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DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

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líúmero 81 Lniies 11 de Marzo de 1912 25 •óntimoB

BOLETÍN OFICIAL

DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

pRici»s 9E Sbscripción.—Ea la Capital: Ub trimestre, 4 pesetas —Un semestre, 7 i4.~U nañe, 1 2 ‘5 0 i i . —Fuera de la Capital: Un trimestre, 5 pesetas.—Un semes­

tre, 9 iá.—Umañe, I S id.—Les edictes y sentencias de los Juzgados y Tribunales

qae *e publiqaoa, y ne sean de oficie, pagarán 2 5 céntimos de p^seta por linea. Se publica Limes, Miércoles y Viernes.—Las reclamaciones al Directer de la Imprenta.

SesQ ión d s la O a e a ta

PRESIDENCIA D EL CONSEJO OE MINISTROS

S. M. el Rey Don Alfonso XIII (que Dios g:uarde), S. M. la Re i n a Doña Vic­

toria Eu|:enia y SS. AA. RR. el Príncipe de Asturias é Infantes D. Jaime, Doña Beatriz y Doña María Cristina, continúan si» nevedad en su impeitante salud.

De ig^ual benefici© disfrutan las demás personas de la Aug"usta Real Familia.

(Gaceta 10 Marzo)

MINISTERIO D E L A GOBERNACIÓN

REAL ORDEN

El Real Consejo de Sanidad, en vista de la consulta formulada por la Junta d e sa n i­

dad de esa provincia para resolver una ins­

tancia á nombre de D.* Carmen Campillo, en la que se interesa la aplicación del artí­

culo 23 de las Ordenanzas de Farmacia, aprobó el siguiente proyecto de informe de su Comisión especial:

«Con motivo da la instancia de D. Ra­

món Bosqued solicitando del Q-obernador de Zaragoza, en nombre de D.* Carmen Campi­

llo Nogueras, viuda del Farmacéutico Don Mariano Quitarte, y de los hijos de ambos, D.* Carmen y D. Pascual, que se autorizase á sus representados, en su calidad de hija la primera y nietos los últimos del Farmacéu­

tico D. Agustín Campillo, que falleció en Daroca el 23 de Noviembre, para continuar al frente de la Farmacia propiedad de éste con el necesario Regente, la Junta provincial de Sanidad consultó «Si las hijas de Farma­

céuticos, viudas al fallecimiento de sus pa­

dres,y los nietos de aquéllos, tienen los mis­

mos derechos que á las viudas é hijos meno­

res de los Farmacéuticos que fallecieron con Botica abierta les concede e¡ art. 23 de las Ordenanzas de Famarcia». Alega el solici­

tante en apoyo de su pretensión que el esta­

do de viudez se equipara legalmente al de soltería, por lo que en Clases pasivas reco*

bran las viudas ios derechos á la pensión que perdieron al casarse; que las leyes com­

prenden á los nietos y á los hijos bajo el concepto de descendientes, y que uno de és­

tos, don Pascual Quitarte Campillo, es aun menor de edad y está terminando la carrera de Farmacia.

»_Por su parte, el Subdelegado del distrito, considerando injustificado que la Junta au­

torizase á D.*’ Carmen Campillo para conti­

nuar al frente del establecimiento de su pa­

el artículo 4.®

principio fun- ejercicio de la dre mientras ae resolvía la consulta, interesó se declarase que el art. 23 de las Ordenanzas, ampliado por la Real orden de 10 de Agosto de 1860, concede únicamente ese derecho á las viudas de los Farmacéuticos, á sus hijos, mientras permanezcan solteros, y á los hijos menores de edad, no alcanzando, por tanto, á las hijas viudas ni á los nietos, en cuyo sentido se inspiró también la Real orden de 13 de Octubre de 1906.

»Cou arreglo á estos antecedentes de la consulta formulada; y

>Vístos los artículos 4.® y 25 de las Or­

denanzas de Farmacia: las Reales ordenes de 10 de Agosto de 1860, 9 de Mayo de 1890, 27 d»» Noviembre de 1893 y IS de Octubre de 1906:

• Considerando que según de las citadas Ordenanzas es damenta), en lo relativo al

profesión, que las farmacias sean de la pro- ))iedad del Farmacéutico ó de persona ó Corporación expresamente autorizada para tenerla;

• Considerando que por excepción el artí­

culo 23 de las mismas autorizó á las viudas y á los hijos men.'res da los Farmacéuticos con botica abierta que fallecieren, dejándolos dueños de ésta, á continuar con ella siempre que fuera regentada por un Farmacéutico, habiéndose ampliado este precepto por la Real orden de 10 de Agosto de 1860, á las hijas, cualquiera sea su edad, mientras permanecieran solteras:

• Considerando que por ser un principio general de derecho, ya reconocido y apli­

cado en la Real orden de 13 de Octubre de 1906, que toda excepción ha de interpretarse en sentido marcadamente restrictivo, no se puede estimar, sin infracción notoria del texto del citado artículo 23 y de la Real orden de 10 de Agosto de 1860, que es apli­

cable á los hijos, viudas y á los nieto# «1 beneficio solamente otorgado á las solteras y á los hijos varones menores de edad; y

• Considerando que la interpretación res­

trictiva está sancionada por las disjiosiciones predichas, pues ia Real orden de 27 de No­

viembre de 1893 negó á una viuda de Far macéutico el derecho de adquirir una nueva Botica, permitiéndole sólo trasladar de local la que fué de su esposo, y la de 27 de Mayo de 1890, para autorizar al hijo, de veintitrés años, de un Farmacéutico, que estaba con­

cluyendo la carrera, á que continuase en la Farmacia de su padre, se fundó en la cir­

cunstancia excepcional de encontrarse el in­

teresado, á causa ae la promulgación del Có­

digo Civil vigente, con su minoridad merma­

da en dos años, circunstancia que, unida á la de estar cursando el último año de su ca-

; rrera, hubiera constituido, caso de denegar­

se su pretensión, un atentado á los princi­

pios de irretroactividad de la# Leyes, y ó las generales de equidad y de justicia;

• La Comisión opina que, como resolu­

ción de la consulta planteada, debe informar este Real Consejo al Gobierno de 8. M. que

«I art. 23 de las Ordenanzas de Farmacia, eu concordancia con las repetidas disposiciones dictadas para su cumplimiento, autoriia únicamente á las viudas de Farmacéuticos, á sus hijas solteras y ilos hijos varones me­

nores de edad para continuar al frente de la Farmacia que fué de su esposo y padre, rei- jiectivamente, con el debido Regente, no pu­

diéndose considerar comprendidas en esta excepción del principio general á las hijas viudas n.i á nietos, como se pretende por la representación de D.* Carmen Campillo.

• Este es el criterio de la Conaisión que suscribe; el Consejo acordará, como siem­

pre, lo más acertado.»

Y conformándose S. M. el Rkt (q. D. g.) con el preinserto dictámen, se ha servido re- .solver como en el mismo se propone, dándo­

le carácter general.

De Real orden lo digo á V. S. para su conocimiento, el de D. Ramón Bosqued en la representación que ostenta y demás inte­

resados, con devolución del expediente para los efectos oportunos. Dios guarde á Y. I.

muchos años. Madrid 4 de Marzo de 1912.

BARROSO

Señor Gobernador civil de la provincia de Zaragoza.

(GaceUG M arzo.)

Sscción da la Provincia

aitC>:mxsy^isro

o i “v r i - , C ircular^úm oro 39.

8EHVICIO AGRONÓMICO

En la Gaceta de .Madrid número 67, co­

rrespondiente al día 7 de Marzo del año co­

rriente, aparece la siguiente circular de la Dirección general de Agricultura. Minas y Montes:

«Terminados los trabajos en la llamada campaña de otoño é invierno contra la lan­

gosta, con arreglo á lo dispuesto en el ar­

tículo 64 de la vigente ley de Plagas del campo, de 21 de Mayo de 1908, se hace pre­

ciso estar prevenido para en ^cuanto se ini­

cie la avivación del mosquito, con los ele­

mentos que existen en esa provincia, proce­

dentes de anteriores campañas, y con aque­

llos otros que se adquieran con cargo á los presupuestos que las Juntas locales formen^

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(2)

Boletín Oficial de Albacete

en virtud de lo prevenido en los artículos 70 y 71 d« la dicha ley, y á este efecto, esta Dirección General ha acordado:

!.• Que inmediatamente exija V. S. á las Juntas locales de extinción de aquellos tér­

minos municipales en que hubo aovaoión una relación de los terrenos que han sido

«aneados, y otra de aquellos en que no se han cumplido los terminantes preceptos de la Ley, respecto á escarifioacionesj

2. ® Las expresadas relaciones las entre­

gará al Ingeniero Jefe de la Sección Agro­

nómica, para que éste conozca exactamente los puntos en que pueda avivar la plaga, pa­

ra que organice la próxima campaña de pri­

mavera con los elementos disponibles en an­

teriores campañas, dando conocimiento á este Centro directivo;

3. * El Ingeniero Jefe de esa provincia, comunieará inmediatamente ti momento en que avive la plaga y los elementos con que cuenta -para su más pronta extinción, y

4. ® Exigirá V. S. por cuaijtos medios la Ley le autoriza,su más exacto cumplimiento, obligando desde luego á las Juntas locales á que formulen y hagan efectivos los presu­

puestos con todo* los gastos que sean preci­

aos, tanto para adquisición de gasolina, co­

mo para jornales; bien entendido que los so­

brantes de fondos que no se empleen, serán devueltos á los propietarios conforme ])ve- oeptúa la Ley».

Lo que he dispuesto se publique en el Boletín oficial para conocimiento de los Se­

ñoras Alcaldes y Presidentes de las Juntas locales de defensa contra las Plagas del cam­

po, especialmente de Albacete y Mahora, donde por haber existido plaga e) año pasa­

do, «8 teme la aparición de algúií mosquito y pueda ser cumplida cu la parte que á los mismos afecta.

Albacete 8 de Marzo de 1912.

E l G o b ern ad o r,

P aB ilo P l a z a .

Lista$ eUdoraUs de Compromisario!^ para Seiiadore*

que forman los Ayuntamientos de esta provincia ; á virtud dé lo prescrito en el art. 2& de la ley de j

8 de iebrero de 1877. ¡

NOMBRE Y APELLIDOS

D. Pablo Plaza Ruiz, Gobernador civil de esta provincia.

Hago saber: Que en cumplimiento á lo qua dispone el Reglamento provisional de las Cámara* de Comercio de 29 de Diciem­

bre de 1911, la Junta electoral de la misma Cámara, ea sesión celebrada el día 5 del ac­

tual, en armonía con el art. 38, nombró miembros de la misma á los Señores si­

guientes:

D. Francisco Fontecha Pedro Jiménéz

Antonio Matarredona Ignacio Martínez

Juan Culleii y Puig, S. en 0.

Manuel Ortega Juan Viilena Segó vía Ernesto Escriba Sobrevil la Herminio Picazo

Angel AyalaLorca EUseo Ruiz Rosell Gervasio Fernández Jacinto Bayo Aniceto Coloma Gregorio Arcos Manuel Solares Ricardo Goberna Alfonso Almonacid Juan Miguel López Máximo García Tejada

Lo que se anuncia para los efectos opor­

tunos.

Albacete 7 de Marzo de 1912.—El Go­

bernador, Pablo Plaza.

NOMBRE Y APELLIDOS Contribuelón satisfaces.que

HIGÜERUELA

Concejales.

D. Simón Sáez Bueno »

Pedro Navalón Belmar »

Francisco Cano Araedo »

Primitivo Abelláo Almendros »

Juan Fresneda Argaiidoña >

Pedro del Rey Navalón (menor) » Blas Serrano Díaz

Diego Fresneda Mancebo »

Juan García Arnodo »

Felipe Cano Bueno »

Mayores contribuyentes.

D. Tiburcio Gano García 873 10

Matías López Ballestero 340 33

José García Bueno 333 74

Pedro Araedo Martínez 216

Antonio Cuenca Ruano 193 24

Alonso Sáez Abellán 16.5 31

Ramón Prats Marimón 148

Rosendo Pérez Landete 148

Celestino Muñera Madrigal 134 31

Antonio García Serrano 132 34

Marcelo Vera Villanueva 132

Antonio Bueno Almendros 126

Esteban Sáez Bueno 123 88

Laureano Aparicio Díaz 110 11

Blas Ballestero Sáez 102 01

José Bueno Sáez 90 02

Melquíades Metieses Perona 88 59

Justo Tornero Royo 85 03

Cesáreo Tolsada López 84 35

Aparicio Tornero Royo 76 89

Jesús Delegido Tornero 66 -

Podro Arnedo García 61 19

Martín Ballestero Sáez 56 83

Martín Mancebo Sáez 54 68

Alonso García Aparicio 52 68

José Rodenas González 47 96

Joaquín de Fez Soriano 46 86

Antonio Navalón Fernández 45 92

Juan José Sáez Abellán 42 06

Augusto Gil Torres 42

Lorenzo Arnedo García 41 83

Ensebio Mancebo Sáez 40 86

Miguel Fernández Almendros 39 28

Pascual Sáez Abellán 37

Cosme Sáez García 36 11

Felipe Cano González 34 35

Juan Antonio López la Mata 31 16

José Tomás Valera 28 24

Fulgencio Almendros Corredor 28 23

Alonso Navalón Medina 27 29

Y para que conste y se publique en el

Boletín oficial de esta provincia, en armo- nia con lo establecido en el artículo 29 de la ley de 8 de Febrero de 1877, libro la presente que visada y sellada por el Señor Alcalde, firmo en Higueruela á 4 de Marzo do 1912.— Podro Arnedo.—V," B."—El Alcalde, S. Sáez.

BONILLO

Concejales.

D. Emilio Aubáu del Ojo >

Ramón Hidalgo Ordófiez »

• Emiliano Hidalgo Ordófiez »

PedroJCastañeda Sanz »

Bartolomé Martínez Hidalgo 3

Norberto Aurelio Utrilla Izquierdo »

Pascasio Aragón Gómez »

Tomás Solana Layón »

Rodrigo Utrilla Martínez »

Pedro Juan Carpintero Hidalgo »

Alejandro Solana Cáscales »

Espiridióu Blázquez Hidalgo »

Juan Gutiérrez Canales »

Mayores oontribuyentes.

D. Ramón Palomar González 1.446 31

Luis Montoya Navarro 922 52

Luis Linares Balón 706 02

Antonio Bueudía Aragón 691 02

D. Bartolomé Herrera Díaz Manuel Hidalgo Vaquerizo Angel Fernández Solana Casto Martínez Hidalgo Pedro Hidalgo Garví Pedro Gómez Valero José Hidalgo Vaquerizo Joaquín Canales Ortíz José Bódalo Buendía Cipriano Castellanos Sánchez Sebastián Moral Ortíz Sebastián Canales Ortíz Sebastián Sánchez Ortíz Federico González NúBez Luis Sánchez Ordófiez Francisco Morcillo Martínez Marciano Hidalgo Grueso Segismundo García López Serapio Morcillo Ordófiez José Bódalo Blázquez Ramón Bódalo Blázquez Bartolomé Herrera Chillerón José Gallego Calero

Alejandro Moral Ortíz Amadeo Estrada .Martínez Ramón Carpintero Hidalgo Víctor Cuerda y Cuerda

Pedro José Aparicio Castellanos Jesús Buendía Martínez

Marcelo Martínez Morcillo Víctor Morcillo Martínez Pedro Solana Cáscales Ramón Canales Ortíz Pedro Calero Sánchez Pedro Herrera Díaz

Antonio Martínez Hernández Juan de Mata Hidalgo Ordófiez Juan Antonio Bellón Rodríguez Enrique Grueso Ordófiez Narciso Buendía Solana Martín Jiménez Santón Esteban Castellanos Sanz Aurelio Solana Cáscales José Gil Calero

José López Villoldo

Ramón Aparicio García Honrubia Matías Cañaberas Chillerón Castor Moral Morcillo

Cuya lista se acordó declarar definitiva ea sesión celebrada por el Ayuntamiento el

día dos del actual, y su publicación antes del ocho del mismo. Y para remitir al Sr. Gober­

nador civil de esta provincia, libramos la presente para su inserción en el Boletín ofi­

cial^ ea Bonillo á 5 de Marzo de 1912.— El Alcalde, Emilic Aubáu.—El Secretario acci­

dental, Ramón de Bódalo Blázquez.

LA RODA

Concejales.

D. Leopoldo Cadenas González José María Vento Gil Pío Belmonte Garví Manuel Ruiz González Juan Antonio Ruiz Valera Federico García Muñoz Juan José Berruga Galiano José Joaquín Ballesteros Romero Pedro María Redondo Sotoca Enrique Escobar Hore José Ramón Escobar Marqués Diego José Muñoz López de Haro Francisco García Belmonte José Escobar Muñoz Fernando Aguado Montoya

Mayores contribuyentes

D. Adolfo Cadenas González Francisco García Jiménez Julián Viñas Simarro Eduardo Fernández Romero Miguel Nohales Moratalla Antonio José López Sotos Andrés Gómez Cordobés Juan José Escobar Marqués Francisco Cebriáu Carrasco Juan Cebrián Carrasco Pablo Graells Segura Cándido Pérez Maitínez Miguel Carrasco Martínez

C*Btribuai«B

satiafacei.**•

4 6 7 78 3 9 6 31 366 4 4

368 90

343 99

304 14

302 48

S 9 6 34 292 12 286 11

264 65

262 69

262 23 268 77

2 4 5 G8

234 48 226 80 208 50

187 94 180 180 176 99

173 34 173 09

170 86 162 27 162 71

162 17 146 49

141 42 136 37 133 69

125 22 123 01 112 55

102 12 loo 88 loo 42

9 9 66

96 52

9 4 65

94 02 93 96 92 27

8 7 21 83 72

8 1 18 78 27

1.232 73 1.084 78 937 77 827 87 916 60 715 83 700 52 665 67 660 86 657 30 648 80 694 54 634 67

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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Boletín Oficial de Albacete

3

ii<n

5 00

} 86

7 30

finitiva por acuerdo del Ayuntamiento. Y para que conste y remitir al Sr. Gobernador por si tiene á bien ordenar su publicación en el Boletín oficial de la provincia, se pone la presente en La Roda á 8 de Fe­

brero de 1912.—El Alcalde, L. Cadenas.—

El Secretario, José Miguel Sotoca.

JUNTA PROVINCIAL DE INSTRUCCION PUBLICA

A n u n o io .

De conformida;* con lo dispuesto «» el artículo 4.® del Beal decreto de 15 de Abril último, se convoca á todos; los'JMaestros j Maestras que deseen figurar en las listas de aspirantes para la provisión de Escuelas y auxiliarías en concepto de interinos, conce­

diéndose un plazo de quince días, á partir dei siguiente i la publicación de este anun­

cio en el Boletín oficial. Los aspirantes de­

berán tener 21 años cumplidos, pudiendo también figurar los que tengan 18, si bien estos últimos, podrán ser nombrados á falta de los primeros.

Las instancias fechadas dentro del plazo de la donvocatoria se dirigirán al llustrísi- BÍmo Señor Gobernador-Presidente de la Junta provincial de Instrucción pública, acompañando la siguiente documentación:

(a ) Loa que tengan prestado» servicios interinos ó gratuitos, hoja de servicios y certificado de penales.

(h) Los que no hayan prestado servicios públicos, acompañarán á la instancia el cer­

tificado de estudies y méritos, expedido por la Secretaría de la Junta; para obtener estos certificados de estudios se presentará en di­

50M BRE1Y APELLT.?OS 'ontrlbuoi»n satisíacea.QU®

Enrique Belmente Raiz 454 21

Ceferino Jiménez Escribano 412 16

Luis Escobar Jiménez 397 60

Antonio Muñoz Cuchillo 366 92

Nemesio Espinosa Ropero 354 40

Pablo Cañamares Cócera 345 98

José Miguel Sotüca Redondo 330 07 .José Joaquín Arce y Lossa 320 04 Ernesto Jiménez Coutreras 303 24

Pedro Ortega y Ortega 288 47

Juan Martínez Tabernero 287 18

Eloy López Moreno 278 40

Blas Fraile Escudero 278 23

Blas Toboso Castillo 265 36

Federico Ationza Jiménez 263 88

Pascual Cadenas González 252

Alonso Escudero Martínez 195 57

Federico García Meneses 182 31

José Martines Parra 160 80

Felipe Talavera Ramírez 158 40

José Ruiz Martínez 154 05

Justo Hortelano Martínez 154 05

Juan Sánchez Lucas 153 43

Juan José Navarro 143 76

Senóii Ramírez Ballesteros 128 31 Alfonso Villodre Fernández 131 05

Bartolomé Chicano 127 15

José Carrilero Yuste 127 14

Juan de Mata Carrilero Tóbar 123 21

José Cisueros Cortijo 109 82

Francisco Escobar Jiménez 108 46 Juan Ramón Romero Escribano 108 28 Francisco García Meneses 105 60

Alonso Ruiz Valera 102 86

Diego López de Haro Peñaranda loo 60

Alberto Jiménez Limiñana 99 97

José Antonio Escobar Fernández 98 78 José María Bemiga Galiaiio 93 84

Manuel García Sánchez 91 98

José Antonio Toboso Dónate 91 44

José Raíz Clmos 87 03

Juan Ramón Toboso Cuchillo 84 53 José Antonio Escudero Escribano 83 SI

José Cebrián Chacón 82 98

Andrés Collado Vinuesa 78 86

Juan Navarro Zapatér 76 14

José Amar Belmonte 76 74

La precedente lista es copia literal de la declarada ultimada y publicada como de-

cha Secretaría de la Junta, instancia solici­

tándolos, acompañando:

Título de Maestro ó recibo de haber sa­

tisfecho los derechos.

Certificación de j)enales y partida de na­

cimiento legalizadas.

Además una póMza de dos pesetas para extender dicho certificado y loa derechos de Secretaría.

Las condiciones de preferencia para for­

mar la lista de aspirantes á interinidades, son las determinadas en el ai tículo 22 del Real decreto de 15 de Abril úbimo.

Además, con arreglo á la Real orden de 29 de Mayo último, han de tenerselpresente las siguientes instrucciones:

1. * Los que estén sirviendo interinidades podrán figurar en las listas de aspirantes, pero no serán nombrados para ninguna va­

cante hasta que no cesen en la plaza interi­

na que desempeñan.

2. * Para solicitar la inclusión en la lista, basta el certificado de reválida, pero no po­

drá extenderse el nombramiento «in haber hecho el pago de los derechos del título.

3. * Los servicios en propiedad son pre­

ferentes á los interinos.

4 * Los aspirantes podrán manifestar el grado y sueldo de las Escuelas que desean.

Si les corresponde vacante de otro grado y sueldo, se correrá la escala nombrando el siguiente que esté en condiciones y quedan­

do aquellos excluidos de las listas.

Lo que se hace público para conocimien­

to de los interesados.

Albacete 7 de Marzo de 1912.—El Go­

bernador-Presidente, Pablo Plaza.—El Se­

cretario, Manuel yernándea y Fierro.

D ELEG AC IO N OE HACIENDA Consumos.—Circular

En la circular de esta Delegación do 16 de Febrero anterior, publicada en el Boletín oficial correspondiente al 19 del úiismo, se ordenaba á todos los Municipios que en el plazo máximo de ocho días, contados desde el en que apareciese la repetida circular en el periódico oficial, diesen cuenta de los medios adoptados para .su cumplimiento y de las cantidades que, con el fin de enjugar sus débitos por su cupo de 1911, ingresarían en el mencionado mts.

El plazo concedido ha transcurrido con exceso. Unicamente los Ayuntamientos de Alborea, Balazote, Balsa de Vés, Bonillo, Casas de Vés, Peñas de San Pedro, Pétro- la, Valdeganga, Villarrobledo, Villaverde y Yeste, han cumplido con esta orden. Los demás no se han dignado contestar siquiera.

Ingreso» no realizaron más que los Muni­

cipios de Casas Ibáñez, Elche de la Sierra, Pozohondo, Robledo, San Pedro y Villa de Vés, y como ho hay más que uuos cuantos que hayan saldado el «fio, resulta que la inmensa mayoría de los Ayuntamiento» no han cumplido con lo que ordenado se les te­

nía, y por consiguiente han incurrido en la multa con que se les conminaba en la misma circular y que inmediatamente les será reclamada.

Espero que antes de otros ocho días cumplimenten la repetida circular; en la inteligencia que de no verificarlo les será impuesta nueva penalidad, con la que quedan conminados desde ahora.

También confío en que haciéndose cargo de las circunstancias, procurarán ingresar durante el mes cantidades de relativa impor­

tancia que aminoren, cuando menos, ya que no lo hagan desaparecer, el débito con que vienen figurando.

Albacete 8 de Marzo de 1912 —El Dele gado de Hacienda, José Pérez Caballero.

TESORERIA DE HACIENDA Anunoio.

El Arrendatario de Contribuciones é Im­

puestos de la provincia, en uso de las facul­

tades que le confiere el art. 18 de la vigente Instrucción de Recaudadores y de acuerdo con esta Tesorería, ha tenido á bien nombrar Recaudador auxiliar á D. Sebastián Espino­

sa Claramoiite.

Lo que por el presento se pone en co-

Jio c im ie n to de los Señores Jueces de pri­

mera instancia, municipales, Registrado­

res de la Propiedad, Alcaldes y público en ge­

neral, para que por los mismos les sean guar­

dadas las consideraciones anejas á dicho cargo.

Albacete 5 de Marzo de 1912.—El Teso­

rero, Casildo Rodríguez.

A Y (JN T A M !E N T O S

CORRALRUBIO

D. Pedro López Martínez, Alcalde^ constitu­

cional de esta villa.

Hago saber:^Que''el Ayuntamiento d® mi presidencia, en sesión del día 25 de Febrero último, acordó declarar como definitivas las listas de electores para Compromisarios for­

madas por el miarao para el año actual, por no haberse producido contra las mismas ningunas ¿reclamaciones.

Oorralrubio 6 de Marzo de 1912.—El Al­

calde, P. López.

MAHORA

D. Benjamín Gómez García, Alcalde cons­

titucional de esta villa.

Hago saber: Que mediante no haberse presentado reclamaciones contra la lista primitiva de Compromisarios para Senadores

«n el año actual, formada por el Ayunta­

miento de mi presidencia, en sesión de 25 del corriente, se acordó declarar dicha lista con el carácter de difinitiva y que ya fué publicada en el Boletín oficial número 14 de fecha 31 de Enero último.

Lo que se hace público á los efecto» del artículo 29 de la ley de 8 de Feb rero de

1877.

Mahora 27 de Febrero de 1912.—El Al­

calde, Benjamín Gómez.

VILLAVERDE

D. Pedro Henare.s Gutiérrez, Alcalde Pre­

sidente del Ayuntamiento constitucional de esta villa.

Hago saber: Que habiéndose terminado por la Junta repartidora el proyecto del re­

partimiento vecinal de consumos para el presente año 1912, quedaMe manifiesto al público en la Secretaría de este Ayunta­

miento por el ])lazo de ocho días hábiles, contados desde el siguiente alj’en‘Pque apa­

rezca este anuncio inserto en el Boletín ofi- eial de la provincia, á fin desque ios contri­

buyentes puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante la indicada Junta por medio de escrito ó verbalmente, en el acto del juicio de agravios, que tendrá lugar al día siguiente de finalizar el citado plazo de exposición, y hora do las diez, en la Sala Consistorial.

Villaverde 26 de Febrero de 1912.—E!

Alcalde, Pedro Henares.

VILLARROBLEDO

La lista de electores de Compromisario»

para Senadores inserta en el Boletín oficial del día 24 de Enero último, ha sido declarada definitiva por el Ayuntamiento en la sesión de ayer.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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Boletín Ofieial de Albacete

Lo que se publica eii este periódico ofi­

cial en'i oamplimiento del artículo 29 de la ley u9 8 de Febrero de 1877.

Villarrobledo 7 de Marzo de 1912.—El Alcalde, Antonio Berruga.

D. Antonio Bsrruga Villodre, Alcalde-Presi­

dente de ente Ayuntamiento.

Hago saber: Que habiéndose formado el repartiijuento del impuesto de consumos de este término municipal correspondiente al año natural de 1912, la Junta repartidora ha acordado exponga al público en la Se­

cretaria de este Ayuntamiento desde los días ocho al Teintitrés inclusives del pre­

sente mes, con objeto de que los contribu­

yentes puedan examinarle y hacer las recla­

maciones que consideren justa», para cuya resolución se reunirá la referida Junta el día veinticuatro á la hora de laa diez, en e! loca!

de sesiones de las Cases Consistoriales.

Lo que «e anuncia pm* el presente edicto para conocimiento da lo» interesados, á fin de que puedan hacer uhode sus derecho^, siu que después aleguen iguorancia.

Dado »n Villarrobledo á 4 de Marzo de 1912.—El Alcalde, A. B erru g a—P. S. M., El Secretario. R. Castillo Checano.

áLPERA

D. Noé García Díaz, Alcalde constitucional de esta villa,

Haca saber: Que según lo dispuesto por el limo. Sr. Gobenmdor civil de esta pro­

vincia, se han llevado á efecto las oportunas rectificaciones en el repartimientodearbitrios extraordinarios de e.ste distrito para ol año actual, V por consiguiente e.stará expue.stoal público en la Secretaría dol Ayuntamiento desde la salida á la postura del sol por tér­

mino do ocho días hábiles, contados desde el siguiente al de la inserción de oste anuncio en «1 Boletín oficial de Albacete, pucliendo ser examinado libremente y formularse las reclamaciones que justas se consideren y por escrito durante el expresado plazo, ó á la verbal ante la Junta municipal al siguiente de expirar el plazo que se reunirá para el juicio de agravios á las nueve de la mañana en la Sala Capitular.

Álpera 28 da Febrero de 1912.—Noé García.

CISAS 1BAÑE2_

D. Francisco Martínez Carrión. Alcalde constitucional de «ata villa.

Hago saber: Que celebradas sin efecto por falta de lieitadores tros subastas para la enajenación del solar propiedad del Pósito que ocupa el edificio destinado á Cárcel del partido, .sito en la callo del Pósito^ que linda derecha calle de la Feria, izquierda casa de los herederos de Gregorio Víllena Descalzo y espalda, los mismos 'heredíros y Ulpiano Valiente Oórcoles, quu mide de extensión su- p«rficrdi 303 metros cuadrados; por disposi­

ción del Señor Jefe d« la Sección de Pósitos de la provincia, se anuncia la cuarta y ulti­

ma subasta de dicho solar, bajo el nuevo ti­

po dft tasación de quinientas cuarenta y nue­

ve pesetas ’!Ovcnta y cinco céntimos y con sujeción al pliego de condicionen que sirvió ds base pañi la primera, el cual se halla de manifiesto al público en la Secretaría de es­

te Ayuntamiento, cuya suba,sta tendrá lug^ar ante esta Alcaldía en ¡a Cuaa Conaiatorial, con asistencia de los Señores que forman la .funta y que previene la circular de la Exorna. Delegación Regia de 13 dtt Septiem­

bre de 1907, «! día 20 fíe Marzo próximo á la.s once de la manan:).

Dicho inrauebl® se halla fibre de toda carga y gravámen y el título que de él posee

í:I cítablecímiento es la certificación que pre­

viene el Real decreto de 11 de Noviembre de 18G4.

Las proposiciones por pujas á la llana se harán ante ia Jau ta de subasta, durante la primera media hora de la duración dei acto, desechándose las que no cubran el tipo de la

mi-'ima.

Lo» que de.seen tomar parte en la licita­

ción, habrán de dej)ositar previamente ante la Junta ó en la Sucursal del Banco de Espa­

ña el cinco por ciento de la cantidad por que ae anuncia, y no podrán ser licitadore» los que formen parte de la Corporación, sus em­

pleados ni los deudores al Establecimiento.

Lo que ae anuncia para conocimiento de los quo deseen interesarse en ia subasta.

Cesas Ibáñez 20 de Febrero de^ 1912.—

Franoi.sco Martínez.

MONTEÁLEGHE

D. Juan José Luna Poyatos, Alcalde conati-

tucional de esta villa. •

Hago saber: Que en virtud á no haberse ; presentado reclamación alguna contra las | lista» formadas por este Ayuntamiento de todos los individuos que tienen derecho á • elegir Compromisarios para la elección de : Senadores, dicha Corporación, en sesión de . 4 de Febrero anterior, acordó declararlas ^ definitivas en la forma que aparecen iuser- ; tas en el Boletín oficial de la provincia, nú- ; mero 14 de 31 de dicho me.s de Enero.

Montealogre 29 de Febrero de 1912.— ■■ Juan José Luna.

VILLA DE VES

O. José Carrión Piquera.s, Alcalde constitu­

cional de esta villa.

Hao’o saber: Que habiéndose ultimado por la ju n ta el repartimiento general vecinal ]>ara atenciones del presupuesto municipal dei corriente año 1912, queda expuesto al público por término de quince días, desde que aparezca el anuncio en el Boletín oficial, para que loa contribuyentes puedan enterarse y hacer las recíaiuacionc.» que crean conve­

nientes.

Villa de Vés 5 de Marzo de 1912.—José Carrión.

D. Juan José Luna Poyatos, .Alcalde cons­

titucional de cata villa.

Que el repartimiento girado sobre espe­

cies no gravadas para cubrir el déficit de!

presupuesto de este Municipio en el año actual, queda ex})ue8to al público en la Se crstaría de este Ayuntamiento por término de ocho días hábiles, contados desde ei si­

guiente al en que aparezca iunsrto el pre­

sente edicto sn si Boletín oficial de la pro­

vincia, al objeto de oir reclamaciones.

Moutealegre 1.’ de Marzo de 1912 — Juan Joi^é Luua.

PEÑAS DE SAN PEDRO j

D. José María Rodrigue» de Vera, Alcalde i constitucional de esta villa, '

Hace saber: Que la Corporación inunici- í nal, pn sesión de 29 de Enero último, acor- ; dó declarar como definitivas las listas olee- ; torales de Compromisarios para Senadores ; tal y como aparecen publicadas en el Bole­

tín oficial número 28, en vista de no haber­

se ])resentado contra ella» recíamaciones du­

rante los veinte primeros aías de dicho mes que estuvieron expuestas al público.

Peñas de San Pedro 5 de Marzo de 1912.

José María R. de Vera.

de Aldea del Rey, partido de Almodóvar del Campo, provincia de Ciudad Real, hijo de José y María Cruz, comparecerá en término de diez días ante el Juzgado de instrucción de Albacete, para notificarle el auto de pro­

cesamiento y recibirle declaración indaga­

toria en causa que se le sigue sobre hurto.

Albacete 6 d« Marzo de 1912.—El Secre­

tario judicial, José García.

LA RODA Requisitoria.

Jovnr Camacho, Francisco, soltero, de 28 años de edad, natural de Barcelona, limpiabotas, con acento gallego, vistiendo blusa azul y pantalón de pana negro, cuyo domicilio y actual paradero se ignora, pro­

cesado en causa por estafa, fugado de la estación férrea de esta villa el 14 de Febrero último, comparecerá «n el Juzgado de ins­

trucción del partido de La Roda, en término de diez días; y habiéndose decretado la prisión provisional comunicada del mismo, se encarga á todas las Autoridades civiles y militares é individuos de la policía judicial, la busca, captara y conducción de expresado

;-iujeto á la prisión preventiva de este par­

tido y á mi disposición; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no comparece y nararle el perjuicio á que haya lugar.

La Roda 2 de Marzo de 1912 —El Juez de instrucción, Manuel López.

JUZGADO MUNIOII'AL DE ALMANSA D. Camilo Oleína y de Rivera, Abogado y

Juez municipal de la ciudad de Almansa.

Hago saber: Que eu el juicio verbal de faltas sustanciado en este Juzgado contra Antonio García López (a) Moñogordo, di 49 años de edad, soltero, natural de Yecla, que fué vecino del término de Almansa, habitando la Choza del Cañejal, y en la actualidad en rebeldía por ignorarse su naradero, sobre sustracción de trozos de Í)ino y daño causados en los montes d«

Propios de este término y Dehesa de Jodar, el Tribunal municipal de esta ciuda den acta de juicio, ha dictado con fecha de ayer, seiitenoia con la parte dispositiva del Señor literal siguiente:

«Fallamos que debemos condenar y condenamos al acusado «u satos auto* An­

tonio García López (a) Moñogordo, á la pe­

na de ocho días de arresto menor «orno autor de la sustracción motivo de esto*

.autos, más la iudemirzaoión de 37 pesetas 25 céntimos al limo. Ayuntamiento de esta ciudad y pago de costas con las accesorias de responsabilidad personal subsidiaria para

; caso de insolv«ncia».

I Y pava que sirva de notificación en forma

i

ai acusado Antonio García López (a) Moño- I gordo, se publica el presente en este lugar, i Dado en Almansa á 28 de Febrero de

; 1912.-Camilo Oleína y de Rivera.—D. S. 0., Jesús Miñano, Secretario.

Sección de fuera de la Provincia

J U Z G A D O S

ALBACETE Cédula de citación.

Avellano García, Jesús, de 17 años, sol­

tero, vendedor ambulante, natural y vecino

JUZGADO DE INSTRUCCION DE VALDEPEÑAS Cédula de citaeión.

Rubio y Biázquez. Hermenegildo, domi- ciliado últimamente en Valencia, Hospital provincial. Sala de Cristo, cirugía, cama 245, vecino de Yeste, aldea de Arguellite, compft' vecera como procesado en causa por estaía, pa'-a que cumpla con la obligación que tien*

contraída de presentarse ante la Audiencia provincial de Ciudad-Real y cuando se

llamare. ^

Valdepeñas 4 d * Marzo de 1912.—El Ju de instrucción, Fernando Tercero.—El cretario, Valentín Ortíz.

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Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

Referencias

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