China ante la nueva coalición de América de Norte
5. El artículo 32.10 del TMEC , cláusula contra China
de Origen Específicas por Producto) que incluye disposiciones adi- cionales que se aplican a las mercancías automotrices (l acen 2020).
De acuerdo con el texto, un país de no-mercado es aquel que, a la fecha de la firma del acuerdo, al menos una parte ha determinado que es una economía de no-mercado, a los efectos de sus leyes de medidas comerciales correctivas; y, además, es un país con el que ninguna de las partes tiene un acuerdo comercial.
Si se presenta el interés por establecer un acuerdo comercial con una economía de no-mercado, la parte en cuestión deberá proporcio- nar la mayor cantidad de información posible sobre los objetivos de esas negociaciones, y tan pronto como sea posible, no excediendo los 30 días antes de la fecha de la firma, esa parte brindará a las otras par- tes la oportunidad de revisar el texto completo del ac, incluidos los anexos e instrumentos complementarios, para llevar a cabo una eva- luación del impacto que se generaría para el t-mec.
Aunado a ello, se contempla que si una de las partes establece un acuerdo comercial con un país de no-mercado, las otras partes tie- nen permitido rescindir el t-mec, con un periodo de notificación de seis meses, y reemplazarlo con un acuerdo bilateral, sujeto a las nego- ciaciones y revisiones pertinentes.
Es importante resaltar que cuando China ingresa a la omc (2001), en materia de dumping se le estableció un estatus de economía de no mercado (Non-Market Economy), ello derivado de las condiciones económicas bajo las cuales se desenvolvía el mercado chino. Lo an- terior quedó asentado dentro del artículo 15-a sobre comparabilidad de los precios para determinar las subvenciones y el dumping.
Con base en el artículo 15ª-ii del Protocolo de Adhesión ante la omc, China tiene un nuevo estatus, ya que se deja de aplicar el prin- cipio de economía de no mercado bajo los supuestos del apartado a-ii, puesto que a partir de 2016 expiraron las indicaciones de este numeral y con ello se le reconoce a China el uso “economía de mercado” como una herramienta ante situaciones de práctica desleales.
Sin embargo, hay actores que se niegan a este reconocimiento (de manera particular Estados Unidos y la Unión Europea), señalan- do características del modelo económico de China, principalmente
la intervención del gobierno en la economía. Asimismo, esos acto- res afirman que lo estipulado en el Protocolo de Adhesión de China a la omc puede estar sujeto a interpretaciones, y tomando en cuen- ta la importancia de la legislación nacional del miembro importador de la omc al considerar si el país cumple, o no, con lo necesario para adquirir el estatus de economía de mercado, pueden negarse a aceptar tal condición.
Durante el tiempo que China fue considerada como una non- market economy, México en su legislación nacional hacía uso del artículo 33 de la Ley de Comercio Exterior, donde se especifica que si se tienen importaciones de un país de economía planificada el va- lor normal de las mercancías será el precio de mercancías idénticas o similares en un tercer país con economía de mercado, lo que permi- tió a México obtener el valor del precio normal del producto desde una metodología más cercana a lo que realmente costaba.
Es importante destacar que, la medida expresa en el artículo 32.10 no limita las relaciones de los tres países con China, porque estas se regirán bajo los instrumentos jurídicos de la omc. Sin embargo, México debe de ser cuidadoso en el uso del artículo citado con anterio- ridad porque China es reconocido por el Estado mexicano como una economía de mercado, mientras que, Estados Unidos no la conceptua- liza de esa forma. Por consiguiente, el régimen jurídico mexicano del comercio exterior deberá detallar las consideraciones que garantizan que un Estado sea una economía de mercado, situación que conllevará un gran debate entre las autoridades correspondientes.
Si bien en el horizonte no se visualiza un tlc con China, el artículo 32.10 sí coarta la estrategia de diversificación comercial de México (c.fr, artículo 34.7, Revisión y Extensión del Plazo), al concentrar aún más nuestra dependencia en eua, cuyo mercado representa (en exporta- ciones) el 26.5 % del pib.
Por ejemplo, China se está convirtiendo en una potencia tecnológi- ca-digital. Desde 2005 China es el principal exportador de productos de alta tecnología, por lo que México podría apostar por incrementar
su industria de productos intermedios de alto valor agregado para que formen parte del proceso productivo chino, o aprovechar la produc- ción intermedia china para producir sus propios productos finales de alta tecnología.
Otra consecuencia del 32.10 es que ingresa a México al nuevo eco- sistema de seguridad comercial de eua para detener el predominio tecnológico de China y no consolidar su meta para 2050. Así lo hacen ver tres de los más importantes integrantes del gabinete de Trump:
Lawrence Kudlow, director del Consejo Económico Nacional de la Casa Blanca, precisa que el t-mec da paso a una coalición comer- cial y envía un mensaje a China entorno “a sus prácticas comerciales injustas, sus barreras y su robo de propiedad intelectual”. Por su parte, el secretario de Estado de Trump, Mike Pompeo, precisó que con el t-mec: “Vamos a detener a China para que no se convierta en una po- tencia global”. En este mismo tenor, el secretario de Comercio Wilbur Ross afirmó que “la provisión de resguardo (artículo 32.10) aislará co- mercialmente a China, por lo que podría repetirse en futuros tratados, como aquellos con Japón y la ue”.
El artículo 32.10 trazará los nuevos derroteros de la relación entre México y China, que representa nuestro segundo socio comercial. El t-mec trunca la tan anhelada diversificación comercial con el mer- cado chino, que sólo estará presente en el discurso de la próxima administración (l acen 2018c).
Conclusiones
El 15 de enero de 2020 había entusiasmo internacional porque ese día en la Oficina Oval se firmó la Fase 1 del acuerdo entre el presidente Donald Trump y el viceprimer ministro chino Liu He. Con ello finaliza- ba el conflicto comercial entre ambas naciones, por lo que se esperaban efectos positivos en la economía mundial, pues ambos mercados son los principales motores de crecimiento del comercio internacional. En
este sentido, el fmi estimaba para 2020 que la economía mundial cre- cería 3.3 %.
No obstante, el 17 de diciembre de 2019 en la ciudad de Wuhan se detectaban personas con síntomas totalmente distintos al síndrome respiratorio agudo severo (SARS), que en 2002 surgió en la provincia de Cantón, China. y se expandió a 30 países, pero anidó profunda- mente sólo en seis.
Para el 25 de diciembre pasado, el médico oftalmólogo Li Wenliang, del Hospital Central de Wuhan, detectó siete casos de un virus que se asemejaba al SARS, pero cuyos síntomas eran mortales y el 30 del mismo mes alertaba a sus colegas del hospital tomar precauciones ya que se trataba de un nuevo coronavirus. Ante la propagación del pató- geno, el 22 de enero el gobierno del presidente Xi cerró los accesos a la ciudad de Wuhan, epicentro del nuevo virus.
Para el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró ante los alarmantes niveles de propagación y gravedad como pandemia al SARS-CoV-2, que hoy amenaza la salud pública mundial.
El COVID-19 como se le denominó a la enfermedad producida por este nuevo coronavirus, para mayo ya estaba atacando a 197 países y alrededor de 4.1 millones de personas en todo el mundo estaban conta- giadas, además de que 297 mil personas se reportaban como fallecidas.
Este patógeno es totalmente distinto al virus del Síndrome Respiratorio Agudo Severo (SARS-CoV) y al virus del síndrome respiratorio del Medio Oriente (MERS-CoV),
Ante esta situación, el panorama internacional tuvo un giro de 180 grados y el escenario que se tenía a inicios de año cambió drásti- camente, por lo que este 20 de abril el fmi precisó un horizonte nada halagüeño, resultado de una lúgubre realidad de una crisis sin prece- dentes ya que la economía mundial experimenta la peor recesión desde la Gran Depresión.
El fmi recomendó dos fases para hacer frente a la crisis provocada por la pandemia del COVID-19: una de contención y estabilización, seguida de otra de recuperación. En ambas etapas, las políticas de
salud pública y las políticas económicas han de cumplir papeles fun- damentales, por lo que recomienda a los países adoptar medidas fisca- les, monetarias y financieras para preservar los vínculos económicos entre trabajadores y empresas y hogares.
Wuhan, la “ciudad cero” del COVID-19, es un importante centro de fabricación de automóviles a escala mundial. Por ejemplo, General Motors tiene una de sus principales plantas al igual que Honda, así como decenas de fabricantes de autopartes. Además, Wuhan juega un rol importante en la producción y proveeduría mundial. Entre sus in- dustrias fundamentales destacan:
a) siderurgia b) fotónica c) petroquímica d) automotriz e) transportes f) turismo g) inmobiliarias
Las principales empresas y multinacionales que invierten en Wuhan son:
a) Wuhan Iron and Steel Group (acero)
b) Schneider-Electric (Gestión y automatización de energía) c) Samsung (Electrónica y Comunicaciones)
d) Siemens (fabricación de motores eléctricos) e) Ford
f) Dongfeng Peugeot Citroen Automobile Company Ltd (fabricación de automóviles)
g) Wahaha h) Zhouheiya i) Coca Cola
Más de 300 de las 500 empresas más importantes del mundo tienen presencia en la ciudad, incluidas Microsoft, la empresa alemana de software sap y el fabricante francés de automóviles Groupe psa, la japonesa Honda, las estadounidenses General Motors, Amazon, Apple, Google, Alphabet entre otros.
De igual forma, Wuhan para la sociedad y la economía de China es relevante, ya que es el centro del área metropolitana, con un efecto radiante en ocho ciudades principales, y es reconocido como el nú- cleo de China central; asimismo, representa más del 60 % del valor del pib de la provincia de Hubei.
Para eliminar la expansión del COVID-19, la población de la ciu- dad de Wuhan estuvo en confinamiento 76 días, del 28 de enero al 8 de abril. En tanto que China reducía el peligro del patógeno, en Eu- ropa y América se expandía. Nueva York fue la ciudad estadounidense más afectada por el coronavirus, ello propició que el presidente Trump atacara a la Organización Mundial de Salud por no haber sido más severa con el gobierno del presidente Xi.
En mayo, el presidente Trump arremetió contra China al decir que el nuevo virus había sido cultivado y expandido por el Laboratorio P4 del Instituto de Virología de Wuhan y ello tensó aún más la relación, de por sí complicada, entre Washington y Pekín.
Trump trató de convencer a la sociedad internacional de que China es el país culpable de la aparición del nuevo virus, además de que no informó a tiempo a la oms del grado de peligrosidad del COVID-19.
Asimismo, culpó a Pekín de espionaje sanitario. Sin duda, Trump buscó que se sancionara a China, a pesar de que la oms ya había señalado que el SARS-Cov-2 es un virus de origen animal.
No obstante, el viernes 8 de mayo de 2020, China ratificó cumplir con el Acuerdo de la Fase I, además el martes 12 de mayo China re- dujo aranceles a Washington. Estados Unidos deseaba que China, en la Fase II del Acuerdo que pactaron el 15 de enero de 2020, permitiera que Washington tuviera acceso a los sectores estratégicos de Pekín.
Ello no sucedió ya que China estaría cediendo su proyecto Made in
China 2025, además de eliminar su Plan 2050 en torno a la refun- dación de la República.
Empero el ataque de Trump hacia China, los representantes de co- mercio de China y Estados Unidos acordaron el 8 de mayo de 2020 implementar el acuerdo comercial firmado en el 15 de enero, a pesar de las crecientes tensiones por la pandemia del nuevo coronavirus. Así, el viceprimer ministro de China, Liu He, quien encabezó las negociacio- nes del acuerdo negociado con Estados Unidos, conversó por teléfono con el representante comercial de Estados Unidos, Robert Lighthizer, y el secretario del Tesoro, Steven Mnuchin.
Sin duda, esta comunicación fue significativa para que el 12 de mayo de 2020, China informara a Estados Unidos sobre la publicación de una nueva lista de productos estadounidenses que estaban exen- tos de la segunda ronda de aranceles adicionales aplicados a los pro- ductos de ese país. Esta lista de mercancías estadounidenses estaría excluida de la segunda ronda de contramedidas arancelarias para ha- cer frente al artículo 301 de Estados Unidos. La exención sería válida del 19 de mayo de 2020 al 18 de mayo de 2021.
En este contexto, a partir del 1 de julio, el nuevo Tratado entre Mé- xico, Estados Unidos y Canadá marca un nuevo ciclo en la relación comercial de América del Norte, por lo que México debe tener presente que nuevamente estará en la órbita de la seguridad de Washington y debe buscar nuevas alternativas para no girar entre los intereses de la Casa Blanca y el Capitolio.
Estados Unidos representa el primer socio comercial de nuestro país, en tanto que China se ha convertido en el segundo socio comer- cial, por lo que el artículo 32.10 coartará que México profundice en la relación comercial con Pekín.
En este sentido, el gobierno mexicano debe establecer las nuevas pautas con el país asiático. Una de estas es explorar nuevos mecanismos que profundicen la relación con China sin contravenir la “Cláusula de Exclusión” que es el artículo 32.10.
Sin duda, la nueva cooperación sanitaria provocada por el CO- VID-19 entre China y México puede abrir nuevos senderos, sin que se violente el t-mec.
Evidentemente, el t-mec profundizará la relación comercial de México con Estados Unidos, por lo que se debe reorientar la relación entre México y China en materia tecnológica para impulsar la in- fraestructura 5G, la realidad aumentada, la inteligencia artificial, el internet de las cosas y la producción 3D.
El t-mec provocará que fluya la inversión china, principalmente en el sector manufacturero-automotriz, por lo que México puede abrir otros sectores a la inversión de Pekín, siendo el de la infraestructura una de las áreas más atractivas.
Bibliografía
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