DOCUMENTO EN
VERSION PÚBLICA
De conformidad a los
Artículos:
24 letra “c” y 30 de la LAIP.
Se han eliminado los datos
RESOLUCIÓN DE ENTREGA DE INFORMACIÓN
San Salvador a las veintiuno horas con cuarenta y tres minutos del dia 11 de diciembre de 2020, en
el Centro Nacional de Registros luego de haber recibido y admitido la solicitud de información
No. CNR-2020-0123 presentada ante la Unidad de Acceso a la Información Pública de esta
dependencia por parte de
en la que solicita la
información siguiente:
6. Solicito que el
técnico del catastro de Zacatecoluca me responda
conforme a los requisitos o requerimientos de ley, las siguientes interrogantes: ¿porque si me
cobro el dinero que aparece en el recibo del banco de fomento agropecuario de Zacatecoluca
(obviamente fue pagado en el banco) no obstante el me envió a pagar con promesa de darme
por escrito una información que no solo, no se me dio sino que se me evadió y se me quiso
devolver el dinero por el
el cual indico el día siguiente a fecha del
recibo que ordenaría al
me lo regresase, pero en si pregunto ¿que
documentación me debería haber dado y se me negó y evadió, más sin embargo se me
genero cobro? favor se envié esta pregunta al jefe de la OMC de Zacatecoluca y al técnico
así como al
jefe administrativo de CNR, Zacatecoluca y la copia
de anexo, de dicho recibo que envió en la presente; copia del, el cual poseo en original. le
pido al Lic. jefe administrativo
, también me dé su opinión al
respecto por escrito atreves de esta UAIP-CNR. para que el jefe administrativo vea porque le
menciono y me brinde su opinión al respecto. (le pido que este ítem le sea enviado a los tres
licenciados antes mencionados para que emitan su opinión de respuesta) son
las fechas de lo sucedido es el
día del pago en el banco que se lee en el recibo y al siguiente día, se me quiere devolver el
dinero, y se me niega la información. por ello, solicito comunicación oficial por medio de
documento sellado y firmado.
Y considerando que la solicitud cumple con todos los requisitos establecidos en el art.66 de La ley
de Acceso a la Información Pública y los arts. 50 al 54 de su reglamento, y que la información
solicitada no se encuentra entre las excepciones enumeradas en los arts. 19 y 24 de la Ley, y 19 del
reglamento, RESUELVE:
PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN SOLICITADA.
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CENTRO NACIONAL DE REGISTROS
RESOLUCIÓN DE ENTREGA PARCIAL DE INFORMACIÓN
San Salvador, a las trece horas del día diez de diciembre de 2020, en el Centro Nacional de Registros luego de haber recibido y admitido la solicitud de información No. CNR-2020-0123, presentada ante la Unidad de Acceso a la Información Pública de esta dependencia por parte de:
en la que solicita la información siguiente:
1. Que anexo al presente se remite copia de la información contenida en la transacción de manten.imiento generada en la Oficina de Mantenimiento Catastral de San Salvador la que consta de una hoja de solicitud interna de Mantenimiento Catastral. Ficha catastral (ambas caras) Informe de la visita realizada, la firma original del técnico consta en el informe que se' envió a la Oficina de Mantenimiento Catastral de La Paz.
2. El mantenimiento consultado fue generado por solicitud de colaboración que la Dirección del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional recibió de la Unidad Jurídica del Centro Nacional de Registros solicitando que se generara mantenimiento para realizar inspección de campo con personal distinto a la Oficina de Mantenimiento Catastral de Zacatecoluca por lo que la Dirección del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional designó a un técnico de la Oficina de Mantenimiento Catastral de San Salvador.
3. Bajo que requisitos o requerimientos de ley es que el CNR de la tercera sección del centro
de Zacatecoluca me coloca a mi persona , como
colindante en la parcela propiedad de la señora ; solicito Constancia o
certificación del porque Yo, , aparezco como colindante del
lado norte en la escritura de la señora parcela 938 (SIRYC), lado norte de la parcela 939, matrícula 55024250-000000 y nunca se me ha citado o emplazado para mantenimiento.
4. Bajo que requisitos o requerimiento de ley, del por qué razón en la transacción de mapa de ubicación catastral número 082019009801, con fecha 4 de diciembre del 2019, en página virtual en consulta gratis en internet en la casilla de dicha página donde dice nombre de presentante. Es posible que no aparezca nombre de presentante en la transacción; en página virtual del CNR, de la transacción en mención solicito comunicación oficial por medio de documento sellado y firmado.
5. Bajo que requisito o requerimiento de ley le es permitido al CNR de Zacatecoluca será posible que no le coloquen al respectivo ciudadano que retito mapa de fecha 4 de diciembre 2019, en CNR, de Zacatecoluca el número correcto de su DUI?. En especial al área de catastro, solicito comunicación oficialmente por medio de documento sellado y firmado por el responsable, la fundamentación la razón del porque en la imagen de la consulta de la transacción 082019009801 aparece digitado como DUI una serie de ceros con guión 1.
Y considerando que la solicitud cumple con todos los requisitos establecidos en el art. 66 de La ley de Acceso a la Información Pública y los arts. 50, 54 del Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública, y que la información solicitada no se encuentra entre las excepciones enumeradas en los arts. 19 y 24 de la Ley, y 19 del Reglamento, y habiendo enviado la respuesta la Dirección de Comercio se RESUELVE:
PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN PÚBLICA SOLICITADA.