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Auditoria Tributaria a La Nia

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Academic year: 2021

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Tema

Curso:

AUDITORIA TRIBUTARIA

Docente:

CPCC.TRAVEZAÑO REMIGIO FLAVIO

Alumna:

BUSTILLOS LEANDRO CARLOS A.

CONDOR ESPINOZA JUAN C.

TOSCANO CALDERON ALCIDES L.

Semestre:

X

Turno:

A

Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión”

(2)

El presente trabajo de investigación, está dedicado:

A Dios por iluminar mi vida con fe y esperanza

A mis padres por el amor y apoyo incondicional que me bridan.

Al docente por compartir sus conocimientos que coadyuvan al

desarrollo de mi formación profesional.

(3)

INTRODUCCIÓN

El trabajo denominado NIAS APLICABLE A LA AUDITORIA TRIBUTARIA en el

cual se ha desarrollado un análisis concerniente a norma internacional de auditoria

en donde encontré aspectos importantes del tema.

Para un mejor entendimiento de la aplicación de estas normas hemos hecho

un marco teórico de lo que significa auditoria tributaria.

Hoy en día las normas internacionales de auditoria es una realidad asentada y

ciertamente tiene una enorme implicancia en la auditoria tributaria y su desarrollo.

Comentando un poco sobre el tema las normas internacionales de auditoria el

presente trabajo, es una interpretación con respecto a las Normas Internacionales

de Auditoria NIA, con respecto a la auditoria tributaria en el Perú, Entendimiento

de la Entidad y su entorno y evaluación de sus Riesgos; NIA 220 Control de

Calidad para Auditoria tributaria.

Esperamos que el lector saque las conclusiones con respecto a la aplicación de

estas nuevas Normas a los trabajos a desarrollar en las firmas

(4)

ÍNDICE

PORTADA INTRODUCCIÓN

ÍNDICE DE CONTENIDO OBJETIVOS

PAUTAS PARA EL ESTUDIO Y LOS TRABAJOS DE APLICACIÓN REFERENCIAS DOCUMENTALES

(5)

LA AUDITORÍA TRIBUTARÍA, CONCEPTO Y SU APLICACION

I.- Definición de auditoría fiscal

La auditoría financiera es, según una de las definiciones más aceptadas

actualmente "el proceso sistemático de obtener y evaluar objetivamente la

evidencia acerca de las afirmaciones relacionadas con actos y acontecimientos

económicos, a fin de evaluar tales declaraciones a la luz de los criterios

establecidos y comunicar el resultado a las partes interesadas".

Esta concepción de la auditoría -entendida como proceso- encierra, entre otras,

las siguientes ideas, en opinión de Wallace en primer lugar, considerar a la

auditoría como un "proceso sistemático", significa que el trabajo a desarrollar se

encuentra planificado y sujeto al cumplimiento de unas NORMAS TÉCNICAS, o

sea, su desarrollo no se hace al azar sino sujeto a unos métodos estructurados.

En segundo lugar, el proceso permite obtener y evaluar evidencia, entendida esta

como todos aquellos hechos y aspectos susceptibles de ser verificados por el

auditor.

Por último, el producto final del mencionado proceso sistemático de obtención y

evaluación de evidencia finaliza con la emisión de un informe, mediante el cual el

auditor da a conocer la correspondencia entre las manifestaciones de la entidad y

los criterios preestablecidos.

El concepto de auditoría fiscal engloba contenidos diferentes en función de la

persona que realiza la auditoría, como veremos más adelante. Si esta persona es

un auditor de cuentas, la auditoría fiscal puede ser entendida, bien como una parte

de la auditoría completa de cuentas anuales, bien como un proceso independiente

con sentido propio.

Para Sánchez F. de Valderrama "la auditoría del área fiscal persigue un doble

objetivo: en primer lugar comprobar que la compañía ha reflejado adecuadamente

las obligaciones tributarias, en función del devengo, habiendo provisionado

(6)

correctamente los riesgos derivados de posibles contingencias fiscales, y, en

segundo, si se ha producido su pago efectivo según los plazos y de acuerdo a los

requisitos formales establecidos".

Esta definición sintetiza los dos objetivos principales del auditor fiscal: evidenciar,

de un lado, si el reflejo contable de las circunstancias fiscales es razonable de

acuerdo con las normas establecidas, y de otro, si las obligaciones legales se han

cumplido adecuadamente.

En el ámbito mundial, se habla de auditoría fiscal desde una doble vertiente: la

realizada por auditores de cuentas independientes o por funcionarios públicos de

la administración tributaria. Nosotros vamos a tratar el asunto desde la óptica de la

auditoría de cuentas o auditoría financiera, aunque en los aspectos de

coincidencia de ambas vertientes se hará especial mención de ello, no perdiendo

de vista, por ello, conceptos y técnicas que puedan ser comunes.

Conviene, entonces, diferenciar ambas facetas. En este sentido, el objetivo

perseguido por el auditor externo no coincide -en modo alguno- con el perseguido

por la inspección fiscal, ya que ésta centra su actuación en verificar si la entidad

ha cumplido sus obligaciones tributarias, exigiendo, en caso contrario, el

cumplimiento de tal obligación de acuerdo con la legislación vigente, lo que

incluirá deuda tributaria más sánción más intereses de demora.

Sin embargo, el auditor externo, lejos de exigir, recomienda una serie de

actuaciones, informando privadamente de unos hechos para expresar

públicamente una opinión profesional, sobre la adecuación o no de unos estados

financieros a unos criterios prestablecidos.

II. DIFERENCIAS Y SIMILITUDES ENTRE LA AUDITORIA FINANCIERA Y LA

TRIBUTARIA

Podemos establecer las siguientes diferencias y similitudes entre la auditoría

financiera y la inspección fiscal realizada por AUDITORES tributarios:

(7)

AUDITORIA FINANCIERA AUDITORIA TRIBUTARIA

OBJETIVO

Opinar

sobre

si

las

cuentas

anuales

expresan, en todos los

aspectos significativos, la

imagen

fiel

del

patrimonio,

de

la

situación financiera, de

los resultados y de los

recursos

obtenidos

y

aplicados por la entidad

auditada

Determinar

si

las

bases

imponibles declaradas por una

entidad son correctas conforme a

los criterios legales establecidos

OPINIÓN

Hay supuestos en los

que es posible denegar

la opinión

Se debe emitir opinión en todo

caso [1]

La opinión parcial no

está permitida

Opinión parcial permitida [2]

ACCESO

A

LA

INFORMACIÓN

INTERNA

Amplio

acceso

a

la

información

económico-financiera, por tratarse

de

una

colaboración

profesional, así como a

los controles internos

establecidos

por

la

Menos facilidades para el acceso

a la información, así como para

apoyarse

en

los

controles

internos de la entidad

(8)

AUDITORIA FINANCIERA AUDITORIA TRIBUTARIA

entidad

OPORTUNIDAD

Desarrolla su función,

normalmente, de forma

casi simultánea a los

hechos que verifica

Su actuación se inicia tras el

término del plazo legal para la

presentación de las distintas

declaraciones fiscales

MEDIOS

Obtención

de

información a terceros

limitada.

Obtención de información a

terceros ilimitada.

Cruces de información

restringidos

a

datos

internos de la entidad.

Posibilidad de cruzar información

con declaraciones presentados

por otros contribuyentes, además

de entre las presentadas por la

entidad.

Sistemas expertos.

Sistemas expertos y bases de

datos estatales.

PROCEDIMIENTOS Cuestionario

fiscal,

indagaciones orales y

escritas

Indagaciones orales y por escrito,

cuestionario fiscal

Conciliaciones globales

limitadas a datos de la

propia entidad

Conciliaciones

globales

con

datos de la entidad y con

información obtenida de otros

contribuyentes

Confirmaciones

con

terceros (limitadas)

Confirmaciones

con

terceros

(amplias)

DOCUMENTACIÓN

DEL TRABAJO

Papeles de trabajo

Diligencias

Informe de auditoría

Acta de inspección

REVISIÓN

DEL

TRABAJO

Corporaciones

profesionales e ICAC

(9)

[1] Si bien, en la práctica, existen situaciones en las que el proceso finaliza por

simple dejadez —que determina la prescripción de las posibles deudas— o se da

por terminado sin constancia escrita alguna.

[2]Existen actas parciales y no definitivas y actas de prueba pre-constituida en

algunos países, para el Perú esto no es así, únicamente existen liquidaciones

definitivas con las excepciones contenidas en el Código tributario. .

LA AUDITORIA TRIBUTARIA

Es el proceso sistemático de obtener y evaluar objetivamente la evidencia acerca

de las afirmaciones y hechos relacionados con actos y acontecimientos de

carácter tributario, a fin de evaluar tales declaraciones a la luz de los criterios

establecidos y comunicar el resultado a las partes interesadas; ello implica

verificar la razonabilidad con que la entidad ha registrado la contabilización de las

operaciones resultantes de sus relaciones con la hacienda pública -su grado de

adecuación con Principios y Normas Contables Generalmente Aceptados

(PyNCGA)-, debiendo para ello investigar si las declaraciones fiscales se han

realizado razonablemente con arreglo a las normas fiscales de aplicación.

Características de la auditoría tributaria

En el contexto de la auditoría privada, señalamos las siguientes características de

la auditoría fiscal:

(10)

1ª) Puede constituirse, por la especialización que requiere, en una parte

independiente, separada del resto del trabajo de auditoría, lo cual no significa, en

absoluto, que no recoja la evidencia obtenida en las demás áreas o ciclos

analizados. [Entre los autores que sostienen la necesidad de especialización que

requiere el ejercicio de la auditoría fiscal destacamos a Arráez (1981, p. 91); Arbex

y Puerta (1983, p. 15); Rojo (1988, p. 54) y Alonso Ayala (1998, p. 17).]

2ª) Presenta matices netamente diferenciados del resto de las áreas del programa

de auditoría que se traducen en: [Véase Alonso Ayala (1998, p. 17-18).]

 Una necesidad de especialización ya que la abundante legislación, su inestabilidad y su complejidad hacen necesario el concurso en la auditoría de verdaderos especialistas en el ámbito tributario.

 Numerosas dudas sobre la consideración de una contingencia como remota, posible o probable y en la determinación de su grado de ocurrencia o verosimilitud.

 La existencia de dificultades en la cuantificación de contingencias, tanto de cuotas como de sanciones e intereses. La interpretabilidad de la norma, así como la mayor o menor flexibilidad de la inspección fiscal en su aplicación, complican en forma extrema la valoración y medición de riesgos.

 Frecuentes limitaciones al alcance, fundamentalmente con relación a ejercicios no auditados.

Clases de auditoría fiscal

La clasificación que proponemos para la auditoría fiscal viene dada en función de

la persona que lleva a cabo la misma y de acuerdo con la independencia de dicha

persona y de los objetivos que persigue. En este sentido, distinguimos entre

auditoría fiscal interna y externa y, dentro de ésta, la inspección fiscal o la

realizada por auditores de cuentas, ya sea como componente de la auditoría

general de cuentas o como trabajo con una entidad independiente en sí mismo.

(11)

Figura 1. Clasificación de la auditoría fiscal

1) Auditoría fiscal interna

Las personas encargadas de llevar a cabo esta labor pueden ser tanto

trabajadores de la entidad -normalmente integrados en el departamento de

auditoría interna de la misma-, como profesionales externos contratados ex

profeso para lograr los mismos fines, como ambos a la vez.

De entre las actuaciones que pueden desarrollar en el ejercicio de su función,

destacamos las siguientes: [Puede consultarse Sánchez F. de Valderrama (1996,

tomo II, pp. 349-351).]

 Estudio de la legislación impositiva establecida en todos los tributos que afecten a la entidad.

 Establecimiento sistemático de modelos normalizados que incluyan, de manera ordenada, las distintas fases para el cálculo de los distintos conceptos impositivos, como bases imponibles, tipos impositivos, cuotas, deducciones y bonificaciones, pagos a cuenta e información a incluir en la memoria, así como la contrastación de dicha información con la obtenida a partir de la contabilidad y de las declaraciones impositivas presentadas por la entidad.

 Implantación de sistemas que garanticen el cálculo correcto de los tributos, así como el máximo aprovechamiento de las ventajas fiscales que resulten de aplicación en función de la actividad desarrollada por la entidad.

 Elaboración de reglas escritas relativas a aspectos tales como: segregación adecuada de funciones relativas a la confección, presentación y liquidación de las

(12)

declaraciones fiscales; definición de las personas o departamentos responsables de la revisión, autorización y firma de las declaraciones, así como de la custodia de los soportes documentales de las mismas.

 Planificación de la situación fiscal futura mediante sistemas que permitan estimar, de una forma razonable, la utilización de las posibilidades legales contempladas por la normativa.

Hevia (1992, p. 19), al referirse a la auditoría operativa o de gestión, expone que

esta debe ser lo más sistemática posible en la realización de sus trabajos,

precisando de un método que utilice las "clásicas preguntas" que a continuación

señalamos.

 Por qué se hacen las cosas

 Quién las hace

 Dónde y cómo

 Para qué

 Cuándo

Figura 2. Preguntas clásicas de la auditoría operativa (según Hevia)

2) Auditoría fiscal externa privada

Como hemos expuesto anteriormente, la auditoría fiscal -en el contexto de la

auditoría de cuentas- puede ser entendida de dos formas: [En este mismo sentido

puede verse Roji (1988, p. 54) y Labatut (1993, pp. 4-5).]

 Bien como una parte de la auditoría general de estados financieros, ya que, como dice Labatut (1993, p. 4), "el tener que dar una opinión sobre la situación patrimonial y financiera de la empresa en su conjunto implica que tal opinión se extienda a todas las áreas, de forma que también incluya una opinión sobre la situación fiscal de la entidad, en el sentido de cumplimiento de sus obligaciones tributarias y su correcto registro".

 Ya sea como una auditoría limitada exclusivamente al ámbito tributario, encaminada a fijar las responsabilidades de la empresa ante el fisco y efectuada en beneficio del cliente. [Corona Romero (1990, p. 978) expone al respecto que "en este caso el auditor externo se limitaría básicamente a la verificación de las

(13)

declaraciones tributarias, tarea que, por ejemplo para el impuesto sobre sociedades, exigirá prácticamente una auditoría completa", opinión con la que nos mostramos plenamente de acuerdo.]

En opinión de Corona Romero (1990, p. 977) "el auditor externo tiene que obtener

evidencia y dar opinión sobre el riesgo impositivo existente en una empresa en

relación con las declaraciones tributarias formuladas y con las obligaciones con la

Hacienda Pública y sobre las provisiones realizadas en este campo".

En cada caso, sin embargo, existen unas características distintas que vienen

marcadas, en esencia, por el modo en que se refleja la evidencia obtenida. Así, en

una auditoría de cuentas anuales, las conclusiones obtenidas tras la revisión de

esta área pueden llegar a ser puestas de manifiesto en el informe de auditoría de

cuentas anuales -en ciertas situaciones-, informe que, en el caso de auditoría legal

u obligatoria, es de carácter público y, por tanto, puede tener trascendencia ante

terceros..

Apoyándonos en esta clasificación, podemos encuadrar a la auditoría fiscal

-definida como un trabajo independiente con identidad propia-, dentro de los

"otros trabajos de revisión y verificación" expresados, y fuera, por tanto, del

esquema de la auditoría de cuentas anuales.

Por último, debemos mencionar que, en nuestra opinión, las técnicas o

procedimientos seguidos por los auditores externos en uno y otro caso son

prácticamente idénticos, así como también son coincidentes los objetivos

perseguidos. No existe esta coincidencia de objetivos entre la auditoría

externa y la inspección fiscal, como ya tuvimos ocasión de exponer aunque

en la comparación de ambas disciplinas también existen numerosas

similitudes, siendo la más elemental -a nuestro juicio- la forma en que se

instrumentan la mayoría de procedimientos o conjunto de técnicas de

auditoría, que son, por tanto, comunes a las disciplinas estudiadas, como

tendremos ocasión de analizar más adelante.

En este mismo sentido, al hablar de la auditoría fiscal realizada por las

administraciones tributarias de cada país, opina que "una auditoría fiscal no

(14)

es sustancialmente diferente de otras clases de auditoría, aunque quizás su

resultado final pueda resultar más costoso". Por ello, concluimos que existe

una gran similitud entre la auditoría fiscal pública y la privada.

Objetivos de la auditoría fiscal

Siguiendo a Labatut en la auditoría fiscal se tratará de evaluar el riesgo fiscal de la

empresa, para lo que resulta necesario determinar:

Que la empresa ha cumplido con sus obligaciones fiscales y todos los impuestos

han sido liquidados y correctamente contabilizados. Principalmente la aplicación

de las normas de valoración del PGC número 15 para el Impuesto sobre el Valor

Añadido y la norma número 16 y posteriores resoluciones del ICAC [Resolución

del 25 de septiembre de 1991 del Presidente del ICAC por la que se fijan criterios

para la contabilización de los impuestos anticipados en relación con la provisión

para pensiones y obligaciones similares. Resolución del 9 de octubre de 1997 del

ICAC sobre algunos aspectos de la Norma de Valoración 16 del P.G.C.

Caso de tener posibles contingencias fiscales, por acontecimientos o hechos

producidos en ejercicios anteriores o en el presente, si éstos han sido

correctamente recogidos en las cuentas anuales.

 Que la empresa ha utilizado al máximo los beneficios que le permite la legislación fiscal, en cuanto a los gastos deducibles y la aplicación de deducciones y bonificaciones.

 Que se ha aplicado correctamente el método del efecto impositivo para el registro del impuesto sobre sociedades, por lo que las diferencias temporales y permanentes registradas son correctas, que están debidamente contabilizadas en las cuentas correspondientes, y que se ha dado la información necesaria en la nota 15 de la memoria "situación fiscal".

El manual de auditoría del Registro de Economistas Auditores señala unos

objetivos específicos para el área fiscal, de entre los que destacamos los

siguientes:

 Los saldos están correctamente clasificados como corriente, diferido, largo plazo, etcétera

(15)

 Los saldos y pagos son auténticos y se refieren a periodos impositivos específicos.

 Las actas de inspección adicionales y las contingencias están correctamente contabilizadas o desglosadas en los estados financieros o en sus notas.

 Las devoluciones de impuestos han sido recibidas.

escribe: "el objetivo fundamental de la auditoría de impuestos es obtener

evidencia necesaria y suficiente sobre si la compañía efectúa correctamente la

declaración de impuestos devengados, si han sido calculados cumpliendo las

normas establecidas por la legislación tributaria y si dichas declaraciones han sido

pagadas en los plazos previstos no existiendo riesgos por contingencias fiscales o,

si existen, han sido debidamente provisionados.

Asimismo, el auditor deberá determinar si los saldos de las cuentas

representativas de los derechos de cobro y obligaciones de pago en esta área

están debidamente clasificados y periodificados, son legítimos y razonables, están

debidamente valorados, habiéndose contabilizado de acuerdo a los PCGA y a las

normas profesionales definidas por la doctrina en función de las obligaciones

tributarias vigentes."

En nuestra opinión, coincidiendo con este autor, en la auditoría fiscal privada

existen dos grupos generales de objetivos que están encaminados a evaluar si la

entidad auditada:

 Ha cumplido de forma consistente y racional con sus obligaciones fiscales.

 Ha contabilizado adecuadamente las operaciones derivadas de sus relaciones con la administración tributaria.

Nuestro parecer al respecto es que la remisión del artículo 10.3 a la contabilidad

no se puede dosificar a voluntad, por lo que la remisión es absoluta o total. ] los

preceptos contenidos en la propia Ley 43/1995, como sintetizamos en la figura 3.

(16)

De esta forma, en la determinación de la base imponible del Impuesto sobre

Sociedades español, el inspector fiscal deberá analizar cómo se ha calculado el

resultado contabilizado por la entidad, obteniendo evidencia de si dicho resultado

se aleja o no de unos estándares previamente definidos. Tal matización hace que,

prácticamente, las actuaciones del inspector fiscal y del auditor externo sean

iguales aun cuando los objetivos que cada uno de ellos persiguen sean

sustancialmente distintos.

Metodología de la Auditoría Fiscal

Fases de la auditoría fiscal

Las etapas o fases en que tradicionalmente se ha dividido el proceso de la

auditoría externa se sintetizan en las que recogemos en el cuadro 2 a

continuación

1ª Contactos preliminares

2ª Redacción del contrato de auditoría 3ª Planificación

4ª Desarrollo del programa de auditoría

5ª Confirmaciones con abogados y asesores externos 6ª Supervisión

7ª Obtención de la carta de manifestación de la dirección 8ª Entrega de la carta de recomendaciones

9ª Entrega del informe de auditoría

(17)

En lo que respecta a la auditoría fiscal privada específica -de acuerdo con el

concepto estudiado en la primera parte de este tema- entendemos que las fases

que atraviesa la misma, en poco o nada difieren de las señaladas para la auditoría

con

un

alcance

más

general.

Sin embargo, conviene que señalemos con más detalle las fases del proceso que

presentan ciertas particularidades en auditoría fiscal, o que adquieren una mayor

relevancia en el proceso de obtención de evidencia seguido por el auditor externo

independiente.

En la tabla siguiente exponemos con mayor detalle las fases y las principales

actuaciones llevadas a cabo por el auditor fiscal privado en cada una de ellas.

Fase

acción

principal

otras actuaciones relevantes del auditor

Determin ación afirmacio nes 1ª

Contactos

preliminares

—Estudio previo del control interno de la

entidad

—Comprensión del sistema administrativo y

contable mediante el análisis de estados

financieros intermedios

—Presentación de propuesta de colaboración

profesional o presupuesto

Formalización

del contrato de

auditoría y de

la

carta

mandato

—Fijación de los honorarios

—Delimitación del alcance de la auditoría y de

las responsabilidades del auditor y la entidad

—Establecimiento del grado de colaboración

con el personal de la entidad

—Determinación de los plazos de ejecución

del trabajo

(18)

Fase

acción

principal

otras actuaciones relevantes del auditor

obtenció n y documen tación evidenci a 3ª

Planificación

del trabajo

—Estudio del sistema de control interno,

administrativo y contable de la entidad,

mediante el cuestionario fiscal de control

interno

—Estudio de antecedentes, declaraciones

fiscales,

libros-registro,

documentación-soporte, métodos y legislación de carácter

fiscal; comprensión de la problemática fiscal

de la entidad

—Revisión analítica preliminar y planificación

de las sucesivas revisiones analíticas

—Evaluación del riesgo total de auditoría

—Determinación

de

las

bandas

de

importancia relativa

(19)

Fase

acción

principal

otras actuaciones relevantes del auditor

Desarrollo del

programa

de

auditoría

—Realización de pruebas de cumplimiento o

control

—Ejecución de pruebas sustantivas: método

de

las

conciliaciones

globales,

confirmaciones

con

terceros

(asesores

fiscales y laborales, abogados, acreedores y

deudores), etc.

—Utilización de sistemas de ayuda a la

decisión y sistemas expertos en auditoría

fiscal

—Adaptación sistemática del programa de

auditoría en función de la evidencia obtenida

—Documentación de la evidencia obtenida

—Obtención de conclusiones preliminares

contrasta ción evidenci a

Supervisión

—Control de calidad del trabajo por personas

ajenas al equipo de auditoría y discusión de

las conclusiones preliminares

—Establecimiento de las conclusiones finales

—Determinación de los puntos débiles de

control interno, administrativo y contable

—Cuantificación del riesgo fiscal contraído

por la entidad y determinación de las

probabilidades

relativas

de

cada

contingencia

—Definición de ajustes y actuaciones a

recomendar

(20)

Fase

acción

principal

otras actuaciones relevantes del auditor

Obtención de la

carta

de

manifestacione

s

de

la

dirección

—Revisión de hechos posteriores al cierre del

ejercicio

—Redacción de la carta de recomendaciones

o sugerencias

—Cierre de los puntos de revisión

emisión opinión 7ª

Entrega de la

carta

de

recomenda-ciones

—Identificación de los puntos débiles de

control interno y propuestas de mejora

—Proposición de ajustes contables y de otras

actuaciones

a

emprender

por

los

responsables de la entidad

—Comunicación del riesgo fiscal contraído

Entrega

del

informe

de

auditoría

—Análisis de las actuaciones emprendidas

por la entidad

—Contrastación de la información contable

con PyNCGA

—Reflejo de la evidencia obtenida

—Emisión de la opinión profesional

Cuadro 3. Etapas de la auditoría desde la perspectiva de la evidencia

Tanto las actividades de auditoría como sus inherentes actividades de

procesamiento humano de la información, [La relación de la auditoría con la teoría

del procesamiento humano de la información, en el contexto del proceso de toma

de decisión del auditor, ha sido ampliamente tratado por la doctrina. Un profundo

estudio sobre los trabajos que pueden consultarse sobre esta materia ha sido

publicado por Gonzalo y Guiral (1998).] relacionadas con el proceso de formación

de la opinión, podrían sintetizarse en cuatro fases (cuadro 4):

(21)

1.Planificación

(generación

de

hipótesis)

2.Acumulación

de

la

evidencia

(búsqueda

de

la

información)

3.Evaluación

de

la

evidencia

(evaluación

de

la

información)

4.Decisión adoptada (elección)

Cuadro 4. Etapas de la auditoría desde la perspectiva del

procesamiento humano de la información

Entendemos que la conceptuación de la auditoría fiscal privada desde el punto de

vista de la evidencia, es extensible a la auditoría fiscal pública y también, incluso,

al resto de clases de auditoría, sean o no financiera o de cuentas.

En el caso de la auditoría fiscal pública, es decir, la realizada por funcionarios del

estado con el fin de comprobar si los contribuyentes han cumplido sus

obligaciones fiscales, podemos también establecer las distintas fases que

atraviesa, señalando los principales hechos asociados a cada una de ellas, tal y

como recogemos en la tabla 4:

Fase Acción

principal

Otras actuaciones relevantes del auditor

obtención y documentación evidencia

Contactos

preliminares

—Grabación masiva de datos declarados por

los contribuyentes

—Selección de contribuyentes mediante el

análisis de la consistencia de los datos

fiscales declarados por el contribuyente y

por terceros, y de otros procedimientos de

selección

—Requerimiento

a

comprobación

e

interrupción de la prescripción fiscal

(22)

Fase Acción

principal

Otras actuaciones relevantes del auditor

Planificación

del trabajo

—Petición de datos, libros-registro y

documentación-soporte

—Estudio del sistema de control interno,

administrativo y contable del contribuyente

y comprensión de su casuística fiscal

—Confección del programa de auditoría

Desarrollo del

programa de

auditoría

—Realización de pruebas de cumplimiento o

control y ejecución de pruebas sustantivas:

método de las conciliaciones globales,

confirmaciones con terceros (asesores

fiscales,

abogados,

acreedores

y

deudores), etc.

—Utilización de sistemas de ayuda a la

decisión y sistemas expertos en auditoría

fiscal

—Comparación de la información obtenida

con la de bases de datos

—Adaptación sistemática del programa de

auditoría en función de la evidencia

obtenida

—Documentación de la evidencia obtenida

—Obtención de conclusiones preliminares

contrastación evidencia

Supervisión

—Control de calidad del trabajo por el

superior jerárquico

—Establecimiento de las conclusiones

finales

—Cálculo de la deuda tributaria: cuota,

sanciones e intereses de demora

(23)

Fase Acción

principal

Otras actuaciones relevantes del auditor

emisión opinión 5ª

Formalización

y entrega de

las actas o

documentos

equivalentes

—Discusión y negociación las conclusiones

obtenidas

—Reflejo de la evidencia obtenida

—Comunicación de recursos contra el

acuerdo adoptado

Tabla 4. Fases de la auditoría fiscal pública y principales actuaciones del auditor

No cabe duda de que -desde la perspectiva de la evidencia- las coincidencias

entre la auditoría fiscal pública y privada son evidentes, pero constatamos también

que muchas de las actuaciones emprendidas por ambos tipos de auditores son

coincidentes, sobre todo en lo que respecta a la obtención y evaluación de la

evidencia.

En los apartados siguientes pasamos a estudiar las principales actuaciones que

son desarrolladas por el auditor fiscal externo en cada una de las etapas

expuestas, bien porque dichas actuaciones presentan especialidades respecto a

las de una auditoría de alcance completo, bien por la importancia que adquieren

las mismas en la perspectiva de la auditoría fiscal entendida como proceso de

investigación.

(24)

AUDITORÍA DE LOS COMPONENTES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Auditoría del Disponible: Caja y Bancos

Alcance La adecuada verificación del rubro de disponible de una empresa puede ser de

utilidad no tanto por ser objeto de diferente tratamiento contable y tributario como por el hecho de que las cuentas de este rubro son las que experimentan un mayor número de transacciones debido a que todos los ciclos operativos de la empresa se traducen en último extremo en cobros o pagos.

Sin embargo, la mayor utilidad de la investigación de este rubro se deriva no tanto

de la posibilidad de verificar a través de ellas la efectiva realización de las operaciones reflejadas en la contabilidad sino, sobre todo, de la posibilidad de recorrer el camino en sentido contrario, es decir, de comprobar la efectiva contabilización de las operaciones cuyos cobros o pagos se han detectado al realizar el seguimiento de las cuentas de tesorería de la empresa.

La realización de la investigación en este segundo sentido, desde el disponible a la contabilidad, será tanto más útil en la medida en que se cuente con información externa, fundamentalmente datos sobre cuentas bancarias aportados por las entidades financieras, a requerimiento particularizado, para aportar detalle de movimiento de las mismas.

OBJETIVOS

1.- Verificar la correcta valoración a efecto tributario del disponible.

2.- Verificar la contabilización de las transacciones que dan lugar a cobros y pagos.

Contenido Desde un punto de vista estricto el rubro disponible se refiere a las

disponibilidades de medios líquidos en caja y a los saldos a favor de la empresa en cuentas corrientes a la vista y de ahorro de disponibilidad inmediata en Bancos e

(25)

Instituciones de Crédito, con exclusión de los saldos que no sean de disponibilidad. Es decir, se trata de las subdivisiones de la cuenta 10 “Caja y Bancos”.

Conectados con el disponible se encuentran los intereses generados por los saldos bancarios a favor de la empresa y que se recogen en la cuenta 779 (otros ingresos financieros) y toda la problemática derivada de la caja y los saldos bancarios en moneda extranjera, que generan diferencias positivas o negativas a contabilizar en las cuentas 776 (ganancia por diferencia de cambio) 676 (Pérdida por diferencia de cambio)

Las subcuentas correspondientes son:

101 Caja. Efectivo en caja.

102 Fondos fijos. Efectivo establecido sobre un monto fijo o determinado.

103 Efectivo en tránsito. Fondos en movimiento entre los distintos

establecimientos de la empresa, así como los que se encuentren en poder de las empresas transportadoras de caudales.

104 Cuentas corrientes en instituciones financieras. Saldos de efectivo de la

empresa en cuentas corrientes de disponibilidad inmediata.

105 Certificados bancarios. Depósitos en instituciones financieras representados

por certificados.

106 Depósitos en instituciones financieras. Depósitos en ahorros y a plazo

determinado.

107 Fondos sujetos a restricción. Efectivo que no puede utilizarse libremente, ya

sea por disposición de alguna autoridad competente o por mandato judicial.

En cuanto a las normas de información financiera con influencia en esta cuenta tenemos:

- NIC 21 Efecto de las variaciones de los tipos de cambio de monedas extranjeras - NIC 32 Instrumentos financieros: presentación

(26)

- NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar

La presentación del estado de flujos de efectivo se regula por la NIC 7 Estado de flujos de efectivo.

RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN

Las transacciones se reconocen al valor nominal. Los saldos de moneda

extranjera se expresarán en moneda nacional al tipo de cambio al que se liquidarían las transacciones a la fecha de los estados financieros que se preparan.

Tesorería

El objetivo básico del área es que el auditor tenga evidencia de la veracidad y razonabilidad del disponible y del correcto uso de los fondos, ya que intervienen en un gran número de operaciones en la empresa: clientes, compras, nóminas, impuestos, etc. En concreto, se deberá verificar:

 Los fondos que presenta el balance existen y son auténticos, y los saldos individuales suman los del mayor.

 No se han producido omisiones en los fondos que son propiedad de la empresa y que no hay restricciones que limiten su disponibilidad.

 Se aplican correctamente los PCGA con respecto a la uniformidad de principios, la no compensación de saldos y la correcta valoración de la moneda extranjera.

 Se han realizado las conciliaciones bancarias y se han circularizado los saldos con las entidades de crédito.

 La memoria contiene toda la información adicional y necesaria del área.

(27)

Los objetivos más importantes de los pasivos con origen fuera del tráfico, son:

1. Determinar que verdaderamente existen las deudas y que éstas están a cargo de la empresa.

2. Comprobar que no hay omisiones y que están autorizadas convenientemente. 3. Asegurarse de la eficacia del control interno.

4. Verificar la aplicación correcta de los principios y normas contables, y la adecuada clasificación en el corto y largo plazo.

5. Controlar que la información dada en los estados .nancieros sobre estas cuentas es suficiente.

6. Confirmar si la formalización documental es adecuada y cumplen las claúsulas estipuladas.

7. Revisar que se utilizan adecuadamente los recursos ajenos para las necesidades de la empresa.

Procedimientos de auditoría

El auditor, para determinar el alcance y el momento de la aplicación de los procedimientos programados, debe evaluar el sistema de control interno y las características del negocio. El procedimiento habitual es realizar los cuestionarios.

Procedimientos para tesorería

Comprobar la segregación de funciones y responsabilidades entre tesorería y cuentas a pagar y a cobrar, así como la separación de otras áreas o departamentos de la empresa. Existencia, por escrito, de políticas financieras en cuanto a manejo de fondos, firmas para disponibilidad de fondos, autorizaciones, etc.

(28)

Arqueo de caja en presencia del auditor, que debe ser firmado por la persona que lo realiza y por el auditor.

Circularización de saldos. La empresa debe preparar las cartas de circularización

de saldos, en los modelos establecidos al efecto, de todas las cuentas bancarias y enviarlas a las entidades .nancieras para que las remitan a los auditores.

El contenido orientativo de la confirmación directa bancaria es:

1. Se debe hacer a todos los saldos, haciendo constar si los mismos son restringidos o no, e indicando la naturaleza de la restricción en caso de existir.

2. Sobre cuentas que hayan tenido movimiento en el anterior ejercicio que aparezcan saldadas en este, indicando los detalles de dichas cuentas.

3. Préstamos o anticipos pendientes de liquidación no incluidos en las cuentas de los apartados anteriores.

4. Total de las letras: descontadas y pendientes de cobro, enviadas en gestión de cobro y pendientes impagadas en poder del banco.

5. Pormenores sobre toda clase de valores a favor de la empresa auditada que hayan estado en poder del banco, en custodia o en depósito.

6. Cualquier otra información relativa a la empresa auditada con el banco.

7. Personas que figuran con autorización en el banco para la firma de cheques, letras, endosos, etc., indicando cuántas de ellas son indispensables y combinaciones de las mismas.

Conciliaciones.

A continuación, deben revisarse las conciliaciones hechas por la empresa.

La conciliación consiste en cuadrar, a la fecha del cierre, el saldo según los libros de contabilidad de la empresa auditada con el saldo del extracto o confirmación

(29)

directa del banco. Estas conciliaciones deben ser preparadas por la empresa auditada y revisadas o verificadas por el auditor.

El esquema para la elaboración de las conciliaciones, es la que se presenta en la

Procedimientos para préstamos y créditos

Los procedimientos de auditoría más importantes para las deudas a largo y corto plazo que no tienen origen en el tráfico son, entre otros:

Circularización de los saldos. Solicitar a los acreedores la confirmación de saldos mediante una carta enviada por la empresa y remitida a los auditores. Normalmente, estos acreedores, son instituciones financieras.

Solicitar los estatutos, el libro de actas y los documentos de formalización de las deudas (escrituras, pólizas, etc.)

Obtener la carta de la Gerencia en la que se certifique que todas las deudas están en el balance.

Asegurar de que los intereses y comisiones se corresponden con los contabilizados y con las condiciones de las operaciones.

Comprobar el “corte de las operaciones” para determinar si los pagos posteriores

son correctos. Cerciorarse de que el devengo de intereses y la amortización son correctos y se cumplen según lo previsto.

Comprobar que las deudas en moneda extranjera, si existen, están valoradas al cambio a la fecha del balance.

Verificar el cumplimiento de las retenciones fiscales.

Comprobar la reclasificación de deudas a largo plazo en deudas a corto plazo a medida que van venciendo.

(30)

Al igual que en el tratamiento contable, la normativa tributaria reconoce las diferencias de cambio que se producen en el canje de moneda extranjera por moneda nacional y por la valoración de la moneda extranjera al cierre del ejercicio como resultados que integran la renta gravable del ejercicio. No obstante, respecto a la diferencia de cambio que resulta de expresar en moneda nacional la tenencia de moneda extranjera al cierre del balance se introduce la precisión de que se aplicará el tipo de cambio promedio de compra publicado por la SBS vigente a la fecha del Balance General.

Si en la fecha del balance general no hubiera publicación sobre el tipo de cambio, se tomará como referencia la publicación inmediata anterior.

También se reconocen como ingreso computable o gasto deducible las diferencias de cambio que se producen con ocasión de cobros o pagos pactados en moneda extranjera. La misma norma es aplicable a los Certificados Bancarios de Moneda Extranjera.

Art. 61, incisos b), d) y g) del IR y Art. 34 inciso d) del Regl. del IR.

ITAN Los saldos en Caja y Bancos en el Balance General a 31 de diciembre forman parte

de la base imponible del ITAN. Por ello es importante verificar que las salidas de Caja y Bancos para cancelar pasivos a fin de año se han producido efectivamente. Paralelamente al tratamiento contable que exige presentar los sobregiros como pasivo no se puede permite compensar el monto de los sobregiros con los saldos positivos de Caja y Bancos.

Depósitos Bancarios IR

Las inversiones realizadas en Bancos, cooperativas, financieras e instituciones análogas tienen el carácter de depósito y se rigen por las leyes especiales. La LGSFSS, autoriza a las empresas del sistema financiero a recibir:

• Depósitos a la vista

• Depósitos a plazo y de ahorros • Depósitos en custodia

Están exonerados del impuesto hasta el 31 de diciembre del año 2009 cualquier tipo de interés de tasa fija o variable, en moneda nacional o extranjera que se pague con ocasión

(31)

de un depósito conforme a la LGSFSS y los incrementos de capital de los depósitos e imposiciones en moneda nacional que den origen a Certificados de Depósito reajustables. En la medida en que se perciban rentas exoneradas por este concepto no se admitirá la deducción de gastos financieros por ese importe. Por esta razón es importante verificar la contabilización y consideración de los intereses exentos de los depósitos bancarios.

Art. 1853 CC LEY 26702

Contabilización de las transacciones que dan lugar a cobros y pagos.

La naturaleza de la documentación sustentatoria de los cobros y pagos contabilizados no difiere de la documentación sustentatoria de otro tipo de transacciones y, en consecuencia, puede ser exigida por el auditor en el transcurso de la fiscalización aun cuando se refiera a cobros o pagos realizados a través de entidades bancarias. Art. 62, numeral 1 CT

Auditoría del Exigible: Cuentas a Cobrar

Se incluyen en este apartado las cuentas originadas por ventas de bienes y servicios objeto de la actividad de la empresa y las deudas que surgen de ingresos por la realización de otras actividades no habitualmente en el negocio. Las cuentas de deudores por operaciones de tráfico(internmediación) representan el derecho de la empresa a recibir ciertas sumas de dinero de terceros por operaciones de tráfico

Las cuentas de ventas representan el producto de la enajenación de bienes y de la prestación de servicios que constituyen el tráfico habitual de la empresa.

Según nuestro PCGE, las cuentas referidas al exigible son las siguientes:

12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES - TERCEROS RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN

(32)

Las cuentas por cobrar se reconocerán inicialmente a su valor razonable, que es generalmente igual al costo. Después de su reconocimiento inicial se medirán al costo amortizado.

Cuando exista evidencia de deterioro de la cuenta por cobrar, el importe de esa cuenta se reducirá mediante una cuenta de valuación, para efectos de su presentación en estados financieros.

Las cuentas por cobrar en moneda extranjera pendientes de cobro a la fecha de los estados financieros, se expresarán al tipo de cambio aplicable a las transacciones a dicha fecha.

NIIF e INTERPRETACIONES REFERIDAS:

- NIC 1 Presentación de estados financieros (en lo referido a la compensación de cuentas)

- NIC 18 Ingresos

- NIC 21 Efecto de las variaciones en los tipos de cambio de monedas extranjeras - NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación

- NIC 39 Instrumentos financieros: reconocimiento y medición - NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar

13 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – RELACIONADAS NIIF e INTERPRETACIONES REFERIDAS:

- NIC 18 Ingresos

- NIC 21 Efecto de las variaciones en los tipos de cambio de monedas extranjeras

- NIC 24 Revelaciones sobre entes vinculados - NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación

(33)

- NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y medición - NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar

14 CUENTAS POR COBRAR AL PERSONAL, A LOS ACCIONISTAS, DIRECTORES Y GERENTES

NIIF e INTERPRETACIONES REFERIDAS

- NIC 21 Efecto de las variaciones en los tipos de cambio de monedas extranjeras

- NIC 24 Revelaciones sobre entes vinculados - NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación

- NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y medición - NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar

16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - TERCEROS NIIF e INTERPRETACIONES REFERIDAS:

- NIC 1 Presentación de estados financieros (en lo referido a la compensación de cuentas)

- NIC 21 Efecto de las variaciones en los tipos de cambio de monedas extranjeras - NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación

- NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y medición - NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar

- CINIIF 5 Derechos por la Participación en Fondos para el Retiro del servicio, la Restauración y la Rehabilitación Medioambiental

17 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - RELACIONADAS NIIF e INTERPRETACIONES REFERIDAS:

(34)

- NIC 21 Efecto de las variaciones de los tipos de cambio de monedas extranjeras - NIC 24 Revelaciones sobre entes vinculados

- NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación

- NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y medición - NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar

- CINIIF 5 Derechos por la Participación en Fondos para el Retiro del servicio, la Restauración y la Rehabilitación Medioambiental

20 MERCADERÍAS

NIIF e INTERPRETACIONES REFERIDAS

- NIC 2 Existencias - NIC 41 Agricultura

21 PRODUCTOS TERMINADOS

NIIF e INTERPRETACIONES REFERIDAS

- NIC 2 Existencias

- NIC 23 Costos de financiamiento - NIC 41 Agricultura

22 SUBPRODUCTOS, DESECHOS Y DESPERDICIOS NIIF e INTERPRETACIONES REFERIDAS

- NIC 2 Existencias

23 PRODUCTOS EN PROCESO

NIIF e INTERPRETACIONES REFERIDAS:

(35)

- NIC 23 Costos de financiamiento - NIC 41 Agricultura

NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS (NAGAS)

QUE SE ENTIENDE POR SAS?

SAS Statement on Auditing Standards (Declaración sobre Normas de Auditoría) que emite el Instituto Americano de Contadores Públicos American Institute of Certified Public Accountants (AICPA), y que son las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (GAAS), aplicables en los Estados Unidos de Norteamérica.

¿QUE ENTIENDE POR NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS [NAGAS)?

Según el Instituto Americano de Contadores Públicos de Estados Unidos de Norteamérica - AICPA, desde el año 1,934, indica lo siguiente:

Las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGAS), constituyen los requisitos de calidad que deben observar los auditores durante el desarrollo del trabajo de auditoría.

Las NAGAS, constituyen uno de los soportes más importantes del auditor dentro de su actividad que es altamente especializada. Por ello, estas normas en esencia son orientaciones, pautas o requisitos que de manera general se relacionan con la conducta o comportamiento que deben observar los auditores, a efecto de lograr un desempeño de calidad durante el proceso de la auditoría.

(36)

En el Perú su aplicación ha sido ratificada, en el III Congreso

Nacional de Contadores Públicos - Arequipa año 1,971.

¿COMO SE CLASIFICAN LAS NAGAS?

Según el AICPA, las NAGAS están referidas al debido cuidado profesional que debe ponerse en la etapa de planeamiento del trabajo y en su eficiente ejecución, así como en la preparación del informe final que contiene el dictamen de auditoría.

Las NAGAS, se clasifican en:

a) Normas personales

b) Normas de ejecución del trabajó

c) Normas relativas a la preparación de informes,

a) Normas Personales:

Las normas personales se refieren a las cualidades que el

auditor debe tener para poder asumir, dentro de las exigencias

que el carácter profesional de la auditoría impone, un trabajo de

este tipo. Dentro de estas normas existen cualidades que el

auditor debe tener preadquiridas antes de poder asumir un

trabajo profesional de auditoría y cualidades que debe

mantener durante el desarrollo de toda su actividad profesional.

1. Entrenamiento y capacidad profesional

El trabajo de auditoría, cuya finalidad es la de rendir una

opinión profesional independiente, debe ser desempeñado por

personas que, teniendo título profesional legalmente expedido y

(37)

reconocido tengan entrenamiento técnico adecuado y capacidad

profesional como auditores.

2. Cuidado y diligencia profesional

El auditor está obligado a ejercitar cuidado y diligencia

razonables en la realización de su examen y en preparación de

su dictamen o informe.

3. Independencia

El auditor está obligado a mantener una actitud de

independencia mental en todos los asuntos relativos a su

trabajo profesional.

b) Normas de Ejecución del Trabajo:

Al tratar las normas personales, se señaló que el auditor está

obligado a ejecutar su trabajo con cuidado y diligencia. Aún

cuando es difícil definir lo que en cada tarea puede representar

un cuidado y diligencia adecuados, existen ciertos e lemento:,

básicos, fundamentales en la ejecución del trabajo, que

constituyen la especificación particular, por lo menos al mínimo

indispensable, de la exigencia de cuidado y diligencia, son los

que constituyen las normas, denominadas de ejecución del

trabajo.

4. Planeación y supervisión

El trabajo de auditoría debe ser planeado adecuadamente y, si

se usan ayudantes, éstos deben ser supervisados en forma

apropiada

(38)

5. Estudio y evaluación del control interno

El auditor debe efectuar un estudio y evaluación adecuados del control interno

existente, que le sirvan de base para detmi ni miel grado de confianza que va a

depositar en él; asimismo, que le permita determinar la naturaleza, extensión y

oportunidad que va a dar a los procedimientos de auditoría.

6. Evidencia suficiente y competente

Mediante sus procedimientos de auditoría, el auditor deber

obtener evidencia comprobatoria suficiente y competente en el

grado que requiera para suministrar una base objetiva para su

opinión.

c) Normas relativas a la preparación de informes

El resultado final del trabajo del auditor es su dictamen o

informe. Mediante él pone en conocimiento de las personas

interesadas los resultados de su trabajo y la opinión que se ha

formado a través de su examen. El dictamen o informe del

auditor es en lo que va a reposar la confianza de los

interesados en los estados financieros para prestarles fe a las

declaraciones que en ellos aparecen sobre la situación

financiera y los resultados de operaciones de la empresa. Por

último, es principalmente, a través del informe o dictamen,

como el público y el cliente se dan cuenta del trabajo del

auditor y, en muchos casos, es la única parte, de dicho trabajo

que queda a su alcance.

Esa importancia que el informe o dictamen tienen para el p ropio

auditor, para su cliente y para los interesados que van a

descansar en él, hace necesario que también se establezcan

normas que regulen la calidad y requisitos mínimos del informe

(39)

o dictamen correspondiente. A esas normas las clasificamos

como normas de dictamen e información y son las que se

exponen a continuación:

7. Aplicación de los PCGA

Los estados financieros a auditar deben haber sido preparados

de acuerdo con Normas Internacionales de Contabilidad (NICs).

8. Consistencia

Las

NICs

empleadas

deben

haber

sido

aplicadas

consistentemente en relación con el período para que los

ejercicios económicos puedan ser comparables; en todo caso,

se deben medir los efectos del cambio de políticas y normas

contables.

9. Revelación Suficiente

El auditor debe emitir una opinión sobre el resultado de su

trabajo; esta opinión puede ser limpia, con salvedaes, negativa

o en su defecto, no dar opinión cuando no hemos podido aplicar

las NIAs.

10. Opinión del Auditor

Aspectos de revelación o exposición deben ser contemplados en la

presentación de los estados financieros por parte del auditado; el no hacerlo

puede originar cambios en la opinión del auditor, desde una salvedad hasta una

opinión negativa.

(40)

NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA - NIAS

(41)

En cada país las regulaciones locales rigen, en mayor o menor grado, las prácticas que sigue la auditoría de información financiera. Tales regulaciones pueden ser de naturaleza reglamentaria, o tomar la forma de declaraciones o pronunciamientos emitidos por los entes reguladores o por las instituciones profesionales correspondientes.

Las declaraciones o pronunciamientos de auditoría que han sido publicados en muchos países difieren en forma y contenido. El Comité Internacional de Practicas de Auditoria

IAPC toma conocimiento de tales declaraciones y sus diferencias y, a la luz de este

conocimiento, emite las Normas Internacionales de Auditoría, buscando, al emitirlas, que adquieran la aceptación internacional.

Las Normas Internacionales de Auditoría, son las normas que los Auditores Independientes deben tener en cuenta, al efectuar la Auditoría a los Estados Financieros. Cabe indicar que las NIAs son emitidas por el IAPC a través del IFAC y las NAGAS son emitidas por el AICPA.

¿EN QUE CASOS SE APLICA LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA?

Las Normas Internacionales de Auditoría son aplicables cada vez que se lleva a cabo una auditoría independiente: vale decin en el examen independiente de la información financiera de una entidad, tenga ésta o no fines de lucro, y sin considerar su dimensión o forma legal, cuando dicho examen se lleva a cabo con el propósito de expresar una opinión respecto a dicha información financiera. Las Normas Internacionales de Auditoría también pueden aplicarse, en cuanto sea pertinente, a otras actividades afines que realiza el auditor; como es la Auditoría Tributaria Preventiva.

¿LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA, SU APLICACIÓN ES DE CARÁCTER OBLIGATORIO POR PARTE DEL AUDITOR?

La Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú - Junta de Decanos, el 15 de Febrero del 2000, aprobó el Acuerdo Nº 001-99-CTENA de la Comisión Técnica Especializada de Normas de Auditoría del Hnlagio de Contadores Públicos de Lima, que indica lo siguiente: Aprobar la aplicación en el Perú de las Normas Internacionales de

(42)

Auditoría y Servicio Relacionados en su versión revisada, a partir del 01 de enero del año 2000.

Debemos de mencionar que organismos internacionales como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, consideran a las NIAS; como los standard dentro de los cuales debe desarrollarse la auditoría de estados financieros.

1.8 NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD - NICs

Las NIC's son regulaciones internacionales y pronunciamientos técnicos sobre aspectos importantes en la preparación y presentación de los astados financieros de cualquier empresa; estas Normas tratan sobre las políticas o principios de contabilidad, la valuación de las existencias, depreciación, estado de flujos de efectivo, utilidades por acción, etc. Las NIC's son pronunciamientos profesionales que son aprobados por la Federación Internacional de Contadores Públicos - IFAC (siglas en inglés]. Un rol importante de apoyo y de asistencia técnica es el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad - IASC - (siglas en inglés] actualmente Junta de Normas Internacionales de Contabilidad - IASB - , cuya sede se encuentra en la ciudad de Londres y es la que emita las NIIFs.

NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA - NIIF

¿QUE SE ENTIENDE POR NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA - NIIFs?

Son regulaciones internacionales sobre aspectos importantes en la preparación y

presentación de los estados financieros de cualquier empresa; estas Normas tratan

sobre la adopción por primera vez de las NIIFs, los pagos basados en Acciones, las combinaciones de Negocios, los Contratos de Seguros y el tratamiento de los Activos No Corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas.

(43)

Las NIIFs son pronunciamientos profesionales que son adoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad - IASB (siglas en inglés).

Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados [PCGA] constituyen la base y la fuente más importante para el ejercicio profesional de la contabilidad en su conjunto. Su observación y adecuada interpretación aseguran la uniformidad y comparabilidad de los estados financieros, que adquieren mayor importancia en esta época en que las actividades comerciales, industriales y financieras se han globalizado en tal magnitud, que hace de la contabilidad la más internacional de todas las profesiones.

En el Perú, el Consejo Normativo de Contabilidad como parte del Sistema Nacional de Contabilidad tiene a su cargo el estudio, análisis y revisión de la normatividad contable que requiere el país, tanto para los sectores públicos como privado. Integran este Consejo Normativo representantes de los gremios comerciales, industriales, financieros y de la profesión del Contador Público, así como representantes de las entidades públicas que están relacionados con la presentación de los estados financieros como son: la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, la Superintendencia de Banca y Seguros -SBS-, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT-, etc.

¿EN NUESTRO PAÍS LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA - NIIFs, TIENEN EL CARÁCTER DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD?

Según la Ley General de Sociedades (Artículo 223º), sobre preparación y presentación de Estados Financieros indica lo siguiente: «Los estados financieros se preparan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en el país».

A su vez las Normas Internacional de Contabilidad son principios contables aplicables en nuestro país, según lo dispuesto por el Consejo Normativo de Contabilidad- Resolución Nº 013-98-EF/93.01 (23.JUL98); que indica en el Artículo 1º que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados comprenden substancialmente a las Normas Internacionales de Contabilidad.

1.10 REGLAMENTO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y MANUAL PARA LA PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA - CONASEV

(44)

Este documento indica la normativa sobre la preparación y presentación de Información Financiera de acuerdo con las Normas Internacionales de Contabilidad.

Resolución CONASEV Ns 103-99-EF/94.10 «Reglamento de Información Financiera y Manual para la Preparación de la Información Financiera (Publicado en El Peruano el 26.NOV.99), y su modificatoria Resolución CONASEV Nº 117-2004-EF/94.10 (30.DIC.04)

Normas de auditoría aplicables a la detección de errores e irregularidades

El auditor al momento de realizar una auditoría tiene que basarse en las normas

internacionales de auditoría (NIA). En este caso la que él tiene que aplicar es la

Nía 240 que lleva como título Fraude y error. El propósito de esta Norma es la

establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la responsabilidad del

auditor de considerar el fraude y error en una auditoría de estados financieros.

La norma destaca que el auditor debe considerar el riesgo de la existencia de

errores significativos y fraude en los estados contables, cuando planea la

auditoría, ejecuta los procedimientos necesarios para tal fin y rinde el informe

respectivo.

La norma distingue los fraudes de los errores e incluye sus características.

Asimismo, destaca la responsabilidad primaria de la dirección del ente por la

prevención y detección de los fraudes y errores que pudieran existir.

Por otra parte, señala como responsabilidad del auditor, tal cual lo indica la NIA

200, la de conducir una auditoría cumpliendo con las NIA de manera que los

procedimientos seleccionados estén dirigidos a expresar una opinión acerca de si

los estados contables examinados, en sus aspectos significativos, están libres de

errores y fraudes importantes. Cabe notar que, claramente, la norma destaca que

el auditor no es responsable por la prevención del fraude y el error.

También es importante lo que indica sobre las limitaciones inherentes a una

auditoría respecto de obtener absoluta seguridad de detectar fraudes y errores

aún cuando la auditoría haya sido eficientemente planeada y eficazmente

Referencias

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