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BOHTIN OFICIAL - Biblioteca Digital de Albacete

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Hectolitro.

Pesetas. LOCALIDAD

Numero 46 Hiereoles 16 de Abril de 1890 25 eenliews

•••n••n••n•

PRECIOS DE SUSCRICION

Por un trimestre. . Pesetas.

4 Ex

LA CAPITAL.. . . Por un semestre 7

Por un año 1245o

( Por un trimestre 5

FUERA bIL LA CAPITAL. POT un semestre. 9

( Por un año 15

Los edictos y sentencias de los e y Tribunales que se inserten en este periódico, y no sean de oficio, paga- rán 25 céntimos de peseta por linea,

BOHTIN OFICIAL

PRECIOS DE ANUNCIOS

Los anuncios particulares que ae quieran insertar en 451 Bocal-in, previa licencia del Ilmo. Sr. Gobernador, pagar,in:

De 1 ii 6 lineas, primera vez Pesetas. 1

Je 7 a 15 idem 1 1.50

De 16 ti 30 idem 2

De 30 en adelante, precio convencional; por cada repeti- ción. la .aiitad.. " -

Se publica los Lunes. Miércoles y Viernes.—Las recia- caucionen al IHrector de la Imprenta D. Rafael Serna López.

SECCA DE LA 'GACETA

PRESIDENÜA

DEL CONSEJO DE MINISTROS

SS. MM . el REY y la REINA Regente (Q. D.

G.) y

Augusta Real Familia con- tinúan en esta Corte sin novedad en su importante salud.

(Gaceta de! día 15.)

GOBIERNO CIVIL

DF LA

PROVINCIA DE ALBACETE

CIRCULAR NÚMERO

81

Según me participa el Ilmo. Sr. Director general del Instituto Geográfico y Estadístico, en breve deben reanudar los trabajos geodé- sicos de primer orden er, esta provincia, el Te- niente Coronel graduado Comandante de Inge- nieros D. Juan Borras y Segarra y el Teniente

de E. M. D. Eduardo Escribano y García, cada uno de los cuales tendrá á sus Ordenes un des- titcamento de infantería.

Lo que he dispuesto se inserte en el BOLE -

TiN

OFICIAL de esta provincia, encargando á 109 Sres. Alcaldes de los pueblos de la misma, pres- ten á los anteriores funcionarios cuantos auxi- lios les reclamen para el mejor desempeño de su cometido.

Albacete 15 de Abril de 1890.

Li Gobernador,

Francisco Ballesteros.

ESTADO

del precio medio que han tenido en esta provincia los artículos de consumo que á continuación se expresan en el mes de Marzo último.

1

GRANOS CALDOS CARNES

1---,..-- PAJA -

PUEBLOS CABEZAS DE PARTIDO

Trigo.

1

Cebada. !Centeno.1 Maíz. Ga

z

r

t

n- Arroz. Aceite. Vino. A

dfo

u

nr

Carnero. Vaca.

1

Tocino. De trigo.

I

celda.

HECTOLITROS, KILOGRAMOS

----...----...--- LITROS ___ KILOG R A NOS KILOGRAMOS

--....-- --

Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas.

--

Pesetas. Pesetas.

...

Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas.

Albacete 18'46 11'26 12'61 14'41 0'86 0 . 54 1'07 0'23 0'75 1.'25 » 1'50 0'03 0'03

Alcaraz 16'75 9 » 14 0'80 0'65 0'90 0'16 0'52 1 » 1'45 0'07 0'07

Almansa.

22'52 12'61 14'41 » 0'87 0'45 0'96 0'25 0 10 1'60 » 1'40 0'04 0'04

Casas Ibáñez 18'50 11 » » 1'40 0'50 0'80 0'20 0'35 P25 » 1'75 0'04 0'04

Chinchilla 20'72 11 11 13'50 » 0'87 0'43 0'95 0 . 20 0'55 P20 » 2'05 0'05 0'04

Hellín 20'50 11'50 15 10 0'38 0'43 0'75 0'25 0'55 1'02 » 1'26 0 . 03 0'03

La Roda 19 10'25 13 » 1.50 0'50 1'15 0'35 0'90 1'37 » 260 0'05 0.05

Yeste 18'02 10'81 12'61 12'61 0'52 052 0'68 0'20 0 . 80

l'09

» 2'17 0'05 0'05

l TOTALES. 154'47 88'148l'13 51'02 7'20 4'02 7'26 1'84 5'12 9 18 » 14'18 0'36 0.35

Precio medio general en la provincia. 19'31 11'02 13'52 12'75 0'90 0'50 091 0'23 0'64 1'22 » 1'77 0'04 0'04

moi•nnnn~11... •••••••n -, - - - --

1

1

Albacete 11 de Abril de 1890.—E1 Secretario del Gobierno, Ricardo de Guzmán.—V.° B.°—E1 Gobernador, Ballesteros Piecio máximo

TRIGO Idem mínimo. 22'52

16'75

Almansa.

Alcaraz.

Precio máximo 12'61 Almansa.

CEBADA.. . .

Idern mínimo 9 Alcaraz.

SECCIÓK DE Lft GACETA

ciones de comercio dotada con el sueldo de 3.000 pesetas anuales, la cual, correspondien-

— do al turno de concurso, se anuncia previa-

mente á traslaciún, conforme á lo dispuesto en Dirección general de Instrucción pública.

Real orden de esta fecha, á fin de que los Cate- Se halla vacante en la Escuela superior de draticos numerarios de Escuelas superiores de Comercio de esta Corte la cátedra de Contabili- Comercio que deseen ser trasladados á la misma,

los excedentes y los comprendidos en.el ar- tículo 177 de la ley de 9 de Septiembre de 1857, puedan solicitarla en el plazo improrro - gable de veinte días, á contar desde la publi - caciún de este anuncio en la GACETA DB MA- DRID.

Sólo podrán aspirar á dicha cátedra los Pro fesores

que desempeñen

ú

hayan desempeñad

dad y Teneduría de libros y Practica de opera-

MINISTERIO DE FOMENTO

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(2)

2 Boletin Oficial de la Provincia de Albacete.

0.1.2.ItferlebianbaernaR.IIIMIMIlh.

cio de la enseñanza por conducto del Jefe del establecimiento donde hubieren servido última- mente.

Según lo dispuesto en el art. 47 del regla- mento de 15 de Enero de 1870, este anuncio debe publicarse en los Boletines oficiales de las provincias; lo cual se advierte para que las Au- toridades respectivas dispongan que así se ve- rifique desde luego sin más aviso que el pre- sente.

(Gaceta del día 10.)

SCtiÁÓ[ D Lik PROVIEHi

DELEGACIÓN DE HACIENDA Por Real orden fecha 5 del corri mte ha sido trasladado á la provincia do Castellón el Inspector de Hacienda, con destino á los partidos de ésta, D. Francisco Reynot Carrigú.

Lo que en cumplimiento de lo prevenido se hace público, por medio de este BOLETÍN OF1-

CIAL, para conocimiento de las Autoridades lo- cales y contribuyentes.

Albacete 11 de Abril de 1890.—Miguel Santos.

Posesionado el Inspector de Hacienda D. Fe- derico Soriano, llamado ä prestar sus servicios an los partidos de las Administraciones Subal- ternas de esta provincia, se hace pública dicha posesión para conocimiento de las Autoridades locales, á las que encargo le faciliten cuantos auxilios les reclame para el mejor desempeño de su cometido.

Albacete 12 de. Abril de 1890. —Miguel Santos.

en propiedad otra de igual asignatura y tengan ' Madrid 24 de Marzo de 1890 .=El el título científico que exige la vacante y el general interino, san Bernardo.

profesional que les corresponda.

Los Catedráticos en activo servicio elevarán sus solicitudes á esta Dirección general por con- ducto y con informe del Director de la Escuela en que sirvan, y los que no estén en el ejerci-

Director

ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDADES Y DERECHOS DEL ESTADO

Tercer trimestre de 1889-90.

Relación de apremios expedidos y fincas embargadas durante el expresado trimestre.

FECHA BOLETÍN

ANUNCIÓ

FECHA

IN QUE se mimó

NÚMERO Fincas Pro- Término DZ LOS VENCIMIENTOS IMPORTE IN AL COMPRADOR.QUR SS II, APREMIO Número

de

orden. NOMBRE DEL DEUDOR

embargadas. endemia. en que radican Plazos.

Día. Mes. Año.

Pesetas. Cs.,:Núm. Día. Mes. Año.

---

Dia.

---

Mes.

Áfio

del inventario.

42 43 44 45 46

• 47 48

D. Mari.ino Precioso ...

Mariano López Manuel del Cerro Antonio Santos Desiderio López.

El mismo El mismo.

Una dehesa.

Una finca rústica.

Una id. id.

Una id. id.

Una id. id.

Uno. id. id.

Una id. id.

Propios.

Id.

Id.

Clero.

Id.

Id.ld.

Hellín.

Paterna.

Idem.

Villarrobledo.

Paterna.

ldein.

ldein.

2.>

I' Id.

Id.

Id.

Id.Id.

24 25 26 10 30

»»

Enero.

Id.

Id.

Id.

Id.

Id.ld.

1890 1890 1890 1890 1890 1890 1890

3.200 30 387

82 120 18595 10

83 85 13

»

»

» .

»

» 29 29 29 29 29 29 29

Enero.

Id.ld.

ld.Id.

Id.

Id.

1890 1890 1890 1890 1890 1890 1890

20 20 20 20 20 20 20

Febrero.

ld.

Id.Id.

Id.

Id.

Id.

1890 1890 1890 1890 1890 1890 1890

» 1.477 2.680 2.679 1.238 1.446 1.445 49 Santiago Valiente Por transmión

censo. ld. Casas de Lazaro. 3. • 25 Id. 1890 27 50 » 29 Id. 1890 20 ld.

Marzo.

1890 1890

1.443 3.059 50 El mismo. Por idem. ld. Peñas S. Pedro 2.° 9 Febrero. 1890 27 26 21 17 Febrero. 1890 22

-- ...=... ''

NOTA. Los débitos que figuran en la relación del segundo trimestre con los números 31, 32, 34 y 39 se han realizado y levantado el embargo dictado contra las fincas al mismo tiempo que el apremio.

OTRA. A los deudores que figuran en la relación referida y que no han satisfecho sus descubiertGs, se les instruye el correspondiente expediente ejecutivo.

Albacete 10 de Abril de 1890.—E1 Administrador, Emilio Toril.

RELACIÓN de los vencimientos que resultan en esta provincia por plazos de fincas vendidas y censos redimidos durante el mes de Abril de

1890,

/a cual se forma en cumplimiento él lo dispuesto en la ley de

13

de Junio de 1878 é Instrucción aprobada para su cumplimiento

en 13

de Julio si( uiente.a, MIIII•91

•nn••n••n•••n•

PRoCE- TÉRMINO NÚMERO PLAZOS HUI

DIS tOS YENCIMENTOS -

impoRTE

NOMBRE DEL DEUDOR VECINDAD CLASE Y SITIO DE LA FINCA dencia. en que radican. del inventario. adeudados. ma Mes. Año, Ptas. Cs.

26 Abril. 1890 707 50 D. Pedro Fernández y Fernández.. Nerpio. Unos terrenos en Majadas Hon-

das. Clero. Nérpio. 390 2.•

Sebastián Escobar. La Roda. Un solar en la huerta de Santa

Ana Id. La Roda. 138 17." 16 Id. Id. 13 05

El mismo ' Idem. Un edificio llamado Ermita de San

Sebastián Id. Id. 140 ld. »

23 Id.

Id.

I d.

Id.

313 75 113 25 D. Antonio Sánchez Henares ....

Sebastián Navarro Juan de la Cruz Ocaña José González Juan Cruz Ocaña Pedro Díaz Moreno Manuel Caballero Jiménez

Bogarra.

Ideni.

Idem.

ldem Idem.

Alcaraz.

Albacete.

Dos fincas en los Frontones.

Una id. en molino de las Neveras.

Dos fincasen Vega de San Andrés Una idem en el Puntal

Una ideen en el Honren" del Val Una idem en Hoyas Revueltas Un cebadal en Diego López.

Id.ld.

ld.

Id.

Id.ld.

Id.

Bogarra.

ld.

Id.

Id.Id.

Ribpar.

Villarrobledo.

1.299 y 1.300 1.319 1.302 y 1.318

1.878 1.295 1.323 105

13.°

Id.

Id.

Id.

Id.

Id.

8.°

»

'27

»

»

» 19

Id.

Id.

Id.Id.

Id.

Id.

Id.

Id.

Id.

Id.Id.

Id.

125 10 50

6 20 76 25 52 50 Andrés Martínez La Roda. Casa con huerta en la ea!le de las

Peñas Id. La Roda. 130 17.° 16

23 Id.

Id.

Id.

Id.

85 11 25 Jose Alvarez Rodríguez

D.' María Juana Jimenez

• D. Abel Navarro Miguel Escudero

Ameeto Talavera Santiago Valiente

El mismo

D. Francisco Andrés Ortiz José Joaquín Martí.

Villaverde.

La Gineta.

Idem.

Villarrobledo.

Mahora.

Albacete.

Idem.

Chinchilla.

Alpera.

Finca en el Calvario viejo Idern en las Canteras.

Idem en Hoya Gila.

Solar en la calle del Hospital Un cercado en idem idem Transmisión de censo sobre casa.

Idem de idean..

Terrenos en venta de los Pobres.

Dehesa de las Pedrizas

Id.

Estado.

Id.

Id.

Beneficencia.

Clero.

Id.

Propios.

Id.

Villaverde.

La Gineta.

Id.

Villarrobledo.

Mahora.

Peñas de S. Pedro Albacete.

Chinchilla.

Alpera.

994 8.205 8.234 67 63 175 2.908 2.488 2.086

20.•

3.•

Id.2.°

V Id, Id.

10.*

8.•

26 28 29 29 13 13 9 30

Id.

Id.ld.

ld.Id.

Id.

Id.

Id.

Id.

Id.

Id. . Id.

'Id.Id.

Id.

Id.

56 25 27 124 50

26 10 55 37 702 50 462 50

Lo que he dispuesto se publique en el Bo- nn',iN OFICIAL de esta provincia, para conoci- miento de los interesados, á quienes se hacen las observaciones siguientes;

1.1 Transcurridos 20 días desde la publica- ción del presente aviso sin realizar el pago de los respectivos vencimientos, se acordará el apremio.

2.' Según lo que previene la instrucción de 13 de Julio de 1878, al expedir la Comisión de

apremio se acordará el embargo de la finca, ha- ciéndose cargo de su administración los Subal- ternos de Hacienda, quedando el comprador dos- pos\eído de la finca en el acto de la notificación del apremio, sin perjuicio de continuar estos procedimientos contra los demás bienes que posea.

3.' A los tres meses de incoados estos pro- cedimientos 93 declarará la finca en quiebra, esté ó no terminada la ejecución, y se procederá

al arriendo y venta de la finca, sin que el que- brado tenga derecho á reclamar el sobrante que pudiera resultar de la nueva venta Lo tendrá, sí, cuando resulten mejoras en la finca, pre- via justificación y pago, en su caso, de lo que deba percibir el Tesoro por la primitiva venta, costas del expediente é intereses de de- mora.

Albacete 12 de Abril de 1890.—E1 Admi- nistrador de Propiedades, Emilio Toril.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(3)

ESCUELA NORMAL DE MAESTROS

Anuncio.

Según dispone el artículo 2.° del reglamen- to de 6 de Julio de 1888, reuniöse el claustro de Profesores de esta Escuela, con asistencia del Inspector de primera enseñarme, aeoi dáudo- se lo siguiente:

Señalar los días 22, 23 y 24 del próximo Julio, y hora de las ocho de la mañana, para dar principio ä .las conferencias pedagógicas, celebrándose éstas en la calle del Padre Ro- mano, número 4.

Suplicar á los Maestros y Maestras de la provincia se sirvan pasar comunicación al Di- rector de esta Escuela, en el término de 30 días, contados desde la inserción de este anun- cio en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia, par- ticipando el tema que quieran desarrollar en dichas conferencias, valiéndose del procedi- miento oral ó escrito.

Designar los temas siguientes:

1.° Premios y castigos. ¿Deben existir en las Escuelas? Consideraciones sobre esta materia y y aplicaciones que de ella puede hacerse.

2.° Método especial que debe seguir el Maestro para la enseñanza de la aritmética.

3.° De la atención. Para qué sirve y cómo se desarrolla.

Albacete 14 de Abril de 1890.—E1 Direc- tor, José Gómez.

TARIFA

RAMOS

DERECHOS del Tesoro.

Pesetas.

3 POR 100 de cobranza y conducción.

Pesetas.

RECARGO municipal del 100 por 100.

Pesetas.

TOT AL _ Pesetas.

Carnes de todas clases 654 19 62 654 1.827 62

Líquidos, inclusos los alcoholes, aguar-

dientes y licoree 2 525 25 75

,

76 2.525 25 5.126 26

Granos y sus harinas. 1 772 50 53 17 1.772 50 3.598 17

Pescados. 55 1 65 55 11105

Jabón duro y blando. 221 6 63 221 4.48 63

Carbón vegetal 197 50 5 93 197 50 400 93

Sal común. 425 25 12 75 D 438

TOTALES.. 5.850 50 175 51 5.425 25 11.451 26

Boletín Oficial de . la Prmincia de Albacete, 3

Si por falta de licitadores quedase desierta esta subasta, tendrá lugar otra á los diez días siguientes, con las mismas formalilades, sitio y hora, en la que se admitirán proposiciones por las dos terceras partes del tipo que sirve para aquella, pero solo durará el contrato un año, ósea el de 1890-91.

Es preciso para hacer postura consignar en las arcas del Tesoro ó Depositaría municipal el importe del 2 por 100 sobre la cantidad que sir- ve de tipo; y en último caso, en el mismo acto de la subasta puede depositarse en poder de la Comisión que en ella entienda. El rematante quedará obligado ä prestar fianza por el 25 por 100 del precio anual por que se adjudique el arriendo. Todo con sujeción al pliego de condi- ciones que se halla de manifiesto en la Secreta- ría del Ayuntamiento.

Lo que se anuncia al público p ara su cono- cimiento y mayor concurrencia de licitadores.

Pozuelo 11 dd Abril de 1890.—Anselmo Ca- ñadas.

VALDEGANGA

D. Antonio Ruiz, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que transcurridos diez días del en que aparezca inserto el presente en el BOLE- TÍN OFICIAL, y de diez á doce de su mañana, se celebrará en esta Sala Capitular la subasta

AYUNTAMIENTOS

POZUELO

D. Anselrno Cañadas López, Alcalde constitu- cional de esta villa.

Hago saber: Que el Ayuntamiento de mi presidencia, asociado de un enúmero igual de contribuyentes, al discutir los medios condu- centes para realizar el encabezamiento de con- sumos, aeordá en primer término intentar los encabezamientos parciales ó gremiales, los que no han tenido efecto por taita de proposiciones;

y en segundo, el arriendo ä venta libre 'de los derechos impuestos en la tarifa oficial á las es- pecies en la misma comprendidas, por un pe- ríodo de uno a. tres años, que principiará š regir ens,1.° de Julio próximo y terminará en 30 de Junio de 1893; cuyo remate tendrá lugar en el local destinado á Casas Consistoriales el día undécimo de aparecer inserto este anuncio en el

BOLETÍN OFICIAL, de diez á doce- de su mañana, ante una Comisión del Ayuntamiento, bajo mi presidencia y por pujas ä llana, destinando la primera hora é todos los ramos reunidas. y en caso de no present rae licitadores, en la segun- da hora se admitirán las posturas parciales que se hicieren á cada uno de aquellos.

El tipo de subaslit para cada año asciende á 11.451 pesetas 26 céntimos por cupo para el Tesoro, 3 per 100 de cobranza y conducción y 100 por 100 de recargo municipal, según se de- talla en el estado ó presupuesto siguiente:

parca del arrendamiento á venta libre, ya en conjunto ó por ramos separados, de las especies de consumo que se devenguen en este término municipal por un período de tres años desde 1890 á 91 hasta 1892 á 93 inclusives.

Servirá de tipo á la subasta la cantidad de 6.083 pesetas 50 céntimos, con el aumento del recargo del 100 por 100 para fondos muni- cipales y 3 por 100 de premio de cobranza; sino hubiera licitadores en la primera subasta, se celebrará segunda licitación admitiendo pos- turas por las dos terceras partes del tipo fija- do; y si tampoco hubiera postor en esta, se convocarán los gremios por término de ins- trucción para los conciertos prevenidos en la misma; y si éstos no dieran resultado, se ce- lebrará subasta para el arriendo á la exclu- siva de las especies por término de un año, la cual tendrá lugar á los ocho días de ter- minar la convocatoria á los gremios, cele- brándose una segunda, con rectificación de los precios de venta, transcurrido el plazo de ocho días, si aquélla no diera resultado; y cuyas su- bastas tendrán lugar de diez á doce de su maña- na, bajo las condiciones que se determinan en el pliego de su razón, obrante en esta Secre- taría municipal; advirtiendo que para licitar se requiere depositar previamente en las arcas de este Municipio, en metálico ó papel moneda, el 2 por 100 del tipo señalado para la subasta.

Valdegan,ga 12 de Abril de 1890.—E1 Al- calde, Antonio Ruiz.

RIÓPAR

D. José Alvarez Cervera, Alcalde constitucio- nal de esta viha.

Hago saber: Que no habiendo comparecido el mozo Eugenio Benito Veldelvira Grimaldos, hijo de Valentin y María, número 27 del alis- tamiento y reemplazo actual de este pueblo, al acto de elesificación y dec l aración de solda- dos ante este Ayuntamiento, no obstante haber sido emplazado por medio de edictos en el BOLE- TÍN OFICIAL de la provincia, número 21, del lu- nes 17 de Febrero último, y Gaceta de Madrid, número 52, del viernes 21 del mismo; y .habién- dose ins'..ruído el oportuno expediente de prófugo con sujeeiúu ä las disposiciones de los artículos 87 y siguientes do la vigente ley de Reempla- zos, y por sus resultados le ha declarado prófu- go esta Corporación con las condenaciones con- siguientes de gastos al tenor do las disposiciones

legales.

En tal concepto so le llama, cita y empla- za para quo comparezca inmediatamente ante mi autoridad, á fin de ser presentado ante la Excma. 'omisión provincial para su ingreso en la Caja respectiva; apercibido de ser tratado, en caso contrario, con todo el rigor de la ley.

Y por lo que afecta al buen s uwicio del Es- tado y cumplimiento de las leyes, ruego y en- cargo á todas las Autoridades y sus agentes, se sirvan procurar su busca y captura y remi- sión á este Municipio del inenciouado prófugo ó su presentación ä disposición de la Comisión provincial.

Las señas de dicho mozo son las siguientes:

Estatura regular, barba naciente, pelo cas- taño, nariz gruesa, boca grande y los labios un poco vueltos á la parte exterior y huérfano de padre y madre; y se dedica unas veces á apren- diz de zapatero, otras de pastor ó cosa aná- loga, así como también á implorar la caridad pública.

Riópar 7 de Abril de 1890.—El Alcalde, José Alvarez.

SECCIÓN DE FUERA DE LA PROVINCIA UNIVERSIDAD LITERARIA DE VALENCIA

Secretaria general.—Primera enseiianza.

Según la legislación vigente de Instrucción pública, han de proveerse por concurso de as- censo, de traslado y único, las escuelas que á continuación se expresan:

PROVINCIA DE ALBACETE Por concurso de ascenso.

Dotación.

Emolumentos.

Pesetas.

1.350 Los legales.

(

(

SIII retribu- clones y con la obligación de

desenapeDar

gratuitamente 1.375 , fa escuela de

adultos, disfru- tando 350 pese- tas para pago do la casa que habite.

1.375 IL08 legales.

(:)iiii i.t aci -6n de

desempenar

550 gratuitamente escuela do (adultos.

Por concurso único.

De ambos sexos; Agranión (Hellín) 500 ¡Loa legales'

PROVINCIA DE ALICANTE Por concurso de traslado.

Elemental com-

pleta niños .. Formentera 625 Los legales.

Idem id. niñas. Torremendo (rural

Orihuela) 625 Idem.

Elemental ni-

ños de la Be- Albacete neticencia

Superior de ni-

Elemental com-

pleta niñas .. Albacete Auxiliar de la

elemental de Elche de la Sierra niños

Escuelas.

Villarrobledo

PUEBLOS

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(4)

4 Boletift Oficial de la Prorincia de Albacete

PUEBLOS Dotación.

Emolumentos.

Según el art. 20, podrán concurrir todos los blico del Estado, así como lbs colectividades, ganaderos que lo sean con un año de anticipa- pueden enviar apoderado que les represente.

Pesetas.

ción

y

estén solventes en los derechos que a la Asociación son debidos.

Lo que se publica para que llegue á noticia de los interesados.

Por concurso de ascenso. El art. 4.° dispone que. los ganaderos que Madrid 10 de Abril de 1890.—E1 Secretario Villajoyoaa 1.100 se hallen constituidos en dignidad ó cargo 'ni- general, Miguel López Martínez.

Monova r 1.100

Sera (distrito esco- lar)

Los legales.

825 Torrevieja 1.100

INTENDENCIA DE EJERCITO DE VALENCIA

Por concurso único.

.11.1n••••••

Escuelas.

Elemental com- pleta niños..

Idem id Idem id De párvulos Incompleta de

niños Idem id Idem id Idem de niñas..

Rafal Guadalest

Algoda (rural de El- che)

Retal

500 400 375 500 1

Los legales.

PROVINCIA DE CASTELLÓN Por concurso de ascenso.

Sección de Intervención.

Relación. de las cantidades que deben reintegrar los Ayuntamientos de los pueblos que á continua- ción se expresan por socorros

eue

facilitó la Caja de recluta de Albacete durante el primer se- mestre del alio 1881-82 d los quintos declarados inzitiles y exentos del reemplazo de 1881, que también se expresan, cuyos reintegros se verificarán con aplicación al capitulo 4.°, articulo 3.o

de aquel presupuesto.

Elemental com- ldem id

pleta niños .. Castellón Arefiuel. ...

Villar de Canes Idem id

Bechi Idem de niñas

Alfondiguilla ldem id

Por concurso único.

Novaliches (Järiea).. 365 Torre—Embesora....

Canales Palanques

500 275

500 Los legales.

PROVINCIA DE MURCIA Por concurso de ascenso.

Elemental com-

plete. niños.. Puerto de Mazarrón.' 825 ILos legales.

Por concurso único.

Hoyamorena (Pache-

co) 365

Cariadas de S. Pedro Loe legales,

(Murcia) 275

Mirador (S. Javier). 200 PROVINCIA. DE VALENCIA.

Por concurso de ascenso.

Ayudantía de lal superior ni-

ños Játiva

Aleublas ...

Catadan Godelleta Elemental es Manuel

completas de Potries

niños Aldeade los Pedrones (Reluena) Novelé.

Marines.

Jaraeo

Cerda (distrito con Torrella) Novelé Rótova

312'50, Por concurso de traslado.

Ayudantía dela elemental ni-

Buñol..

ños ...

Utiel Idem id. niñas.

Por concurso único.

d La Gienja e Benegida....

Butalit Higueruel as Idem de nifies..'Beniparrell

Aldea de Venta del Moro

De ambos sexos Cuesta del Rato (Cas- tielfabib).

Nork. El plazo para la presentación de do- cumentos es do 30 días, á contar desde el si- guiente al que 93 anuncien en el BOLETÍN OFI- CIAL de la provincia respectiva.

Lo que por disposición del Sr. Rector de este Distrito universitario se anuncia para conoci- miento de los interesados.

Valencia 8 de Abril de 1890.—El Secreta- rio general, S. Roger. ,

ASOCIACION GENERAL DE GANADEROS DEL REINO Con arreglo á lo que dispone el art. 1.0 del reglamento de 3 de Marzo de 1877, se convoca á Junta general ordinaria para el día 25 de Abril, á las diez de la mañana, en la casa de la Asociación, Huertas, 30.

1.650 625 625 825 625 Ç

Los legales.

Incompleta de niños Idem de niñas ldem id Idem id

Incompletas de niños

Idem id niñas.

Sustitución

elemental id Nazaret (Valencia)..

812'50 825 825 825 825 625 625 625 625 825 625 625 625

Los legales.

550

550 Los legales.

Incompletas niños

275 300 375 375 375 450

300 Los legales.

PUEBLOS NOMBRES NÚMERO

de

socorros.

TOTAL por pueblos.

IMPORTE Pesetas.

Pozohondo. Bonifacio Sáez Armero LeGn Ruiz García.

5

5 10 5

Fueuteá 1 amo Benito López del Castillo. . . 3 3 1 50

Bonete Ildefonso Navalón Sánchez. . 6 6 3

Marcial Fernández Nieto. . Corralrubio..

Juan Calvo Sevilla.

4

4 8

4

Higuernela. . . . Liberato Valero Moya. 6 6 3

Elche de la Sierra.. Gumersindo Guzmán Quesada. 3 3 1 50

Benito Ojeda Sánchez. 19

Yeste Juan Sánchez Molina. 31 65 32 50

José Sánchez Moya. 15

Bernardino Martínez Calleja..

Alcaraz.

Ramón Cano López.

2 7

5 3 50

Julián Morcillo Sáez Bonillo. . Ildefonso Sánchez López. .

8 14

6 7

Antonio Pérez Escriba.

Paterna. Juan Morcillo García. .

8

22 30 15

Robledo. José Marguiño Cano 17 17 8 50

Povedilla... Carmelo Martínez Román. . • 3 3 1 50

Antonio Gómez Serrano 5

Casas Ibáñez. . Juan García Cebrián 36 59 29 50

José Gómez Gómez 18

Alborea. Juan Jiménez Carrión. 2 2 1

Jorquera.. Juan Martínez Sáez 6 6 3

Alcalá del Júcar. Bartolome Mullera Valero.. 14 14 7

Madrigueras. Eleuterio Moral García 15 15 7 50

Pascual Sánchez Vil lora . Mulera. Antonio Cadenas Rodríguez.

9

25 34 17

Tarazona Isidro Castillo López. 2 2

1

Fuensanta. Francisco Sahuquillo Jiménez. 2 2

José Marqués Charco. . 9

José Tebar Villodre. . 6

La Roda. José Lara Ruiz 6 49 24 50

Juan Lozano Martínez. . 6

Juan °allano Onsurbe.. 22

Pedro Montero García. . Minaya. Juan Guijarro y Guijarro.

28

9 37 18 50

Miguel Parra López.. . 24

Vil larrobledo. . Juan Ballestero Nieve..

Diego Santos Nieve.

10

10 54 27

Antonio Ló pez Carrasco. 10

Sau Pedro. . Bonifacio Navarro López. 10 10 5

Caudete. Ramón Golf Vinader 15 15 7 50

Miguel Cuenca Olaya. . . . . 7 Francisco Villaescusa Clemente.

Almansa. Sebastián Cuenca Casabuena. .

7

7 45 22 50

Pascual López Sánchez. . . 24

Alpera Pascual Meg,ia. Megía. . . 21 21 10 50

Ontur Antonio Sánchez Gómez. . 7 7 3 50

Pablo Moreno Guirado.

Tobarra. Adolfo Molina Fernández.. .

7 32

25 16

Francisco Serrano Esparcía. . 6

liellín Federico Andreu Bueno 6 17 8 50

Joaquín Vela Rodríguez. . . 5

Miguel Molina Sánchez 10

Albacete Juan Martínez Martínez Manuel Martínez Ortega. . .

8

15 36 18

Antonio Núñez Fernández.. .

3

Valencia 9 de Abril de 1890.—El Jefe Interventor, José Miguel.

ALBACETE, 1890.—IMPRENTA PROVINCIAL

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

Referencias

Documento similar

1) el escaso margen bruto que supone la familia de “aceites y vinagres”, sólo alcanza el 6 por 100 frente al 18 por 100 del total de la sección ultramarinos; 2) las