publica decenalmente
OBPOsrro legal b. 1824 - 1958PRECIOS DE SUSCRIPCION
ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION
SUMARIO
Página»
Comisión Municipal Ejecutiva 31
Hacienda y Patrimonio 32
Régimen Interiory Servicios Municipales 35
Cultura 35
Sanidad y Asistencia Social 35
Urbanismo y Obras Públicas 35
Urbanismo y Obras Públicas y de Régimen Interior y Servi¬
cios Municipales 41
Urbanismo y Obras Públicas 41
Publicaciones y Disposiciones Oficiales 43
Anuncios Oficiales 45
publica decenalmente
DIPOSITO LEGAL B. 1824 - 1958PRECIOS DE SUSCRIPCION
ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION
COMISION
MUNICIPAL
EJECUTIVA
En el Salón del Consulado de Mar de egta Casa
sede Consistorialde la Ciudad de Barcelona, avein¬ tidós de diciembre de mil novecientos setenta y uno, se reúne la Comisión municipal ejecutiva en
sesión ordinaria bajo la presidencia del Excelentí¬ simo señor Alcalde, D. José M.a de Porcioles y Co¬
lomer, y concurren los limos. Sres. Tenientes de
Alcalde, D. Félix Gallardo Carrera, D. Rafael En¬
trena Cuesta y D. Félix Fernández Casanova, los
limos. Sres. Concejales D. Manuel Rosell Guillén, D. Mariano Blasi Rialp, D. José Güell Ramón, don Ramón Bosch Estivill, D. José M.a Dot Bosch y D. Mariano Ganduxer Relats y los Delegados de Servicios, limos. Sres., D. Guillermo Bueno Hencke,
D. Enrique Miralbell Andreu, D. José Luis de
Si-cart Quer, D. Sebastián Auger Duró y D. Luis
Mi-ravitlles Torras, asistidos por el Secretario general, D. Juan Ignacio Bermejo y Gironès.
Está presente el Sr. Interventor de fondos, don
José M.a Asensi Terán.
Excusa su asistencia el Sr. Parpal Bruna.
Abierta la sesión por la Presidencia a las once
horasy treinta minutos, es leíday aprobada el acta
de la anterior.
Se adoptan los siguientes acuerdos:
Agradecer los testimonios de condolencia expre¬ sados por las Corporaciones locales que se indican,
con motivo de la muerte en acto de servicio de los
tres valerosos funcionarios del Servicio de Extin¬ ción de Incendios y Salvamentos.
Quedar enterada del acuerdo de 2 de diciembre
de 1971, adoptado por el Ayuntamiento pleno de
\illajoyosa (Alicante), por el que se dio el nombre de Barcelona a una calle de nueva apertura en
dicha Ciudad, y agradecer la distinción; a los efec¬ tos del art. 7.° de la Ley sobre Régimen especial, de los decretos de la Alcaldía, de 9 y 11 de diciem¬ bre de 1971, que disponen comparecer, por medio
de Procurador, en recursos
contencioso-administra-tivos; y a los efectos dela regla44 de la Instrucción
de Contabilidad de las Corporaciones locales, de los decretos de la Alcaldía que autorizan gastos con
cargo a la part. 338 y 335,6 del Presupuesto ordi¬
nario.
Aprobar las propuestas formuladas por la Comi¬ sión del «Fondo de Productividad e Indemnizacio¬ nes» referentes especialmente a la fijación de las
asignaciones de la6 primas por rendimiento corres¬
pondiente al 4.° trimestre de 1971, reglas para la
formulación de las nóminas y consignaciones del gasto con cargo a los distintos conceptos integran¬
tes del Fondo.
Autorizar, con cargo a la part. 91 del Presupues¬
to ordinario conforme a la base
64,5 de las de eje¬
cución y al acuerdo de la Comisión municipal
ejecutiva de 9 de marzo de 1966, los pluses por los trabajos especiales y extraordinarios de los funcio¬
narios que figuran en las relaciones con las asigna¬ ciones respectivas informadas por la Comisión de Productividad.
Nombrar, conforme a la propuesta del Tribunal
calificador de la oposición celebrada, Oficiales de la escala técnico administrativa, Subgrupo de Con¬
tabilidad, a D. José María Portabella de Alós y don
José Rubio Samprón, con el sueldo correspondiente
al grado retributivo 13 y los demás deberes y de¬ rechos inherentes al cargo; y declarar desiertas las
8 restantes plazas convocadas; del concurso-opo¬
sición celebrado y por haber acreditado los requi¬ sitos en la forma dispuesta por el acuerdo de la
Comisión municipal ejecutiva de 24 de noviembre de 1971, Operario de la especialidad de Arquitec¬
tura e Ingeniería, a D. Onofre Cerrillo López,
con
el sueldo correspondiente al grado retributivo 6
y los demás deberesy derechos inherentes al cargo.
Convocar concurso libre para proveer 8 plazas
de documentos, consignadas en las plantillas y do¬ tadas en la part. 27 del Presupuesto con el sueldo
correspondiente al grado retributivo 11 y los de¬ más deberesy
derechos inherentes al
cargo ; y apro¬ bar las bases por las que habrá de regirse la con¬ vocatoria.Hacienda
y
Patrimonio
PRESUPUESTOS Y CUENTAS
Ratificar el establecimientos del impuesto para
la prevención del paro, para el ejercicio de 1972.
SOLARES
Bonificar, con el 90 por 100 de la cuota del ar¬ bitrio sobre solares edificados y sin edificar, las
fincas relacionadas a continuación: 3r. trim. 1969,
Avda. Borbón, 35, Comunidad de Propietarios; se¬ gundo trim. 1970, Dénia, 21, Juan Salvo
Armengol;
3r. trim. 1970, Lepanto, 143-145, Transportes Ger-posa, S.A.; 4.° trim. 1970:
Sicilia,
348,Pablo
Blaeh-Esteve Iglesias; Burdeos, 13, Engracia Balet
Grous;
y Alegre de Dalt, 11-13 y 15,
Comunidad de
Pro¬pietarios; 2.° trim. 1971: Dr.
Sampons,
40-42,Leon¬
cio Pérez Santoyo; Escorial, 164-166, Montserrat
Munté Gombau; Arquímides, 37,
Comunidad de
Propietarios; Daoiz y Velarde, 25-27,
Comunidad
de Propietarios; Avda. Puerta delAngel,
2,Co¬
munidad de Propietarios; Taverns, 29,
Comunidad
de Propietarios; Paseo Maragall, 272-276,Comu¬
nidad de Propietarios; Beatriz, 8 (antesRambla
Carmelo), Senén Pascual Fernández; y Maestro
Nicolau, 5-7, Inmobiliaria Constructora Pulido, So¬
ciedad Anónima.
Bonificar con el 90 por 100 de la cuota del ar¬
bitrio sobre solares edificados y sin edificar, las
fincas: Ir. trim. 1972, Pje. Espiell, 2, Enrique Pé¬
rez Aleza; 4.° trim. 1971, Pje. Vila Rosell, Merce¬
des Camps Que; 3r. trim. 1971,
Padilla,
359-363, Baltasar Fargas de Casanovas; 4.° trim. 1971: VíaJulia, 152, (193), Comunidad de Propietarios; y
Gomis, 67-69, Comunidad de Propietarios; 3r. tri¬
mestre 1971, Gavá, 35, Comunidad de Propietarios;
4.° trim. 1971, Escornalbou, 23, G. Cebrián-Fca.
Ollé; Ir. trim. 1972, Vieda, 78, Comunidad de Pro¬
pietarios; 4.° trim. 1971: Caspe, 122, Enrique
Cala-tayud Alberola; y Daoiz y Velarde, 39,
Comunidad
de Propietarios; 2.° trim. 1968,Marqués de
Mulha-cén, 19-21, Patronato-Viviendas del Ministerio; y
4.° trim. 1971, Padilla, 371, Comunidad de Propie¬ tarios.
Dar de baja, con efectos desde el 4.° trimestre
de 1971, el cargo núm. 133.967 del padrón del ar¬ bitrio sobre solares edificados y sin edificar, corres¬
pondiente a la finca sita en
la calle de los Condes
de Belllloch, núm. 86, adquirida por este Ayunta¬ miento mediante acta de fecha 8 de julio de 1971;con efectos desde Ir. trimestre de 1970, el cargo
núm. 34.415 del padrón del arbitrio sobre solares
edificados y sinedificar,
correspondiente
ala finca
sita en la calle Porta, núms. 1-3, girado a nombre
de D.a María Gargallo Maurel, por duplicidad con el cargo núms. 168-743
del
propiopadrón; desde
el Ir. trimestre de 1968, el cargo núm. 4.165, delarbitrio sobre solares sin edificar, por el que tribu¬
ta la finca núm. 468 de la calle de Valencia, pro¬
piedad de Comunidad de Propietarios, por estar
ocupado por un edificio de carácter permanente; y
rectificar, desde el 4.° trimestre de 1970, el cargo
núm. 124.257 del arbitrio sobre solares edificados
y sin edificar, por el que tributa la mencionada
finca, aplicando la bonificación del 90 por 100, de la cuota correspondiente hasta la fecha que deter¬
mine la correspondiente Cédula de calificación de¬ finitiva de Viviendas de Renta limitada; desde el
3r. trimestre de 1968, el cargo núm. 11.441, del ar¬ bitrio sobre solares sin edificar, por el que tributa la finca señalada con el núm. 29 (antes 93) de la
Avda. de la Victoria, propiedad de D.a Carmen Rigol Ginebra, que por ser jardín anexo a la vi¬
vienda, no reúne las condiciones de solar
tributa-ble; y desde el Ir. trimestre de 1970,
dar de
baja,el cargo núm. 160.043 del arbitrio sobre solares edificadosy sin edificar, por el que tributa la finca
núm. 17 de la calle deDulcet, propiedad de la mis¬
ma contribuyente, por existir
duplicidad
conla del
cargo núm. 204.184 del mismo arbitrio;
desde el
3r. trimestre de 1971, el cargo núm. 10.755, del ar¬ bitrio sobre solares sin edificar, por el que tributa la finca señalada con el núm. 11 de la calle de Ro¬
mán Macaya, propiedad de D.
Fernando Birk
Cre-celius, que a tenor del art. 2.°,
apartado a) de la
Ordenanza Fiscal núm.30, no reúne lascondiciones
de solar tributable; con efectos desde Ir. trimestre
de 1970, el cargo núm. 57.448 del padrón del arbi¬
trio sobre solares edificados y sin edificar, corres¬
pondiente a la finca sita en la
calle de Lladoner
núms. 6 y 8, (antes calle del Sinaí,letra S),
propie¬ dad de D. José M.a Martínez Sandoval Pujol, porduplicidad con el cargo núm.
206-041
del propio
padrón; así como el cargonúm.
160.834
del padrón
del arbitrio sobre solares edificados y sin edificar, correspondiente a la finca sita en
la calle
San Ra¬
fael, núm. 38-38 bis, propiedad de D.a Palmira
Sallán Martí, por duplicidad con
el
cargo núme¬ro 111.735 del propio padrón.
Denegar la exención del arbitrio
sobre solares
sinedificar que grava la finca sita en
los
núms.151
al
155 de la calle de Cartagena (antes letra A) solici¬tada por D.a Enriqueta Coromina Cots, en su pro¬
pio nombre, por no ser de aplicación a
las
mismas el art. 504, apartado 2, de la Ley de RégimenLo¬
cal; así como la exención y bonificación del arbi¬ trio sobre solares edificados y sin edificar, quegravala finca sitaen los núms. 122 y 124
de la calle
Ganduxer destinada a «Colegio Mayor Virgen de Nuria», solicitadas por D.a Inés Tarragona Corbe¬
lla, en su propio nombre, por no ser de
aplicación
al mismo el art. 590, apartado 7, de la Ley de Ré¬gimen Local, ni los arts. 4.° y 5.°, de la
Ordenanza
fiscal núm. 37.Dar de baja, con efectos desde el 3r. trimestre
de 1971, el cargo núm. 144.165 del padrón del
arbitrio sobre solares edificados y sin edificar, co¬
rrespondiente a la finca sita en la
calle de Gualbes,
núm. 3, propiedad de D.a Ana París Caberta por hallarse tal finca totalmente afectada como zona
verde con efectos desde el 1.° de enero de 1971, el
cargo núm. 56.765 del padrón del arbitrio sobre
solares edificados y sin edificar, correspondiente a la finca sita en la calle de San Adrián, núm. 35,
propiedad de D.a
Manuela
MillánSánchez,
porha¬
llarse tal finca totalmente afectada como superficie vial; y con efectos desde el 4.° trimestre de 1971,el cargo núm.205.218 del padrón del arbitrio sobre
la finca sita en el Paseo de Valldaura, núm. 135,
propiedad del Instituto Nacional de Previsión. Desestimar, la petición formulada por D.a Car¬
men Bastos Mora, propietaria de la finca núms. 77
y 79 de la calle Nena Casas, por cuanto la misma
continúa reuniendo las condiciones de solar
tribu-table; y asimismo; la petición formulada por don
José M.a Vidal Guichard, obrando como adminis¬
trador de Inmobiliaria Vico, S.A., propietaria de la finca señalada con el núm. 268 de la calle de
Castillejos, sobre aplicación de la bonificación del
90 por 100 de la cuota del arbitrio sobre solares edificadosy sin edificar, por cuanto la construcción de dicha finca fue iniciada antes del 12 de diciem¬ bre de 1953, y por consiguiente, no le corresponde
tal beneficio según establece el apartado a) del
art. 7.° del Decreto-Ley de 19 de noviembre de
1948, y disposición transistoria 1.a de la Ordenanza
conjunta de los Ministerios de Trabajo y Hacienda,
de 10 de julio de 1954.
PLUS VALIA
Estimar lasrespectivas reclamaciones de la Com¬
pañía Telefónica Nacional de España, y en virtud
de lo dispuesto en el Contrato de concesión otorga¬ do por el Estado sobre las bases aprobadas por Decreto de 31 de octubre de 1946, declarar a esta
Compañía exenta del pago: de la cuota de pese¬
tas 209.246 del arbitrio de plus valía, en su modali¬
dad de Tasa de Equivalencia, liquidada por razón
de la finca núms. 397 al 403 del Paseo de Maragall,
período21 demarzo de 1961 al 29de junio de 1970;
de la cuota de 181.861 ptas., del arbitrio de plus
valía, en su modalidad de Tasa de Equivalencia, liquidada por la finca núms. 248 de la calle Roger
de Flor y 353 de la calle Rosellón, período 14 de
julio de 1960 a 29 de junio de 1970; del pago de la
cuota de 657.472 ptas., del arbitrio de plus valía, en
su modalidad de Tasa de Equivalencia, liquidada
por razón de la finca núms. 143-147 de la Avda. de Roma, período 25 de marzo de 1960 a 29 de junio
de 1970; y de la cuota de 185.042 ptas., del arbitrio
de plus valía, en su modalidad de Tasa de Equiva¬
lencia, liquidada por razón de la finca núms. 355 al
357 de la calle Rosellón, período 14 de julio de 1960 a29 de junio de 1970.
Declararno sujeta al arbitrio de plus valía, lare¬
dención a favor de D.a Antonia Gras Escachs del
censo que gravaba la finca núm. 27 de la calle San
Eudaldo, y dejar sin efecto la cuota de 35.461 pe¬
setas, liquidada provisionalmente, por tratarse de la redención de un censo en nuda percepción; exenta del arbitrio de plus valía, la transmisión de dominio a favor de D.a María Rosa Nadal Muro
y otros, de la participación de 11/24 avas partes
indivisas de la finca sita en el Camino de Santa
Cruz de Olorde (Vallvidrera) por la que se ha li¬
quidado la cuota provisional de 989 ptas.; ello en
atención a que dicha finca está destinada a la ex¬
plotación agrícola y forestal y no reúne, además,
la condición legal de solar; y a título oneroso efec¬ tuada por el Estado a favor de Promoción Mercan¬ til y Financiera, S.A., de la finca núms. 96-100 de la calle Tarragona, 1-7 de la de Valencia, 6-16 de la Avda. de Roma y calle de Llansá (prolongación),
por la que se ha liquidado la cuota provisional de
16.931.266 ptas.
Estimar la reclamación de la Fundación Puigvert
y en virtud de tratarse de una entidad benéfica y
del destino de los bienes afines de este carácter,
dejar sin efecto la cuota de 1.005.638'70 ptas., del
arbitrio de plus valía, devengada por la cesión del derecho real de superficie a su favor de la finca
sita en la calle Cartagena, núms. 231-239, liquidada provisionalmente.
Desestimar, por carecer de fundamento legal el
fraccionamiento de pago solicitado por D. Ignacio
Martí Segalá, de las cuotas definitivas de 360.573,
435.260, 138.759 y 648.817 ptas., del arbitrio de plus valía, devengadas por la transmisión de domi¬
nio a su favor de las fincas Avda. Marqués del Due¬
ro, 133, Alfonso XII, 117, San Elias, 9 yAvda. José
Antonio Primo de Rivera, 537; y por no concurrir
la excepción de prescripción alegada, el recurso de
reposición interpuestoporD. Enrique Klein-Molen-kamp Greiner, contra el acuerdo de la Comisión
municipal ejecutiva, de 14 de abril de 1971, que fijó como definitivas las cuotas de 58.671 y
27.559 ptas., del arbitrio de plus valía, liquidadas
por la transmisión de dominio de las fincas núme¬
ros 11 y 13 del Pasaje de Alió.
Estimar la reclamación formulada por la Coope¬ rativa de Viviendas La Encarnación, y por inexis¬
tencia de incremento de valor en el período impo¬ nible, dejar sin efecto la cuota de 436.476 ptas., del
arbitrio de plus valía, liquidada por la transmisión de dominio a su favor de la finca sita en la calle
del Escultor Ordóñez, núms. 52 al 58; así como la
de D. Juan Sala Ramis y declarar no sujeta al ar¬ bitrio de plus valía, la transmisión de dominio a su favor de la finca sita en el Torrente de Valent y Torrente de Cañellas, por la que se ha liquidado
la cuota provisional de 6.408 ptas., ello en virtud
de que dicha finca no reúne la condición legal de solar y está destinada a explotación agrícola.
EXACCIONES DE LA VIA PUBLICA
Reconocer la exención del pago de los derechos
correspondientes al aprovechamiento especial de la
vía pública, mediante la valla núm. 21.256, instala¬ da en la calle Alava, núm. 61, esquina Pujadas, so¬
licitada por Agroman Empresa Constructora, S.A.,
adjudicataria de las obras de construcción de una
nueva central de la Cía. Telefónica Nacional de
España; y en favor de la Sociedad General de Aguas de Barcelona, S.A., la exención del pago de
los derechos correspondientes al aprovechamiento de la vía pública por el concepto de vuelo, suelo y
subsuelo, y girados a la Asociación de Partícipes
de las Aguas de Horta.
CONTRIBUCIONES ESPECIALES
Rectificar, vista la revisión de la longitud de fa¬
chada imponible, el padrón de contribuyentes del expte. 3.673, relativo a la imposición de Contribu¬ ciones especiales por obras de explanación y cons¬
trucción de pavimento en la calle de San Andrés;
sustituir las cuotas de 1.808'88 y 15.904 ptas., asig¬ nadas a la finca núm. 84 de dicha vía, propia de
D. José Camp Derrós Benítez, por otras de 629'17
y 5.531'82; y desestimar, por carecer de fundamen¬
tos legales, el resto de alegaciones formuladas;
por
tener ya construidas aceras reglamentarias frente
las fincas que se dirán, el
padrón
de contribuyentes
del expte. 4.115,relativo
ala
imposición
de Con¬
tribuciones especiales por obrasde pavimentación
en la calle de Emilio Roca, y dar de
baja
tres cuo¬tas de 2.270 ptas. cada una,
asignadas, respectiva¬
mente, a las fincas núms. 29, 32 y 27 de
dicha
vía,pertenecientes a D.
Julián González,
D. Pedro
Gar¬
cía Maixanova y D. Emilio FerréFlores; el padrón
de contribuyentes delexpte.
4.115, relativo
ala im¬
posición de Contribuciones
especiales
porobras de
pavimentaciónen la
calle de Emilio
Roca
ydar de
baja la cuota de 4.653 ptas.,
asignada
por construc¬ ción de aceras a la finca núm. 31-33 de diclia vía, propia de D. AbilioEurroca Porta;
porexistir
du¬
plicidad impositiva con
el
expte.3.347, el
padrón
de contribuyentesdel 4.115, relativo a
la imposición
de Contribuciones especiales porobras de
pavimen¬tación en la calle de Emilio Roca, y dar de baja la
cuota de 10.213 ptas., asignada por
construcción
de
aceras a la finca núm. 39-41 de dicha vía, propia
de D. Agustín Domínguez
Domènech;
por tener ya construida acera reglamentaria, elpadrón de
con¬tribuyentes del expte.
4.115, relativo
ala imposi¬
ción de Contribuciones especiales por obras
de
pa¬ vimentación en la calle de Emilio Roca, y dar debaja la cuota de 2.270 ptas.,
asignada
por construc¬ ción de aceras ala finca núm. 51 de dicha vía, pro¬pia de D. Antonio
López Román;
el padrón de
contribuyentes del expte.
4.115, relativo
ala impo¬
sición de Contribuciones especiales por obrasde
construcción de pavimento en lacalle de Emilio
Roca, y dar de baja la cuota
de 2.629
ptas.,asig¬
nada por aquél concepto
al inmueble núm.
59,
pro¬pio de D. Juan Pagés
Costa;
porexistir
en parte duplicidad impositiva conel
expte.3.347, el padrón
decontribuyentes del4.115, relativo a
la
imposición de Contribuciones especiales porobras de
pavimen¬ tación en la calle de Emilio Roca, y sustituir la cuota de 2.270 ptas.,asignada
porconstrucción de
aceras a la finca núm. 30 de dicha vía, propia de
don Antonio Cobos García, por otra de 719ptas.;
el
expte. 3.347, el padrónde contribuyentes del 4.115,
relativo a la imposición de Contribuciones especia¬
lespor obras de pavimentación en
la calle de Emi¬
lio Rocay dar de baja la cuotade 2.270
ptas.,asig¬
nada por construcción de aceras a
la finca núm. 36
de dicha vía, propia de D.a LauraPlatero
Martínezel padrón de contribuyentes
del
expte.4.115, rela¬
tivo a la imposición de Contribucionesespeciales
por obras de pavimentación en
la calle de
Emilio
Roca, y dar de baja la cuota
de 2.364
ptas., asig¬nada por construcción de aceras a
la finca núm. 38
de dicha vía, propia de suComunidad de Propie¬
tarios; del expte. 4.115, relativo a la imposición
de
Contribuciones especiales por obrasde
pavimenta¬ ción en la calle de Emilio Roca, y dar de baja la cuota de 2.270 ptas., asignada por construcciónde
aceras a la finca núm. 40 de dicha vía, propia de su Comunidad de Propietarios; por existir
duplici¬
dad impositiva con el expte.
3.347, el
padrón de
contribuyentes del 4.115, relativo a
la
imposición de Contribuciones especiales por obrasde
pavimen¬tación en la calle de Emilio Roca, y dar de baja
la cuota de 10.251 ptas., asignada por construcción
de aceras a la finca núms. 42-44 de dicha vía, pro¬ pia de D.a
Adelia
Ferreira; por teneryaconstruida
acera reglamentaria, el padrón
de contribuyentes
del expte. 4.115, relativo a la imposición
de Con¬
tribuciones especiales por obras de pavimentaciónen la calle de Emilio Roca, y dar de baja la cuota
de 2.648 ptas., asignada por construcción
de
acerasa la finca núm. 58 de dicha vía, propia de D. Agus¬
tín Romero Clavero; del expte. 4.115,
relativo
ala
imposición de
Contribuciones
especiales
porobras
de pavimentación en
la
calle de
Emilio
Roca,
ydar
de baja la cuotade 2.251
ptas.,asignada
por cons¬trucción de aceras a la finca núm. 60 de dicha vía,
propia de D.a
Encarnación
Gil
Valdés; del
expe¬diente 4.115, relativo a la imposición
de Contribu¬
ciones especiales por obrasde
pavimentación
enla
calle de Emilio Roca, y dar de
baja la
cuotade
2.648 ptas.,
asignada
porconstrucción
de
aceras a la finca núm. 64 de dicha vía, propia de D.Jaime
Sánchez Carreras; vista la comprobación
sobre la
pertenencia de
la finca núms. 121-129
(antes
mime-ros 123-127) de la Avda. de Sarrià,
el padrón
de
Contribuyentes del expte. 4.322,relativo
ala
im¬
posición de
Contribuciones
especiales
porlas obras
de pavimentación en
dicha vía,
ysustituir
la
cuota de 118.343 ptas., aaquélla
asignada
porlas
dos
si¬
guientes: una de
65.171
ptas., quecorresponde al
inmueble núms. 121-125, y otra de 52.137 ptas.,
al
señalado de núms. 127-129, ambas a cargo de sus
respectivas
Comunidades de
Propietarios;
de la
finca núms. 85-87 de la calle de Cortada, el padrón
de contribuyentes del expte. 3.693,
relativo
ala im¬
posición de
Contribuciones especiales
porobras
de
construcción de alcantarillado en dicha vía, y sus¬
tituir la cuota de 28.382 ptas., a
aquélla
asignada
por las dos siguientes: unade 9.182
ptas., que co¬rresponde a D. Ginés
Cano Aliaga,
porel
inmueble
núm. 83, y otra de 18.365 ptas., que
debe
satisfacer
D. José Costas Blage, como dueñosdel
señalado de
núms. 85-87; por existir en parteduplicidad im¬
positiva con
el
expte.3.776, el
padrón
de contribu¬
yentes del 3.693,
relativo
ala imposición
de Con¬
tribuciones especiales por obrasde construcción
de
alcantarillado enla calle Cortada,y sustituir la cuo¬ta de 63.943 ptas., asignada a la
finca núms. 1-7
de
dicha vía, propia de D. Antoniode Gispert
Jordá,
por otra de 36.229 ptas; vista
la
comprobación
so¬bre la pertenencia delas fincas 2
al
8(antes 2
y4)
de la calle de Juan Valera y la revisión de la lon¬gitud de
fachada imponible, el
padrón de contri¬
buyentes del expte. 3.693,
relativo
ala imposición
de Contribuciones especiales por obras de construc¬ción de alcantarillado enla calle de Cortada, y sus¬
tituir las cuotas de 40.152 y 68.450 ptas., a aquéllas
asignadas, por las dos siguientes: una
de 70.037
pe¬setas, que coresponde a
D.a Juana Ballonga
Mateu,
como propietaria del
inmueble núm. 2-4,
y otrade
38.065 ptas., que debe satisfacer
D. José M.a
Olive¬
ras Sanmartí, a quien le pertenece el
señalado de
núms. 6-8; de la finca núms. 2-14 de la calle de
Cortada, el padrón de contribuyentes
del expedien¬
te 3.693, relativo a la imposición de Contribucionesespeciales por obras de construcción
de alcantari¬
llado en dicha vía, y sustituir la cuota de pese¬ tas 91.824 ptas., a aquélla
asignada,
porlas
cuatrosiguientes: una de 20.535 ptas.,
inmueble
núm. 2;otra de 23.874 ptas., inmueble núms. 4-6; una ter¬
cera de 17.864 ptas., inmueble núms. 8-10, y,
final¬
mente, otra de 27.297 ptas., por el
inmueble
nú¬meros 12-14, a cargo cada una de ellas de sus respectivas Comunidades de Propietarios; y vista
la
revisión de la longitud de fachada imponiblede la
finca núm. 34 (antes 36) de la calle de Cortada,propia de D. Jorge Lozano Moreno, el
padrón de
contribuyentes del expte. 3.693, relativo a la impo¬
sición de Contribuciones especiales por obras de construcción de alcantarillado en dicha vía, y sus¬
Desestimar, por haber sido determinada la cuota
con arreglo a la unidad impositiva en su día ele¬
gida y acordada por el Consejo pleno en sesión de
2 de agosto de 1968, la reclamación formulada por
D. Luis Castelló Puig-Oriol contra la cuota que le ha sido asignada en el expte. 4.260, relativo a la
imposición de Contribuciones especiales por obras de construcción de pavimento en la calle de Calvet, y en razón de la
propiedad
de la finca núms. 72-82de dicha vía; por estar ajustada a derecho la apli¬
cación de la cuota liquidada a cargo de D.a Dolores
Cornudella Capdevila, la reclamación contra la
misma formulada en el expte. 4,322, relativo a la
imposición de Contribuciones
especiales
por obras deconstrucción de pavimento en la Avda. de Sarriày en razón de la
propiedad de
lafinca
núm. 108de
dicha vía; por haber sido correctamente observa¬das las normas de aplicación para determinar las
cuotas, la reclamación formulada por D. José Ig¬ nacio de Anzizu Borrell, en nombre y representa¬
ción de D.a Dolores Roca Dolavé, contra la que a
ésta se le asigna en el expte. 4.326, relativo a la
imposición de Contribuciones especiales por
obras
de instalación de alumbrado en la calle Juan de Alós, y en razón de la propiedad de la finca núme¬ros 1-3 de dicha vía; y por no existir error en la
determinación de la longitud de fachada imponi¬
ble, la reclamación formulada por D. Manuel Vir¬ gos Lamiel, contra la cuota que le ha
sido asignada
en el expte. 3.693, relativo a la imposición
de Con¬
tribucionesespeciales por obras de construcción
de
alcantarillado en la calle de Cortada y en razón dela propiedad de la finca núm. 79-81
de dicha
vía.Régimen
interior
y
Servicios
Municipales
SERVICIOS MUNICIPALES
Autorizar el gasto de 14.216.000 ptas., con cargo
a la part. 340 b) del vigente Presupuesto ordinario
de gastos para el funcionamiento provisional de
las
instalaciones parasuministro de agua del Ter aestaCiudad, durante el 4.° trimestre del año en curso,
e ingresar dicha cantidad en la cuenta «Bienes propios de la Confederación Hidrográfica del Pi¬
rineo Oriental» en la sucursal del Banco de España
én Barcelona.
Cultura
BELLAS ARTES Y MUSEOS
Otorgar, con cargo a la part. 337-32 del Presu¬
puesto ordinario. 400.000 ptas., a la
Sociedad Mer¬
cantil Romea, S.A., para contribuir al
desarrollo
de las actividades propias del Teatro Romea, delque dicha empresa es propietaria.
Sanidad
y
Asistencia
Social
Aprobar el proyecto técnico, pliego de condicio¬
nes y presupuesto de 11.041.631 ptas., relativo a la
adquisición de diversos aparatos médicos con desti¬
no a las Instituciones de Sanidad; declarar la ex¬ cepción de subasta al amparo del núm. 3 del art. 37
del Reglamento de Contratación de las Corporacio¬
nes locales; convocar concurso público para su ad¬
quisición; y aplicarel gasto con cargo a la part. 421
del vigente Presupuesto ordinario.
Urbanismo
y
Obras
Públicas
PLANEAMIENTO Y
ACTUACION URBANISTICA
Fijar en trámite de avenencia en 137.500 ptas.,
el justiprecio por todos los conceptos,
incluida
la indemnización por desocupo de la finca de metroscuadrados 256,86, situada en la zona de Casa Vale¬ ro, en la Montaña de Montjuich, afectada de Par¬ que urbano, propiedad de D. Enrique Blasco Mar¬ tín y D.a Milagros Leris Gracia; aplicar elgasto con
cargo al cap. VI, art. 1.°, part. 17,3 del Presupuesto
de Urbanismo de 1969 (hoy resultas por adición de
1969), según acuerdo de 23 de diciembre
de
1969; pagar elprecio alos propietarios si justifican —me-dinate certificado registral—- el dominio y libertad de cargas de la finca, o consignarlo, en otro caso,y esto efectuado, ocuparla finca; en 3.006.640 ptas.,
eljustiprecio por todoslos conceptos de la
finca de
1.188,40 m.2 de extensión, situada en la Riera de
Horta, entre Avda. de José Antonio y la calle de
Andrade, —afectada por la apertura de la Avenida
de Prim— propiedad de D. Martín Vila
Baliarda
y D.a Josefa Moniente Francás; aplicar el gasto con
cargo al cap. VI, art. 1.°, part. 438 del Presupuesto
ordinario vigente; y pagar dicho importe alos pro¬
pietarios, si justifican —mediante
certificado
regis¬tral— el dominio y libertad de cargas de la finca,
o consignarlo en otro caso, yesto
efectuado,
ocupardicho inmueble; en 1.582.000 ptas., el justiprecio por todos los conceptos de la finca
situada
enla
calle del Pintor Alsamora, afectada de Parque ur¬
bano y de vial, propiedad de «Ingeniería y
Cons¬
trucciones Sala Amat, S.A.»; aplicar el gasto concargo al cap. VI, art. 1.°, part. 16-1 del Presupuesto especial de Urbanismo del presente año; pagar
di¬
cho importe a la entidad propietaria si
justifica
—mediante certificado registral— el dominio y li¬ bertad de cargas de la finca, o consignarlo en otro
caso, y esto efectuado, ocupar dicho
inmueble;
en 383.640 ptas., eljustiprecio portodos los
conceptos, incluso desocupo del piso 1.°, 4.a de lafinca
nú¬mero 126 de la calle de Canigó, afectada por el
II Cinturón de la Red Arterial de Barcelona, Vía Favencia, tramo 2.°, propiedad de D. Asensio
Liar¬
te Zaragoza y D.a Juana Alvarez Salas;aplicar el
gasto en cuanto a 230.140 ptas., con cargo
al
capí¬ tulo VI, art. 1.°, part. 438 del Presupuestoordina¬
rio de gastos y en cuanto a 153.500 ptas., con cargo al depósito previo ala ocupación,
consignado
enla
Caja General de Depósitos; y pagar 90.349 ptas., a D. Alvaro Alvarez Carroto, titular registral de la
finca y 293.291 ptas., a D. Asensio Liarte Zaragoza
y D.a Juana Alvarez Salas, si justifican
—mediante
certificado registral— el dominio y
libertad de
car¬gas de la finca o consignarlo en otro caso; en pese¬
tas 448.000, el justiprecio por todos los conceptos,
incluso desocupo, de la finca núm. 12 de
la calle
Italia, afectada por el II Cinturón de la
Red Ar¬
terial de Barcelona, Vía Favencia, tramo 2.°, pro¬
piedad de D.a Pilar Torreiro
Castillo; aplicar el
gasto en cuanto a 423.000 ptas., con cargoal capí¬
tulo VI, art. 2.°, ptda. 32-2 del Presupuesto deUr¬
depósito previo a la ocupación
consignado
enla
Caja General de depósitos; pagar
dicho
precio al propietario sijustifica—mediante certificado
re-gistral— el dominio y libertad
de
cargasde la finca
o consignarlo en otro caso; en 330.373 ptas.,el
justiprecio por todos los conceptos,
incluso
deso¬
cupo, del piso 2.°, 3.a de la
finca
núm.126
de la
calle Canigó, afectado por el II Cinturónde la Red
Arterial deBarcelona, Vía Favencia, tramo 2.°, pro¬piedad de D. Manuel
González Gómez; aplicar
el
gasto con cargo al cap. VI, art.2.°, ptda. 32-2 del
Presupuesto de Urbanismo; y pagar 90.349 ptas., a D. Alvaro Alvarez Carroto, titular registral de la
finca, y 240.023 ptas., aD.
Manuel González Gómez,
si justifican —mediante
certificado registral—
el
dominio y libertad de cargas
de
lafinca,
o consig¬ narlo en otro caso; en 1.139.000 ptas., eljustipreciopor todos los conceptos,
incluso desocupo,
de la
finca núm. 14 de la calle Scala Dei y 25 de la
Carretera Alta de las Roquetas, afectada por
el
II Cinturón de la Red Arterial de Barcelona, Vía Favencia, tramo 2.°, propiedad de Herederosde
Angel Gaspar Miralles;
deducir del
justipreciola
cantidad de 11.250 ptas., a queasciende el
depósito
previo a la ocupación;
apbcar el
gastodel
rema¬nente que asciende a 1.127.750 ptas., con cargo
al
cap. VI, art. 1.°, part. 15
del
Presupuestoespecial
de Urbanismo; y pagar 103.750 ptas., al Patronato municipal de la Vivienda y 1.024.000 ptas., a
Here¬
deros de Angel Gaspar Miralles si justifican —me¬ diante certificado registral— el dominio ylibertad
de cargas de la finca o consignarlo en otro caso;en 703.000 ptas., el justiprecio por
todos
los con¬ceptos, incluso desocupo, de la
finca
núm.26 de la
calle Scala Dei, afectada por el II Cinturón de la Red Arterial deBarcelona, Vía Favencia, tramo2.°,
propiedad de D. Joaquín, D. Benito y
D. José Saló
Canales; deducir del justiprecio la cantidad de pe¬
setas 22.500, a que asciende el depósito previo a
la
ocupación, abonado, en cuanto a 7.500 ptas.,
al Pa¬
tronato municipal de la Vivienda, a cuentade la
cuota de entrada del piso adjudicado, y en cuanto a 15.000ptas., abonadas aD.Benitoy a D. JoséSaló
Canales; aplicar el gasto del remanente que ascien¬ de a 680.500 ptas.,con cargoal cap. VI, art.1.°,
par¬ tida 15 del Presupuesto especial deUrbanismo;
y pagar al Patronato municipalde
laVivienda,
pese¬tas 107.500, y a D. Joaquín, D. Benito y D.
José
Saló Canales, 573.000 ptas., si justifican—mediante
certificado registral el dominio y libertad decargas de la finca o consignarlo en otro caso; en pese¬
tas 764.000, el justiprecio por todos los conceptos,
incluso desocupo, de la finca núm. 37 de la
Carre¬
tera Alta de las Roquetas, afectada por el
II Cin¬
turón de la Red Arterial de Barcelona, Vía Faven¬cia, tramo 2.°, propiedad de D.a Alejandra
Ejeda
Martínez; deducir del justiprecio la cantidad de
5.900 ptas., a que asciende el
depósito
previo ala
ocupación, abonado al Patronato
municipal de la
Viviendaa cuentade lascuotas de entrada de los pi¬
sos adjudicados; aplicar elgasto del remanente que
asciende a758.100ptas.,con cargo alcap VI, artícu¬
lo 1.°, part. 15 del Presupuesto especial de
Urba¬
nismo; y pagar al Patronato municipal de la Vi¬
vienda 224.100 ptas., y a D.a Alejandra Ejeda Mar¬
tínez, 534.000 ptas., si justifica —mediante certifi¬
cado registral— el dominio y libertad de cargas de la finca o consignarlo en otro caso; en 185.346 ptas.,
el justiprecio por todos los conceptos, incluso deso¬
cupo, de la finca núm. 14 de la Carretera
Alta de
las Roquetas,afectada porel II Cinturón de Ronda,
tramo 2.°, propiedad de D. Julián Cladellas Tortós;
aplicar elgasto, en cuanto a
173.721
ptas., con cargoal cap. VI, art. 1.°, part.
15 del Presupuesto
de
Urbanismo; y en cuanto a 11.625 ptas., con cargo al depósito previo a la ocupación
consignado
enla
Caja General de depósitos; y pagar
dicho precio
al propietario sijustifica—mediante certificado
re¬gistral—el dominio y
libertad de
cargasde la fin¬
ca o consignarlo en otro caso; en 982.000 ptas.,
el
justiprecio por todos los conceptos,
incluso
deso¬
cupo, de la finca núm. 22 de la
calle Scala Dei,
afectada por el II Cinturón de la Red
Arterial de
Barcelona, Vía Favencia, tramo 2.°, propiedad
de
D.a Dolores Alboreda Barreiro; deducir del justi¬
preciola cantidad de 19.000 ptas.,
satisfecha
en con¬ cepto de depósito previo a la ocupación;aplicar
el gasto del remanente que asciende a 963.000 ptas., con cargo al cap. VI, art. 1.°, part. 15del Presu¬
puesto especial de Urbanismo; y pagar a
D.a Do¬
lores Alboreda Barreiro, 963.000 ptas., si justifica—mediante certificado registral— el dominio y li¬ bertad de cargas de la finca o consignarlo en otro
caso; en 439.640 ptas., el justiprecio por todos los
conceptos, incluso desocupo, de los bajos, B,
de Ca¬
nigó, 126, afectado por el II Cinturón
de la Red
Arterial de Barcelona, Vía Favencia,tramo 2.°, pro¬ piedad de D. Manuel Hernández Rodríguez ydoña
Rosario Castillo Martí; aplicar el gasto con cargo al cap. VI, art. 1.°, ptda. 15 del Presupuesto espe¬ cial deUrbanismo; y pagar 90.349 ptas., a D. Alva¬ro Alvarez Carroto, titular registral de la finca y
349.291 ptas., a D. Manuel Hernández Rodríguez
y D.a Rosario Castillo Martí, si justifican —me¬ diante certificado registral— el dominio y libertad de cargas de la finca o consignarlo en otro caso;
en 754.200ptas., el justiprecio portodos losconcep¬ tos, incluso desocupo, de la finca núm. 35 de la
Carretera Alta de las Roquetas, afectada por el II Cinturón de la Red Arterial de Barcelona, Vía Favencia, tramo 2.°, propiedad de D.a Gregorià Mo¬
linos Martí yHerederos de D. Manuel Artola Grau; deducir del justiprecio el depósito previo a la ocu¬
pación que asciende a 16.875 ptas., abonado al Pa¬
tronato municipal de la Vivienda; aplicar el gasto
del remanente que asciende a 737.325 ptas., con
cargo al cap. VI, art. 2.°, ptda. 32-2 del Presupuesto especial de Urbanismo; pagar 98.125 ptas., al Pa¬
tronato municipal de la Vivienda y 639.200 ptas., a D.a Gregorià Molinos Martí y Herederos de don
Manuel Artola Grau, si justifican —mediante cer¬ tificado registral —el dominio y libertad de cargas de la finca o consignarlo en otro caso; en pese¬ tas 373.640, el justiprecio por todos los conceptos,
incluso desocupo, del piso 1.°, 1.a de Canigó, 126; afectado por el II Cinturón de la Red Arterial de
Barcelona, Vía Favencia, tramo 2.°, propiedad de
D. Miguel Gil Zaragoza y D.a Encarnación Martínez
Membrilla; aplicar el gasto con cargo al cap. VI,
art. 1.°, part. 15 del Presupuesto especial de Ur¬ banismo; y pagar 200.000 ptas., al Patronato muni¬
cipal de la Vivienda, en concepto de cuota de en¬
trada por el piso adjudicado; 90.349 ptas., a don Alvaro Alvarez Carroto, titular registral de la fin¬
ca y 83.291 ptas., a D. Miguel Gil Zaragoza y doña
Encarnación Martínez Membrilla, si justifican
—mediante certificado registral— el dominio y li¬ bertad de cargas de la finca, o consignarlo en otro
caso; en 619.000 ptas., el justiprecio por todos los
conceptos, incluso desocupo, de la finca núm. 7,
de la calle deItalia, afectada por el II Cinturón de
la Red Arterial de Barcelona, Vía Favencia, tramo
gasto en cuanto a 579.000 ptas., con cargo al capí¬ tulo Vi, art. 1.°, ptda. 15 del Presupuesto de Ur¬
banismo y en cuanto a 40.000 ptas., con cargo al
depósito previo a la ocupación consignado en la
Caja General de Depósitos; pagar dicho precio a
los propietarios si justifican —mediante certificado
registral— el dominio y libertad de cargas de la
finca o consignarlo en otro caso; en 563.000
ptas.,
el justiprecio por todos los conceptos, incluso de¬
socupo, de la finca núm. 5 de la calle Italia, afec¬
tada por el II Cinturón de Ronda, tramo 2.°, pro¬
piedad de D.a Teresa Lozano Navarro; deducir del justiprecio la cantidad de 21.525 ptas., satisfecha
en concepto de depósito previo a la ocupación;
aplicar el gasto del remanente que asciende a pese¬
tas 541.475, con cargo al cap. VI, art. 1.°, ptda. 15
del Presupuesto especial de Urbanismo; y pagar
a D.a Teresa Lozano Navarro 541.475
ptas., si jus¬
tifica —mediante certificado registral— el dominio
y libertad de cargas de la finca o consignarlo en
otro caso; en 46.167 ptas., el justiprecio
por todos
los conceptos de la parcela núm. 63 de la Urbani¬ zación «La Meca», situada en la Montaña del Ti¬
bidabo —afectada de Parque forestal—, propiedad de Comercial Portell, S.A.; Aplicar el gasto con
cargo al cap. VI, art. 1.°, part. 16-4 del Presupuesto especial de Urbanismo para 1971; pagar dicho im¬
porte a la entidad propietaria, si justifica —me¬
diante certificado registral— el dominio y libertad de cargas de la finca, o consignarlo en otro caso, y esto efectuado, ocupar dicho inmueble; en pese¬
tas 31.150.000, el justiprecio por todos los concep¬
tos, y libre de cargas y gravámenes, de la finca de
4.820 m.2 de extensión, propiedad de D. Ramón
Santomá Casamor, situada en la calle de Juan
Giiell, núms. 114 a 126, Evaristo Arnús, 2 a 12 y
Galileo, 229-231, para la construcción de un grupo
escolar; acoger la petición de la propiedad, y en
su consecuencia, adjudicar a D. Ramón Santomá
Casamor —al amparo de lo dispuesto en el art. 100
de la Ley de 12 demayo de 1956—, en pago parcial del justiprecio, la finca de
propiedad municipal de
986,50 m,2 de extensión, situado en la confluencia
de la Avda. de Madrid y la calle del Tenor
Mas-sini y valorada en 9.865.000 ptas.; aplicar el gasto del remanente, ascendente, a 21.285.000 ptas., en
cuanto a 5.732.142 ptas., con cargo al cap. VI, ar¬
tículo 1.°, part. 17 del Presupuesto de Urbanismo
y respecto a 15.552.858 ptas., al cap. VI, art. 1.°,
part. 3 del Presupuesto extraordinario de aquisi-ción de terrenos y construcción de grupos escolares y, acreditado el dominio y libertad de cargas, for¬
malizar la transmisión y dar cuenta al Ministerio de la Gobernación; en 489.405 ptas., de conformi¬ dad con la resolución del Jurado provincial de Ex¬
propiación de 6 de octubre de 1971, el justiprecio
por todos los conceptos de la finca núm. 9 de la
calle de Portallada, propiedad de D.a Ana María
Navarro Rodríguez; aplicar el gasto con cargo al
cap. VI, art. 2.°, pdta. 32,2 del Presupuesto especial
de Urbanismo para 1971; pagar el precio a la pro¬
pietaria si justifica -—mediante certificado regis¬
tral— el dominio y libertad de cargas de la finca,
o consignarlo en otro caso,
y esto efectuado, ocupar dicho inmuebble; y en 659.400 ptas., de conformi¬ dad con la resolución del Jurado Provincial de Ex¬
propiación de 6 de octubre de 1971, el justiprecio
por todos los conceptos, de la finca núm. 25 de la
calle de las Afueras, propiedad de D. Miguel Palou Renart; aplicar el gasto con cargo al cap. VI, ar¬
tículo 2.°, part. 32,2 del Presupuesto de Urbanis¬
mo; pagar al propietario si justifica —mediante
certificado registral— el dominio y libertad de car¬ gas de la finca o, consignarlo en otro caso, y esto
efectuado, ocupar dicho inmueble.
Determinar, que el justiprecio de expropiación
de la finca núm. 86 de la calle de San Andrés y nú¬
mero 6 de la calle de las Afueras, ascendente a
2.100.000 ptas., fijado en avenencia por acuerdo de la Comisión municipal ejecutiva, de 8 de julio de 1970, corresponde ser percibido por D.a María
de los Angeles, D.a Joaquina, D.a Teresa y D. José Basté Pich, por cuartas partes iguales, por haber acreditado —mediante certificado registral— ser
únicos propietarios en común y proindiviso de dicha finca, como consecuencia del fallecimiento
de D. Juan Basté Ribó.
Declarar sobrante de vía pública, conforme al Plan parcial aprobado en 17 de junio de 1958, la
parcela de 50 m.2 de extensión, procedente de la
supresión de la calle Berenguer de Palou, que lin¬
da al Norte y Sur con terrenos de la misma proce¬ dencia y al Este y Oeste con propiedad del solici¬ tante; todo ello a los efectos que procedan y al
especial de que pueda inscribirse en el Registro
de la Propiedad como dominio del Municipio; y
adjudicar la descrita parcela a D. Rafael Coromi¬ nas Cot, propietario colindante,
por el precio de
200.000 ptas., completamentelibre de gastos para el
Ayuntamiento, incluso los de la previa inscripción a favor del mismo y con la obligación de
agregar
la parcela a la finca colindante; y conforme al Pro¬
yecto aprobado en 3 de mayo de 1963, las
semipar-celas procedentes del Torrente del Mal, de 65 y 66
metros cuadrados de extensión respectivamente,
cuya discripción y lindes constan en el anexo nú¬
mero 1; todo ello a los efectos que procedan
y al especial de que puedan inscribirse en el Registro
de la Propiedad como dominio del Municipio y
adjudicar las referidas semiparcelas a D.a Eugenia y D.a Joaquina Raich Colet, propietarias colindan¬
tes, por mitad en común y proindiviso, por el pre¬ cio de 1.733.425'51 de los que 1.441.000 ptas., co¬
rresponden de adjudicación de las semiparcelas, y
292.425'51 ptas., al importe de las Contribuciones especiales, que conforme alo previsto en el art. 469
y concordantes de la Ley de Régimen local deben
satisfacer las adjudicatarias por las obras de alcan¬
tarillado, pavimentación, construcción de aceras y
alumbrado de la Ronda del General Mitre; todo
ello completamente libre de gastos para el Ayun¬
tamiento, incluso los de la previa inscripción a fa¬
vor del mismo, y con las obligaciones señaladas.
Inscribir en el Registro municipal de Solares y otros inmuebles sujetos a edificación forzosa, la
finca señalada con el núm. 145 de la calle de Villa-rroel, propiedad de D. Juan, D.a Ana, D. Jorge y
D.a María del Carmen de Molina Cuyol y de doña
M.a del Carmen y D. Alfonso Juyol Arenas, por
cuanto las edificaciones existentes en la misma
están en manifiesta desproporción con la altura le¬
galmente autorizada y corriente en la zona y des¬
merecen por su estado, condición o clase de las
demás del sector, conforme a lo dispuesto en el párr. c) del niím. 5, del art. 5.°, del Reglamento
de 5 de marzo de 1964; y advertir a la propiedad,
que la finca pasará a la situación de venta for¬ zosa transcurrido el plazo de dos años a contar
desde la inclusión, si no se iniciaren las obras
de edificación o no continuaren a ritmo normal