La investigación “La pandemia como presupuesto para acabar con la prisión preventiva” considera un estudio actualizado del pensamiento de los actores jurídicos en relación al tratamiento de los internos en prisión preventiva durante la ocurrencia del COVID 19, la alteración de su salud física y afectaciones. la pena máxima en las cárceles para las personas que no tienen sentencia firme. El estudio ofrece un acercamiento a un proyecto de ley basado en la realidad social de los reclusos durante la pandemia y la poca acción del Estado peruano hacia ellos; El trabajo se centra principalmente en identificar bases normativas, legales y jurídicas extraídas de la realidad social que sirvan de base científica, y cualquier pandemia en el futuro será automáticamente un presupuesto para que termine un mandato de prisión preventiva.
ABSTRACT
Keywords: Right to life, Right to Health, Pandemic, Preventive Prison
INTRODUCCIÓN
Capítulo I; Se redacta el planteamiento del problema con la pregunta y objetivos pertinentes, el Capítulo II presenta los estudios previos o antecedentes y el desarrollo de las variables de investigación en el marco teórico conceptual. Hacia el capítulo III se presenta la metodología que se utilizó y luego se presentan los resultados y conclusiones.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
- Problema General
- Problemas específicos
¿Cuáles son las bases sobre las que el Estado puede considerar la pandemia como un requisito previo para poner fin a la prisión preventiva? ¿Cuál es la condición de los presos en las cárceles al inicio de la pandemia de COVID 19?
OMS, 2020)
A nivel nacional
En el estudio de investigación desarrollado en la Universidad Ricardo Palma, por Flores López, en el trabajo “Tasa de mortalidad por COVID-19”, concluye que el mayor número de contagios se manifiesta en el Perú en relación a otros países de la región. Con un 64% más de muertes en hombres que en mujeres, la costa de Perú también reporta un mayor número de contagios. En el cual llega a la conclusión de que en la mayoría de los decretos no se ha establecido el cumplimiento cabal de los supuestos procesales y principios constitucionales, afectando negativamente la justa implementación de la medida coercitiva.
A nivel local
Para referirse al sistema penitenciario y el grado de relación que tiene con la prisión preventiva en la región Puno, Roosvelt Cabana desarrolló la tesis: Abuso del mandato de prisión preventiva y su impacto en el crecimiento de la población carcelaria en el Perú. ; desarrollado en la Universidad de los Andes Néstor Cáceres Velásquez, en cuyas conclusiones se encuentra que el abuso de esta medida cautelar es una vulneración de otros derechos y está limitada por los principios de legalidad, demostrando que de un total de 924 reclusos del penal de Juliaca institución, sólo 531 y casi el 40% fueron sentenciados.
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Objetivo General
- Objetivos Específicos
Identificar los motivos para que el estado considere la pandemia como un presupuesto para poner fin a la detención.
MARCO TEÓRICO, CONCEPTUAL DE LA INVESTIGACIÓN
- CoronaVirus Disease 19
- Derecho a la vida y el derecho a la salud
- Características de la Prisión Preventiva
- Hacinamiento carcelario durante el COVID 19
Todos los principios jurídicos internacionales hacen referencia a la importancia de proteger la salud y la vida. Por el contrario, constituirá una violación a los derechos humanos, “el Estado tiene la obligación de preservar en la sociedad el derecho a proteger la vida” (Polo, 2018).
MARCO CONCEPTUAL
Es inaceptable la situación de los presos con orden de prisión preventiva, que en 2020 representaban el 58% de personas sin condena, personas que estaban encarceladas en un espacio que afectaba claramente su salud y su vida y que no habían sido declarados responsables del delito (IGH, 2020 ), se decide entonces que otra medida menos gravosa debe ayudarles inmediatamente en virtud de garantizar el máximo derecho.
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN 3.1. ZONA DE ESTUDIO
TAMAÑO DE MUESTRA
- La población: Hernández y Fernández, refieren a la segmentación de individuos u objetos con características homogéneas, iguales, que hacen expresión del fenómeno a
Se refiere a un subconjunto extraído de un espectro amplio o completo, una parte de la población donde se llevará a cabo la investigación. Se desarrolló intencionalmente un muestreo, también llamado no probabilístico, en este caso son siete (07) participantes, este tipo de muestreo se realiza debido a las condiciones y posibilidades de la investigación.
MÉTODO Y TÉCNICA
- Técnica e Instrumentos de recolección de datos
La investigación presenta como característica común para los participantes que se encuentran inmersos en causas penales vigentes, los cuales tienen la particularidad de ser representantes legales de personas con mandato de prisión preventiva, razón por la cual los siete encuestados tienen conocimiento y experiencia en el caso. investigar..
Técnica: Entrevista
Instrumento: Cuestionario
Consideraciones Éticas
IDENTIFICACIÓN DE VARIABLES
Categorías, Subcategorías y matriz de categorización
MÉTODO Y DISEÑO ESTADÍSTICO 1. Marco Metodológico
Diseño de investigación: Los estudios cualitativos se desarrollan según métodos propios, esto corresponde al estudio fenomenológico, conocido como ciencia de las esencias, donde se trata de darle importancia a las cualidades, a los fenómenos sustantivos (Andreu, 2002). Fenomenología es: investigar, describir y comprender las experiencias de las personas con referencia a un fenómeno (Hernández et al 2014).
- Reducción de datos y generación de sub-categorías
- Matriz de triangulación de datos
- Matriz de triangulación de resultados específicos
- Matriz de resultados por objetivos a).- Acerca del Objetivo Específico Primero
Luego de la organización, cuando se obtienen las respuestas de los entrevistados, se procede a la triangulación de resultados primarios y luego al desarrollo del contraste adecuado, continuando con el trabajo hermenéutico. logra la saturación del resultado). Matriz de resultados por objetivo a).- Sobre el primer objetivo específico a).- Sobre el primer objetivo específico.
En cierto modo, el Estado peruano emitió normas para enfrentar la pandemia, pero últimamente, debido a que la pandemia muestra invisibilidad y viola derechos fundamentales, el Estado vio parcialmente en las cárceles una forma de reducir el número de presos que cumplen penas leves, pero la existencia de personal médico calificado que pueda proteger, ayudar o prevenir la enfermedad. El gobierno peruano, a través del sistema judicial, no brindó un servicio enfatizado a la salud, lo que imposibilitó el respeto de los artículos en defensa de la vida y la salud, ya que estos derechos fueron coartados al inicio de la pandemia, al no haber prevención. y menos aún el respeto a la integridad personal de las personas privadas de libertad en las cárceles.
Esta medida se lleva a cabo en pocos casos, poniendo en riesgo su libertad; Las medidas impuestas por la justicia no son definitivas, cada medida debe ser revisada a solicitud del imputado, si se presentan nuevos elementos de prueba que de alguna manera hagan menos severas las penas, se podrá imponer prisión preventiva por violación de derechos fundamentales. proceso, sin embargo, desde la práctica parece que debido a la carga procesal y otras cuestiones, cambiar o cambiar la orden de detención por otra medida menos severa es casi inexistente. Para que la prisión preventiva se haya convertido en una regla, sin embargo, es (libertad), la medida debe ser restrictiva cuando el proceso esté en riesgo en su desarrollo, como lo demuestran los supuestos establecidos en el Código Procesal Penal, además se determina que . el imputado es considerado inocente, por lo que corresponde un régimen de espera procesal menos gravoso, como el de presentaciones limitadas, tornándose excepcional cuando su cumplimiento está sujeto a presupuestos procesales y legales.
No existe una cuantificación detallada para determinar la tasa de mortalidad por el virus, hay datos en los registros sanitarios nacionales que son cuestionables ya que muchas muertes se atribuyeron al virus y muchos datos no se presentaron por razones políticas. lo que sí es cierto es que la tasa de contagio era extrema en lugares cerrados como las cárceles, nadie sabe cuáles serán los focos de infección y mucho menos la mortalidad en lugares cerrados. No solo hablamos de esta pandemia sino también de otro tipo de enfermedades que provocaron sus muertes. En gran medida, porque no existe la atención médica correspondiente, y porque no sólo están en riesgo los presos en las cárceles, sino que también contamina a todos los trabajadores del sistema, como trabajadores del INPE, policías, trabajadores sociales, enfermeros, técnicos y funcionarios. . ., trabajadores de la salud y otros, personas altamente susceptibles al contagio debido a las condiciones de confinamiento y hacinamiento en las que viven. Sin duda, las cárceles son un entorno de alto riesgo, y esto es especialmente cierto durante una pandemia.
DISCUSIÓN
- Del Objetivo Específico Primero
- Del Objetivo Específico Segundo
- Del Objetivo Específico Tercero
- Del Objetivo Específico Cuarto
- Del Objetivo General
Conozca la situación de los privados de libertad en los centros penitenciarios al inicio de la pandemia COVID 19. Identificar las razones para que el estado considere la pandemia como un presupuesto para el cese de la prisión preventiva.
CONCLUSIONES
Cuarto: No se cumplen las características inevitablemente asociadas al dictado de la prisión preventiva, aun cuando ésta es una base fundamental del debido proceso y un acto altamente necesario de un Estado democrático basado en el respeto a los procedimientos legales y a la norma jurídica vigente, donde el juez debe confiar en el conocimiento de que los dictados de la medida son absolutamente variables. Quinto: Los centros penitenciarios tienen un alto hacinamiento, la pandemia se propaga muy fácilmente en sociedades superpobladas, lugares mal ventilados, hechos que se dan en las cárceles del Perú, donde se evidencian las precarias condiciones sanitarias, permitiendo que la pandemia afecte más directamente debido al grado de hacinamiento. , la inacción del sistema de salud al interior de las cárceles y el desconocimiento sobre el tratamiento del COVID 19 hacen que el interior de las cárceles sean lugares de alta contaminación, afectando a personas sin discriminación alguna.
RECOMENDACIONES
Quinto: Los privados de libertad, con mandato de prevención, deben ser rápidamente canalizados a un proceso efectivo, para que su situación sea considerada y no sean sometidos a la pérdida de diversos derechos en las condiciones de cobro. En la situación en las prisiones, el hacinamiento debe abordarse mediante acciones procesales correctas y productivas.
BIBLIOGRAFÍA
El impacto de la epidemia de coronavirus (COVID-19) en la salud mental de los profesionales de la salud y la población general en China. Debida fundamentación del mandato de prisión preventiva y su aplicación práctica en el Segundo Juzgado de Instrucción Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Puno.
ANEXOS
DISEÑO excepcional: ¿Existe daño al derecho a la vida de las personas en prisión preventiva durante una pandemia? Identificar cómo se vulnera el derecho a la salud de las personas en prisión preventiva durante una pandemia.
Anexo Nº 02 Compromiso ètico para trabajos de investigación
Anexo Nº 03 Consentimiento informado (para mayores de edad)
Anexo Nº 04 Ficha de entrevista
Anexo Nº 05 Ficha de validaciòn de instrumento
MATRIZ DE DATOS CUALITATIVOS
REDUCCIÓN DE DATOS Y GENERACIÓN DE SUB-CATEGORÍAS Ficha de entrevista 01
Características de la Prisión Preventiva 7 ¿En qué medida se cumple el carácter provisional de la medida? El Código Procesal Penal no considera el tratamiento de la prisión preventiva en estado de emergencia por la pandemia.
- MATRIZ DE RESULTADO POR OBJETIVOS OBJETIVO ESPECÍFICO RESULTADO ESPECÍFICO CONCORDANTE TEÓRICO CONCLUSIÓN POR OBJETIVOS 1. Señalar el perjuicio causado al derecho a la vida de las personas en prisión preventiva en pandemia
4 ¿De qué manera se respeta el artículo quinto, número uno, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en referencia a la integridad personal en pandemia entre los presos con mandato de prisión preventiva? Derecho a la Salud 4 ¿Cómo se respeta el artículo quinto, el número uno, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en referencia a la integridad personal en pandemia entre los presos con mandato de prisión preventiva?
Anexo Nº 07 Acuerdo plenario n.º 01-2019/cij-116