Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
POLITICA N°: PLT-SST-008 PESV
POLÍTICA DE REGULACIÓN DE VELOCIDAD
Fecha: Febrero 13 de 2019 Versión
: 001
Página 1 de 1
POLÍTICA DE REGULACIÓN DE VELOCIDAD
La organización “AQUÍ SU EMPRESA”, bajo los lineamientos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG SST y el Plan Estratégico de Seguridad Vial PESV, implementará y mantendrá programas para y regulación de la velocidad.
Sin excepción todos los conductores de la organización “AQUÍ SU EMPRESA”, contratistas, subcontratistas y grupos de interés, que transportan a funcionarios de la empresa o a terceros, deben cumplir con los límites de velocidad establecidos en la normatividad vigente (Código Nacional de Tránsito) .
Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso un vehículo al servicio de la organización “AQUÍ SU EMPRESA”, deberá exceder la velocidad de:
80 Km/h en carreteras nacionales o departamentales.
60 Km/h en vías urbanas y carreteras municipales.
30 Km/h en zonas escolares o residenciales.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
__________________________________
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx REPRESENTANTE LEGAL Fecha De Elaboración: DÍA: xx MES: xx AÑO: xxxx
Elaboró: Revisó: Aprobó:
Código: PLT-SST-008 Fecha de modificación:
Febrero 13 de 2019