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BOLETIN OFICIAL - Biblioteca Digital de Albacete

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número 98. V IÉR N ES 15 DE AGOSTO DE 1879. 25 CÉNTS. DE PESETA.

BOLETIN OFICIAL

DE LA PROVINCIA DE ALBACETE.

Se publica los Lúiios, Miórcoles y Vi-irnes.—Los suscrüorfís de esta Capital pagaráa:

Por aii trimestre 4 pesetas, por un semestre 7, por mi año I2,ñ0.—Los de fuera pa¡ra- rán: i’or un trimestre 5 pesetas, p ir un sem-'-stre 9, por un año 15.

Los anuncios particu!are,s que se quieran insertaren el Boletín, previa licencia del Sr. Gobernador, pag'arán; De una á seis linens, 1.* vez, 1 pese'a; de 7 á 15 id., 1,50;

de Mi á 30 id 2; de 30 en adelanlr., precio convencional; por cada repetición, la mitad.

Los ediclos y sentencias de los .Inzü^ados y IrihonalcL que no sean de oficio, pasjir in 10 cénls. de peseta por linea.— Las reclamacione.s á D. líafael Serna, Director de la Im prenta.

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.

S. M. e l Rey (Q. D. G .), la Serm a. s e ­ ñora P r in c e sa de A s tá r ia s , y la s S ere­

nísim as S eñ o ra s In fa n ta s D ona M aría de la P a z y D oña M aría E u la lia c o n ti­

núan e n e l R ea l S itio de San Ildefonso sin n o v ed a d e n su im p o rta n te sa lu d .

MINISTERIO DE FOMENTO.

Dirección general de Obras públicas, Comercio y Minas.

En virtud de lo dispuesto por Real orden de Í9 de Agosto de 1879, esta Dirección gene­

ral ha señalado el dia 17 del próximo mes de Setiembre, á la una de su tarde, para la adju­

dicación en pública subasta d é la s obras de los trozos 5.® al 9.” ámbos inclusive, de la carretera de 2.® órden de Cuenca á Albacete, sección de Casas-Ibañez á Albacete, bajo el tipo de 811.883 pesetas 6 céntimos á que asciende su presupuesto de contrata.

La subasta se celebrará en los términos pre­

venidos por la Instrucción de 18 de Marzo de 18o2, en Madrid ante la Dirección general de Obras públicas, situada en el local que ocupa el Ministerio de Fomento, y en Albacete ante el Go­

bernador de la provincia; liallándose en ámbos punios de maniíiesto, para conocimiento del pú­

blico, el presupuesto, condiciones y planos cor­

respondientes.

Las proposiciones se presentarán en pliegos cerrados, arreglándose exactamente al adjunto modelo, y la cantidad que ha de consignarse pré-

\1amente como garantía para tomar parte en esta subasta será de 41.000 pesetas en dinero ó ac­

ciones de caminos, ó bien en efectos de la Deuda pública al tipo que les está asignado por las res­

pectivas disposiciones vigentes, debiendo acom­

pañarse á cada pliego el documento que acredi­

te haber realizado el depósito del modo que pre­

viene la referida Instrucción.

En el caso de que resulten dos ó más propo­

siciones iguales, se celebrará, únicamente entre sus autores, una segunda licitación abierta en los termines prescritos por la citada lastruccion;

siendo la primera mejora por lo menos do mil pesetas, quedando las demás á volunta*! de losli- citadores, siempre que no bajen de cien pesetas.

Madrid 31 de Julio de 1879.—El Director general, B. de Covadonga.

Modelo de proposicio7i.

D. N. N ., vecino de... enterado del anun­

cio publicado con fecha 31 de Julio último y de ias condiciones y requisitos que se exigen para 'a adjudicación en pública subasta de las obras úe los trozos 5.” al 9.° ámbos inclusive, de la car­

telera de 2 .” orden de Cuenca á Albacete, sec­

ción de Casas-Ibañez á Albacete, se compromete á temar á su cargo la construcción de las mismas,

con estricta sujeción á los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de...

(Aquí la proposición que se haga, admitien­

do ó mejorando lisa y llanamente el tipo fijado;

pero advirtiendo que será desechada toda pro­

puesta en que no se exprese determinadamente la cantidad en pesetas y céntimos, escrita en le­

tra, por la que se compromete el proponente á la ejecución de las obras.)

(Fecha y firma del proponente.) Condiciones particulares, que además de las faculta-

tioas correspondientes y de las generales aproba­

das por Real decreto de \0 de Julio de 1861, haii de 7'egir en la contrata de los trozos 5.* al 9.®

ámbos ijiclusive, de la carretera de 2.® órden de Cuenca á Albacete, sección de Casas-Ibañez á Al­

bacete.

1 El rematante quedará obligado á otorgar la correspondiente escritura ante el Notario ofi­

cial en Madrid, ó en la capital donde hubiere li­

citado, dentro del término de treinta dias, conta­

dos desde la fecha de la aprobación del remate, y prévio el pago de los derechos de inserción del anuncio de la subasta en la Gacetay Diario de Avisos.

2. '" Antes, del otorgamiento de la escritura deberá el rematante consignar como fianza en Madrid en la Caja general de Depósitos, ó en la Administración económica de la provincia res­

pectiva, en metálico, ó efectos de la Deuda pú­

blica al tipo asiguado por el Real decreto de 29 de Agosto de 1876, el 10 por 100 de la canti­

dad en que le hubiere sido adjudicada la con- trata.

3. “ La fianza no será devuelta al contratista hasta que se apruebe la recepción y liquidación definitivas y se justifique el pago total de la con­

tribución de subsidio industrial y de los daños y perjuicios si los hubiere.

Se dará principio á la ejecución de las.

obras dentro de igual término al concedido para otorgar la escritura, y deberán quedar termina­

das en el plazo de nueve años.

o.*" Los gastos materiales del replanteo ge­

neral y de la liquidación serán de cuenta del contratista.

6.* Se acreditará mensualmente al contratista el importe de las obras ejeculadas con arreglo á lo que resulte de las certificaciones expedidas por el Ingeniero, excepto en el caso á que se refiere la condición siguiente, y su abono se hará en metálico sin descuento alguno por la Adminis­

tración económica de la provincia de Albacete.

El contratista podrá desarrollar los tra­

bajos en mayor escala que.la necesaria para eje­

cutar las obras en el tiempo prefijado. Sin em­

bargo, no tendrá derecho á que se le abone en un año económico mayor suma de la que cor­

responda á prorata, teniendo en cuenta la can­

tidad del remate y el plazo de ejecución. Por tanto, los derechos que el artículo 39 de las condiciones generales concede al contratista no se aplicarán partiendo como base de la fecha de las certificaciones, sino de la época en que deban realizarse los pagos.

Madrid 31 de Julio de 1879.—El Director general, B. de Covadonga.

SECCION DE LA PilOVINCIA

G O B IE R N O C IV IL

CIRCULAR NÚMERO 113.

El limo. Sr. Subsecretario del Ministerio de la Gobernación, en Real órden de 6 del ac­

tual, me dice lo siguiente:

«Habiendo sido reclamado por Real órden de 30 de Julio próximo pasado el marinero Julián López Flis, cuyas señas conocidas se expresan á continuación, acusado del delito de deserción con* escalamiento, S. M. el Rey (Q. D. G.) se ha servido disponer adopte V. S. las medidas nece­

sarias para su busca, captura y entrega á las Autoridades de Marina.—De Real órden, comu­

nicada por el Sr. Ministro de la Gobernación, lo digo á V. S. para los efectos indicados.»

Lo que he dispuesto insertar en este periódi- dico oficial á fin de que los Sres. Alcaldes, Guar­

dia civil y demás dependientes de mi Autoridad procedan á la busca y captura del mencionado sujeto.

Albacete 13 de Agosto de 1879.

El Gobernador inlerino,

Antonio Martin Toro. Señas personales.—Edad 29 años, pelo casta­

ño claro, barba naciente, color sano, nariz re­

gular, ojos azules, boca regular.

Idem particulares.—Una cicatriz pequeña en el carrillo izquierdo.

CIRCULAR NUMERO 114.

El Alcalde de La Gineta me participa, con fe­

cha 11 del actual, que según le ha manifestado Gaspar Sánchez, peón caminero de la casilla es­

tablecida en el kilómetro 235 al 236, el dia 9 del mismo entregó á Matilde del Suz, natural de esta capital y de las señas que á continuación se ex­

presan, una caballería menor y á un hijo suyo de edad de siete años para que le acompañase á dicha villa; y como quiera que hasta la fecha se ignora el paradero de la mujer, hijo y caballería, en­

cargo á los Sres. Alcaldes, Guardia civil y de­

más dependientes de mi Autoridád procedan á su detención; poniéndolos, caso de ser habidos, á disposición del Alcalde de la mencionada villa de La Gineta.

Albacete 14 de Agosto de 1879.

El Gobernador interino,

Antonio Martin Toro. Señas de Matilde del Suz.—Edad 28 años, es tatura regular, pelo castaño, ojos pardos y tier­

nos, color blanco.

Idem de la caballería.—Blanca, cerrada, alza­

da regular y un poco abierta de pechos.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(2)

BOLETIN OFICIAL.

m

Seccio7i de Fomento.Minas.

D. Antonio Martin Toro, Gobernador civil inte­

rino de esta provincia.

Hago saber; QueD. Emilio Cortina López, ve­

cino de Almansa, ha presentado en este Gobierno de provincia el dia 11 del actual una solicitud pi­

diendo la propiedad de doce pertenencias de una mina de hierro y otros de la 3.“ sección, que tendrá por nombre La Precaución, sita en el pun­

to llamado Loma de! Corral de Zucaña, término municipal de Almansa, distrito municipal de idem.

El terreno registrado linda al Norte con lo­

ma comuna!, Sud y Oeste con terrenos de la pro­

piedad de D. José Luis Enriquez y al Este con el camino de Yecla.

Designa las doce pertenencias que solicita en esta forma:

Se tendrá por punto de partida el que resulte á los veinte metros del ángulo N. O. del corral de Zucaña en dirección Norte magnético üjo; des­

de este punto en dirección E. se medirán cincuen­

ta metros y se colocará la primera estaca; desde ella S. trescientos ochenta metros segunda; de segunda á tercera O. E. trescientos metros; de ter­

cera á cuarta N. cuatrocientos metros; de cuarta á quinta E. trescientos metros; de quinta á sexta S. veinte metros, quedando cerrado el espacio de las doce pertenencias, ó sea de doce mil metros superficiales en parcelas perfectas de mil metros cada una.

Y habiendo admitido por mi decreto de an­

teayer la solicitud de registro, he acordado se publique por medio de edictos en el Boletín ofi­

cial de la provincia, en la tabla de anuncios de este Gobierno civil y en la de Almansa, en cum­

plimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la ley de iMinas de ü de Julio de 1839. reformada por la de 4 de Marzo de 1868, con el fm de que los que se crean con derecho presenten sus oposi­

ciones á mi Autoridad dentro del plazo de se­

senta dias.

Albacete 13 de Agosto de 1879.—El Gober­

nador interino, Antonio Martin Toro.

DIPDTACIQN DE ALBACETE.

COMISION ™ YINCIAL.

Anuncio.

Hallándose vacante la plaza de peón cami­

nero, en la carretera de Ocaña á Alicante, do­

tada con una peseta cincuenta céntimos diarios;

la Comisión provincial y asociados han acordado, en sesión del dia de ayer, que se provea dicho destino y que se anuncie en el Boletín oficial

para que en el término de 13 dias opten á ella los que se consideren con méritos suficientes; en la inteligencia de que serán preferidos los licen­

ciados del Ejército, conforme á lo dispuesto en circular del Gobierno fecha 24 de Setiembre de 1874, por el orden que esta indica.

Albacete 9 de Agosto de 1879.—El Vicepre­

sidente, Gabriel Navarro.

Continua el extracto delosacuerdos tomados por

LA MISMA durante EL MES DE MaRZO DE ESTE AÑO. (1)

Lia. 22.

Presidencia del Sr. D. Ricardo Castro.

Vocales asistentes: Señores Mañas, Ochando y Jover.

1. “ Aprobar el acta de la sesión anterior.

2. " Declarar soldado condicional á Alejandro Sotoca Martínez, núm. 4 del cupo de La Roda y reemplazo de 1877.

3. ® Idem soldado á Pablo Martínez Moreno, núm. 13 del mismo cupo y reemplazo.

4. ® Idem id. condicional á Juan López Car­

rilero, núm. 24 del propio cupo y reemplazo.

3.® Idem pendiente á Gabriel Barreño Car­

rizo, núm. 50 del referido cupo y reemplazo.

(1) Vp'ase el número anterior de este periódico oficial.

p.® Declarar soldado pendienteá Antonio Cas­

tillo Cuchillo, núm. 12 del cupo de La Roda y reemplazo de 1878,

7/® Idem soldado á Antonio Lozano iUorales, núm. 18 del cupo y reemplazo expresados.

8. ® Idem id. pendiente á Venancio Fernan­

dez Cebrian, núm. 23 del propio cupo y reem­

plazo.

9. ® Idem soldado á Juan Escudero Escribano, núm. 26 del mismo cupo y reemplazo.

10. Idem id. condicional á Benito Aroca An­

gulo, núm. 16 del mencionado cupo y reemplazo.

11. Idem soldado á José Rubio Fernandez, núm. 5 de dicho cupo y reemplazo de 1879.

, 12. Idem id. pendiente á Francisco Majaba- cas, núm. 7 del citado cupo y reemplazo.

13. Idem id. á Pedro Alarcon Perez, núm. 8 del precitado cupo y reemplazo.

14. Idem pendiente á José Ruiz del Olmo, núm. 10 deJ mismo cupo y reemplazo.

15. Idem soldado á Vicente Collado Huerta, núm. 24 del citado cupo y reemplazo.

16. Idem id. á Nicanor Abellan Zalve, nú­

mero 30 del referido cupo y reemplazo.

17. ídem id. á Anastasio López Serrano, nú­

mero 41 del mencionado cupo y reemplazo.

18. Idem id. á Bartolomé de Toro Rodrí­

guez, núm. 47 del expresado cupo y reemplazo.

19. Idem id. pendiente á Bartolomé Chicano García, núm. 12 del propio cupo y reemplazo.

2 0

.

Idem soldado á Mariano Aguirre Fernan­

dez, núm. 20 de dicho cupo y reemplazo.

21. Idem excluido á José Escobar Fernan­

dez, núm. 26 del precitado cupo y reemplazo.

22. Idem soldado condiciónala Francisco Cas­

tillo Martínez, núm-, 49 del mismo cupo y reem­

plazo.

23. Idem excluido á Víctor Sánchez Yillodre, núm. 38 del propio cupo y reemplazo.

24. Idem soldado á Casimiro Olmo Dónate, núm. 68 de dicho reemplazo y cupo de Tara- zona.

25. Idem id. á Ildefonso Panadero Zamora, núm. 49 del mencionado cupo y reemplazo.

26. Idem id. á Justo Jiménez Tébar, núm .51 dei referido cupo y reemplazo.

27. Idem id. á Juan Moreno Godoy, núm. 39 del precitado cupo y reemplazo.

28. Idem id. á Angel Alcaud Sahuquillo, nú­

mero 18. del cupo de Villalgordo del Júcar y reemplazo de 1879.

29. Idem id. á Pedro Picazo Enguídanos, núm. 15 del propio reemplazo y cupo.

30. Idem excluido á Francisco Escribano Mo­

reno, núm. 2 del citado cupo y reemplazo de 1877.

31. Idem pendiente á Juan Herreros Mar­

tínez, núm. 6 del cupo de Lezuza y reempla­

zo de 1878.

32. Idem id. á Pedro Navarro Mondéjar, nú- hiero 8 del referido cupo y reemplazo.

33. Idem id. á Nicolás Ginés Atencia, nú­

mero 9 del mencionado cupo y reemplazo.

34. Ordenar se instruya expediente en ave­

riguación de Alfonso Serrano Sánchez, núm. 15 del precitado cupo y reemplazo.

35. Declarar excluido á Pedro Motilla Ruiz, núm. 10 de dicho cupo y reemplazo de 1879.

36. Idem soldado á Francisco García Gal- vez, núm. 18 del mismo cupo y reemplazo.

37. Idem id. j)endiente á Domingo García Cifuentes, núm. 23 del citado cupo y reem­

plazo.

38. Idem id. á Juan Nieto Martínez, núme­

ro 27 del propio cupo y reemplazo.

39. Idem soldado á Salustiano Mateo Bel- raar, núm. 19 del cupo de Tarazona y reem­

plazo de 1877.

40. Idem id. condicional á Tomás Maestro Tendero, núm. 18 del indicado cupo y reem­

plazo de 1879.

41. Idem soldado á Miguel López Cambrone- ro, núm. 60 del mencionado cupo y reemplazo.

42. Idem pendiente á Evaristo Sánchez Blaz- quez, núm. 8 del cupo de Muñera y reemplazo de 1879.

43. . Declarar pendiente á Dionisio Arenas Mo­

reno, núm. 11 del cupo de Muñera y reemplazo ' de 1879.

44. Idem soldado pendiente á Juan Inóren­

te García, núm. 18 del mismo cupo y reem­

plazo.

45. Idem excluido á Agustín ^lartinez Cerro, núm. 19 del propio cupo y reemplazo.

46. Idem exceptuado á José Abellan Zalve, núm. 44 del cupo de La Roda y reemplazo de

1879.

47. Idem soldado á Julián González Serra­

no, núm. 42 de dicho cupo y reemplazo de 1878.

48. Idem exceptuado á Miguel Moreno Ruiz, núm. 3 del cupo de Muñera y reemplazo de

1879.

49. Idem soldado á Antonio Blazquez Tillo- ' ra, núm. 22 del propio cupo y reemplazo

30. Idem id. á Juan Ballestero Alcañiz, nú­

mero 27 del cupo de Villarrobledo y reempla­

zo de 1877.

51. Idem id. á Juan Alcañiz Calero, núme­

ro 39 del propio cupo y reemplazo.

52. Idem id. á Leopoldo Rodríguez Balleste­

ros, núm. 40 deleitado cupo y reemplazo.

53. Idem id. á Juan Laguia Torres, núm. 70 del mencionado cupo y reemplazo.

54. Idem pendiente á Juan Perea Castellanos, núm. 6 del mismo cupo y reemplazo.

55. Idem id. á José Esteso Alcañiz, núm. 16 del referido cupo y reemplazo de 1878.

5:). Idem id. á Miguel Moreno Melero, nú­

mero 46 del precitado cupo y reemplazo.

57. Idem id. á Ildefonso Girón Ramos, nú­

mero 48 del mismo cupo y reemplazo.

58. Idem id. á FranciscoSegovia Cantero, nú­

mero 72 de dicho cupo y reemplazo.

59. Idem soldado á Cayetano Perez Lázaro, núm. 92 del mencionado cupo y reemplazo.

60. Idem pendiente á Juan Díaz Rueda, nú­

mero 8 del referido cupo y reemplazo.

61. Idem exceptuado á José Parra Ponce, núm. 20 del propio cupo y reemplazo.

62. Idem excluido á José Jiménez Parra, nú­

mero 28 dei expresado cupo y reemplazo.

63. Idem soldado condicional á Juan Herede­

ro Acacio, núm. 45 del mismo cupo y reemplazo.

64. Admitir la sustitución de Isidoro de la Rosa López, núm, 6 del cupo de Casas de Lá­

zaro y reemplazo actual, por su hermano Miguel de la Rosa López.

Día 23 .

Presidencia del Sr. D. Ricardo Castro.

Vocales asistentes: Señores Ochando, Mañas y Jover.

1. ® Aprobar el acta de la sesión anterior,

2. ® Declarar exceptuado á GermándelaFuen- - le Serrano, núm. 4 del cupo de Lezuza y reem­

plazo de 1879.

3. ® Idem excluido á José Perez Martínez, nú­

mero 6 del referido cupo y reemplazo.

4. ® Idem soldado á Ramón López Herrero, núm. 14 del mencionado cupo y reemplazo.

5. ® Idem id. á Pablo Ramón Atencia, nú­

mero 25 del expresado cupo y reemplazo.

6. ® Idem id. á Segundo Rodríguez Caro, nú­

mero 17 del citado cupo y reemplazo de 1878.

7 . ® Idem pendiente á José Serrano López, núm. 5 del cupo de Villarrobledo y reemplazo de 1879. ,

8. ® Idem soldado á José Santos Martínez, nú­

mero 17 del propio cupo y reemplazo.

9. ® Idem exceptuado á Agustín Solana Frías, núm. 18 del mismo cupo y reemplazo.

10. Idem soldado pendiente á Santos Hergue- ta Mecinas, núm. 21 de dicho cupo y reemplazo.

11. Idem soldado á Eduardo Alvarez Subi- rat, núm. 23 del expresado cupo y reemplazo.

12. Idem exceptuado á SebastianSerranoAle- man, núm. 26 del citado cupo y reemplazo.^

13. Idem soldado pendiente á Juan Cabañero Alcañiz, núm. 28 del mismo cupo y reemplazo.

14. Idem excluido á Juan Giménez Balleste­

ros, núm. 30 del propio cupo y reemplazo.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(3)

BOLETIN OFICIAL.

1;'), Declarar soldado pendiente á Francisco Alarc'on Collado, núm. 32 del cupo de Viliarro- bledo y reemplazo de 1879.

16. Idem excluido á Andrés Ramos Arenas, núm. 33 del expresado cupo y reemplazo.

17. Idem soldado pendiente á Justo Ruiz Ló­

pez, número 38 del precitado cupo y reemplazo.

" 18. Idem soldado á Francisco Carretero Bo­

nillo, núm. 34 del citado cupo y reemplazo.

19, Idem pendiente á José Gómez Valero, núm. 47 del mencionado cupo y reemplazo.

iO. Idem soldado pendiente á Juan Moreno Moreno, núm. 49 de dicho cupo y reemplazo.

21, Idem exceptuado á Ruperto Murlincz Chi- cano, núm. 52 del precitado cupo y reerajúazo.

%i. Idem soldado (\ Servando Mendiolagoitia Moreno, núm. 55 del indicado cupo y reem­

plazo,

23. Idem id. á Juan Losa Calero, num. 44 del precitado cupo y reemplazo.

24. Idem id. á Evaristo Requena Ruescas, núm. 29 del propio cupo y reemplazo.

25. Idem id. á Antonio Romero Delicado, núm. 57 del mismo cupo y reemplazo.

26. Idem id. á Julián Parra Blanco, núme­

ro 64 del expresado cupo y reemplazo.

27. Idem id. pendiente á Francisco Diaz Mi- naya, núm. 70 del referido cupo y reemplazo.

28. Idem exceptuado á Juan López Ferez, núm. 29 del mencionado cupo y reemplazo de

1878.

29. Idem id. á José Rubio Romero, número 37 del expresado cupo y reemplazo.

30. Idem soldado á Pedro Lamo Giménez, núm. 40 de dicho cupo y reemplazo.

31. Idem exceptuado á Dionisio Caballero Alarcon, núm, 55 del citado cupo y reemplazo,

32. Idem soldado pendiente á Matías Reque­

na Martínez, núm. 27 del cupo de Monte-Ale­

gre y reemplazo de 1877.

33. Idem exceptuado á Francisco Vizcaíno y Vizcaino, núm. 11 del mismo cupo y reempla­

zo de 1878,

34. Idem pendiente á Juan García Gómez, núm. 24 del propio cupo y reemplazo.

35. Idem soldado á Felipe Ortiz Jara, nú­

mero 29 del mencionado cupo y reemplazo.

36. Idem soldado pendiente á Román Iba- ñez Tornero, núm. 3G del indicado cupo y reem­

plazo.

37. Idem exceptuado á Fulgencio Soria Ló­

pez, núm. 7 del mencionado cupo y reemplazo.

38. Idem soldado á Francisco Sánchez Iba- ñez, núm. 15 del expresado cupo y reemplazo.

39. Idem excluido á Simón García Jara, nú­

mero 3 del propio cupo y reemplazo de 1879.

40. Idem soldado á Pascual Martínez Tor­

nero, núm. 5 del referido cupo y reemplazo.

41. Idem id. á Vicente García Cambronero, núm. ol deleitado cupo y reemplazo del878.

42. Idem excluido á Ildefonso Navarro Pas­

tor, núm. 74 del indicado cupo y reemplazo de 1877.

43. Idem soldado á Francisco Genfo Sevi­

lla, núm. 54 del precitado cupo y reemplazo de 1879.

44. Idem exceptuado á Luis Marín Rubio, núm. 9 del indicado reemplazo y cupo de Mon­

te-Alegre.

45. Idem id. á Faustino Diaz Serrano, nú- mero 17 del mencionado cupo y rcernplazo.

46. Idem pendiente á Pedro Martínez Her- rero, núm. 2 del cupo de Caudele y reemplazo de 1877,

47. Idem id. á José Malí y Mas, núm. 9 del Diismo cupo y reemplazo.

.48. Idem id. á Francisco Martínez Marco, DÚm. 12 del citado cupo y reemplazo.

49. Idem soldado á Francisco Pérez Medina, tiúra. 13 del propio cupo y reemplazo.

.50. Idem id. á Francisco Sánchez Marco, tiúm, 38 del indicado cupo y reemplazo.

51. Idem id. á Manuel Miñano Navalon, nu­

mero 57 del expresado cupo y reemplazo.

.52. Idem exceptuado á Pedro Gil Arellano, tiúm. 63 del indicado cupo y reemplazo.

53. Declarar pendiente á Francisco Medina Albertos, núm. 6 del cupo de Caudete y reem­

plazo de 1878.

54. Idem id. á Antonio Martínez García, nú­

mero 10 del mencionado cupo y reemplazo.

55. Idem soldado á Gerónimo Gallur Pedrés, núm. 17 del propio cupo y reemplazo.

56. ídem id, á Francisco López Requena, núm, 20 del precitado cupo y reemplazo.

57. Idem pendiente á Gaspar Albertos Ortu- ño, núm. 23 del mismo cupo*y reemplazo.

58. Idem id. á Vicente Perez Vicente, nú­

mero 32 del referido cupo y reemplazo.

59. Idem excluido á Manuel Carpena Agu- 116, núm. 34 del cupo y reemplazo expresa­

dos.

60. Idem pendiente á José Serrano Sarriá, núm. 37 del reemplazo y cupo mencionados.

61. Idem soldado á José Martí Tecles, nú­

mero 47 del propio cupo y reemplazo.

62. Idem id. á Francisco López Requena, núm. 20 del indicado cupo y reemplazo.

63. Idem pendiente á Antonio Sánchez Sar­

riá, núm. 63 del mismo cupo y reemplazo.

64. Idem id. á Joaquín Solera Amorós, nú­

mero 1 del citado cupo y reemplazo de 1879.

65. Idem soldado pendiente á Damian Gracia Diaz, núm. 4 del indicado cupo y reemplazo.

66. Idem exceptuado á José Pagán Sánchez, núm. 5 del propio cupo y reemplazo.

67. Idem soldado pendiente á Miguel Perez Agulló, núm. 6 de dicho cupo y reemplazo.

68. Idem id. á Manuel Serrano Santos, nú­

mero 8 del precitado capo y reemplazo.

69. Decretar la sustitución de Aniceto Co­

loma Martínez, níim, 51 del cupo de Alman- sa y reemplazo de 1879, por Agapito Muñera Valiente, individuo de la reserva.

fSe continuará.)

ADMINISTRACION ECONÓMICA.

La Dirección general de Rentas Estancadas me dice en 9 del actual lo que sigue:

«Son tan repetidas las órdenes que viene dic­

tando esta Dirección general para evitar el esco­

gido de los cigarros habanos peninsulares, y tan escaso el resultado que contra este abuso se lia obtenido, que bay derecho para preguntar si no es el público el verdadero cómplice que alimenta y sostiene semejante estafa.

Ese mal no sólo es común á todos los estan­

cos, principalmente de las grandes poblaciones, sino que se extrema todavía más con la exacción de dos y tres reales sobre el precio de los paque­

tes ó atados de dichos cigarros de la Fábrica de Valencia.

Convencida esta Dirección general que la codi­

cia de los estanqueros no podría satisfacerse sin el descuido y falta de vigilancia de la Adminis­

tración por una parte, y de otra sin la complici­

dad de los consumidores, que . se prestan dócil­

mente á pagar un precio que no es el de tarifa, ba resuelto decir á V. S., para que lo anuncie al público en los periódicos de esa localidad, que, así el escogido de los cigarros con un aumento, sea el que fuere, como la venta á mayor precio de los procedentes de Valencia, son hechos que constituyen el delito de estafa y dan lugar á la formación de causa por los Tribunales de justicia, V á la separación del estanquero que resulte culpable, imponiéndole además gubernativamente la multa que corresponda; que el publico debe ayudar á la Administración á descubrir y denun­

ciar las faltas de esta clase, teniendo derecho á la tercera parte de las indicadas mullas; que debe negarse en absoluto á pagar ningún aumen­

to por determinadas labores, exigiendo que las mismas se le presenten tal y cual hayan sido re­

cibidas de los almacenes; y por último, que si en esa capital y provincia no desaparecen desde luego los abusos de que se hace mérito, y para- averiguarlo medios tiene este Centro directivo, habrá que proceder contra los funcionarios moro­

sos ó poco enérgicos que no han podido corre­

gir faltas tan públicas que desautorizan á la Ad­

ministración.»

Lo que se inserta en este periódico oficial, según previene la Dirección general, para cono­

cimiento del público, á quien se encarga que de cualquier abuso que se cometa den parte á esta Administración para adoptar las medidas convenientes para corregirlo.

Albacete 13 de Agosto de 1879.—El Jefe económico, Pascual Camacko.

Consumos.\

Según los partes diarios que el Alcalde de esta capital tiene remitidos á esta Administra­

ción económica de la recaudación verificada por consumos en los fielatos de la misma en los dias que á continuación se expresan, escomo sigue:

Pesetas. Cents.

Dia 1.® de Agosto... 836‘34 Dia 2 de id... 399*16 Dia 3 de id... 561*30 Dia 4 de id... 533*88 Dia 5 de id... 626*46 Dia 6 de id ... 525*73 Dia 7 de id... 623*78 Dia 8 de id... 451*12 Dia 9 de id... 886*55 Dia 10 de id... ^^^‘Ol

To t a l... 5.999*33 Lo que se hace público en este periódico ofi­

cial en cumplimiento de órdenes superiores.

Albacete 13 de Agosto de 1879.—El Jefe eco­

nómico, Pascual Camacho.

Anuncios.

Habiendo acordado la Junta de la Deuda pú­

blica que la subasta para la amortización de ren­

tas perpétua interior y exterior correspondiente al mes actual tenga lugar el dia 20 del mismo, con arreglo á lo dispuesto en Real orden de 9 de Agosto del año último, los interesados han de de­

positar en garantía de sus proposiciones el I por 100 del valor nominal de las mismas.

La admisión de depósitos y pliegos de propo­

siciones, deberá tener lugar en estas oficinas desde el mismo dia en que aparezca inserto el presente anuncio hasta el 18 inculsive, y los títulos de renta perpétua que ofrezcan en sus pro­

posiciones, han de contener: el cupón corriente, Ó sea el vencedero en l.° de Enero de 1880, los del interior, y el dia 31 de Diciembre del año actual los del exterior.

Lo que por acuerdo de la Junta se hace saber al público para su conocimiento. .

Albacete 12 de Agosto de 1879.—El Jefe económico, Pascual Camacho.

Hallándose vacante la plaza de estanquero de Riopico, por cesantía del que la desempeñaba, se hace saber por medio de este periódico oficial para que las personas que se crean con derecho á desempeñarla presenten sus solicitudes docu­

mentadas en esta Administración en el termino de quince dias, contados desde el de la publica­

ción de este anuncio. , , . Albacete 9 de Agosto de 1879. El Jefe eco­

nómico, Pascual Camacho.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(4)

BOLETIN OFICIAL.

Hallándoso vacantes dos plazas de estanque­

ro en la villa de Hellin, por cesantía de los que las desempeñaban, se liace saber por medio de este periódico oficial para que las personas que se crean con derecho á desempeñarlas presenten sus solicitudes en esta Administración en el tér­

mino de 15 dias, contados desde el de la pul)li- cacion de este anuncio.

Albacete 11 de Agosto de 1879.—El Jefe eco­

nómico, Pascual Camacho.

V

Anuncio.

En todo el mes de Setiembre próximo se ce­

lebrarán en esta Escuela los exámenes de asigna­

turas para los alumnos de enseñanza oficial que no se presentaron en .lunio último y para los de enseñanza doméstica. Unos y otros pedirán di­

cho exámen por medio de una hoja impresa, que se les facilitará en la Secretaría del establecimien­

to, desde el IG al 31 de Agosto actual.

La matrícula también tendi'á lugar durante el mismo período de Setiembre, y los que la so­

liciten presentarán los documentos siguientes:

1. ° Cédula de vecindad.

2 . “^ Certificación de buena conducta, expedi­

da por el Sr. Alcalde del pueblo de su residencia.

3. ® Otra del Médico del mismo vecindario justificando que el aspirante no padece enferme­

dad alguna contagiosa.

4. ” Consentimiento por escrito de los padres ó encargados para seguir la carrera del Magis­

terio.

5. ” Fé de bautismo legalizada.

Además los alumnos de enseñanza oficial pa­

garan diez pesetas como primer plazo por dere­

chos de matrícula, y veinte pesetas los de ense­

ñanza doméstica j)or los dos plazos.

Albacete 10 de Agosto de 1879.—El Secre­

tario, José Gómez.

A Y U N T A M IE N T O S

ALBATANA.

l), Victoriano Hernández, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que terminado el repartimiento de la contribución municipal para cubrir el dé­

ficit del presupuesto correspondiente al año eco­

nómico actual, queda expuesto al público por término de ocho dias en la Sala Capitular de es­

ta villa, para que los interesados en él compren­

didos puedan examinar sus cuotas y presentar ])or escrito las reclamaciones que crean justas;

advirtiendo que trascurrido dicho plazo no se oirá ninguna.

Albatana 12 de Agosto de 1879.—P. i., Pas­

cual Hernández.

ABENGIBRE.

Terminado el repartimiento de la contribución territorial de esta población para el año econó­

mico corriente de 1879 á 80, se halla expuesto al público en el piso bajo de la Sala Consistorial por el ténnino de ocho dias que, á contar desde la fecha, durará la audiencia de agravios. Lo que se anuncia por medio del presente para conoci­

miento de los contribuyentes, tanto vecinos como hacendados forasteros.

Abengibre 10 de. Agosto de 1879.—El Al­

calde, Cristóbal Cébrian.

VIVEROS.

Don Miguel Serrallé, Teniente Alcalde constitu­

cional de esta villa y Presidente accidental por enfermedad del propietario.

Hago saber: Que por renuncia del que la desempeñaba se halla vacante la plaza de Mé­

dico-Cirujano titular de esta villa, dotada con ochocientas setenta y cinco pesetas anuales, pa­

gadas por trimestres vencidos de fondos munici­

pales, cuya dotación lo es por la asistencia gra­

tuita de las familias pobres que designe el Ayun­

tamiento y demás casos que ocurran pertenecien­

tes al mismo, disfrutando además el igualatorio particular de los vecinos pudientes. Los aspiran­

tes á ella con aptitud legal para obtenerla, presentarán sus solicitudes en la Secretaría de es­

te Ayuntamiento en el término de treinta dias, contados desde el en que este anuncio sea inserto en el Boletín oficial de la provincia, á las que acompañarán la certificación de sus títulos aca­

démicos y memoria de los méritos contraidos du­

rante su carrera.

Viveros 7 de Agosto de 1879.—Miguel Serra­

llé.—P. S. M., Ignacio Rubio, Secretario.

SECCION DE FUERA DE LA PROVINCIA

ESCOEIA ESPECIAL DE YEIERINARIA DE CORDOBA.

Desde el dia primero al treinta de Setiembre próximo queda abierta en esta Escuela la matrí­

cula para todas las asignaturas que comprende la carrera de Veterinaria.

Con arreglo al artículo 38 del reglamento vi­

gente, se necesita para comenzar estos estudios acreditar, por medio de certificación expedida por Establecimiento oficial, los conocimientos que comprende la primera enseñanza completa y elementos de Aritmética, Algebra y Geometría con la extensión que se da á estas asignaturas en los Institutos de segunda enseñanza, ó acreditar­

los en un exámen ántes de formalizar la matrícula, que se completará con la partida de bautismo legalizada.

La^inscripcion se hará por asignaturas suel­

tas, satisfaciendo por cada una quince pesetas en papel de pagos al Estado ó por grupos de 6 cuatro asignaturas, abonando veinte y cinco pe­

setas por cada gi’upo en la misma forma, con arreglo á la distribución siguiente:

Primer grupo.

Física y Química con relación á la Veterinaria.

Historia Natural con id. á la id.

Anatomía general y descriptiva y ejercicios de disección.

Nomenclatura de las regiones externas y edad de todos los animales domésticos.

Segundo grupo.

Fisiología y ejercicios de Vivisecciones.

Higiene.

Mecánica animal y aplomos.

Capas ó pelos y modo de reseñar.

Tercer grupo.

Patología general, especial y Clínica médica, Farmacologia y arte de recetar.

Terapéutica.

Medicina legal.

Cuarto grupo.

Operaciones, apósitos y vendajes.

Obstetricia.

Procedimiento de herrado y forjado y su prác­

tica.

Clínica quirúrgica y modo de reconocer los animales.

Quinto grupo.

Agricultura con su práctica.

Zootechnia con su práctica.

Derecho veterinario comercial.

Policía sanitaria.

Los exámenes de ingreso y de prueba de cur­

so para los suspensos en Junio ó no presentados, darán principio el dia primei-o de Setiembre y ter‘

minarán el treinta del mismo.

Los alumnos podrán matricularse en un solo grupo de asignaturas y en el órden ya estableci­

do, no podiendo hacer nueva matrícula ántes de obtener la aprobación respectiva de cada grupo.

La matrícula se formalizará en todo el mes de Setiembre, y tanto la inscripción como los ejercicios se solicitarán del Sr. Director de la Es­

cuela en instancia firmada por el interesado, acompañada de la cédula personal.

Córdoba 1." de Agosto de 1879,—El Secre­

tario, José Martin y Perez.

IMPRENTA PROVINCIAL.

Observatorio de Albacete.

OBSERVACIONES METEOROLÓGICAS CORRESPONDIENTES Á LOS DIAS 11, 12, 13 Y U DE AGOSTO DE 1879.

DIAS.

BAROMETRO

en milímetros y áO®. TERMOMETROS CENTIGRADOS. PSICROMETRO,

Humedad relativa. Dirección Atmónietro Pluvióme-; Altura me­

día. Oscilacien. Máxima sol.al

Máxima á la

sombra. Diferencia. Mínima*

aire.al

Idemdel

reflector. Diferencia. Tempera­

media.tura Oscilación.

Nueve de la mañana.

Tresde la tarde.

del viento.

en milímetros.

Iro en . ESTADO DEL CIELO, milímetros.'

í

11 702,63 1,7o 44,6 3o,0 9,6 21,0 20,0 1,0 28,0 14,0 85 88 S.E. 12,18 » 'Núbes, calor.

12 698,99 1,76 44,0 35,0 9,0 22,0 21,0 1,0 28,5 13,0 84 80 S.E. 12,11 » jCub.'’ con viento.

13 701,57 0,65 36,4 30,0 6,4 18,0 16,5 1,5 24,0 12,0 90 82 S.S.O. 10,73 » Todo el dia cub.“,

I lluv.“: terap. fria

14 703,41 0,69 27,4 22,0 5,4 12,0 11,0 1,0 17,0 10,0 90 84 S . 10,52 2,520 Núb., temp. id.

1 P. O. del Catedrático encargado,

Francisco Flanes.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

Referencias

Documento similar

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con