FONDOS SOBERANOS
2. Institucionalidad y transparencia de los Fondos
como fuente de ingresos fiscales, lo que permitirá aumentar la sustentabilidad de sus vínculos con compromisos específicos de gastos.
En consecuencia, tal como lo anunciara el Ministro de Hacienda el 22 de agosto pasado, se ha determinado que a partir del Proyecto de Ley de Presupuestos 2009 la metodología de cálculo del balance estructural incluirá un ajuste cíclico a los ingresos generados por la rentabilidad de los activos financieros del Fisco. En particular, se estimarán los ingresos estructurales provenientes de la rentabilidad de los activos financieros sobre la base de una tasa de retorno de largo plazo. De esta manera, el ajuste cíclico aplicado a los ingresos generados por la rentabilidad de los activos financieros del Fisco, será equivalente al producto del stock promedio de activos financieros estimado para el año y la diferencia entre la tasa de retorno efectiva y la de largo plazo estimada para el mismo. La metodología considerará las diferencias entre las tasas pertinentes para cada componente de los activos financieros del Fisco53.
2. Institucionalidad y transparencia de los
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desempeño de las inversiones de los fondos, monitorea la implementación de la política de inversiones y participa activamente en el debate mundial sobre las mejores prácticas que deben cumplir los fondos soberanos del mundo, entre otras tareas.
Recuadro 3 | Rol del Comité Financiero y sus recomendaciones
El Ministro de Hacienda cuenta con la asesoría de un Comité Financiero para efectos de decidir la política de inversión de los recursos de los Fondos Soberanos y definir las directrices necesarias para su implementación.
El Comité Financiero está integrado por: Andrés Bianchi (Presidente), Ana María Jul (Vicepresidente), Martín Costabal, Oscar Landerretche M., Andrés Sanfuentes y Eduardo Walker.
Las principales funciones y atribuciones del Comité son las siguientes:
‐ Asesorar sobre la política de inversión de largo plazo, la distribución de las inversiones por clase de activos, la inclusión de nuevas alternativas de inversión, la determinación de los comparadores referenciales del portafolio de los fondos soberanos, la definición de los límites a las desviaciones permitidas y la delimitación de las posibilidades de inversión de los fondos.
‐ Recomendar instrucciones específicas en relación a inversiones, custodia, estructura y contenidos de reportes, procesos de licitación y selección de administradores de los fondos.
‐ Asesorar al Ministro de Hacienda en todas aquellas materias relacionadas con la inversión de los fondos que éste le encomiende.
Durante 2008, el Comité Financiero entregó recomendaciones agrupadas en cinco materias: i) administración operativa; ii) estructura de las inversiones; iii) proceso de selección de administradores externos de cartera; iv) elección de un consultor externo que ayude a seleccionar a los administradores externos, y; v) elección de los benchmarks y metodologías de medición del desempeño, resguardos y monitoreo de los riesgos financieros asumidos por el Banco Central y los administradores externos54.
54 Para más detalles véase el Informe Anual del Comité Financiero disponible en la página Web
2.2 POLÍTICA DE TRANSPARENCIA
Los Fondos Soberanos son propiedad de todos los chilenos, constituyendo un bien nacional que otorga seguridad para estabilizar el gasto social y la inversión pública a futuro.
Consecuentemente, su administración se realiza cumpliendo altos estándares de transparencia.
Para garantizar el acceso a la información relevante sobre los Fondos Soberanos, el Ministerio de Hacienda ha creado una página Web exclusiva para éstos:
http://www.hacienda.cl/fondos. En esta página se encuentran los informes mensuales y trimestrales del estado de los Fondos, las recomendaciones del Comité Financiero y su Informe Anual, la legislación relacionada y toda la información actualizada pertinente.
Asimismo, en la página Web del Banco Central de Chile, dado su rol de Agente Fiscal, se proporciona información detallada respecto a la gestión de los recursos de los fondos, incluyendo el listado de las instituciones financieras en que dichos recursos están invertidos.
La información mensual entregada de los fondos incluye su tamaño, la composición por clase de activos, por monedas y la duración. En los informes trimestrales, además se incluye la información relacionada con el desempeño de los fondos, la evolución de los mercados relevantes para este tipo de inversión, el resumen de las directrices de inversión y los anexos metodológicos.
Fruto de esta política de divulgación de información, Chile se encuentra en el octavo lugar en el ranking de transparencia y buenas prácticas entre los 34 fondos soberanos evaluados por el Instituto de Economía Internacional de Washington DC el 2008 (ver Cuadro 1). En el contexto internacional de transparencia, Chile también participa activamente en el Grupo Internacional de Trabajo de los fondos soberanos que busca concordar un conjunto de principios y prácticas respecto de su transparencia. En particular, recientemente se logró un acuerdo preliminar entre representantes de fondos soberanos el que se denominó “Principios de Santiago”, por haberse logrado en Santiago de Chile (ver Recuadro 4). Estos “Principios de Santiago” reflejan el compromiso de los Fondos Soberanos chilenos de promover la transparencia de sus actividades e inversiones y su institucionalidad.
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Cuadro 1 |Resumen evaluación buenas prácticas de los fondos soberanos (porcentaje de máximos puntos posibles)
FONDO Transparencia y
Accountability
Evaluación Agregada United States (Alaska) Alaska Permanent Fund 100 94 Norway Government Pension Fund–Global 100 92 United States (Wyoming) Permanent Mineral Trust Fund 82 91 United States (New Mexico) Severance Tax Permanent Fund 86 86 Timor-Leste Petroleum Fund for Timor-Leste 96 80 Azerbaijan State Oil Fund of the Republic of Azerbaijan 89 77 Canada (Alberta) Alberta Heritage Savings Trust Fund 79 74 Chile Economic and Social Stabilization Fund 82 70 Hong Kong Exchange Fund 79 67 Kazakhstan National Fund for the Republic of Kazakhstan 64 64 Botswana Pula Fund 54 55 Trinidad and Tobago Heritage and Stabilization Fund 46 53 Korea Korea Investment Corporation 45 51 Russia Reserve Fund and National Welfare Fund 50 51 São Tomé and Príncipe National Oil Account 29 48 Kuwait Kuwait Investment Authority 41 48 Mexico Oil Income Stabilization Fund 43 47 Singapore Temasek Holdings 61 45 Singapore Government of Singapore Investment Corporation 39 41 Malaysia Khazanah Nasional 46 38 China China Investment Corporation 14 29 Kiribati Revenue Equalization Reserve Fund 7 29 Algeria Revenue Regulation Fund 11 27 Nigeria Excess Crude Account 14 26 Iran Oil Stabilization Fund 18 23 Venezuela Macroeconomic Stabilization Fund 18 23 Venezuela National Development Fund 27 20 Oman State General Reserve Fund 18 20 Sudan Oil Revenue Stabilization Account 14 20 Brunei Darussalam Brunei Investment Agency 25 18 United Arab Emirates (Abu Dhabi) Mubadala Development Company 7 15 United Arab Emirates (Dubai) Istithmar World 7 14 Qatar Qatar Investment Authority 2 9 United Arab Emirates (Abu Dhabi) Abu Dhabi Investment Authority 4 9
Promedio 44 46
Edwin Truman, “A blueprint for Sovereign Wealth fund Best Practices”, Policy Brief Peterson for International Economics, Abril 2008.
Recuadro 4 | “Principios de Santiago” sobre la transparencia de los fondos soberanos
La rápida acumulación de activos extranjeros en algunos países se ha traducido en un número y tamaño creciente de los fondos soberanos. Varias proyecciones sugieren que su presencia en los mercados internacionales de capital aumentará significativamente. Producto de lo anterior, la discusión internacional se ha enfocado en aumentar la transparencia de las
El Grupo Internacional de Trabajo (GIT) de los fondos soberanos se estableció para seguir demostrando tanto a los países dueños de estos recursos como a los países receptores, que las inversiones de los fondos se realizan sólo con un carácter económico/financiero. Es por esto que durante el 2008, el GIT trabajó en la elaboración de un conjunto voluntario de Principios y Prácticas Generalmente Aceptados (PPGA) que se sustentan en los siguientes objetivos rectores:
‐ Ayudar a mantener la estabilidad del sistema financiero mundial, la libre circulación de capitales y la inversión;
‐ Cumplir con toda la reglamentación y los requisitos de divulgación en los países en los que invierten;
‐ Invertir sobre la base económica y financiera y bajo consideraciones de riesgo–
retorno; y
‐ Disponer de un gobierno corporativo transparente que provea los controles operacionales adecuados, la gestión del riesgo y la rendición de cuentas.
El GIT logró a un acuerdo preliminar sobre los PPGA en Santiago, Chile, el 22 de septiembre de 2008 y espera presentar los denominados “Principios de Santiago” al Comité Monetario y Financiero Internacional (CMFI), el órgano asesor del FMI en materia de políticas, en su reunión del 11 de octubre de 2008 en Washington DC. También tiene la intención de publicar los “Principios de Santiago” después de la reunión del CMFI.