Constitución Política de la República de Chile: reconocimiento de la seguridad social y las personas con discapacidad…. DATOS ESTADÍSTICOS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN MÉXICO…….
INTRODUCCIÓN
Un ejemplo de ello lo encuentro en las medidas de asistencia caritativa, la seguridad social y los seguros; todos ellos, antecesores de la institución de seguridad social. Existen múltiples manifestaciones histórico-contextuales, categóricas y conceptuales que me dan un panorama de las diferentes valoraciones de la discapacidad que han tenido las distintas culturas en un momento y lugar determinado.
MARCO HISTÓRICO-CONTEXTUAL DE LA DISCAPACIDAD
En la modernidad comenzaron a surgir dos grandes fenómenos en torno a las personas con discapacidad: 1) desde el punto de vista filosófico-social; y 2) del ámbito de la salud. Durante este período se promueven importantes avances en el estudio de la anatomía humana y, por otro lado, la ortopedia se centra en el tratamiento de diversos problemas de las personas discapacitadas.
MARCO TEÓRICO-CONCEPTUAL DE LA DISCAPACIDAD
Esta nueva clasificación permitió a los estados establecer medidas y acciones legislativas en el ámbito de la prestación de servicios a personas con discapacidad. La distinción terminológica final que acabamos de hacer da cuenta de la experiencia limitante creada por una sociedad que no participa en la empatía hacia las personas con discapacidad.
MARCO HISTÓRICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Esbozando el limitado sentido de seguridad social en el que aunque se empieza. Su regulación y seguridad social aparecen con el desarrollo de la actividad laboral en las fábricas. Se puede rastrear el nacimiento de la Seguridad Social hasta finales del siglo XIX y principios del XX.
106 Por ejemplo, el artículo 25 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 109 Decreto que renombra el Capítulo I del Título Primero y reforma varios artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. [en línea].
MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL
El modelo social de la discapacidad: orígenes, caracterización y plasmación en la convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. Falta de aplicación de instrumentos internacionales en la materia en procesos judiciales que involucran a personas con discapacidad 164. Informe especial sobre la situación de los derechos humanos de las personas con discapacidad en el Distrito Federal.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su impacto en el ordenamiento jurídico español. De ser así, un estudio sistemático y exhaustivo del texto de la Convención conducirá al reconocimiento de nuevos derechos a favor de las personas con discapacidad.
MARCO NORMATIVO INTERNO
Por ejemplo, hay un mal enfoque de la Ley General de Salud, porque promueve medidas preventivas para las personas con discapacidad; Estas políticas están dirigidas a la sociedad en general y se promueven ante el público como medidas a favor de las personas con discapacidad. Un ejemplo es la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, al no poder calificarse como “ley general”, sino que tiene carácter federal porque no deriva de la Constitución por disposición expresa de su creación. Las acciones afirmativas y afirmativas consisten en apoyos de carácter específico, destinados a prevenir o compensar las desventajas o dificultades que experimentan las personas con discapacidad para integrarse y participar plenamente en el ámbito de la vida política, económica, social y cultural.
De igual forma, es necesario un diagnóstico adecuado, la evaluación de la discapacidad para determinar el tipo y grado de las limitaciones funcionales. 194 La Norma Oficial Mexicana sobre Personas con Discapacidad (NOM-015-SSA3-2012) fue actualizada en noviembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación.
MÉXICO: UNA VISIÓN ENFOCADA A LOS DERECHOS HUMANOS
La problemática en torno a la discapacidad tiene una connotación transversal y multidisciplinaria, pues puede ser abordada desde la medicina, la filosofía, la sociología, entre muchas otras disciplinas; sin olvidar la importancia de los asuntos legales. Todo ello ha permitido que las personas con discapacidad estén presentes desde una perspectiva de derechos humanos como auténticos depositarios de facultades en una sociedad inclusiva y bajo el reconocimiento de los principios de igualdad, accesibilidad universal y no discriminación. Lo anterior contrasta con la idea de que durante mucho tiempo la discapacidad se percibía desde un punto de vista legal.
Los demás, al carecer de dicha capacidad, actuarían a través de intermediarios, es decir, a través de agentes; El resto fue un problema que no estaba dentro de los parámetros de la acción estatal. Según Maldonado Victoria, “Uno de los primeros intentos de acercar la discapacidad a la cultura de los derechos humanos se realizó en Inglaterra en la década de 1970; siguiendo a un grupo de activistas con discapacidad que expusieron su situación de marginación; Pidieron el reconocimiento de sus derechos civiles como ciudadanos en un estado de igualdad social”. Esto propició la participación activa de la sociedad civil201, que actualmente juega un papel importante en la atención de las necesidades, promoción y adecuada aplicación de la visión de derechos humanos de las personas con discapacidad.
LA SOCIEDAD CIVIL
Es importante reconocer que la participación ciudadana y la sociedad civil han jugado un papel importante en los últimos años en términos de abordar las necesidades de las personas con discapacidad; así como en la promoción, defensa y correcta aplicación de sus derechos. Un ejemplo lo tenemos en los aportes realizados durante el cónclave celebrado en la Ciudad de México (en 2002) por el trabajo tripartito del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Organización Mundial de las Naciones Unidas (DESA/ONU), la Oficina Regional en México de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), además de las autoridades de nuestro país. La actividad del abogado y del legislador no debe centrarse necesariamente en las personas con discapacidad, y en ocasiones ni siquiera en la discapacidad misma, sino en la sociedad y su comportamiento hacia ellas.
Es la sociedad que sufre discapacidad valorar lo diferente, comprender las necesidades de quienes padecen discapacidad física e incluirlos en la vida comunitaria 206. En el caso de Francia, por ser un modelo logístico e institucional con amplia experiencia en la implementación de políticas públicas hacia las personas con discapacidad; Además, debido a la evolución histórica de la devastación provocada por las guerras, sirve como esquema de referencia sistemático para la presente investigación.
ARGENTINA
215 Ley 27.044: sobre otorgamiento de jerarquía constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 222 Ley 24.901: en relación con el sistema de servicios básicos para la habilitación y rehabilitación integral a favor de personas con discapacidad. 229 Ley 26.480: en relación con la modificación de la ley sobre el régimen de prestaciones básicas para personas con discapacidad.
Consejo Federal de la Discapacidad y Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS). 236 Decreto Nacional que crea el Fondo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad.
CHILE
255 Decreto 201: relativo a la promulgación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 256 Decreto 99: Sobre la Promulgación de la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad. 257 Decreto Legislativo 3633: Sobre la Aprobación de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y su Anexo.
Si bien debe informar al Presidente de la República, el Servicio Nacional de Discapacidad lo hace a través del Ministerio de Planificación. Según los resultados de la ENDISC 2004, el 12,9% de la población chilena tiene algún tipo de discapacidad.
ESPAÑA
Los poderes públicos tienen la obligación de garantizar la protección social, económica y jurídica de la familia. 283 Situación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo. 285 Real Decreto Legislativo 1/2013: sobre la aprobación del texto refundido de la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social.
289 Ley 39/2006: de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Sin perjuicio de la aplicación de las medidas previstas con carácter general en esta ley, cuando las particularidades y la necesidad de apoyo lo hagan imprescindible, la persona con discapacidad.
FRANCIA
Derechos Humanos297, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial298, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo299 junto con tratados internacionales que tienen cierta relevancia para el tema de la discapacidad. El derecho a la indemnización radica en la "movilización de ayuda de cualquier tipo que permita a una persona superar las consecuencias de su discapacidad en las actividades cotidianas. Para acceder a los servicios de salud, las personas con discapacidad pueden hacerlo en función de la actividad profesional que desempeñan. ya sea por permanencia continua y regular en territorio francés (a través de la Cobertura Sanitaria Universal) o por estar a cargo de una persona que cita.
Si bien es cierto que Francia es un país donde se otorgan grandes beneficios a las personas con discapacidad, también es cierto que su legislación, como miembro de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, es anterior a dichas convenciones. han sido dictados para subsanar las deficiencias y dar cumplimiento a lo anterior. Con base en los capítulos anteriores, hemos visto cómo las personas con discapacidad (por su condición de minoría a lo largo de la historia) han estado en desventaja frente a la mayoría de la población; hasta el día de hoy, cuando se tiene en cuenta la defensa de su igualdad, el disfrute de determinados derechos y libertades.
DATOS ESTADÍSTICOS DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN MÉXICO
La importancia del tema de salud en México radica en las cifras verdaderamente significativas relacionadas con la discapacidad. Según la ONU, el 80% de las personas con discapacidad del mundo viven en zonas rurales de países en desarrollo,318 incluido México. 329 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/cn16.pdf. .. 330 Artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
25% en las próximas tres o cuatro décadas.332 Esto lleva a un aumento en el número de personas con discapacidad en una proporción similar.333. En este contexto, llama la atención mencionar a los familiares o cuidadores que se encargan del cuidado de las personas con discapacidad, donde muchas veces hay maltrato físico, psicológico y emocional.
PROPUESTA
Como resultado de todo esto, queda poca información sobre las personas con discapacidad. 1 Promover el acceso universal a los servicios de salud para todas las personas con discapacidad. 3 Mejorar la educación, formación y contratación de personal especializado en la atención de personas con discapacidad.
Por lo tanto, se concluye que existen diversos factores que dificultan los medios para garantizar el derecho a la salud de las personas con discapacidad. PRIMERO: México tiene políticas públicas débiles que se centran únicamente en la búsqueda médicamente asistida del derecho a la salud de las personas con discapacidad.