Comparé, con tres mil ppsos en arH) cada uno 44 Dos profesores de derecho aarnitlisíratiyo, <.:en tres¡. 45 Dos profesores de derecho comen:i;tl, BOBINA tres milI. pesos al año cada uno. Salarios sin derecho a dietas. a [J1'ofe,;o del soliter eurso... l::l1 Químico del Laboratorio de Sal.
1.35 Para pagar los servicios de un asistente sismólogo subcontratado.. 1.'H) [Para los sueldos de cuatro jefes de observaciones sísmicas de primer orden, a razón de mil doscientos pesos por 'l' aclla en Copiapó; de nueve. Salarios compatibles entre sí y con los del apartado "Universitario" en las condiciones establecidas para la enseñanza secundaria por el artículo 13 de la ley del 9. Enero de 1879.
OOO 3,600
Las condiciones son compatibles entre sí y con las del apartado "Universidad" de las condiciones establecidas para la enseñanza secundaria por el artículo 43 de la ley del 9. Enero de 1818. sin derecho a satisfacción. 252 Profesor de inglés incapaz de impartir clases en otras instituciones por más de doce horas semanales... 253 Profesor de química y ciencias minerales incapaz de impartir clases en otras instituciones por más de doce horas semanales. Profesores de idiomas que no puedan impartir clases en otras instituciones durante más de doce horas semanales.
Catedrático de frallecs, !lO para poder desempeñar esta función. otras seis empresas durante más de doce horas semanales. Profesora de inglés incapaz de realizar cIa·. s en otras empresas durante más de doce horas seguidas. Un profesor de tiempo completo que no pueda impartir otras clases durante más de dos años.
Profesor de Historia Documental de América y de Chile en particular, quien desde hace más de dos años imparte clases frecuentemente en otras instituciones. Salarios compatibles entre sí y con los del departamento "Universidad" en las condiciones establecidas para la enseñanza secundaria por el artículo 43 de la ley de 9 de enero de 1879.
Instruccion SacundariaJenaral
ROO 3,920
Salarios compatibles entre sí, en los términos establecidos para la enseñanza secundaria por el artículo 4 de la ley de enero de 187 H. Salario sin derecho a gratificación. El corredor de la institución, quien además deberá ser el inspector escolar del departamento escolar 91 <3 Maestros de escuela de cinco días, a un precio de dos mil cuatrocientos pesos cada uno.
Salarios compatibles entre sí, condiciones establecidas para la enseñanza secundaria en el artículo 43 de la ley de 9 de enero de 187\.l. 996 Subdirector de la escuela diul'lla de aplieaeiotl. sin pago adicional por las lecciones que brinda. El médico e:-tahleeimiento, quien debe S('I', al mismo tiempo el inspector de salud escolar eSioLles/od.
Para el pago de profesores con veintiséis cátedras, se fijará el J'azon de dos mil quinientos pesos trimestrales.
OOO 4,:'50
1073 A postular dos maestros de una escuela diurna, con dos mil cuatrocientos pesos cada uno. Salarios compatibles entre Rí, en las condiciones previstas para la enseñanza secundaria por el artículo 43 de la Ley H de 18iH de enero. Aeufla dofla Edilia, ex directora de la escuela su·l periol' núm. 1 para hombres en Collipulli.
1122 Bravo, viuda de Ovalle Doña Mercedes, ex maestra del mismo número de escuela ;) de Curepto. Canto IÍ(~I dO¡I<\ Trtlllsito, ex preel'ptor de la escuela número 1 de ll1ujcre~ de Valdivia. Chacou doña Adelaida, ex directora de la escuela secundaria de l11ujel'es número 1 de 1'raiguen.
Díaz doiia Lucrecia, mbo'ehára ymaguare er;eucla mista nll1ll8ro 28 San Fernando-gua, D. Duran don Prospero, ex p¡ oficial mbo'ehao secundaria Santiago i Escuela Normal de Preceptores Santiago-gua D. Figueroa Castro dofla C ;\l'lllen, ex·dil'eetor IllUjCI'C:' mbo'ehao secundaria-pegua; ¡papapy ~ de Lautaro D.
Mé.lldey, dOlla Uomitila, ex maestra de esaue- escuela rural núm. 13 en Lautar. Don Quijada. de Anto-fagasta.. dijo EI'cilia, ex maestra lieoo de, ex directora de la escuela de.
Yunge (lon Federico. ex-preCl'I)jol' de (\seuela mista número rural!) de u;!'Ilf¡llilUe.
PARTIDA 9."
A,'; YÍnda de Don Luis illontt.L. 1 salario; compatibles entre sí y con los del apartado ;cunJ. . versidad» en los términos definidos para enfermedad secundaria-1 I ción por el artículo ·13 de la lectura de [) de,.
PARTIDA 10
PARTIDA 12
- OOO 2,400
VARIABLES
PARTIDA 15
- OOO 3,000
1 GG9 Para la adquisición de Iilakl'ia I de enseñanza para el laboratorio qUIrllllta Para pagar a los hablantes de alemán propuesto por el profesor alemán del Instituto Pedagógico Adquisición1 de contenedores, materiales necesarios para la preparación de colecciones biológicas para las escuelas secundarias y otros gastos requeridos por este servicio.
Para el apoyo de diez becas se otorga a los estudiantes varones distinguidos de la clase alta provincial, del .Sil~IlI.11 antes de que estén obligados a a~er\'il' in.lns ¡h.;lai. :1yeimil'.ll' tos fiscal por un período de seis años (1~: 1'lIHllcnl1o previamente el patrocinador correspondiente 'lltc, j un razol de seiscientos pesos en seis Ili/',''C'S por cada estudiante que derecho perdió 11 el pp.tl,;ion siem·.
PARTIDA 17
PARTIDA 18
I ! Liceo (k niiias de Valdivia
Para alimentar a ciento veintidós estudiantes, un director, un subdirector, un subdirector. Para alimentar a cincuenta y cuatro estudiantes, un director, un subdirector de la escuela diurna de aplicación, nueve docentes, cinco administrativos y trece administrativos, es decir, un total de ochenta y tres personas, a razón de doscientos treinta pesos. por día. un monto anual destinado exclusivamente a la alimentación de estudiantes, docentes y empleados residentes en la institución. 2065 Para alimentar a ciento veintitrés estudiantes, un director, un subdirector de la escuela diurna aplicada, doce maestros, auxiliares administrativos y dieciséis administrativos, es decir, un total de ciento cincuenta personas; a razón de doscientos treinta pesos cada uno por año, monto destinado únicamente a la alimentación de estudiantes, docentes y empleados que residan en el establecimiento.
2068 Para la creación de nuevas escuelas, para la colocación de normalistas como docentes de escuelas rurales en cargos no incluidos en el presupuesto, de conformidad con el artículo 4 de la ley del 24. Noviembre de 1860 y decreto de 5 de noviembre.
PARTIDA 23
PARTIPA 25
Fondos let1srales para subvenciGnar escuolas gratuitas
PARTIDA 27
Construcciones . iadquisiciones
Especialmente los pensionados deberán: 1.0 Presentar cada seis meses al ministerio correspondiente los certificados de ~rnf", L'ArflC. 2473: Depósito ~llota. que responde ante el Gobierno de Chile como miembro de la Interasociación.
RESÚMEN
REOTIFICACION