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MINISTERIO DE VIVIENDA

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(1)

LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 1997

PARTIDA 18

MINISTERIO DE VIVIENDA

Y URBANISMO

(2)

Sub.

Título

OJ

04 05 06 07 08 09 II

21 22 24 25 30

31 32 33 50 60 70 90

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 1997

Partida: Ministerio de Vi"i~nda y Urbanismo Miles de $

Chl~,"ucl6n Económica TOIoII Brutu TrlllnSr~nnda

INGRESOS 614.080.784 250.714.319

Ingresos de Operación 14.587.489

-

Venta de Activos 7.149.599

-

Recuperación de Prt!slumos 11.210.197

-

Transferencias 250.714.319 250.714.319

Otros Ingresos 12.970.038

-

Endeudamiento 14.803.835

-

Aporte Fiscul 296.385.:W7

-

Saldo inicial de Caja 260.000

-

GASTOS 614.080.784 250.714.319

Gaslos en Personal 17.899.745

-

Bienes y Servicios de Consumo 4.402.048

-

Prestaciones Previsionnles 79.376

-

Transferencias Corrientes 4.543.72.1

-

Inversión Sectorial

de Asignación Regional 7.865.025

-

Inversión Real 292.815.389

-

Inversión Financiera 14.237.977

-

Transferencias de Capital 251.228.576 250.714.319 Servicio de la Deuda Pública 20.7.16.597

-

Operaciones Años Anteriores 5.300

-

Otros Compromisos Pendientes 7.030

-

Saldo .'inal de Caja 260.000

-

.

.

,.

TOlal

363.366.465 14.587.489 7.149.599 17.210.197

-

12.970.038 14.803.835 296.385.307 260.000

363.366.465 17.899.745 4.402.048 79.376 4.543.721 7.865.025 292.815.389 14.231.977 5]4.257 20.736.597 5.300 7.030 260.000

(3)

Sub.

Título

01 04 05 06 07 08 09

11

21 22 24 25 30 31 32 33 50 60 70 90

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 1997

Partida: Ministerio de Vivienda y Urbanismo Miles de $

Subs«rthlría de de Vivitndll y

Chll¡iCicacióll Económica Urbanl~mo SF;RVJU

INGRESOS 297.336.852 311.983.337

Ingresos de Operación 747.170 12.423.756

Venta de Activos 127.655 7.012.623

Recuperación de Préstamos 780.391 16.429.806

Transferencias 1.400 248.981.773

Otros Ingresos 16.986 12.953.052

Endeudamiento 1.542.144 13.261.691

Aporte Fiscal 293.907.106 875.636

Saldo Inicial dt! Caja 214.000 45.000

GASTOS

297.336;852 311.983.337

Gastos en Personal ]6.178.767 118.413

Bienes y Servicios de Consumo 1.962.801 1.502.227

Prestaciones Previsionales 75.756 3.620

Transferencias Corrientes 3.976.021 565.614

inversión Sectorial

de Asignación Regional

-

7.865.025

Inversión Real 3.836.045 286.826.827

Inversión Financiera

-

14.174.577

Transferencias de Capital 251.227.176 1.300

Servicio de la Deuda Pública 19.86O.96J 875.636

Operaciones Años Anteriores

-

3.500

Otros Compromims Pendientes 5.325 1.598

Saldo Final de Caja 214.000 45.000

Parque Mdropolitano

4.760.595

1.416.563 9.321

-

1.731.146

- -

1.602.565 1.000

4.760.595 1,602.565 937.020

-

2.086

-

2.152.517 63.400 100

-

1.800 107 1.000

(4)

Sub·

Título

01

04

OS

06

07 08

09

11

21 22 24 25

31

MINISTERIO DE VIVIENDA y URBANISMO

Subscuetaría de Vivienda y Urhanbmo (Ol) (02)

Tlrm Drnominaciolles

INGRESOS

INGRESOS DE OPERACION 01 Venta de Bienes y Servicios 02 Renta de Inversiones

52 Intereses de Créditos para Subsidios 61 Comisión por Administración Cartera

VENTA DE ACTIVOS 41 Activos Físicos

42 Activos Financieros

RECUPERACION DE PRESTAMOS 54 Créditos para Subsidios

TRANSFERENCIAS

62 De Otros Organismos dt'l Sector Público 001 De SERVIU

002 De Parque Melropolllano OTROS INGRESOS 79 Otros

ENDEUDAMIENTO

84 Préstamos Externos de Largo Plazo 016 Crédito BID-771-A

APORTE FISCAL 91 Libre

92 Servicio de la Deuda Pública SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES PREVISIONALES 30 Prestaciones Previsionales

TRANSFERENCIAS CORRIENTES 31 Transferencias al Sector Privado

001 Salas Cunas y/o Jardines Inrantiles 004 Premios y Otros

499 Compromisos Deudas Subsidiadas 500 Instituto de la Construcción

501 Cumplimiento Convenio M1NVU·PROFlV 502 Instituto Nacional de Normali7.ación 34 Transferencias al Fisco

36 Cumplimiento de Sentencias Ejecutoriadas

42 Comisión por Administración de Cartera Hipotecaria INVERSION REAL

PARTIDA 18

CAPITULO 01 PROGRAMA

,

01

Glosa Moneda Nacional

N" Miles dr $,

297.336.852 747.170 25.288 97.017 577.047 47.818 127.655 38.824 88.831 780.391 780.391 1.400 1.400 1.300 100 16.986 16.986 1.542.144 1.542.144 1.542.144 293.907.106 275.840.630 18.066.476 214.000 297.336.852 03 16.178.767 04 1.962.801 75.756 75.756 3.976.021 393.192 36.680 34.478 259.844 28.010 29.976 4.204 844 3.682 05 3.578.303 3.836.045

(5)

31 50 51 53 74 75 84 33

85 037 038 86

001 002 87

050

SO

90 001 002 91

001 002 95

001 002 70

90

Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos

Estudios para In'Versiones Inversiones no Regionalizables Otros Gastos de Inversión Real Subsidio a la Transacción

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Aportes al Sector Privado

Cumplimiento Convenio MINVU·PNUD

Cumplimiento Convenio MINVU-Unlón Europea Aportes a Organismos del Sector Publico A SERVIU

A Parque Metropolitano

Aportes a Otras Entidades Públicas Otras Transferencias a SERVru

SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Deuda Pública Interna

Intereses AmortizaCiones

Deuda Pública Externa Intereses

Amortizaciones

Pago de Cupones de Cl"édito para Subsidios Intereses

Amortizaciones

OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA

06 443.100

97.187 872.485 185.849 07 1.762.674 474.750 251.227.176 306.222 57.228 248.994 250.712.919 248.981.773 1.731.146 08 208.035 208.035 19.860.961 1.794.475 1.766.839 27.636 18.066.476 7.077.137 10.989.339 10 1 9 5.325 214.000 GLOSAS:

01 Los nuevos decretos reglamentarios que establezcan ayudas estatales destinadas a la obtención de soluciones habitacionales y sus modificaciones, deberán ser visados por el Ministerio de Hacienda cuando tengan incidencia finan- 02

03

04

OS

ciera y/o presupuestaria.

Dotación máxima de vehículos Incluye:

a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año

- Número de horas - Miles de $

e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional

- Miles d~ $

d) Convenios con personas naturales - Miles de $

Incluye:

Capacitación y perfeccionamiento Ley W 18.575 - Miles de S

Trimestralmente se deberá remitir a la Dirección de Presu- puestos el monto de los pagos efectuados con cargo a este

177 2.960 45.000 29.825

69.716 63.071

142.942

(6)

Sub.

Títulu

01

O.

OS

06

07

ítem, desglosado de acuerdo a las categorías establecidas en el contrato de administración de la cartera.

06 Incluye $ 393.200 miles para el proyecto Red Corporativa MINVU.

07 Para cubrir diferencias que se produzcan entre el \'alor no- minal y el efectivo en la venta de letras de créditos comple·

mentarios a los subsidios habitacionalcs.

08 Para gastos de inversión originados por situaciones no pre- vistas, definidos mediante resolución fundada del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. con copia a la Dirección de Presu- puestos. Los fondos que se pongan a disposición de los SER VI U no ingresarán a los presupu('stos de éstos, ni podrán traspasarse a olros subtítulos.

MINISTERIO DE VIVIENDA y URBANISMO

PARTIDA CAPITULO

18 02 Servicios Regionales de Vivienda y Urbanización (01) (02) PROGRAMA 01

G1U~H Monrd .. Nm"¡nn .. 1

ltcm l>rnomin .. doll~s Miles dr S

INGRESOS 311.983.337

INGRESOS DE OPERACION 12.423.756

01 Venta de Bienes y Servicios 804.356

02 Renta de Inversiones 101.795

03 Olros Ingresos Propios 93.120

SO

Intereses Carteras Antiguas 3.900.380

SS

Intereses Cartera 1989 a 1995 1.584.015

56 Intereses Cartera 1996 y siguientes 5.940.090

001 Viviendas Básicas y Progresivas 5.880.198

002 Subsidios Básicos Gestión Privada 59.892

VENTA DE ACTIVOS 7.012.623

41 Activos Físicos 655.121

44 Cuota Contado Viviendas 6.357.502

RECUPERACION DE PRESTAMOS 16.429.806

SO

Carteras Antiguas 11.283.243

60 Cürtera 19~9 D 1995 5.110.526

61 Cartera 1996 y siguientes 36.037

001 Viviendas Básicas y Progresivas 29.145

002 Subsidios BáSICOS Gestión Pnvada 6.892

TRANSFERENCIAS 248.981.773

62 De Otros Organismos del Sector Público 248.981.773

001 De Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo 248.981.773

OTROS INGRESOS 12.953.052

51 Seguros 2.917.686

(7)

07 71 Fondos de Terceros 23.885 76 Multas e Intereses no Provenientes de Impuestos 1.024.997

79 Otros 1.580.641

80 Devolución Anticipos Anteriores 03 7.405.843

08 Endeudamiento 13.261.691

82 Prestamos Internos de Largo Plazo 13.261.691

001 Compromisos Programa Ley N° 19.281 13.261.691

09 Aporte Fiscal 875.636

92 Senicio de la Deuda Pública 875.636

11 SALDO INICIAL DE CAJA 45.000

GASTOS 311.983.337

21 GASTOS EN PERSONAL 118.413

22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 1.502.227

24 PRESTACIONES PREVISIONALES 3.620

30 Prestaciones Previsionales 3.620

25 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 565.614

31 Transferencias al Sector Privado 477.873

001 Salas Cunas y/o Jardines Infantiles 77.000

004 Premios y OtTOS 1 828

005 Devoluciones 217.330

499 Compromisos Deudas Subsidiadas 3.548

505 Seguros de Incendio 35.095

506 Seguro~ de Desgravamen 143.072

35 Aplicación Fondos de Terceros 20.308

36 Cumplimiento de Sentencias Ejecutoriadas 67.433

30 INVERSION SECTORIAL DE ASIGNACION

REGIONAL 04 7.865.025

31 INVERSJON REAL 286.826.827

SO

Requisitos de Inyersión para Funcionamiento 73.850

52 Terrenos y Edificios

OS

4.747.500

SS

Inyersión Parques Urbanos 3.270.500

78 Programas de Inyersiones de Carácter Nacional 2.706.075

80 Subsidios Unificados 38.753.718

90 Programa Subsidios Espedall.'s 19.821.303

91 Program:t Ley N° 19.281 13.261.691

001 Año 1997 13.26 L.691

92 Viyil.'ndas SERVIU 06 94.030.710

001 Básicas 81.617.085

002 Progresivas 12.413.625

93 Subsidios 12 26.034.040

001 Básicos de Gcsti6n Privada 8.791.175

002 Soluciones Progresivas 16.808.205

003 Asistencia Técnica 07 434.660

94 Subsidios Rurales y de Colonización 13.710.801

95 Pavimentación . .~. 08 40.248.250

96 Vialidad Urbana 21.708.665

97 Otras Inyersiones

..

~.

O.

2.649.515

98 Equipamientos Comunitarios 08 5.810.209

001 Equipamientos Cornunilarios 3.278.209

002 Mejoramiento Comunitario Concur~abJe 10 2.532.000

32 INVERSION FINANCIERA 14.174.577

(8)

32 81

82

83

84 33

86 50

95 60 70 90

Préslamos

001 Préslamos Subsidios Progresivos 002 Préslamos Subsidios Básicos 003 Préstamos Mejoramiento Viviendas

Préstnmos MINVU 001 Créditos de Corto Plazo

002 Recuperaciones de Crédito Corto Plazo Anticipos a Contratistas

001 Anticipos a Contratistas 11

002 Recuperación de Anticipos a Contratistas Aportes Financieros Reembolsables TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Aportes a Organismos del Sector Público 001 A Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo

SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Pago de Cupones de Crédito para Subsidios 003 Pago Cuotas Programas Ley N° 19.281

OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROJ\.lIS0S PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA

01 Los recursos de este programa serán distribuidos tolal o parcialmente a ninl de cada SERVIU, mediante resoluciones del Ministerio de Vivienda, visadHs por la Dirección de Pre- supuestos, las que podrán dictarse desde la fecha de publicación de la presente ley. Dichas resoluciones especificarán la distribución de los ítem 95 y 97 del subtítulo 31 por líneas de acción y en la primera de éstas, se incluirá la dotación de personal por estamentos y el monto de recursos para capacitación y perfeccionamiento, Ley 18.575, que del total consultado en la Subsecretaría corresponderá a cada uno de los servicios; las modificaciones se harán por igual procedimiento.

Los decretos de identificación a que se refiere el Art. 19 bis del D.L. 1.263 de 1975. podrán dictarse desde el ingreso a tramitación de las referidas resoluciones en la Conlraloría General de la República.

02 La cantidad de subsidios que podrán otorgarse por aplica- ción de la Ley N° 19.281 será de hasta 10.000.

03 La diferencia efectiva que se produzca enlre la cifra conside- rada en este ítem y los anticipos a contratistas no recupera- dos al 31 de diciembre de 1996, deberá incorporarse al pre- supuesto duranle el primer trimestre.

04 En la primera quincena de diciembre de 1996. el Ministerio comunicará a los gobiernos regionales IlIs caracteristicas de los proyectos a financiar con cargo a estos recursos, pudien- do incluir proyectos financiudos en conjunto; los criterios de

4.723.393 1.691.320 2.991.081

40.992 769.821 2.664.348 -1.894.527 8.048.363 26.416.520 -18.368.157 633.000 1.300 1.300 1.300 875.636 875.636 875.636 3.500 1.598 45.000

(9)

elegibilidad que deben reunir; un listado de proyectos ya evaluados a nivel regional o central que cumplan dichos criterios; los recursos comprometidos en proyectos en ejecu- ción y su identificación y el monto de recursos definido para proyectos nuevos por parte de la región.

A más tardar, en el primer bimestre de 1997, el Consejo Regional deberlÍ resolver la distribución de los recursos dis- ponibles para proyectos nuevos y su prioridad, sobre la base de la proposición del intendente. Dicha proposición podrá considerar proyectos distintos a los comnnicados por el Mi- nisterio siempre y cuando cuenten con la evaluación técnica correspondiente y cumplan con los criterios de elegibilidad comunicados. Los proyectos así definidos por el Gobierno Regional deberán ser comunicados al Ministerio, señalando asimismo la contribución de recursos regionales, comunales o del sector privado comprometidos para participar en el financiamiento conjunto de aquellos proyedos que estimare procedente.

Con todo, los recursos correspondientes a proyectos en eje- cución al 31 de diciembre de 1996 serán distribuidos direc- tamente por ti Ministerio. conforme a la identificación y destinación que les dieron origen.

05 En la adquisición de terrenos con cargo a este ítem se debera considerar la factibilidad actual o futura de infraestructura y de su utilización en los programas habitacionales prnistos por el Ministerio en los tres años posteriores 11 la adquisi.

ción. Dicha factibilidad será acreditada por la respectiva Secretaría Regional Ministerial.

06 Los arrastres del conjunto de los programas que se inician en el año, no podrán exceder el 66% de su costo total.

Con cargo a estos recursos se podrá financiar un programa habitacional para familias de bajos ingresos.

07 Se podrá pagar hasta el 5% del valor unitario de los certifi- cados de los subsidios progresivos en las diversas regiones del país, de acut!tdo a las normas estabh:cidas por resolución N° 241 de 1996 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

CUl:lndo las dificultades de los proyectos lo justifiquen, dicho porcentaje podrá variar hasta el 7,5%. El Secretario Regio- nal Ministerial respectivo calificará dicha situación.

08 El monto de recursos asignados en la identificación de pro- yectos financiados con cargo a estos ítem podrá excederse por efecto de la variación en la estimación de la reajustabilidad. Su regularización presupuestaria deberá efectuarse incrementando los montos' correspondientes en cada proyecto con cargo a los fondos no distribuidos de los respectivos ítem.

En los programas de pavimentos participativos, los montos mínimos de aportes de terceros podrán vAl'iar entre un 5% y un 25% del costo de los proyectos, conforme a la evaluación de la condición socioeconómica de los grupos postulantes y de las respectivas Municipalidades.

(10)

Sub·

Titulo

01

04 06

09 11

21 22 25 31

Dícha evaluación deberá erectuarla la Secretaría Regional Ministerial correspondiente.

09 Incluye $ 710.425 miles para inversiones en Infraestructura sanitaria y $ 791.250 miles para inrraestructura aguilslluvia.

lO Estos recursos se destinarán a infraestructura social en po- blaciones de ,,'iviendas sociales entregadas antes del 31 de diciembre de 1994. se asignarán a nivel regional mediante concursos convocados por la respectiva Secretaría Regional Ministerial y los proyectos que se presenten deberán induir financiamiento adicional de la Municipalidad correspondiente y los compromisos de administración de la junta de vecinos u otra organización postulante. A lo menos, deberán destinar- se 50 millones de pesos por región.

11 Los anticipos a contratistas que se otorguen no podrán ser superiores al 25% del valor de los contratos.

12 Con cargo a estos recursos se podrá financiar un programa habitacional para familias de bajos ingresos.

MINISTERIO DE VIVIENDA y URBANISMO

Parque Metropolitano (01)

PARTIDA CAPITULO PROGRAMA

,

03 \8 01

Glosa Moneda N~donal

Item O~nominar¡ones Miles df S

INGRESOS 4.760.595

INGRESOS DE OPERACION 1.416.563

01 Venta de Bienes y Servicios 1.209.778

02 Renta de Inversiones 198.414

03 Otros Ingresos Propios 8.371

VENTA DE ACTIVOS 9.321

41 Activos Físicos 9.321

TRANSFERENCIAS 1.731.146

62 De Otros Organismos del Sector Público 1.731.146

00\ Oc Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo 1.731.146

APORTE FISCAL 1.602.565

91 Libre .. 1.602.565

SALDO INICIAL DE CAJA 1.000

.

GASTOS 4.760.595

GASTOS EN PERSONAL 02 1.602.565

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

03 937.020

TRANSFERENCIAS CORRIENTES 2.086

Transferencias al Fisco

. .

2.086 34

INVERSION REAL 2.152.517

50

. .

nv r ión

ReqUiSitos de 1 e s p ara Funcionamiento 52.750

(11)

31 51 55 73 32

80 83

33 86 60 70 90

001

001 002

001

01 02

03

Vehículos

Inversión Parques Urbanos Conservación y Mantenci6n

Inversión Región Metropolitana de Santiago INVERSION FINANClERA

Compra de Títulos y Valores Anticipos a Contratistas Anticipos a Contratistas

Rccupcr3ci6n de AntIcipos a Contratistas TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Aportes a Organismos del Sector Público A Subsecretaría de V_l\'ienda y Urbanismo OPERACIONES ANOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA

Dotación máxima de vehículos Incluye:

a) Dotación máxima de personal

No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9~ de la Ley NA 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.

b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $

e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional

- Miles de $

d) Convenios con personas naturales - Miles de $

e) Personal afecto al artículo 8" de la Ley N° 18.267 - Miles de $

Incluye:

Capacitación y pcrreccionamiento. Ley N° 18.575 - Miles de $

22.472 853.495 853.495 1.223.800 63.400 100 63.300 257.420 - 194.120 100 100 100 1.800

107 1.000

13 428

200.000 311.355

3.114 32.701 14.463

10.520

Referencias

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