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NRCHIY0BO la LpEroTviinclia de FAjilbacete.
Miércoles 26 de Enero,
1994
Número 11SUMARIO
Anuncio del Gobierno Civil de Albacete
Edictos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha 2
Anuncios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha 3
Id. de la Diputación de Albacete 4
Notificaciones de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Albacete 7
Edictos de la Agencia Estatal de Administración tributaria de Albacete 8
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana 11
Anuncios de varios Ayuntamientos 13 y 24
Edictos de varios Juzgados 16
GOBIERNO CIVIL DE ALBACETE ANUNCIO
Ignorándose el domicilio actual de don Rosendo Fernández Gorreta, anteriormente domiciliado en calle Castillo, 4, de Almansa, y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto para que sirva de notifica- ción de la propuesta de resolución sancionadora del. expediente sancionador número 844/93, cuyo tenor literal es el siguiente:
Notificación de la propuesta de resolución sancionadora Con esta misma fecha la Instructora ha formulado al Excmo.
Sr. Gobernador Civil propuesta de resolución sancionadora del expediente sancionador número 844/93 contra don Rosendo Fernández Gorreta.
Lo que le notifico con traslado del texto de la propuesta de resolución
sancionadora
para su conocimiento y efectos, así conto relación de los documentos obrante en el expediente.Al propio tiempo le informo del derecho que le asiste de conformidad con lo preceptuado en el artículo 19 del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado por RD. 1398/93, de 4 de agosto, para que en el plazo de quince dfas hábiles pueda alegar cuanto considere conveniente a su defensa.
Albacete 4 de enero de 1994.—El Secretario General acctal., María Pilar Fajardo López.
Expediente 844/93
Dala Maria Pilar Fajardo López, Instructora del expediente sancionador número 844/93, en materia de drogas, incoado por este Gobierno Civil a don Rosendo Fernández Gorreta.
Una vez concluida la tramitación del procedimiento conforme a las disposiciones establecidas en materia sancionadora por los artículos 127 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce- dimiento Administrativo Común y concordantes del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado por Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto (B.O.E.
número 189, de 9 de agosto), formula la siguiente Propuesta de resolución sancionadora Resultando: Que por este Gobierno Civil con fecha 28 de octubre de 1993 se acordó la incoación de expediente sancionador contra don Rosendo Fernández Gorreta por presunta infracción grave contra el artículo 25, párrafo 1) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
Este acuerdo, que incluye la designación de Instructor y Secretario y los demás pronunciamientos establecidos reglamentariamente, se notificó al interesado, concediéndole un plazo de quince días para formular alegaciones y aportar docu- mentos o proponer los medios de prueba convenientes a su derecho.
Resultando: Que notificado acuerdo de incoación se le conce- de un plazo legal para formular alegaciones, sin que haya ejercitado dicho derecho.
Resultando: Se ha interesado e incorporado al expediente el siguiente informe: t) Análisis químico de la sustancia aprehendi- da realizada por la Unidad Administrativa Provincial del Ministerio de Sanidad y Consumo, de fecha 8 de octubre de 1993.
Resultando: Concluida la instrucción resultan probados e
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
2 Miércoles 26 de Enero, 1994 B.O.P. número 17 imputados al denunciado los siguientes
Hechos:
Que a las 13,15 horas del día 24 de septiembre de 1993 se encontraba en el camino rural denominado Camino de los Médi- cos, en el extrarradio de Almansa (Albacete), teniendo en su poder 0,20 gramos de anfetamina, siendo además reincidente al tener incoado el expediente 534/93 por tenencia de dos gramos de hachís.
Vistos: La Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protec- ción de la Seguridad Ciudadana, la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Reglamento de Proce- dimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado por Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto (B.O.E. 189, de 9 de agosto).
Considerando: Que los hechos probados constittiyen una infracción tipificada como falta grave por el artículo 25.1 de la Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, sancionable con multa de 50.001 a 5.000.000 de pesetas e incautación de las drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas e ins- trumentos o efectos utilizados para la comisión de la infracción.
Considerando: Que el artículo 29.1 d de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, atribuye al Gobernador Civil la competencia para imponer sanciones de multa por faltas leves y graves en cuantía de hasta un millón de pesetas, así como las de incautación de las drogas tóxicas e instrumentos empleados.
Considerando: Que el procedimiento instruido se ha seguido conforme a los trámites del procedimiento ordinario regulado en el citado Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionado.
Considerando: Que transcurrido el plazo reglamentario no ha formulado descargos hay que atribuir veracidad y fuerza proba- toria a la denuncia (S.T.S. de 8-2-71, 5-3-79 y 11-12-80).
Considerando: Que la realidad socioeconómica de la provin- cia, la cuantía aprehendida y el hecho de constituir la segunda infracción en esta materia cometida por el incuplado, son circuns- tancias que aconsejan graduar la multa 60.000 pesetas, cuya cuantía resulta suficiente para garantizar la finalidad de lucha contra la droga perseguida por la Ley de Protección de la Segu- ridad Ciudadana.
En virtud de lo expuesto se propone:
Primero: Declarar a don Rosendo Fernández Gorreta respon- sable de una falta grave contra la seguridad ciudadana por tenencia de sustancias estupefacientes en lugar público, tipificada en el artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero.
Segundo: Imponerle, en consecuencia, una sanción de 60.000 pesetas.
Tercero: Acordar la incautación definitiva y destrucción de la droga tóxica aprehendida.
No obstante V.E. resolverá lo procedente.
Albacete 4 de enero de 1994.—La Instructora, María Pilar
Fajardo López. 980
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA
EDICTOSEnrique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Ford presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete. hace saber: Que por el Letrado don Antonio López Cantos, en nombre y representación de Fernando Moreno López, se ha interpuesto recurso contencioso-adminis- trativo contra el acuerdo del Ayuntamiento de Albacete sobre solicitud segregación de terrenos rústicos y para uso agrícola de una parcela, resolución de fecha 15-10-93, expediente 197/93.
Yen cumplimiento de lo previsto colas artículos 60 y 64 de
la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directora el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.
Dicho recurso ha sido registrado bajo número 01/0001028/
1993.
Dado en Albacete a 11 de enero de 1994.—Enrique Roca
Robles. 913
Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho, Secreta- rio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saben Que por doña Reyes García Aguilar, Abogada, en nombre y representación de doña Ramona Llanos López Giménez, se ha interpuesto recurso con- tencioso-administrativo contra el acuerdo del Ayuntamiento de Albacete de fecha 5 de octubre de 1993 por el que se impone a la actora la sanción de 10.000 pesetas por infracción de tráfico.
Yen cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la administración.
Dado en Albacete a 13 de enero de 1994.—José Pedro Rubio
Paterna. 997
Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho, Secreta- rio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Castilla-La
Mancha. Sección Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por el Procurador don José Ramón Fernández Manjavacas, en nombre y represen- tación de la entidad recurrente Caja de Ahorros de Valencia,Castellón y Alicante
(Bancaja),
se ha interpuesto recurso conten- cioso-administrativo contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional deCastilla-La
Mancha, de fecha26
de octubre de 1993, adoptada en el expediente número02-94/93,
en concepto deautoliquidación
del impuesto cm Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, existiendo una diferencia entre el valor declarado en laautoliquidación
y el valorBiblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B.D.P.
numero
II Miércoles 26 de Enero, 1994 3asignad o
por la Administración de
1.873.714pesetas.
Yen
cumplimiento de lo
prfivisto enlos artículos
60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción,se
hace público paraque sirva de
emplazamientoa
las personas quecon arreglo
a losartículos
29,párrafo
1) apartado b),y
30 dela
indicada Ley, estén legitimadas como partedemandada
yde las que tuvieren
interés directo
en el
mantenimientode la resolución recurrida y quisieren
intervenir enel procedimiento como parte coadyuvante
de la administración.Dicho
recurso
hasido
registradocon el número
2-2de
1994.Dado en
Albacete
a 12de enero de
1994.—JoséPedro Rubio
Paterna. 998
Don José
Pedro Rubio Paterna, Licenciado
enDerecho, Secreta-
rio de la Salade
loContencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La
Mancha.Sección 2...
Por
elpresente
anuncio quese publicará en el
Boletín Oficial de la provinciade
Albacete,hace saber:
Quepor
la Letradadoña
Ana HemándezGarcía,
ennombre
yrepresentación del recurrente
don FranciscoLópez
Resa, seha interpuesto recurso contencioso-
administrativo contra la resolución sancionadoradel
Excmo.Ayuntamiento de Albacete
porsupuesta infracción
dela
Orde- nanzamunicipal por estacionamiento careciendo de ticket en
zona azul,en expediente número
23194/93.Yen cumplimiento
de lo previsto en los artículos
60y
64de la vigente Ley
reguladora deesta
Jurisdicción,se hace
públicopara que sirva de
emplazamiento alas personas que con arreglo
alos
artículos 29, párrafoII apartado
b),y
30de la indicada Ley,
estén legitimadascomo
parte demandaday de
las quetuvieren interés
directo enel
mantenimientode
laresolución recurrida y quisieren inte
rvenir en el
procedimientocomo parte coadyuvante
de la administración.Dicho
recurso ha sido registrado con
el número 21-2de
1994.Dado en
Albacete
a 13 deenero de
1994.—JoséPedro Rubio
Paterna.
999JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA
-LA MANCHA
Consejería de Obras Públicas ANUNCIOS
Anuncio de la Comisión Provincial de Urbanismo de Albacete relativo a exposición pública de expediente de construcción en suelo no urbanizable de estación base de telefonía móvil.
Paraje: Campillo del Negro. Chinchilla (Albacete) A
instancias de Telefónica de España,
S.A.
De conformidad con lo establecido en el artículo
16del Texto Refundido
dela
Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana,aprobado
por Real DecretoLegislativo
1/1992,de
26 de junio,se abre
unperíodo de información pública durante quince
días hábilesa
partir delsiguiente
a supublicación a fin de que los
interesados puedan formular
las alegaciones que
estimenconve- nientes previa
ala adopción de la resolución definitiva por la Comisión Provincial de Urbanismo.
Durante
el
plazo indicado el mencionadoexpediente
se hallaráa disposición de cuantos quieran examinarlo
enel Servicio-de Urbanismo de la Delegación Provincial en Albacete de la Consejería
de ObrasPúblicas de la J.C.C.M.,
sita enAvda. de España,
8—B, 5.5planta.
Albacete
10de enero,
de1994.—EISecretario de la Comisión,
Ernesto Polo Resta. 764
Anuncio de la Comisión Provincial de Urbanismo de Albacete relativo a la exposición pública de expediente de construcción en suelo no urbanizable de estación base de telefonía móvil.
Paraje Monte Cabeza de la Dehesa. Ossa de Montiel (Albacete)
A instancias de Telefónica de España,
S.A.
De conformidad con lo establecido
enel artículo
16del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación
Urbana, aprobadopor
Real DecretoLegislativo
1/1992,de
26 de junio,se abre
unperíodo de información pública durante quince
díashábiles
apartir del siguiente
a supublicación
afin de que los
interesados
puedanformular las alegaciones que estimen conve- nientes previa
ala adopción de la resolución definitiva por la Comisión Provincial de Urbanismo.
Durante el plazo indicado el mencionado expediente
sehallará
adisposición de cuantos quieran examinarlo
enel Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial
enAlbacete de la Consejería de Obras Públicas de la J.C.C.M., sita
enAvda. de España,
8—B, 5..planta.
Albacete
10de enero
de 1994.—ElSecretario de la Comisión,
Ernesto Polo Resta.
765Anuncio de la Comisión Provincial de Urbanismo de Albacete relativo a la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Mullera (Albacete). Reclasificación de suelo industriales
suelo residencial y dotacional.
A instancia
del Ayuntamiento de Munera(Albacete) la
Comi- sienProvincial de
Urbanismo, en susesión del día
11de julio de
1991,adoptó el siguiente
acuerdo:Visto el
proyecto de modificación puntual de las NormasSubsidiarias de
Munera(Albacete), consistente
en reclasificacióndel suelo industrial
ensuelo
residencialy
dotacional.Resultando
que, transcurrido el periodo de información públi- ca,fue aprobado
provisionalmente porel
citado Ayuntamientoy remitido
ala
Comisión Provincialde
Urbanismo para su estudioy aprobación definitiva.
Vistos
el
R.D.L. 1/1992,de
26de junio,
porel
que se apruebael Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, el Reglamento de Planeamiento de
23de junio de
1978y demás disposiciones generales y
complementa-rias de pertinente aplicación.
Considerando que el proyecto de modificación puntual
ha sido informadopor
la PonenciaTécnica de esta
Comisión, cumplelos requisitos exigidos
unavez subsanadas las deficiencias
nosustanciales que
seseñalaban, y ha observado los trámites legales
establecidos en las mencionadasdisposiciones.
Esta Comisión Provincial
de
Urbanismo acuerda, por unanimidad,conceder suaprobación definitiva al
proyectode
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
4 Miércoles 26 de
Enero,
1994 B.O.P. numero 11 modificación puntual Normas Subsidiarias de Munera (Albacete).Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa y que se notificará' en forma al municipio interesado, se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes a partir del siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial
de la Provinciay Diario Oficial de Castilla—La Mancha, ante el Consejero de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla—La Mancha.
Albacete 20 de diciembre de 1993.—E1 Secretario de la Comi-
sión, Ernesto Polo Resta. 766
Anuncio de la Comisión Provincial de Urbanismo de Albacete relativo a la exposición pública de expediente de construcción en suelo no urbanizable de estación base de telefonía
móvil.Paraje Montecastillo. Montealegre del Castillo (Albacete)
A instancias de Telefónica de España, S. A.De conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, se abre un período de información pública durante quince días hábiles a partir del siguiente a su publicación a fin de que los
interesados puedan formular las alegaciones que estimen conve- nientes previa a la adopción de la resolución definitiva por
la
Comisión Provincial de Urbanismo.Durante el plazo indicado el mencionado expediente se hallará a disposición de cuantos quieran examinarlo en el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial en Albacete de la Consejería de Obras Públicas de la J.C.C.M., sita en Avda. de España, 8—B, 53 planta.
Albacete 10 de enero de1994.—E1 Secretario de la Comisión,
Ernesto Polo Resta. 772
Anuncio de la Comisión Provincial de Urbanismo de Albacete relativo a la exposición
pública de expedientede
construcciónen suelo no urbanizable
de nave industrialen
laC. N.
430Valencia-Badajoz,
p.k.439. Ossa de Montiel (Albacete)
A instancias de don Antonio de la Dueña Buendía.De conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, se abre un período de información pública durante quince días hábiles a partir del siguiente a su publicación a fin de que los
interesados puedan formular las alegaciones que estimen conve- nientes previa a la adopción de la resolución definitiva por la Comisión Provincial de Urbanismo.
Durante el plazo indicado el mencionado expediente se hallará a disposición de cuantos quieran examinarlo en el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial en Albacete de la Consejería de Obras Públicas de la J.C.C.M., sita en Avda. de España, 8—B, 5. 5 planta.
Albacete 10 de enero de1994.—E1 Secretario de la Comisión,
Ernesto Polo Resta. 782
DIPUTACION DE ALBACETE ANUNCIO
Acordada la cesión del contrato de las obras de pavimentación (Plan 1992) en Casas de Lázaro, por el contratista "Obras y Excavaciones Albacete, S.L.", al contratista don Antonio Rodrí- guez Muñoz, por Decreto o Resolución de la Presidencia número 1128 de 22-9-93, e iniciadas en consecuencia, actuaciones para la devolución de la fianza constituida por el primero, Obras y Excavaciones Albacete, S.L., en garantía del contrato de referen- cia, he acordado publicar el presente anuncio en el
Boletín Oficial
de la Provincia, a fin de que ante el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Casas de Lázaro, término municipal afectado por dicha obra, puedan presentar las Corporaciones o particulares aquellas recla- maciones que estimen pertinentes en contra del contratista, pordeudas de jornales o materiales, en el plazo de quince días hábiles, que se contarán desde el siguiente al que se publique este anuncio.
Las reclamaciones han de presentarse a la vez ante las autori- dades judiciales o tribunales que tengan competencia para resolverlas.
Durante los quince días siguientes del plazo anterior, el Sr.
Alcalde del Ayuntamiento de Casas de Lázaro, remitirá a esta Excma. Diputación.Provincial certificación de las reclamaciones presentadas y si no lo hiciere se entenderá que no las hubo y se procederá a la devolución de la fianza.
Albacete a 11 de enero de 1994.— ElPresidente, Juan Francisco
Fernández Jiménez. 896
Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria
deAlbacete: Zona
1Albacete
-Capital EDICTO
Fernando Albaladejo Castellano, Jefe de la Zona expresada.
Hace saber: Que en las certificaciones de descubierto colectivas de sujetos pasivos que no pagaron sus cuotas dentro del período voluntario de cobranza, figuran los que a continuación se expresan con los siguientes débitos a la Hacienda Municipal:
Contribuyente Concepto Año Número fijo Importe
TotalMovez
Domínguez Francisco urbana 1991/1 10046630Y 6.7066.706
Movez
Domínguez Francisco urbana 1992/110046630Y
7.544 7.544Abel Alfaro, S.A. urbana
1992/1
10042785L 25.832 25.832Abellän
Pastor Dolores urbana 1992/110060260M 4.052 4.052
Aceituna Contreras
Amadeo
urbana 1991/110086670V 6.380
6.380Alarcón
Fernández Alonso urbana1990/1 10072564J
7.2637.263
Alba Sudes, S.L. urbana
1992/1
10068310A12.855
12.855Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B4O.P• número II Miércoles
26
de Enero,1994 5
Contribuyente Concepto Año Número
fijo
Importe TotalAlbairnpor urbana 1990/1 10075758N 6.063
Albaimpor urbana
1991/1 I0075758N 6.367 12.430
Alcaraz Calero Alfonso urbana
1992/1 10043985F
24.897 24.897Alcázar Bleda Antonio urbana
1990/1 100563120 1.690 1.690
Alfaro Cano Isidro urbana
1992/1 10097910C 6.502 6.502
Alfaro Escudero
M.
del Señor urbana1990/1 10057379A 14.820
14.820Alfaro
LópezMabel
urbana1992/1 10060455V 11.736 11.736
Alfaro Piqueras Fermín urbana
1990/1 10068472H 1.079
Alfaro
Piqueras Fermín urbana1991/1 I 0068472H 1.133
Alfaro
Piqueras Fermín urbana1992/1 I0068472H
1.2753.487
Alfaro
Sánchez Gabriel Pedro urbana1990/1 I0068473P 1.295
Alfaro
Sánchez Gabriel Pedro urbana1991/1 I0068473P 1.360
Alfaro
Sánchez Gabriel Pedro urbana1992/1 I0068473P 1.530 4.185
Alfaro
Soriano Victoriano urbana1991/1 100848750 6.444 6.444
Aparicio Charco
Ovidia
urbana1991/1 10065741R 1.153
Aparicio Charco
Ovidia
urbana1992/1 10065741R 1.297 2.450
Arenas Fuentes Catalina urbana 1991/1
I0053964D
5.1605.160
Argandoña
López Juana urbana1991/1 10059965R 2.193 2.193
Argandoiia
López Juana urbana1990/1 10059965R 2.088 2.088
Aroca
Arroyo Pedro urbana 1990/110067261E
1.880 1.880Aroca
Sánchez Alfonso urbana1991/1 100417520 11.157 11.157
Atienza Martínez Alejandro urbana
1991/1 10101281W 1.069 1.069
Auge-I,
S.A. urbana1992/1 10338549A 1.612 1.612
Autoservicio
Alim Salao,
S.A. urbana1990/1 10043625V 33.121
Autoservicio
Alim Salao,
S.A. urbana 1991/1 10043625V 34.777Autoservicio
Alim Salao, SA.
urbana 1992/110043625V 39.124 107.022
Avendaño
Martínez Catalina y A urbana1991/1 10078091A 620
Avendarlo
Martínez Catalina y A urbana 1991/1I 0078093Q 620
Avendatio
Martínez Catalina y A urbana1991/1 10078103P 565 1.805
Avendaño
Martínez Catalina y A urbana1992/1 10078091A 697
Avendatio
Martínez Catalina y A urbana1992/1 10078103P 636
Avendaño
Martínez Catalina y A urbana1992/1 10078093Q 697 2.030
Avendaño Sotos Agustín urbana
1992/1 I0095972W 7.545 7.545
Ayuso Molina Manuel urbana
1992/1 10170491B 14.678 14.678
Bäidez Bäidez
Augusto urbana1991/1 10085436C 7.390 7.390
Barba Roldán Miguel urbana
1990/1 10085321W 15.726 15.726
Barce16 Cuerda
Angela
urbana1992/1 10073465K 2.482 2.482
Bautista Rueda Juana urbana
1990/1 10098034L 2.421 2.421
Belmonte
López María urbana1990/1 10085944E 4.489
Belmonte
López María urbana1991/1 10085944E 4.714
Belmonte
López María urbana1992/1 10085944E 5.303 14.506
Belmonte
Merino Angel urbana1991/1 10041733M 2.475
Belmonte
Merino Angel urbana1992/1 I0041733M 2.784 5.259
Bonal
Rubio Roque urbana1991/1 10096719L 9.325 9.325
Borrel
Pascual Juan urbana1991/1 10059019S 1.792 1.792
Caía Romero Nicolás urbana
1991/1 100889860 6.092 6.092
Caía Romero Nicolás urbana
1991/1 10088986E 6.853 6.853
Calderón
Garcia
María Rosa urbana1991/1 10060103W 4.666 4.666
Calderón
Garijo
Teresa y I más urbana1992/1 10098453X 8.252 8.252
Calero
Villaplän
Juan urbana1992/1 10068876C 6.117 6.117
Cámara Salinas Francisco urbana
1991/1 10055409W 6.210 6.210
Cambres Cuesta José urbana
1992/1 10069793T 4.575 4.575
Canales Paños Antonio urbana
1992/1 1(X/91861B 2.801 2.801
Cano García
Filernón
urbana1990/1
118155256K2.123
Cano García
Filemlin
urbana1991/1 10055256K 2.229
C
ano GarcíaFilemón
urbana1992/1 10055256K 2.508 6.860
Cantó Miranda
Ervigio
urbana1992/1 10095661M 4.496 4.496
Cantó Serrano Encarnación urbana
1991/1 10051646X 11.532 11.532
C
astillo Bonete J.Américo
urbana1991/1 10083080R 8.537 8.537
C
astillo Núñez Antonio urbana1990/1 10097545N 6.253 6.253
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
6
Miércoles26
de Enero,1994
B.O.P. numero11
Contribuyente Concepto Ario Número fijo Importe Total
Ceballos
Ruiz Magdalena urbana1991/1 10100601W 5.948
Ceballos
Ruiz Magdalena urbana1992/1 10100601W 6.691 12,639
Cebrián
García Francisco urbana1992/1 10050395J 12.305 12.305
Cebrián
Paños Trinidad urbana1991/1 10042396L 6.015 6.015
Cebrián
Paños Trinidad urbana1992/1 10042396L 6.767 6.767
Cebrián
Sarria Antonio urbana1991/1 10089657J 6.308 6.308
Cebrián
Sarria Antonio+
1 urbana1991/1 10044693N 7.181
Cebrián
Sarrió Antonio+
I urbana1992/1 10044693N 8.079 15.260
Cerámica Albacete, S.A. urbana
1992/1 10074710N 3.452 3.452
Chacón Aguilar
J. Julián urbana1990/1 10088528F 1.647
Chacón Aguilar
J. Julián urbana1991/1 10088528F 1.730
Chacón Aguilar
J. Julián urbana1992/1 I0088528F 1.946 5.323
Chumillas
Ruiz Pedro urbana1992/1 10078057V 25.419 25.419
Cifo
GarcíaLucrecia
urbana1992/1 10043092C 5.904 5.904
Cifuentes Alfaro
Juan José urbana1990/1 10089853Q 3.923
Cifuentes Alfaro
Juan José urbana1992/1 10089853Q 4.635 8.558
Colmenero Colmenero Antonio urbana
1990/1 10090659B 4.110
Colmenero Colmenero Antonio urbana
1991/1 10090659B 4.31 5 8.425
Comunidad de
Garajes Pz. Manch
urbana1992/1 10101948P 58.444 58.444
Cortés
Rodenas
José urbana -1991/1 10067680H 3.655 3.655
Cotillas García Fernando urbana
1991/1 10101718T 10.386
Cotillas García Fernando urbana
1992/1 10101718T 11.684 22.070
Cuesta Izquierdo Alonso urbana
1990/1 10170145E 7.512
Cuesta Izquierdo Alonso urbana
1991/1 10170145E 7.887 15.399
Davia
Castillo Pedro urbana1991/1
I0044399X 8.810
Davia
Castillo Pedro urbana1992/1
I0044399X 9.911 18.721
De Con García Angel urbana
1991/1 10080364W 15.452 15.452
De la Calzada
Monteagudo 1
urbana1992/1 I0070351M 16.953 16.953
Esparcia
Gil Juan urbana1990/1 10080195R 5.272
Esparcia
Gil Juan urbana1991/1 10080195R 5.536 10.808
Fernández Fernández José Lino urbana
1990/1 10074572T 12.186 12.186
Fernández Torres Tomás urbana
1991/1 10049371W 5.401
Fernández Torres Tomás urbana
1991/1 10049372H 1.736
Fernández Torres Tomás urbana
1992/1 1004937IW 6.076
Fernández Torres Tomás urbana
1992/1 10049372H 1.953 15.166
Fontecha
y Cano, S.A. urbana1991/1 I0061395S 24.353
Fontecha
y Cano,SA.
urbana1991/1 10061397L 51.985
Fontecha
y Cano, S.A. urbana1991/1 10061398T 27.631
Fonte,cha
y Cano; S.A. urbana1992/1 10061395S • 27.397
Fontecha
y Cano, S.A. urbana1992/1 10061398T 31.085
Fontecha
y Cano,SA.
urbana1992/1 I0061397L 58.483 220.934
Total municipio
985.820
Total final985.820
En las correspondientes certificaciones de descubierto colectivas, el Sr. Jefe del Servicio Provincial de Recaudación de la Excma.Diputación de Albacete, dictó la siguiente:
Providencia.
-En
uso de la facultad que me confiere el artículo 5.,3,c) del Real Decreto 1174/1987, del 18 de septiembre, en concordancia con el artículo 106 del Reglamento General de Recaudación, declaro incurso en el recargo del 20% el importe de las deudas incluidas en la anterior relación y dispongo se proceda ejecutivamente contra el patrimonio de los deudores, con arreglo a los preceptos de dicho Reglamento».Contra la transcrita providencia de apremio y sólo en los casos a que se refieren los artículos 137 de la Ley General Tributaria y 99 del Reglamento General de Recaudación, procede recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo ante el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria, en el plazo dran mes, contado a partir del siguiente día al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia: bien entendido que el procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en la forma y términos señalados en el artículo 101 del citado Reglamento.
Por el presente, se les advierte sobre la posibilidad de solicitud de aplazamiento de pago, conforme a los requisitos establecidos en el capítulo VII del libro I del Reglamento General de Recaudación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 108 del mismo Texto Legal, se notifica a los deudores por cl presente, advirtiéndoles que en caso de no efectuar el ingreso en los plazos que a continuación se indican, se procederá sin más al embargo de bienes o a la ejecución de garantías existentes:
Plazos de ingreso: Publicado el edicto entre los días 1 al 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes, o inmediato hábil posterior.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B.O.P. numero 11 Miércoles 26 de Enero, 1994 7 Publicado el edicto entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.
Requiriéndoles al pago de principal de la deuda, recargos de apremio y costas producidaS ene! expediente, más los intereses de demora legalmente devengados.
De conformidad con lo dispuesto ene! artículo 103.6 del citado Cuerpo legal, se invita a los deudores para que ene! plazo de ocho días, contados a partir del día siguiente al de esta publicación, comparezcan por sí o por medio de sus representantes legales, ene!
expediente ejecutivo que se les sigue para la realización de los descubiertos, bajo apercibimiento de que, de no personarse, se les tendrá por notificados de todas las sucesivas diligencias, hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.
Albacete, a 12 de enero de 1994.—Femando Albaladejo Castellano. 774
DIRECCION
PROVINCIAL DE TRABAJO, SEGURIDAD SOCIAL Y ASUNTOS SOCIALES DE ALBACETE
NOTIFICACIONES
Se pone en conocimiento de la empresa Géneros de Punto Santa Quiteria, dedicada a la actividad de industrial textil y cuyo último domicilio conocido era calle Arriba, número 30, Mora de Santa Quiteria, Tobarra, que al intentar la notificación de la resolución dictada por el Ilmo. Sr. Director Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, confirmando el acta de infracción número 698/93, se constató que la citada empresa se ha ausentado de dicho domicilio sin dejar señas de otro, por lo que de conformidad con lo dispuesto ene! artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo y para que sirva de notificación se remite para su inserción ene! Boletín Oficial de la provincia de Albacete, así como al Ayuntamiento de Tobarra, para que sea expuesto ene! tablón de anuncios del mismo.
Visto el expediente número 579/93 instruido por la Inspec- ción Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Albacete en virtud de acta de infracción número 698/93, incoada en fecha 8- 7-93, a la empresa Géneros de Punto Santa Quiteria, con domicilio en calle Arriba, número 30, Mora de Santa Quiteria. Tobarra
(Albacete).
Fallo: Que procede imponer a la citada empresa, la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de 150.000 pesetas.
Recurso: Cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr.
Subdirector General de Asistencia Técnico-Jurídica de la Segu- ridad Social ene! plazo de quince días hábiles, siguientes al de su notificación, de acuerdo con los artículos 122 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17-7-58. Orno interpo- nerse habrá de efectuarse el pago, en metálico, en la "Cuenta Especial de Ingresos" de la Tesorería General de la Seguridad Social abierta en la Caja Postal de Ahorros, dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la notificación de esta resolu- ción, ya que en otro caso se procederá a su exacción por la vía ejecutiva de apremio, de acuerdo con lo dispuesto ene! artículo 12.2 de la Ley 40/80, de 5 de julio.
Albacete 12 de enero de 1994.—El Director Provincial de Trabajo. Seguridad Social y Asuntos Sociales, Juan Andújar
Tomás. 771
Se pone en conocimiento de la empresa Andrés García Chillerón, dedicada a la actividad de chalanería y cuyo último domicilio conocido era calle Andrés García Martí, número 3, izquierda, La Roda, que al intentar la notificación de la resolución dictada por el Ilmo. Sr. Director Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, confirmando el acta de infracción número 797/93, se constató que la citada empresa se ha ausentado de dicho domicilio sin dejar señas de otro, por lo que de confor- midad con lo dispuesto en el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo y para que sirva de notificación se remite para su inserción ene! Boletín Oficial de la provincia de Albacete, así como al Ayuntamiento de La Roda, para que sea expuesto ene! tablón de anuncios del mismo.
Visto el expediente número 588/93 instruido por la Inspec- ción Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Albacete en virtud de acta de infracción número 797/93, incoada en fecha 5- 8-93, a la empresa Andrés García Chillerón, con domicilio en calle Andrés García Martí, número 3, 3.., izqda., La Roda
(Albacete).
Fallo: Que procede imponer a la citada empresa, la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de 50.100 pesetas.
Recurso: Cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr.
Subdirector General de Asistencia Técnico-Jurídica de la Segu- ridad Social en el plazo de quince días hábiles, siguientes al de su notificación, de acuerdo con los artículos 122 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17-7-58. De no interpo- nerse habrá de efectuarse el pago, en metálico, en la "Cuenta Especial de Ingresos" de la Tesorería General de la Seguridad Social abierta en la Caja Postal de Ahorros, dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la notificación de esta resolu- ción, ya que en otro caso se procederá a su exacción por la vía ejecutiva de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Ley 40/80, de 5 de julio.
Albacete 12 de enero de 1994.—El Director Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, Juan Andújar
Tomás. 767
Se pone en conocimiento de la empresa Confecciones Eurolaylor, S. L., dedicada a la actividad de confecciones y cuyo último domicilio conocido era calle Hermanos Pinzón, 41, que al intentar la notificación de la resolución del recurso de alzada dictada por el Ilmo. Sr. Director General de Ordenación Jurídica Y Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social, por la que se acuerda desestimar el recurso de alzada deducido, se constató que la citada empresa se ha ausentado de dicho domicilio sin dejar
'Lama uu uuu, , tu yuc uumuttutudu t.:vil iii iiivgia..vio CII CI articulo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo y para que sirva de notificación se remite para su inserción ene! Boletín Oficial de la provincia de Albacete, así como al Ayuntamiento de Albacete, para que sea expuesto en el tablón de anuncios del mismo.
Visto el recurso de alzada interpuesto ante la Dirección General del Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Miércoles 26 de Enero, 1994 11.0.P. número 11
la Seguridad Social por la empresa Confecciones Eurotaylor, S.
L., en relación con el acta de infracción número 1234/91y expediente número 661/91.
La Dirección General acuerda desestimar el recurso de alzada deducido.
Lo que se notifica para conocimiento y efectos oportunos advirtiéndole que la presente resolución agota la vía administra- tiva, pudiendo, no obstante, si se desea impugnar interponerse en
el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Madrid 29 de noviembre de 1993.—E1 Jefe de la Sección, Mt Luisa Aravaca Villanova.
Albacete 12 de enero de 1994.—El Director Provincial de Trabajo y Seguridad Social. Juan Andújar Tomás. 769
Se pone en conocimiento de laempresaJesús Montero Martínez dedicada a la actividad de hostelería y cuyo último domicilio conocido era Ctra. de San Clemente, km. 11, Villarrobledo, que al intentar la notificación de la resolución del recurso de alzada dictada por el Ilmo. Sr. Director General de Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social, por la que se acuerda desestimar el recurso de alzada deducido, se constató que la citada empresa se ha ausentado de dicho domicilio sin dejar señas de otro, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo y para que sirva de notificación se remite para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, así como al Ayuntamiento de Vil larrobledo. para que sea expuesto en el tablón de anuncios del mismo.
Visto el recurso de alzada interpuesto ante la Dirección General del Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de
la Seguridad Social por la empresa Jesús Montero Martínez, en relación con el acta de liquidación número 284/92 y expediente número 410/92.
La Dirección General acuerda desestimar el recurso de alzada deducido.
Lo que se notifica para conocimiento y efectos oportunos advirtiéndole que la presente resolución agota la vía administra- tiva, pudiendo, no obstante, si se desea impugnar interponerse en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Madrid 3 de noviembre de 1993.—E1 Jefe de la Sección, José L. Muñoz de la Torre Moreno.
Albacete 12 de enero de 1994.—E1 Director Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Juan Andújar Tomás. 770
Se pone en conocimiento de laempresaJesús Montero Martínez dedicada a la actividad de restaurante y cuyo último domicilio conocido era Ctra. de San Clemente, km. 11. Villarrobledo, que al intentar la notificación de la resolución del recurso de alzada dictada por el Ilmo. Sr. Director General de Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social, por la que se acuerda desestimar el recurso de alzada deducido. se constató que la citada empresa se ha ausentado de dicho domicilio sin dejar señas de otro, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo y para que sirva de notificación se remite para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, así como al Ayuntamiento de Villarrobledo, para que sea expuesto en el tablón de anuncios del mismo.
Visto el recurso de alzada interpuesto ante la Dirección General del Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de
la Seguridad Social por la empresa Jesús Montero Martínez, en relación con el acta de infracción número 803/92 y expediente número 409/92.
La Dirección General acuerda desestimar el recurso de alzada deducido.
Lo que se notifica para conocimiento y efectos oportunos advirtiéndole que la presente resolución agota la vía administra- tiva, pudiendo, no obstante, si se desea impugnar interponerse en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Madrid 3 de noviembre de 1993.—E1 Jefe de la Sección. M.
José Taboada Fernández.
Albacete 12 de enero de 1994.—El Director Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Juan Andújar Tomás. 768
AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE ALBACETE
Administración de La RodaEDICTOS
Don Manuel Villasalero González, Administrador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en esta ciudad.
Hago saber: Desconociéndose el paradero de Construcciones Forma, S.L., con N.I.F. B02120392, domiciliado en Villarroble- do. Te. Cementerio, no ha sido posible efectuarle la notificación de la sanción con número de liquidación A-02069-93-50-000311- 4, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común , se procede a su notificación a través de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Que por esta Administración se ha practicado la citada liqui-
dación, por el concepto de infracción simple (artículo 78 de la Ley General Tributaria) por no atender requerimiento único en tiempo y forma por importe de 25.000 pesetas.
Instruido el expediente, en el que de conformidad con el artículo 9. del Real Decreto 2.631/1985, de 18 de diciembre (B.O.E. de 18 de enero de 1986), se dio audiencia al interesado, esta oficina, comprobado que se han producido los supuestos en que se basa la sanción y al no haberse formulado alegaciones en el plazo señalado se concluye que:
En base a lo anterior, se aprecia la comisión de una infracción tributaria y se acuerda elevar a definitiva la sanción que, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 82, 83, 87 y 88 de la Ley General Tributaria y atendiendo a los criterios de graduación
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
13.O.P.
número 11 Miércoles 26 de Enero, 1994previstos en el mismo texto legal se propuso, imponiendo una multa pecuniaria por importe de 25.000 pesetas.
El presente acuerdo puede ser recurrido en reposición ante esta oficina en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente notificación o ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional en el mismo plazo, sin que puedan ser simultaneados ambos recursos.
El importe que figura en la relación que se acompaña ha de ingresarlo rolas siguientes fechas: Si esta notificación se publica del 1 al 15 del mes, desde la fecha de publicación bastad día
5
del mes siguiente, o el inmediato hábil posterior si éste fuese festivo.Si se publica entre los días 16 y último de mes, desde la fecha de
publicación hasta el 20 del mes siguiente, o el inmediato hábil posterior si éste fuese festivo.
En cualquier caso los documentos de pago para su ingreso deberá recogerlos en las oficinas de esta Administración.
Este ingreso ha de efectuarlo a través de cualquier entidad colaboradora de su provincia o en la cuenta restringida de la entidad de depósito que prestad servicio de caja en su correspon- diente Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La Roda a
11
de enero de 1994.-E1 Administrador de la Agencia, Manuel Villasalero González.783
Don Manuel Villasalero González, Administrador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en esta ciudad.
Hago saber: Que desconociéndose el paradero de Andrés Martínez Olivares, con N.I.F. 5160583-G, con domicilio en
Villarrobledo,
calle Dolorosa, 3-2 Dcha., no ha sido posible efectuarle la notificación de la diligencia de embargo que se indica a continuación, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce- dimiento Administrativo Común , se procede a su notificación a través de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido y en el Boletín Oficial de la Provincia.Que por el Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda se ha dictado el siguiente acuerdo:
"Vistas las declaraciones correspondientes a los contribuyen- tes relacionados, practicadas las liquidaciones provisionales que se adjuntan de las que resultan las cantidades a devolver que se indican, procede reconocer el derecho a la devolución del importe que para cada contribuyente se consigna en la presente relación por el impuesto sobre la renta de las personas físicas y ejercicio de 1992, sin perjuicio de la posterior comprobación administra- tiva a que se refieren los artículos 109 y siguientes de la Ley General Tributaria."
Este acuerdo se efectúa en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100.2 de la Ley 18/91, de 6 de junio y 66 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto 1841/91, de
30
de diciembre. - En la referida relación figura Vd. con la cantidad a devolver de 125.243 pesetas.Dicha devolución ha sido objeto de embargo por importe de 16.530 pesetas, en virtud de lo establecido en la diligencia de embargo dictada por la Unidad de Recaudación y comunicada a esta oficina gestora, por lo que resulta una cantidad a devolver a su favor de
108.713
pesetas.Con fecha 10 de noviembre de 1993 se ordena la remisión de dicho importe por transferencia bancaria a la entidad y cuenta designada en su declaración.
Lo que se publica para el debido conocimiento y efectos, advirtiéndoles que contra el presente acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Delegado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación, o reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional en el mismo plazo, sin que puedan ser simultaneados ambos recursos.
La Roda a II de enero de 1994.-E1 Administrador de la Agencia, Manuel Villasalero González. 784
Don Manuel Villasalero González, Administrador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en esta ciudad.
Hago saber: Que desconociéndose el paradero de Martín Gabana Ricardo, con N.I.F. 9269403-N, con domicilio en Villa- rrobledo, calle Murillo, 10, no ha sido posible efectuarle la notificación de la liquidación provisional del I.R.P.F. del ejercicio 1992 que se le practic6 .por diferencias encontradas, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio- nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común , se procede a su notificación a través de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Que por el Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda se ha dictado el siguiente acuerdo:
"Vistas las declaraciones correspondientes a los contribuyen- tes relacionados, practicadas las liquidaciones provisionales que se adjuntan de las que resultan las cantidades a devolver que se indican, procede reconocer el derecho a la devolución del importe que para cada contribuyente se consigna en la presente relación por el impuesto sobre la renta de las personas físicas y ejercicio de
1992,
sin perjuicio de la posterior comprobación administra-tiva a que se refieren los artículos
109
y siguientes de la Ley General Tributaria."Este acuerdo se efectúa en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100.2 de la Ley 18/91, de 6 de junio y 66 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto 1841/91, de
30
de diciembre.En la referida relación figura Vd. con la cantidad a devolver de 65.735 pesetas. Dicha cantidad no coincide con el importe a devolver, según la declaración-liquidación presentada. Ello es debido a las diferencias encontradas en su declaración, que se especifican en el documento que se adjunta:
- Liquidación provisional con detalle explicativo al dorso de los preceptos normativos incumplidos.
Con fecha
21
de octubre de 1993 se ordena la remisión de dicho importe por transferencia bancaria a la entidad y cuenta designada en su declaración.Lo que se publica para el debido conocimiento y efectos, advirtiéndoles que contra el presente acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Delegado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación, o reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional en el mismo
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
10 Miércoles 26 de Enero, 1994 11.0.P. número 11 plazo, sin que puedan ser s • multaneados ambos recursos. Agencia, Manuel Villasalero González. 785
La Roda a 11 de enero de 1994.—El Administrador de la
Don Manuel Villasalero González, Administrador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en esta ciudad.
Hago saber: Que desconociéndose el paradero de Andrés Motilla Fernández, con N.I.F. 4952721-Q, con domicilio en La Roda, calle Juan R. Ramírez 20, no ha sido posible efectuarte la notificación de la liquidación provisional del I.R.P.F. del ejercicio 1992 que se le practicó por diferencias encontradas, por toque de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. de Régimen Jurídico de las Administracio- nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común . se procede a su notificación a través de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido y en el
Boletín Oficial
de la Provincia.Que por el Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda se ha dictado el siguiente acuerdo:
"Vistas las declaraciones correspondientes a los contribuyen- tes relacionados, practicadas las liquidaciones provisionales que se adjuntan de las que resultan las cantidades a devolver que se indican, procede reconocer el derecho a la devolución del importe que para cada contribuyente se consigna en la presente relación por el impuesto sobre la renta de las personas físicas y ejercicio de 1992, sin perjuicio de la posterior comprobación administra- tiva a que se refieren los artículos 109 y siguientes de la Ley General Tributaria."
Este acuerdo se efectúa en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100.2 de la Ley 18/91, de 6 de junio y 66 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto 1841/91, de 30 de diciembre.
En la referida relación figura Vd. canta cantidad a devolver de 55.938 pesetas. Dicha cantidad no coincide con el importe a devolver, según la declaración-liquidación presentada. Ello es debido a las diferencias encontradas en su declaración, que se especifican en el documento que se adjunta:
— Liquidación provisional con detalle explicativo al dorso de los preceptos normativos incumplidos.
Con fecha 10 de noviembre de 1993 se ordena la remisión de dicho importe por transferencia bancaria a la mudad y cuenta designada en su declaración.
Lo que se publica para el debido conocimiento y efectos, advirtiéndoles que contra el presente acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Delegado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación, o reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional en el mismo plazo, sin que puedan ser simultaneados ambos recursos.
La Roda a II de enero de 1994.—El Administrador de la Agencia, Manuel Villasalero González. 786
Don Manuel Villasalero González, Administrador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en esta ciudad.
Hago saber: Que desconociéndose el paradero de Auto Roda, S.L., con N.I.F. B02003879 y domicilio en calle Albacete, de La Roda, nabo sido posible efectuarles la notificación de las siguien- tes infracciones graves por importe de 142.245 pesetas y de 415.278 pesetas, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce- dimiento Administrativo Común se procede a su notificación a través de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido y en el
Boletín Oficial
de la Provincia.De los datos y antecedentes que obran en esta oficina y por el concepto indicado se deduce que podría Vd. haber incurrido en infracciones tributarias tipificadas en los artículos 78 y 79 de la Ley General Tributaria y sancionable en base a los artículos 83, 87 y 88 del mismo texto legal y artículos II. 12 y 13 del Real
Decreto 2.631/1985 (B.O.E. de 18 de enero de 1986), parlo que sebo procedido a la apertura de los correspondientes expedientes sancionadores por los siguientes conceptos e importes, en virtud del artículo 87.1 de la Ley General Tributaria y de acuerdo con las siguientes liquidaciones:
Concepto; cuota; porcentaje;
sanción propuesta
Mod. 300 I.V.A. 1T-93; 284.490 pesetas; 50%; 142.245 pesetas.Mod. 110 IRPF Ret. T.P.; 276.852 pesetas; 150%; 415.278 pesetas.
Dispone Vd. de un plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación de esta notificación, para formular por escrito ante esta oficina las alegaciones que estime procedentes en derecho. Transcurrido este plazo y a la vista, en su caso, de dichas alegaciones y de los documentos, justificantes y pruebas aporta- dos, se le comunicará la resolución del expediente.
La Roda a 11 de enero de 1994.—El Administrador de la Agencia, Manuel Villasalero González. 787
Don Manuel Villasalero González, Administrador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en esta ciudad.
Hago saber: Que desconociéndose el paradero de El Molino II, C.B., con N.I.F. E02157873 y domicilio en calle LG Laguna Redondilla, de Ossa de Montiel, no ha sido posible efectuarles la notificación de las siguientes infracción simple por importe de 10.000 pesetas, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce- dimiento Administrativo Común , se procede a su notificación a través de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido y en el
Boletín
Oficial
de la Provincia.De los datos y antecedentes que obran en esta oficina y por el concepto indicado se deduce que podría Vd. haber incurrido en infracciones tributarias tipificadas en los artículos 78 y 79 de la Ley General Tributaria y sancionable en base alas artículos 83, 87 y 88 del mismo texto legal y artículos II, 12 y 13 del Real Decreto 2.631/1985 (B.O.E. de 18 de enero de 1986), parlo que se ha procedido a la apertura de los correspondientes expedientes sancionadores por importe de 10.000 pesetas en virtud del artí- culo 83.1 de la Ley General Tributaria.
Dispone Vd. de un plazo de quince dfas, a contar desde el siguiente a la publicación de esta notificación, para formular por
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
-11.0.P. número 11 Miércoles 26 de Enero, 1994
escrito ante esta oficina las alegaciones que estime procedentes en dos, se le comunicará la resolución del expediente.
derecho. Transcurrido este plazo ya la vista, en su caso, de dichas La Roda a lt de enero de 1994.—El Administrador de la alegaciones y de los documentos, justificantes y pruebas aporta- Agencia, Manuel Vi I lasalero González. 788
Don Manuel Villasalero González, Administrador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en esta ciudad.
Hago saber: Desconociéndose el paradero de Construcciones Rubens, S.L., con N.I.F. B02110658, domiciliado en Madrigue- ras, Avenida de Levante, s/n, no ha sido posible efectuarle la notificación de la liquidación número A-02069-93-50-000352-1, por importe de 18.885 pesetas, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi- cas y del Procedimiento Administrativo Común , se procede a su notificación a través de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido y en el
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de la Provincia.Que por esta Administraci6., se ha practicado la liquidación, por el concepto de infracción grave (artículo 79 de la Ley General Tributaria) por declaración a devolver con descubrimiento de cuota, por el modelo 3901.V.A., declaración anual ejercicio 1992.
Instruido el expediente, en el que de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto 2.631/1985, de 18 de diciembre (B.O.E. de 18 de enero de 1986), se dio audiencia al interesado, esta oficina, comprobado que se han producido los supuestos en que se basa la sanción y al no haberse formulado alegaciones en el plazo señalado se concluye que:
En base a lo anterior, se aprecia la comisión de una infracción tributaria y se acuerda elevar a definitiva la sanción que, en
aplicación de lo dispuesto en los artículos 82, 83, 87 y 88 de la Ley General Tributaria y atendiendo a los criterios de graduación previstos en el mismo texto legal se propuso, imponiendo una multa pecuniaria por importe de 18.885 pesetas.
El presente acuerdo puede ser recurrido en reposición ante esta oficina en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al recibo de la presente notificación o ante el Tribunal Económico- Administrativo Regional en el mismo plazo, sin que puedan ser simultaneados ambos.
El importe que figura en la relación que se acompaña ha de ingresarlo en las siguientes fechas: Si esta notificación se publica del I al 15 del mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del mes siguiente, o el inmediato hábil posterior si éste fuese festivo.
Si se publica entre los días 16 y último de mes, desde la fechado publicación hasta el 20 del mes siguiente, o el inmediato hábil posterior si éste fuese festivo.
En cualquier caso los documentos de pago para su ingreso deberá recogerlos en las oficinas de esta Administración.
Este ingreso ha de efectuarlo a través de cualquier entidad colaboradora de su provincia o en la cuenta restringida de la entidad de depósito que presta el servicio de caja en su correspon- diente Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La Roda a 11 de enero de 1994.—El Administrador de la Agencia. Manuel Villasalero González. 789
CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADIANA
REGIMEN DE EXPLOTACION PARA 1994 DEL ACUIFERO DEL CAMPO DE MONTIEL El Director General de Obras Hidráulicas, con fecha 28 de
diciembre de 1993, ha dictado la siguiente resolución:
«Se aprueba el régimen de explotación del Acuífero del Campo de Montiel para el año 1994 en los términos siguientes:
I. Dentro de los límites de la poligonal que delimita la totalidad del Acuífero del Campo de Montiel, definida en el Plan de Ordenación de Extracciones, no se efectuarán extracciones de agua, salvo las excepciones que se señalan en los apartados siguientes.
2. Dentro del perímetró a que se refiere el apartado
1,
la extracción de agua del Acuífero no podrá rebasar el límite global de 5 Hm3, con los destinos y condicionantes que se especifican en los apartados siguientes.3. Usos prioritarios:
a) Se autoriza la extracción de agua del acuífero con destino al abastecimiento humano a partir de las captaciones actualmente existentes que se encuentren debidamente legalizadas o en trámite de legalización.
Los Ayuntamientos de los municipios afectados deberán comunicar el volumen extraído al Presidente de la Junta de Explotación.
b) Previa solicitud, documentalmente justificada en su caso, se podrá autorizar por la Presidencia de la Junta de Explotación la extracción de agua para abrevadero de ganado que no disponga de otra altemativa de suministro. Dicha solicitud se entenderá automáticamente concedida, salvo que en el plazo de diez días se deniegue por existir otra alternativa distinta de suministro.
4.a) Las explotaciones situadas en el perímetro de la zona meridional que se describe en el primer párrafo del punto 3 del Plan de Ordenación de Extracciones aprobado el 12-6-89, no podrán utilizar agua para regar.
b) Los titulares con derecho a aprovechamiento de aguas a queso refiere la Disposición Transitoria Tercera de la Ley de Aguas, situados en el resto del acuífero, podrán realizar extrac- ciones de agua para el riego cuyo volumen no supere el resultante de aplicar a la superficie de regadío de jada explotación una dotación máxima de:
b I ) 4.000 m3 por hectárea y año en las explotaciones agrí- colas cuya superficie máxima de regadío no supere las tres hectáreas, que tendrán preferencia entre las autorizaciones para riego.
b2) Hasta 1.524 m3 por hectárea y año en determinadas explotaciones de regadío, previa solicitud, con un volumen mí- nimo de 12.000 m3 para aquellas explotaciones a las que se autorice el riego y que superen las 3 Ha. de superficie.
5. A efectos de determinar las explotaciones que pueden acogerse al apartado 4., se tendrá en cuenta la agrupación de las explotaciones individualizadas pertenecientes a la misma per- sona física o jurídica, comprendida dentro de la poligonal a que se refiere el apartado 1, a efectos de computar los caudales totales utilizados, sin que en ningún caso puedan adscribirse caudales o superficies de riego a fincas físicamente distintas aunque corres- pondan al mismo propietario.
6. Los titulares de las explotaciones que deseen acogerse a lo
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12 Miércoles 26 de Enero, 1994 B.O. número 11 señalado en los apartados 3.b) y 4. deberán solicitar por escrito
autorización expresa a la Presidencia de la Junta de Explotación en el plazo de 20 días desde la publicación del Régimen de Explotación para 1994. En la solicitud, cuyo modelo figura como Anexo 1, deberá figurar:
- Nombre y localización de la explotación.
- Superficies y uso del agua por cultivos que se solicita extraer del acuífero.
- Ganado, tipo y número de cabezas.
- Identificación de los pozos que se pretenden utilizar y características de los mismos.
- Aceptación expresa de libre acceso al personal que designe el Presidente de la Junta de Explotación a la explotación o a las instalaciones de captación y de riego en los términos que se recogen en el apartado 8.
La presentación de las solicitudes podrá hacerse directamente o a través de cualquier vocal de la Junta de Explotación, en el plazo previsto, ante el Presidente de la misma.
7. La Presidencia de la Junta de Explotación resolverá, en el plazo de quince días, sobre las solicitudes a que se refiere el apartado 6, con criterio prioritario para los del apartado 3b) y 4.tr), y el de proporcionalidad para las explotaciones del apartado 4.b2,, si se superase por el conjunto de las demandas el límite global a que se refiere el apartado 2.
8. La Administración hidráulica, y en concreto quien designe el Presidente de la Junta de Explotación, podrá acceder libremente dentro del perímetro que recoge el apartado 1., a las explotaciones y a las instalaciones de captación y de riego, para la colocación e inspección de los aparatos de control y para la medida de caudales sin comunicación previa, salvo cuando las instalaciones se encuentren cerradas o cercadas, para las que se efectuará comunicación, con antelación de 24 horas, al propietario o a su representante, al objeto de que faciliten el acceso al personal designado.
En el supuesto de que no se produzca el acceso por causas imputables al propietario de la finca, se considerará tal negativa como incumplimiento del Régimen de Explotación, por lo que el Presidente de la Junta de Explotación anulará automáticamente la autorización realizada, pudiendo incoarse el oportuno expe- diente sancionador, con las demás medidas que legalmente corresponda adoptar.
9. Los municipios afectados, la dirección del Parque Natural de las Lagunas de Ruidera y la Comunidad de Regantes del Acuífero del Campo de Montiel colaborarán en la vigilancia para el cumplimiento del Régimen de Explotación, denunciando los abusos y los despilfarros que conozcan en el uso del recurso, según lo establecido en el artículo 48.4 de la Ley de Aguas. a la Presidencia de la Junta de Explotación, para la aplicación del régimen sancionador que establece la normativa vigente, pu- diéndose calificar el incumplimiento del Plan como falta muy grave.
10. Queda prohibida la apertura de nuevos pozos incluso en sustitución de otros antiguos legalizados, así como las obras de profundización de pozos ya existentes. Los trabajos de limpieza que puedan realizarse deberán, según la normativa vigente, disponer de autorización de la Administración Hidráulica, previo informe de la respectiva Comunidad de usuarios, yen ningún caso supondrá la modificación de las características esenciales de la captación. Durante el año 1994 se intensificará la vigilancia de las tareas de perforación que no cuenten con la debida autorización para tales trabajos. pudiendo ser sancionados sus titulares y los de las máquinas empleadas en la perforación con las multas e
indemnizaciones que legalmente procedan, todo ello con inde- pendencia de la responsabilidad de tipo civil o penal que de tales actuaciones pueda derivarse. A este fin se recabará la colabora- ción de los Alcaldes y Gobernadores Civiles de las provincias afectadas, en los términos que establece el Art' 335 del Regla- mento del Dominio Público Hidráulico.
11. Por su naturaleza temporal, quedarán sin efecto a la entrada en vigor del Régimen de Explotación de 1994 los precin- tos de captaciones practicados en expedientes administrativos por infracción de los planes de 1992 y 1993, sin perjuicio de las sanciones e indemnizaciones a que hubiera lugar por los referidos expedientes. En todo caso comunicarán los afectados por dicho acto administrativo a la Confederación Hidrográfica correspon- diente su intención de retirar el precinto para que asista a dicho acto un representante de la misma.
12.Si la evolución pluviométrica, o la hidrológica del acuífero, incidiese favorable o desfavorablemente respecto al contenido del presente Régimen de Explotación, la Junta de Explotación podrá realizar propuesta al Ministerio de Obras Públicas, Trans- portes y Medio Ambiente, para aumentaro disminuir el volumen de agua a extraer del acuífero, comunicándose tal modificación a los Alcaldes de los Ayuntamientos afectados, y publicándose en los
BB.00.
de las provincias respectivas para conocimiento de los usuarios.El Presidente de la Junta de Explotación convocará a la misma si la precipitación registrada en el perímetro del Acuífero en los seis meses anteriores al 1 de abril de 1994 es superior a la media histórica que figura en el Anexo al punto 2 del Acta de la última Junta de Explotación. En dicha reunión se considerarán informe del Servicio Geológico emitido al efecto.»
ANEXO!
D..., con D.N.I. mayor de edad, agricultor, con domicilio en n'..., del..., municipio de..., provincia de..., en mi propio nombre, o en representación de la..., Entidad..., con N.I.F.... domiciliada en c/..., n'..., del municipio..., provincia de...
EXPONE: Que teniendo conocimiento de la aprobación del Régimen de Explotación para 1994 del Acuífero del Campo de Montiel, se compromete a su cumplimiento íntegro, con acepta- ción expresa del acceso del personal autorizado por la Administración Hidráulica para que pueda instalar, si procede, los mecanismos de medida de los caudales utilizados en las captaciones de 4gua, así como para realizar los trabajos de inspección y control de los mismos, aceptando también como válida la comunicación de la Administración con veinticuatro horas de antelación, mediante telegrama a la dirección arriba indicada, de las visitas de inspección que requieran la entrada en instalaciones cerradas, o la apertura de casetas, armarios, o cuando éstos estén situados en naves o edificios, con el fin de habilitar los medios para facilitar el acceso.
SOLICITA: Autorización para el riego de los cultivos siguientes:
FINCA:
Cultivos;
Sup. (Ha);
Pol.; Parcela; Volumen anualm3
Ganado, Tipo • •N° cabeza....
a partir de las siguientes captaciones:
Pozo ; Polígono; Parcela