste permiso a título de precario ; a don Auge! Romero, para substituir un motor a gas de seis caballos por otro eléctrico de cinco, destinado a fabricación de torcidos de algodón, en los bajos del cdificio número 205 de la calle del Consejo de Ciento, y para trasladar a este local otro motor clédrico de tres caballos, desde la calle de Urgel, número II4 ; a ·D. Mariano Llobet, para insta-lar oc ho electromotores de o' I ca ba llos cada uno,
destinades a taller de confección de pafiuelos, e11 los bajos de la casa úúmero 63 de la calle de Ge-rona; a D. J-1uis Pibernat, para substituir un motor a gas de catorce caballos por otro elêctrico dc cuarenta, destínado a fabricación de productes refractaries, en los bajos del edi-ficio número 30 dc la calle del Padre Gallifa; a D. Antonio Fa-bregas, en calidad de gerente de la casa «Martíu Hosi», para instalar dos electromotores de un caballo cada uno y una bornilla con caldera abier-ta, con destino a fabricación de vermoutb, en uu local dc los almacenes San Salvador, situados en la calle de Drumen ; y a D. Joaquín Artés y Ban!s, para construir un vado a través de la acera dc la calle de la !\laquinista para el paso de carruajes a un terreno sito frente a la casa del Paseo Nacional que forma esquina a la citada calle Maquinista, concediéndose el permiso a título de precario.
Otro, para que se ordene a D. José Blanch Viñas, que en el plazo de ocbo días, en cumpli-miento de lo acordado por esta Corporación Mu-nicipal, complete lO$ planos que tiene presentades, con una secci6n por eje del generador de vapor que solicita instalar en su fabrica de la ¡¡alie de Rocafort, númexos n6 a 122, así como también eu los clatos referet1tes al autoclave que tiene soli-citado instalar en 'dicha fabrica, con arreglo, todo ello, a los preccplos de las Ordenanzas Munici-pales, hecho lo cual se resolvera lo procedente respecto de la instalación de ·los referides aparatos y varios electromotores en el mencionado edificio; previniéndole que, de no dar cumplimiento a lo que sc le ordena, se dispondra el arranque de los aparatos aludidos, sin perjuicio de imponerle la multa que corresponda.
Otro, para que se ordene a D. Bernardo Pous, que en el plazo de quince días modifique la
insta-laci6n del ascensor que, junto con un electromotor, ha solicitado establecer en la casa número 124 de la calle de Viladomat, de maneta que se atempere a las clisposiciones del Reglamento vigente para asc:cnsores y montacargas ; adv1rtiéndole que, dc no verificarlo, le sera denegado el permiso y sc disponclní la suspensión de marcha y el arranque del rcfcrido ascensor.
Otro, para que se ordene a D. Jaime Viadé, que en d pla7.o de quince días presente nuevos pianos o modifique los que tiene presentades solic:itando pcrmiso para instalat un electromotor en su esta-blecimicnto de lechería, en los bajos de la casa número 6o dc la calle del Hospital, de manera que clichos planos, así como la instalación, se ajusten
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lia los prcc:eplos de las Ordenanzas }.Iuuicipales ; advirtiéndole que, de no verificarlo, le sera dcne-gado dicho permiso y se dispondra el arranque dc lo que haya instalado.
Otro, para que se ordene a la señora Sucesora de A. Costa Massana, que en el plazo de quince días presente nuevos pianos para la instalación de un montacargas y un electromotor que ba soli-citada practicar en la casa número IO de la calle
de Ausias March, cuyos pianos deben estar dibu-jados en la forma como es uso y costumbre, hecho lo cual se resolvera lo que proceda tespecto del permiso que tiene solicitado para la referida ins-talaci6n ; aclvirtiéndole que, de no verificarlo, se procedera a lo qué hubiere lugar.
Otro, para que se ordene a D. Juau Amat, que sc abstenga de bacer funcionar el ascensor y el motor eléctrico que ha solicitado instalar en la casa número 201 bis de la calle de la Industria, y proceda a modificar la instalación de manera que se atempere a los preceptes del Reglamento que rige para ascensores y montacargas, hecho lo cual se resolvera lo que proceda respecto del pcr-miso que tiene solicitado; advirtiéndole que, de no verificaria en el plazo de treinta días, le ser{\ dcnegado dicho permiso y se dispondra el arran-que de los referides aparatos.
Otro, por el que se da por terminado y sin efccto el expediente promovido por D. Hennann Plass, para instalar un electromotor destinada a un taller med1nico establecido
en
la casa número 255 cie la calle de Rosell6n, por resultar, de infor-me de la Inspección Industrial, que en el mencio-nado local no existe actualmente apar¡¡.to alguno sujcto a pcrmiso especial del Ayuntamiento.Otro, para que se ordene al propietario dc la casa número 20 de la calle de la Espadería, que en el término de un mes derribe los retretes dc la casa número 20 de la calle de la Espadeda y los disponga adecuadamente en otro lugar, dota-dos dc tubos de ventilación, sifones y aberturas de luz, aislados con tabiques y construyendo uno para cada vivienda según disponen los artículos 140 y 143 dc las Ordenanzas .Municipales ; prc-viniéndole que, de no hacerlo, ademas de serie impuesta la multa de
so
pesetas, se adoptaran las demas mcclidas coercitivas de rigor, sin per-juicio de que, en uso de la facultad que concede el artíc:ulo 906 de las citadas Ordenanzas, aleguc, dentro de tercero día, cuanto estime pertinente a su derecho y defensa.Otro, por el que se deniega el permiso solici-tado por D. l.eonardo Amor, para la practica de obras dirigiclas a reformar la pared de cenamien-to de un tcrrcno anexo a la casa número 9 dc la c:allc dc la Travesera de Dalt, por cuanto en
rea-lidad sc trata dc construir UJl pabellón de obra de fúbrica c:on cubierto eu la Zona destinada exclu-sivamente n jarclín, según acuerdo adopta.do cu 30 de Diciembrc de 1915 con respecto a las futu-ras eclificacioncs que se levanten en la citada vía; y 2.0
Que cstc acuerdo se notifique al interesado y a D. Anlonio Pons, en su calidad de Arquitecte