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18. Redes Electricas en Habilitaciones

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COSSIO MORALES

Academic year: 2023

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(1)

2012

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS Dirección General de Electricidad

www.minem.gob.pe

(2)

1. Ley de Concesiones Eléctricas y su

Reglamento

2. Código Nacional de Electricidad -

Suministro

3. Código Nacional de Electricidad -

Utilización

PRINCIPALES NORMAS

(3)

4. Procedimientos para la Elaboración de Proyectos y Ejecución de Obras en Sistemas de Distribución y Sistemas de Utilización en MT en Zonas de Concesión de Distribución

5. Compendio de Normas DGE para Proyectos de Electrificación Rural

6. Norma DGE Símbolos Gráficos y Norma DGE Terminología en Electricidad

PRINCIPALES NORMAS

(4)

El nuevo Reglamento Nacional de Edificaciones empezó a formularse en abril de 2004

EL INDICE Y ESTRUCTURA DEL RNE FUE APROBADO CON D.S. 015-2004-VIVIENDA

DEL 2004-09-06.

El Reglamento Nacional de Construcciones,

aprobado en 1970 mediante D. S. N° 063-70-VI, normó la actividad constructiva del

país durante más de tres

décadas.

(5)

ESTRUCTURA DEL RNE

I GENERALIDADES (5 NORMAS)

II HABILITACIONES URBANAS (25 NORMAS) II.1 TIPOS DE HABILITACIONES

II.2 COMPONENTES ESTRUCTURALES II.3 OBRAS DE SANEAMIENTO

II.4 OBRAS DE SUMINISTRO DE ENERGIA Y COMUNICACIONES EC.010 REDES DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA EC.020 REDES DE ALUMBRADO PUBLICO

EC.030 SUBESTACIONES ELECTRICAS

EC.040 REDES DE INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES El índice del R.N.E. consta de 69 normas técnicas las

cuales contienen las disposiciones necesarias para regular el diseño, construcción, uso y mantenimiento de las

habilitaciones urbanas así como de las edificaciones. Se

divide en tres títulos:

(6)

TITULO III

EDIFICACIONES

CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS EDIFICACIONES

III.1. ARQUITECTURA III.2. ESTRUCTURAS

III.3. INSTALACIONES SANITARIAS

III.4. INSTALACIONES ELECTRICAS Y MECÁNICAS

(7)

EC.010 REDES DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGIA ELÉCTRICA

Las disposiciones de esta norma son aplicables a todo proceso de electrificación de habilitación de tierras y edificaciones, según la clasificación dada por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas y que están relacionadas con las redes de distribución de energía eléctrica.

Las disposiciones se rigen por lo contemplado en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, el Código Nacional de Electricidad y Normas de la Dirección General de Electricidad.

II.4 OBRAS DE SUMINISTRO DE ENERGIA Y COMUNICACIONES

(8)

EC.020 REDES DE ALUMBRADO PUBLICO Las disposiciones de esta norma son aplicables a todo proceso de alumbrado público para habilitaciones urbanas o rurales, así como a su mantenimiento.

Las disposiciones para el alumbrado público se rige por lo normado por el Sector de Energía del Ministerio de Energía y Minas.

II.4 OBRAS DE SUMINISTRO DE ENERGIA Y COMUNICACIONES

(9)

EC.030 SUBESTACIONES ELECTRICAS

La norma establece disposiciones de acuerdo al Artículo 95° de la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, el Código Nacional de Electricidad, las Normas DGE correspondientes, las Normas Técnicas Peruanas respectivas; así como las disposiciones de Conservación del Medio Ambiente y del Patrimonio Cultural de la Nación.

II.4 OBRAS DE SUMINISTRO DE ENERGIA Y COMUNICACIONES

(10)

ESTRUCTURA DEL SUBSECTOR ELECTRICIDAD ESTRUCTURA DEL SUBSECTOR ELECTRICIDAD

CRCR

CL CL Generación

Generación

Transmisión Transmisión

Distribución Distribución

CRCR

U U S S U U A A R R I I O O

S S

(11)
(12)

LEY DE CONCESIONES ELECTRICAS Y SU REGLAMENTO

Vigencia: 1992-12-05

OBJETIVO

Establecer las

disposiciones que norman las actividades de

generación, transmisión, distribución y

comercialización de la energía eléctrica.

DL 25844 (1992-11-06) y D.S. N° 009-93-EM (1993-02-25)

(13)

Las actividades pueden ser desarrolladas por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.

El MEM y el OSINERG son las encargadas de velar por el cumplimiento de la presente Ley, en representación del estado.

ALCANCE

Se establecen las reglas para:

• La Generación, Transmisión y Distribución de la electricidad.

• La fijación de tarifas.

• Definición del Sector Eléctrico Peruano.

• Los derechos y obligaciones de los concesionarios y sus obligaciones con los clientes.

LEY DE CONCESIONES ELECTRICAS

Y SU REGLAMENTO

(14)

|

Espacio para subestación (puede ser tipo subterráneo)

Lote 1

Lote 2

Lote 3

Lote 6

Vista de planta - Lote 7

Lote 7

Artículo 95°.- En todo proyecto de habilitación de tierra o en la

construcción de edificaciones, deberá reservarse las áreas

suficientes para instalación de las respectivas subestaciones de

distribución.

(15)

SUBESTACIONES EN EDIFICIOS

(16)

A

A

Sección A - A

Artículo 96°.- Los urbanizadores están obligados a ejecutar las obras civiles de cruce de calzadas para el tendido de las redes de distribución, cuando corresponda, a fin de evitar la rotura de las mismas.

CRUZADAS

(17)

™Los gastos derivados de la remoción, traslado y

reposición de las instalaciones eléctricas que sea necesario

ejecutar como consecuencia de obras de

ornato, pavimentación y, en general, por razones de cualquier orden, serán sufragados por los interesados y/o quienes lo originen. (Art. 98°

LCE).

(18)

OBJETIVO OBJETIVO

Establecer reglas para la seguridad

seguridad de de personas personas (de la concesionaria, o de (

las contratistas en general, o terceros ) ) e

instalaciones

instalaciones , durante la ,

construcción, operación o

mantenimiento de las

líneas eléctricas tanto de eléctricas

suministro eléctrico como

de comunicaciones, y sus comunicaciones

equipos asociados.

(19)

FAJA DE SERVIDUMBRE

ANCHO DE FAJA DE SERVIDUMBRE

6 11 16 20 25 De 10 a 15

20 – 36 60 – 70 115 – 145 Hasta 220

Ancho (m) Tensión nominal

kV

Tabla 219 CNE-Suministro

(20)

¿ACEPTABLE?

FAJA DE SERVIDUMBRE

(21)

¿ACEPTABLE?

FAJA DE SERVIDUMBRE

(22)

¿ACEPTABLE?

DISTANCIAS DE

SEGURIDAD

(23)

TITULO III.1 - ARQUITECTURA

CAPITULO I - CARACTERISTICAS DE DISEÑO

Artículo 14.- Los voladizos tendrán las siguientes características:

a) En las edificaciones que no tengan retiro no se permitirá voladizos sobre la vereda, salvo que por razones vinculadas al perfil urbano preexistente, el Plan Urbano Distrital establezca la posibilidad de ejecutar balcones, voladizos de protección para lluvias, cornisas u otros

elementos arquitectónicos cuya proyección caiga sobre la vía pública.

b) Se puede edificar voladizos sobre el retiro frontal hasta 0.50 m, a partir de 2.30 m de altura. Voladizos mayores, exigen el aumento del retiro de la edificación en una longitud equivalente.

(24)

Límite de propiedad

Límite de propiedad

Límite de propiedad Retiro

VOLADIZOS SOBRE LA VEREDA

(25)
(26)
(27)
(28)

Verticalmente encima de cualquier parte o estructura similar, sobre la cual pueda pararse una persona y horizontalmente a paredes, balcones, ventanas, etc.

VERTICAL MT : 4,00 m.

BT : 3,00 m.

HORIZONTAL MT : 2,50 m.

BT : 1,00 m.

DISTANCIAS DE SEGURIDAD

(29)

¿ACEPTABLE?

REDES DE MEDIA TENSIÓN 10 000 V

(30)

DISTANCIA DISTANCIA

OBSERVADA OBSERVADA

“PELIGROSA” ENTRE

“PELIGROSA” ENTRE SUBESTACION AEREA SUBESTACION AEREA

Y LINEA DE Y LINEA DE

EDIFICACION

EDIFICACION

(31)

Violación de las distancias de seguridad causan accidentes fatales

DISTANCIAS DE

SEGURIDAD

(32)
(33)
(34)

OBJETIVO OBJETIVO : :

Establecer los requisitos, requisitos, procedimientos,

procedimientos,

responsabilidades y plazos responsabilidades y plazos a cumplir por los interesados, proyectistas, contratistas y

concesionarios en la elaboración de proyectos y ejecución de

obras correspondiente a los sistemas de distribución y

utilización de media tensión, que se desarrollen dentro de la zona de concesión del concesionario de distribución.

NORMA DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACION DE PROYECTOS Y OBRAS EN SISTEMAS DE DISTRIBUCION Y SISTEMAS DE UTILIZACION EN MEDIA TENSION EN ZONAS DE CONCESION DE DISTRIBUCIÓN

(35)

GENERALIDADES

Se requiere la elaboración de un proyecto para los

SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN en los siguientes casos:

Para electrificar áreas de terreno que se encuentran en proceso de habilitación.

Se requiere la elaboración de un proyecto para los

SISTEMAS DE UTILIZACIÓN

SISTEMAS DE UTILIZACIÓN en media tensión para:

Para dotar de suministro eléctrico en media tensión a un predio

único.

(36)

SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN

Y SISTEMAS DE UTILIZACIÓN

(37)

ETAPAS DE UN PROYECTO

Fijación del punto de

diseño

Elaboración

del Proyecto Revisión del

proyecto

Subsanación de observaciones

Aprobación del Proyecto

Inicio

- Ejecución y control - Ejecución de Pruebas

Recepcion o conformidad y puesta

en Servicio Factibilidad de

Suministro

SI

NO

(38)

Sistema de Distribución Sistema de Distribución

SE Existente

SE Nueva

Subsistema de Distribución

Primaria

Subsistema de Distribución

Secundaria

(39)

Sistema de Distribución Sistema de Distribución

Instalaciones de alumbrado público

(40)

Sistema de Utilización Sistema de Utilización

Punto de diseño

Punto de entrega

Subestación particular

(41)

Punto de diseño Punto de entrega

Subestación particular

INTERESADO

Lín ea 22, 9 k V

Instalaciones eléctricas de MT desde el punto de entrega hasta los bornes de BT del transformador.

Pueden ubicarse en la vía pública o en propiedad privada, excepto la

subestación, en la propiedad del Interesado.

Sistema de Utilización

Sistema de Utilización

(42)

% DE

HABITABILIDAD REQUISITOS 1 Electrificación a cargo del

Concesionario

> 40 %

Con Habilitación Urbana (otorgada por el municipio

provincial y/o distrital) 2 Electrificación a cargo del

Usuario

40 %

Con Habilitación Urbana

(otorgada por el municipio provincial y/o distrital) 3

Cualquier

%

Habilitación Urbana en proceso de aprobación

4

> 70 %

(estimado)

Sin Habilitación Urbana

(Con/Sin certificado de posesión) Venta en Bloque

(Suministro provisional) Electrificación provisional a cargo de los usuarios

ARTÍCULO 85°

LEY DE CONCESIONES ELÉCTRICAS Artículo 85°

(Suspendido) (Suspendido)

En el caso de solicitantes pertenecientes a zonas habitadas que

cuentan con habilitación urbana y que tengan un índice de ocupación predial > 40%, corresponde al concesionario efectuar, a su costo,

todas las obras de electrificación definitiva

...

(43)

Norma Técnica DGE Alumbrado de Vías Publicas en zonas de concesión de distribución

Objetivo:

Establecer las exigencias lumínicas mínimas que deben cumplir las instalaciones de alumbrado de vías públicas desde su etapa de diseño; los estándares de calidad mínimos exigidos dentro del marco del cumplimiento de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos...

(44)

TABLA I Tipos de Alumbrado según la clasificación vial

(45)

Estándares de Calidad de Alumbrado Público

MEM / DGE / DN 5

ILUMINANCIA

Es la cantidad de luz que incide sobre una superficie proveniente de una fuente de luz.

Unidad : lux

ILUMINANCIA

(46)

MEM / DGE / DN 6

LUMINANCIA

E s la cantid ad d e luz reflejad a po r una d eterm inad a sup erficie en d irecció n al o b servad o r.

U nid ad : cd /m 2 L U M IN A N C IA

(47)
(48)
(49)

Media Tensión Punto de entrega

Acometidas aéreas

domiciliarias

(50)

www.

www. minem minem .gob. .gob. pe pe

MUCHAS MUCHAS

GRACIAS GRACIAS

jcondor

jcondor @ @ minem minem .gob. .gob. pe pe

Juan Cóndor Canales

Juan Cóndor Canales

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Tabla 219 CNE- Suministro
TABLA I    Tipos de Alumbrado según la clasificación vial

Referencias

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