Número 93 Viernes 4 de Agosto de 1893 25 céntimos
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P or un trim estre.. Pesetas 4 Por un semestre... 7 Por un añ o ... ... 12*50^ Por un trimestre... 5 Fueradela Capital. | Por u a semestre... ... 9 f Por un año ... 15 Los edictos y sentencias de los Juzgados y Tribunales qup se inserten en este periódico, y no sean de oficio, paga
rán 25 céntimos de peseta por línea.
Los anuncios particulares que se quieTan in se rtar en el Boletín, previa licencia del lim o. Sr. (Gobernador, pagarán:
De 1 á 6 líneas, primera vez... Pesetas. 1 De 7 á I 5 i d e m ... ... 1*50 De 16 á 30 idem... ... 2
De 30 en adelante, precio eonvenoional; por cada repe
tición, la mitad.
Se publica ¡os Lunes, Miércoles y Viernes.—Las recla
maciones al Director de la Impre nta D. Pafael Serna López
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PRESIDKNCIA DRL CONSEJO HE MÍNÍSTROS
leccLOit jCL O^UICICC
D E L E G A C I O N DE H A C I E N D A
SS. MM. el Rey y la Reina Regente (Q. D. G.) y Augusta Real Familia continúan e n San Se
bastián sin nOYedad e n su importante salud.
(Gaceta del día 3 Agosto).
Negociado de M inas.-Presupuesto de 1892-93.
La Sociedad minoro industrial del Coto de Hellín ha presentado en esta Delegación de Ha
cienda relación del producto obtenido en su co
to minero durante el 4.° trimestre de 1892-93, al cual se atribuye el resultado que á continua
ción se expresa:
Y esta Delegación de Hacienda, en cumpli
miento de lo prevenido en el artículo 28 de la Instrucción de 9 de Abril de 1889, lo hace pú
blico para que todo aquel que no la considere exacta en cuanto á cantidad, clase, calidad y precio asignado á loa minerales, pueda reclamar contra ella.
Albacete 21 de Julio de 1893.—El Delegado de Hacienda, Miguel Santos.
Nvimero de toneladas.
Eqtiiva- le n c ia en
quintales métricos.
Clase del mineral. LEY DEL m i n e r a l
Valor portonelada
en la boca de la mina.
Pesetas.
Importe del 2 por 100
sobra el valor.
Pesetas,
2.181 21.810 Mineral azufre. Variable entre 15 y 19 por 100. . 6 261*75
Negociado de Minas.
Autorizada por la Dirección general de Con
tribuciones la Delegación do Hacienda en esta provincia, lia acordado enajenar en pública su
basta la mina que á continuación so expresa, bajo las condiciones que también aquí se inser
tan:
RELACIÓN déla m ina cuya caducidad ha sido declarada p o r el S r. Gobernador civil de esta provincia en fech a 9 de Mayo último, con ex
presión de las cantidades que adeuda por cánon de superñcie hasta la declaración de la caducidad y del tipo á que ha de subastarse, á tenor, de lo prevenido en el art. del Decreto ley de de Diciembre d e l ^ Q B y e n e l a rticu ló la de la instrucción de ^ de A bril de .
ADiNISTRACIÓN DE CONTRIBOCIQNES
Número del registro.
Nombre de la mina.
TERMINO donde radica.
CLASE del mineral.
NOMBRE del prupietario.
Número de pertenencias
Cánon anual.
Pesetas.
Capitalización al 3 por 100 Tipo irreducible
alas 3 subastas.
Pesetas.
Débitos á favor
de la Hacienda.
Pesetas.
■279 La Minera. Higueruela. 3.* Sección. D. Canuto Vera. . 12 120 4.000 150
Condiciones_á las cuales se arreglará la subas
ta de la antedicha mina.
1. * La subastase llevará á cabo el día 11 del mes actual, do oo'íe á duce de la mañana, en el local de la Delegación de Hacienda, bajo la presidencia del Sr. Delegado y ante los señores Interventor, Administrador de Contribuciones y Jefe del Negociado, que ejercerá de Secretario.
Si la mina no fuere rematada en la primera su
basta, se verificará otra segunda el día 16; y si no se rematase en las subastas anteriores, se ce
lebrará la tercera y última el 21 del mismo co
rriente mes.
2. “ Para tomar parte en la subasta es nece
sario acreditar babor consignado en la Caja de Depósitos, ó que se deposite en el acto de la su
basta ante el Sr. Presidente, el ‘ 5 por 100 del valor por que se saca á remate la mina á la cual se intenta hacer proposiciones; y esta cantidad, si la mina es adjudicada al licitador, ingresará en el Tesoro á cuenta de la suma por que la hu
biere rematado, devolviéndosele en caso contra
rio.
3.* No podrán ser postores los que resulten deudores á la Hacienda en concepto de segundos contribuyentes por contratos ú obligaciones en favor del Estado, mientras no justifiquen hallar
se solventes en sus compromisos.
4 / Hasta el momento de verificarse cualquie
ra de las tres subastas, el deudor por cánon po
drá evitar la pérdida de la concesión de las per
tenencias que se trata de enajenar, pagando el descubierto, los recargos y costas.
.b.* En todas las subastas servirá de tipo irre
ducible el de la capitalización al 3 por 100 del importe del cánon anual de superficie corres
pondiente á la mina que intenta subastarse.
6-* Si becba la adjudicación de la mina el rematante no compareciere por sí ó por legítimo apoderado, dentro do las 24 horas, á completar el pago del prc-cio total de la subasta, perderá su derecho al depósito del 5 por 100, que queda
rá á favor del Tesoro.
7.* El q u e concurra á hacer proposiciones en nombre de otro que tenga hecbo el depósito, ex
hibirá el resguardo ó certificación que acredite
haberse llenado esta circunstancia, debiendo constar á continuación del expresado documento, en nota firmada por el depositante, que éste au
toriza al que le representa, para en nombro de aquel intervenir como licitador en la subasta.
No será lícito al interesado exigir mas título de propiedad que la carta de pago corres
pondiente y un certificado que pruebo eu debi
da forma el haber ejecutado el ingreso, para que el Sr. Gobernador de la provincia le pueda ex-' pedir el mencionado título, y con él hacer aquel valer sus derechos en el Registro de la propiedad, si allí estuviese inscrita la mina rematada.
9.“ El rematante de la mina vendrá obliga- de á pagar los derechos de inserción de este anuncio.
Lo que se avisa al público, por medio de este periódico oficial, para conociraieuto de los que quieran interesarse en la subasta de la referida mina.
Albacete 2 de Agosto de 1893.—El Adminis
trador de Contribuciones, Fernando del Río.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Boletín Oficial de la Provincia de Albacete
AUDIENCIA TERRITORIAL
SECRETARIA DE GOBIERNO
LISTAS dejinitim s de Jurados, fo rm adas con arreglo á lo dispuesto el art. 33 de la ley de 20 de A bril de 1888, p a r a el año de 1894.
P A R T I D O J U D IC IA L DE A LB AC ET E CABEZAS DE FAMILIA
en
Nombres y apellidos. C0»Q» Profesión. Veoin, D. Manuel Alfaro Alcantud 5^ Labrador. Albacete.
Baldomero Alcaraz 43|Idem. Idem.
Pascual Alcalá Gómez 34 Idem. Idem.
Pablo Arcos Aroca 44 Comerciante. Idem.
Juan Amoros Martínez 49|Peluquero. Idem.
Pablo Almenara Martínez BOjEmpleado. Idem.
Pedro José Alcázar Ortega 50 Zapatero. Idem.
Pedro Abellán Molina 41 Comerciante. Idem.
Andrés Aroca Martínez 5^ Carpintero. Idem.
Gregorio Arcos Aroca 40 Cuchillero. Idem.
Pedro Alonso Madrid 47 Zapatero. Idem.
José Buendía Meseguer 39 Comerciante. Idem.
José Belmente Fernández 40 Zapatero. Idem.
Miguel Blasco Nieva 53 Alarife. Idem.
Antonio Baxauli Gamón 36 Tapicero. Idem.
Luis Bayo Fraile 47 Comerciante. Idem.
Tomás Benito Sanz 46 Sastre. Idem.
José Beléndez Moreno 44 Herrador. Idem.
Pedro Belmente Sáucbez 50 Carpintero. Idem.
Pedro Belmente Martínez 38 Sastre. Idem.
Miguel Belmonte Dénia 53 Herrero. Idem.
Miguel Blanes Sevilla 31 Empleado. Idem.
José Belinchón 33 Tapicero Idem. .
Juan Caballero 60 Corredor. Idem.
Fernando Clemente Martínez 47 Sastre. Idem.
Antonio Cano González 41 Corredor. Idem.
Tomás Cantó Beltrán 41 Idem. Idem.
Claudio Carrascosa 36 Empleado. Idem.
Justo del Cerro 59 Idem. Idem.
José Cuesta León 61 Propietario. Idem.
Antonio Cortés García 39 Sastre. Idem.
Manuel Caballero Jiménez 50 Escribiente. Idem.
Rufino Cuartero Romero 46 Cerrajero. Idem.
Fernando Conde y Conde 50 Empleado. Idem.
Antonio Cebrián Alarcón 41 Comerciante. Idem.
José Cantó Beltrán 53 Corredor. Idem.
Luis Caballero Jiménez 54 Empleado. Idem.
Ramón Candel Rodríguez 41 Propietario. Idem.
Francisco Candel Rodríguez 38 Empleado. Idem.
Gabriel Cano Nieva 33 Sastre. Idem.
Ramón Collado Martínez 59 Empleado. [Mem.
Bartolomé Collado Pina 53 Propietario. Idem.
Francisco Collado Gómez 59 Aperador. Idem.
José Cabot Irabain 30 Comerciante. Idem.
Francisco Clares Ruiz 47 Cesante. Idem.
Ramón Díaz Quílez 33 Zapatero. Idem.
Miguel Esparcía López 34 Idem. Idem.
Romualdo Fraguas Picazo 40 Peluquero. Idem.
Marcelino Felipe Sánchez 41 Propietario. Idem.
Manuel Fernández Fabián 40 Relojero. Idem.
Pablo Fons Fuster 58 Cesante. Idem.
Enrique Fernández Cordero 45 Empleado. Idem.
Robustiano Fernández Muñoz 54 Cerrajero. Idem.
José Franco Belacorte 49 Empleado. Idem.
José M .' Fernández Fabuel 36 ídem. ídem.
Francisco Fernández Serrato 58 Idem. Idem.
Bartolomé Fernández Martínez 49 Zapatero. ídem.
Marcial Fernández Molina 31 Pintor. ídem.
Julián González Iranzo 61 Empleado. [dem.
Alfonso Jiménez Milláu 59 Conlitero. [dem.
Ricardo García Gómez 36 Empleado. [dem.
Pedro Gómez Egea 57 Zapatero. Idem.
Antolín García Closa 47 Cerrajero. ídem.
Federico Griñán Serna 61 Propietario. ídem.
Ramón Gutiérrez Soriano 47 [dem. ídem.
Francisco García López 57 Guarnicionero. [dem.
Pascual Jiménez Muñoz «50 Empleado. dem.
Dámaso García Sevilla íH iSastre. dem.
Dionisio Gallego ^171Empleado. dem.
Alvaro García Zafrilla i15 (Cuchillero. 1dem.
Juan Jiménez Cuesta f)4¿Aperador. dem.
Adolfo García Zafrilla íi31Propietario. -dem.
Nombres y apellidos.
D. José García Víllora
Juan Antonio Gutiérrez Garrii Juan González Moreno Lorenzo Jiménez Martínez Pedro García Corredor Melitón García López Luis Ramón García Alarcón Vicente Gaya Canelles Isidro de Horcas García Cristóbal Herreros Martínez Juan Haro Poveda
Juan Antonio Herráez López Matías Charcos Molina José María Latorre Ramón López García Francisco López Jiménez Galo Laorden González Victorio Lopesino
Manuel Lario Fernández Joaquín León Encinas Antonio Lorente Abia Santos López López José Llagostera Jesús Martínez López José Moreno Portero
Victoriano Montesinos Ramírí Gabriel Medina Jiménez Antonio Muñoz Escribano Juan Martínez Jimeno Alfonso Miranda Sanz Ensebio Moreno Villanueva Antonio Martínez Tolsada Matías Medina Jiménez Matías Martínez Sevilla Ignacio Millán Paredes Juan Molina Aroca
Francisco Martínez Mondejar Pablo Molina Aroca
Indalecio Massó Herráez Francisco Montesinos Núñez Asensio Martínez Molina Baltasar Martínez Escribano Antonio Martínez
Ildefonso Miranda Molina Diego Merino López Ignacio Martínez Abia Mariano Mora Sáez Francisco Más Candelas Eduardo Miranda Escribano José Nicolau Planagumá Jacobo Navarro Herráez Francisco Pérez Buendía Francisco Puerto Nieva Francisco Prat Bassols Antonio Pérez Cano Antonio Risueño Navarro José Ruiz Andújar
Juan Ramírez Barcbín José María Rovira Sabater Simón Tóbar González Joaquín Zalve Salvador Antonio Martínez Jiménez Juan Tóbar Molina
Francisco Cerdán García Severiano Abellán Molina Cipriano Albuger López Gabriel XJseroa Ramos Francisco Geraldo Arteaga José María López Haro Joaquín Montoya Martínez Paulino Martínez Alcorta Gabriel Piqueras Mínguez Simón Rangel Jiménez Juan José Toledo Tobarra Bartolomé Jiménez Gascón José Cuenca Gomicia Mariano Jiménez Poveda José Palop Aparicio
CAPACIDADES D. Manuel Alcázar González
Caralampio Bech Fiérrez
Wa.
fl»P* Profesión. Domicilio
57 Alpargatero. Albacete.
o4C Empleado. Idem.
36 Comerciante. Idem.
42 Idem. Idem.
60 Empleado. Idem.
40 Cerrajero. Idem.
56 Propietario. Idem.
38 Comerciante. Idem.
40 Zapatero. ídem.
57 Sastre. Idem.
36 Cesante. Idem.
37 Idem. Idem.
34 Comerciante. ídem.
45 Cesante. Idem.
36 Panadero. Idem.
37 Cesante. Idem.
35 Peluquero. Idem.
37 Sombrerero. Idem.
56 Sastre. Idem.
47 Propietario. Idem.
51 Cesante. Idem.
47 Guarnicionero. Idem.
51 Propietario. Idem.
50 Impresor. ¡dem.
46 Empleado. Idem.
z33 Sastre. Idem.
48 Empleado. Idem.
41 [Sastre. Idem.
38!Platero. Idem.
45jCarpictero. Idem.
49 Propietario. Idem.
39 Empleado. Idem,
54 Carpintero. Idem.
47 Sastre. Idem.
56 Agente negocios. Idem.
42 Aperador. Idem.
46 Carpintero. Idem.
48 Aperador. Idem.
55 Propietario. Idem.
55'Empleado. Idem.
49 Medidor. Idem.
63 Tablajero. Idem.
46 Empleado. Idem.
57 Sastre. Idem.
42 Alarife. Idem.
49 Empleado. ídem.
50 Idem, Idem.
38|listerero. Idem.
34 Impresor, Idem.
49 Comerciante. Idem.
61 Propietario. Idem.
38 Comerciante. Idem.
43 Empleado. Idem.
58 Propietario. Idem.
33 Comerciante. Idem.
38 Agente negocios. Idem.
45 Empleado. Idem.
44 Corredor. Idem.
46 Empleado. Idem.
53 Comerciante. Idem.
34 Empleado. Idem.
50 Propietario. La Herrera.
50 Idem. Idem.
42 Idem. Baiazúte.
37 Carpintero. Idem.
43 Propietario. Idem.
45 Idem. Idem.
32 Comerciante. Barras 41 Propietario. Idem.
59 ídem. Idem.
45 Alarife. [dem.
50 Propietario. La Gineta.
37 •dem. Idem.
49] dem. dem.
421 dem. dem.
541 dem. dem.
391 dem. dem.
36 (Comerciante. dem.
40 IAbogado. ^\.lbaceto.
591Ex Concejal. Idem.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Soletín Oficial de la Provincia de Albacete
Nombres y apellidos.
D. Justo Belda Munuera Marcelo Belmonte Garví Juan Cañabate Peral José Antonio Córdoba Antonio Cano-Manuel Andrés Collado Pina Tomás Campos Alfaro Sabas Caatríllo Parra Laureano Cortés García Ignacio Cañadas
Juan Dusao López José Diez Ruiz
Antonio Fernández Ducompte Gervasio Fernández Martínez José García Zapata
Antonio José Jiménez Cifuen- tes
Damián Garrido Bueno José Jiménez Lillo Felipe Gómez Piqueras Atanasio Gil Tortosa Guillermo Garijo Manuel González Conde Enrique González Gómez
Félix López-Tello Lozano Romualdo León Herráez Juan López Sevilla Antonio López Fajardo Elias López Serna
Antonio Lozano Sabuquillo Ignacio Martínez Gabaldón Juan Antonio Mañas Gallego Fulgencio Navarro Jiménez Juan Nicolau Planagumá Ricardo Navarro Córcoles Gabriel Navarro Rodríguez Vicente Ousurbe Cuchillo Andrés Olivas Lozano Juan Pérez Romero
Profesión.
Procurador.
Perito Agrónomo.
59|Ex Concejal.
Idem.
Abogado.
Médico. ■ Maestro de inst.
Idem.
Médico Concejal.
Médico.
6l!Catedrático.
Ppof. inst. pvim.*
Concejal.
72 Ex Concejal Idem.
Dentista.
Ex Concejal.
Agrimensor.
Abogado.
Idem.
Idem.
Idem.
Ex Concejal.
Idem.
64 Idem.
Idem.
Veterinario.
Ex Concejal.
Prof. inst. prim.*
Abogado.
Ex Concejal.
51 Idem.
39 Procurador.
68 Abogado.
52 Veterinario.
48 Médico.
53 Ayud. Obras púb.
Domieilio.
Albacete.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem, Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem.
Idem, caa Idem.
Nombres 7 apellidos.
«Qi Q»
a, Frofesión. Domicilio
33 Maestro inst. púb.“ Albacete.
34 Veterinario. Idem.
41 Boticario. ídem.
54 Módico. Idem.
42 Abogado. Idem.
36 Maestro inst. púb.* Idem.
64 Ex Concejal. Idem.
47 Agrimensor. Idem.
64 Abogado. Idem.
40 Practicante. Idem.
60 Ex Concejal. Idem.
40 Concejal. La Herrera.
55 Idem. Idem.
43 Idem. Idem.
32 Ex Concejal. Idem.
57 Idem. Idem.
46 Idem. Balazote,
48 Idem. Idem.
48 Concejal. Idem.
44 Idem. Idem.
61 Ex Concejal. Barrax.
47 Concejal. Idem.
51 Ex Concejal. Idem.
43 Concejal. Idem.
43 Idem. Idem.
32 Idem. Idem.
59|Ex Concejal. Idem.
56,Concejal. La Gineta.
37 Idem. Idem.
41 Idem. Idem.
39 Idem. Idem.
50 Ex Concejal. Idem.
4E Idem. Idem.
>4() Idem. Idem.
14E) Idem. Idem.
D. José Planas García Miguel Pr'eto Ruiz Andrés Picazo Soriano Tomás Pérez Linares Jacobo Serra Valcárcel Carlos Serna Fernández Pascual Solano Pérez Francisco Sánchez González José M.^ Valera Monteagudo Ramón Zornoza Cano
Francisco Zafrilla Cepeda José Martínez Núñez Antonio Martínez Tercero Vicente Martínez Moratalla Prisco Martínez Jiménez Lúeas Rodenas Useros Juan Navarro Villanueva Ignacio Blesa Rueda Francisco Tebar Molina Gabriel Martínez Moratalla José Ibáñez Berruga
Juan Martínez Haro José López García Julián Carretero Solera José Culebras Escribano José M.^ Ibáñez Martínez Santiago Albaladejo Jiménez Simón Jiménez Larrey José Medrano Atienzar Antonio López Cuesta Juan Rangel Hidalgo Mariano Moreno Molina Mariano Jiménez López Francisco Antonio JiménezMi
rasol
Segundo Jiménez Mirasol
Albacete 30 de Julio de 1 8 9 3 .-E I Secretario da gobieruo, Frauoisco Sánchez.
INSTITUTO DE SEGUNDA ENSEÑANZA Estudios p 'im d o s .— Anuncio.
Por Real orden de 26 del corriente so ha dis
puesto que los que aspiren á dar validez acadé
mica en la convocatoria de Septiembre á los es
tudios hechos privadamente, deberán solicitarlo durante la segunda quincena del mes de Agos
to, en vez de hacerlo en la primera, como hasta la fecha venía verificándose.
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados y como rectificación en este pun
to del anuncio publicado por esta Secretaría en el Boletín oficial de 28 del corriente.
Albacete 31 de Julio de 1893.—El Secreta- Elías Alonso.
no
AYUNTAMIENTOS
BOGARRA
Terminado el repartimiento de la contribu
ción territorial y pecuaria de este término muni
cipal, para el año económico 1893-94, queda expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por término de ocho días, conta
dos desde la inserción del presente edicto en el Boletín oficial de esta provincia, para que los contribuyentes en él comprendidos puedan en
tablar las reclamaciones que á su derecho con
vengan.
Bogarra 30 de Julio de 1893.-Q u in tín He
nares.
sente raes de Agosto y del 1 ° al 10 del pró
ximo Septiembre, tendrá lugar la recaudación voluntaria de las contribuciones territorial e iüdustrial, iocurriendo en apremio los que no satisfagan sus cuotas en loa mencionados plazos.
Tobarra de Agosto de 1893.—E l Alcal
de, Juan José Poyatos.
__________________ _— — ---
CASAS DE JUAN NÚÑEZ
La recaudación voluntaria del primer tri
mestre de contribución territorial y pecuaria e industrial de esta villa y conieute año económi
co tendrá lugar, en su primer periodo, durante los días 12 y 13 del próximo mes de Agosto, en el sitio y horas de costumbre.
El segundo período comprenderá los diez pri
meros días del mes de Septiembre siguiente.
Lo que se hace saber al público para los efec
tos de instrucción.
Casas de Juan Núñez 31 de Julio de 1893.
El Alcalde en funciones, Miguel Pérez.
Mahora l . “ de Agosto do 1893.—Francisco Sáez.
TOBARRA
D. Juan José Poyatos Vergara, Aloaldo en fun
ciones de esta villa,
Hace saber: Que en el sitio y horas de cos
tumbre, y en los días 1 0 ,1 1 , 12 y 13 del pre
MAHORA
D. Francisco Sáez Talayera, Alcalde oonatituoio- nal do esta villa.
Hao-o saber; Que en los días 18,19 y 20 del actual, desde las ocho á las doce de sus maña
nas y desde las tres á las cinco de la tarde, ten
drá lu^ar en esta villa la cobranza voluntaria del primer trimestre de las contribuciones terri
torial ó industrial del presente año económico, en el sitiu de costumbre y por el Recaudador nombrado por este Ayuntamiento.
El segando período voluntario tendrá lugar en los diez primeros días del mes da Septiembre, en el mismo sitio y horas indicadas.
Lo que se hace público, per medio del pre
sente pa'-a conocimiento de los hacendados fo
rasteros que figuran en dicho reparto.
ABENGIBRE
D. Tomás Pérez García, Alcalde constitucional de esta villa.
H ago saber: Que la recaudación voluntaria de la contribución territorial ó industrial corres
pondiente á este pueblo y primer trimestre del actual año económico, tendrá lugar los días 10, 11 y 12 del próximo mes de Agosto, en el sitio de costumbre, desde las nueve á las doce ,de la mañana y desde las tres á las seis de la tardo en cada uno do los días meneionados.
Lo que se anuncia al público, por medio del presento edicto, para que llegue á conoeimienco de los contribuyentes así vecinos como hacenda
dos forasteros; advirtiéndoles que los que en el citado plazo dejen de satisfacer sus respectivas cuotas, podrán verificarlo, sin recargo alguno, durante los diez primeros días del próximo mes
de Septiembre. , m -
A ^ngibre 31 de Julio de 1893.-T o m as Pérez.
FÜENTEÁLAMO
D. Juan Gallardo y Bezáres, Alcalde constitu
cional dé esta villa.
Hago saber: Que el primer período de la re
caudación voluntaria de la contribución territo
rial ó industrial y recargos municipales, corres
pondiente al primer tiúmestre del actual ano económico, tendrá lugar en los días 12 y 13 del corriente raes de Agosto en casa del Recaudador D. Dionisio Tarraga Castillo, calle de Mendez Núñez; y el segundo período en los diez días primeros del próximo Septiembre, en el sitio mencionado.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Boletín Oficial de la Provincia de Albacete
Lo que se anuncia al público, por medio dcl presente edicto, para conocimiento de ios contri- Duyentes en este término.
Fuenteálamo 2 de Agosto de 1893.—Juan Gallardo.
MUNFRA
8, 9 7 10 de Agosto próximo En los días
tendrá lag ar en las Casas Consistoriales, de oclio de la mañana á cuatro de la tarde, la co
branza voluntaria de la contribución territorial ó industrial, en su primer período; y en los días 1." al 10 inclusive de Septiembre siguiente, en su 2.® período.
Muñera 30 de Julio de 1893.—El Alcalde accidental, Federico Montoya.
HOYA GONZALO
D. Juan Sáez Mancebo, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que terminado el repartimiento de la contribución de inmuebles, cultivo y ga
nadería de este pueblo, correspondiente ai año 1893 al 94, queda expuesto al público por tér
mino de ocho días en esta Secretaría municipal.
Hoya Gonzalo 1.® de Agosto de 1893.—Juan Sáez.
--- <•--- --- MONTEALEGRE
D. Indalecio Sánchez López, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago saber: Que el primer período de la re
caudación voluntaria de las contribuciones te
rritorial ó industrial del actual ejercicio econó
mico, tendrá lugar en la Casa Consistorial los días 11 al 13 del mes corriente; y el segundo período del 1.® al 10 de Septiembre próximo, de ocho á doce de la mañana y de tres á sois de la tarde, incurriendo en apremio los que no satisfa
gan sus cuotas en los mencionados plazos.
Montealegre 1.® de Agosto de 1893.—Inda
lecio Sánchez.
HIGUERUELA
D. Francisco Cano García, Alcalde 'constitucio
nal de esta villa.
Hago saber: Que se hallan vacantes en esta población las dos plazas de Médico Cirujano titulares, la una por defunción dei que la des
empeñaba y la otra por renuncia, dotadas cada una de ollas con el sueldo anual de 675 pesetas, pagadas por trimestres vencidos, por la asisten
cia facultativa de 100 familias pobres entre d i
chas dos plazas y casos de oficio, podiendo ade
más los Facultativos celebrar igualatorios con los demás vecinos por las cuotas en que se con
vengan; cuyas dos plazas han de proveerse en el plazo de 30 días, que priucipiaráu á contarse desde el en que aparezca inserto este anuncio en el Boletín oficial de la provincia; durante el cual los aspirantes, que serán Doctores ó Licen
ciados en Medicina y Cirujía, presentarán sus solicitudes en la Secretaría del Ayuntamiento, á las que acompañarán copias, de sus correspon
dientes títulos profesionales.
Higueruela 28 de Julio de 1893.— Francis
co Cano.
lesiones, se sacan á pública subasta el día 23 de Agosto próximo, en la sala audiencia de este Juzgado, á las nueve de la mañana, con la re
baja del 25 por 100, las fincas siguientes;
Una viña, eu tierra de D. José Joaquín Cor
tés, en este término y carril de Mejorada, que contiene unas 1.200 vides; linda S. José Anto
nio Fernández, M. Juau Martínez, P. el carril y N. D. José Joaquín Muñoz: tasada eu 150 pe
setas.
Otra viña, eu terreno de D. José Joaquín Cortés, en el mismo término y carril de la Casa del Cara, contiene unas 1.000 vides; linda por S., M. y N. Fructuoso Romero y P. la carretera de Almodóvar; tasada en 125 pesetas.
U na tierra, en el carril de la Magdalena, de este término, de una fanega y seis celemines medida real; linda S. Juan José Huerta, M. Pe
dro Antonio López, P. José Toboso y N. Juan Carrilero: tasada en 240 pesetas.
Lo que so anuncia al público para su cono
cimiento; debiendo advertir que no se han pre
sentado en el expediente los títulos de propie
dad de las referidas fincas, que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del tipo de la subasta y que para tomar parte en ella se ha de consignar previamente el 10 por 100 de su tasación.
Dado en La Roda á 31 de Julio de 1893. — Antonio Sáenz de Miera.—Por mandado de S. S., Leandro Escribano Molina.
por 100 de aquélla y que no existen títulos dñ propiedad de la indicada finca.
Dado en La Roda á 29 de Julio de 1893 Antonio Sáenz de Miera.—Por mandado de S S
Leandro Escribano Molina. *
D. Antonio Sáenz de Miera, Juez de instrucción de esta villa y su partido.
Por el presente edicto bago saber: Que para hacer efectivas las responsabilidades correspon
dientes que le fueron impuestas á Antonio Fer
nández Zalve, en causa criminal instruida con
tra el mismo sobre hurto, se saca á pública su
basta el día 24 de Agosto próximo, y hora de las nueve de la manana, eu la sala audiencia de este Juzgado, la finca siguiente:
Una casa, situada en esta villa y calle Puer
ta de Granada, sin número do orden; que linda por la derecha entrando con Andrés Cuchillo, izquierda Pedro Sotos y espalda los mismos, tie
ne una superficie de 40 metros cuadrados y ha sido tasada en la cantidad de 337 pesetas 50 céntimos.
Lo que so anuncia al público para su cono
cimiento; advirtiéndose que no existen títulos de propiedad, que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes de su tasación y que para tomar parte en la subasta deberá con
signarse previamente el importe del 10 por 100 do aquélla.
Dado eu La Roda á 29 de Julio de 1893.—
Antonio Sáenz de Miera.—Por mandado de S. S., Leandro Escribano Molina.
D . Joaquín Zalve, arrendatario del im puesto de cédulas personales en esta pro/incía.
Hago saber: Que terminados los padrones de dicho impuesto para 1893-94 de los pueblos de Salobre, Víanos, VUlapalacios y Viveros, nug.
dan expuestos al público eu los domicilios de la Recaudación de las respectivas localidades du
rante el término de 15 días, á fin do que loa contribuyentes que se crean perjudicados pue
dan entablar las reclamaciones oportunas.
Albacete 26 de Julio de i8 9 3 .—jóaquífl
Zalve. ^
SECCION DE FUERA DE LA PROVINCIA
JUZGADOS
LA RODA
D. Antonio Sáenz de Miera, Juez de instrucción de esta villa y su partido.
Por el presente edicto bago saber: Que para nacer efectiva la indemnización y costas en que condenado José Antonio Marqués Cas
tillo, de esta vecindad, en causa instruida en este Juzgado sobre disparo de arma de fuego y
D. Antonio Sáenz de Miera, Juez de instrucción de esta villa y su partido.
Por el presente edicto bago saber: Que para hacer efectivas las responsabilidades correspon
dientes impuestas á Ignacio González Quílez, en causa criminal instruida contra el mismo sobre hurto, se saca á pública subasta en la sala au
diencia de este Juzgado el día 25 de Agosto pró
ximo, y hora de las nueve de la mañana, la fin
ca siguiente:
Una casa, situada en la villa de Lezuza y su calle Travesía de Aguados, sin número de orden, compuesta de cocina, cuarto dormitorio, enca
marado, sótano y cuadra pajar; que linda por la derecha ó izquierda con propiedad de Martín Quílez y por la espalda con la de Ramón Marín:
la cual ha sido tasada eu la cantidad de 1.000 pesetas.
Lo que se anuncia al público para su cono
cimiento; advirtiéndose que no se admitirán pos
turas que no cubran las dos terceras partes de la tasación, que para tomar parte en la subasta de
berá consignarse previamente el importe del 10
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jo a s D. Manuel Izquierdo Ael, Juez de iastruceióade esta ciudad y su partido
Por el presente cito, llamo y emplazo á los viajeros que oiiminarou en uu coche "de tercera clase del tren mixto deValencia, número 10, que salió de la estación de esta cluiad á las cinco de la tarde del 10 del actual, en cuyo departa
mento viajaban también D. Gustavo Faulbaún, alemán, de 24 amts de edad, soltero, vecino de Jerez d é la Frontera, habitante en la calle de las Almas, número 13; y Antonio Domínguez y Fernández, hijo de José y de María, de 27 años, casado con Aurelia Román, n atu ral y vecino de Bollullos, provincia de Hiielva, partido judicial de Palma, habitante en la calle de San Vicente, número veinticinco, del pueblo de su naturale
za y vecindad; para que eu término de ocho días, que empezarán á eoutarse desde la pu
blicación da esta adicto en lá Gaceta de Ma
d rid y Boletines oficiales do esta provincia. Al
bacete y Valencia, comparezcan en este Juzgado á rendir declaración eu sumario que instruyo contra el Antonio Domínguez y Fernández por hurto de 200 pesetas eu billetes del Banco de España al D. Gustavo Faulbaún, perpetrado en la expresada estación en la tarde del nombrado día 10 del mes actual y trayecto de esta misma estación ála de Alcudia de Orespins, eu la que, por la pareja de la Guardia civil que escoltaba el tren mencionado, fuó reconocido el Antonio Domínguez, encontrándole la cantidad antes di
cha, siendo puesto en 11 de este mismo mesa disposición del Sr. Juez del instrucción dei dis
trito de San Vicente de Valencia por el Sargen
to de la Guardia civil del puesto de la referida capital.
Dado en Alcázar de San Juan á 27 de Julio de 1893.—Manuel Izquierdo.—P. M. de S. S., Juan do Dios Villoslada.
C O M A H C ÍA DE íílGENiEílOS DE TALESCIÁ
En la Gaceta de M adrid de los días 13 y 15 del corriente mes, se insertan los anuncios y programa para la provisión de dos vacantes de Maestro de obras Militares de Alhucemas y Ceuta, respectivamente, con arreglo al regla
mento para el personal del material de Ingenie
ros de 8 de Abril de 1884.
Lo que so hace público para que pueda lle
gar á noticia de los aspirantes.
Valencia 29 de Julio da 1893.—El Teniente Coronel de Ingenieros, Francisco Rodríguez- Trelles.
IMPRENTA PROVINCIAL
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»