La primera parte del informe incluye la presentación de cifras que muestran el comportamiento de los ingresos generales del país durante el período a nivel de subpartidas, partidas y asignación, tanto en moneda nacional como extranjera. BALANCE DE EJERCICIOS ANTERIORES QUE NO TIENEN VIGENCIA EN MONEDA EXTRANJERA EN LA LEY DE PRESUPUESTO 2004.
DESCRIPCION Y DETALLE DE LAS DIFERENTES CUENTAS DE INGRESOS
01 INGRESOS DE OPERACION
VENTAS DE BIENES Y SERVICIOS
El artículo 21 establece que estos depósitos y custodia estarán sujetos a las tasas señaladas en el artículo 61 del mismo Decreto. Para la conversión del importe de las tasas debidas por concepto de custodia y custodia a la moneda aplicable se aplicará el tipo de cambio previsto en el artículo 1221 del Reglamento Aduanero (artículo 71).
RENTA DE INVERSIONES Excedentes Banco Central de Chile
El ingreso mínimo a recaudar no podrá ser inferior al 8% del valor tasado determinado para el pago de impuestos territoriales. Los recursos del fondo tendrán como destino financiar el pago de subsidios estatales a los concesionarios que celebren contratos de concesión con base en lo dispuesto en la letra c) del artículo 71 de la Ley de Concesiones.
03 INGRESOS TRIBUTARIOS
IMPUESTOS A LA RENTA
Estos contribuyentes también tienen derecho al crédito por donaciones a instituciones educativas, previsto en el artículo 31 de la Ley N° 19.247. En esta cuenta se registra el producto de la renta presunta que deben pagar los contribuyentes de conformidad con lo dispuesto en los arts. bis y 351 de la Ley de Ingresos. En esta cuenta se registra la retención del impuesto de primera categoría según lo previsto en el artículo 731 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Esta cuenta registra el impuesto de Categoría Uno, el cual aplica únicamente a los contribuyentes enumerados en el artículo 221 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y cuyos montos o tasas son los siguientes. Estimulación del ahorro para personas naturales, según el artículo 57 bis letra a) de la Ley de Ingresos. Para todos los efectos legales, este impuesto se considerará Ley del Impuesto sobre la Renta.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Si la existencia corresponde únicamente al año en que se establece el fin del período, la renta tributa según las reglas generales. En el caso de importación o adquisición de bienes, o utilización de servicios que afecten operaciones gravadas y exentas, el crédito se calculará proporcionalmente de acuerdo con la reglamentación. La primera venta o importación, ordinaria o no, de las especies señaladas en el artículo 371, paga como impuesto adicional a las ventas un impuesto a razón del 50%, sobre el valor al que se vende. b) Joyería, piedras preciosas naturales y sintéticas.
Los importadores que comercialicen estos productos, fabricantes y distribuidores tienen derecho a un crédito fiscal contra el débito fiscal estipulado para el mismo período, correspondiente al impuesto que se haya cobrado en las facturas que acrediten su compra y en el caso de importaciones por importaciones pagadas de la especie al área nacional.
IMPUESTOS A PRODUCTOS ESPECIFICOS .001 Tabacos, cigarros y cigarrillos
El artículo 91, inciso b), establece que la aduana no permitirá la salida de mercancías del recinto aduanero sin un certificado previo de cancelación del impuesto de que se trate, salvo que se trate de importaciones realizadas por personas que por razón de su actividad estén no están sujetos al IVA, en cuyo caso podrán decidir pagar el impuesto en la ocasión antes mencionada o en las fechas y cuotas que determine la Administración Estatal de Impuestos Internos. Se entiende por base imponible el valor en aduana de las mercancías importadas o, en su defecto, el valor CIF de las mismas mercancías; incluyendo en ambos casos los derechos de aduana generados por una misma importación. Tasa Impositiva: La base utilizada es el 5% de la producción de petróleo crudo y gas natural vendidos, incluidas las sustancias licuadas que de ellos se obtengan.
Ley núm. 18.502 también prevé un impuesto anual a los vehículos automotores autorizados a utilizar gas natural comprimido o licuado como combustible.
IMPUESTOS A LOS ACTOS JURIDICOS
La Ley N1 18.502 de 1986 impone un impuesto en UTM por metro cúbico a la primera venta o importación de gasolinas y gasóleos. En el artículo 71, la Ley N1 18.502 establece un sistema de recuperación del IVA del impuesto al gasóleo pagado en el momento de su adquisición, cuando no esté destinado a vehículos automotores que circulen por calles, caminos y vías públicas en general. La referida recaudación se ajustará a un calendario de aplicación gradual, respecto del impuesto específico pagado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la ley.
Los porcentajes indicados en los párrafos anteriores fueron definidos en el artículo 4 de la Ley no. 19.589, vigente a partir del 1 de enero de 2002.
IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR
En el caso de la harina de trigo, se utilizan los tipos de derechos y las devoluciones establecidos para el trigo multiplicados por el factor 1,56. Los derechos ad valorem a los que están sujetas las mercancías importadas forman parte de la Ley N° 18.525 y están establecidos en el texto del arancel aduanero. En los artículos 61 a 91 de la Ley N° 18.525 se especifica el método para determinar el valor en aduana, es decir, la base imponible de los derechos ad valorem.
N° 825 de 1974, podrán recuperar como deducción fiscal el impuesto previsto en el artículo 111 de la Ley N° 18.211 que hayan pagado por la importación de mercancías extranjeras.
IMPUESTOS VARIOS .001 Herencias y Donaciones
589, en su artículo 61, suprimió el Título IV de la Ley N° 18.634, “Sanción de la Deuda” a partir de la fecha de su publicación (14 de noviembre de 1998), sin embargo, la Ley N° 19.589 señala en su artículo 11 transitorio que las personas que, con anterioridad a la fecha de publicación de esta Ley, se hubieran acogido al aplazamiento del pago de derechos aduaneros y acreditaran ventas en el extranjero de los productos obtenidos, podrán reclamar la exención de sanciones por deudas. Las personas que, después de la fecha de publicación de esta ley y antes del 11 de enero de 2003, se acojan al aplazamiento del pago de derechos aduaneros, y acrediten ventas en el extranjero, podrán reclamar la exención de la pena de la deuda, hasta la de párrafo amortización de cuotas cuya fecha de vencimiento no exceda del 31 de diciembre de 2005. Ingrese el valor de las patentes mineras en esta cuenta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1421 a 1451 de la Ley N° 18.248, que aprueba la Ley de Minería.
El pago de la patente será anticipado y se realizará en el mes de marzo de cada año.
OTROS INGRESOS TRIBUTARIOS
Impuesto sobre la conducta del Servicio de Registro Civil e Identificación: El importe de este impuesto está fijado en el D.S. Hacienda) N1 1.282, de 1975, y podrá reajustarse periódicamente, según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor. El artículo 531 del Código Tributario establece que los contribuyentes están sujetos a un interés moratorio del uno y medio por ciento mensual por cada mes o fracción de mes, en caso de retraso en el pago de la totalidad o parte de cualquier tipo de deuda vencida. . contribuciones. N1 1.032, en su artículo 11, establece que los pagos de tasas, gravámenes e impuestos recaudados por la Aduana, que se realicen con retraso, están sujetos a intereses a razón del uno y medio por ciento mensual por cada mes o fracción de mes.
Este interés se aplica a los valores reajustados de la misma forma descrita en el párrafo anterior.
SISTEMAS DE PAGO DE IMPUESTOS
El 3% del importe de los ingresos brutos de un taller artesanal o obrero del artículo 261 de la Ley de Rentas. Reliquidación global adicional del impuesto correspondiente al período de actividad definido en el artículo 381 bis de la Ley de la Renta. El saldo que resulte de la reliquidación del impuesto realizada por los contribuyentes de la segunda categoría del impuesto combinado a las inversiones, según lo establece el artículo 571 bis de la Ley de la Renta.
El artículo 27 de la Ley N1 19.420 establece que las industrias acogidas al régimen de zonas francas establecido en el D.F.L.
74Producto Resolución Inicial Resolución
Esta asignación corresponde al monto del crédito especial que no se puede asignar en el mes por exceder todos los impuestos de los cuales se puede descontar. El saldo restante en diciembre o el último mes, en caso de rescisión, es un pago de renta provisional voluntario. Corresponde al monto del crédito que no pudo otorgarse durante el período, por exceder todos los impuestos de los cuales se puede deducir.
El saldo que quede cuando se realicen las deducciones del mes de diciembre de cada año o del último mes en el caso de cancelación, tendrá el carácter de pago temporal de los a que se refiere el artículo 881 de la Ley del Impuesto. ingreso.
04 VENTA DE ACTIVOS
ACTIVOS FISICOS
Los empleadores del sector privado pueden deducir el coste de la contribución sanitaria adicional de diversos impuestos. Asimismo, y en los términos de la circular No. 82 de 9 de noviembre de 2001, del Servicio de Impuestos Internos, se registra en esta cuenta el importe de los peajes pagados por los autobuses de transporte rural, interurbano o internacional de pasajeros. , el cual es susceptible de ser descontado del monto de los Anticipos Obligatorios de la Ley del Impuesto sobre la Renta. El artículo 81 de la Ley N° 18.566 establece que los empleadores del sector privado tendrán derecho a deducir del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley del Impuesto a la Renta los montos mensuales que paguen por concepto de aportes adicionales.
Esta cuenta incluye créditos que no pudieron otorgarse en períodos anteriores por ser sus montos inferiores al impuesto del cual podían deducirse.
ACTIVOS FINANCIEROS
A partir de enero de 1992, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N1 Ex 3.382 del S.I.I. el crédito al que tienen derecho los compradores de harina, registrado en esta cuenta, por el 12% del impuesto soportado que les retienen los molinos. Estos créditos se aplican ajustados en la forma indicada en el artículo 271 del D.L. Esta cuenta registra la conversión a moneda nacional de todos los ingresos tributarios recibidos en moneda extranjera, con excepción de los impuestos a la renta pagados por CODELCO, como los de primera categoría y la tasa del 40% D.L.
También se registra en esta cuenta la recuperación de la Inversión Financiera, cuando se trata de liquidación de inversiones de años anteriores.
05 RECUPERACION DE PRÉSTAMOS
RECUPERACION DE PRÉSTAMOS
Los importes castigados correspondientes a las cuotas vencidas en el período se registran en esta cuenta con signo negativo. En esta cuenta ingresan los pagos que realicen los deudores del Tesoro por concepto de este giro, reprogramados de acuerdo con las condiciones determinadas en el artículo 11 de esta Ley.
06 TRANSFERENCIAS
DE ORGANISMOS DEL SECTOR PRIVADO
DE ORGANISMOS DEL SECTOR PUBLICO
DE OTRAS ENTIDADES PUBLICAS
07 OTROS INGRESOS
- FONDOS DE TERCEROS
- OPERACIONES DE CAMBIO
- DONACIONES
- MULTAS E INTERESES NO PROVENIENTES DE IMPUESTOS
- FONDOS EN ADMINISTRACION EN BANCO CENTRAL
- INTEGROS LEY N 1 19.030
- OTROS
- Aporte Fondo Retiro Funcionarios Públicos Ley N° 19.882
El artículo 221 señala que el producto de estas multas es un beneficio fiscal. La Ley N° 18.892, en su Título IX, establece multas por las diversas infracciones a las disposiciones señaladas por esta ley. Las sanciones se aplicarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 N° 1 del Código Tributario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 17.990.
A esta cuenta se acredita el producto de las subastas que realizará la Subsecretaría de Pesca, según lo establecido en el artículo 460 de la Ley N° 18.892.
08 ENDEUDAMIENTO
Reembolso de los fondos recibidos por los municipios como anticipos del fondo común municipal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley núm. 19.609, publicada en el Diario Oficial el 2 de junio de 1999. Esta ley autoriza al Tesoro una sola vez y por un período de tiempo determinado. una suma no superior a USD 3.500 millones para el pago anticipado de la participación correspondiente a los municipios en el fondo común municipal y para el registro de deudas pensionales contraídas el 31 de julio de 1998. En esta cuenta se registra un aporte del 1,4% de los salarios de funcionarios titulares y contratados con un límite de 90 UF, que integrarán el Fondo de Pensiones establecido en el artículo 11 de la Ley núm. 19.882, publicada en el Diario Oficial del 23 de junio de 2003.
En la medida que no se haya concluido el proceso de licitación para la administración de este fondo, dicho aporte se registra en el Tesoro Público, según lo define el artículo transitorio 5 de la citada ley.
11 SALDO INICIAL DE CAJA