LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 1997
PARTIDA 18
MINISTERIO DE VIVIENDA
Y URBANISMO
Sub.
Título
OJ
04 05 06 07 08 09 II
21 22 24 25 30
31 32 33 50 60 70 90
LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 1997
Partida: Ministerio de Vi"i~nda y Urbanismo Miles de $
Chl~,"ucl6n Económica TOIoII Brutu TrlllnSr~nnda
INGRESOS 614.080.784 250.714.319
Ingresos de Operación 14.587.489
-
Venta de Activos 7.149.599
-
Recuperación de Prt!slumos 11.210.197
-
Transferencias 250.714.319 250.714.319
Otros Ingresos 12.970.038
-
Endeudamiento 14.803.835
-
Aporte Fiscul 296.385.:W7
-
Saldo inicial de Caja 260.000
-
GASTOS 614.080.784 250.714.319
Gaslos en Personal 17.899.745
-
Bienes y Servicios de Consumo 4.402.048
-
Prestaciones Previsionnles 79.376
-
Transferencias Corrientes 4.543.72.1
-
Inversión Sectorial
de Asignación Regional 7.865.025
-
Inversión Real 292.815.389
-
Inversión Financiera 14.237.977
-
Transferencias de Capital 251.228.576 250.714.319 Servicio de la Deuda Pública 20.7.16.597
-
Operaciones Años Anteriores 5.300
-
Otros Compromisos Pendientes 7.030
-
Saldo .'inal de Caja 260.000
-
•
.
.,.
•
TOlal
363.366.465 14.587.489 7.149.599 17.210.197
-
12.970.038 14.803.835 296.385.307 260.000
363.366.465 17.899.745 4.402.048 79.376 4.543.721 7.865.025 292.815.389 14.231.977 5]4.257 20.736.597 5.300 7.030 260.000
Sub.
Título
01 04 05 06 07 08 09
11
21 22 24 25 30 31 32 33 50 60 70 90
LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 1997
Partida: Ministerio de Vivienda y Urbanismo Miles de $
Subs«rthlría de de Vivitndll y
Chll¡iCicacióll Económica Urbanl~mo SF;RVJU
INGRESOS 297.336.852 311.983.337
Ingresos de Operación 747.170 12.423.756
Venta de Activos 127.655 7.012.623
Recuperación de Préstamos 780.391 16.429.806
Transferencias 1.400 248.981.773
Otros Ingresos 16.986 12.953.052
Endeudamiento 1.542.144 13.261.691
Aporte Fiscal 293.907.106 875.636
Saldo Inicial dt! Caja 214.000 45.000
GASTOS
297.336;852 311.983.337Gastos en Personal ]6.178.767 118.413
Bienes y Servicios de Consumo 1.962.801 1.502.227
Prestaciones Previsionales 75.756 3.620
Transferencias Corrientes 3.976.021 565.614
inversión Sectorial
de Asignación Regional
-
7.865.025Inversión Real 3.836.045 286.826.827
Inversión Financiera
-
14.174.577Transferencias de Capital 251.227.176 1.300
Servicio de la Deuda Pública 19.86O.96J 875.636
Operaciones Años Anteriores
-
3.500Otros Compromims Pendientes 5.325 1.598
Saldo Final de Caja 214.000 45.000
Parque Mdropolitano
4.760.595
1.416.563 9.321
-
1.731.146
- -
1.602.565 1.000
4.760.595 1,602.565 937.020
-
2.086
-
2.152.517 63.400 100
-
1.800 107 1.000
Sub·
Título
01
04
OS
0607 08
09
11
21 22 24 25
31
MINISTERIO DE VIVIENDA y URBANISMO
Subscuetaría de Vivienda y Urhanbmo (Ol) (02)
Tlrm Drnominaciolles
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION 01 Venta de Bienes y Servicios 02 Renta de Inversiones
52 Intereses de Créditos para Subsidios 61 Comisión por Administración Cartera
VENTA DE ACTIVOS 41 Activos Físicos
42 Activos Financieros
RECUPERACION DE PRESTAMOS 54 Créditos para Subsidios
TRANSFERENCIAS
62 De Otros Organismos dt'l Sector Público 001 De SERVIU
002 De Parque Melropolllano OTROS INGRESOS 79 Otros
ENDEUDAMIENTO
84 Préstamos Externos de Largo Plazo 016 Crédito BID-771-A
APORTE FISCAL 91 Libre
92 Servicio de la Deuda Pública SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES PREVISIONALES 30 Prestaciones Previsionales
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 31 Transferencias al Sector Privado
001 Salas Cunas y/o Jardines Inrantiles 004 Premios y Otros
499 Compromisos Deudas Subsidiadas 500 Instituto de la Construcción
501 Cumplimiento Convenio M1NVU·PROFlV 502 Instituto Nacional de Normali7.ación 34 Transferencias al Fisco
36 Cumplimiento de Sentencias Ejecutoriadas
42 Comisión por Administración de Cartera Hipotecaria INVERSION REAL
PARTIDA 18
CAPITULO 01 PROGRAMA
,
01Glosa Moneda Nacional
N" Miles dr $,
297.336.852 747.170 25.288 97.017 577.047 47.818 127.655 38.824 88.831 780.391 780.391 1.400 1.400 1.300 100 16.986 16.986 1.542.144 1.542.144 1.542.144 293.907.106 275.840.630 18.066.476 214.000 297.336.852 03 16.178.767 04 1.962.801 75.756 75.756 3.976.021 393.192 36.680 34.478 259.844 28.010 29.976 4.204 844 3.682 05 3.578.303 3.836.045
31 50 51 53 74 75 84 33
85 037 038 86
001 002 87
050
SO
90 001 002 91
001 002 95
001 002 70
90
Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos
Estudios para In'Versiones Inversiones no Regionalizables Otros Gastos de Inversión Real Subsidio a la Transacción
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Aportes al Sector Privado
Cumplimiento Convenio MINVU·PNUD
Cumplimiento Convenio MINVU-Unlón Europea Aportes a Organismos del Sector Publico A SERVIU
A Parque Metropolitano
Aportes a Otras Entidades Públicas Otras Transferencias a SERVru
SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Deuda Pública Interna
Intereses AmortizaCiones
Deuda Pública Externa Intereses
Amortizaciones
Pago de Cupones de Cl"édito para Subsidios Intereses
Amortizaciones
OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
06 443.100
97.187 872.485 185.849 07 1.762.674 474.750 251.227.176 306.222 57.228 248.994 250.712.919 248.981.773 1.731.146 08 208.035 208.035 19.860.961 1.794.475 1.766.839 27.636 18.066.476 7.077.137 10.989.339 10 1 9 5.325 214.000 GLOSAS:
01 Los nuevos decretos reglamentarios que establezcan ayudas estatales destinadas a la obtención de soluciones habitacionales y sus modificaciones, deberán ser visados por el Ministerio de Hacienda cuando tengan incidencia finan- 02
03
04
OS
ciera y/o presupuestaria.
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Número de horas - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles d~ $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento Ley W 18.575 - Miles de S
Trimestralmente se deberá remitir a la Dirección de Presu- puestos el monto de los pagos efectuados con cargo a este
177 2.960 45.000 29.825
69.716 63.071
142.942
Sub.
Títulu
01
O.
OS
06
07
ítem, desglosado de acuerdo a las categorías establecidas en el contrato de administración de la cartera.
06 Incluye $ 393.200 miles para el proyecto Red Corporativa MINVU.
07 Para cubrir diferencias que se produzcan entre el \'alor no- minal y el efectivo en la venta de letras de créditos comple·
mentarios a los subsidios habitacionalcs.
08 Para gastos de inversión originados por situaciones no pre- vistas, definidos mediante resolución fundada del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. con copia a la Dirección de Presu- puestos. Los fondos que se pongan a disposición de los SER VI U no ingresarán a los presupu('stos de éstos, ni podrán traspasarse a olros subtítulos.
MINISTERIO DE VIVIENDA y URBANISMO
PARTIDA CAPITULO
18 02 Servicios Regionales de Vivienda y Urbanización (01) (02) PROGRAMA 01
G1U~H Monrd .. Nm"¡nn .. 1
ltcm l>rnomin .. doll~s N° Miles dr S
INGRESOS 311.983.337
INGRESOS DE OPERACION 12.423.756
01 Venta de Bienes y Servicios 804.356
02 Renta de Inversiones 101.795
03 Olros Ingresos Propios 93.120
SO
Intereses Carteras Antiguas 3.900.380SS
Intereses Cartera 1989 a 1995 1.584.01556 Intereses Cartera 1996 y siguientes 5.940.090
001 Viviendas Básicas y Progresivas 5.880.198
002 Subsidios Básicos Gestión Privada 59.892
VENTA DE ACTIVOS 7.012.623
41 Activos Físicos 655.121
44 Cuota Contado Viviendas 6.357.502
RECUPERACION DE PRESTAMOS 16.429.806
SO
Carteras Antiguas 11.283.24360 Cürtera 19~9 D 1995 5.110.526
61 Cartera 1996 y siguientes 36.037
001 Viviendas Básicas y Progresivas 29.145
002 Subsidios BáSICOS Gestión Pnvada 6.892
TRANSFERENCIAS 248.981.773
62 De Otros Organismos del Sector Público 248.981.773
001 De Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo 248.981.773
OTROS INGRESOS 12.953.052
51 Seguros 2.917.686
07 71 Fondos de Terceros 23.885 76 Multas e Intereses no Provenientes de Impuestos 1.024.997
79 Otros 1.580.641
80 Devolución Anticipos Anteriores 03 7.405.843
08 Endeudamiento 13.261.691
82 Prestamos Internos de Largo Plazo 13.261.691
001 Compromisos Programa Ley N° 19.281 13.261.691
09 Aporte Fiscal 875.636
92 Senicio de la Deuda Pública 875.636
11 SALDO INICIAL DE CAJA 45.000
GASTOS 311.983.337
21 GASTOS EN PERSONAL 118.413
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 1.502.227
24 PRESTACIONES PREVISIONALES 3.620
30 Prestaciones Previsionales 3.620
25 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 565.614
31 Transferencias al Sector Privado 477.873
001 Salas Cunas y/o Jardines Infantiles 77.000
004 Premios y OtTOS 1 828
005 Devoluciones 217.330
499 Compromisos Deudas Subsidiadas 3.548
505 Seguros de Incendio 35.095
506 Seguro~ de Desgravamen 143.072
35 Aplicación Fondos de Terceros 20.308
36 Cumplimiento de Sentencias Ejecutoriadas 67.433
30 INVERSION SECTORIAL DE ASIGNACION
REGIONAL 04 7.865.025
31 INVERSJON REAL 286.826.827
SO
Requisitos de Inyersión para Funcionamiento 73.85052 Terrenos y Edificios
OS
4.747.500SS
Inyersión Parques Urbanos 3.270.50078 Programas de Inyersiones de Carácter Nacional 2.706.075
80 Subsidios Unificados 38.753.718
90 Programa Subsidios Espedall.'s 19.821.303
91 Program:t Ley N° 19.281 13.261.691
001 Año 1997 13.26 L.691
92 Viyil.'ndas SERVIU 06 94.030.710
001 Básicas 81.617.085
002 Progresivas 12.413.625
93 Subsidios 12 26.034.040
001 Básicos de Gcsti6n Privada 8.791.175
002 Soluciones Progresivas 16.808.205
003 Asistencia Técnica 07 434.660
94 Subsidios Rurales y de Colonización 13.710.801
95 Pavimentación . .~. 08 40.248.250
96 Vialidad Urbana 21.708.665
97 Otras Inyersiones
..
~.O.
2.649.51598 Equipamientos Comunitarios 08 5.810.209
001 Equipamientos Cornunilarios 3.278.209
002 Mejoramiento Comunitario Concur~abJe 10 2.532.000
32 INVERSION FINANCIERA 14.174.577
32 81
82
83
84 33
86 50
95 60 70 90
Préslamos
001 Préslamos Subsidios Progresivos 002 Préslamos Subsidios Básicos 003 Préstamos Mejoramiento Viviendas
Préstnmos MINVU 001 Créditos de Corto Plazo
002 Recuperaciones de Crédito Corto Plazo Anticipos a Contratistas
001 Anticipos a Contratistas 11
002 Recuperación de Anticipos a Contratistas Aportes Financieros Reembolsables TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Aportes a Organismos del Sector Público 001 A Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo
SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Pago de Cupones de Crédito para Subsidios 003 Pago Cuotas Programas Ley N° 19.281
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROJ\.lIS0S PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
01 Los recursos de este programa serán distribuidos tolal o parcialmente a ninl de cada SERVIU, mediante resoluciones del Ministerio de Vivienda, visadHs por la Dirección de Pre- supuestos, las que podrán dictarse desde la fecha de publicación de la presente ley. Dichas resoluciones especificarán la distribución de los ítem 95 y 97 del subtítulo 31 por líneas de acción y en la primera de éstas, se incluirá la dotación de personal por estamentos y el monto de recursos para capacitación y perfeccionamiento, Ley 18.575, que del total consultado en la Subsecretaría corresponderá a cada uno de los servicios; las modificaciones se harán por igual procedimiento.
Los decretos de identificación a que se refiere el Art. 19 bis del D.L. 1.263 de 1975. podrán dictarse desde el ingreso a tramitación de las referidas resoluciones en la Conlraloría General de la República.
02 La cantidad de subsidios que podrán otorgarse por aplica- ción de la Ley N° 19.281 será de hasta 10.000.
03 La diferencia efectiva que se produzca enlre la cifra conside- rada en este ítem y los anticipos a contratistas no recupera- dos al 31 de diciembre de 1996, deberá incorporarse al pre- supuesto duranle el primer trimestre.
04 En la primera quincena de diciembre de 1996. el Ministerio comunicará a los gobiernos regionales IlIs caracteristicas de los proyectos a financiar con cargo a estos recursos, pudien- do incluir proyectos financiudos en conjunto; los criterios de
4.723.393 1.691.320 2.991.081
40.992 769.821 2.664.348 -1.894.527 8.048.363 26.416.520 -18.368.157 633.000 1.300 1.300 1.300 875.636 875.636 875.636 3.500 1.598 45.000
elegibilidad que deben reunir; un listado de proyectos ya evaluados a nivel regional o central que cumplan dichos criterios; los recursos comprometidos en proyectos en ejecu- ción y su identificación y el monto de recursos definido para proyectos nuevos por parte de la región.
A más tardar, en el primer bimestre de 1997, el Consejo Regional deberlÍ resolver la distribución de los recursos dis- ponibles para proyectos nuevos y su prioridad, sobre la base de la proposición del intendente. Dicha proposición podrá considerar proyectos distintos a los comnnicados por el Mi- nisterio siempre y cuando cuenten con la evaluación técnica correspondiente y cumplan con los criterios de elegibilidad comunicados. Los proyectos así definidos por el Gobierno Regional deberán ser comunicados al Ministerio, señalando asimismo la contribución de recursos regionales, comunales o del sector privado comprometidos para participar en el financiamiento conjunto de aquellos proyedos que estimare procedente.
Con todo, los recursos correspondientes a proyectos en eje- cución al 31 de diciembre de 1996 serán distribuidos direc- tamente por ti Ministerio. conforme a la identificación y destinación que les dieron origen.
05 En la adquisición de terrenos con cargo a este ítem se debera considerar la factibilidad actual o futura de infraestructura y de su utilización en los programas habitacionales prnistos por el Ministerio en los tres años posteriores 11 la adquisi.
ción. Dicha factibilidad será acreditada por la respectiva Secretaría Regional Ministerial.
06 Los arrastres del conjunto de los programas que se inician en el año, no podrán exceder el 66% de su costo total.
Con cargo a estos recursos se podrá financiar un programa habitacional para familias de bajos ingresos.
07 Se podrá pagar hasta el 5% del valor unitario de los certifi- cados de los subsidios progresivos en las diversas regiones del país, de acut!tdo a las normas estabh:cidas por resolución N° 241 de 1996 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
CUl:lndo las dificultades de los proyectos lo justifiquen, dicho porcentaje podrá variar hasta el 7,5%. El Secretario Regio- nal Ministerial respectivo calificará dicha situación.
08 El monto de recursos asignados en la identificación de pro- yectos financiados con cargo a estos ítem podrá excederse por efecto de la variación en la estimación de la reajustabilidad. Su regularización presupuestaria deberá efectuarse incrementando los montos' correspondientes en cada proyecto con cargo a los fondos no distribuidos de los respectivos ítem.
En los programas de pavimentos participativos, los montos mínimos de aportes de terceros podrán vAl'iar entre un 5% y un 25% del costo de los proyectos, conforme a la evaluación de la condición socioeconómica de los grupos postulantes y de las respectivas Municipalidades.
Sub·
Titulo
01
04 06
09 11
21 22 25 31
Dícha evaluación deberá erectuarla la Secretaría Regional Ministerial correspondiente.
09 Incluye $ 710.425 miles para inversiones en Infraestructura sanitaria y $ 791.250 miles para inrraestructura aguilslluvia.
lO Estos recursos se destinarán a infraestructura social en po- blaciones de ,,'iviendas sociales entregadas antes del 31 de diciembre de 1994. se asignarán a nivel regional mediante concursos convocados por la respectiva Secretaría Regional Ministerial y los proyectos que se presenten deberán induir financiamiento adicional de la Municipalidad correspondiente y los compromisos de administración de la junta de vecinos u otra organización postulante. A lo menos, deberán destinar- se 50 millones de pesos por región.
11 Los anticipos a contratistas que se otorguen no podrán ser superiores al 25% del valor de los contratos.
12 Con cargo a estos recursos se podrá financiar un programa habitacional para familias de bajos ingresos.
MINISTERIO DE VIVIENDA y URBANISMO
Parque Metropolitano (01)
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
,
03 \8 01Glosa Moneda N~donal
Item O~nominar¡ones N· Miles df S
INGRESOS 4.760.595
INGRESOS DE OPERACION 1.416.563
01 Venta de Bienes y Servicios 1.209.778
02 Renta de Inversiones 198.414
03 Otros Ingresos Propios 8.371
VENTA DE ACTIVOS 9.321
41 Activos Físicos 9.321
TRANSFERENCIAS 1.731.146
62 De Otros Organismos del Sector Público 1.731.146
00\ Oc Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo 1.731.146
APORTE FISCAL 1.602.565
91 Libre .. 1.602.565
SALDO INICIAL DE CAJA 1.000
.
GASTOS 4.760.595
GASTOS EN PERSONAL 02 1.602.565
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
•
03 937.020TRANSFERENCIAS CORRIENTES 2.086
Transferencias al Fisco
. .
2.086 34
INVERSION REAL 2.152.517
50
. .
nv r iónReqUiSitos de 1 e s p ara Funcionamiento 52.750
31 51 55 73 32
80 83
33 86 60 70 90
001
001 002
001
01 02
03
Vehículos
Inversión Parques Urbanos Conservación y Mantenci6n
Inversión Región Metropolitana de Santiago INVERSION FINANClERA
Compra de Títulos y Valores Anticipos a Contratistas Anticipos a Contratistas
Rccupcr3ci6n de AntIcipos a Contratistas TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Aportes a Organismos del Sector Público A Subsecretaría de V_l\'ienda y Urbanismo OPERACIONES ANOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9~ de la Ley NA 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
e) Personal afecto al artículo 8" de la Ley N° 18.267 - Miles de $
Incluye:
Capacitación y pcrreccionamiento. Ley N° 18.575 - Miles de $
22.472 853.495 853.495 1.223.800 63.400 100 63.300 257.420 - 194.120 100 100 100 1.800
107 1.000
13 428
200.000 311.355
3.114 32.701 14.463
10.520