2 en el mundo, incluidas las aplicadas en México por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (en adelante IMPI). El objetivo de esta investigación es estudiar el uso de las salvaguardias reguladas en la Ley de Propiedad Industrial (en adelante LPI) como mecanismo para combatir la vulneración de los derechos intelectuales en Internet.
La propiedad intelectual
- Clasificación de las figuras del derecho intelectual
- Instrumentos internacionales
- Instrumentos Nacionales
- Agotamiento del derecho intelectual
Además de lo anterior, el ADPIC considera una serie de disposiciones regulatorias19 que regulan la protección de los derechos de propiedad intelectual mediante. 26 Castro García, Juan David, “El agotamiento de los derechos intangibles”, Revista de Propiedad Intangible, núm.
La infracción de derechos intelectuales en Internet
Competencia desleal
Entre los conceptos básicos en el sentido de propiedad industrial, tenemos la competencia desleal, de la cual trata el artículo 10 bis del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, que el mencionado instrumento internacional define como "todo acto de competencia que sea contrario a las prácticas leales." en industrias o en materia comercial.” Así, sostenemos que la competencia desleal es un concepto que abarca diversos aspectos comerciales, precisamente estableciendo mecanismos regulatorios para los agentes competitivos, tanto en la industria como en el comercio.
Principales problemáticas de los Titulares de Derechos con las
La rapidez con la que se ofrecen los productos online (en muchos casos las transacciones se completan en pocas horas) hace muy difícil emprender acciones legales contra los infractores, ya que una vez realizada la venta online del producto apócrifo, los propios infractores eliminan el anuncio y generar un incendio, lo que hace prácticamente imposible rastrear publicaciones y ofertas infractoras, junto con el problema de identificar a los infractores. En gran medida, las redes sociales han sido explotadas como plataforma a través de la cual los infractores ofrecen sus productos.40 Es prácticamente fácil generar perfiles en las redes sociales que fácilmente pueden ser confundidos por el público consumidor y considerar que la página consultada está directamente vinculada. con el proveedor del producto o servicio, o que la página consultada está directa o indirectamente relacionada con el titular de los derechos intelectuales.
Medidas adoptadas por los intermediarios de Internet contra la violación de
- Procedimiento de notice & take down
- Procedimiento de notice & stay-down
- Procedimiento de notice & track-down
- Colaboración constructiva
Con estas actuaciones, el titular del derecho deberá presentar un nuevo informe al intermediario de Internet. De hecho, la información que el intermediario de Internet proporciona al titular de los derechos intelectuales puede utilizarse para hacerle venir.
Responsabilidad de los Intermediarios de Internet
Si se responde, esa respuesta se enviará al titular de los derechos intelectuales que la informó para su consideración. Será por tanto el titular de los derechos intelectuales quien decida validar o rectificar su reclamación, lo que repercutirá en esta situación en la eliminación o reactivación de la publicación, según el caso.60. El propietario de la plaza comercial en que se ubique el establecimiento comercial donde el infractor directo ofrezca, comercialice y distribuya el producto. Esto es a lo que se enfrenta Facebook, ya que es la plataforma a través de la cual el infractor directo ofrece, comercializa y distribuye sus productos apócrifos.
En Estados Unidos, Tiffany (NJ) v. eBay Inc. que Tiffany tenía que certificar que eBay sabía o tenía motivos para saber que se había cometido la conducta infractora.
La responsabilidad de intermediarios de Internet en otras jurisdicciones 37
- Argentina
- Brasil
- Chile
- Estados Unidos de América
- España
Es decir, no hay intervención de los intermediarios de Internet en las posibles acciones de los usuarios de las plataformas. 70 Como afirma Asensio, el criterio utilizado a nivel europeo sobre la responsabilidad de los intermediarios de Internet frente a la infracción de derechos intelectuales por parte de terceros. Por lo tanto, se concluye que no se puede obligar al intermediario de Internet a monitorear los datos que transmite o almacena en su plataforma tecnológica.
La LSSICE incluye en su apartado 2 “Régimen de responsabilidad” las directrices establecidas en la Directiva 2000/31/CE y, en relación con los intermediarios de Internet.
Las medidas cautelares
Características de las medidas cautelares
Esta característica está precisamente relacionada con el peligro de retrasar la precaución. Se refiere a aquellos casos en los que las consecuencias de la medida cautelar promueven parcial o provisionalmente los efectos de la decisión definitiva. Esto implica que la autoridad administrativa considera si la medida cautelar es proporcionada a la naturaleza y gravedad de la infracción100.
Dentro de las regulaciones previstas en los ADPIC101, el número de medidas cautelares, así como la aplicación de medidas en frontera, es crucial.
Marco jurídico nacional de las medidas cautelares en el derecho intelectual
59 Cuando se haya llegado a una solución definitiva en relación con las reclamaciones por infracción y se haya comprobado que la infracción es efectiva, las autoridades competentes podrán destruir las mercancías aseguradas. 60 Sin embargo, tales requisitos no son suficientes para demostrar prima facie si el titular del derecho es realmente víctima de una violación de sus derechos intelectuales o, por el contrario, utiliza la forma jurídica de medidas cautelares, así como el IMPI, con el único objetivo de de bloquear a un competidor o, con el objetivo de monopolizar derechos, proponer una interpretación amplia sobre los derechos de propiedad intelectual del solicitante de las medidas. Los artículos BIS 18 y 178 BIS 9 LPI115 reconocen la titularidad de los derechos de propiedad industrial y también imponen la obligación de publicar, de modo que la titularidad de un derecho intelectual sea públicamente conocida, como se desprende del contenido del artículo 229. LPI.116.
Para el ejercicio de acciones civiles y penales derivadas de la violación de un derecho de propiedad industrial, ASÍ COMO PARA LA ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 199A DE ESTA LEY, será necesario que el titular del derecho recurra al productos, envases o embalajes de productos que estén comprendidos en un derecho de propiedad industrial, las indicaciones e inscripciones a que se refieren los artículos BIS 18 y 178 BIS 9 del mismo.
Procedimiento de imposición de medidas cautelares por el IMPI
- Acciones contra el abuso de medidas cautelares conforme a ADPIC y
118 El monto de la garantía será determinado por el IMPI dependiendo del tipo o tipos de medidas cautelares solicitadas, de conformidad con el contenido del artículo 199 Bis de la LPI. El Instituto exige al solicitante de la medida que aumente el monto garantizado para que sea igual al valor de los bienes asegurados. 64 En virtud de lo anterior, con excepción de la salvaguardia de bienes (fracción IV del artículo 199 Bis LPI) y el cierre de establecimientos (fracción VI del artículo 199 Bis LIPI), todas las medidas cautelares surten efectos a partir de la fecha en que son comunicadas. . el presunto infractor de la orden de medidas cautelares.
Lo anterior es así toda vez que se restringiría arbitrariamente la libre competencia entre las partes mediante la aplicación de salvaguardias que carecen de elementos de prueba esenciales para justificar su adopción, contrariamente al contenido de los artículos 8.2 y 41.1 del Acuerdo sobre los ADPIC, así como del artículo 2. Título VI y 199 Bis -6 en LPI.
La figura del levantamiento de medidas cautelares
Desde la firma de los acuerdos ADPIC y NAFTA se han hecho esfuerzos para prevenir este tipo de malas prácticas. Por lo tanto, cuentan con disposiciones que buscan prohibir y abordar tales prácticas de competencia desleal, contrarias a lo contenido en el artículo 8(2) y 41(1) del ADPIC126; lo mismo que lo dispuesto en los artículos 2° párrafo VI, 6° párrafo II y 199 Bis-6 de la LPI. 69 De hecho, tenemos el caso del proyecto de sentencia de amparo en la Revisión 665/2015, que señaló que el artículo 199 Bis 1 de la LPI permite el levantamiento de medidas cautelares cuando se vulnera la garantía de igualdad. En consecuencia, es incorrecto que el contenido del artículo 199 Bis 1 de la LPI “contradiga” los compromisos internacionales del Estado mexicano, mientras que la realidad es que el monto de la contragarantía contemplado en la LPI no genera conflicto alguno con el Acuerdo sobre los ADPIC. y el TLCAN.
Por lo anterior, el artículo 199 Bis 1 de la LPI concluye que el monto de la contrafianza “deberá incluir el monto garantizado por el solicitante de las medidas y un monto adicional del cuarenta por ciento de lo emitido por la fianza”.
Las medidas cautelares en Internet por violación a derechos intelectuales
- Medidas cautelares de bloqueo (blocking injunction)
- Medidas cautelares a intermediarios de Internet
71 e) Con el levantamiento de las salvaguardias se pretende evitar abusos... como consecuencia de su utilización en perjuicio de personas inocentes. 73 que se considera que el operador de la página de Internet utiliza el servicio del ISP para infringir los derechos intelectuales. La eficacia de las medidas ordenadas al ISP y su eficacia para disuadir a los usuarios de dicho ISP de acceder al sitio web infractor.
El próximo capítulo comentará la experiencia con las precauciones digitales en México y sugerencias para su uso.
La aplicación de medidas cautelares en Internet por el IMPI
Las medidas de bloqueo en México
- Caso www.ba-k.com
- Caso www.mymusiic.com
Antes había una pequeña descripción general de la serie e incluso de los capítulos en la sección correspondiente. De La Parra Trujillo, Eduardo, “Derechos de autor en Internet”, en Recio Gayo, Miguel (coordinación), La Constitución en la Sociedad y Economía Digital. 87 natural para algunas obras de autoría, pero no para todas las obras contenidas en el sitio web.
El sitio web www.ba-k.com intentó utilizar argumentos falsos para justificar que los usuarios de este sitio web están "protegidos".
Propuesta de procedimiento para la aplicación de medidas cautelares en
- Respecto de la solicitud de medidas cautelares
Según el criterio de la SCJN, esto no sería suficiente para justificar el bloqueo del sitio. Sólo hasta que se demuestre que los productos comercializados son infractores, generalmente mediante prueba de hechos,149 el IMPI podrá considerar otros elementos que hayan sido planteados en la solicitud para juzgar si la aplicación de la medida de bloqueo está justificada. Es en el marco de la consideración que debe realizar el Instituto que se debe valorar el abanico de expresiones contenidas en el sitio web.
Por lo anterior, es innegable la necesidad de que la SCJ reconsidere esta posición, ya que el IMPI debe decidir sobre el uso de medidas cautelares dependiendo de cada caso individual.
Recomendaciones para el IMPI en su ponderación de medidas cautelares
Como se indicó, el criterio utilizado por la SCJN, que establece que se debe definir específicamente la dirección en la que se desarrolla el delito, dificulta y limita significativamente la efectividad de las medidas. 98 Es, por tanto, claro que el IMPI debe analizar detalladamente las pruebas aportadas por el solicitante en apoyo de las medidas de protección y, en caso de que dicho Instituto concluya que no fue acreditada, a satisfacción de dicho Instituto y tomando en cuenta los criterios de la SCJN. debería exigir al solicitante que proporcione pruebas adicionales para respaldar sus afirmaciones sobre las medidas. Como se señaló en su momento, el criterio utilizado por la SCJN impone al solicitante la obligación de que las medidas sean muy específicas en la identificación de los bienes, servicios o 'establecimiento'.
En este sentido, resulta necesario probar los extremos del artículo 229 de la LPI, precisamente para acreditar los derechos intelectuales, como requisito de la conveniencia de las medidas cautelares.
Sobre la aplicación de las medidas en la práctica
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ha utilizado medidas de bloqueo para combatir la infracción de derechos de autor. CASTRO GARCÍA, Juan David, “El agotamiento de los derechos de propiedad intelectual”, Revista de Propiedad Intangible, No. Convenio de Berna para la Protección de las Obras Artísticas y Literarias, 1984, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, 1984, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.