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Ley 1/2018, de 7 de febrero, de medidas urgentes para ... - ACTA

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Se distinguen tres zonas dentro de la cuenca hidrográfica para crear las condiciones que garanticen la sostenibilidad ecológica de las actividades agrícolas en el Campo de Cartagena, lo que se comenta en el Capítulo II. Para implementar medidas de sostenibilidad ambiental, el ámbito territorial de esta ley se dividirá en las zonas 1, 2 y 3, delimitadas en el mapa que figura como Anexo I. Para el ejercicio sostenible de las actividades agrarias que se desarrollen en la zona del Mar Menor deberán adoptarse las medidas establecidas en este capítulo, en función de la zona en la que se encuentren.

El propietario de la explotación deberá realizar las tareas de mantenimiento de las estructuras y elementos mencionados en este artículo. En todos los ámbitos previstos en esta ley será obligatorio el cumplimiento del Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Región de Murcia, contenido en el anexo V. El plan se actualizará con la periodicidad más adecuada para alcanzar los objetivos de esta ley.

Independientemente de la sanción que pueda imponerse, se podrá ordenar al responsable la subsanación de las deficiencias que encuentre dentro del plazo estipulado. Se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Región de Murcia, cuyo texto íntegro se publica como anexo V de esta Ley. El régimen será de aplicación en las zonas declaradas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de actividades agrarias en todo el ámbito territorial de la Región de Murcia.

Siempre que sea posible, la sanción será individualizada para cada responsable según su nivel de participación en la comisión de la infracción. Desde la promulgación de la ley, los solicitantes han disfrutado de los derechos previstos en el artículo. Los lotes existentes en las zonas 1, 2 y 3 deberán cumplir con las obligaciones de uso de barreras vegetales del Capítulo II de esta ley.

Sin embargo, la prohibición de importar y fertilizar nuevos cultivos en dicha franja, establecida en el artículo 6, es válida desde la entrada en vigor de la ley. El ámbito territorial de la ley incluye la cuenca hacia el Mar Menor perteneciente a la Región de Murcia, con excepción de las superficies de sus islas y La Manga. El resto de territorios incluidos en la Zona Regable con aguas del Trasvase Campo de Cartagena (UDA 58 y 75), situado en la Región de Murcia al oeste de la AP-7 y desembocando en el Mar Menor.

Además, también se proporcionan grupos de plantas en áreas no productivas o marginales de la finca (incluidas áreas de secano). La densidad de las plantas puede variar mucho según la elección realizada (se recomienda comprobar primero su tamaño normal). Lista de especies clave de interés en el control de escorrentías, la absorción de nutrientes y la mejora de la biodiversidad.

En proyectos de concentración parcelaria, el organismo autónomo competente conocerá de la materia.

Cuadro n.º 1. Barreras a implantar en parcelas (unidades de explotación)
Cuadro n.º 1. Barreras a implantar en parcelas (unidades de explotación)

Obras hidráulicasObras hidráulicas

Según el artículo 7.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, están sujetos a una evaluación de impacto ambiental simplificada: En la tabla 2 se indican las cantidades óptimas de nitrógeno (N) para cubrir las necesidades de los principales cultivos de la Comunidad Autónoma. Comunidad de la Región de Murcia para cubrir Datos procedentes del análisis del suelo, que se aplicarán a efectos del cálculo del balance Nmini (nitrógeno mineral al inicio de la cosecha).

2. Nitrógeno procedente de la mineralización neta de la materia orgánica (humus) que se produce naturalmente en el suelo (Cuadro 4). Los niveles de nitrato (Nmini) mostrarán una tendencia a la baja, asumiendo que este parámetro es un indicador del equilibrio general de N en la granja. El suministro excesivo de agua o su mala distribución contribuye a la transferencia de iones nitrato y al aumento de la contaminación.

La cantidad de agua a suministrar se puede derivar de la información disponible en el Servicio de Información Agraria de Murcia (SIAM). En este caso, la cantidad de agua a aportar se debe tomar de la diferencia entre las necesidades hídricas del cultivo y las precipitaciones efectivas. A su vez, las necesidades de agua se basarán en la evapotranspiración de las plantas (ETc) que a su vez se basará en la evapotranspiración del cultivo de referencia (ETo) multiplicada por el coeficiente de la planta (Kc), así como en aquellos otros sistemas técnicamente aceptados para calcular el riego. dosis.

Esta web permite calcular las necesidades diarias de riego y fertilización de los cultivos de la región de Murcia según su ubicación y según las características del cultivo, suelo y riego. En cualquier caso, dependiendo de las condiciones de la parcela, se utilizará la técnica de riego que garantice la máxima eficiencia en el uso del agua y fertilizantes. Es necesario contar con un plan de presión de funcionamiento de la finca para que la distribución de agua y fertilizantes sea uniforme.

En el resto de zonas de la Región donde los principales cultivos son el otoño/. Para calcular la capacidad de los depósitos de estiércol y purines se tienen en cuenta los valores en módulos de producción anual de estiércol según actividad ganadera, que se reflejan en la tabla 9. Las características constructivas de las balsas o estanques que se encuentran sobre la ganadería Las fincas se ajustarán a lo dispuesto en el real decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba la Ley Técnica de la Edificación.

Garantizar que los vehículos puedan cargar y descargar productos almacenados sin perjuicio de la imprescindible impermeabilidad. Estos documentos deberán mantenerse a disposición de la autoridad competente durante un período mínimo de tres años.

Tabla  1.  Periodos  donde  no  es  conveniente  la  fertilización  nitrogenada  en  función  de  los  cultivos
Tabla 1. Periodos donde no es conveniente la fertilización nitrogenada en función de los cultivos

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Cuadro n.º 1. Barreras a implantar en parcelas (unidades de explotación)
Cuadro  n.º  2.  Listado  de  especies  básicas  con  interés  en  el  control  de  las  escorrentías,  captación de nutrientes y mejora de la biodiversidad
Cuadro n.º 3. Listado de especies con interés en conservación de enemigos naturales
Tabla  1.  Periodos  donde  no  es  conveniente  la  fertilización  nitrogenada  en  función  de  los  cultivos
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Referencias

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