• No se han encontrado resultados

II. MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL

2.1. Bases teóricas

2.1.7. Dimensiones de la gestión comunitaria

Avella (2004) afirma que la gestión comunitaria atañe su propósito en tres estrategias que permiten a las organizaciones comunitarias ejecutar los procesos de gestión comunal, ya que los resultados obtenidos posteriormente del fruto de la construcción y desarrollo colectivo de la comunidad dependen en gran medida de estas estrategias.

37 Figura 2

Dimensiones de la gestión comunitaria.

Fuente: Adecuación de Avella (2004).

2.1.7.1. Participación comunitaria.

De acuerdo con Avella (2004) la participación comprende el derecho y el deber político de todo habitante, es decir, la entera necesidad de las personas en ser partícipes de los asuntos de interés y desarrollo de la comunidad, sin tan solo obedecer las formas tradicionales de participación y políticas dictadas desde lo gubernamental; ya que sin participación no habría proceso comunitario. Dicho esto, la participación comunitaria incluye la comprensión desde dos puntos de vista:

Participación desde lo estatal. Es la participación del estado mediante mecanismos formales para afrontar los problemas latentes de la población en la ejecución de políticas de mejora y desarrollo, estos mecanismos comprenden la participación en:

˗ Temas económicos, que tiene como finalidad la promoción y el control de la inversión del estado, junto con la intervención de las comunidades en concordancia a las exigencias y necesidades de la población.

˗ Cuestiones administrativas, mediante el trabajo ágil y oportuno plantean la toma de decisiones, y afronta el flagelo de la corrupción y el favorecimiento político.

Ejercicio del comunero Participación

comunitaria

GESTIÓN COMUNITARIA Aprovechamiento de

recursos

38

˗ Contenidos políticos, hace énfasis en un sistema democrático, donde las comunidades tienen que ser tomados en cuenta de la ejecución y las decisiones de implementación de las políticas públicas.

Participación desde lo comunitario. Es la participación mediante formas de organización desde el núcleo de la comunidad para atender las necesidades del colectivo. Estas organizaciones pueden ser: la Juntas de Acción Comunal; Comités en temas de servicios públicos, fiscalización, seguridad ciudadana, cultura y deporte, protección del medio ambiente, etc.; organización de jóvenes; organización de personas de tercera edad; organización de madres de familia; y entre otros.

2.1.7.2. Ejercicio del comunero.

En cuanto al ejercicio del comunero, Avella (2004) afirma que surge de la acción del día a día de los hombres y mujeres, que constantemente dialogan, confrontan y cooperan para llevar el desarrollo integral a las familias y la comunidad en general.

Donde los espacios de participación formal e informal sean un lugar de involucramiento, donde surjan alternativas de locuciones y narrativas sobre la transformación de los postulados del desarrollo comunitario.

Formación participativa. Para Avella (2004) es un mecanismo oportuno que incorpora la necesidad de formarse y capacitarse para la vida durante la participación en la planeación y desarrollo de la comunidad. En tanto, permite alcanzar conocimientos constituidos en temas económicos, políticos, sociales y culturales; los cuales contribuyen al ejercicio del derecho cabal, el deber y la práctica de la democracia en los ambientes públicos y comunitarios de participación. Además, la formación participativa alcanza su máximo esplendor cuando parte de las vivencias de la realidad y el saber cotidiano de los actores comunitarios, la comunidad es quien debe tomar la decisión sobre los proyectos y el desarrollo comunal.

39 Identidad comunal. Para Sunyer y Monterroso (2016), la identidad comunal radica en la distinción con otras comunidades, en lo que respecta a la cultura en tradiciones y costumbres, formas de trabajo conjunto, en la predisposición de vivir en convivencia y solidaridad de sus comuneros, equidad en los derechos y obligaciones, y la fraternidad de convivir como hermanos. El comunero ha de tener participación activa de los eventos y celebraciones comunales, asi tambien de las faenas comunales que contribuyen a la formación de identidad y sentimiento comunal.

Normas comunales. (Colliére & Caballero Leiva, 2013)afirman que las normas comunales son:

Acuerdos colectivos entre los habitantes de un determinado territorio, las mismas son aprobadas por todas y todos en asamblea general, estos regulan la vida en la comunidad y tambien permiten acceder, utilizar, controlar y beneficiarse de los recursos naturales y la tierra; definen los derechos y obligaciones, tanto colectivas e individuales, para las actividades sociales, culturales, productivas y económicas, y así garantizan una buena convivencia en la comunidad. En el caso de incumplir las normas de la comunidad, las autoridades comunales son las que aplican las sanciones. (p. 28).

La asamblea general. Sunyer y Monterroso (2016) afirma que es la máxima autoridad en la gestión comunal, se encuentra integrado por los comuneros originarios quienes cuentan con pleno derecho de participación con voz y voto, y estar bien informados. En la Asamblea se tratan las problemáticas de la comunidad, donde los comuneros presentan sus opiniones, críticas y proponen alternativas de solución con toda la libertad de expresión.

2.1.7.3. Aprovechamiento de recursos.

Avella (2004). Los países en las últimas décadas han sufrido procesos de descentralización, esto permitió a las regiones y comunidades la posibilidad de

40 gestionar y utilizar sus recursos de manera efectiva y eficaz en procesos de satisfacer sus necesidades y transformar sus entornos. Esto se ha convertido en un deber y un derecho comunal que opera conforme a:

˗ La utilización de los servicios brindados dentro de la localidad.

˗ La conformación de los comités de control social para tales fines.

˗ Participación en el planteamiento de propuestas.

Los recursos naturales. Sobre el tema Andaluz (2016) menciona que: los recursos naturales constituyen un elemento de la naturaleza que el ser humano aprovecha y representa un potencial para satisfacer sus necesidades, y a la vez posee un valor para la transacción en el mercado. Los recursos naturales lo componen:

˗ Recursos naturales renovables. Comprende los recursos que poseen la capacidad de autoregeneración, que al utilizarlos de manera sustentable son duraderos en el tiempo como: los recursos hídricos, el aire, los pisos ecológicos, la atmósfera, los animales y las plantas silvestres, la energía solar y eólica.

˗ Recursos naturales no renovables. Comprende los recursos que al utilizarlos se extinguen, ya que no se autoregeneran, entre ellos se encuentran los minerales de roca, el petróleo, carbón mineral y el gas natural. También, componen los metales que al utilizarlos de manera sostenible se pueden reutilizar.

Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (1997), instituye que las comunidades nativas y campesinas mediante sus vivencias ancestrales disponen los recursos naturales dentro de su territorio donde habitan para beneficiarse de manera gratuita, y de esta manera poder subsistir y satisfacer sus necesidades, siempre en cuando no sea derecho exclusivo de terceros, reserva del Estado o vulneren las normas ambientales. (artículo 17).

41 Potencial humano. Sepúlveda (2008) menciona que: el desarrollo de una comunidad surge de los conocimientos, competencias, habilidades y potencialidades de sus integrantes o colectivo social, quienes dia a dia se transforman y a la vez transforman su medio en bienestar común. El potencial humano permite establecer políticas y estrategias convirgentes de actividades sociales, económincas, culturales y productivas donde se desenvuelven y relacionan la población.