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DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

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Número 58 Miércoles 14 de layo de 1913 25 céntimos

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de

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a o erá

BOLErá OFICIAL

DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

i'Risoios DE SoscRiPCióN.—Eü )a Capital: Un trimestre, 4 pesetas.—Uu semestre, 7 id.—Cn año, 1 2 ' 5 0 id.—Fuera de la Capital: Un trimestre, Ó pesetas.— Cn semes­

tre, 9 id.— Uu año, 1 5 id.—Los edictos y .seutencias de los Juzgados y Tribimales que se p:ibliqueu, y uo seau de oíicio, pagarán 2 5 céntimos de peseta por línea.

Freciosde Anuncios.—Los anuncios particulares que se publiquen, previa licencia del limo. Sr. Gobernador, pagarán: De una á seis líneas, 1 peseta.—De siete á quince, 1 ‘5 0 Id.—De diez y seis á treinta, 2 id .—De treinta en adelante, precio convencional.

Se publica Lnnes .\liércoles y Viernes.—Las reclamaciones al Director de la Imprenta.

Sección de la Gaceta

PRESIDENCIA DEL COUSEJO DE MINISTROS

S. M. el

Rr y

Don Alfonso Xllí (que Dios g'uarde), S. M. la

Re in a V ic ­

toria Eugenia y SS. AA. RR. el Príncipe de Asturias

é

Infantes D. Jaime, Doña Beatriz y Doña María Cristina, continúan sin novedad en su importante salud.

De igual beneficio disfrutan las demils personas de la Augusta Real Familia.

{Gaceta 13 Mayo.)

MliNlSI’ERIO DE L A GOBERNACIÓN

REALES ORDENES

Excino, Sr.: Abiertas ni servicio público algunas Estaciones telegráficas en nuestras zonas de influ meia y de acción española en Marruecos, además de las que ya existían en Tánger y en nuestras antiguas posesiones de Africa, y proyectada la apertura de otras más en dichos territorios; teniendo en cuen­

ta que el Reglamento telegráfico del servicio internacional autoriza la admisión de tele­

gramas escritos en lenguaje árabe, y convi­

niendo al mejor .servicio que para todas las incidencias de estos desjiachos haya funcio narios que posean la competencia necesaria en dicho idioma,

8. M. el Rey (q. D. g .) ha tenido á bien disponer lo siguiente:

1 ° Que se anuncie una convocatoria de exámenes para seis plazas de Intérpretes de lengua árabe, en la que puedan tomar parte:

a) Los empleados de Telégrafos, desde la categoría de Oficial primero á la de Ofi­

cial quinto, ambas inclusive.

b) Los de la escala auxiliar de Ultramar de dichas categorías.

2 . ® Los exámenes se verificarán en el lu­

gar y ante un Tribunal que la Dirección General de Correos y Telégrafos previamen­

te designará, la cual adoptará las medidas necesarias para el comienzo de aquéllos, des­

pués de cumplido un año de la publicación de esta Real orden en la Gaceta.

3. ® Los ejercicios consistirán en:

a) Lectura de texto escrito en caracteres árabes y su traducción correcta al español,

b) Lectura de un texto árabe escrito en caracteres usuales para el idioma español y su traducción correcta á este idioma.

c) Traducción de un texto español al idioma árabe, escribiéndolo en caracteres usuales en España y arábigos.

d) Conversación corriente sobre un asun­

to cualquiera en árabe.

4 . ® lios ejercicios se caliiicarán por pun­

tos, y una vez terminados, el Tribunal podrá aprobar hasta doce que á su juicio lo merez­

can. Los seis primeros que obtengan mayor suma de puntos pasarán á ocupar las plazas oreadas, y 1 s otros seis quedarán disponibles para cubrir las vacantes de ios primeros.

5 . ® Los lutérpreies de árabe disfrutarán por este servicio una giatiíicacióii anual de I.ÜUO pesetas.

6 . ® Es requisito indispensable para dis­

frutar de la gratificación prestar servicio en las estaciones de Africa ó servir de intérpre­

te en otro punto por orden de la Adminis­

tración.

7. ® Los aprobados en la convocatoria se­

rán preferidos para servir las plazas de las estaciones en Marruecos y posesiones espa­

ñolas del Norte de Africa.

Es asimismo la voluntad de 8. Ai. que se consigne en el próximo presupuesto el cré­

dito necesario para satisfacer estas atencio­

nes, como igualmente quede V. E. facultado para disponer los demás trámites de la con­

vocatoria hasta el término de la misma.

De Real orden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos. Dios guarde á V. E.

muchos años. Madrid 7 de Mayo de 1913.

aLDA

El Alinistro de Gracia y Justicia ha dic­

tado la Reai orden siguiente:

«Exemo. Sr.: A pesar de los trabajos lle­

vados á cabo por los Presidentes de las Au­

diencias y los Jueces de instrucción, como Presidentes de las Juntas de Patronato de reclusos y libertos, y de las reiteradas exci­

taciones de este Alinisterio á las Corporacio­

nes administrativas encargadas de la forma­

ción de los presupuestos caicelarios, son muchas las capitales de provincia y partidos judiciales cuyas Prisiones se encuentran en deplorable estado por su íalta de capacidad, abandono é inseguridad; y como quiera que tal estado de cosas indica una íameiifcable negligencia por parte de las Diputaciones y Ayuntamientos á quienes incumbe este ser vicio,

»S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido á bien disponer que se interese de V. E. el que por ese Departamento se dirijan la.s órdenes oportunas á los Gobernadores civiles á fin de que estas Autoridades exijan á las Diputa ciones Provinciales y Ayuntamientos que aún no hayan constituíao Prisiones correc­

cionales ó preventivas con arreglo al moder-- uo sistema de clasificación, que incluyan en sus respectivos presupuestos ios créditos ne­

cesarios, coa arreglo á los recursos con que

cuenten, para el cumplimiento de tan impor­

tante servicio.

»De Real orden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos oportunos.*

Lo que de Real orden traslado á V. S.

para su conocimiento y á fin de que se sirva dar las órdenes oportunas á la consecución del objeto que se propone la citada Real dis­

posición. Dios guarde á V. S. muchos años.

Madrid 9 de Mayo de 1913.

ALBA -

Señor Gobernador civil de...

(Qacet i 10 Mayo).

limo Sr.: Vista la instancia que suscriben el Presidente y un Vocal de la Asociación de fondistas y similares de España, solicitando que á los efectos de la ley del Descanso se declare incluido en el artículo 4.® del Regla­

mento de 19 de Abril de 1905 el trabajo de los camareros, mozos, cocineros, etc., de ho­

teles, reataurants, fondas, etc.:

Resultando que la expre.sada petición se funda en la imposibilidad de hacer la reno­

vación constante del citado personal por la especial naturaleza de la industria hostelera, y , además, en el hecho de que los referidos sirvientes decansan todos los días, bien co­

mo los camareros, en el tiempo comprendido desde la terminación del almuerzo hasta la hora de la comida, bien como los cocineros en horas distintas:

Considerando que con arreglo á las di.s- posiciones reguladoras del descanso domini­

cal, los camareros, mozo.*», cocineros, etc., no pueden ser considerado.s como obreros, porque no ejecutan trabajos manuales al ser­

vicio de la industria, entendida ésta con arre­

glo á U definación que de ella se expresa en

¡a Real orden Je 14 de Agosto de 1907:

Considerando que tampoco pueden ser comprendidos entre los dependientes de co­

mercio internos, de quienes hace referencia la Real orden de IG de Julio de 1908, toda vez que el trabajo peculiar en hoteles, re*- taurants, etc, entrañando transformación de productos, no debe ser considerado como co­

mercial:

Considerando que la jurisprudencia deri­

vada de la aplicación de la ley de Accidentes del trabajo define como servicio doméstico el de los referidos camareros, cocineros, pin­

ches y criados, .y teniendo en cuenta además que gozan del necesario descanso diario y hasta del semanal ó quincenal que general­

mente se les concede:

Vistas las disposiciones vigentes en la ma­

teria; oído el Instituto de Reformas Sociales, y de acuerdo con su informe,

S. M. el Rey (q. D. g .) se ha servido dis­

poner que el trabajo realizado por ¡os mozos.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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camareros, pinches, criados, cocineros y ayundanl.es de cocina de ambos sexos, en hoteles, fondas, restaurants, cafés, etc., se hallan incluidos en el caso de excepción es­

pecial señalado en el artículo 4.'*, caso 1." del Reglamento de 19 de Abril de 1'905.

De Hüil orden lo digo á V. I. para su co­

nocimiento y efectos oportunos. Dios guarde á V. I. miu hos años Madrid 7 de Mayo de 1913

ALBA

Señor Subsecretario de este Ministerio.

liOaccla í) Mayo).

REAL ORDEN CIRCULAR

La Brigada especial de nivelación baro­

métrico, dependiente de ia Dirección Gene­

ral del Instituto Geogiáftco y Estadístico, tiene necesidad de llevar con toda la rapidez j)osib!e los trabajos de campo, para la for­

mación y redacción de una carta de España en escala de 1:1.000.000, que ha de formar }mrte del mapa ?Diimlial que por acuerdo in- lernacional tornado eu Londres el año 1911 se acordó pubíicar, y con objeto de propor­

cionar facilidades al personal de dicha Bri- g.ada para cumplir .«u misión, y en virtud de lo interesado por el Ministerio de Instruc­

ción Publica y Bellas Artes,

S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido á bien disponer intere.se \ \ S. del Presidente de esa Diputación Provincia! y de los Alcaldes, si fuera necesario, que al personal de la men­

cionada Brigada, compuesta del Ingeniero geógrafo j)viinero D. Alfonso Giaiieros y Díaz, y.de los Topógrafos á sus órdenes D. Alejan­

dro Guijarro y López, tb Luis Ruiz y Ma- gán, O. José Ripoll y Sarozola y D. Emilio Alfaro y Fatbona, se les faciliten cuanios (lutos existan en las oficinas jirovinoiaks ó municipales relacionados con los estudios que tengan hechos, bien sean referentes á la.s vías de comunicación, canalizaciones ó repo­

blaciones forestales, por si pueden serle.s aprovechables, y se les permitan tomar los datos y sacar los calcos que precisen para el mejor y más pronto desempeño de la misión que se les ha confiado.

De Real orden lo digo [á V. S. para su conocimiento y efectos que se indican. Oins guarde á V. S. muel os año.s. Madrid 8 de Mayo de 1913.

ALBA

Señores Gobernadores civiles de las pro vit.oias.

(Gaceta 10 Mayo.)

Sección de la Provincia

a O B i E i t n s r o

M

D. Pablo Plaza Ruiz, Gobernador civil do esta provincia.

Hago saber: Que en este Gobierno civil y por D. Miguel l’auadero y López-Guena- ro, como representante de la «Sociedad Hi- dro-eléotrica Española», se ha presentado y le han sido admitidos instancia y [iroyecto para introducir eu el apiovechamiento de aguas del ríu Júcar eu el sitio denominado

«El Molinar», del término de Villa de Vés, del cual es concesionaria, la modificación que se describe en la nota inserta d conti­

nuación.

Lo que con arreglo al art. l.ó de la ins­

trucción de 14 de Junio de 1883 y Real or­

den de 28 de Abril del mismo año, se hace público a fin de que, previo exdmen del pro­

yecto que estará expuesto en la Sección de Fomento de la Jefatura de Obras públicas, los particulares y Corporacióii que !o deseen, puedan formular cuanta.s reclamaciones juz­

guen. pertinentes á su derecho en el plazo de treinta días, festivos inclusive, (Real orden

de 21 de Julio de 1884), contados á partir del siguiente al en que se inserte el presente edicto.

Albacete 10 üe Mayo de 1913 —El Go­

bernador, Pablo Plaza.

Nota que se cita.

La «Sociedad Hidro-eléctrica Española», se propone colocar una perlanga. de funciona­

miento automático sobre la coronación de !a iiresa del aprovechamiento de aguas del J ú ­ car que posee en el sitio «El Moliaar», del término de Villa de Vés, perlanga que ])er- miia embalsar el agua en una altura de 50 centímetros, regularizando el caudal dei río en las diveisas horas del día, siempre que las circunstancias lo f.xijan y que se separo por sí sola en caso de crecidas imprevistas, ó á voluntad cuando no sea necesaria.

Con la elevación que se solicita, la capa­

cidad total del embalse durante las épocas del estiaje será de 35.000 metros cúbico.^ y la

Util no excederá do 30.000 mefrOvS cúbicos La Sociedad ae propone abonar el impor­

te d« cuantos daños pudieran originarse con este proyecto, ai realizarse, á los jirojiieta rios de las huerta.s situadas aguas as riba de la presa.

Albacete 10 de Mayo de 1 9 1 3 — Ei Inge­

niero Jefe, Antonio L, Beruiúdez.

D. Pablo’Plaza Ruiz, Gobernador civil de es­

ta provincia.

Hago saber: Que en este Gobierno civil y por D. Ramón González Ruiz, vecino de Siles (Jaén), se ha presentado y le han sido admitidos instancia y proyecto en súplica de concesión del aprovechamiento de aguas á que se refiere la nota que se inserta á con­

tinuación .

Lo que con arreglo al artículo 15 de la instrucción de 14 de Junio de 1883, se hace público á fin de que, previo examen del proyecto que estará expuesto en la Sección de Fonmnte de la Jefatura de Obras Públicas de la provincln, los j)articulare.s y Corpora­

ciones que lo deseen puedan foi mular toda clase de reclamaciones que juzguen perti- netit.es á su derecho en un plazo de treinta días, feslivu.s inclusive, (^Real orden de 21 de Julio do 1884). que empezarán á con­

tarse el día siguiente ai en que se inserte el presente edicto.

Albacete 10 de M.iyo de 1 9 1 3 — Ei Go­

bernador, Pablo Plaza.

Nota que se cita.

D. Ramón González Ruiz es concesio­

nario con fechas 11 de Diciembre de 1911 y 29 de Marzo úbimo de dos aprovechamientos de agua del A n o3'o Frío,, en término de Cotillas para la producción de energía eléc­

trica, de los cuales el primero está ya en explotación y el segundo, en el período de ejecución de las obras.

Ahora el concesionario se pro[>one apro­

vechar con el mismo objeto un tercer salto de aguas del mencionado Arroyo Frío y en el mismo término, salto que será de 92, 33 metros con un caudal de 400 litros por se­

gundo, y la energía que se produzca se aco­

plará á la engendrada por loa dos primeros ya concedidos.

Este, tercer aprovechamiento afectará:

a) A dos molinos propiedad del peticio­

nario y situados aguas abajo de la nueva presa, que cesarán de funcionar tan pronto como las ubias se realícen.

b) A terrenos de Propios de Cotillas c a ­ yo Ayuntamiento ha otorgado permiso para la ejecución de las obras, previo pago por el solicitante de la correspondiente indemniza­

ción de daños y perjuicios.

c) A terrenos de varios particulares que también han autorizado las obras en sus fin­

cas, y que son los que siguen:

Eugenio Melero, Juana Juárez, Rosendo Nova, Claudio Vázquez. Jorge Rubíes, Eu- genio Ortega, Pedro Gutiérrez, Gabriel .Jj.

ménez, P.aulino Mendoza, Rufino Melero Pedro Angtl García, Marcelin.) Guerreiv/

Angel López. Patricio Castellanos. ' La ’presa .se emplazará á unos 36 mc^trog del canal de desagüe de la primera central.

El canal de conducción se abrirá en h\

ladera izquierda del Arroyo.

La Central se emplazará en terrenos pro­

piedad del peticionario.

Albacete 10 de Mayo Je 1913.—El Inge­

niero Jefe, Antonio L. Bei múdez.

'R ovingsal of alsa G'T e

¡Extracto cíela sesión pública ordinaria cok- hrada por la E xm a. Diputación de esta provincia el día 5 de Mayo de 1 9 i3 .

Presidencia <h'l Sr. Presidente de edad de la Exma. Diputación D. Migm-I Oohoa Llácer, y asistencia de !(,s Diputados pro­

vinciales vSeñores López Ruiz, Huerta Ro­

denas, Martínez Villena, Marín Barnuevo.

López Ladrón de Guevara, Sánchez García y Alfaro Juárez, y de los electos Señore.s Cadenas Goi.'zález, León Vera, Cüler Gui­

jarro, Mañas Gnspi, Arcos Carra.sco, Gul- dámez Fernández, Atienza Ochando, Oli­

vares Marchan, Muñoz Aguilar y Lozano Gómez, este último Vocal Secretario de edad.

Constituidos los Señores mencionados en el Salón de sesiones del Palacio provincial á las trece y treinta minutos del día, v abierta y declarada pública la se^•ión por el Sr. Presidente, y habiendo dejado de asistir ei Diputado provincial Sr. Tomás Abellán, á quien estaba conferido el cargo de Vocal Secretario de edad, y c! electo Sr. Acacio Sandoval, por causas* j'ustiüoadas, á juicio de la Corporación, la misma acorcíó se consignase asi en acía á los consiguiente»

efectos, y designar para que durante la ausencia del primero le sustituyera en el referido cargo de Vocal Secretario de edad a! Sr. Cilier Guijarro, que invitado por la Pre.sidencia ocupó eu la Mesa el sitial corres- poudíen te.

Dada lectura de.spués sucesivamente al acta de la sesión anterior y al extracto de ella, la Diputación, convenientemente inte­

rrogada por ei Sr. Presidente, sin debate y en votaciones ordinarias unánimes recaídas sobre cada uno de los do.s expresados docu­

mentos, acordó aprobarlo.», Te.-solviendo, en los mismos términos, que el último íue.-íi!

remitido al lim o. Sr. Gobernador civil de la provincia á los efectos dei artículo 64 déla ley Orgánica provincial.

Después se díó nueva y sucesiva lectura á los dictámenes de la Comisión auxiliar de actas reLrentes á las de elección de los Señores Diputados D. César Muñoz Aguilai’i

por el distrito de Alcaraz, D. José Mafias Guspi, por el de Alinansa y D Antonio Lozano Gómez, por el de La Roda, cuya inserción literal tuvo efecto en el acta de la sesión de anteayer; y no usando de la palabra respecto á ellos, á pesar de la in­

vitación de la Presidencia ningún Señor Diputado, la Diputación, interrogada al efecto por aquella en votación ordinaria unánime, con la excepción de los Señores interesados en el respectivo á cada uno, acordó aprobarlos, en cuya virtud la re­

petida Presidencia proclamó á cada uno de los tres expresados Señores Diputados por el distrito en que respectivamente había sido elegido.

Acto continuo la Presidencia siguiliru que en observacia de lo prescrito por d ai*

tículu 49 de la ley provincial procedía qu.'

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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Boletín Oficial de Albacete 3

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la Comisión permanente de actas examinara las que se halaban sobre la Mesa respectivas á los demás Señores Diputados electos y emitiese sobre ellas los correspondientes dic­

támenes, acordándolo nsí la Diputación en votación ordinaria unánime, en cuya virtud aquella suspendió la sesión á dicho ñn y en tanto se cumplía ti expre-íado trámite legal.

Eran l.is trece y cuarenta y tres minutos.

Reanudada la sesión á las catorce y quin ce minutos bajo la misma Presidencia y con asistencia de los Señores que constan al prin­

cipio, por disposición de aquella fueron leídos los dictámenes que había emitido y acababa de presentar á la Mesa la Comisión permanente de actas sobre la.s de elección tic los Señores Diputados D. Isidoro José Oli­

vares Marchán, D. Germán León Vera y D. Justo Arcos Carrasco por el distrito de Alcaraz; D. Abdón Atienza Ochando, Don José Joaquín Galdámez Feruández y Don Miguel Ochoa Llácer, por el de Almansa y D. Pedro Acacio Sandoval, D. Diego Ciiler Guijarro y D. Leopoldo Cadenas González por el de La Roda, por los (jue, y en aten­

ción á no haberse deducido contra ellos pro­

testa ni reclamación alguna y á resultas que las mismas se habían llevado á efecto con estricta sujeción á la ley proponía la Dipu­

tación se sirviera otorgarles su aprobación y proclamar en su consecuencia Diputados provinciales por cada uno de los tres refe i’idos distritos á los tres Señores mencionados respectivamente elegidos en cada uno de aquellos, en atención, por otra parte, á no concurrir en los mismos circunstancia alguna que les incapacitase para el ejercicio de los expresados cargos; y terminada su lectura la Presidencia significó que los tres referidos dictámenes quedaban sobre la Mesa por tér­

mino de veinticuatro horas conforme se pres­

cribía por el apartado segundo del artículo 47 de la ley provincial; y después de fijar la hora de las quince y treinta minutos del día siguiente para dar principio á la inmediata, levantó la sesión. Eran las catorce y treinta minutos.

El precedente extracto ha sido aprobado por la Excma. Diputación en su sesión pd- blica ordinaria de hoy.

Palacio provincial de Albacete Mayo de 1913.—El Presidente, León —El Diputado Secretario, Tomás,— El Diputado Secretario, Lozano.

á 6 de Germán Agustín Antonio

SECCION PROVINCIAL DE POSITOS Ei Exorno. Sr. Delegado Regio, con fecha 7 del aotü.il, ha aprobado el nombramiento de Auxiliar del Agente ejecutivo D. José Gómez Ruiz á favor de D. Jo.sé González García, pava los pósitos de Álboren, Alcalá del Jücar, Carcelén, Casas Ibáñez, Fuenteal- billa, Valdeganga y Villa de Vés.

Lo que se hace público por medio de este periódico oficial para conocimiento de las Autoriflade.s de los pueblos indicados.

Albacete 10 de Mayo de 1913.—El Jefe de la Sección, Federico Sáenz de Santa María.

Avance Oatastral de la riqueza urbana

Cédula de notificación.

Habiéndose llevado á cabo la compro­

bación técnica de la casa número 4 de la calle de Ricardo Castro de esta capital, de la que es copropietario D. Baldomero Pérez, y siendo imposible hacer entrega á dicho Se­

ñor, á causa de hallarse ausente de esta capital é ignorar su paradero, de la copia literal de la certificación expedida por el Arquitecto D. Buenaventura Ferrando y Castells como resultado de dicha compro-

baaión, se le cita para que en el término de ocho días hábiles, siguientes al en que apa­

rezca inserta la presente en el Boletín oficial cié la provincia, comparezca en estas oficinas sitas en la calle de Carcelén, número 5, prin­

cipal izquierda; en la inteligencia que trans- cunido el precitado plazo sin que haya comparecido, se entendeiá que renuncia á su detecho y so remitirá el expediente de com­

probación de la citada linca jiara su ] qui- dacióii á la Administración de Confiibu- ciones de esta provincia.

De la misma manera se cita á los Seño­

res D. Diego Villanueva Martínez y D. Ju­

lián Portero Tendero, copropietarios de la en^a núm. 18 de la calle de Hurtado de Ma­

tamoros de esta ciudad, ó causahabientes ca­

so de fallecimiento, para que en el mismo plazo é idénticas condiciones se presenten en estas oficinas con los títulos de propiedad, contratos de inquilinato, recibos y cualquie­

ra otro documento que deseen presentar, y de no hacerlo dentro de dicho ¡)lazo, se lle­

vará á efecto la comprobación de dicha fin­

ca, sin nueva citación de los miamos, con arreglo á lo dispuesto en la circular de 31 de Enero de 1913.

Albacete 30 de Abril de 1913.—E¡ Ar­

quitecto Jefe, Buenaventura Ferrando v Oas- tells.

AYUNTAMIENTOS

BARRAX

D. Julián Carretero Solera, Alcalde consti­

tucional de esta villa.

Hago saber: Que debiendo formarse en el presente mes de Mayo e! apéndice al registro fiscal por rústica, que ha de servir de base al repartimiento por tal concepto del año 1914, se advierte á todos los propietarios, vecinos y forasteros que hayan sufrido alte­

ración en su riqueza imponible, presenten sus declaraciones de alta ó baja, con la justi­

ficación documentada en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el téimino de quince días, á contar desde la inserción de este edicto en él Boletín oficial^ advertidos de que una vez terminado dicho plazo no se admitirá ninguna.

Barrax 10 de Mayo de 1913.—Julián Ca­

rretero.

CARCELEN

D Alonso Sarriá Abad, Alcalde constitu­

cional de esta villa.

Hago saber: Que en cumplimiento á lo ordenado por el Señor Jefe déla Sección de Pósitos de la provincia, se sacan á pública licitación en quinta subasta por haber quedado sin postores en la cuarta las veinte fincas urbanas y rústicas propias del Pósito do esta villa, y que á continuación se des­

lindan:

Una casa en la calle de la Encarnación, número 26, que linda derecha Alonso Gómez García, izquierda la de Pedro López Gil (a) Camisa y espalda la dicha calle: en 165 pesetas.

Otra casa en la dicha calle de la Encar­

nación, sin número, que linda derecha la calle de su situación, izquierda la de ios herederos de Francisco Muñera y por la espalda montes: en 82 pesetas 50 céntimos.

Otra id. en la calle del Medio, número 8, que linda derecha la de Isabel María Laosa Sarriá, izquierda la de Mariano Pérez Gómez y espalda la de Juan José Cebrián López:

en 41 pesetas 25 céntimos

Un corral llamado de Lorenzo, converti­

do en solar, situado en la calle de la Encar­

nación, y que linda derecha Alonso Gómez García, izquierda Bárbara Muñera Martínez y espalda la calle de su situación: en 11 pe­

setas.

Un solar en la calle de Arriba, que linda derecha é izquierda calle de su situación y por la espalda ejidos: en 13 pesetas 75 cén­

timos.

Otro solar en la calle de la Encarnación, que linda derecha Alonso Sarriá Abad, iz­

quierda herederos de Hilario Gil Vilicna y por la espalda huertos: en 13 pesetas 75 cén­

timos.

Una casa en la calle de Arriba, que linda derecha entraiiJo con la de Cipriano Gil Gómez, mayor, izquierda la de Alonso Gó­

mez Gómez y espalda olivos de Francisco Gil Muñoz: en 82 pesetas 50 céntimos.

Una casa en la calle Nueva, que linda dorecha entrando la de Isabel Tornero L ó­

pez y por la izquierda y espalda la de Francisco Pardo López: en 41 pesetas 25 céntimos.

Una fanega y nueve celemines tierra se­

cano á viña en ios Colorados, que linda Sa­

liente Francisco Gil Muñoz, Mediodía Beni­

to Navalóii Laosa y Benedicto Tornero Gar­

cía, Poniente herederos de Gregorio Gómez García y Norte herederos de Laureano Se­

rrano, esta finca está sin cultivo de ninguna clase: en 65 pesetas.

Una fanega y seis celemines tierrra á viña en la aldea de Casas de Juan Gil, que linda á Saliente herederos de Zacarías Gil Sarriá, Mediodía montes. Poniente José Vi­

cente Rubio y Norte camino: en 110 pe­

setas.

Una fanega secano á viña en Cruz Blanca, que linda Saliente Pedro Antonio Gómez, Mediodía Julián Gómez, Poniente camino y Norte Diego Lillo: en 110 pesetas.

Cuatro celemines tierra á secano inculta en los Corrales, que linda Saliente y Medio­

día herederos de José Mínguez y Poniente y Norte herederos de Concepción Gómez: en 5 pesetas 50 céntimos.

Una fanega y seis celemines secano á cereales en los Majuelos, que linda á Salien­

te Mariana Tornero Gómez, Mediodía Juan Martínez Gómez, Poniente Francisca García Fernández y Antonio José MarUnez Soler y Norte Juan Pascual Gómez Belmonte: en 22 pesetas-

Ocho celemines secano viña en el cami- do de Alcalá, que linda Saliente Joaquín Ve­

ra Hernández y camino de la Media legua Mediodía Primo Pardo Villena, Poniente montes y Norte el citado camino de la Media legua: en 33 pesetas.

Una fanega secano á cereales en el ca­

mino del Molino, que linda Saliente Pedro López Gómez, Mediodía el anterior, Poniente .luán Antonio Tornero Pardo y Norte Miguel Guevara Martínez: en 22 pesetas.

Una fanega tierra s'ecano á viña y olivos en Lomica alt.a, que linda Saliente Mariano de Dios Requena, Mediodía y Poniente he­

rederos de Alonso Duarte y Norte herederos de Francisco Gil: en 33 pesetas.

Cuatro celemines tierra secano á viña en los cuatro caminos, que linda Saliente Francisco Martínez Pérez, Mediodía carre­

tera de Ayora y Poniente y Norte Miguel Martínez Gil: en 22 pesetas.

Seis celemines tierra secano á viña en Choza de Moreno, que linda Saliente here­

deros de Alonso Martínez Villar, Mediodía herederos de Esteban Gil Gómez, Poniente camino y Norte herederos de Pedro Rosario Lillo García: cu 33 pesetas.

Una fanega tierra secano cubierta de monte en el Vallejo, que linda Saliente Fran­

cisco García Fernández, Juaii José Gil López y José Piqueras Piqueras, Mediodía Llecos, Poniente Joaquín Vera García y Norte el expresado José Piqueras Piqueras: en 16 pesetas 50 céntimos.

Nueve celemines secano á cereales en la Herrada, que linda Saliente Domingo Mín-

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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gaez, Mediodía Pedro Antonio Gómez Mo­

tores, Poniente Miguel López González y Norte Francisco Murcia Martínez: en 22 pesetas.

La subasta se celebrará en esta Sala Capitular el día 20 de! entrante Mayo á la hora de las diez de sii nuiñana, ante la Junta correspoinlfente, sirviendo de íijjo la can­

tidad fijaila á cada una de las tincas que aparecen deslindadas en el j)iesent.e edicto.

Las proposiciones se harán por el sistema de pujas á la llana, y no se admitirán las que no cubran el tipo que á cada finca se figura.

Para tomar }>arte en la subasta es re­

quisito indispensable depositar previamente y ante la Junta el 5 por 100 de la cantidad señalada á la finca ó fincas que se les quiera decir, bien en metálico ó bien en resguardo que acredite haberse hecho el depósito en una Sucursal del Banco de España.

No podrán ser licitadores los que forman parte de la Comisión administradora de.l Pósito, sus empleados ni loa deudores al mismo que se hallen en desonbierto.

Será satisfecho al contado el ])recio del remate cuando no exceda de 250 pesetas, de 25 i á 500 en un año y dos plazos iguales y de 501 á 1.000 en dos años y tres plazos también iguales. El primer plazo se ha do satisfacer en el término de diez días siguien­

tes al de la notificación de haber sido apro- y los siguientes plazos al año de habej’se ve­

rificado el primero y ancesivo.'i.

Como garantía del completo ])ago d<.I remate, cuando la finca esté couiprendiila en la condición de plazos, quedará hipotecfíd i á favor del Establecimiento la que sea objeto del remate y el postor satisfará el cuatro por i ciento anual por cada uno de los plazos.

Los gastos que se produzcan en el expe­

diente de subasta y otorgamiento de la * s- critnra serán de cuenta del rematante.

E! Pósito carece de título de dominio in.s- crito de las fincas antes relacionadas, -]jrrt>

caso necesario obtendrá la posesión de in s­

cripción de ellas.

Lo que se anuncia al publico llannuído licitadores.

Oaicelén 30 de Abril de 1913.— Alendo Sarria.

CASAS IBAXEZ

D. Francisco Martínez Carrión, AlcaUlo constitucional de esta villa.

Hago saber: Que para la confección de apéndices al registro fiscal sobre la riqueza, rústica y urbana do este término, base para la contribución en el año 1914, loa que h:i3^an sufrido alteración en sus respectivas riquezíus,

pueden presentar las oportunas declaraciones documentadas en la Secretaría de este A yun­

tamiento por término de treinta día.«, con­

tados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín opcioÁ de esta pro­

vincia.

Casas Ibáfiez 4 de Mayo de 1913.—Fran­

cisco Martínez.

PEÑAS DE SAN PEDRO

D. José María Rodríguez de Vera, Alcalde con.'*titucionai de esta villa.

Hago saber: Que para formar el apéndi­

ce al registro fiscal de rústica de e.ste térmi­

no municipal, base para el rLq)urtimiento de 1914, los propietarios que haj'an tenido al­

teración en su riqueza presentarán en la Se crelaría de este Ayuntamiento por todo el mes de Mayo corriente las oportunas decla­

raciones de altas y bajas, con los documen­

tos que acrediten la traslacióti de dominio y pago de derechOsS reales.

Peñas de San Pedro 10 de Mayo de 1913.

José María R. de Vera.

D. José María Rodríguez de Vera, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que para la formación del apéndice faI registro fiscal de edificios y sola­

res de e.^tg término municipal, para el año 1914, los contribuycníe.s que hayan tenida alteración en su riqueza presentarán en la Secretaría de este Ayuntaniienfo por iodo el con ien fe mes relaciones de altavS y bajas, con ¡os documentos que justifiquen !a tra.sla- cióu dfl dominio y el pago de dereclios á la Hacienda.

Peñas de San Pedro 10 de Mayo de 1913.

José María R. de Vera.

FUENTEÁLBILLA

D. Pedro Cebriáa González, A Icalde consti­

tucional ae esta villa.

Hago saber: Que en los días 15, IG y 17 dei mea actual, eti e.l sitio y á las horas de costumbre, se llevará á efecto en cuanto á su primer período voluntario 1¡), recaudación del segundo trim eshe del año actual, de lo.s impuestos de con.sumos y arbitrios exfraor- dinario.s; y resj)ecto a! segundo período, durante los úitimo.s cinco días d< l mismo mes en dicho local y á iguales horas.

Lo que se anuncia para conocimiento de los interesados.

Fuentcalbilla 9 de Mayo de 1913.— Pedro Oebrián.

ALBACETE

D. Francisco Javier Sánchez Jiménez, Juez de primera instancia accidental de Alba­

cete y su partido.

Hago saber: Que en expediente que se instruye en este Juzgado á instancia do Pedro Soria Gómez, mayor de edad 3" vecino de esta capital, j^ara acreditar el dominio que alega tiene del inmueble que á conti­

nuación se describirá, he acordado en pro­

videncia de este día convocar por el presente segundo edicto á lo.s efectos prevenidos en el artículo cuatrocientos de la vigente ley Hipotecra'ia á las personas á quienes pueda perjudicar la inscripción solicitada, para que si así les Conviniera comparezcan á deducir y á defender sus derechos en el plazo de sesen­

ta días, contados desde la publicación de este ilamamieíito:

Dicha finca es la siguiente.

Pesetas.

Una casa situada en esta capital y su cabe do Santa Quiteria, mar­

cada con el r.úmei o dos de orden, que consta de planta b.aja, sótano y cámaras, no pudiendo determinarse ni aún aproximadamente la exten­

sión superficial que ocupa; y linda por la derecha entrando con otra de Mannel Martínez y* Martínez, antes herederos de Don Enique Parras, por la izquierda casa de Julián Lo­

zano Martínez y por la espalda otra

de Ramón Gómez: valorada en. . 5 000 Dado en Albacete á trece de Mayo de mil novecientos trece.—Javier Sánchez.—

P. S, M., José García.

ALMANSA

D. Pablo Manuel Sánch.‘z Silva, Juez de instruocióii de este partido.

For el }u*csente se cita á José Acisclo de la Torre López, apodado el Caco, cuya edad .se ignora, sí bien debe ser de unos 60 anos, siendo sus señas de vestir pantalón de lana color vinagre, blusa blanca y azul rayada, gorra blanquinosa, alpargatas blan­

cas de lona con una lista azul e.sfrecha en la

punta y una manta con listas oolor canela y ceniza, bastante usada, y sus señas particu­

lares son: picado de viruelas y cargado de hombros, para que en término de diez día.s comparezca ante este Juzgado, plaza de San Agu.'Aíín, piso principal, á resj)onder de los cargos que le resultan en el sumario que se instruye con el número ocho del c-orriente año, .sobre robo de ropas y aves de corral dfci vecino de Alpera Pedro Mínguez, verift.

cado'en el Corral de Bartolo, de dicho tér­

mino municipal la noche del 22 de Abril último; bajo apercibimiento de que si no comjíarece. le parará el perjuicio á que haj^a lugar.

AI propio tiempo se encarga á todas las Autoridades y agentes de. la policía judicial, ])rocedan á la busca del referido sujeío y en su caso á su deleución, poniéndole á dispo­

sición de este Juzgado.

Dado en Almansa á ÍO de Mayo de 1913.

Pablo M. S á n ch ez— P. vS M., Teodolfo Cid.

CHINCHILLA

D. José María de la Liave y Corral, .fu-ez de primera instancia y de instrucción de esta ciudad de Chinchilla y su partido.

Hago saber: Que d sorteo para la de­

terminación de los contribuyentes que en el presente año deben formar la Junta de este distrito, conforme al artículo 31 de la ley del Jurado, se verificará en la sala de au­

diencia del Juzgado el día 15 del corriente mes, á las doce de su mañana.

Dado en Chinchilla á 9 de Mayo de 1913.— losé M. do la Llave.— El Secretario, Francisco S. Ortíz.

Sección de fuera de ¡a Provincia

Juzgado de primera instancia de Madrid

DISTR.tTO DEL HOSPICIO

En virtud de providencia dictada por el Señor Juez de primera instancia del distrito del Ho.spicio de esta Corte, se anuncia ñl público qutí Doña Luisa Bermejo y García, natural de Albacete, hija legítim a de Don Luis }’• lie Doña Mauricia, ha fallecido en su domicilio de esta Corte calle de ¡Malasaña, número quince, el día primero de Ago.sto próximo pasado, á la edad de sesenta y cinco años, y en estado de soltera; y se hace saber, que se ha pre.sentado su sobrino carnal Don Luis Ruiz Bermejo, hijo de Doña María

■^icenta Bermejo García, hermana esta de Li finada, solicitando se le declare heredero por abintestato de aquella, en unión de los otros sobrinos de dicha causante Don Fausto, Don Fernando y Don Ramón Villarejo y Bermejo, hijos de Doña Elvira Bermejo García, y de los otros sobrinos Doña Marina, Doña Ma­

riana, Doña Eiüisa y Doña Vicenta Bermejo Picazo, hijos de otro hermano de diobft causante llamado Don Juan Bermejo y García.

Y por el presente edicto se llama á CLianfas personas se crean con igual ó mejor derecho que los nombrados para herederos abintestato á Doña Luisa Bermejo, á fia de que dentro del térmÍJio de treinta días com­

parezcan á acreditarlo ante este Juzgado, apercibidas que si no lo verifican, les para*

rá el perjuicio á que hubiere lugar.

Madrid veintiséis de Abril de mil uove- cientos trece.— El Secretario, Lioencind'’

Pedro Fernández —V." B .”—S! Juez de pi>- mera instancia, García del Pozo.

I M P R E N T A P ROVI NCI AL

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

Referencias

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