PROTOCOLO DE
SUPERVISIÓN DE LOS RESIDENTES DE
NEUROLOGÍA DE LA
GERENCIA DE ATENCIÓN INTEGRADA DE ALBACETE
Firmas
Elaborado
Susana García Muñozguren Ex-tutora de Neurología
Jorge García García
Tutor de Neurología de la GAIAB
Revisado
Miguel Segura Martín Jefe de Estudios de Formación
Especializada
Aprobado
Comisión de Docencia de Formación Sanitaria Especializada de la GAI Representante:
Fecha
entrada en 29 de noviembre de 2016
Según establece el REAL DECRETO (RD) 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada (BOE 21/02/2008, 45,10020-10035), dice en su artículo 1 que el sistema formativo de los residentes obliga: "..., a recibir una formación y a prestar un trabajo que permitan al especialista en formación adquirir, en unidades docentes acreditadas, las competencias profesionales propias de la especialidad que esté cursando, mediante una práctica profesional programada y supervisada destinada a alcanzar de forma progresiva, según avance en su proceso formativo, los conocimientos, habilidades, actitudes y la responsabilidad profesional necesarios para el ejercicio autónomo y eficiente de la especialidad". Para ello este mismo RD dedica su Capítulo V al "Deber general de supervisión y responsabilidad progresiva del residente", especificando en el artículo 14 que se encomienda a las Comisiones de Docencia la realización de Protocolos de Supervisión para los residentes con el siguiente párrafo: “las comisiones de docencia elaborarán protocolos escritos de actuación para graduar la supervisión de las actividades que lleven a cabo los residentes en áreas asistenciales significativas, con referencia especial al área de urgencias o cualesquiera otras que se consideren de interés”
Según la R.A.E., supervisar se define como "ejercer la inspección superior en trabajos realizados por otros", entendiendo la "inspección" no como el reconocimiento atento de algo, si no como el "cargo y cuidado de velar por algo", que en este caso serían las acciones del residente. La forma de velar por estas acciones dependerá de la unidad en la que se encuadre el residente en cada momento, así como del cambio progresivo desde un nivel de supervisión máxima hasta uno mínimo, estableciéndose unos niveles- tipo en función del tiempo de residencia y de la consecución de los objetivos formativos contemplados en las Guías-Itinerario de cada especialidad. En los Planes Individualizados de Formación de algunos residentes, los niveles
evolución en el aprendizaje.
Este protocolo se ajusta a las normas emanadas desde la Comisión de Docencia de Formación Sanitaria Especializada de la G.A.I. de Albacete. En él se regulará la actividad asistencial a realizar por el residente de Neurología que, siendo fundamentalmente clínica, se complementa con la adquisición de las habilidades técnicas que permiten una adecuada utilización de los recursos y una interpretación correcta de los resultados obtenidos, con el nivel de atención hacia su práctica clínica que se expondrá a continuación. Durante el periodo formativo del residente se pondrá especial cuidado en que adquiera la capacidad o habilidad para realizar determinados actos médicos, instrumentales o quirúrgicos, en relación con su nivel de conocimientos, experiencia y responsabilidad progresiva. El residente siempre contará con la supervisión de un (facultativo) del Servicio o Unidad en el que esté desarrollando su actividad asistencial según los siguientes niveles establecidos:
Nivel 1. Supervisión Mínima, responsabilidad máxima:
Las habilidades adquiridas permiten al médico residente llevar a cabo actuaciones de manera independiente, sin necesidad de tutorización directa. Por lo tanto, el residente ejecuta la acción y después informa.
Nivel 2. Supervisión intermedia (decreciente), responsabilidad media (creciente)
El residente tiene un extenso conocimiento, pero no alcanza la suficiente experiencia para hacer un tratamiento completo de forma independiente, por lo que dichas actividades deben realizarse bajo supervisión del tutor o personal sanitario del centro/servicio.
Nivel 3. Supervisión máxima, responsabilidad mínima
El médico residente ha visto o asistido a determinadas actuaciones de las que sólo tiene un conocimiento teórico, por lo que estas actividades son llevadas a cabo por personal sanitario del centro/servicio y
Siguiendo estos parámetros se han establecido los siguientes niveles agrupados por tipo de actuaciones clínicas y año de residencia:
A- Supervisión en las Guardias
La distribución de responsabilidades según el plan de formación del residente de neurología del Hospital de Albacete y de acuerdo con el ORDEN SCO/528/2007 que regula la formación en la especialidad de neurología.
1.-Residente de primer año y de segundo año:
Durante los meses iniciales de residencia así como durante dos meses de rotación, el residente de neurología realiza asistencia en el servicio de urgencias de puerta, regulándose durante este periodo por lo establecido por el protocolo de urgencias de medicina.
2. Residentes de segundo año y posteriores.
A partir del segundo año el residente de neurología realiza guardias de neurología de 15 a 8 horas y asistencia urgente durante la jornada laboral (según las rotaciones establecidas en el programa de residencia). Esta actividad se realiza contando con el apoyo (de presencia física o localizable) de un especialista en neurología.
B- Responsabilidades según actividad:
6 primeras guardias de neurología (inicio segundo año MIR):
- Responder a cualquier llamada del busca Nivel 2.
- Realizar una historia clínica completa y una exploración general y neurológica completa. Nivel 2.
- Orientar sindrómicamente los casos. Nivel 2.
- Activar y/o desactivar códigos ictus intra y extrahospitalarios.
Nivel 3.
Nivel 2.
- Solicitar TC craneal. Nivel 2.
- Solicitar RM craneal. Nivel 3.
- Indicar y realizar una punción lumbar. Nivel 2.
- Solicitar arteriografía diagnóstica. Nivel 3.
- Interpretar TC craneal basal. Nivel 3.
- Interpretar TC perfusión y/o angioTC. Nivel 3.
- Interpretar RM craneal o medular. Nivel 3.
- Realizar doppler transcraneal. Nivel 3.
- Decidir sobre terapia fibrinolítica en fase aguda del ictus. Nivel 3.
- Decidir sobre tratamiento intraarterial de ictus isquémico o aneurisma intracraneal. Nivel 3.
- Solicitar interconsultas a otros servicios. Nivel 2.
- Ingresar a un paciente. Nivel 3.
- Establecer pauta terapéutica que ha de administrarse al paciente. Nivel 2.
- Trasladar al paciente a otro servicio u otro centro. Nivel 3.
- Admitir traslados desde otro servicio u otro centro. Nivel 3.
- Solicitar una valoración de intervención neuroquirúrgica. Nivel 3.
- Trasladar un paciente a unidad de cuidados intensivos o solicitar la intubación de un paciente. Nivel 3
- Informar a las familias de los pacientes atendidos en urgencias o en la sala de hospitalización durante la guardia. Nivel 2.
- Decidir alta hospitalaria. Nivel 3.
- Establecer la pauta terapéutica domiciliaria al alta. Nivel 2.
- Decidir el seguimiento ambulatorio preciso. Nivel 2.
- Redactar el informe de interconsulta o ingreso. Nivel 2.
- Explicar los ingresos e incidencias en el pase de guardia. Nivel 2.
- Realizar un informe de exitus y los trámites pertinentes. Nivel 2.
- Solicitar autopsia o donación de tejidos neurológicos tras el fallecimiento de un sujeto. Nivel 2.
- Responder a cualquier llamada del buscapersonas. Nivel 2.
- Realizar una historia clínica completa y una exploración general y neurológica completa. Nivel 1.
- Orientar sindrómicamente los casos. Nivel 2.
- Activar y/o desactivar códigos ictus intra y extrahospitalarios. Nivel 2.
-Interpretar las pruebas básicas de diagnóstico (analítica, ECG y Rx tórax).
Nivel 1.
- Solicitar TC craneal. Nivel 1.
- Solicitar RM craneal. Nivel 2.
- Indicar y realizar una punción lumbar. Nivel 1.
- Solicitar arteriografía diagnóstica. Nivel 2.
- Interpretar TC craneal basal. Nivel 2.
- Interpretar TC perfusión y/o angioTC. Nivel 2.
- Interpretar RM craneal o medular. Nivel 2.
- Realizar doppler transcraneal. Nivel 2.
Decidir sobre terapia fibrinolítica en fase aguda del ictus. Nivel 2.
- Decidir sobre tratamiento intraarterial de ictus isquémico o aneurisma intracraneal. Nivel 2.
- Solicitar interconsultas a otros servicios. Nivel 1.
- Ingresar a un paciente. Nivel 2. 30
- Establecer pauta terapéutica que ha de administrarse al paciente. Nivel 1.
- Trasladar al paciente a otro servicio u otro centro. Nivel 2.
- Admitir traslados desde otro servicio u otro centro. Nivel 2.
- Solicitar una valoración de intervención neuroquirúrgica. Nivel 2.
- Trasladar un paciente a unidad de cuidados intensivos o solicitar la intubación de un paciente. Nivel 2
- Informar a las familias de los pacientes atendidos en urgencias o en la sala de hospitalización durante la guardia. Nivel 1.
- Decidir alta hospitalaria. Nivel 2.
- Establecer la pauta terapéutica domiciliaria al alta. Nivel 2.
Decidir el seguimiento ambulatorio preciso. Nivel 2.
- Redactar el informe de interconsulta o ingreso. Nivel 1.
- Explicar los ingresos e incidencias en el pase de guardia. Nivel 1.
- Solicitar autopsia o donación de tejidos neurológicos tras el fallecimiento de un sujeto. Nivel 2.
Residente de cuarto año
- Responder a cualquier llamada del buscapersonas. Nivel 1
- Realizar una historia clínica completa y una exploración general y neurológica completa. Nivel 1.
- Orientar sindrómicamente los casos. Nivel 1
- Activar y/o desactivar códigos ictus intra y extrahospitalarios.
Nivel 1.
- Interpretar las pruebas básicas de diagnóstico (analítica, ECG y Rx tórax).
Nivel 1.
- Solicitar TC craneal. Nivel 1.
- Solicitar RM craneal. Nivel 1.
- Indicar y realizar una punción lumbar. Nivel 1.
- Solicitar arteriografía diagnóstica. Nivel 2.
- Interpretar TC craneal basal. Nivel 1.
- Interpretar TC perfusión y/o angioTC. Nivel 1.
- Interpretar RM craneal o medular. Nivel 1.
- Realizar doppler transcraneal. Nivel 1.
- Decidir sobre terapia fibrinolítica en fase aguda del ictus. Nivel 2.
- Decidir sobre tratamiento intraarterial de ictus isquémico o aneurisma intracraneal. Nivel 2.
- Solicitar interconsultas a otros servicios. Nivel 1.
- Ingresar a un paciente. Nivel 1.
- Establecer la pauta terapéutica que ha de administrarse al paciente.
Nivel 1.
- Trasladar al paciente a otro servicio u otro centro. Nivel 2.
- Admitir traslados desde otro servicio u otro centro. Nivel 2.
- Solicitar una valoración de intervención neuroquirúrgica. Nivel 2.
- Trasladar un paciente a unidad de cuidados intensivos o solicitar la
- Informar a las familias de los pacientes atendidos en urgencias o en la sala de hospitalización durante la guardia. Nivel 1.
- Decidir alta hospitalaria. Nivel 1.
- Establecer la pauta terapéutica domiciliaria al alta. Nivel 1.
- Decidir el seguimiento ambulatorio preciso. Nivel 1.
- Redactar el informe de interconsulta o ingreso. Nivel 1.
- Explicar los ingresos e incidencias en el pase de guardia. Nivel 1.
- Realizar un informe de exitus letalis y los trámites pertinentes. Nivel 1.
- Solicitar autopsia o donación de tejidos neurológicos tras el fallecimiento de un sujeto. Nivel 1.