09 Semestralmente, el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados sobre los mecanismos de asignación presupuestaria para cada programa que integra este rubro. 11 Cada seis meses, el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto y a la Comisión de Finanzas de la Cámara de Diputados sobre el número de mujeres contratadas con carácter honorífico, contractual y permanente, así como el número de ellos por año la clase es.
PARTIDA : 07 CAPÍTULO : 01
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño Secretaría Ejecutiva Consejo Nacional de Innovación
CAPÍTULO : 01 PROGRAMA : 11
FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño Programa Iniciativa Científica Millenium
El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo deberá informar semestralmente, dentro de los 30 días siguientes a la finalización del semestre respectivo, sobre todos los convenios celebrados y sus objetivos, así como los recursos transferidos en cada uno de los responsables de este programa. .
CAPÍTULO : 02 PROGRAMA : 01
Servicio Nacional del Consumidor Servicio Nacional del Consumidor (01)
La agencia deberá enviar trimestralmente un informe detallado a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto sobre el nivel de cumplimiento de los objetivos propuestos y el estado de ejecución de sus recursos. 07 Anualmente se proporcionará un informe detallado sobre el uso de estos fondos al Comité Especial Conjunto de Presupuesto.
CAPÍTULO : 03 PROGRAMA : 01
Cada trimestre, dentro de los treinta días siguientes a la finalización del trimestre correspondiente, el subsecretario de Pesca y Acuicultura deberá informar sobre los gastos financiados por esta división, especificando la persona o entidad beneficiaria, la actividad a financiar y el monto determinado, desglosándolos. . distrito y municipio. 08 Para concretar esta transferencia se deberá suscribir un convenio entre la agencia receptora y la subsecretaria de Pesca y Acuicultura, el cual incluye un programa de trabajo que defina específicamente cada uno de los conceptos a los que se aplicarán los recursos transferidos. Hasta el 35% de los recursos disponibles para comprometerse en cada operación podrán ser adelantados y transferidos al IFOP durante su tramitación.
Cada año, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura presentará a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto un informe que contiene el monto de los recursos previstos en los convenios celebrados, su utilización y los objetivos alcanzados. Art. 11 Con cargo a esta asignación se cargarán los gastos de manutención de los miembros de los Comités Técnicos Científicos; para los gastos de viaje y pasajes para asistir a las sesiones de la Comisión cuando éstas se celebren en lugar distinto de su domicilio, y para los gastos administrativos imprescindibles para su buen funcionamiento.
PARTIDA : 07 CAPÍTULO : 03
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Fondo de Administración Pesquero (01)
La dirección ejecutiva del Fondo publicará trimestralmente un informe detallado sobre los gastos realizados con apertura regional y por componentes financiados y consolidación para todos los contratos firmados en su sitio web. La comisión especial mixta de presupuesto será informada trimestralmente sobre los fondos que se asignarán a cada uno de los rubros del artículo 173 de la Ley núm. 18.892. Estos fondos podrán utilizarse para destinar fondos a aquellos ex trabajadores de la flota industrial que fueron desplazados durante el período de vigencia de la ley núm. 19.713, o sus viudas, quienes hasta el día de hoy no cuentan con los medios adecuados para solucionar los problemas y precariedad antes mencionados.
1.200.000.000, que serán destinados a un programa de apoyo social para solucionar los problemas e inseguridad que enfrentan. 05 Para efectos de lo previsto en el artículo 12 de la Ley N° 20.925, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura será responsable del pago directo de la bonificación a que se refiere dicho artículo.
PARTIDA : 07 CAPÍTULO : 04
08 Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto un informe detallado sobre el uso de estos recursos. Durante 2019 se podrán comprometer y adjudicar hasta miles en nuevas licitaciones, y sólo el saldo no pagado en el año podrá comprometerse para el año siguiente. El funcionamiento de este Fondo se informará trimestralmente, y de forma regionalizada, según corresponda, en la página web del Servicio.
10. Trimestralmente, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura informa a la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos de la Cámara de Diputados, a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura del Senado y a la comisión especial mixta de presupuesto, las solicitudes realizadas. a los Ministerios de Defensa y de Bienes Nacionales y el estado de su avance en el marco de lo dispuesto en los artículos 2 y 33 de la Ley N° 21.027. 11 Trimestralmente, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura presentará a la Comisión Especial Mixta Presupuestaria un informe sobre el Plan General de Manejo de Parques Marinos de conformidad con los requisitos de los artículos 9 y 10 del Decreto No. 238 de 2005 del Ministerio de Economía, Desarrollo y Turismo.
PARTIDA : 07 CAPÍTULO : 06
Corporación de Fomento de la Producción Corporación de Fomento de la Producción (01, 02)
11 Con estos recursos se podrán financiar hasta $574.361 mil para gastos de personal, y hasta 19 personas para honorarios y/o Código del Trabajo, lo que no afectará el monto máximo autorizado para la Corporación, y hasta $229.999 mil para patrimonio. y servicios al cliente. Incluye hasta $184.937.000 para gastos de personal, y hasta 12 personas para honorarios y/o Código del Trabajo, lo que no afectará el monto máximo autorizado para CORFO, y hasta $343.454.000 para bienes y servicios de consumo. 19 Usando este desglose se puede destinar un máximo de $441.633.000 a costos de personal y hasta 12 personas para honorarios y/o Código del Trabajo y $250.246.000 a bienes y servicios de consumo.
20 El comité de agencia debe presentar cada seis meses un informe detallado a la comisión especial conjunta de presupuesto sobre la implementación y determinación de estos recursos. 23 Sobre esta asignación se puede destinar un máximo de 962,125 mil dólares para gastos de personal, pudiendo destinarse hasta 23 personas a honorarios y/o código de trabajo miles para bienes y servicios de consumo y 26,008 mil dólares para la adquisición de bienes no activos financieros ...
PARTIDA : 07 CAPÍTULO : 07
Instituto Nacional de Estadísticas Instituto Nacional de Estadísticas (01, 02)
Para las letras d) y e) anteriores, el personal contratado a cambio de honorarios podrá tener la condición de Agente Público, para todos los efectos legales, incluida la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones.
Instituto Nacional de Estadísticas Programa Censos
CAPÍTULO : 08 PROGRAMA : 01
Fiscalía Nacional Económica Fiscalía Nacional Económica (01)
PARTIDA : 07 CAPÍTULO : 09
Servicio Nacional de Turismo Servicio Nacional de Turismo (01, 08, 09)
Se incluyen costos de personal hasta $69.211.000 y pagan honorarios hasta 7 personas, de las cuales hasta 5 podrán tener la calidad de Agente Público para todos los efectos legales, incluida la responsabilidad administrativa y penal que pueda surgir del ejercicio de tales funciones. , y en bienes y servicios de consumo por hasta $47.550.000. El organismo deberá informar anualmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto sobre las personas contratadas, los recursos asignados, los fines de las transferencias y los objetivos alcanzados dentro de la política nacional de turismo. Se incluyen costos de personal hasta $62.407.000 y pagan honorarios hasta 6 personas, de las cuales hasta 3 podrán tener la calidad de Agente Público para todos los efectos legales, incluyendo la responsabilidad administrativa y penal que pueda surgir del ejercicio de tales funciones. , y en bienes y servicios de consumo por hasta $9.254 miles.
Incluye gastos de personal hasta $37.034.000 y hasta 5 personas cotizantes, de las cuales hasta 2 podrán tener la calidad de Agente Público para todos los efectos legales, incluida la responsabilidad administrativa y penal que pueda surgir del ejercicio de estas funciones. , y en bienes y servicios de consumo hasta 5.679 mil dólares. El Servicio Nacional de Turismo deberá enviar semestralmente a la Comisión Mixta Especial de Presupuesto un informe detallado sobre el grado de cumplimiento de las metas propuestas, el estado de ejecución de sus recursos, las personas empleadas, los recursos asignados y las metas de las transferencias.
Servicio Nacional de Turismo Programa de Promoción Internacional
CAPÍTULO : 16 PROGRAMA : 01
Servicio de Cooperación Técnica Servicio de Cooperación Técnica (01)
El resto de los fondos debería destinarse exclusivamente al pago de subvenciones, si fuera necesario. Previo a la ejecución del gasto, mediante resolución del Servicio de Cooperación Técnica aprobada por la Dirección de Presupuesto, se deberán desglosar las asignaciones presupuestarias para transferencias en cada uno de los programas y/o instrumentos que los componen, con los montos y coberturas de las transferencias. están especificados. cada uno de ellos. La individualización de los proyectos beneficiarios de estos recursos, las personas o entidades que los ejecutan, los montos asignados y la modalidad de asignación deberán publicarse regionalmente, trimestralmente, en el sitio web del servicio, dentro de los 30 días siguientes a la finalización del trimestre de que se trate.
El Servicio de Cooperación Técnica enviará trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes a la finalización del trimestre, a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto, un informe que contenga la individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos, las cooperativas beneficiarias y los montos asignados, asignados en el región. La Comisión Especial Mixta de Presupuesto será informada semestralmente de los gastos realizados con cargo a estas fuentes en los programas de Modernización de la Feria Libre, los montos de las inversiones relacionadas con cada uno de ellos y los resultados esperados.
CAPÍTULO : 19 PROGRAMA : 01
Comité Innova Chile Comité Innova Chile
Incluye hasta $389.641 mil para la contratación de entidades regionales que realicen actividades de difusión y apoyo a potenciales beneficiarios de la(s) respectiva(s) región(es), con el fin de formular proyectos de Innovación Empresarial e I+D, y hasta $109.099 mil para la contratación de entidades que identifica desafíos de innovación social en determinada(s) región(es) y dirige, en su caso, actividades en el territorio para facilitar el desarrollo de ideas de soluciones y/o mejoras a propuestas de solución. Los subsidios previstos en este subtítulo podrán ser reembolsados en los casos en que se cumplan los requisitos y condiciones establecidos por InnovaChile mediante ley(s) administrativa(s), la cual regulará adicionalmente los demás aspectos de su implementación y recaudación. 04 En el caso de acciones incluidas y financiadas en convenios celebrados con la Subsecretaría de Economía y Pequeña Empresa, en el marco de la implementación del Fondo de Innovación para la Competitividad, los gastos asociados a estas acciones podrán destinarse a esta distribución previo a su completa tramitación. del acto administrativo que los apruebe, en la medida en que exista presupuesto disponible para ello.
06 Semestralmente, el Comité Innova Chile informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto el número de iniciativas y los montos de financiamiento con cargo a estos recursos y que ha destinado al inicio o continuidad de proyectos del Programa Innovación, en el ámbito social. o ambiental, especialmente aquellos relacionados con la identificación, georreferenciación y construcción de mapas virtuales de humedales. 07 Incluye hasta $57.680.000 para gastos de personal, y hasta 2 personas por honorarios y/o Código del Trabajo, lo que no afecta el monto máximo permitido a la comisión, y hasta $82.400.000 para bienes y servicios de consumo, que serán asignados a la implementación, evaluación y seguimiento del programa “Contratos de Impacto Social”.
CAPÍTULO : 21 PROGRAMA : 01
Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera (01)
PARTIDA : 07 CAPÍTULO : 23
Instituto Nacional de Propiedad Industrial Instituto Nacional de Propiedad Industrial (01)
CAPÍTULO : 24 PROGRAMA : 01
Subsecretaría de Turismo Subsecretaría de Turismo (01, 06)
05 Al utilizar estos recursos se podrán realizar transferencias a organismos e instituciones públicas, que podrán incluir gastos de personal y bienes y servicios de consumo. Las transferencias de recursos a organismos e instituciones públicas a que se refiere esta ley no se incorporarán a sus presupuestos. La Subsecretaría de Turismo informará semestralmente a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales sobre los proyectos desarrollados bajo este tema.
06 Con los recursos establecidos en este programa se podrán destinar recursos para iniciar estudios para la celebración del Bicentenario de la incorporación de Chiloé a la soberanía nacional, festividad que se llevará a cabo el 22 de enero de 2026 en el aniversario 200 de la firma del el Tratado de Tantauco.
CAPÍTULO : 25 PROGRAMA : 01
Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (01)