LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL ANO 1994
MINISTERIO DE
OBRAS PUBLICAS
N ....
o
Sub·
Titulo
01 04 06 07 08 09 10 11
21 22 23 24 25 30 31 32 33 SO 60 70 90
LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 1994
Claslncaclón Económica
INGRESOS Ingresos de Operación Venta de Activos Transferencias Otros Ingresos Endeudamiento Aporte Fiscal
Operaciones Años Anteriores Saldo Inicial de Caja
GASTOS Gastos en Personal
Bienes y Servicios de Consumo Bienes y Servicios para Producción Prestaciones Previsionales Transferencias Corrientes
Inversión Sectorial de Asignación Regional Inversión Real
Inversión Financiera Transferencias de Capital Servicio de la Deuda Pública Operaciones Años Anteriores Otros Compromisos Pendientes Saldo Final de Caja
Partida: Ministerio de Obras Públicas Miles de $
Secretaría y Dirección Dirección Administración General de General de
General OO.PP. Aguas
2.663.063 291.849.117 2.973.277 3.850 37.923.600 3.300
12.100 511.500 5.060
- 21.450 -
7.700 818.180 361.790
- 52.349.782 -
2.589.413 199.995.605 2.597.127
- -
-50.000 229.000 6.000
2.663.063 291.849.117 2.973.277 1.755.500 16.553.500 1.137.150 470.708 2.095.830 222.563
- - -
3.740 679.140 -
81.070 - -
-
19.030.000 -327.545 190.091.000 1.609.564
- -10.583.100 -
- 22.544.182 -
- 51.209.565 -
8.000 20500 1.000
6.500 58.500 1.000
10.000 150.000 2.000
Instituto N.clonal de
Hidríullca
362.246 162.919 9.020
-
1.056
-
172.812 3.850 12589
362.246 172.812
-
63.811 - 8.745
-
90.002
-- -
1.000 1.000 24.876
Superintendencia de Servicios
Sanitarios Total 1.236.351 299.084.054
- 38.093.669 1.870 539.550
-
21.4501.100 1.189.826
- 52.349.782 1.229.181 206.584.138
- 3.850
4.200 301.789
1.236.351 299.084.054 482.160 20.101.122 149.623 2.938.724
- 63.811
1.650 684.530
1.100 90.915
- 19.030.000 598.818 192.716.929
- -10.583.100
- 22544.182
- 51.209.565
1.000 31500
1.000 68.000
1.000 187.876
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS r
PARTIDA 12 Secretaría y Administración General (01) CAPITULO 01 PROGRAMA 01Sub· Glosa Moneda Nacional
Titulo Item Denominaciones N' Miles de $
INGRESOS 2.663.063
01 INGRESOS DE OPERACION 3.850
04 VENTA DE ACTIVOS 12.100
41 Activos Físicos 12.100
07 OTROS INGRESOS 7.700
79 Otros 7.700
09 APORTE FISCAL 2.589.413
91 Libre 2.589.413
11 SALDO INICIAL DE CAJA 50.000
GASTOS 2.663.063
21 GASTOS EN PERSONAL 02 1.755.500
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 470.708
24 PREST ACIONES PREVISIONALES 3.740
30 Prestaciones Previsionales 3.740
25 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 81.070
31 Transferencias al Sector Privado 81.070
001 Salas Cunas y/o Jardines Infantiles 81.070
31 INVERSION REAL 327.545
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento 19.250
51 Vehículos 33.000
53 Estudios para Inversiones 177.884
61 Inversión Región I 6.600
62 Inversión Región 11 4.400
63 Inversión Región 111 1.650
64 Inversión Región IV 6.050
65 Inversión Región V 9.900
66 Inversión Región VI 11.611
67 Inversión Región VII 9.790
68 Inversión Región VIII 11.550
69 Inversión Región IX 9.130
70 Inversión Región X 9.900
71 Inversión Región XI 8.030
72 Inversión Región XII 4.400
73 Inversión Región Metropolitana de Santiago 4.400
60 OPERACIONES AÑOS ANTERIORES 8.000
70 OTROS COMPROMISOS PENDIENTES 6.500
90 SALDO FINAL DE CAJA 10.000
241
GLOSAS:
01
02
03
Dotación máxima de vehículos
Mediante resolución, el Ministro de Obras Públicas podrá reasignar las dotaciones máximas de vehículos definidas pa- ra sus organismos dependientes, con copia a la Dirección de Aprovisionamiento del Estado para los fines pertinentes.
Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9º de la Ley Nº 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley Nº 18.575 - Miles de $
4S
583
18.920 21.920
41.379 67.000
5.400
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA : 12Sub·
Titulo
01 04 06
07
09
11
Item
41 61
Dirección General de Obras Públicas (01) Administración y Ejecución de Obras Públicas (02)
Denominaciones
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION VENTA DE ACTIVOS Activos Físicos
TRANSFERENCIAS
De Organismos del Sector Privado
001 Empresa de Obras Sanitarias de Valparaíso S.A.
OTROS INGRESOS 75 Donaciones
79 Otros
APORTE FISCAL
91 Libre
92 Servicio de la Deuda Pública SALDO INICIAL DE CAJA
CAPITULO : 02 PROGRAMA : 01
Glosa Moneda Nacional N2 Miles de $
41.399.636 7.700 13.750 13.750 21.450 21.450 21.450 143.880 138.600 5.280 41.188.856 31.973.220 9.215.636 24.000
21 22 24
30 30 31
50 51 53 73 74 33
85 001 002 50
91 001 002 60
70 90
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PREST ACIONES PREVISIONALES Prestaciones Previsionales
INVERSION SECTORIAL DE ASIGNACION REGIONAL INVERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos
Estudios para Inversiones
Inversión Región Metropolitana de Santiago Inversiones no Regionalizables
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Aportes al Sector Privado
Empresas de Obras Sanitarias S.A.
Empresa Metro S.A.
SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Deuda Pública Externa
Intereses Amortizaciones
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
41.399.636 03 3.373.000
04 489.500
23.100 23.100 05 4.400.000 1.465.200 84.700 30.800 1.311.200 11.000 27.500 06 22.409.200 22.409.200 5.720.000 16.689.200 9.215.636 9.215.636 4.214.734 5.000.902 3.000 11.000 10.000
GLOSAS:
01 (Glosa común a los programas 02, 03, 04,06 Y 07 de la Direc- ción General de Obras Públicas).
Los Decretos de identificación de asignaciones de proyectos que se formulen en el mes de diciembre de 1993, conforme al artículo 52 de esta ley, podrán superar los montos asignados en los ítem 61 al75 del Subtítulo 31-INVERSION REAL- cuan- do se incluyan o complementen asignaciones derivadas de programas de inversiones de carácter nacional, del ítem 78 del mismo Subtítulo 31, debiendo procederse a su regularización presupuestaria en el mes de enero de 1994.
02 Comprende los recursos presupuestarios y dotaciones máximas que se indican, de las siguientes direcciones:
Administración y Ejecución de Obras Públicas
Fiscalía
Planeamiento y Urbanismo Contabilidad y Finanzas
Dotaciones máximas De personal De vehículos
553 55 148 442
8 1 18 17 Los estados mensuales de ejecución presupuestaria del año 1994, correspondientes a estas Direcciones, deberán ser infor- mados a nivel del programa global referido.
03
04
Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 92 de la Ley Nº 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional.
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento Ley Nº 18.575 - Miles de $
Con cargo a este ítem podrán imputarse en forma centralizada los gastos de capacitación del conjunto de servicios dependien- tes del Ministerio de Obras Públicas.
05 Recursos destinados a realizar inversión en programas o pro- yectos de agua potable rural, incluido un monto máximo de
$ 385.000 miles para gastos de administración y supervisión asociados directamente con los sistemas de agua potable rural a nivel nacional. Por resolución del Ministerio, visada por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, este último monto de distribuirá a nivel regional.
En el mes de diciembre de 1993, el Ministerio de Obras Públi- cas comunicará a los Gobiernos Regionales el monto de recur- sos disponibles por Región para el año 1994, incluyendo las características de los proyectos a financiar; los criterios de elegibilibad que deben reunir; y un listado de proyectos ya evaluados a nivel regional o central que cumplan dichos crite- rios.
A más tardar en el primer trimestre de 1994, el Consejo Re- gional deberá resolver la distribución de los recursos disponibles en proyectos nuevos y de arrastre (iniciados en el año-1993 con I.S.A.R.-CORFO), y su prioridad, sobre la base de la proposi- ción del Intendente. Dicha proposición podrá considerar pro- yectos distintos a los comunicados por el Ministerio, siempre y cuando cuenten con la evaluación técnica correspondiente y cumplan con los criterios de elegibilidad comunicados. Los proyectos así definidos por el Gobierno Regional deberán ser comunicados al Ministerio, señalando asimismo la distribución de recursos regionales, comunales o del sector privado com- prometidos para participar en el financiamiento conjunto de proyectos que estimare procedente.
La inversión de los recursos de este Subtítulo podrá efectuarse directamente por el Ministerio o mediante convenios con las Empresas de Obras Sanitarias de la respectiva región o sus concesionarias.
Por Decreto del Ministerio de Obras Públicas, las obras o proyectos podrán ser cedidas o transferidas, a cualquier título
1.198
94.400 54.688 53.707 43.852 21.500
Sub- Titulo
01 04 07 09 11
21 22 24
a las municipalidades correspondientes, a organizaciones sin fines de lucro de que formen parte los usuarios o beneficiarios, o entregadas en administración a la respectiva empresa de Obras Sanitarias.
06 Con cargo a este ítem se transferirán a las Sociedades Anónimas de Servicios Sanitarios y a Metro S.A., los recursos destinados a financiar los programas de inversiones en el sector sanitario en las diferentes regiones del país, y las obras civiles del Proyecto Línea 5 de Metro S.A., respectivamente.
El monto de los recursos que corresponda a cada sociedad será determinado por Decreto Supremo del Ministerio de Obras Públicas, suscrito además, por el Ministro de Hacienda.
Durante el mes de diciembre de 1994, y mediante igual pro- cedimiento, se fijará el monto de los recursos efectivamente percibidos por cada Empresa de Servicios Sanitarios y por Metro S.A., las cuales los registrarán contablemente como fondos de reservas o aportes para futuras capitalizaciones por parte del Fisco y de la Corporación de Fomento de la Produc- ción, a prorrata de sus intereses o participación social, a la fecha de la Junta General Extraordinaria de Accionistas que acuerde el correspondiente aumento de capital, y sin perjuicio de cumplir en su oportunidad con los estatutos y normas de la Ley N~ 18.046 Y su reglamento.
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Dirección General de Obras Públicas Dirección d~ Arquitectura (01)
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
: 12
: 02 : 02
Glosa Moneda Nacional
Item Denominaciones N· Miles de $
INGRESOS 2.924.260
INGRESOS DE OPERACION 8.250
VENTA DE ACTIVOS 7.700
41 Activos Físicos 7.700
OTROS INGRESOS 16.500
79 Otros 16.500
APORTE FISCAL 2.875.810
91 Líbre 2.875.810
SALDO INICIAL DE CAJA 16.000
GASTOS 2.924.260
GASTOS EN PERSONAL 02 1.375.300
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 163.130
PREST ACIONES PREVISIONALES 20.130
30 Prestaciones Previsionales 20.130
245
31 50 51 53 61 62 65 66 67 71 72 73 74 32
83 001 002 003 60
70 90
GLOSAS:
01 02
03
INVERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos
Estudios para Inversiones Inversión Región 1 Inversión Región 11 Inversión Región V Inversión Región VI Inversión Región VII Inversión Región XI Inversión Región XII
Inversión Región Metropolitana de Santiago Inversiones no Regionalizables
INVERSION FINANCIERA Anticipos a Contratistas Anticipos a Contratistas
Recuperación de Anticipos a Contratistas Recuperación de Ant!cipos de Años Anteriores OPERACIONES ANOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Incluye:
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Número de horas - Miles de $
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley Nº 18.575 - Miles de $
1.532.300 30.800 46.200 44.660 62.700 88.000 27.500 92.400 108.240 93.500 541.200 177.100 220.000 -182.600 -182.600 86.900 -86.900 -182.600 2.500 3.500 10.000
40 419 18.045 5.035
33.611 2.500
4.000
Sub·
Título
01 04 07 08
09 11
21 22 24 31
32 33
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Item
41 79 84
001 002 91 92
30 SO 51 52 53 54 61 62 63 64 65 66 67 68 69 71 73 74 78 83
003
Dirección General de Obras Públicas Dirección de Riego (01)
Denominaciones
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION VENT A DE ACTIVOS Activos Físicos
OTROS INGRESOS Otros
ENDEUDAMIENTO
Préstamos Externos de Largo Plazo Crédito BIRF Nº 3.528 -CH
Crédito O.E.C.F. -Japón - Laja Diguillín APORTE FISCAL
Libre
Servicio de la Deuda Pública SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PREST ACIONES PREVISIONALES Prestaciones Previsionales
INVERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos
Terrenos y Edificios Estudios para Inversiones
Maquinarias y Equipos Directamente Productivos Inversión Región I
Inversión Región II Inversión Región III Inversión Región IV Inversión Región V Inversión Región VI Inversión Región VII Inversión Región VIII Inversión Región IX Inversión Región XI
Inversión Región Metropolitana de Santiago Inversiones no Regionalizables
Programas de Inversiones de Carácter Nacional INVERSION FINANCIERA
Anticipos a Contratistas
Recuperación de Anticipos de Años Anteriores TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
247
PARTIDA 12 CAPITULO : 02 PROGRAMA : 03
Glosa Moneda Nacional N" Miles de $
17.374.261 11.000 49.500 49.500 16.500 16.500 2.794.782 2.794.782 2.351.482 443.300 14.483.479 14.231.250 252.229 19.000 17.374.261 02 1.199.000 03 202.400 42.350 42.350 15.799.300 22.000 28.600
04 5.500
819.500 18.700 225.500 170.500 37.400 753.500 99.000 49.500 639.100 139.700 121.000 19.800 60.500
05 71.500
12.518.000 -275.000 -275.000 -275.000 134.982
33 86 001 002 50
91 001 60
70 90
GLOSAS:
01 02
03
04
05
Aportes a Organismos del Sector Público Comisión Nacional de Riego
Oficina de Estudios y Políticas Agrarias SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Deuda Pública Externa
Intereses
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Incluye:
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Número de horas - Miles de $
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N2 18.575 - Miles de $
Recursos destinados al pago de expropiaciones correspondientes a obras ejecutadas antes del 30 de junio de 1984. Además, con cargo a este ítem se podrá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo N2 752 del Código de Procedimiento Civil, respecto de las sentencias ejecutoriadas atinentes a este organismo sobre la materia.
Incluye $ 38.500 miles, para gastos derivados de las funciones del servicio en la aplicación de la Ley N2 18.450. Estos gastos deberán ser visados trimestralmente por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional de Riego.
134.982 77.570 57.412 252.229 252.229 252.229 2.000 7.000 10.000
51
448 15.687 10.989
114.201 10
7.700
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
P'ARTIDA : 12Sub·
Titulo ltem
01
Dirección General de Obras Públicas Dirección de Vialidad (01)
Denominación
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION
CAPITULO : 02 PROGRAMA : 04
Glosa Moneda Nacional
N' Miles de $
209.326.540 37.730.000
04 VENT A DE ACTIVOS 429.000
41 Activos Físicos 429.000
07 OTROS INGRESOS 572.000
79 Otros 572.000
08 ENDEUDAMIENTO 44.678.700
84 Préstamos Externos de Largo Plazo 44.678.700
001 BID 613-0C-CH Cofinanciamiento 30.144.400
002 BIRF 3.120 - CH - PICMV 11 14.236.200
005 BID 548 - OC Caminos Productivos 298.100
09 APORTE FISCAL 125.776.840
91 Libre 84.996.100
92 Servicio de la Deuda Pública 40.780.740
11 SALDO INICIAL DE CAJA 140.000
GASTOS 209.326.540
21 GASTOS EN PERSONAL 02 9.471.200
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 1.071.400
24 PREST ACIONES PREVISIONALES 546.700
30 Prestaciones Previsionales 546.700
30 INVERSION SECTORIAL DE ASIGNACION
REGIONAL 04 14.630.000
31 INVERSION REAL 151.613.000
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento 63.800
51 Vehículos 905.300
52 Terrenos y Edificios 05 44.000
53 Estudios para Inversiones 787.600
54 Maquinarias y Equipos Directamente Productivos 5.555.000
61 Inversión Región I 2.068.092
62 Inversión Región 11 3.946.521
63 Inversión Región 111 2.051.390
64 Inversión Región IV 3.751.562
65 Inversión Región V 5.943.106
66 Inversión Región VI 5.455.171
67 Inversión Región VII 7.429.282
68 Inversión Región VIII 15.548.590
69 Inversión Región IX 8.820.766
70 Inversión Región X 8.566.741
71 Inversión Región XI 2.327.930
72 Inversión Región XII 2.651.000
73 Inversión Región Metropolitana de Santiago 6.715.378
74 Inversiones no Regionalizables 12.193.055
75 Otros Gastos de Inversión Real 06 2.189.000
78 Progl"amas de Inversiones de Carácter Nacional 54.599.716
32 INVl<..RSION FINANCIERA -8.926.500
83 Anticipos a Contratistas -8.926.500
001 Anticipos a Contratistas 11.591.800
002 Recuperación de Anticipos a Contratistas --{).427.300 003 Recuperación de Anticipos Años Anteriores -14.091.000
50 SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA 07 40.780.740
91 Deuda Pública Externa 40.780.740
001 Intereses 25.874.940
002 Amortizaciones 14.905.800
249
60 70 90
GLOSAS:
01 02
03 04
05
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Incluye:
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 92 de la Ley N2 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley NI! 18.575 - Miles de $
En el mes de diciembre de 1993, el Ministerio comunicará a los Gobiernos Regionales las características de los proyectos a financiar con cargo a estos recursos, pudiendo incluir pro- yectos financiados en conjunto; los criterios de elegibilidad que deben reunir; un listado de proyectos ya evaluados a nivel regional o central que cumplan dichos criterios; los recursos comprometidos en proyectos en ejecución y su identificación; y el monto de recursos definido para proyectos nuevos.
A más tardar en el mes de enero de 1994, el Consejo Regional deberá resolver la distribución de los recursos disponibles para proyectos nuevos y su prioridad, sobre la base de la proposición del intendente. Dicha proposición podrá considerar proyectos distintos a los comunicados por el Ministerio, siempre y cuan- do cuenten con la evaluación técnica correspondiente y cumplan con los criterios de elegibilidad comunicados. Los proyectos así definidos por el Gobierno Regional deberán ser comunicados al Ministerio, señalando asimismo la contribución de recursos regionales, comunales o del sector privado comprometidos para participar en el financiamiento conjunto de aquellos proyectos que estimare procedente.
Con todo, los recursos correspondientes a proyectos en ejecución al31 de diciembre de 1993 serán distribuidos directamente por el Ministerio, conforme a la identificación y destinación que les dieron origen.
Recursos destinados al pago de expropiaciones correspondientes a obras ejecutadas antes del 30 de junio de 1984. Además, con cargo a este ítem se podrá dar cumplimiento a lo dispuesto en
10.000 30.000 100.000
780 4.813
531.036 232.063 502.056 10
26.000
Sub·
Título
01 04 07 08
09
11
21 22 24 31
el artículo Nº 752 del Código de Procedimiento Civil, respecto de las sentencias ejecutoriadas atinentes a este organismo so- bre la materia.
06 Comprende obras en la X y XI Región. Los proyectos pertinen- tes se identificarán conforme a lo dispuesto en la presente ley.
Para cumplimiento de estos fines, y sin sujeción a lo dispuesto en el artículo 16º de la Ley Nº 18.091, se podrá poner fondos a disposición de dependencias de otros organismos del Sector Público. Estos recursos se entregarán a través de la Dirección General de Obras Públicas y no se incorporarán a los presu- puestos de los organismos receptores. No obstante, estos debe- rán informar mensualmente a dicha dirección sobre el gasto efectivo y avance físico de las obras que se ejecuten.
07 Incluye recursos para el servicio de la deuda de créditos con- tratados para la Carretera Longitudinal Austral.
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Dirección General de Obras Públicas Dirección de Obras Portuarias (01)
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
: 12 : 02 : 06
Glosa Moneda Nacional
Item Denominaciones N' Miles de $
INGRESOS 15.960.620
INGRESOS DE OPERACION 165.000
VENTA DE ACTIVOS 6.600
41 Activos Físicos 6.600
OTROS INGRESOS 66.000
79 Otros 66.000
ENDEUDAMIENTO 4.876.300
84 Préstamos Externos de Largo Plazo 4.876.300
001 Crédito BIRF 3426 CH Infraestructura 1 4.876.300
APORTE FISCAL 10.831.720
91 Libre 9.870.760
92 Servicio de la Deuda Pública 960.960
SALDO INICIAL DE CAJA 15.000
GASTOS 15.960.620
GASTOS EN PERSONAL 02 618.000
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 91.300
PREST ACIONES PREVISIONALES 34.760
30 Prestaciones Previsionales 34.760
INVERSION REAL 15.439.600
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento 33.000
51 Vehículos 27.500
53 Estudios para Inversiones 162.800
251
31 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 74 78 32
83 003 50
91 001 60
70 90
GLOSAS:
01 02
03
Inversión Región I Inversión Región 11 Inversión Región 111 Inversión Región IV Inversión Región V Inversión Región VI Inversión Región VII Inversión Región VIII Inversión Región IX Inversión Región X Inversión Región XI Inversión Región XII
Inversiones no Regionalizables
Programas de Inversiones de Carácter Nacional INVERSION FINANCIERA
Anticipos a Contratistas
Recuperación de Anticipos de Años Anteriores SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Deuda Pública Externa
Intereses
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Incluye:
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Número de horas - Miles de $
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N2 18.575 - Miles de $
60.500 50.600 22.000 88.000 127.600 68.200 16.500 123.200 84.700 171.600 212.300 55.000 132.000 14.004.100 -1.199.000 -1.199.000 -1.199.000 960.960 960.960 960.960 1.000 4.000 10.000
17 231 7.095 2.824
25.888 10
1.500
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA : 12Sub-
Titulo Item
01 04
41 07
79 09
91 11
21 22 24
30 31
50 51 53 61 62 68 70 71 72 73 74 78 60 70 90
GLOSAS:
01 02
Dirección Geneal de Obras Públicas Dirección de Aeropuertos (01)
CAPITULO : 02 PROGRAMA : 07
Denominaciones
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION VENT A DE ACTIVOS Activos Físicos
OTROS INGRESOS Otros
APORTE FISCAL Libre
SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES PREVISIONALES Prestaciones Previsionales
INVERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos
Estudios para Inversiones Inversión Región I Inversión Región 11 Inversión Región VIII Inversión Región X Inversión Región XI Inversión Región XII
Inversión Región Metropolitana de Santiago Inversiones no Regionalizables
Programas de Inversiones de Carácter Nacional OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Incluye:
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
Glosa N·
02 03
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 92 de la Ley N2 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
ZS3
Moneda Nacional Miles de $
4.863.800 1.650 4.950 4.950 3.300 3.300 4.838.900 4.838.900 15.000 4.863.800 517.000 78.100 12.100 12.100 4.241.600 7.700 25.300 44.000 110.000 52.800 42.900 146.300 89.100 48.400 27.500 27.500 3.620.100 2.000 3.000 10.000
22 190
Sub- Titulo
01 04 07
09 11
21 22 31
60 70 90
03
b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N!! 18.575 - Miles de $
6.531 5.069
14.452 10
3.800
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA : 12Dirección General de Aguas (01) CAPITULO : 04 PROGRAMA : 01
Glosa Moneda Nacional
Item Denominaciones N2 Miles de $
INGRESOS 2.973.277
INGRESOS DE OPERACION 3.300
VENTA DE ACTIVOS 5.060
41 Activos Físicos 5.060
OTROS INGRESOS 361.790
75 Donaciones 354.640
79 Otros 7.150
APORTE FISCAL 2.597.127
91 Libre 2.597.127
SALDO INICIAL DE CAJA 6.000
GASTOS 2.973.277
GASTOS EN PERSONAL 02 1.137.150
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 222.563
INVERSION REAL 1.609.564
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento 34.962
51 Vehículos 24.640
53 Estudios para Inversiones 951.764
54 Maquinarias y Equipos Directamente Productivos 42.056
74 Inversiones no Regi~naIizables 556.142
OPERACIONES ANOS ANTERIORES 1.000
OTROS COMPROMISOS PENDIENTES 1.000
SALDO FINAL DE CAJA 2.000
GLOSAS:
01 02
03
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Número de horas - Miles de $
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N2 18.575 - Miles de $
56 420 8.381 7.935
72.957 10
3.450
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA : 12Instituto Nacional de Hidráulica (01) CAPITULO : 05 PROGRAMA : 01
Sub· Glosa Moneda Nacional
Titulo Item Denominaciones N2 Miles de $
INGRESOS 362.246
01 INGRESOS DE OPERACION 162.919
04 VENT A DE ACTIVOS 9.020
41 Activos Físicos 9.020
07 OTROS INGRESOS 1.056
79 Otros 1.056
09 APORTE FISCAL 172.812
91 Libre 172.812
10 OPERACIONES AÑOS ANTERIORES 3.850
11 SALDO INICIAL DE CAJA 12.589
GASTOS 362.246
21 GASTOS EN PERSONAL 02 172.812
23 BIENES Y SERVICIOS PARA PRODUCCION 03 63.811
25 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 8.745
34 Transferencias al Fisco 8.745
001 Impuestos 8.745
31 INVERSION REAL 90.002
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento 19.913
51 Vehículos 15.400
54 Maquinarias y Equipos Directamente Productivos 17.289
Z55
31 73 60 70 90
GLOSAS:
01 02
03
Inversión Región Metropolitana de Santiago OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Número de horas - Miles de $
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
La autorización máxima para viáticos no incluye aquellos ori- ginados directamente por estudios que le sean encargados al Instituto. Asimismo, el Instituto podrá pagar gastos de perso- nal contratado temporalmente para estudios específicos.
Estos gastos se imputarán al Subtítulo 23.
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N2 18.575 - Miles de $
37.400 1.000 1.000 24.876
5 58 7.500 3.327
2.605 10
4.600
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PARTIDA : 12 Superintendencia de Servicios Sanitarios (01) CAPITULO : 07 PROGRAMA : 01Sub- Glosa Moneda Nacional
Titulo Item Denominaciones N2 Miles de $
INGRESOS 1.236.351
04 VENT A DE ACTIVOS 1.870
41 Activos Físicos 1.870
07 OTROS INGRESOS 1.100
79 Otros 1.100
09 APORTE FISCAL 1.229.181
91 Libre 1.229.181
11 SALDO INICIAL DE CAJA 4.200
GASTOS 1.236.351
21 GASTOS EN PERSONAL 02 482.160
22 24
30 25
31 001 31
50 53 60 70 90
GLOSAS:
01 02
03
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 149.623
PREST A ClONES PREVISIONALES Prestaciones Previsionales
TRANSFERENCIAS CORRIENTES Transferencias al Sector Privado Salas Cunas y/o Jardines Infantiles INVERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento Estudios para Inver~iones
OPERACIONES ANOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año
- Número de horas - Miles de $
e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $
d) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N2 18.575 - Miles de $
257
1.650 1.650 1.100 1.100 1.100 598.818 16.500 582.318 1.000 1.000 1.000
4
79 4.320 8.202
29.419 58.349
2.700