• No se han encontrado resultados

PDF Ley De Presupuestos Para El Ano 1995

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2023

Share "PDF Ley De Presupuestos Para El Ano 1995"

Copied!
11
0
0

Texto completo

(1)

LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL ANO 1995

MINISTERIO DE JUSTICIA

(2)

.. ~ "

LEY DE PRESUPU ESTOS AÑO 1995

Partida: :v1inisterio de Justicia Miles de S

ISub- l StcRtlirl.y RegiSlro Srrrido FIsc.aJ~ Suvldo

Adm1nis1ndón CI~U le

M_.

Gndumul. Na.dooa¡ Nodonal T .... Tnnd ..

Tflu!ol cwi.l1c.clOo Etvackalca GtlMnl hkn.drk.actÓn L"aI dr ChUe die Qulrbras deMrllOf'O 'rulO

.-.

To"¡

INGRESOS 1I.1!UlI3 12.813.052 1.733.341 3L415.~ 345.801 !!.651.J.49 83.111.101 1.944.310 81.8l6.182

01 Inv~5OJ de Operad6n 4.645 6.305.889 10.238 476.121 4.310 6.80l.819 6.80l.819

11. Y rnl3 de Adhos 4.321 15.819 2.700 3.133 16.033 16.033

06 Transferenciu( 2.531.943 2.555.091 5.081.ll84 l.944.3:1O 3.142.164

"'

Otros Jng:resos 10.100 1.612 9.506 80.148 15.014 182.500 182.500

09 Aporte Fiscal 8.200.H2' 6.509.491 1.111.618 30.132.890 331.381 :2.811.051 70.309.266 10.309.166

11 ~aldo Inidlll de Caja l.nOO.IlOO 50.000 2.000 110.000 1.400 201.000 1.344.400 1.364.400

(;'\STOS 11.151.8X8 I!.JI1-'.052 1.733.362 3l.-U5.6-W 345.801 25.1i51..J.19 83.111.101 J.944.31O 81.816.181

21 C;Il,tos rn Personal ~",9.II"g !i...lS1.636 1.l:.5.6ZJ 11.119.071 219.315 3.662.872 32.193.56l" 32.793.562

" Bienes '! Sen·kiOl de Curuumu .!87.bISS l.856.965 303.024 8.2U.&35 48M2 I.25S.924 1l.970.815 U..970.815

2J nirnn y Servidw. pUl!

Pruducción 1.623.1H2 1.623.782 1.62.3.182

24 I)re ... laciunl!:~ Prrvl,illnalt"S J01 76.17' 431 76.913 16.913

2S Transfen-ncias Currit"nlrs 1.1J".071 ~-'6.500 60.490 627.412 :!.824 20.416.609 21.1186.911 ll.S86.911

.11 Im'rnión Relll ?220.2n 393.049 138 . .214 9H7.566 13.826 3OO.01J 11.051.950 11.052.950

JJ Tnln,r*rl'ncia~ dI!: Capil:.ll 54.009 1.9.j.j.3Z0 2J8.380 2.U'.909 1.944.310 292..589

MI Opt"r:.u:iunes ,\nM .\ntl!:riorrs !,INI .1.800 7.000 5.000 16.JOO 16_100

;0 C)ln~ (·urnprumi .. " P('ndit"ntt"S :!.tlOO -'6.tH)(J 5.000 ~o.ooo .00 X.5UO 101.900

I

101.1,100

'10 Saldo Fin .. 1 de Caj~ 5.0no 1.000 1.000 1.04HJ 1.000 ~0Il0 11.000 !1.1)c1j)

:

(3)

MINISTERIO DE JUSTICIA

Secretaría y Administración General (01)

Sub- Glosa Moneda Nacional

Título Item Denominaciones Miles de $

INGRESOS 11.751.888

01 INGRESOS DE OPERACION 4.645

04 VENTA DE ACTIVOS 4.321

41 Activos Físicos 4.321

06 TRANSFERENCIAS 2.531.993

62 De Otros Organismos del Sector Público 2.531.993

001 Servicio de Registro Civil e Identificación 1.944.320 002 Corporación Administrativa del Poder Judicial 587.673

07 OTROS INGRESOS 10.100

79 Otros 10.100

09 APORTE FISCAL 8.200.829

91 Libre 8.200.829

11 SALDO INICIAL DE CAJA 1.000.000

GASTOS 11.751.888

21 GASTOS EN PERSONAL 02 949.038

22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03 287.685

24 PRESTACIONES PREVISIONALES 307

30 Prestaciones Previsionales 307

25 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.233.077

31 Transferencias al Sector Privado 101.939

001 Salas Cunas y/o Jardines Infantiles 10.752

002 Fundación de Asistencia Legal a la Familia 04 89.656

003 Organismos Internacionales 1.531

33 Transferencias a Otras Entidades Públicas 1.131.138 029 Corporaciones de Asistencia Judicial 05 1.131.138

31 INVERSION REAL 9.220.272

50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento 8.382

51 Vehículos 7.021

52 Terrenos y Edificios 587.673

61 Inversión Región I 936.088

62 Inversión Región 11 446.554

63 Inversión Región 111 95.863

64 Inversión Región IV 162.028

65 Inversión Región V 432.076

66 Inversión Región VI 88.446

68 Inversión Región VIII 827.820

69 Inversión Región IX 1.043.399

70 Inversión Región X 137.616

71 Inversión Región XI 55.090

73 Inversión Región Metropolitana de Santiago 2.312.091

74 Inversiones no Regionalizables 2.080.125

33 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 54.009

(4)

33 85 I Aportes al Sector Privado 001 Centro de Orientación Femenina

60 OPERACIONES AÑOS ANTERIORES

70 OTROS COMPROMISOS PENDIENTES

90 SALDO FINAL DE CAJA

GLOSAS:

01 02

03

04

Dotación máxima de vehículos Incluye:

a) Dotación máxima de personal

No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9° de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.

b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $

c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional

- Miles de $

d) Convenios con personas naturales - Miles de $

Incluye:

Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

Para gastos de operación relacionados con la Asistencia Legal a menores.

05 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 17.995.

MINISTERIO DE JUSTICIA

Servicio de Registro Civil e Identificación (01)

Sub- Glosa

Título Item Denominaciones

INGRESOS

01 INGRESOS DE OPERACION

07 OTROS ING RES OS

79 Otros

09 APORTE FISCAL

91 Libre

11 SALDO INICIAL DE CAJA

54.009 54.009 500 2.000 5.000

7 147

13.740 14.672

19.736 141.939

4.560

Moneda Nacional Miles de $

12.873.052 6.305.889 7.672 7.672 6.509.491 6.509.491 50.000

(5)

21 22 23 25

31 001 002 003 004 005 34

001 31

50 51 74 33

86 001 60

70 90

GLOSAS:

01 02

03

GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICiOS DE CONSUMO BIENES Y SERVICIOS PARA PRODUCCION TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Transferencias al Sector Privado Salas Cunas y/o Jardines Infantiles Registro Nacional de Discapacitados Registro Nacional de Violencia Intrafamiliar Programa de Registros Especiales creados por Ley Emisión de Certificados de Vehículos Motorizados Transferencias al Fisco

Impuestos

INVERSION REAL

Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos

Inversiones no Regionalizables TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Aportes a Organismos del Sector Público

Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia OPERACIONES AÑOS ANTERIORES

OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA

Dotación máxima de vehículos Incluye:

a) Dotación máxima de personal

02 03

No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9° de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.

No se considerará dentro de la dotación a las personas que se desempeñen como oficiales civiles adjuntos ajenos al servicio.

Se podrá contratar personal de reemplazo hasta por un monto de $ 26.800 miles, en aquellos casos que, por cual- quier razón, funcionarios a contrata se encuentren imposi- bilitados de desempeñar sus cargos por un período supe- rior a 15 días. Dichas contrataciones no se imputarán a la dotación máxima de personal establecida en esta glosa.

b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $

c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional

- Miles de $

d) Convenios con personas naturales - Miles de $

Incluye:

Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

12.873.052 5.457.636 2.856.965 1.623.782 546.500 540.158 42.028 317.l33 136.597 15.054 29.346 6.342 6.342 393.049 193.084 46.038 153.927 1.944.320 1.944.320 1.944.320 3.800 46.000 1.000

17 2.456

145.600 158.873

50.600 282.673

42.990

(6)

Sub-

Título Item

01 07

79 09

91 11

21 22 25

31 001 002 34

001 31

50 51 70 90

GLOSAS:

01 02

03

MINISTERIO

D~

JUSTICIA

Servicio Médico Legal (01)

'"

Glosa Denominaciones

INGRESOS

INGRESOS DE OPERACION OTROS INGRESOS

Otros

APORTE FISCAL Libre

SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO TRANSFERENCIAS CORRIENTES Transferencias al Sector Privado Salas Cunas y/o Jardines Infantiles Pericias Médico-Legales D.L. W 3.504/80 Transferencias al Fisco

Impuestos

INVERSION REAL

Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos

OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA

Dotación máxima de vehículos Incluye:

a) Dotación máxima de personal - y horas médicas

02 03

03

No regirá la limitación establecida en el inciso segundo dei artículo 9° de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.

b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $

c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional

- Miles de $

d) Convenios con personas naturales - Miles de $

a) Se podrá adquirir directamente todo tipo de elementos químicos, quirúrgicos y de laboratorio, sin la intervención de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado.

b) Incluye:

Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

""".:' },t'",

~":,, i>;"":,

""".:.":

"~¡'o'"

Moneda Nacional Miles de $ 1.733.362 10.238 9.506 9.506 1.711.618 1.711.618 2.000 1.733.362 1.225.624 303.024 60.490 59.410 5.401 54.009 1.080 1.080 138.224 122.057 16.167 5.000 1.000

23 236 3.549

80.000 68.400

8.000 46.520

10.000

(7)

Sub-

Título Itcm

01 04

41 07

79 09

91 11

21 22 24

30 25

31 001 002 003 33

029 030 031 31

50 51 74 33

87 001 002 003 60

70 90

GLOSAS:

01

J\tHNISTERIO DE JUSTICIA

Gendarmería de Chile (01)

Denominaciones

INGRESOS

INGRESOS DE OPERACION VENTA DE ACTIVOS Activos Físicos

OTROS INGRESOS Otros

APORTE FISCAL Libre

SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES PREVISIONALES Prestaciones Previsionales

TRANSFERENCIAS CORRIENTES Transferencias al Sector Privado Salas Cunas y/o Jardines Infantiles Centros de Orientación Femenina Congregación Buen Pastor

Transferencias a Otras Entidades Públicas Centros de Educación y Trabajo, Talleres Fiscales y Colonias Penales

Patronato Nacional de Reos

Reinserción Social de Reos con Penas Alternativas INVERSION REAL

Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos

Inversiones no Regionalizables TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Aportes a Otras Entidades Públicas

Centros de Educación y Trabajo, Talleres Fiscales y Colonias Penales

Patronato Nacional de Reos

Reinserción Social de Reos con Penas Alternativas OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA

Dotación máxima de vehículos

Glosa Moneda Nacional Miles de $

31.415.644 476.727 15.879 15.879 80.148 80.148 30.732.890 30.732.890 110.000 31.415.644 02 21.219.077 03 8.218.835 76.174 76.174 627.412 210.692 12.999 88.119 109.574 416.720 218.630 130.038

04 68.052

987.566 633.264 235.481 118.821 238.580 238.580 134.666 85.551

04 18.363

7.000 40.000 1.000

122

(8)

Sub- Título

01 04 09 11

21 22

02

03

Incluye:

a) Dotación máxima de personal - y horas médicas

No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9° de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.

b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $

c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional

- Miles de $

d) Convenios con personas naturales - Miles de $

e) A la provisión de vacantes que se produzcan en las plantas de oficiales y de vigilantes de Gendarmería de Chile, no les será aplicable lo dispuesto en el artículo 15 de esta Ley.

Incluye:

a) Recursos para el cumplimiento del artículo N° 14 del D.F.L.

N° 1.791 (J), de 1979.

b) $ 4.117.563 miles, por concepto de alimentos y bebidas para reos y personal.

c) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

04 La asignación de estos recursos se efectuará mediante una o más resoluciones exentas del Director de Gendarmería, sobre la base de programas relacionados con la materia.

MINISTERIO DE JUSTICIA

Fiscalía Nacional de Quiebras (01)

Glosa

!tem Denominaciones

INGRESOS

INGRESOS DE OPERACION VENTA DE ACTIVOS 41 Activos Físicos

APORTE FISCAL

91 Libre

SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS

GASTOS EN PERSONAL 02

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 03

6.913 1.771

7.000.000 6.580.000

109.068 180.124

38.000

Moneda Nacional Miles de $

345.807 4.320 2.700 2.700 337.387 337.387 1.400 345.807 279.315 48.442

(9)

25 31

001 002 34

001 31

50 51 70 90 GLOSAS:

01 02

03

Sub·

Título Item

04 41 06

63 07

79 09

I TRANSFERENCIAS CORRIENTES Transferencias al Sector Privado Salas Cunas y/o Jardines Infantiles

Para Cumplimiento Artículo 37, Ley W 18.175 Transferencias al Fisco

Impuestos

INVERSION REAL

Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos

OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA

Dotación máxima de vehículos Incluye:

a) Dotación máxima de personal

No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9° de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.

b) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $

e) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional

- Miles de $

d) Convenios con personas naturales y artículo 13 de la Ley N° 18.175

- Miles de $ Incluye:

Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

lVIINISTERIO DE JUSTICIA

Servicio Nacional de Menores (01) Servicio Nacional de Menores

Denominaciones

INGRESOS

VENTA DE ACTIVOS Activos Físicos

TRANSFERENCIAS De Otras Entidades Públicas OTROS INGRESOS

OtroS"

APORTE FISCAL

Glosa

2.824 2.695 2.344 351 129 129 13.826 7.345 6.481 400 1.000

2 69

4.320 3.341

642

24.683

1.611

Moneda Nacional Miles de $

25.646.568 3.133 3.133 2.555.091 2.555.091 71.293 71.293 22.817.051

(10)

09 91 11

21 22 24

30 25

31 001 002 003 004 32

001 33

029 030 31

50 51 73 60 70 90

GLOSAS:

01 02

03

04

Libre

SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS

GASTOS EN PERSONAL

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES PREVISIONALES Prestaciones Previsionales

TRANSFERENCIAS CORRIENTES Transferencias al Sector Privado Salas Cunas y/o Jardines Infantiles

Subvención a Menores en Situación Irregular Programa de Apoyo a Menores en Situación Irregular Aplicación Artículo 3° N" 12, D.L. 2.465, de 1979 Transferencias a Organismos del Sector Público

Programa de Administración Directa y Proyectos Nacionales Transferencias a Otras Entidades Públicas

Subvención a Menores en Situación Irregular Programa de Apoyo a Menores en Situación Irregular INVERSION REAL

Requisitos de Inversión para Funcionamiento Vehículos

Inversión Región M~tropolitana de Santiago OPERACIONES ANOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA

Dotación máxima de vehículos Incluye:

a) Dotación máxima de personal b) Horas extraordinarias año

- Número de horas - Miles de $

02 03

04

c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional

- Miles de $

d) Convenios con personas naturales - Miles de $

Incluye:

Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $

Los convenios para la ejecución del programa deberán cele- brarse de acuerdo con las normas objetivas y generales que se establezcan mediante Decreto Supremo emitido por intermedio del Ministerio de Justicia, sin perjuicio de las excepciones para casos calificados, que puedan determinarse en el mismo decreto.

22.817.051 200.000 25.646.568 924.067 272.676 432 432 24.358.727 19.999.529 5.859 18.124.848 1.814.813 54.009 3.966.073 3.966.073 393.125 244.327 148.798 81.166 43.575 21.388 16.203 5.000 3.500 1.000

14 232 5.580 6.941

40.250 1.000

10.400

(11)

MINISTERIO DE JUSTICIA

Servicio Nacional de Menores

Programa de Administración Directa y Proyectos Nacionales

Sub- Glosa

Título Item Denominaciones

INGRESOS

06 TRANSFERENCIAS

62 De Otros Organismos del Sector Público 001 Servicio Nacional de Menores

07 OTROS INGRESOS

79 Otros

11 SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS

21 GASTOS EN PERSONAL 01

22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

25 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

31 Transferencias al Sector Privado OOl Salas Cunas y/o Jardines Infantiles

31 INVERSION REAL

50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento

51 Vehículos 02

70 OTROS COMPROMISOS PENDIENTES

90 SALDO FINAL DE CAJA

GLOSA:

01 Con cargo a este ítem, sin sujeción a la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9° de la Ley N° 18.834, se podrá contratar personal sobre la base de programas de con- tratación autorizados previamente por la Dirección de Presu- puestos.

Los funcionarios contratados para dirigir los establecimientos administrados directamente por el Servicio Nacional de Me- nores, podrán visar materias relacionadas con otorgamiento de licencias, feriados y permisos con goce de remuneraciones, respecto del personal que se encuentre bajo su dependencia.

02 Adicional a la dotación máxima del Servicio, se podrá adquirir 18 vehículos que se destinarán a los Centros de Observación y Diagnóstico, los que deberán enajenarse al cesar la adminis- tración directa respectiva.

Moneda Nacional Miles de $

3.970.854 3.966.073 3.966.073 3.966.073 3.781 3.781 1.000 3.970.854 2.738.805 983.248 23.954 23.954 23.954 218.847 61.873 156.974 5.000 1.000

Referencias

Documento similar

001 60 70 90 GLOSAS: 01 02 03 04 GASTOS GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO BIENES Y SERVICIOS PARA PRODUCCION TRANSFERENCIAS CORRIENTES Transferencias al Sector