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Ley de Presupuestos del Sector Público Año 2022. Ley Nº 21.395. 

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Academic year: 2023

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La Comisión Especial Mixta de Presupuesto y las Comisiones de Defensa del Congreso Nacional serán informadas trimestralmente de la situación del personal administrativo, profesional y civil y de las variaciones de sus ingresos, como en el caso de la zonificación. LEY DE PRESUPUESTO 2022 Rubro: Ministerio de Defensa Nacional Miles de Dólares Subtítulo Clasificación Económica Organismos de Salud de la Fuerza Aérea de Chile de la Dirección General Fach del Instituto Geográfico Militar de Movilización Nacional. 01 En enero de cada año se deberán informar a la Dirección de Presupuesto los presupuestos anuales de la Escuela Militar "Del Libertador Bernardo O'Higgins".

El detalle de estos gastos deberá ser reportado anualmente a las Comisiones de Defensa de la Cámara de Diputados y del Senado y a la Segunda Subcomisión Mixta Especial de Presupuestos.

CAPÍTULO : 03 PROGRAMA : 01

03 Los Organismos de Salud de las Fuerzas Armadas deberán mantener publicados en sus sitios web los respectivos listados de profesionales, empleados y personal administrativo que laboran en dichos establecimientos, indicando el monto de sus remuneraciones, de conformidad con la Ley No. 20.285. 05 Las obligaciones devengadas de cada unidad institucional deberán pagarse en un plazo que no podrá exceder de 45 días, contados a partir de la fecha de aceptación de la factura.

CAPÍTULO : 04 PROGRAMA : 01

PARTIDA : 11 CAPÍTULO : 05

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Armada de Chile Armada de Chile (01, 04, 05)

El uso de estos recursos será informado semestralmente, en sesión secreta, a la Comisión de Defensa Nacional del Senado y a la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados. La Subsecretaría de las Fuerzas Armadas deberá ser informada con copia a la Dirección de Presupuesto, dentro de los 30 días siguientes al cierre de cada trimestre, sobre el avance en el desarrollo de las actividades previstas. 05 La Comisión Especial Mixta de Presupuesto, la Comisión Especial Encargada de la Audiencia de Iniciativas y Tramitación de Proyectos de Ley Relacionados con la Mujer y la Igualdad de Género del Senado y la Comisión de Mujeres y Hombres serán informadas semestralmente, treinta días después de la semestre relevante. Igualdad de género de la Cámara de Diputados, en relación con los estudios realizados con estas fuentes, sobre la igualdad de género de la Armada de Chile, el estado actual de verificación de la igualdad y recomendaciones para generar mecanismos de promoción del Cuerpo Femenino.

06 Las Comisiones de Defensa Nacional de ambas cámaras y la Comisión Especial Mixta de Presupuesto serán informadas trimestralmente, treinta días después de finalizado el trimestre respectivo, de manera confidencial, sobre el número de personas que integran el personal de la Armada de Chile. destino de los funcionarios. 07 Estos recursos financiarán la compra, almacenamiento, mantenimiento, almacenamiento y distribución de equipos, materiales y consumibles de acuerdo con los procedimientos establecidos en la legislación vigente, necesarios para la formación y reposición de niveles de existencias y para financiar cualquier otro gasto adicional que pueda resultar nacido sistema de suministro, de conformidad con lo establecido en el D.L. Los ingresos y gastos correspondientes al Fondo Rotatorio de Abastecimiento (FORA) deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 4 del D.L.

Trimestralmente se deberá informar a la Dirección de Presupuesto la ejecución devengada y pagada del FORA, según el clasificador presupuestario, indicando si constituye ingreso de conformidad con el artículo 7 del D.L.

PARTIDA : 11 CAPÍTULO : 07

04 Debe informarse trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Apropiaciones, a las Comisiones de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura y de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado, y a las Comisiones de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos y de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Senado a la Cámara de Diputados sobre la efectiva vigilancia marítima y aérea de la pesca ilegal por parte de buques y embarcaciones extranjeras en el espacio marítimo circundante a la Provincia de Isla de Pascua y sobre la cantidad de recursos destinados para tal fin. 05 Incluye miles para financiar operaciones anuales de vigilancia e inspección contra la pesca ilegal en todo el territorio nacional. 06 La Dirección General del Área Marítima puede celebrar convenios con otros servicios públicos financiados por esta ley, personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, para llevar a cabo las funciones que la ley orgánica de la Dirección General del Área Marítima y otras organismos reguladores que le sean asignados.

07 Se rendirá un informe trimestral, una semana después de finalizar el trimestre correspondiente, a las Comisiones de Medio Ambiente y de Bienes Nacionales e Intereses Marinos, de Pesca y Acuicultura del Senado, así como de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Pesca, Acuicultura. e Intereses Marinos de la Cámara de Diputados del Senado por todas las denuncias recibidas y las inspecciones realizadas en los centros de cultivo de salmón. 08 La Comisión de Intereses Marinos, Pesca y Acuicultura del Senado y la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marinos de la Cámara de Diputados serán informadas trimestralmente, una semana después de finalizado el respectivo trimestre, sobre todos los accidentes marítimos. que incluyen buques de menos de 24 metros de eslora. 09 Tres semanas después de la entrada en vigor de la presente ley, los argumentos técnicos serán notificados a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura del Senado y a la Comisión de Pesca, Acuacultura e Intereses Marítimos de la Cámara de Diputados. evidencia empírica que respalda las diferencias entre las regulaciones nacionales de arqueo y el Convenio internacional sobre el arqueo de buques de 1969, si las hubiera, esencialmente en relación con el arqueo bruto de buques de menos de 24 metros de eslora.

PARTIDA : 11 CAPÍTULO : 08

Dirección de Sanidad Dirección de Sanidad (01)

PARTIDA : 11 CAPÍTULO : 09

Fuerza Aérea de Chile Fuerza Aérea de Chile (01, 04, 05)

La Fuerza Aérea de Chile deberá enviar un informe trimestral a la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados con la ejecución del presupuesto correspondiente, incluyendo la información correspondiente a los Organismos de Salud de la Fuerza Aérea de Chile y al Servicio Fotogramétrico Aéreo de la Fuerza Aérea. Chile. 05 Comisión Especial Mixta de Presupuesto, Comisión Especial encargada de conocer iniciativas y elaboración de proyectos de ley relacionados con las mujeres y la igualdad de género del Senado y la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género de la Cámara de Diputados, para los estudios que se realicen con estos fuentes. , sobre igualdad de género en la Fuerza Aérea de Chile, el estado actual de verificación de la igualdad y recomendaciones para generar mecanismos de promoción del Cuerpo Femenino. 06 El número de personas que integran el personal de la Fuerza Aérea de Chile se informará trimestralmente, a los treinta días de finalizado el trimestre respectivo, de manera confidencial, a los Comités de Defensa Nacional de ambas cámaras y al Presupuesto Especial Conjunto. Comité. ., indicando el destino de los funcionarios.

PARTIDA : 11 CAPÍTULO : 11

Organismos de Salud de la FACH Organismos de Salud de la FACH (01)

PARTIDA : 11 CAPÍTULO : 18

Dirección General de Movilización Nacional Dirección General de Movilización Nacional (01)

PARTIDA : 11 CAPÍTULO : 19

Instituto Geográfico Militar Instituto Geográfico Militar

CAPÍTULO : 20 PROGRAMA : 01

PARTIDA : 11 CAPÍTULO : 21

Dirección General de Aeronáutica Civil Dirección General de Aeronáutica Civil (01, 07)

La limitación establecida en el D.F.L. no se aplicará. N° 29 de 2005, Ministerio de Hacienda, sobre convenios colectivos cubiertos por esta disposición. El personal contratado del servicio podrá desempeñar funciones de dirección asignadas o delegadas por decisión motivada del jefe del servicio, en la que deberán especificarse las citadas funciones. Incluye miles de gastos de viajes de negocios de conformidad con lo establecido en las respectivas resoluciones que clasifican a determinados aeropuertos o aeródromos como localidades alejadas de los centros urbanos.

03 La Dirección General de Aviación Civil informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto y a las Comisiones de Hacienda de ambas Cámaras sobre los recursos destinados a gastos de viajes de negocios. Los gastos destinados a capacitación y desarrollo se reportarán trimestralmente a la Segunda Subcomisión Especial Mixta de Presupuestos, según la D.F.L. 05 La Dirección General de Aviación Civil deberá informar anualmente a la comisión especial mixta de presupuesto sobre las personas que se benefician de estas transferencias, su cuantía, finalidad y los objetivos alcanzados.

06 En 2022, la Dirección General de Aviación Civil podrá realizar todas las actuaciones administrativas necesarias para el desarrollo de proyectos destinados al desarrollo de la actividad aeronáutica del país, que en conjunto pueden imponer hasta un total de mil euros por encima de los costes. autorizados bajo este subtítulo serán con cargo a presupuestos futuros. 07 La Dirección General de Aeronáutica Civil podrá celebrar contratos con otros servicios públicos financiados por esta ley, personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, para el adecuado cumplimiento de las tareas que reglamentariamente le asigna. 08 Estos fondos pueden utilizarse para la compra de maquinaria y equipos para aeropuertos nacionales y aeropuertos sin lo dispuesto en la Ley núm. 19.886, cuando la decisión motivada del director considere que la compra es de particular importancia para el sistema de seguridad.

PARTIDA : 11 CAPÍTULO : 22

Servicio Aerofotogramétrico de la FACH Servicio Aerofotogramétrico de la FACH

CAPÍTULO : 23 PROGRAMA : 01

04 Incluye $566.447 miles para financiar 21 profesionales empleados para completar en 2022 la tramitación del stock de expedientes de concesiones marítimas y acuícolas introducidos hasta 2017, en el marco de la ejecución de tareas asociadas al plan de refuerzo de inversiones. 06 Incluye miles de USD 9.765 por gastos operativos asociados a la aplicación del artículo 48 del Decreto N° del Ministerio de Justicia. Estos recursos deberán ser presentados semestralmente a la Subsecretaría de Defensa detalladamente sobre el cumplimiento de las metas y tareas planificadas para el año, teniendo en cuenta una división de partidas presupuestarias que permita demostrar el contenido básico de los mismos utilizados. .

09 Con estos recursos se podrán financiar copagos médicos en relación con víctimas de explosivos militares y minas terrestres sin detonar o abandonados, luego de haber utilizado el sistema de salud correspondiente, y una vez que se hayan cumplido los beneficios de la Ley No. Se aplicó 21.021. , si es aplicable. , y los traslados, alojamiento y alimentación relacionados con la asistencia a las instituciones de salud a las que deban asistir las víctimas y sus acompañantes, cuando se determine que el beneficiario tiene problemas de movilidad y/o falta de relaciones personales para recibir atención médica. 10 Dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta ley, la Subsecretaría de las Fuerzas Armadas notificará a la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado, y a la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de Diputados, la lista. de todos los bienes inmuebles que formen parte del Patrimonio Fiscal de las Fuerzas Armadas, que se consideren indispensables para el cumplimiento de los fines de bienestar social de las instituciones.

CAPÍTULO : 24 PROGRAMA : 01

CAPÍTULO : 24 PROGRAMA : 02

PARTIDA : 11 CAPÍTULO : 25

Estado Mayor Conjunto Estado Mayor Conjunto (01)

Referencias

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b Horas extraordinarias año – Miles de $ 14.468 c Autorización máxima para gastos en viáticos – En Territorio Nacional, en Miles de $ 72.678 – En el Exterior, en Miles de US $ 241