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DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

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Número 55 Viernes 7 de Mayo de 1915 25 céntimos

nón

cci-

Al-

;ii6-

Ai-

lis-

Al­

us-

b o l e t ín OFICIAL

DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

patüoios DB SuscRiPüióN.—Eu la capital: Uu trim estre, 4 pesetas.—Uu semestre:

7 id.—Uu aüo, 1 2 ‘5 0 id.— Fuera de la Capital: Uu trime.stre, 5 pesetas.—Uii semes'|

tre 9 id.—Uu aüo. 1 5 id.—Los edictos y sentencias de los Juzgados y Tribunales' qué se publiqueu, y uo seau de olido, pagarAu 2 5 céntimos de peseta por líuea. ,

' Preciosde Anoncios.—Los ammcios particulares que se publiquen, previa licencia

|del rimo. Sr. Gobernador, pagarán: De una á seis líneas, 1 peseta.—De siete áquince,

■1‘5 0 id. —De diez y seis á treinta, 2 id.—De treinta en adelante, precio convencional.

¡Se publica Limes .Miércole.s y Viernes.—Las reclamaciones al Director de la Imprenta.

Sección de la Gaceta

PRIiSlDlíNCIA Dlíl. CONSEJO DE MINISTROS S. M. el R

lív

Don Alfonso XUl (que Diosííuafde), S. M. la REINA Vic­

toria Eug’enia y SS. AA. RR. el Prínci­

pe de Aslurias é infantes, continúan sin novedad en'su importante salud.

De isfual beneficio disfrutan las dem:ts personas de la Au<íusta Real Familia.

(Qncetn G Mayo).

M IN lSrERíO DE J A GOBERNACIÓN

REAL ORDEN CIRCULAR

P or la C om inaría R egia de la A sam blea S u p rem a de la C ruz R oja E spañola, se dice á este M iniaterio, con fecha 12 del a ctu al, lo que sigue:

«Excm o. S r.: El artícu lo 229 del R eg la­

m ento general O rgánico de la Cruz R oja Es­

pañola, aprobado por Real orden c irc u la r de 30 de M arzo de 1907, y publicado en la Colec­

ción L ig is la iw a del E jército, dice a la letra lo siguiente:

«Queda prohibido de la m an era m ás ter-

»m in an te y absoluta y bajo las más severas

«responsabilidades á que h a y a lu g a r, el uso

«del nom bre, escudo ó em blem a de la Cruz

«R oja, en m a rc as de fá b ric a , rótulos de es-

«tablecim ientos ajenOvS al In stitu to , m cm bre-

»tes com erciales ó razón social, c u a lq u ie ra

«que sea el objeto que persiga.»

«Y como el olvido de esta p rohibición, fu n d a d a en acuerdos in tern acio n ales que ha g a ra n tiz a d o to d a la legislación e x tra n je ra , no sólo a fec ta á los intereses y prestigios de esta benéfica A sociación, sino que pudiera en a lg án m om ento ser origen de g rav es com ­ plicaciones, e stim aría m ucho á V. E. que, por m edio de R eal orden c irc u la r, c o m u n i­

case dicho texto á los G obernadores civiles á fin de que, insertán d o lo en los respectivos B o letin es oficiales, llegue á conociraieto de todos p a ra su debida observancia.»

Lo que de Real orden traslad o á V. S.

pava su conocim iento y m ás exacto cu m p li­

m iento. Dios g uarde á V. S. m uchos años.

M adrid 20 de Abril de 1915.

SANCHEZ GUERRA

Sección de la Provincia

Señor G obernador civil de.

{QaceU •') Mayo.)

C ircu la r núm ero 91.

L a D irección g eneral de la D euda h a d ic ­ tado con fecha 13 del a ctu al, la c irc u la r si­

guiente:

«P or circ u laies fecha IC de Agosto de 1907 y 4 de N oviem bre de 1914, publicad as respectivam ente en la.s G acetas de los días 2 y 19 de los propios meses, hizo sab er esa D irección g en eral p a ra conocim iento de, cu an tas C orporaciones civile.s y dem ás e n ti­

dades se h allan in teresad as en em isión de in scrip cio n es que puedan coi-responderles por la v e n ta de sus bienes en ajen ad os pol­

los conceptos de P ropios, B eneficencia é In s­

tru cc ió n púb lica, d u ra n te las d istin ta s épo­

cas de la desam o rtizació n , lo ineficaz y aun pernicioso de la gestión á tal objeto de in ­ term ed ia rio s ó apoderados, puesto que esta clase de asuntos-se despachan d entro del o r­

den prevenido por las disposicione.s re c o rd a ­ das en las an terio res circ u lares y tu rn o es­

tablecido p a ra las de 2."' é|)oca por la Real orden de 13 de Agosto de 1904, d ic ta d a pol­

la ejecución de la L ey de 30 de .Tulio del mismo año. R eal decreto de 12 de E nero y Real orden de 17 de F eb rero últim os para las correspondientes á la 3."' época, con arreg lo á la fecha de los ingresos hecho.s por los com pradores de los bienes desam ortizados, de modo que los correspondientes á los m ás an tiguos, se em iten siem pre antes (]ue los de los más m odernos; y por lo que hace á los pertenecientes á los establecim ientos ó fu n ­ daciones de Beneficencia é In stru cció n pú- blic^, el despacho de a g u a rd a r n e ce sa ria­

m ente la sucesión de núm ero, según las r e ­ laciones publicada.s en la G aceta, á p a rtir del 8 de M arzo de 19ÜC. Los A yu n tam ien to s ó C orporaciones civiles in teiesad as en la em isión de inscripciones pueden .solicitar de esta D irección g en eral, com o ta n rep etid a­

m ente se les h a dicho, cu an tas n o ticias nece­

siten conocer respecto del p a rtic u la r, que les serán facilitad as en los térm inos necesarios p a ra la m ejor ad m in istrac ió n de los in te re ­ ses que les están confiados, pudiendo estar persuadidos de que las n o ticias que á c a m ­ bio de retrib u cio n es innecesarias se les o frez­

can })or los que asp iran á en c a rg a rse de la gestión de sus asuntos, no pueden ser otras que aquella.s m ism as que sin necesidad de ningún gasto pueden o b ten er, dii-igiérui-'se de oficio á este C entro».

Lo que se hace público en este periódico oficial p a ra conocim iento de ios P atro n o s y A dm inistradores de las fundaciones benéficas

existentes en esta p ro v in cia, debiendo los Señores Alcaldes d ar á la p resente la debida pub licid ad p ara que llegue á n o ticia de a q u e ­ llos.

A lbacete 6 de M ayo de 1915.

E l G obernador,

E d i i a r i l o iV IeiH iaro.

C ircu la r n ú m ero 92.

S ecreta ria .

En uso de las atrib u cio n e s que me están conferidas por el artícu lo 41 de la Ley de c a ­ za de 16 de M ayo de 1902, con esta fecha he concedido au to rizació n al Señor A lcalde de B allestero, p a ra que con sujeción e s tric ta á lo d eterm in ad o en loa a rtícu lo s 39 y sig u ie n ­ tes de ia c itad a L e y y del 65 y sucesivos del R eglam ento de 3 de .Julio de 1903, dictad o p a ra la ejecución de la a n te rio r, pueda e x te r­

m in ar p o r m edio de bolas en v en en ad as los anim ales dañinos que e x ista n en las fincas d en o m inadas «C añada H onda, Pontezuelos, C am pillo, C añ ad a de S alm erón, R o b reg o rd o , C abeza del N egro, R obrillo, L om a de Mu- blú, N avajo de la B ota, M irones y M erendo­

la , N av/nieca, N avajo de la M odorra, Cerro Lobo y C obatillas», sitas en aquél té rm in o m u nicipal, cu y a o peración te rm in a rá el día 31 del jiresente mes.

Lo (jue se h ace público en este periódico oficia! p a ra general conocim iento, debiendo los Señores Alcaldes de los pueblos lim ítro ­ fes p u b licar los üpürtuno.s bandos y a d o p ­ ta r las m edidas necesarias p ara e v ita r c u a l­

q u ier desgracia.

A lbacete 6 de M ayo de 1915, E l Gobernador,

1uai*4Ío iffe m ia r o *

SERVICIO AURONOMICO.— GANADERIA Y CAÑADAS.

D eslinde de las v ía s p ecu a ria s de carácter g e n e ra l que c r u z a n el té rm in o ju r is d ic ­

cio nal de Casas de L á z a r o .

Don E d u ard o M endaro del A lcázar, G o ber­

n ad o r civil de de esta p ro v in cia.

H ago sab er: Que ei"^ el expediente de des­

linde de las vías pecuarias de c a rá c te r g en e­

ral que cru zan el térm in o de. Casas de L áz aro , he dictad o pro v iden cia con esta fecha, en a rm o n ía con las atrib u cio n es que me c o n ­ fiere el R eglam ento de 13 de Agosto de 1892, ))ara que em piecen la’s operaciones de deslin ­ de el día 17 de Ju n io próxim o v en idero poi- el sitio denom inado de la «Losilla» al S u ­ doeste de dicho térm ino y en el lím ite de éste con el de Masegoao, co n tin u an d o las o p e ra ­ ciones en los días sucesivos h a s ta deslind ar

! la C añada R eal de g an ad o s, ú n ic a que existe

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(2)

Boletín Oficial de Albacete

en a'^uel té rm in o , según (■.X[)eili-ínte in s tiu jJ o al efecto.

L o q u e se h ace público en tre s núm eros co nsecu tivo s p a ra que te n g an co no cim ien to (le lo exp uesto todos los in teresad o s en d ich as op eracio n es, y p a ra que se cu m p la p o r la A lcaldía do C asas de L áz aro cu an to disponen los a rtíc u lo s 88. 89 y 91 del R eg lam en to de 13 de A gesto de 1892, com o ig u a lm e n le la Real orden de 7 de N oviem bre de 1912, in ­ s e rta eit el iío ltlin oficial de 9 do Diciembre, del m ism o añ o , n ú m ero 148.

A lbacete 30 de A b ril de 1915.— El G o ber­

n ad o r, E d u ard o M endaro.

Diputación provincial de Albacete

Con esta fech a se pasan al A rre n d a ta rio de la reca u d ació n del C on tin g en te p ro v in cial un as certitícacio n es, con las p ro v id en c ias d e­

cla ra n d o el ún ico g rad o de ap rem io , con a rre g lo al a r t. 108 de la In stru c c ió n de 26 de A bril de 1900, c o n tra los A y u n tam ien to s que expi'esa la relació n que á co n tin u a c ió n se in ­ s e rta , por los déb ito s que Ies resu lta á fav o r

de la H acie n d a p ro v in c ia l por el in d icad o concepto y p rim e r trim e s tre del año co ­ rrien te.

A lbacete 6 de M ayo de 1915.— El P re si­

d en te. P edro A cacio.

DEBITO AYUNTAMIENTOS

Pesetas. Cts.

A b e n g ib re ... 30 6 55 A*afoz... 3 6 5 49 Alb()r(;a... 791 40 A lcalá del J ú n a r. . . . . 1 .0 4 0 13 B alsa de Vés... 4 4 6 60 O iircelén... 529 56 C asas. íb á ñ e z ... 1.0G9 82 Ciusas de V és... 869 52 C enizate. . . . 3 3 0 39 F u e n te a lb illa ... 741 41 J o r q u e r a ... 8 0 6 68

M otilieja. . . . 237 18

N avas de J o rq u e ra . . . . 321 57 R e c u e ja ... 2 1 4 50 V íild e g a n g R ... 713 41 V illa de V és... . 2 9 0 47 V illa to y a ... 217 4 0

C O M I S I O N P R O V I N C I A L

Extracte de la cuenta presentada por Don íraneisco Más y Compartía de los jómales y materiales in­

vertidos en la Casa provincial de Maternidad y Expósitos con motivo de la colocación de la )iaeva pavi- mentcfión de ladrillo hidráulico en todas las dependencias de <^El Amparo» cuyas obras en dicho Estable- eimiento benéfico, fueron propuestas por el Sr. Arquitecto y acordetdas por la Comisión provincial en sesión del día 14 de Diciembre último.

JORNALES

Categoría. NOM5RES Y APFXLIDOS

Mes de Diciem bre.

Días que pvestarou servicio.

N á m e ru ; J o n i a t ] d iurio.

d e d ía s , i iPtaB .C t»,

I Oticial

Ayudante Amasador

Peón Pavimentador

Francisco Portero.

Sebastián Ibancos.

Gervasio García.].

Miguel Gutiérrez.

Francisco Pastor.

21, 22. 23 y 24.

Idem Idem Idem

Colocación de 166 metros cuadra­

dos de ladrillo á O'oO pesetas cada metro.

Importan losjor)iales...

MATERIALES

Por 166 metros mosáieo hidráulico á 2 pesetas 50 céntimos uno, facilitado por Don Manuel Más Candela, según el justificante número 1...

Por 70 fanegas de yeso á 81 céntimos, 56 pesetas 70 céntimos, y 3 arrobas de serrín á 25 céntimos, facilitado por Don Francisco Más y compañía, según el justiñc.uite número 2.. . Importan los materiales...

RESUMEN

Importan los jornales...

Idem los materiales...

Total General...

IM PO R TE PtíitoCas C é n ta

82 60 124 50

472 45

124 50 472 46 596 95. \ en su

cepresidente. Salvador Marín Barnuevo. i- \

D E L E G A C IO N D E H A C IE N D A

D ispeccioíi.

L a Inspección g en era l de la H acien d a p ú b lica, usan d o de la facu ltad que ie está co n ferid a p o r reaolnciór. de 23 de A bril p ró ­ xim o pasado, h a aco rd a d o d e stin a r á esta Inspección provincial- á los oficiales Don Isidoro M artín R iv e ro , oficial de segunda clase de esta In te rv e n c ió n de ílaciem lH y al de c u a rta clase de la de A licante Don Isid ro M ingallón C ám ara, al objeto de inspeccionar los trib u to s.

Lo que en cu m p lim ien to de lo m andado en el a rtíc u lo 24 del R eg lam en to de la Ins

pección de IS de O ctubre de 1903, se hace público p a ra conocim iento de los c o n trib u ­ y en tes y p ara que por Jas A utoridade.s les sean prestados los auxilios q u e de ellas r e ­ clam en.

A lbacete 4 de M ayo de 1915.— El Dele­

gado de H acienda, A ntonio S im onet.

.iiíRiii.\iH) n fomiBi'oiois DE ii.i m \m \

re

.

umote JORQUERA

Don Justo Huerta Martínez, Recaudador de Contrio buciones directas del término de Jorquera.

Hago saber: ^ue en el expediente que instruy- por débitos del citado concepto, correspondientes al

expresado período, se encuentran comprendidos los deudores que á continuación se relacionan sin '«ii»

conste tengan en esta localidad persona que 1 >s re!

presente, por lo que expongo el presente edicto, pan que pueda llegar á conocimiento de los mismos, con fecha 8 de Abril he dictado la siguiente providc¡i.

cia declarando el apremio de segundo grado.

«De conformidad con lo dispuesto en el artículo’

66 de la Instrucción de 26 de Abril de 1900, declaro incursos en el segundo grado de apremio y recargo de 10 por 100 sobre el importe total del descubierto á los contribuyentes incluidos en la anterior relación!

Notifíquese á los mismos esta providencia, á fin de ([ue puedan satisfacer sus débitos durante él plazo de veinticuatro horas; advirtiéndoles que, de no ve­

rificarlo. se procederá inmediatamente al embargo de todos sus bienes, señalando al efecto las fincas que imn de ser objeto de ejecución, y se expedirán los oportunos mandamientos al Señor Registrador de la propiedad del partido, para la anotación preventiva del embargo.»

Número dcl recibo 58, Tomás Atienzar Jiménez vecindad desconocida, cuotas 18’34 pesetas.

Idem 9o, Andrés Castillo Zoriioza, idem, ídem 7‘07 pesetas.

Idem 131, Juan Collado Sánchez, idem. idem 5‘3l pesetas.

Idem 136, Juan Cuenca Pérez, idem, idem 2‘r¿

pesetas.

Idem 145, Eulogia Galdámez Fernández, idem.

idem 2‘49 pesetas.

Idem 165, Andrés García Jiménez', idem, idem 2*04 pesetas.

Idem 255, Pedro Gómez González, idem. idem 2 ‘34 pesetas.

Idem 301, Josefa Gómez Tarancón. idem, idem 5‘48 pesetas.

Idem 326, Andrés González Megías, idem, idem 6 ‘30 pesetas.

Idem 349, Herederos de F’raiicisco Royo Piqueras, idem, idem 4 ‘34 pesetas.

Idem 353, idem de José Lecliiguero Martínez, idem, idem 3‘25 pesetas.

ídem 354, idem de José Lecliiguero Descalzo, idem, iduui 4 ‘12 pesetas.

Idem 356, idem de José Valiente Cantero, idem, idem 14‘73 pesetas.

Idem 373, Juan José Herreros Alcalá. ídem, idem 1‘98 pesetas.

Idem 203, Juana Josefa Martínez López, idem, idem 3‘41 pesetas.

Idem 516, Arcadlo Martínez Mouteagiido, idem idem 1‘90 pesetas.

Idem 617, Heliodoro Martínez Monteagudo, idem.

idem 9’93 pesetas.

Idem 636, Vicente Martínez Verde, idem, idem 6*09 pesetas.

Idem 655, Pedro José Monedero Megías, ídem, idem 7‘06 pesetas.

Idem 557, Encarnación Monteagudo Campos, idem.

idem 2‘78 pesetas.

Idem 566, Ginés Monteagudo Peñaranda, idem, idem 2‘82 pesetas.

Idem 602, Joaquín Ortega Aguirre, idem, idem 2 ‘82 pesetas.

Idem 613, Ramón Ortega López, idem, idem 2'l(i pesetas.

Idem 617, Luciano Ortega Sanjuan, idem, idem 9‘37 pesetas.

Idem 630, Francisco Pardo Jiménez, idem, idem 2‘71 pesetas.

Idem 634, José Pardo Pérez, idem, idem 3‘56 pe­

setas.

Idem 654, Miguel Pérez Sáez, idem, idem pesetas.

Idem 717, Francisco Sáez Pérez, idem, idem 178 pesetas.

Idem 722, Ana Josefa Sáez Martínez, idem, ide®

2‘59 pesetas.

■ Idem 728; Vizconde de San Germán, idem, ídem 53‘21 pesetas.

Idem 771, Andrés Soriaiio Gómez, idem. ¡de>Ji 3‘42 pesetas.

Idem 79Í, Pedro José Tornero Gómez, idem. ídem i.‘79 pesetas.

Idem 803, Adolfo Valero Heras, idem, idem P^- pesetas.

Idem 825, José Valero Ramos, idem, ídem ‘PdO pesetas.

Idem 850, Miguel Vergara Serrano, idem.

21‘34 pesetas.

Idem 866, Carmen Víllora Jiménez, idem, idem 7‘87 pesetas.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(3)

Boletín Oficial de Albacete 3

Idem 26, Félix Andújar González, Ídem, idem 2‘94 pesetas.

Idem 92. Francisco Castillo Santiago, idem, idem 1‘95 pesetas.

Idem 159, Andrés García Gómez, idem, idem 2‘64 pesetas.

Idem 247, Qnintina Gómez García, ideln, idem l ‘7tí pesetas.

Idem 297, Martín Gómez Serrano, idem, idem 3^34 pesetas.

Idem 325, Isabel González Liiján, idem, idem 3G3 pesetas.

Idem 3()0, Herederos de Jnan Francisco Sánchez Pena, idem, idem 3‘26 pesetas.

Ideni3G9, Ursula Hernández Jiménez, idem, idem 3‘2G pesetas.

Idem 393, Roque Jiménez Castillo, ideni. idem 2*10 pesetas.

Idem 394, Silvestre Jiménez Castillo, idem, idem 1‘92 pesetas.

Idem 396, María Antonia Jiménez Costa, idem, idem 2‘01 pesetas.

Idem 401, José Jiménez Fernández, idem, idem 2‘26 pesetas.

Idem 460, Francisco López López, idem. ídem 2 ‘02 pesetas.

Idem 487, Inocencio Martínez Cuevas, idem, idem 2 ‘G7 pesetas.

Idem 500, Cristóbal Martínez López, idem. idem 2‘03 pesetas.

Idem 588, José Murcia Parra, idem, idem 2‘Ü8 pesetas.

Idem üOl, Braulio Ortega Ag*uii*re, idem, idem 2‘04 pesetas.

Idem 622, Pedro Ortega Valero, idem, idem 2*57 pesetas.

Idem G75. Francisco Piqueras Valiente, idem, idem 2‘69 pesetas.

Idem G78, Antonia Ramos Gómez, idem. idem 17 5 pesetas.

Idem 700, Ildefonso Sáez Almendros, idem. idem 2*46 pesetas.

Idem 732, Francisco Sánchez García, idem, idem 2‘2G pesetas.

Idem 773, Josefa Soriano Valera, idem, idem 2*51 pesetas.

Idem 879. Francisco Sáez y Fernando Soriano, idem, idem 2‘42 pesetas.

Así, pues, en cumplimiento de lo preceptuado en

\os párrafos 3.° y 4.*^ del artículo 142 de la Instruc­

ción de 26 de Abril de 1900, se publica y fija el pre­

senta edicto en los puntos de costumbre, firmando el Sefior Alcalde el duplicado de las cédulas de notifica- cióu, con dos testigos designados por el mismo, para que surta los oportunos efectos y además se insertará en el Boletín oficial de la provincia y Gaceta de Ma­

drid, entregando en Tesorería de Hacienda los ejem­

plares necesarios.

Jorquera 29 de Abril de 1915.—El Recaudador, Justo Huerta.—V.° B.°—El Arrendatario, P. P., J.

Pujalte.

AYUNTAMIENTOS

A LBO REA

DomCecilio E lo rriag a E scobar, Alcalde cons­

titu c io n a l de esta villa.

H ago saber: Con el tin de poder llev ar á efecto en los R egistros fiscales de este té rm i­

no las alteraciones que h ay an ex}>erimentado en sus riquezas rú stic a y u rb a n a los c o n tri­

buyentes, presentarán estos en la S ecretaría de este A y u n tam ien to d u ra n te el mes de M a­

y o del año co rrien te las o p o rtu n as relaciones de altas y bajas acom pañadas de los d o cu ­ m entos que justifiquen el pago de derechos reales.

A lborea 3 de M ayo de 1915.— Cecilio E lo rria g a .

ALCAHAZ

Confeccionado el re p a rto de consum os de este térm in o m u n icip al, corresp o n d ien te al a ñ o co rrie n te, queda expuesto al público en l a S ecretaría de este A y u n tam ien to por el pía zo de ocho días hábiles, contados desde el s i­

g u ie n te al en q u e se inserte el pre.sente a n u n ­ cio en el B o letín oficial dQ esta p ro v in cia, p a ­ ra que puedan form ularse las reclam aciones

procedentes; ad v irtien d o que el ju ic io verbal de a g ra v io s te n d rá luge.r ¡í la h o ra de las diez del d ía sig u ie n le de Terminado el plazo en las Salas Consistoi'iales de e.sTa ciu d ad .

A lcaraz 3.° de M ayo de 1915.—E l Alcal­

de acc id en tal, B u en av e n tu ra González.

BA RRA X

Don -Antonio Cano Poveda, Alcaide co n sti­

tucion al de e.sía villa.

H ag ) .saber: Que ia recaudación v o lu n ta­

ria dcl p rim ero y .segundo trim estres del año .actual del im puesto de consum os y a r b i­

trio s extraordinario.^, te n d rá lu g a r en estas Salas (H p itu iares en los días 13, 14 y 15 del mes actu al en el prim er período v o lu n ta­

rio y en el segundo d tl 26 al 31 de dicho mes en el mism o sitio, á las horas de co.stumbre.

Lo que se hace público p a ra general co­

nocim iento.

B arrax 4 de M ayo de 1915.— A ntonio Ca­

no.

E L C H E DE LA 8IER R A

Don A rtu ro A m ores de la P a r r a , Alcaide co n stitu cio n al de esta villa.

H ago sab er: Que p a ra proceder á la fo r ­ m ación del apén dice al an iillaram ien to de la riqueza u rb a n a de este d istrito que ha de .servir de base al respectivo rej>artím íento p a ra e! año d e l9 1 G , se in v ita á todos los contribuyentevS que h a y a n su frid o alteració n en su riqueza, á fin de (jue d u ra n te todo el me.s actu al de M ayo pre.seateu en la S ecre­

ta ría del A y u n tam ien to las oj)ortunas d ecla­

raciones de altíí ó baja acotiipaüadas de los docum entos que acred iten h ab er satisfecho los derechos reales por las trasm isiones de dom inio ó de e sta r ex cep tu ad o s de este im ­ puesto.

T am bién se in v ita á los co n trib u y e n te s por el concepto de rú stic a que h ay aji tenido alguna alteració n en su riq u eza, p a ra que d u ran te dicho plazo presenten ta m b ié n las correspondientes hojas d e c la ra to ria s, con o b ­ je to de que [)uedan ser debid am en te in fo r­

mados por la .íu n ta provincial y elevarse después á 1.a S u p erio rid ad p a ra los fines co n ­ siguientes y s u rta n sus efectos en el año de 1916, de co n fo rm id ad con lo que p rece p tú a el R eglam ento de 23 de O ctubre de 1913.

Elche de la S ierra 3 de M ayo de 1915.—

A rturo A m ores.

MAHORA

Don L eonardo M olina López, Alcalde co n s­

titu c io n a l de esta villa.

H ago saber: Que debiendo procederse á la confección del apéndice al regí.stro fiscal de la p ropiedad rú stic a y el de ur3)ana de este térm in o m u n icip al coi're.spondiente al año' 1916, se in v ita á los vecinos y h acen d a­

dos forasteros p a ra que d u ra n te el plazo de quince días, contados desde el siguiente ai de la inserción de este edicto en el B o letín ofi­

cial do la p ro v in cia, presenten en la S ecreta­

ría de este A .yuntam iento las o p o rtu n as d e­

claraciones de a lta ó b aja debidam ente ju sti- BOGARRA

L a cobranza v o lu n ta ria del prim ero y se­

gund o trirnestre.s thd im puesto de consum os y a rb itrio s e x tra o rd in a rio s, te n d rá lug ar en es­

ta población en los día.s 12, 13 y 14 de M ayo próxim o en su p rim er período, en los días de! 15 al 19 la del p rim er trim e s tre en su segundo período y del 2.5 al 30 !a del se­

gund o trim e stre en su segundo período Lo que se a n u n c ia ai público p a ra que satisfag a n su.s cuota.s los que (juieran e v ita r ­ se los ap rem io s de in stru c ció n .

B o g a ría 29 de A bril de 1935.— El .Alcal­

de. Beni-to P érez.

ficadas y a c o m p añ ad as de los d o cu m en to que acre d iten h a b e r satisfech o el im p u esto de derechos reales corre.spondiente.

M ahora l.° de M ayo de 1915.— L eo n a rd o Molina.

SAN PED R O

Don Jo sé Lorenzo M olina, A lcalde de esta villa.

H ago saber: Que el re p a rtim ie n to de a r ­ b itrio s ex tra o rd in ario s del año en cu rso , se h alla te rm in ad o y expuesto al público por ocho días hábiles, contables desde que re c i­

ba inserción el presente en el Boletip oficial de la provinoi:), d u ra n te dicho plazo p o d rá ser ex am in ad o y reclam ado p o r escrito y v erb al al sig u ien te de ex p irad o aq u él á la«

diez de su m a ñ a n a que se re u n irá la J u n ta á dicho objeto.

San P edro 19 de A bril de 1915.— José,Lo- reiizo.

C O TILLA S

Don Zóilo G arcía M uñoz, Alcalde c o n stitu ­ cional de e sta villa.

H ago saber: Que d u ra n te los ocho días hábiles sig u ien tes á la p u b licació n del p re ­ sente en el B o letín oficial de la p ro v in cia, estarán de m anifiesto p a ra o ir reclam aciones los rep artim ien to s de consum os y a rb itrio s e x tra o rd in a rio s de este pueblo y año a ctu al.

Lo que se hace púbiieo j)ara g en eral co ­ nocim iento.

Cotillas 2 de M ayo de 1915.— Zóilo G a r­

cía.

V ILLA PA L A C IO S - ■ Don P edro José R e s ta ’y M artín ez, Alcalde

co n stitu cio n al de esta villa.

H ago sab er: Que el rep-irtim Íento de co n ­ sum os y año en curso, se halla term in ad o y expuesto al público en la S ecretaría del A y u n tam ien to por té rm in o de ocho días h á ­ biles, contado.s desde el sig u ien te al en que ap are zca in serto el presente en el B o letín o fi­

cial, p ara que lo.« c o n trib u y e n te s eji él com - ])reudidos puedan exam in arlo y p re se n ta r las reclám aciones que crean convenirles.

V iliapalacios 28 de A bril de 1915.— P edro -losé R esta -

' P a ra ])roceder á la fo rm ació n del a p é n d i­

ce al am illaram ietito , base del rep a rtim ie n to de la co n trib u ció n te rrito ria l por riq u ez a u r ­ bana de este té rm in o y año 1916, se in v ita á los c o n trib u y e n te s que h ay an sufrido a lte r a ­ ción en su riqueza á que presenten relaciones d u p licad as en la S ecretaría del A y u n tam ien ­ to d u ra n te el plazo de tre in ta días, contados desde el sig u ien te al en que a p are zca inserto este edicto en el B oletín oficial.

T illapalaoioa 28 de A bril de 1915.— El A lcalde, P odro José Re.sta.

V IL ÍA T O Y A '

Don J u a n A ndrés .fiménez B eltrán , Alcalde co n stitucio nal de esta villa.

H ago sab er: Que hallándose term in ad o por la J u n ta m un icip al el rep a rtim ie n to de a rb itrio s ex tra o rd in ario s de este té rm in o , correspondiente al año actual, queda ex p u es­

to al público en la S ecretaría de este A y u n ­ tam ien to p o r térm in o de ocho días hábiles, co ntado s desde el siguiente al en q u e a p a re z ­ ca inserto el f)i'e.sente edicto en el B o letín ofi­

cial de esta provincia, á fin de que los c o n tri­

b u y en tes en él com prendidos p u ed an e x a ­ m in a r las reclam aciones de a g r a v i o s ‘ que á su derecho convenga.

V illato y a 28 de A bril de 1915.— E! A lcal­

de, J u a n A ndrés Jim énez.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(4)

V li

Boletín Oficial de Albacete

AYUNTAMIENTO DE VIVEROS AÑO DE 1914

Extracto de las cuentas de fondos municipales y la de presupuesto de dicho año que se exponen al público.

C apítulos

I I A rtículos '

11.0

i i s r o - i ^ t E S O S

Intereses de Inscripciones.

Productos de Pastos..

Idem de la Caza. . . Pesos y medidas. . . Multas...

Reintegi o de suministros

Idem por gastos de niños expósitos.

Resultas (existencias años anteriores.

Recargo sobre contribución de inniue Idem sobre la de subsidio industrial.

Impuesto general de consumos..

Idem sobre cédulas personales.. . Reparto vecinal. • • • • Arbitrios extraordinarios. . . . Valores fuera de Presupuesto. . .

:bles

Totales

C apítulos, ^^rtíouloi 1

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15

» 16

. 11 Unico

13 ídem

A G O S

por Encargado

52Ü‘3 d y el P JU , 1.5ÜÜ.

499’60 pesetas; 1913. ¿ütí'SU y 1914, 999.

resto de 1912 y 13 y corriente.

Suscripciones...

Reparación Casa-Ayuntamiento Idem sus efectos y mobiliario.

Quintas...

Emisiones, (impresos). . . Gastos menores, (combustible).

Evaluación riqueza territorial.

Juntas locales...

Guardas de campo temporeros.

Seguro de incendies S b r a ^ : p «

pesetas; poí el 1912, 100; de Enero ú Mayo de 191d y Uiciei y por 1914, sin perjuicio de dichas operacionas...

Limpieza y salubridad. . . - Personal de instrucción primaria Material de Escuelas. . . • Retribuciones.. • . •. • • • Alquileres de los edificios. . . Déficit resultante...

Socorros domiciliarios. . . •

Idem y conducción de pobres transeúntes Caminos y calles...

Fuentes y caflería.s...

Cárcel del partido...

Comisión y fomento arbolado. . Funciones y festejos...

Compromisos varios...

Pósitos...

Suministros al Ejército. . . • Contingente provincial. . . ' Expósitos V bagajes...

20 por 100 á la Hacienda (años anteriores) 10 por 100 pesos y medidas á la Hacieiid Imprevistos...

Valores fuera de presupuesto. . . . Totales. . . .

, por el ano more del n

1911,29 iismo, 600

nos anteriores

Importan los Ingresos realizados.

Idem los Pagos realizados.. .

Existencia quepasa al aNo1915.

Presupuesto. Anulado. | Recaudado. Pendiente.

Pesetas Cts. Pesetas Cts. Pesetas Cts. Pesetas Cts.

1 4 .0 6 4 30 4 .2 4 2 81 3 .9 0 7 24 5 .9 1 4 2ü

550 373 177 9

60 50 9 9

2 .3 0 5 » 2 .3 0 5 9

50 50 » 9

50 50 9 9

60 60 » »

1 .0 4 0 34 » 1 .0 4 0 34 y>

8 .4 7 2 70 » 8 .4 7 2 70

152 30 15 01 137 29

5 .3 2 2 13 » 3 .8 0 0 .1 .5 2 2 13

1 .0 3 3 82 » ' 148 63 885 19

3 .3 3 2 31 » 2 .9 5 0 382 31

191 63 » 191 63

G.ÜÜO » 6 .0 0 0 9

4 2 .6 7 4 53 4 .8 2 5 81 2 0 .3 4 3 22 17.505 50

1 1

1 J’resupuesto ' Anulacitines Pagado Pendiente

¡ liquidado. por economía. en el año. do pago.

1 Pesetas Cts. Pesetas Cts. Poseías Cts. Pesetas Cts.

2 .0 2 0 .35 1 .6 5 0 370 35 1

1 365

» 1 .4 2 3 72 340

273 75 91 25

1 . 7‘í8 » 1 .2 9 8 50 499 50

i 62 50 62 50 »

100 » 60 40

160 80 80

200 9 120 80

'4 6 9 46 9

812 40 » 750 62 .-10

174 » 174 9

200 91 40 108 50 9 t

101. » 9 101

324 68 164 47 130 68 29 53 i

50 » 50 9

60 » 60 9

10 10 9 »

10 10 » 9

730' 102 628 9

8 0 95 7 05 »

2 .1 9 6 9 650 1.546

750 267 10 482 90 9 í

3 .3 1 5 98 » 9 3 .3 1 5 93

639 19 » í 9 639 19 '

639 19 9 9 639 19

150 25 125

1 .3 0 9 02 » 9 1.309 02

20 20 9 » .

15 15 » »

200 9 200 »

125 SO 88 38 ■ »

1 .8 6 2 94 V 645 1.217 94

55 18 37 »

35 9 86 9

646 71 69 92 576 79 »

G93 93 » 231 31 462 62

50 35 05 14 95 9

4 .9 7 9 64 9 757 99 2.221 65

60 60 9 9

836 25 9 9 835 25

1 .5 5 9 50 » 9 1.659 50

174 79 71 25

7 .7 4 0 34 ; » 7 .0 4 0 34 9

3 6 .3 5 8 34 1.029 87 1 9 .7 2 8 10 15.600 37 i

i 2 0 .3 4 3 22

-

i

1 9 .7 2 8 10

1 615 12 --- í

por menor el ^azo de , ^

Viveroria^de Marzo de 1916.—El Alcalde, Luciano Calero.- -El Secretario, Manuel Navarro. IMPRENTA PROVINCIAL

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

Referencias

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